ÍNTER CORREOS DEBENDI, FACTUM UNIUS NOCET ALTERI
• ÍNTER CORREOS DEBENDI, FACTUM UNIUS NOCET ALTERI.
Entre codeudores solidarios, lo hecho por uno perjudica al otro. *
INTERDICTIO
(pronunc: "interdicio") ACQUA ET IGNI (pron u n c : "iñi"). Prohibición del agua y del fuego: pena de exilio.
•
ÍNTER DÚOS LITIGANTES, TERTIUS
(pronunc: "tercius")
GAU-
DET.
Entre dos que litigan, un tercero se alegra. •
INTERPRETATIO
(pronunc: "interpretado")
FIERI DEBET SEM-
PER UT ACTUS VALEAT.
La interpretación debe hacerse siempre en favor déla validez del acto. C.C.iirug. Art. 1300: "Las cláusulas susceptibles de dos sentidos, del uno de los cuales resultare la validez y del otro la nulidad del acto, deben entenderse en el primero. Si ambas dieren igualmente validez al acto, deben tomarse en el sentido que más convenga a la naturaleza del contrato y a las reglas de la equidad". *
INTERPRETATIO
(pronunc: "interpretado")
LARGO
-o
LATO-
SENSU.
Interpretación amplia. Interpretación con criterio amplio. <• INTERPRETATIO (pronunc: "interpretado") PRUDENTIUM. Sust: Interpretación de los sabios [los juristas]. Jurisprudencia. * INTERUSURIUM
'
^
Interés de usura. Interés activo [en favor del deudor], a 146