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R eflexionesCristianas
Pesas exactas
No haréis injusticia en el juicio, ni en la medida de longitud, ni en la de peso, ni en la de capacidad. Tendréis balanzas justas, pesas justas, un efa justo y un hin justo. Yo, Jehová, vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto. Levítico 19: 35, 36 acero. El 26 de octubre de 1890 a las 11 horas se realizó el magnífico acto que quedó grabado, no solo en la prensa de aquel tiempo, sino que en la memoria de los chilenos, más aún cuando el puente se ha convertido en un hito turístico que muestra la capacidad e ingenio de profesionales chilenos que fueron capaces de proyectar un puente de las características del Malleco y a quienes también con esta representación se quiso evocar.
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Medir con medida justa y pesar en balanza justa denota la forma como tratamos a nuestros semejantes. Dios espera una estricta relación de honestidad, no abusando del inocente ni de la ignorancia del prójimo. «Se me mostró que es en esto donde muchos no soportan la prueba. Desarrollan su verdadero carácter en el manejo de las preocupaciones temporales. Son infieles, maquinadores y deshonestos en su trato con sus semejantes. No consideran que su derecho a la vida futura e inmortal depende de cómo se conducen en los asuntos de la presente, y que la más estricta integridad es indispensable para la formación de un carácter justo...» (1JT 509-10).
Una de las obras de ingeniería más importantes y emblemáticas de Chile y que permitió conectar la zona centro- norte con el sur de nuestro territorio. De la actividad se hizo participe la comunidad collipullense; una centena de personas representaron a quienes estuvieron en el estribo norte del viaducto.
La presidenta de la Mesa de la Cultura Cristina Brito, tras finalizar el acto, que resultó muy emotivo, agradeció a quienes hicieron posible la ceremonia, entre otras instituciones WPD, Municipalidad y parte del comercio local, como asimismo a los actores que dieron vida a las autoridades y visitas presentes aquel lejano 26 de octubre de 1890. (Mario Grandón).
Esto tiene que ver con todo nuestro trato con los demás, trato que va más allá de las transacciones comerciales. Lo importante en esto es la honestidad en el trato con nuestros semejantes, y esto va más allá de las pesas y balanzas. Cuando la justicia de Cristo nos cubre y su gracia nos obliga y su amor nos constriñe, entonces no podemos sino tratar honestamente a nuestros semejantes. Jesús enseñó que debiéramos medir y tratar a los demás con la misma vara que nos medimos. Esto, sin embargo, es lo mínimo que deberíamos aplicar en nuestro trato con los demás. Nuestras relaciones mutuas deberían llevarnos a tratar a los demás mejor de lo que desearíamos ser tratados. ¿No es esto lo que Jesús quiso decir cuando habló de «poner la otra mejilla» y de ir dos millas en vez de una, o de dejar la capa y la túnica? Juzgar el carácter de otros con más severidad que el propio es medir con pesa falsa. Esperar bondades de otros sin estar dispuesto a ser más bondadoso es pesar con pesa falsa. ¡Hay tantas cosas que afectan las relaciones interpersonales en las que podemos valorar al prójimo comparativamente sin darnos cuenta que estamos juzgando y pesando con pesas falsas! Por esto el Señor nos enseñó el mejor camino cuando nos dijo que lo mejor es no juzgar.
En todas nuestras relaciones con los demás, si tenemos que opinar, usemos pesas correctas. (Pr. Israel Leito).
Rep Blica De Chile Ministerio De Transportes Y Telecomunicaciones Subsecretar A De Telecomunicaciones
EXTRACTO 22-SP108257
Se ha recibido en la Subsecretaría de Telecomunicaciones una solicitud, presentada por la empresa, SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES MÁS CONECTADOS LIMITADA, R.U.T. Nº 76.648.614-2, con domicilio en Pasaje Loncomilla N°01.286, Villa La Portada, Comuna de Temuco, Región de La Araucanía, en el sentido de obtener una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, como a continuación se indica:
1. Instalar, operar y explotar dos (2) nodos:
El despliegue de la red se indica a continuación:
2. Instalar operar y explotar una red de fibra óptica, según se indica a continuación:
3. Ubicación de centros emisores:
Los medios de transmisión y/o conmutación serán propios o de terceros debidamente autorizados. El tendido de fibra óptica será con medios propios o de terceros debidamente autorizados.
4. Los plazos máximos se indican a continuación:

5. La zona de servicio de la concesión corresponderá a las comunas de Temuco, Nueva Imperial y Padre Las Casas, de la Región de La Araucanía.
6. El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del Decreto que autorice la concesión solicitada.
7. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, a objeto de que el que tenga interés en ello pueda oponerse a la concesión, dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la presente publicación. De existir oposición, ésta deberá presentarse por escrito ante el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.
Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones