Edición 464, Marcelo Segura: "Freno a la gratuidad de Sebastian Piñera es horroroso"

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TRIBUNALES

TEMUCO Semana del 03 de noviembre al 09 de noviembre de 2017

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Luz Mónica Arancibia: la jueza clave del “Caso Iglesia” y la “Operación Huracán” Durante los últimos días, la Justicia ha dado un mensaje claro respecto de causas en las que se ha involucrado a mapuches. La absolución de comuneros que se mantuvieron durante meses encarcelados evidencia la injusta aplicación de la prisión preventiva. La jueza Luz Mónica Arancibia es reconocida como una figura relevante para el desarrollo de algunos de estos.

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n el transcurso de un mes, los tribunales han decretado la libertad de doce personas que se encontraban procesadas en los casos Luchsinger-Mackay y en la denominada “Operación Tauro”. Coincidentemente, todos son mapuches que cumplieron largos encarcelamientos que acabaron cuando los jueces determinaron su inocencia. Aunque dentro de los mensajes implícitos de los fallos judiciales, la Corte Suprema recientemente hizo un llamado de atención más específico, dirigido a una de las magistrados de La Araucanía: Luz Mónica Arancibia Mena. La magistrada del Juzgado de Garantía de Temuco es reconocida por su rigurosidad y, en general, por no dictar fallos con argumentaciones muy extendidas. El pasado 19 de octubre, una de sus sentencias, aplicada en la denominada “Operación Huracán” contra ocho supuestos involucrados en el caso, fue desestimada por el Máximo Tribunal precisamente por no argumentar el porqué de la medida cautelar. Parte del documento de 19 líneas firmado por la abogada, indicaba: “Con la senda información entregada por el Ministerio Público, en el cual a concepto de la suscrita se encuentran acreditados el hecho delictivo y la participación en ellos por parte de cada uno de los imputados (…) teniendo presente además que los delitos por los cuales se ha formalizado a cada uno de los imputados están dentro del marco de los delitos terroristas (…) se accede a la solicitud del Ministerio Público y se decreta la prisión preventiva de cada uno de los imputados”. Además, aseguraba que la detención de los comuneros “se ajustó a derecho”. Luego de entregar el fallo al amparo interpuesto por las defensas de los detenidos en Huracán, el ministro Milton Juica, fue explícito: “La Corte Suprema está consciente de la injusticia que se comete con personas que han sido procesadas en prisión preventiva y luego absueltas y es difícil reparar esa prisión”. Posiblemente, la posición de los ministros era evitar que se repitiera una huelga de hambre que mantuvo en riesgo vital a los mapuches imputados en el “Caso Iglesia” o que al igual que la causa Luchsinger- Mackay estuvieran presos por más de un año. Pero con esto, la causa dio un vuelco que ni el Ministerio Público ni el Ministerio del Interior esperaba. Desde el comienzo las defensas señalaron que el procedimiento policial se fundaba en irregularidades y que, en adelante, el proceso investigativo demostraría serias

falencias a nivel de pruebas. Y quedó claro que una investigación basada en una red de presuntos implicados que mantenían vínculos por Facebook, revisión de perfiles a través de Wikipedia y que habrían intercambiado mensajería a través de sus celulares, demostró un estándar probatorio muy deficiente para mantener a ocho personas privadas de libertad. El domingo 24 de septiembre de este año, en una audiencia que se extendió entre las 10:23 y las 15:00 horas, la magistrada Arancibia dictó la medida cautelar y fijó cuatro meses de investigación por los supuestos delitos de incendio consumado y asociación ilícita terrorista. Fuentes del Ministerio Público, consultadas por nuestro medio, la destacan por tener en general un “estilo” bastante escueto al momento de resolver, y dijeron que incluso en esa oportunidad no hubo recesos en medio de la audiencia como lo hacen otros magistrados para formular con mayor precisión. Después de cuatro horas de alegatos, la jueza se tomó no más de dos minutos para dar una sentencia en la cual no se hizo referencia a ninguna de las 23 líneas argumentativas que presentaron las defensas. Probablemente la magistrada, conocida por algunos en el ambiente judicial temuquense como Luz ‘Biónica’ Arancibia, vuelva a encontrarse con esta causa, en caso de coincidir las fechas. Sentencia en el “Caso Iglesia” Sin querer dar su propia versión de los hechos, los fallos de Luz Mónica Arancibia permiten observar su constante rigidez en los temas mapuche, aunque es difícil ahondar en su criterio. Esto lo perciben los propios encarcelados por orden de Arancibia, como son los comuneros del “Caso Iglesia”. Fuentes cercanas a los imputados comentaron a nuestro medio que una vez que ingresaron al módulo común en la cárcel de Temuco, los demás presos les hicieron saber que era difícil salir de la prisión preventiva. “Ahh, cagaron con la vieja”, fue la primera reacción. La magistrada ha sido una figura relevante para el curso que ha tomado esta causa, iniciada por la quema de un templo evangélico en la comuna de Padre Las Casas, en La Araucanía, en la que se encuentran imputados cuatro comuneros mapuche: Alfredo Tralcal y los hermanos Benito, Ariel y Pablo Trangol. El 10 de junio de 2016, la magistrada dictó su prisión preventiva por el su-

puesto delito de incendio terrorista. Al cumplir un año encarcelados en el centro penitenciario de Temuco, los imputados iniciaron una huelga de hambre que se extendió por 115 días. Una medida que hasta hoy no depone Ariel Trangol Galindo. Pese a las reiteradas solicitudes de los abogados defensores de modificar dichas medidas, éstas han sido rechazadas en tres oportunidades por el Juzgado de Garantía de Temuco. Pero más allá de eso, otra de las resoluciones firmada por la jueza Arancibia fue en la audiencia de revisión de prisión preventiva del 13 de septiembre de 2016, donde rechazó levantar el secre-

La magistrada Luz Mónica Arancibia enfrentó en 2006 el caso de Huaiquilaf Antonio Cadín Calfunao. Cuando presidía la audiencia de revisión de medidas cautelares,el comunero al finalizar la sesión gritó que era un proceso injusto. Desde ahí que habría cierta animadversión de la jueza a este tipo de causas. to de una serie de diligencias que, a cuatro meses de la detención, todavía eran desconocidas por las defensas. Dentro de ellas, figuraba el parte policial, las primeras declaraciones que se tomaron el día del arresto de los comuneros y la identidad de algunos testigos, pruebas que manejaba la Fiscalía

y que la magistrada avaló mantener en secreto hasta que otro juez modificó la medida. En ese documento tampoco se argumenta el porqué de su decisión, aunque todas las audiencias tienen un registro de audio de sus veredictos. Fuente: radio.uchile.cl Autora: Natalia Figueroa

EL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (INDAP) LLAMA A INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO REGIONAL DE ORGANIZACIONES DE INDAP MINISTERIO DE AGRICULTURA El Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) en la región de La Araucanía invita a todas las organizaciones productivas y de representación de pequeños/as productores agrícolas y campesinos/as, con personalidad jurídica, a inscribirse en el Registro de Organizaciones usuarias de INDAP en las Áreas donde tengan domicilio, en vista de las elecciones de directiva CAR (Consejo Asesor Regional), a efectuarse en Temuco el 06 de febrero del 2018. El Consejo Asesor Regional (CAR) es una instancia consultiva de participación ciudadana y cooperación entre la comunidad campesina y las Direcciones Regionales de INDAP, con la finalidad de alcanzar una mejor y mayor articulación en las políticas de desarrollo productivo, económico y social, comercial y organizacional. Plazo de inscripción hasta el 29 de diciembre del 2017, en cada una de las Áreas de la región y en la Dirección Regional, ubicada en calle Bilbao N°931, Temuco.

CHRISTIAN NUÑEZ MORALES DIRECTOR REGIONAL INDAP – REGIÓN DE LA ARAUCANIA .


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