Base Dictámenes
Estatuto de los Profesionales Funcionarios de la Salud, honorarios, beneficio de alimentación NÚMERO DICTAMEN 092445N15 NUEVO: NO RECONSIDERADO: NO ACLARADO: NO APLICADO: NO COMPLEMENTADO: NO
FECHA DOCUMENTO 20-11-2015 REACTIVADO: SI RECONSIDERADO PARCIAL: NO ALTERADO: NO CONFIRMADO: NO CARÁCTER: NNN
DICTAMENES RELACIONADOS Aplica
dictamen
1123/2013
Aplica
dictamen
42601/2014
Aplica
dictamen
80868/2014 Aplica dictamen 25694/2005 Aplica dictamen 61117/2006
Acción_
Dictamen Año
Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica
1123 42601 80868 25694 61117
2013 2014 2014 2005 2006
Enlace documento Abrir Abrir Abrir Abrir Abrir
al
FUENTES LEGALES ley 20799 art/36 inc/1, dto 58/2015 Salud art/1, ley 18834 art/11 inc/3
MATERIA Contratados a honorarios, podrán gozar del beneficio de alimentación previsto en el artículo 36 de la ley N° 20.799, en la medida que se convenga expresamente en sus respectivos contratos y que sea concedido en condiciones igualitarias a las que se confieren para los funcionarios de planta y a contrata.