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Votar por Jueces no es el Camino a la Democracia
Por Edgar A. García Villaseñor
Uno de los grandes éxitos de la humanidad ha sido cimentar el sistema global en el derecho internacional. Y más aún, en las instituciones. En ese sentido, en la región americana no solo rigen los principios y valores de la Organización de las Naciones Unidas, sino también los que se han adoptado y acordado en el seno de la Organización de Estados Americanos (OEA). Además de adherirse a la Carta de San Francisco de 1945, la OEA fija como pilares “el propiciar la paz, el respeto a la soberanía y también establece a la democracia representativa como condición indispensable para la estabilidad”.
Es importante señalar que, a pesar de que la OEA ratifica, en su carta fundacional, la libertad de los Estados por autodeterminarse y promueve la no intervención y la igualdad jurídica de los Estados, también establece requerimientos básicos relativos a un “régimen de libertad individual para las personas, instituciones democráticas y el respeto a los derechos esenciales del hombre”.
Más aún, la Carta Democrática Interamericana (CDI) obliga a los Estados americanos a “promover y defender el derecho de los pueblos a la democracia”, así como garantizar elementos esenciales como: 1) el respeto a los derechos humanos; 2) el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de Derecho; 3) la celebración de elecciones periódicas, libres y justas; 4) el régimen plural de partidos; y 5) la separación e independencia de los poderes públicos.
Con base en lo anterior, el pasado 1 de junio la OEA envío a México una Misión de Observación Electoral (MOE), previstas también en la CDI, en el marco de la elección judicial del 1 de junio de este año. Esta misión fue integrada por 16 personas de 10 nacionalidades distintas, financiada por Canadá, Colombia, Corea, Estados Unidos, Francia, Países Bajos, Panamá y República Dominicana. La Misión analizó aspectos como la organización electoral, la tecnología y el proceso de evaluación de las candidaturas judiciales.
En su informe, la Misión de Observación menciona que realizó su análisis tomando en consideración las “preocupaciones sobre la compatibilidad de la reforma con los estándares internacionales de independencia judicial” realizadas por organismos como la Organización de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). También, destacó la baja participación electoral de apenas 13%.
Llama la atención las recomendaciones de la MOE en torno a asuntos básicos de certeza, procedimientos y legalidad democrática. Por ejemplo, sugiere que se deben incluir como requisito para los candidatos a un cargo en el poder judicial “un mínimo de experiencia profesional en el área jurídica”. También, “regular de manera previa, clara y específica los criterios, parámetros y metodologías para evaluar los méritos y la experiencia de las personas postulantes y establecer la obligación para todos los postulantes de atravesar por un examen de carácter técnico”. Esto habla de la falta de certidumbre en la selección de candidaturas, ya que no se garantiza la imparcialidad y la separación de poderes. Incluso, propone el establecimiento de mecanismos de impugnación en todas las etapas del proceso.
Asimismo, la MOE destacó la complejidad de la elección y señaló que “observó que existía un gran desconocimiento entre los electores respectó de qué se estaba eligiendo y quiénes eran los candidatos”. Y resulta sumamente preocupante que, además de que por primera vez el conteo no lo realizaron ciudadanos en el lugar, la MOE recomiende que deben existir “mecanismos que permitan, de la manera más ágil posible, que los miembros de casillas puedan tornar inutilizables las papeletas sobrantes”.
La MOE concluye que este proceso fue “sumamente complejo y polarizante”. Recomienda a la ciudadanía y a las instituciones mexicanas evaluar el modelo actual a través del voto popular, “que no tiene precedentes a nivel mundial”, y determinar “si éste fortalece los principios fundamentales de administración de justicia o si por el contrario acaba debilitando la transparencia, la imparcialidad, eficacia e independencia del Poder Judicial”. Por ello, la MOE no recomienda “que este modelo de selección de jueces se replique para otros países en la región”.
Ante este documento, el gobierno de México rechazó las recomendaciones de la MOE de la OEA. Sin embargo, solo queda en claro que el país enfrenta un proceso inédito, más político que técnico, que careció de elementos de legitimidad, con una bajísima participación electoral, sin certidumbre de que la selección de candidatos garantice la independencia judicial y que la ciudadanía desconocía a quién estaban eligiendo y para qué cargos. El Estado mexicano debe cumplir con su obligación de garantizar el derecho del pueblo a la democracia y al acceso a la justicia conforme al derecho internacional.
Edgar A. García Villaseñor: Internacionalista mexicano, especialista en seguridad y política internacionales. Ha ejercido las relaciones internacionales desde el poder legislativo federal, tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Diputados.
