LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS EN LA DIAN
Otros que te pueden interesar •
Decreto No. 637 del 06 de mayo de 2020 – Prórroga del Estado de Emergencia Económica y Social.
•
Decreto No. 636 del 06 de mayo de 2020 – Medidas de Orden Público.
•
Decreto No. 639 del 08 de mayo de 2020 – Programa de Apoyo al Empleo Formal.
•
Decreto No. 535 del 10 de abril de 2020 – Procedimiento abreviado de devolución de impuestos.
•
Decreto No. 558 del 15 de abril de 2020 – Suspensión de los Aportes Efectivos de Cotización al SSS.
•
Decreto No. 560 del 15 de abril de 2020- Beneficios Tributarios al Régimen de Insolvencia.
Resolución 00055 de la DIAN Mediante la Resolución 00055 la Dirección de Impuestos Nacionales DIAN decidió levantar a partir del dos (2) de junio de 2020 la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa de que trata el artículo 8o de la resolución 000030 del 29 de marzo de 2020, y sus modificaciones. La notificación o comunicación de los actos administrativos u oficios cuya suspensión de términos sea levantada se realizará conforme la normatividad aplicable. Ahora bien, los términos suspendidos empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años. No obstante, se mantiene SUSPENDIDOS hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social algunos asuntos en materia aduanera.
Canales de contacto Sergio Viveros Partner | Tax & Legal RSM Colombia T: +57 (1) 7034060 | C: +57 320 4915013 | E: sergio.viveros@rsmco.co | Saúl Garzón Rivera. Socio|Tax & Legal RSM Colombia T: +57 (1) 7034060 | C: +57 3138705893| E: saul.garzon@rsmco.co | W: www.rsmco.co www.rsm.global