DECLARACIÓN PÚBLICA Ante la denuncia que afecta a nuestra Universidad y las reacciones frente a ella, ampliamente difundidas en la última semana, la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile desea comunicar su posición a la comunidad universitaria, regional y nacional: 1. Frente a la gravedad de los hechos denunciados, la afectación a la imagen institucional y las decisiones adoptadas por las autoridades y cuerpos colegiados, consideramos imprescindible abordar la materia desde las exigencias externas vinculadas con la probidad y la función pública a que está obligada la Universidad Austral de Chile como integrante del CRUCH y en relación con los fondos que recibe del Estado. La Universidad Austral es una universidad con vocación pública y debe serlo especialmente en momentos de crisis. 2. Respecto de la pretendida autonomía de la Contraloría de la Universidad Austral de Chile (Contraloría UACh) que ha fundado la decisión de que ella concentre la investigación, resulta imprescindible recordar que, según el Reglamento contenido en el DR Nº 333/2006, la Contraloría UACh es dependiente del Directorio en cuanto a la designación, remoción y supervigilancia del Contralor, según lo establecido en los artículos tercero, quinto y sexto del citado Reglamento: «Artículo 3: El superior jerárquico de la Contraloría será el Contralor, quien será designado por el Directorio, previa presentación de una terna por el Rector de la Corporación Artículo 5: El Contralor cesará en sus funciones sólo por renuncia, jubilación a los 65 años o remoción. La remoción del Contralor sólo procederá por decisión fundada del Directorio, debiendo aprobarla por los dos tercios de sus miembros en ejercicio. Artículo 6: En el ejercicio de sus funciones, el Contralor es autónomo respecto de cualquier autoridad, repartición, organismo o entidad de la Universidad, a excepción del Directorio, ante el cual responderá del fiel cumplimiento de sus obligaciones y de su desempeño funcionario.» Las disposiciones anteriores, además de declarar explícitamente que el Contralor no es autónomo respecto del Directorio, muestran que la “autonomía del Contralor” no implica la suficiente independencia e imparcialidad para poder investigar adecuadamente y, eventualmente, sancionar muchos de los hechos denunciados. Conforme a nuestra propia institucionalidad, y de manera expresa, resulta que el Contralor es un trabajador sometido a la confianza y subordinación del Directorio. 3. Tampoco debería obviarse que la Contraloría UACh, a través de su Resolución Nº 07/2020, ha realizado un pronunciamiento que afecta su imparcialidad, porque no solo decidió instruir una investigación respecto de los hechos denunciados, sino también iniciar otra para determinar si acaso «la investigación realizada por el sindicato docente de la Universidad Austral de Chile se realizó dentro de los marcos de la legalidad vigente y de las disposiciones reglamentarias internas». Esto, junto con debilitar su necesaria imparcialidad, ha producido el contrasentido de