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Cuando se habla de simulación del trabajo, se refiere a la situación en la cual se encuentran los trabajadores que prestan sus servicios en condiciones artificiosas dirigidas a ocultar la verdadera naturaleza de la relación laboral.
Esta simulación del trabajo se realiza con la finalidad de ocultar la relación laboral que tienen los patronos con sus trabajadores bajo el disfraz de una vinculación jurídica de otra naturaleza, generalmente Civil o Mercantil, con la intención de escapar de los costos y límitaciones que les acarrea la Legislación del Trabajo y la Seguridad Social
Se dice que este vocablo, simulación no es la acepción adecuada en Materia Laboral, ya que en el Derecho Común las partes deben ponerse de acuerdo para que se dé el acto voluntariamente simulado, ya que en el aspecto laboral el patrono no impone estas condiciones al trabajador, prevaleciendo la superioridad.
En relación con la simulación del contrato de trabajo, el Doctor Rafael Caldera, señala que: "Las diversas medidas de protección que establece la ley a favor de los trabajadores, que se traducen no sólo en cargas económicas a de otro negocio diferente.
sino en limitaciones de la libertad de acción para quien los emplea, hace frecuentes en el Derecho Laboral las tentativas de evadir sus normas; lo que generalmente se busca tratando de encubrir la existencia real del contrato de trabajo con la apariencia simuladadeotronegociodiferente. A veces se da a la relación laboral la apariencia de una relación mercantil. Cuando los servicios del trabajador se ejercitan vendiendo al público los productos de una industria determinada, se trata a menudo de dar al contrato la forma simulada de una compraventa comercial: en apariencia, el trabajador no es sino un comerciante que adquiere unos productos para revenderlos. Sin embargo, las modalidades que acompañan a ese contrato simulado: el hecho de la reventa por la persona misma del revendedor: la exigencia, por ejemplo, de revender dentro de determinado radio, en determinadas condiciones y bajo la vigilancia de la empresa, sirven frecuentemente para demostrar la existencia de un nexo de dependencia característico del contratodetrabajo."
Dicho lo anterior, es lasituación donde los trabajadores facilitan servicios en condiciones artificiosas dirigidas a ocultar la naruraleza de la relación laboral.
Cabe recalcar que es una forma de evadirlas obligaciones, que derivan de una relación jurídica de trabajo,, su objetivo es dismnuir costos y aumentar ganacias al evadir el pago de las prestaciones sociales minímas de indemnización, vacaciobes, bonificaciones, organización sindical y seguridad social.
La simulación no es la aceptación adecuada en Materia Laboral, ya que en el Derecho común las partes deben ponerse de acuerdo para que se de el acto voluntariamente simulado, ya que en el aspecto laboral el patrono no impone estas condiciones al trabajador, prevaleciendo la superioridad.
Se reducen a supuestos de que las partes se pongan de acuerdo para declarar, en el orden laboral, situaciones que no corresponden con la realidad verdadera, que se oculta tras el acto simulado.
En la simulación del El Contrato son otras de las figura jurídicas que se utilizan para evadir la aplicación de las normas laborales.
Es de hacer notar que, patronos tratan de escapar de los costos y limitaciones que les acarrea la Legislación del Trabajo y la Seguridad Social para lo cual ocultan las relaciones laborales que mantienen con sus trabajadores, bajo el disfraz de una vinculación jurídica de otra naturaleza, generalmente Civil o Mercantil; se dice que este vocablo, simulación no es la acepción adecuada en Materia Laboral, ya que en el Derecho Común las partes deben ponerse de acuerdo para que se de el acto voluntariamente simulado, ya que en el aspecto laboral el patrono no impone estas condiciones al trabajador, prevaleciendo la superioridad.
Al respecto nacen conflictos en las relaciones laborales una de ellas es el fraude según Cabanellas (1993), en un sentido general, engaño, abuso de confianza, acto contrario a la verdad o la rectitud de Acreedores. La locución en fraude de acreedores comprende todos los actos del deudor que, valiéndose por lo común de simulaciones, tienden a hacer ilusorios los derechos del cobro y a la indemnización con que cuentan sus acreedores. Valiéndose de engaño o medio ilícito. En materia laboral el fraude viene hacer un engaño, abuso de confianza, acto contrario a la verdad y los principios laborales que comete el empleador. Valiéndose de simulación de una relación laboral contractual para perjudicar al trabajador y al Estado. En tal sentido el empleador; no cumple con sus obligaciones laborales y mucho menos se sujeta a disposiciones legales establecidas por el Estado. Produciéndose de su parte un enriquecimiento no justificado, al no pagar las obligaciones laborales. Por eso evade su responsabilidad adquiriendo este tipo de conducta. ,
Las consecuencias jurídicas que acarrea la simulación del contrato individual de trabajo de acuerdo con la Asamblea Nacional Constituyente prohíben toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, la contratación laboral por horas, o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva. El incumplimiento de obligaciones, el fraude, la simulación, y el enriquecimiento injusto en materia laboral se penalizarán y sancionarán de acuerdo con la ley.
Se reduce a supuestos de que las partes se pongan de acuerdo para declarar, en el orden laboral, situaciones que no corresponden con la realidad verdadera, que se oculta tras el acto simulado.
Es de hacer notar que, no es calificado como tal sino como un comerciante que compra mercancía a una empresa y luego las vende en las condiciones determinadas por esta obteniendo una ganancia o comisión Mercantil. También el Contrato de Arrendamiento ha sido frecuentemente utilizado para encubrir relaciones laborales.
El Contrato de Obra, el El Contrato de Obra, el Mandato, etc., son otras de Mandato, etc., son otras de las figura jurídicas que se las figura jurídicas que se utilizan para evadir la utilizan para evadir la aplicación de las normas aplicación de las normas llaborales. aborales.
Se hace necesario señalar que el Se hace necesario señalar que el Derecho del Trabajo, tanto por vía Derecho del Trabajo, tanto por vía legislativa, como por la legislativa, como por la jurisprudencia y la Doctrina, han jurisprudencia y la Doctrina, han hecho un notable esfuerzo para que hecho un notable esfuerzo para que su aplicación no sea impedida por su aplicación no sea impedida por estas maniobras fraudulentas. estas maniobras fraudulentas.
El principio de la Irrenunciabilidad de las normas laborales.
La presunción de la Relación Laboral.
El principio de la primacía de la realidad de los hechos que sirven frecuentemente para demostrar la existencia, de un hecho de dependencia y subordinación, características esenciales del contrato de Trabajo y que puede hacer valer el trabajador afectado en cualquier momento ante los funcionarios competentes.
Trabajo
Contrato
Plazo fijo
Leyes laborales
Jornada
Remuneraciones
Justicia Laboral
Código de Trabajo
Cabanellas, G. (1993). Diccionario de Derecho Usual, Tomos I, II, III y IV. Talleres Gráficos de la Industria Gráfica del Libro. [ Links ]
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http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci arttext&pid=S221836202020000400383