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Proy ectos de ley present ados

Proyectos Presentados PROYECTOS INDIVIDUALES PRESENTADOS Período 2021-2022

LEY PARA GARANTIZAR LA PARIDAD DE GÉNERO EN LA CONFORMACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES:

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EXPEDI ENTE: 22.506 Fecha de inicio: 13/05/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

Este proyecto tiene como objetiv o reformar los artículos 29 y 49 del Código M unicipal, Ley N° 7794 de 30 de abril de 1998 y sus reformas, para que en la conformación del Directorio Definitiv o de cada Concejo M unicipal se respete el principio de paridad de género en la conformación. También se propone con la reforma al artículo 49 antes citada, que en la conformación de las comisiones permanentes y especiales, se respete dicho principio.

SUSPENSIÓN SOLIDARIA DE COBROS DE CRÉDITOS PARA AFECTADOS POR LA PANDEMIA DEL COVID-19:

EXPEDI ENTE NO° 22.517 Fecha de inicio: 20/05/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

Esta iniciativ a nació como objetiv o de dar un salv av idas de manera temporal a las familias costarricenses que han dejado de atender sus operaciones crediticias por afectaciones producto de la pandemia que afecta a todo el país, de esta forma poder llev ar tranquilidad y paz a, estableciendo un mecanismo para que manera extraordinaria, se de una suspensión de cobro a las operaciones crediticias por un plazo de 90 días naturales, para que sea cancelado de forma posterior, en los mismos términos que al momento de la suspensión y no se le computarán intereses ni otros cargos asociados, manteniendo las mismas condiciones.

LEY PARA EL ALIVIO EN EL PAGO DEL MARCHAMO 2022:

EXPEDI ENTE: 22.519 Fecha de inicio: 25/05/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El presente proyecto pretende una reducción en el monto a cancelar por concepto de impuesto de la propiedad de los v ehículos automotores

correspondiente al año 2022, creado por el artículo 9 de la Ley N° 7088, Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18ª Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, de 30 de nov iembre de 1987, a consecuencia de la emergencia nacional del COVI D-19. Esta reducción se dará de manera escalada según el monto del v alor fiscal del automotor. De igual manera, pretende que, a las motocicletas con un v alor fiscal inferior a un millón de colones, se les exonera del pago del impuesto al v alor agregado regulado por la Ley N° 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018, en el pago del marchamo 2022. Se excluyen de la reducción los automotores propiedad personal o de los conyugues de funcionarios públicos de altos mandos. Finalmente se pretende la reducción en el cobro del canon regulatorio que cobrará el Consejo de Transporte Público (CTP) para el año 2022, según el tipo de serv icio que brinden, por los serv icios al costo que realiza a los operadores de transporte público en cumplimiento del artículo 25 de Ley N° 7969, Ley Reguladora del Serv icio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la M odalidad de Taxi, de 22 de diciembre de 1999.

EXONERACIÓN DEL PAGO DEL IVA POR SEIS MESES PARA PYMES QUE ALQUILAN LOCALES COMERCIALES:

EXPEDI ENTE: 22.538 Fecha de inicio: 10/06/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El proyecto que presentamos contempla la supresión temporal, por la v ía de un artículo transitorio, durante un lapso de seis meses, del cobro del impuesto al v alor agregado para los locales comerciales cuando el monto del alquiler sea inferior a un millón doscientos mil colones. El objetiv o es fav orecer el empleo mediante una disminución de los costos de arrendamiento que fav orezca el relanzamiento de la activ idad comercial y productiv a en el conjunto de la economía.

LEY PARA LA DONACIÓN DE EMBARCACIONES Y EQUIPOS DE NAVEGACIÓN INCAUTADOS AL NARCOTRÁFICO, A ESCUELAS Y ASOCIACIONES COMUNALES DE LAS ISLAS DEL GOLFO DE NICOYA Y COMITÉS DE LA CRUZ ROJA QUE ATIENDEN POBLACIONES INSULARES:

EXPEDI ENTE: 22.636 Fecha de inicio: 10/08/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

La presente iniciativ a de ley tiene como objeto la reforma del segundo párrafo del artículo 36 de la Ley N.° 8000, Creación del Serv icio Nacional de

Guardacostas, de 5 de mayo de 2000, y sus reformas, con la finalidad de permitir que los estudiantes, docentes y los habitantes de las islas del golfo de Nicoya, tenga la posibilidad de acceder a un medio de transporte marítimo, a trav és de la donación de embarcaciones y equipo incautado por el Serv icio Nacional de Guardacostas. La dotación de este medio de transporte para los estudiantes y habitantes de la isla será utilizado para atender su formación, para el transporte de docentes, así también para el auxilio y atención en situaciones de enfermedad y salud, lo cual rev iste de gran importancia, por la necesidad que tienen quienes habitan las islas del golfo, donde la situación económica no es la más deseada, ubicándose estas poblaciones en los índices más bajos de desarrollo y pobreza del país, el auxilio que se les pueda facilitar a estas comunidades con el objeto de ayudarlos a superar estas brechas sociales es fundamental.

LEY DE FINANCIAMIENTO DE PLANES REGULADORES COSTEROS Y REFORMA DE OTRAS LEYES:

EXPEDI ENTE: 22.656 Fecha de inicio: 19/08/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El presente proyecto de ley busca promov er la regularización de los municipios que cuentan con territorios costeros o insulares y que tienen la obligación legal de emitir el ordenamiento territorial y promov er la administración eficiente de los inmuebles que pertenecen a dichos municipios. La participación de las municipalidades en la elaboración y aprobación de los planes reguladores requiere de apoyo financiero y técnico para lograr realizar esta tarea por lo que se articula un esfuerzo común con otras instituciones que, de conformidad con esta ley, prestarán su colaboración con recursos suficientes para lograr metas anuales que permitan, en el lapso de cinco años, av anzar de acuerdo a un calendario de metas, en la aprobación de los planes reguladores costeros.

TRASLADO DEL DISTRITO DECIMOSEXTO, ARANCIBIA, DEL CANTÓN CENTRAL DE PUNTARENAS AL CANTÓN DE MONTES DE ORO:

EXPEDI ENTE: 22.688 Fecha de inicio: 16/09/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

En este proyecto de ley se propone el traslado del distrito de Arancibia al cantón cuarto, M ontes de Oro , manteniendo los límites actuales del distrito que se pretende trasladar, así como los caseríos y cabecera que lo integran, con el fin de permitirles a sus pobladores lograr un desarrollo más armónico

con su entorno geográfico, con pleno aprov echamiento de las v ías de comunicación existentes, a la v ez que les da la posibilidad de contar con una representación adecuada a niv el municipal que permita promov er el desarrollo.

REFORMA DE LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO TERCERO DE LA LEY 9885, DE 24 DE AGOSTO 2020, LEY QUEREFORMA LA LEY 5100, DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1972,Y SUS REFORMAS, PARQUE RECREATIVOPLAYAS DE MANUEL ANTONIO:

EXPEDI ENTE: 22.734 Fecha de inicio: 14/10/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

La iniciativ a de ley plantea una reforma a la ley, sustentada en los argumentos y petición del sector turismo de Quepos, para que se reformen los párrafos 2 y 3 del artículo tercero, de la ley de creación del parque y sus reformas, con el objeto de establecer por ley los mecanismos que permitan establecer una dinámica que facilite el desarrollo de la activ idad turística del parque. Reforma que incluye entre lo más importante: Flujo de v isitante dentro del Parque conforme a la dinámica del flujo del v isitante, entradas por salidas de los v isitantes, el que solamente podrá ser modificado previo a la realización de estudios técnicos. La v enta del tiquete de entrada al parque, que operará de lunes a domingo de 7 a.m. a 4 p.m. Se exonerará del pago de la cuota de entada a las personas menores de 11 años de edad y a las personas nacionales mayores de sesenta y cinco años o que porten el carné de ciudadano de oro, entre otros.

LEY QUE FACULTA AL INVU DE UN MECANISMO EXPEDITO PARA LA TITULACIÓN, SEGREGACIÓN, INSCRIPCIÓN, CATASTRO Y NORMALIZACIÓN DE SUS TERRENOS:

EXPEDI ENTE: 21. 766 Fecha de inicio: 03/11/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

La técnica de enmienda de la ley Ley Orgánica del I nstituto Nacional de Viv ienda y U rbanismo utilizada es la adopción de un nuev o artículo bis, justamente después del artículo 38 que, dentro del capítulo de Disposiciones generales, concede al I nstituto algunos beneficios, por lo que se consideró razonable utilizar la adición del nuev o artículo 38 bis para incrementar los beneficios, específicamente el en ámbito registral y que están específicamente detallados en el texto, con la excepción de los títulos de propiedad que se encuentren dentro del plazo de conv alidación o del

período de limitaciones legales y que como producto de una inv estigación administrativ a se determine que ostentan un v icio diferente del procedimiento de inscripción.

LEY DE ALIVIO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO EN SUS DIFERENTES MODALIDADES, ANTE LA CRISIS SANITARIA PROVOCADA POR LA COVID-19:

EXPEDI ENTE: 22.775 Fecha de inicio: 10/11/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El siguiente proyecto de ley, tiene como objetiv o salv aguardar el interés público, la continuidad en el serv icio, y la protección económica y financiera de este importante sector de Transporte Publico, que no se escapó de la crisis generada por la cov id-19. cobrar los cánones del Consejo de Transporte Público “C.T.P” y de la Autoridad Reguladora de los Serv icios Públicos “ARESEP” 2022 en los mismos montos que se habían establecido antes de la pandemia, es ir contrario a la realidad nacional e internacional y en perjuicio de un sector seriamente golpeado, cómo lo es el sector de Transporte Publico en todas sus modalidades.

LEY PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE TITULACIÓN, EN FAVOR DE LOS POBLADORES OCUPANTES DE LAS ZONA MARITIMO TERRESTRE:

EXPEDI ENTE: 22.796 Fecha de inicio: 23/11/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

La iniciativ a de ley tiene por objetiv o que aquellas personas que demuestren haber poseído en forma ininterrumpida, quieta, pública, pacífica y a título de dueños, lotes o fincas en la zona restringida de la zona marítimo-terrestre, durante 15 años o más, demostrando su condición de poblador, pueden solicitar título de propiedad sobre ellos. No obstante, las municipalidade s quedarán obligadas a impedir nuev as ocupaciones en estas áreas y proteger en todo momento el libre acceso y disfrute de las playas a toda la ciudadanía. Quedan excluidos los cincuenta metros de la zona pública, que serán inalienables y en ningún caso pueden ser objeto de arrendamiento o v enta. El procedimiento será el que marca la actual Ley de I nformaciones Posesorias y deberá iniciarse dentro de los dos años a partir de la entrada en v igor de esta norma. Para el trámite se deberá aportar la constancia de la respectiv a municipalidad, que permita comprobar su ocupación ininterrumpida, quieta, pública y pacífica.

LEY QUE CASTIGA EL ROBO Y LA RECEPTACIÓN DE CABLE, DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE ACUEDUCTOS, SEÑALES DE TRÁNSITO Y LÍNEAS FÉRREAS:

EXPEDI ENTE: 22.816 Fecha de inicio: 01/12/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

Este proyecto armoniza con el deber del Estado de tutelar por un bien público como lo es la infraestructura necesaria para la prestación de serv icios públicos básicos como la electricidad, las comunicaciones, el internet, los serv icios de cable, la señalización y dispositiv os de seguridad v ial y ferroviaria. Con base en lo expuesto, es que presento este proyecto de ley, que v iene a establecer robo esta conducta delictiv a, adicionando un inciso 4) al artículo 212 del Código Penal y de esta forma aumentando la penalización actual.

AMPLIACIÓN DE PENAS POR DELITOS DE CORRUPCIÓN EN LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DE CUELLO BLANCO, CREACIÓN DE MULTAS PARA QUE EL ESTADO RECOBRE LO ROBADO Y AGRAVAMIENTO DE PENAS PARA ALTOS JERARCAS QUE COMETAN CORRUPCIÓN:

EXPEDI ENTE: 22.866 Fecha de inicio: 06/01/2021 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El presente proyecto de ley tiene como finalidad agrav ar las sanciones penales y pecuniarias para las partes inv olucradas en delitos de cuello blanco. Tanto desde lo público, como particularmente desde lo priv ado donde se cuenta con medios extraordinarios para incentiv ar el trato desigual, el priv ilegio y los beneficios prohibidos a fav or de sus negocios. Es mi deseo, igual que el de la mayoría de los costarricenses que se llegue al fondo de estos asuntos y se sancione a los responsables, logrando que se disuada tanto a funcionarios como a los empresarios de acudir a estos mecanismos execrables para maximizar sus beneficios

LEY QUE PERMITE LA SUSPENCIÓN DE SALARIOS DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE COMETEN DELITOS DE CORRUPCIÓN:

EXPEDI ENTE: 22.869 Fecha de inicio: 11/01/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El presente proyecto de ley v ersa sobre la suspensión del salario de un trabajador público contra quien se sigue una causa penal por delitos de

corrupción y dentro de esta se dicte una medida cautelar que impida la prestación de las tareas propias de la relación de empleo. Se trata de un tema que ha sido colocado en el ojo de la atención pública a partir de dos procesos de inv estigación que han recibido una amplia difusión en los medios de comunicación. U na medida cautelar es una herramienta procesal que el ordenamiento jurídico le otorga a las autoridades ya sea judiciales o administrativ as, para que garanticen la efectiv idad del ejercicio de la potestad sancionatorio.

CREACIÓN DEL SISTEMA DE AHORRO Y CRÉDITO ADMINISTRADO POR CONAPE, PARA LA EDUCACIÓN TÉCNICA, SUPERIOR PARAUNIVERSITARIA Y UNIVERSITARIA:

EXPEDI ENTE: 22.881 Fecha de inicio: 20/01/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

Se plantea la creación de este sistema de ahorro y crédito para la educación técnica, superior parauniv ersitaria y univ ersitaria, una opción fav orable para las familias costarricenses, ya que reduce el endeudamiento y el pago de intereses, proporcionando un mecanismo de ahorro con altos beneficios, generando una cultura del ahorro, de tal manera, que las familias puedan potenciar que más miembros de esta estudien una carrera univ ersitaria, este sería el primer programa nacional que se proyecta como una alternativ a para incentiv ar el ingreso de los jóv enes a la educación técnica y profesional.

LEY QUE AUTORIZA A COBRAR EN SUELO COSTARRICENSE LOS CERTIFICADOS MÉDICOS DE LA TRIPULACIÓN DE BUQUES INTERNACIONALES Y A REINVERTIR ESOS NUEVOSRECURSOS EN UNIDADES DE SALUD DE ATENCIÓN GRATUITA PARA LA GENTE DEL MAR:

EXPEDI ENTE: 22.903 Fecha de inicio: 15/02/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

Este proyecto busca la promoción, v igilancia y regulación de la atención integral de la salud, mediante la formación y capacitación del recurso humano especializado, para el desarrollo de la activ idad costera y marítima de la gente de mar. La presente ley tiene los siguientes objetiv os: El cumplimiento de los conv enios internacionales sobre trabajo marítimo , mediante la autorización en el territorio costarricense de establecimientos públicos y priv ados regulados por el M inisterio de Salud, para que brinden serv icios sanitarios de promoción de la salud, v igilancia, prev ención,

atención integral en salud, atención de emergencias y desastres, atención en salud ocupacional, salud mental y rehabilitación para la gente de mar.

DESAFECTACIÓN DE TRES INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS Y AUTORIZACIÓN PARA QUE LOS DONE A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE COCAL DE PUNTARENAS:

EXPEDI ENTE: 22.908 Fecha de inicio: 21/02/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El proyecto de ley tiene como objetiv o desafectar del uso y dominio públicos tres inmuebles propiedad de la M unicipalidad de Puntarenas, inscritos en el Registro Público, partido de Puntarenas destinados a áreas comunes ubicados en la urbanización El Cocal de Puntarenas y se autoriza a la M unicipalidad de Puntarenas a donar los tres lotes descritos en el articulado, a la Asociación de Desarrollo I ntegral de Cocal de Puntarenas. La Asociación donataria no podrá v ariar el destino o uso que actualmente tienen los inmuebles que mediante esta ley se autoriza traspasar, ni impedir su uso y disfrute por los v ecinos. En caso de hacerlo o de que la Asociación se disuelv a, los terrenos pasarán a ser propiedad de la M unicipalidad de Puntarenas.

RETENCIÓN DEL PAGO DE BONOS A FINANCISTAS DE CAMPAÑAS POLÍTICAS QUE ESTÉN MOROSOS CON EL ESTADO:

EXPEDI ENTE: 22.932 Fecha de inicio: 03/03/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El presente proyecto de ley tiene como propósito extender los alcances del artículo 74 de la Ley Constitutiv a de la Caja Costarricense de Seguro Social donde se establece que si durante la etapa de ejecución de un contrato, el contratista adquiere la condición de morosidad y el contratante tiene pendiente pagos a su fav or, deberá retener su pago y dirigir los fondos y saldar esa deuda con la CCSS. Con ese mismo objetiv o se presenta esta iniciativ a de ley, para que, al pago de los certificados de cesión de las emisiones hechas por los partidos políticos, por el v alor de las contribuciones redimibles, el M inisterio de Hacienda v erificara y en caso de existir deuda retendrá los montos correspondientes a la mora existente de parte del cesionario de esos certificados, emitidos por los partidos políticos, y proceda al pago que corresponda a fav or de la Caja Costarricense de Seguro Social. Lo anterior obligaría al M inisterio de Hacienda a hacer la v erificación correspondiente de prev io a honrar el pago de esos certificados de cesión

de los bonos de deuda política. De la misma manera que se dispone en la legislación citada proponemos que en la ev entualidad de que quedara algún remanente a fav or del poseedor de los certificados de cesión, se le acredite el pago de la diferencia.

AMPLIACIÓN DE LOS BENEFICIOS DEL RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN SIMPLIFICADA PARA APOYAR A LA PEQUEÑA EMPRESA:

EXPEDI ENTE NO. 22.947 Fecha de I nicio 09/03/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El objeto de esta reforma es estimular temporalmente la activ idad de las pequeñas empresas que se han v isto tan afectadas durante la pandemi a del cov id 19. Por ese motiv o pensamos que es conv eniente dar al Régimen Simplificado un horizonte temporal predefinido. Consideramos de suma importancia la ampliación del beneficio, que actualmente está limitado a las empresas que cuentan con un máximo de cinco empleados llev ándolo hasta ocho. Además, incorporamos en la ley un criterio de exclusión del contribuyente del número de empleados, mismo que ya ha sido aceptado por Hacienda. Se ha fijado por medio de un transitorio único una v igencia temporal de dos años para esta reforma. Cumplido ese tiempo el ejecutivo podrá v alorar, por una única v ez, la conv eniencia de prorrogar la aplicación de estas medidas por un plazo adicional de otros dos años, luego de lo cual v olverán a ser de aplicación las normas que existían de prev io a la reforma propuesta.

TRANSFORMACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE CONAPE PARA QUE RESPONDA A LAS NECESIDADES ACTUALES DEL ESTUDIANTADO:

EXPEDI ENTE NO. 21.969 Fecha de I nicio 21/03/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

Conape es una institución sensibilizada con las necesidades de formación que requiere nuestro país, y juega un rol fundamental en esta tarea, razón por la cual, por su naturaleza y mandato de ley, considero esencial realizar los ajustes correspondientes a la Ley N.° 6041, Ley de Creación de la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (Conape), modificando la integración de la Junta Directiv a de Conape, en su artículo 4, de manera que a su mesa directiv a lleguen representantes de instituciones insignes en el campo de la educación univ ersitaria, técnica y principalmente, del sector priv ado, que potencialicen, faciliten, promuev an, desarrollen, la capacitación y formación profesional en nuestro país, que permitan

enfrentar con respuestas acertadas e inmediatas la demanda del mercado. Lamentablemente hoy, la configuración de su junta directiv a no se ajusta a las necesidades del país o no se corresponde directamente con una representación de los y las estudiantes. Este proyecto mantiene la presencia de quien ocupe la cartera del M inisterio de Educación Pública, o su representante, quien lo presidirá. Además, se incorpora un representante de la Junta Directiv a del I nstituto Nacional de Aprendizaje, un representante de la Asociación U nidad de Rectores de las U niv ersidades Priv adas de Costa Rica (U NI RE), un representante del Consejo Nacional de Rectores (Conare), y finalmente un representante de la Agencia Costarricense de Promoción de I nv ersiones (CI NDE).

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO DE LOS CANTONES: PUNTARENAS, ESPARZA, PARRITA Y QUEPOS:

EXPEDI ENTE NO. 23.007 Fecha de I nicio 19/04/2022 Dip. Franggi Nicolas Solano.

El presente proyecto de ley tiene como propósito establecer la declaratoria de interés público para el desarrollo turístico de los cantones de Puntarenas, Esparza, Parrita y Quepos, por la urgencia de promov er los incentiv os que faciliten la atracción de inv ersión por parte de entes públicos, así como entes priv ados, principalmente en temas de: generación de empleo, infraestructura, el desarrollo del comercio y hotelería, para el mejoramiento de la atracción del turismo nacional y extranjero.

PROYECTOS EN CONJUNTO

LEY DE APOYO A SECTOR TURISMO DEBIDO A LAS REPERCUSIONES DE LA EMERGENCIA NACIONAL POR COVID-19, MEDIANTE LA MODIFICA CIÓN DEL ARTÍCULO 26 Y DEL TRANSITORIO IX DE LA LEY 9635, FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, DE 3 DE DICIEMBRE DE 2018:

EXPEDI ENT E N.° 22.514 Fecha de I nicio: 19-may-2021 Varios Diput ados.

La present e iniciat iv a de ley t iene como fin prorrogar la ent rada en v igor del cobro del impuest o al v alor agregado en los serv icios t uríst icos; porque el sect or no cuent a con las condiciones ni

capacidades mat eriales para hacer frent e a est e impuest o que encarecería los serv icios que brinda e impondría una barrera adicional, para muchas MI PY MES, insuperable, en la t area de reconst rucción de negocio y at racción de client es.

LEY PARA CONGELAR LAS REMUNERACIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS EN ESCENARIO DE ALTA DEUDA PÚBLICA. REFORMA AL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 7352, LEY DE REMUNERACIÓN DE LOS DIPUTADOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y AL INCISO C) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 9635, LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS:

EXPEDI ENT E N° 22.516 Fecha de I nicio: 19-may-2021 Varios Diput ados.

Se propone en la present e iniciat iv a que las remuneraciones de Diput ados y Diput adas se congelen cuando la deuda pública de Gobierno Cent ral supere el 60% del PI B. El congelamient o que est ablece act ualment e el inciso c) del art ículo 13 de la Ley 9635 no result a aplicable a las remuneraciones de Diput ados y Diput adas, por no ser est as de nat uraleza salarial. Est o genera un t rat amiento clarament e injust o y un priv ilegio odioso, puest o que permit e que mient ras se congelan las remuneraciones de miles de personas funcionarias que perciben ingresos menores, se mant endrían los aument os por inflación para Diput ados y Diput adas.

LEY PARA INCENTIVAR Y PROMOVER LA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES EN COSTA RICA:

EXPEDI ENT E Nº22.520 Fecha de I nicio: 25-may-2021 Varios Diput ados.

El proyect o de ley pret ende “que la infraest ruct ura de t elecomunicaciones en Cost a Rica se desarrolle de forma coordinad a ent re t odas las ent idades públicas afines o relacionadas con el sect or, para asegurar que la normat iv a y el conjunt o de disposicion es t écnicas y legales exist ent es se apliquen en forma pareja en t odo el país.”

LEY ORGÁNICA DEL PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA:

EXPEDI ENT E N°22.539 Fecha de I nicio: 10-jun-2021 Varios Diput ados.

Est e proyect o propone una serie de cambios dent ro de los cuales dest aca la definición de los ejes est rat égicos de la inst it ución ( rect oría, liderazgo regional y comunal, defensa y garant ía, educación , prev ención, at ención de denuncias, prot ección, gest ión y administ ración), con la finalidad de ordenar y organizar el quehacer de la inst it ución, empezando por su Junt a Direct iv a. En est a misma línea, se realizó una minuciosa rev isión de los principios, fines y at ribuciones del PA NI generando como result ado nuev as definicion es para est os, así como la reorganización de los exist ent es. Por ot ro lado, se incluye una at ribución relacionada con el t rabajo que el PA NI debe realizar como administ rador de la Red Nacional de Cuido, recient ement e asignado por Ley de la República. A simismo, est a ley incluyó reformas a las labores de la Junt a Direct iv a, la Presidenci a Ejecut iv a, las Gerencias y la A udit oría I nt erna. Est a Ley incorpora el t rabajo que realizan las Junt as de Prot ección a la Niñez y lo art icula con el t rabajo de los Comit és T ut elares, los cuales realizan acciones en las comunidades en procura de la defensa de los derechos de la persona menor de edad, lo que result a relev ant e para el PA NI , en su labor de educación y promoción dirigido est e sect or poblacional y sus familias. Finalment e, est a ley hace uso del lenguaje inclusiv o, lo que la coloca como una norma de av anzada en mat eria de igualdad y equidad de género.

REFORMA AL ARTÍCULO 6 INCISO Q) DE LA LEY FORESTAL N° 7575 DEL 16 DE ABRIL DE 1996:

EXPEDI ENT E N° 22.550 Fecha de I nicio: 22-jun-2021 Varios Diput ados.

El proyect o de ley est á compuest o por un solo art ículo, que propone reformar parcialment e la Ley Forest al, Ley N° 7575 de 13 de febrero de 1996 y sus reformas, v igent e desde el 16 de abril de 1996,

específicament e se pret ende reformar el inciso q) del art ículo 6 de est e cuerpo legal.

La iniciat iv a se propone:

1. Modificar el t ext o normat iv o del inciso q) del art ículo 6, mant eniendo el t ext o normat iv o del inciso v igent e, solament e adicionándole un nuev o párrafo, cuyas modificaciones se podrán observ ar en el cuadro comparat iv o que se encuent ra en la sección de est e informe referida al análisis del art iculado del proyect o de ley. 2. Pret ende aut orizar a las Junt as de Educación, para que est as puedan por sí mismas solicit ar, recibir la donación de maderas y poder v enderlas, observ ando el procedimient o que el MEP est ablezca. 3. Que las Junt as de Educación puedan no solo v ender esa madera sino ut ilizar exclusiv ament e esos recursos para cubrir las necesidades del cent ro educat iv o correspondient e. 4. Que el MEP por reglament o est ablezca el procedimient o de la solicit ud y del respect iv o t rámit e.

REFORMA INTEGRAL A LA LEY 6043, LEY SOBRE LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE DEL 02 DE MARZO DE 1977 Y SUS REFORMAS:

EXPEDI ENT E Nº 22.553 Fecha de I nicio: 22-jun-2021 Varios Diput ados.

El objet iv o de est a iniciat iv a de ley es reafirmar la condición de bien público y aclarar cualquier duda que pueda exist ir sobre est a condición y a la v ez, prov eer un nuev o marco de polít ica muy claro, capaz de apoyar e impulsar en la Zona Marít imo T errest re el t ipo de t urismo deseado, en consonancia con el modelo y los result ados esperados a los que se aspira como país, por medio de una claridad en las compet encias de los diferent es int erv inient es y una planificaci ón mayor, dirigida a cont ribuir en el desarrollo y prot ección de la Zona.

ADICIÓN DE UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 135 DEL CÓDIGO ELECTORAL:

EXPEDI ENT E Nº 22560 Fecha de I nicio: 24-jun-2021

Varios Diput ados.

Est as disposiciones se int roducirían en el art ículo 135 del Código Elect oral. El objet iv o de est a iniciat iv a es que las donaciones realizadas por personas físicas, que superen el salario base mensual de Oficinist a 1 est ablecido en la relación de puest os de la Ley de Presupuest o Ordinario de la República del año 2021, es decir, ₡462.200 colones , deban realizarse, obligat oriament e, por medio de una ent idad del sist ema financiero nacional. Para el caso de múlt iples donacion es realizadas por la misma persona física, la reforma dispone que deban analizarse de forma conjunt a. Y el T ribunal Supremo de Eleccion es ( T SE) est ablecería, v ía reglament o, el t iempo dent ro del cual, la cont abilidad de la respect iv a agrupación deberá ident ificar las operaciones respect iv as, plazo que no podrá ser mayor a 3 meses.

REFORMA DEL INCISO 10) Y DEROGATORIA DEL INCISO 13) DEL ARTÍCULO 18 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, LEY N°3284 DEL 30 DE ABRIL DE 1964 Y REFORMA DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY DE NOTIFICACION ES JUDICIALES, LEY N°8687 DE 4 DE DICIEMBRE DE 2008. LEY PARA ESTABLECER EL CORREO ELECTRÓNICO COMO MEDIO DE NOTIFICACIÓN PARA LAS SOCIEDADES MERCANTILES:

EXPEDI ENT E N°22.567 Fecha de I nicio: 29-jun-2021 Varios Diput ados.

El proyect o de ley t iene por objet o la incorporación del correo elect rónico como forma alt ernat iv a de not ificación a las sociedad es mercant iles de manera adicional al domicilio social cont emplado en el art ículo 18 inciso 10) del Código de Comercio, lo que permit iría superar y act ualizar los mecanismos que garant icen una mayor eficiencia en los t rámit es judiciales de t al manera que se simplifique el act o formal de not ificación fiable y sencilla.

REFORMA DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY N° 8422, LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENT O ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA , DE 6 DE OCTUBRE DE 2004 Y SUS REFORMAS:

EXPEDI ENT E N° 22.578 Fecha de I nicio: 13-jul-2021

Varios Diput ados.

El proyect o de ley pret ende reformar el art ículo 14 de la Ley N° 8422, Ley cont ra la Corrupción y el Enriquecimient o I lícit o en la Función Pública, del 6 de oct ubre de 2004 y sus reformas, para incluir dent ro las prohibiciones a funcionarios públicos de ejercicio de profesion es liberales, a las personas que ocupan el cargo de int endent es municipales. En crit erios de la Cont raloría General de la República , indican que a est as personas no les alcanza la prohibición est ablecida en la Ley N° 8422, a pesar que t ienen pot est ades dent ro del dist rito municipal similares a los de la persona que ocupa el cargo de la alcaldía. Solo se puede prohibirle est e ejercicio por medio de disposición de rango legal.

ADICIÓN DE UN PARRAFO AL ARTICULO 33 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA, PARA RECONOCER COMO DERECHO HUMANO LA CONECTIVIDAD, TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACION ES, CON ACCESO UNIVERSAL EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL:

EXPEDI ENT E N° 22.617 Fecha de I nicio: 03-ago-2021 Varios Diput ados.

La present e iniciat iv a es una reforma const it ucional al A rt ículo 33 al present ar el rest ablecimient o de caráct er esencial y est rat égico al derecho humano a la conect iv idad, a las t ecnologías de información y t elecomunicaciones, con acceso univ ersal y lograr un serv icio que llegue en condiciones menos desiguales a t odo el t errit orio nacional. Es de gran relev ancia t ener un desarrollo de infraest ruct ura de primer mundo para la prest ación de serv icios de t elecomunicaciones, por cuant o la emergencia de la pandemia ha generado un aislamient o social y laboral, y por ende el t elet rabajo se ha conv ert ido en la mejor opción prev ent iv a, t ant o para el sect or público como priv ado, y ha sido fundament al para mant ener la product iv idad del país.

LEY PARA HACER MÁS JUSTO EL IMPUESTO ÚNICO A LOS COMBUSTIBL ES; REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 1 Y 3 DE LA LEY N.º 8114, LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS:

EXPEDI ENT E N° 22.626 Fecha de I nicio: 09-ago-2021 Varios Diput ados.

El present e proyect o reforma el modelo de cálculo del I mpuest o Único a los Combust ibles ( I UC), que se est ableció mediant e la Ley N.º 8114, Simplificación y Eficiencia T ribut arias de 4 de julio de 2001, a part ir de una rigurosa rev isión de lo que ha sido su impact o sobre los usuarios de los combust ibles, los ingresos t ribut arios del Gobierno Cent ral y la compet it iv idad del país en general. Est e proyect o plant ea una act ualización inmediat a del mont o nominal del I mpuest o Único, con rev isiones semest rales. T al como lo indica la exposición de mot iv os: Cost a Rica t iene un I mpuest o Único por t ipo de Combust ible alt ament e grav oso y sin mayor elaboración, obsolet o, que cumple con la única necesidad de recaudar. Para el logro de ese objet iv o, at ent a de manera permanent e cont ra el bienest ar, la est abilidad y la compet it iv idad de los agent es económicos; consumidores y empresarios, sin que se cuest ione ni rect ifique su impact o. Modificarl o, con responsabilidad y procurando los mejores ajust es, es una necesidad impost ergable para el progreso del país.

CREACIÓN DEL CANTÓN COLORADO, CANTÓN DUODÉCIMO DE LA PROVINCIA DE GUANACASTE:

EXPEDI ENT E N. º 22.643 Fecha de I nicio: 12-ago-2021 Varios Diput ados.

Est e proyect o de ley propone que Colorado se conv iert a en el Cant ón Número Doce de la Prov incia de Guanacast e. A duciendo en la exposición de mot iv os, ent re ot ras razones que:

-Los v ecinos de Colorado dieron el apoyo a la creación del nuev o cant ón. -A dminist rat iv amente, Colorado obt uv o ciert o grado de aut onomía, en relación a su cant ón madre, con la creación del Concejo Municipal del dist rit o. -Colorado cumple con las condiciones que muest ra en cuant o a lejanía de los principales cent ros poblados.

-El dist rit o de Colorado cuent a un presupuest o ha v enido en crecimient o, pero la falt a de aut onomía presupuest aria ha prov ocado que se t enga un poco de debilidad en la planificación, por lo t anto, en la ejecución de presupuest os, ya que dependemos del acciona r de la municipalidad madre, en modificaciones presupuest arias, presupuest os ext raordinarios, que debemos de esperar que ellos realicen para que el CMD incorpore los recursos del dist rit o.

REFORMA AL REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PARA INCORPORAR LA OBLIGACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL REQUISIT O LEGAL EN PROYECTOS DE LEY DE INICIATIVA MUNICIPAL:

EXPEDI ENT E N.° 22.663 Fecha de I nicio: 24-ago-2021 Varios Diput ados.

Los proyect os que t iene relación con la aut onomía municipal, ya sea que se t rat e de alguna forma de disposición de inmuebles de los que son t it ulares, impuest os municipales, incluidas las amnist ías, morat orias u ot ras sit uaciones deriv adas de ellos, es necesario siempre cont ar prev iament e con el acuerdo municipal respect iv o. Y a que se t rat a de sit uaciones en que la A samblea Legislat iv a realiza una act uación t ut elar o de cont rol polít ico, de ot orgamient o de permiso, remov iendo un obst áculo y aut orizando la propuest a que se somet e a su consideración. En est os casos en que se inv olucra la aut onomía municipal, la pot est ad de cont rol polít ico no puede ejercerse en abst ract o, sino que debe exist ir, prev iament e, una iniciat iv a específica y concret a del propio ent e municipal, la cual se aut oriza o no en cada caso.

SEGUNDA LEY ESPECIAL PARA LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIA S: ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DEL EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA:

EXPEDI ENT E N° 22.670 Fecha de I nicio: 31-ago-2021 Varios Diput ados.

La present e ley indica en si art iculo uno su fin, el cual es t ransferir a los gobiernos locales la at ención plena y exclusiv a de la infraest ruct ura

de los cent ros educat iv os que impart en educación preescola r , general básica y div ersificada, señaladas en los art ículos 77 y 78 const it ucionales en cumplimient o del mandat o est ablecido en el art ículo 170 de la Const it ución Polít ica y las disposiciones cont enidas en la Ley N.º 8801, Ley General de T ransferencia de Compet encias del Poder Ejecut iv o a las Municipalidades, de 28 de abril de 2010.

DECLARACIÓN DE LA CIUDADANÍA HONRÍFICA A SERGIO RAMÍREZ MERCADO:

EXPEDI ENT E Nº 22.699 Fecha de I nicio: 23-sep-2021 Varios Diput ados.

Est e expedient e pret ende ot orgar mediant e acuerdo legislat iv o, la ciudadanía de honor al escrit or, polít ico y abogado nicaragüens e Sergio Ramírez Mercado. Según la exposición de mot iv os: ant e la lament able inst alación de la dict adura de Daniel Ort ega en Nicaragua, y la persecución oprobiosa que sufren los oposit ores a dicho régimen, Sergio Ramírez Mercado, se ha conv ert ido en una v íct ima de dicho régimen, y se ha v ist o obligado a v iv ir en el exilio, ant e lo cual Cost a Rica no puede desv iar la mirada, y la A samblea Legislat iv a, t iene la obligación de darle cobijo, no solo por la coyunt ura polít ica que se v iv e act ualment e, sino por los excepcionales aport es que Ramírez Mercado ha realizado a la lit erat ura lat inoamericana y de los cuales Cost a Rica se ha v ist o direct ament e beneficiada.

LEY PARA DAR ACCESO A FINANCIAMIENTO PARA LA ASOCIACIÓN PRO-HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS CON EL SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO:

EXPEDI ENT E Nº 22.719 Fecha de I nicio: 07-oct-2021 Varios Diput ados.

Est a iniciat iv a propone adicionar un art ículo 7 bis a la Ley del Sist ema de Banca para el Desarrollo ( SBD), Ley Nº8634 y sus reformas, para que la A sociación Pro-Hospit al Nacional de Niños ( A PHNN), sea sujet o beneficiario del SBD y así apoyar su labor social en beneficio del bienest ar ciudadano y especialment e de los niños.

LEY QUE DECLARA LA MARIPOSA MORPHO HELENOR NARCISSUS COMO SÍMBOLO NACIONAL DENTRO DE LA FAUNA LEPIDÓPTERA DE COSTA RICA:

EXPEDI ENT E Nº 22.733 Fecha de I nicio: 14-oct-2021 Varios Diput ados.

Est a iniciat iv a de ley propone declarar como símbolo nacional a la mariposa m orpho hel enor narci ssus. Est a especie de mariposa ha formado part e de la ident idad cost arricense, siendo un element o esencial del imaginario nacional desde la época precolombina, com o alegoría de mit os de las diferent es cult uras indígenas cost arricenses.

LEY DE AMPLIACIÓN DE SESIONES DE LA JUNTA MÉDICA CALIFICADORA DE LA INCAPACIDAD PARA EL TRABAJO:

EXPEDI ENT E N° 22.737 Fecha de I nicio: 18-oct-2021 Varios Diput ados.

El objet iv o del present e expedient e es aut orizar a la junt a médica calificadora de la incapacidad para el t rabajo a celebrar al menos 12 sesiones al mes, con el objet iv o de brindarles a las personas t rabajadoras la debida at ención médica para no v iolent arles el derecho a la salud y al t rabajo.

LEY PARA PREVENIR LA REDUCCIÓN DE LOS SALARIOS DE LOS EDUCADORES COSTARRICENSES:

EXPEDI ENT E N° 22.744 Fecha de I nicio: 19-oct-2021 Varios Diput ados.

La present e iniciat iv a reforma y adiciona el art ículo 54 de la Ley de Salarios de la A dminist ración Pública N° 2166, para excluir de la conv ersión de incent iv os a mont os nominales fijos de los salarios de la A dminist ración Pública, aprobado mediant e la Ley N° 9635, Ley de Fort alecimient o de las Finanzas Públicas del 03 de diciembre de 2018

y sus reformas, el component e salarial denominado “I ncent iv o para el Desarrollo de la Docencia” que percibe el personal docent e del T ít ulo Segundo del Est at uto del Serv icio Civ il, para que se calcule como un mont o nominal fijo, result ant e de la aplicación del 8,33% al salario t ot al, ent endido ést e como la suma del salario base más sus respect iv os component es salariales, que la persona serv idora dev enga en el moment o que se ejecut a el t rabajo, con referencia a la escala salarial v igent e a julio del 2018.

LEY PARA MEJORAR LAS CAPACIDADES DE LA CONTRALORÍA GENERA L DE LA REPÚBLICA PARA CONSTATAR LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES JURADAS SOBRE LA SITUACIÓN PATRIMONIAL DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS. REFORMA DEL ARTÍCULO 34 DE LA LEY 8422, LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENT O ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL 6 DE OCTUBRE DE 2004:

EXPEDI ENT E N.º 22.750 Fecha de I nicio: 26-oct-2021 Varios Diput ados.

Con el objet iv o de mejorar las capacidades de la CGR para v erificar la v eracidad de la información declarada por las personas funcionarias públicas obligadas, respect o a su part icipación en personas jurídicas, en est a iniciat iv a se propone que se aut orice a la CGR para que pueda solicit ar al Banco Cent ral de Cost a Rica ( BCCR, encargado de la cust odia de la información del RT BF, según el art ículo 8 de la Ley 9416), la información referent e a las est ruct uras jurídicas en las que las personas funcionarias obligadas a realizar la declaración pat rimonial aparezcan como accionist as o beneficiarias finales.

LÍMITE A LAS PENSIONES DE LUJO:

EXPEDI ENT E N° 22.753 Fecha de I nicio: 27-oct-2021 Varios Diput ados.

Exist e un fuert e debat e respect o a si esas sit uaciones jurídicas y derechos pueden considerarse inalt erables o inmodificables. Para el reconocimient o de derechos adquiridos o sit uaciones jurídicas consolidadas relacionadas con pensiones con cargo al Presupuest o

Nacional que ya se est én pagando, deberán respet arse los principios const it ucionales de razonabilidad, proporcionalidad e igualdad ant e la ley, a fin de det erminar que el mont o ot orgado responda a la cot ización hecha por el t it ular del derecho o sus beneficiarios. En caso cont rario, el Est ado no pagará ningún mont o que supere lo que corresponda al aport e proporcional realizado por el t it ular del derech o o sus beneficiarios.

LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA INCLUSIÓN Y ACCESIBIL IDA D DEPORTIVA Y RECREATIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:

EXPEDI ENT E N°22.759 Fecha de I nicio: 01-nov-2021 Varios Diput ados.

El fin de est a Ley es buscar fav orecer aquellas personas que t ienen en la act ualidad una discapacidad o puede ev ent ualment e t enerla y que est o no les suprima el derecho de poder acceder a los espacios adecuados para práct ica deport iv a y la recreación.

DECLARACIÓN COMO BENEMERITO DE LA PATRIA AL PRESBITERO, LUIS VARA CARRO (PADRECITO VARA):

EXPEDI ENT E N° 22.768 Fecha de I nicio: 04-nov-2021 Varios Diput ados.

La present e iniciat iv a de A cuerdo Legislat iv o, busca que se declar e como Benemérit o de la Pat ria al Presbít ero Luis Vara Carro. Según se expone en la exposición de mot iv os de est a propuest a: El sacerdot e Vara se dedicó a realizar una gran obra social, eclesiást ica, y comunit aria en el dist rit o de Hojancha de Nicoya. A demás, logró la obt ención del Cant onat o para Hojancha.

LEY PARA LA CONDONACIÓN DE MARCHAMOS EN ATRASO:

EXPEDI ENT E Nº 22.779 Fecha de I nicio: 11-nov-2021 Varios Diput ados.

La iniciat iv a adiciona un t ransit orio V a la Ley 7088, Ley de Reajust e T ribut ario y Resolución 18ª Consejo A rancelario y A duanero Cent roamericano, para que los sujet os pasiv os de t ribut os, t imbres, seguros y cánones administ rados por el Minist erio de Hacienda, el I nst ituto de Foment o y A sesoría Municipal ( I FA M), Consejo de Seguridad Vial ( CSV), Consejo de T ransport e Público ( CT P) y el I nstituto Nacional de Seguros ( I NS) correspondient es al impuest o sobre la propiedad de v ehículos aut omot ores, creado por el art ículo 9 de la ley mencionada, y sus demás rubros, que t engan pendient es periodos ant eriores al año 2021 inclusiv e, sean condonados t ot alment e junt o con el principal, ajust es, int ereses, mult as y sanciones, siempre que se cancele a part ir de la publicación de lo que sería la ley y hast a ant es del 01 de enero de 2022, lo correspondient e al periodo 2022.

LEY PARA ELIMINAR EL USO DE COMBUSTIBLES FÓSILES EN COSTA RICA Y DECLARAR EL TERRITORIO NACIONAL LIBRE DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CARBÓN, PETRÓLEO Y GAS NATURAL:

EXPEDI ENT E N° 22.819 Fecha de I nicio: 02-dic-2021 Varios Diput ados.

Los objet iv os fundament ales del present e proyect o de ley son:

1) Cont ribuir con el proceso de t ransformación de la mat riz energét ica nacional en aras de av anzar en la met a de descarbonizar la economía mediant e la prohibición de exploración y explot ación de carbón, pet róleo y gas nat ural en el t errit orio nacional.

2) Promov er el uso de energías renov ables y desarrollará una polít ica pública para promov er la producción y uso de biocombust ibles, hidrógeno v erde y combust ibles alt ernat ivos prov enient es de energías renov ables.

DECLARATORIA DE BENEMERITAZGO DE LA PATRIA PARA LA ASOCIACIÓN HOGAR CRISTIANO DE PUNTARENAS:

EXPEDI ENT E N° 22.924 Fecha de I nicio: 28-feb-2022

Varios Diput ados.

El propósit o es la declaración a la A sociación Hogar Crist iano de Punt arenas como I nst itución Benemérit a de la Pat ria. Est a dist inción, t iene su fundament o, en la at ención a la niñez en riesgo social que ha brindado est e Hogar desde su fundación en 1918.

REFORMA A LA LEY DE CREACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, LEY N.° 7798 DEL 30 DE ABRIL DE 1998:

EXPEDI ENT E N° 22.972 Fecha de I nicio: 22-mar-2022 Varios Diput ados.

Est a iniciat iv a busca dev olv erle ese caráct er ejecut iv o al CONA VI con la creación de la figura del Gerent e General que t endrá las responsabilidades y funciones, en lo conducent e, que poseen act ualment e el consejo de administ ración y el direct or ejecut iv o del CONA VI y responderá por sus gest iones ant e el jerarca del MOPT . De est a forma, t ambién se corrigen algunas duplicidades e int erpret aciones normat iv as que han permit ido que se diluyan las responsabilidades administ rat iv as y polít icas en la administ ración del CONA VI . Se refuerza ent onces la figura del jerarca del MOPT al dev olv erle la pot est ad sancionat oria, la cual se había desv iado hacia el consejo de administ ración del CONA VI que est uv o ausent e y desconectado de la realidad int erna, de las act iv idades irregulares y del desempeño de los funcionarios encargados de cada programa o depart ament o en el CONA VI .

INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DEL ARTÍCULO 15 Y ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 11 BIS A LA LEY 10008, LEY PARA ATRAER TRABAJADORES Y PRESTADORES REMOTOS DE SERVICIOS DE CARÁCTER INTERNACION A L , DE 11 DE AGOSTO DE 2021:

EXPEDI ENT E N.º 22.985 Fecha de I nicio: 30-mar-2022 Varios Diput ados.

El objet iv o de est a iniciat iv a es clarificar el sent ido de la norma cont emplada en el art ículo 15 de la Ley No. 10.008 “Ley para at raer

t rabajadores y prest adores remot os de serv icios de caráct er int ernacional” del 11 de agost o de 2021 at endiendo el espírit u del legislador de que los solicit ant es correspondient es a est a cat egoría de t rabajadores remot os podrán pedir una v isa por un plazo menor al año. A simismo, la iniciat iv a de ley pret ende adicionar un art ículo 11 bis en el sent ido de que los requisit os de la Ley de Migración y Ext ranjería aplicables a los solicit ant es t rabajadores y prest adores remot os ext ranjeros y su grupo familiar serán únicament e aquellos que se les aplica a los t urist as comunes, abandonando complicadas y onerosa s int erpret aciones de la Ley de Migración que suponen engorrosos requisit os.

MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY N° 9988 “APROBACIÓN DE LOS CONTRATOS DE PRÉSTAMO SUSCRITOS ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA, PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE GESTIÓN FISCAL Y DE DESCARBONIZACIÓN”, Y MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY N° 10105 “APROBACIÓN DELCONTRATO DE PRÉSTAMOS N° 5263/OCCR Y N° 5264/OC- CR PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE APOYO A LA SOSTENIBILIDAD FISCAL II Y EL PROGRAMA DE EMERGENCIA PARA EL FORTALECIMIENTO FISCAL Y RESTAURAR EL CRECIMIENTO, ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)”:

EXPEDI ENT E N° 22.996 Fecha de I nicio: 05-abr-2022 Varios Diput ados.

El objet iv o de la present e iniciat iv a de ley es que el diez por cient o ( 10%) de los recursos aprobados t ant o en la Ley N° 9988 como en la Ley N° 10105, y cuyo dest ino es amort izar la deuda del Est ado con la Caja Cost arricense del Seguro Social, est én expresament e excluidos de lo dispuest o en el T ít ulo I V, Responsabilidad Fiscal de la República , y en el Capít ulo I V, Disposiciones T ransit orias al T ít ulo I V, del T ít ulo V, Disposiciones T ransit orias; de la Ley de Fort alecimient o de las Finanzas Públicas, N° 9635.

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