Fondo de Pensiones - Staff Administration

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Información de contacto:

HR Partner, Sección de Recursos Humanos

Asociación de Jubilados

Oficina NC-1

Lunes, miércoles y viernes

10:30 a 12:30 hrs.

Fondo de Pensiones

Mayo 2024

Sección de Recursos

Humanos

PROPÓSITOS DEL FONDO DE PENSIONES

1 Jubilación: Proveer a los participantes (a la edad de jubilación) con una pensión proporcional al salario percibido en la vida laboral

2 Discapacidad y defunción: Proveer protección y cobertura en caso de discapacidad o muerte (durante el servicio activo o posterior a la jubilación) para el funcionario y/o para los sobrevivientes elegibles.

BENEFICIOS DE LA JUBILACIÓN

 Jubilación anticipada

 Jubilación diferida

 Beneficio de invalidez

 Beneficio para hijos/as dependientes

 Beneficio para viudo/a sobreviviente

 Beneficio para ex-esposa

 Beneficio por dependiente secundario

 Monto residual de la pensión

 Validación de contribuciones para un período anterior

 Restablecimiento de contribuciones al Fondo

SEGURO MÉDICO DESPUÉS DE LA JUBILACIÓN (ASHI)

Para optar al seguro médico ASHI (After Service Health Insurance) el funcionario debe tener al menos 10 años de participación en un seguro médico de Naciones Unidas, con un contrato a plazo fijo, continuo o permanente.

Deberá esperar la confirmación del seguro ASHI antes de enviar boletas por servicios médicos o medicamentos para reembolso.

Una vez aceptada la incorporación al Seguro Médico ASHI, el seguro médico será descontado de su beneficio de jubilación mensualmente

PARTICIPACIÓN Y

CONTRIBUCIÓN EN EL FONDO (Art.21)

Todos los funcionarios reclutados por 6 meses o más y

a partir del primer día del séptimo mes; todos los funcionarios que completen más de 6 meses de servicio con contratos consecutivos (que no hayan tenido una interrupción laboral de 31 días o más).

Contribuciones al Fondo:

Tanto los participantes como la Organización aportan un porcentaje de la Remuneración Pensionable (7 9% y 15 8% respectivamente) Se define a la Remuneración Pensionable como la suma entre el sueldo bruto pensionable (que es determinado por encuestas de sueldo) más las asignaciones por idiomas, si las hubiere. Para obtener el monto de remuneración pensionable, basta con dividir la contribución del funcionario por 0.079. Los funcionarios que están en “Special Leave Without Pay” (SLWOP) pueden contribuir voluntariamente al Fondo de Pensiones. No obstante, si el SLWOP se otorga por más de 36 meses consecutivos y el funcionario no ha realizado aportes en ese período, será separado del Fondo automáticamente

MSS: UNJSPF MEMBER SELF-SERVICE

El Fondo de Pensiones ofrece a los participantes y jubilados la posibilidad de crear sus propias cuentas de acceso personal, donde podrá obtener datos sobre su estado anual acumulado de sus contribuciones al Fondo, estimaciones de pensión de jubilación, etc.)

El propósito es mejorar la seguridad de sus datos como parte del Sistema Administrativo Integrado Previsional o IPAS, lanzado en el año 2015

En este sentido, se ha generado un nuevo número único de identificación para cada persona (UID) Los números de UID tienen nueve (9) dígitos.

Para mayor información sobre autoservicio del Fondo, puede ingresar a la página del Fondo de Pensiones al siguiente link:

https://www unjspf org/member-self-service/

Si necesita asistencia en la creación de su cuenta en MSS, favor contactar a:

 By Phone (hours M- F: 07:00 – 19:00)

 NEW YORK (EST): +1 – 212-963-6931

 By Email: msssupport@unjspf.org

EDAD DE JUBILACIÓN: 65 AÑOS

A partir del 1 de enero de 2018, la edad de jubilación obligatoria para todos los funcionarios pasó a ser de 65 años (véase la Regla 9 2 del Reglamento del Personal, ST/SGB/2018/1).

Los funcionarios que tenían previsto jubilarse a la edad de 60 o 62 años después del 1 de enero de 2018 mantendrán su derecho a hacerlo al cumplir la edad de jubilación adquirida. Es decir, los funcionarios podrían optar por jubilarse a la edad de 60 o 62 años, o en cualquier momento entre las edades de 60 y 62 años y la nueva edad de jubilación obligatoria de 65 años

En caso de que un funcionario decida jubilarse después de los 60 o 62 años de edad, en cualquier momento antes de alcanzar la edad de jubilación obligatoria de 65 años, deberá dar aviso de al menos un mes, si tiene un contrato de plazo fijo o de al menos tres meses, si tiene un contrato continuo o permanente.

La nueva edad de jubilación obligatoria no afectará los beneficios de jubilación, incluidas la pensión de jubilación, de acuerdo al artículo 28 de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas y el seguro médico después de la separación del servicio (ASHI)

Sírvase consultar la sección de Preguntas Frecuentes sobre la Edad de Separación por Jubilación Obligatoria (https://www.unjspf.org/for-clients/separation/). Para solicitar su UID, si es un participante, debe enviar una solicitud desde su email oficial de Naciones Unidas, ya que esto validará su identidad Por favor incluir su número de index y su número de Fondo de Pensiones de 6 dígitos al

siguiente email: requestUIDonly@unjspf org

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