LA GUIA FEBRERO 2011

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La Dirección del Fondo Provincial de la Cultura define acciones de gestión y comunicación con el objetivo de promover y desarrollar los valores culturales y difundir el patrimonio cultural mendocino, a su vez trabaja con la convicción que a través de la gestión cultural se produce un acercamiento a la realidad cultural y social, involucrando de esta manera la interpretación y desarrollo para la integración cultural. La forma de empadronamiento es únicamente por el sistema online, a través de la página Web de la Secretaría de Cultura www.cultura.mendoza.gov.ar . La convocatoria estará abierta hasta el 25 de marzo. ¿Qué votamos? Nueve representantes que formarán parte del Consejo Asesor el FPC, a saber: seis representantes, uno por cada área artística y tre representantes por las áreas no artísticas. Cada uno de estos representantes, es votado exclusivamente por sus pares. ¿A quiénes podemos votar? Se puede votar a cualquier hacedor cultural debidamente empadronado en su sector de perte-

nencia. No podrán ser electos aquellos empadronados que tengan relación de dependencia con la Secretaría de Cultura, con excepción de aquellos contratados a través de locación de servicio o locación de obras. ¿Quiénes pueden votar? Los hacedores culturales mendocinos, o que acrediten residencia en la provincia de Mendoza, debidamente empadronados en su sector de pertenencia, mayores de 18 años. Deberán comparecer a las urnas con el DNI o documento que acredite los datos volcados en la ficha de empadronamiento. ¿Dónde y cuándo se vota? En el Área de Cultura del departamento en que figure empadronado el hacedor cultural y la fecha de los comicios se difundirán oportunamente. ¿Qué implica ser elegido Consejero del Fondo? Cada Consejero electo representa, como miembro del Consejo Asesor del Fondo Provincial de la Cultura, un sector especifico dentro de las disciplinas artísticas y no artísticas de la co-

munidad cultural de la Provincia. Su responsabilidad y criterio definen su vocación de servicio frente a las obligaciones que tendrá como Consejero. Los Consejeros electos tendrán las siguientes responsabilidades y tareas: Evaluar las solicitudes de subsidios presentadas en cada convocatoria del FPC. Asistir a dos reuniones ordinarias por mes y a las reuniones extraordinarias que pudieran establecerse. Se debe destacar que según la Ley 6403, el asesor se desempeña ad-honorem (no percibe honorarios).

Importante Una vez electo, y para validar su designación, cada Consejero deberá presentar tres avales institucionales firmados en original que acrediten su pertenencia al sector cultural específico.

Más info: de lunes a viernes de 9.30 a 13hs Secretaría de Cultura de Mendoza, España y Gutiérrez, Cdad. 0261- 4495802/ fondocultura@mendoza.gov.ar


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