En un acto cargado de solemnidad y profundo simbolismo, el pasado 24 de abril se llevó a cabo la Ceremonia de Juramentación de Lealtad y Respeto a la Constitución Política
del Perú por parte de los estudiantes del Primer Ciclo de la Escuela Profesional de Derecho de la Universidad NacionaldeMoquegua–FilialIlo.
La actividad reunió a autoridades universitarias, civiles, militares,representanteslocales y familiares, quienes fue-
ron testigos del compromiso asumido por los jóvenes ingresantes,llamados a convertirse en futuros defensores del derecho, la justicia y el ordenconstitucionaldelpaís.
El evento marcó el inicio oficial del año académico 2025 y estuvo enmarcado por
discursos inspiradores que destacaron la trascendencia delejerciciojurídicoenlaconstrucción de una sociedad justa y democrática. En ese contexto,serealizólaentregasimbólica de la Constitución Política del Perú a cada estudiante, acto que reafirma el compromiso con los valores fundamentales del Estado de derecho.
Durantelaceremonia,tambiénsereconocióelesfuerzoy desempeño académico de alumnos destacados, mediante la entrega de diplomas dereconocimiento,enungesto que promueve la excelencia y dedicación en la formaciónprofesional.
Este importante acontecimiento fue liderado por el Dr.
Entreloapresuradoylocorrecto
Eduar Córdova Alvarado, director de la Escuela Profesional de Derecho, y acompañado por un sólido equipo docente entre los que destacan el Dr. Freddy Torres Marrón,el Dr. Eloy Cupe Calcina, el Mg. Larry Ormeñoyel Mg.Emmanuel Pacsi Cornejo, quienes conforman el cuerpo académico que guía la formación de los nuevos juristas en la región.
Los años 2018 a mediados del 2021 significaron la época dorada del caviarismo en el Perú. A sus anchas, respaldados por circunstanciales gobernantes de la minúscula talla de Martín Vizcarra y FranciscoSagasti,deformaron —aún más— el sistema de justicia, incluyendo al Ministerio Público. Como nunca antes, vimos tanto Lawfare y un saldar de cuentascontralosadversarios del régimen de turno. Y, al interior de la autodenominada “Luz que nunca se apaga”
(ergo, Fiscalía), no hubo excepción. Dos, cuando menos,fueron las víctimas de talesatropellos:TomásGálvez y Pedro Chávarry, este último como titular de la citada entidad por escasos siete meses. Visiblemente incómodos al Ejecutivo, férreos opositores a los acuerdos secretos con la corrupta Odebrecht por parte del sobado Equipo Especial Lava Jato, cuestionaron, por ende, el accionar de estos sobredimensionados José Domingo Pérez y Rafael Vela Barba, entre otros. La progresía no tardó mucho,en realidad fue “exprés”, y la permanencia de estos probos magistradosllegaríaasufin.
procedente —con fecha 2 de agosto de 2021— la reconsideración interpuesta. Posteriormente, el 7 de octubre del mismo año, presentó proceso de amparo solicitando la reincorporación laboral.Y,el pasado 8 de abril,elTribunal Constitucional declaró fundada la demanda,nuloeldespido,yordenó que retome las funcionesantesdesempeñadas.
delacarrerapúblicadeunmagistrado, incluyéndose —por ejemplo— audiencia previa a la sanción, emisión de informes técnico-jurídicos, pruebasdedescargo,resolucióndebidamentemotivada,etc.Además, subrayó la relevancia de la investigación preliminar, puesto que ahí se define si hay mérito para aperturar un procedimiento disciplinario o no.
el regreso de Gálvez Villegas “va a ser una fortaleza para el Ministerio Público”. Más allá delaironíamostrada,locierto es que la reposición deTomás Gálvez se dio por no haberse respetado sus derechos constitucionalmente protegidos comoFiscalSupremo. He ahí la diferencia entre lo apresurado y hacer, siempre,locorrecto. FERNANDO VALDIVIA CORREA
Y así ocurrió. El 23 de abril de 2021, el Pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) sancionó con destitución a Gálvez Villegas, declarando im-
En la sentencia emitida, el máximointérpretedelaConstituciónenfatizóquelaJNJtiene como facultades, entre otras, las de destituir a jueces y fiscales de todas las instancias,conforme a lo preceptuado en la Carta Magna y la Ley Orgánica N.º 30916 (LOJNJ); precisando que el cese debe realizarse cumpliendo el debido proceso, y agregando que los artículos 43 al 45 de la LOJNJ desarrollan el procedimiento a seguir para el retiro
Sinembargo,elReglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ, en el artículo 72.º, refiere que puede prescindirse de la investigación preliminar en casos de conducta notoriamente irregular con prueba evidente o en flagrante falta disciplinaria muy grave. Aquí, a juicio del Tribunal, esta disposición es inconstitucional, al vulnerar el principio de jerarquía normativa(artículo51delaCartaPolí-
tica),queregulalaprevalencia de esta sobre una norma legal;ydelaleyrespectodenormas inferiores (Decretos Supremos, Resoluciones Ministeriales, etc.), y así sucesivamente.Se concluyó que dicho reglamento desnaturaliza la LOJNJ,transgrediendoelderechoalprocedimientopreestablecido por ley (artículo 139.3 delaConstitución). Delia Espinoza declaró que
La Tabla 8 presenta el aporte acumulado por parte de empresas que contribuyen a través del IR con el canon minero, en dólares, de 14 empresas minerasquecotizanenla Bol-
sadeValoresdeLima(BVL),en elperíodoquevadelaño1999 hasta el primer trimestre de 2025.EsteaportetotalizaUSD 12,805 millones, equivalentes a aproximadamente 47,379 millonesdesoles. Por supuesto, como es conocidoyseobservaenelrecorrido histórico, Southern Perú Copper Corporation – SP lidera el ranking con USD 5,047 millones, equivalente al 39.42 % del total. Este liderazgo se explica por su elevada producción y precios sostenidos del cobre en mercados internacionales, una combinación
que en los últimos años ha sidocuasiperfecta. La Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.ocupa el segundo lugar con USD 3,602 millones (28.13 %), potenciando a Arequipa como una de las regiones de mayor beneficio por el canon minero. La corporación Shougang Hierro Perú S.A.A.
se posiciona en tercer lugar con USD 1,456 millones (11.37 %), reflejando la importante extracción de hierro en Marcona(Ica).
Asimismo,laempresaMinsur S.A.(productora de estaño y oro) aporta USD 1,190 millones (9.30 %). La empresa Volcan Compañía Minera S.A.A.,
especializada en zinc y plata, aporta USD 407 millones (3.18 %).Estas cinco empresas concentran más del 91 % del total delcanonminero. Hay otras cinco empresas con menor contribución, to-
das con menos del 1 %. Son: Compañía Minera Santa Luisa:0.41%;NexaResourcesAtacocha: 0.48 %; Compañía San Ignacio de Morococha: 0.07 %;Minera Andina de Exploraciones:0.01%
| Cinco grandes empresas explican más del 90 % del canon minero acumulado desde 1999, siendo Southern Perú la principal fuente de recursos para las regiones productoras.|
Delaobservaciónpresidencialalasleyes
/ Pr
LA PRENSA REGIONAL
VICENTE
MOQUEGUA
DIARIOPRENSAREGIONAL
Bueno, no hablamos propiamente de las observaciones a lasleyes,puesestasseconcretizancomotalcuandosonpromulgadas por el Presidente; nosreferimosalasautógrafas de ley,que si bien son aprobadas por el Congreso,estas pasan al Ejecutivo.En esta etapa pueden ser observadas. Esto, en los últimos tiempos,ha tenido una importante incidencia:nopocosproyectoshansido observados por el Ejecutivo,ni mucho menos es limitado el número de los que han sido aprobados por insistencia del Congreso y ordenada supublicación.
La autógrafa de ley enviada por el Congreso,respecto a la creación de veinte universidades públicas —cual si fuera tienda de abastos— fue observada por el Ejecutivo; por consiguiente,devueltaalCongreso. De inmediato, la Comisión de Educación aprobó el dictamen de insistencia, para que el Pleno del Congreso derrote la observación presidencial con una votación calificada,sintomarencuentalosargumentos esgrimidos por el Ejecutivo.Se da por descontado que harán oídos sordos, y en consecuencia, solo quedará el camino de la interposición de una demanda de inconstitucionalidad. Pero, en tanto, la ley tendrá plena vigenciaporquetieneasufavor “la presunción de constitucionalidad”.
¿Pero qué dijo el Gobierno?, ¿cuáles fueron sus argumentos para observar esta ley de creación de nuevas univer-
sidades? La implementación delapropuestanormativaimplica gastos, se deben asignar los recursos necesarios para su financiamiento que no estánprevistosenelpresupuesto para el Año Fiscal 2025, lo que contraviene el principio de equilibrio presupuestario recogido por el artículo 78 de la Constitución, comprometiendo la sostenibilidad fiscal a largo plazo. Para agregar, dentro de la amplitud de sus criterios expuestos: “el Parlamento,motu proprio,salvo en lo atinente a su propio presupuesto, no tiene competencia para, ex nova, crear fuentes que originen gasto para la hacienda pública”. Argumentos consistentes. Aquí, el Congresopodríaimponersutextosobre la observación presidencial.
El último mes de diciembre se promulgó la Ley 32181, aprobada por el Congreso y sin observación del Ejecutivo, con una grave omisión, entendida como favorecimiento político: se disponía la eliminación de la detención preliminar en casos sin flagrancia. Fue tal la repulsa pública —y especialmente de nuestro sistema de justicia— que,en ese mismomes,elCongresoaprobóuntextonormativocorrec-
tivo para restituir la imposición de la detención preliminar en casos de no flagrancia. Este luego pasó al Ejecutivo para su promulgación,pero la autógrafa fue observada y devuelta al Congreso, órgano que insistió en su texto primigenio, obviando las observacionespresidencialesyconvirtiéndose en ley al promulgarla el Presidente del Congreso. Aquí, el Congreso impuso su texto original sobre la observaciónpresidencial.
Elpasado29deabril,enun acto con grandes ribetes publicitarios, el Presidente del Congreso firmó la autógrafa en la que se dispone que los trabajadores accedan librementeadisponerdel100%de fondos hasta el 31 de diciembre de 2026.Y, a diferencia de propuestas pasadas, también sepuedaretirarel100%delos fondos en cualquier momento por casos de enfermedad terminal o cáncer. Sin embargo,esta deberá ser promulgada u observada por el Gobierno. Aunque ya el Ministro de Economíasemanifestóendesacuerdo, la decisión no deja de ser política,con una sobrecarga de populismo. No tenemos la certeza de cuál será la decisión final,bajo un contexto en que la gran mayoría de
peruanosnogozandeestebeneficioyestamosenunadesalentadora circunstancia económico-social; más aún si la necesidad,enunañoeminentementeelectoral,esmostrarsesensibles.
NuestraConstituciónestablece un procedimiento especial para la aprobación y promulgación de las leyes. SiguiendoaEnriqueChirinosSoto, tenemos tres posibilidades:
a) Que el Presidente de la República promulgue el proyecto dentro de un plazo de quince días de recibido, convirtiéndoseenley;
b) Si el Presidente guarda silencio,esdecir,nohacenada, la promulga el Presidente del Congreso;y
c) Si el Presidente de la República tiene observaciones que hacer sobre toda o una parte de la ley aprobada en el Congreso, las presenta a este enelmencionadoplazo.Eneste último caso, el Congreso puede allanarse o puede reconsiderar,con el voto de más de la mitad del número legal de sus miembros, debiendo ser promulgada por el PresidentedelCongreso.
Si bien el debate más importante se da en las comisiones ordinarias y en el Pleno
del Congreso sobre los considerandos y la necesidad de la ley, el Presidente de la República asume un rol trascendente como filtro ineludible. Pues no es un mero formalismo: para poder promulgarla debe interiorizarse, tener pleno conocimiento de sus contenidos y consecuencias. Más aún cuando no tenemos en nuestro sistema constitucional un control jurisdiccional preventivo de constitucionalidad de las leyes. Debe precisarsequenosetratadeunderecho de veto —como un sector de la academia lo recoge—,mássetratadeunacondiciónsuspensiva,comoelderecho que tiene el Presidente de recabar una nueva deliberación del Congreso respecto al proyecto de ley observado, pudiendo perfectamente ser derrotado con la insistencia parlamentaria.
Un sistema jurídico debe sostenerseensuseguridadjurídica y predictibilidad, y de pronto hemos incursionado enunterrenoarriesgado,donde nuestro marco legal está sujeto a marchas y contramarchas, desmarcándose de unavisiónuniformeeintegral que nos permita avizorar un mayor crecimiento y desarrollo, partiendo desde una institucionalidad garantista. Y en este desconcierto, tienen tanta responsabilidad el EjecutivocomoelCongreso,alacudir a un juego de carambolas, a sabiendas de su contubernio, disimulando sus responsabilidades. Aún más, con una instancia de control como lo es nuestro Tribunal Constitucional, que asume sus funciones con el acomodo de quien no quierecomprarsepleitosyoptaporlacomplacencia.
Se han vuelto comunes las expresiones autógrafas, observaciones, insistencias, lo que significa fragilidad de nuestras instituciones y desmedro de los intereses ciudadanos.
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La Tabla 3 permite analizar comparativamente las ventas netasendólaresdelprimertrimestre del año 2025 respecto al mismo periodo del 2024. Las ventas netas que suma el sector minero crecieron de USD 3,175 millones en el primer trimestre de 2024 a USD 3,709millonesenelmismoperiodo de 2025, lo cual representaunaumentodel17%.
SouthernPerúCopperCorporation encabeza con USD 1,265 millones, lo que representa el 34 % del total aproximado de ventas del sector en eltrimestre.
del 19 % y 20 %, respectivamente.
Shougang Hierro Perú S.A.A. presenta una reducción del 29 %,lo cual podría indicar una caída en la producción o eficiencias operativas aplicadas. Compañía Minera Santa Luisa S.A. también muestra unareduccióndel29%,seguida por otras como Sociedad Minera El Brocal S.A.A. (-17 %) y Compañía San Ignacio de MorocochaS.A.A.(-13%).
La tabla (4) evidencia que, aunque algunas empresas han logrado reducir sus costos, el sector minero en conjuntomuestrauncrecimiento en sus costos operativos en el primer trimestre del 2025 respecto al mismo periodo del año anterior. Pero, aun cuando hay un incremento de costos del 6 %, las ventas se han incrementado en 17 %, por lo tanto, se puede decir que hay optimización de costos y ventas.
Otras compañías tuvieron caída en ventas, como Shougang Hierro Perú, que muestra una fuerte baja del -28 %, posiblementeexplicadaporla menor demanda internacionaldehierro.
El Brocal S.A.A. cae -11 % y PERUBARS.A.-3%,loquepuede reflejar problemas operativosobajaproducción.
EFICIENCIAEN LAS MINERAS
La Tabla 4 muestra una comparacióndelcostodeventas (en dólares) entre el primer trimestre del año 2024 y el primer trimestre del 2025 de las empresas mineras que cotizan en la Bolsa de Valores
SociedadMineraCerroVerde S.A.A. sigue con USD 1,091 millones, también con una participación destacada. Ambas empresas concentran conjuntamente cerca del 64 % del total de ventas del sector. Hay empresas que observaron enormes incrementos. Es el caso de Sociedad Minera Corona S.A. (+118 %), Volcan Compañía Minera S.A.A. (+77 %),Minsur S.A.(+49 %) y BuenaventuraS.A.A.(+47%).
de Lima (BVL).Se evidencia un incremento general del 6 % en el costo de ventas agregado,pasando de USD 1,828 millonesen2024aUSD1,930millones en 2025. Este incrementoesrelevanteporquesugiere mayores costos operativos o mayores volúmenes de producción, dependiendo del contextodecadaempresa.
Empresas con mayor participación en el costo total de ventas 2025:Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. lidera con USD 618.7 millones, representando un incremento del 5 %.
Southern Peru Copper Corporation reporta USD 589.3 millones,conunsignificativoaumentodel20%.
Ambas empresas juntas concentran más del 60 % del costototalagregado,loqueindica su peso dominante en el sectormineroperuano.
Volcan Compañía Minera S.A.A.aumentósucostoen40 %,loquepodríaexplicarsepor una mayor producción, incremento de precios de insumos o menor eficiencia operativa.
MinsurS.A.ySociedadMinera Corona S.A. también mostraron aumentos importantes
Ventasde14empresasmineras superaronlosUS$200mil
desde1999
MOQUEGUA
La Tabla 5 muestra las ventas netas acumuladas entre 1999 y el primer trimestre de 2025 (en dólares) de las 14 empresas mineras que cotizan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL).Comoseobserva,elposicionamiento de Southern Copper y Cerro Verde es total. Southern Perú Copper Corporation – SP lidera el ranking con ventas acumuladas de más de 65.3 mil millones de dólares, representando aproximadamente el 32.55 % del total.
AlseguidoestálaSociedad Minera CerroVerde S.A.A.,con 50,451 millones de dólares (25.14 %). Estas dos empresas
concentran más del 57 % de las ventas del sector minero peruano,loqueevidencialaalta concentración de este mercado. Empresas como Shougang Hierro Perú S.A.A., Minsur S.A., Buenaventura y Volcan tienen participación significativa,entre el 5 % y 8.6 %, lograndounrolimportantecomominerasmedianas.
La minera Shougang Hierro Perú S.A.A.lideraenelsub-
millones
sectordehierro.MinsurS.A.se destaca por su producción de estaño y oro, mientras que Buenaventura S.A.A. combina producción polimetálica con una presencia histórica en el país. Empresas como CompañíaMineraSanIgnaciodeMorococha y Minera Andina de Exploraciones tienen participación marginal (menos del 0.5 % y 0.02 %, respectivamente).
Lasutilidadesminerasacumuladas desde1999
MOQUEGUA
La Tabla 6 detalla las utilidades netas agregadas entre 1999 y el primer trimestre de 2025delas13empresasmineras que cotizan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL). No se puede negar el liderazgo de SouthernyCerroVerde.
Aquí, Southern Peru Copper Corporation – SP lidera el ranking con 20,374 millones de dólares en utilidades netas acumuladas, lo que representa el 38.6 % del total. Sigue la Sociedad Minera Cerro Verde, con 12,635 millones (24 %). Ellas juntas concentran más del 62 % de todas las utilidades generadas, lo que demuestranosoloelaprovechamiento del precio, sino también su alta rentabilidad operativa.
La empresa minera Shougang Hierro Perú S.A.A. tiene el 10.9 %, y Minsur S.A., el 9.3 %. Ellas ocupan el 3.º y 4.º lugar. Aunque su volumen de ventas fue menor que el de
otrasempresasenlatablaanterior, su alta participación en utilidades refleja una eficienciaoperativasuperiorocostos deventasmáscontrolados. Otra empresa con 6.8 % del total es Buenaventura
S.A.A., que mantiene una rentabilidad razonable, acorde con su posición en el ranking de ventas, aunque se nota una ligera reducción en margenencomparaciónconMinsuroShougang. La tabla refleja una alta concentraciónderentabilidad en las dos principales mineras de cobre del Perú, reafirmando la posición estratégica del cobre en el mercado mundial y su rol en la economía peruana.
ción permite evaluar el nivel de contribución fiscal de cada empresa al Estado peruano en función de las utilidades, dadoqueelIRsecalculasobre estas.
MOQUEGUA
La Tabla 7 muestra el acumulado del impuesto a la renta (IR) pagado por 14 empresas minerasquecotizanenla Bolsa de Valores de Lima (BVL) desde1999hastaelprimertrimestrede2025.Estainforma-
Se denota que Southern Perú Copper Corporation – SP lidera el ranking con más de 10,095millonesdedólarespagados en IR,lo que representa un 39.42 % del total recaudadoporestasempresas.
La Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.ocupa el segundo
lugar con más de 7,205 millones (28.13 %). Ambas suman más del 67 % del total, lo que reafirma su papel importante como dos de los principales contribuyentes mineros del Perú.
La minera Shougang Hierro Perú S.A.A. logra posicionarse con el 11.37 %, y la empresa Minsur S.A., con el 9.30 %, siguen en importancia, revelando no solo volumen de utilidades, sino también que cumplen con el fisco y perma-
necen en el tiempo contribuyendoconelpaís.
En lo general, se observa unaconsistenciaentrelasempresas que más utilidades generaron y las que más impuestos pagaron. Así se nota, por ejemplo,que la Compañía de Minas Buenaventura ocupael5.ºlugarenutilidades,peroel10.ºenimpuestos.Estosolopodríareflejarbeneficiostributarios, reinversiones, pérdidas arrastradas o planeamientofiscal.
La Tabla 1 compara la utilidad neta(endólares)de14empresas mineras que cotizan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL), en los periodos comprendidosentreel1deeneroy
el 31 de marzo de los años 2024 y 2025, mostrando además el porcentaje de variación relativa entre ambos trimestres.
Se observa un incremento conjunto del 24% en la utilidadnetadetodaslasmineras, pasando de 861.2 millones de dólares en el primer trimestre de 2024 a 1,069.7 millones en elmismoperiodode2025. Se destaca que la utilidad neta de la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. creció 128%, pasando de 61.4 a 140.1 millones USD. Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. aumentó 65%, alcanzando más
de 302 millones USD, consolidándose como una de las minerasmásrentablesdelpaís.
SouthernPerúCopperCorporation,líderabsolutoenutilidades netas con 457.8 millones USD (+26%), confirma su hegemonía financiera, aunque su crecimiento porcentualesmenorcomparadocon otras.
Compañía Minera Santa Luisa S.A. mostró un crecimiento de 373%, aunque en montos absolutos es menor.
El salto de utilidad neta es notable: de menos de 1 millón a másde4.5millonesUSD.
Sin embargo, también se registran reducciones: Shougang Hierro Perú S.A.A. cayó57%, de 158 a 68 millones USD; Minsur S.A. retrocedió62%, de 75.8 a solo 29 millonesUSD;yNexaResourcesPerúS.A.A.disminuyó-22%.
Otro caso es el de Minera Andina de Exploraciones S.A.A.,que pasó de ganancia a pérdida, con una disminución
La Tabla 2 muestra la comparación entre el impuesto a la renta (IR) pagado por las empresas mineras durante el primer trimestre del 2024 y del 2025. Este análisis revela una tendencia de incremento general del 35 % en la recaudación del IR minero, lo cual tiene importantes implicancias fiscalesparaelpaís.
SouthernPeruCopperCor-
poration mantiene su liderazgo como el mayor contribuyente,aumentando su aporte en 4 % (de 173.7 a 181.2 millonesdedólares).
SociedadMineraCerroVerde S.A.A.destacaconunsignificativoaumentodel64%,pasando de 105 a 172.3 millones, solidificándosecomounactor claveenlarecaudaciónfiscal.
Shougang Hierro Perú S.A.A. también incrementa su aporte en un 5 %, aunque en menormagnitud.
Se debe destacar que hay empresas con crecimientos porcentuales más altos. Vol-
cán Compañía Minera S.A.A. presenta un aumento del 1230 %,de solo 1.07 millones a másde14.3millones.Estopuede explicarse por un incremento sustancial en utilidades.
Nexa Resources Atacocha S.A.A. aumenta en 1777 %, y Compañía Minera Santa Luisa S.A.en 543 %.Entre las empresas que reducen su aporte está Nexa Resources Perú S.A.A.,que disminuye su IR en un 60 %. Perubar S.A. presen-
taunacaídadel52%. Elincrementoglobaldel35 %enelIRreflejaunmomento positivo del sector minero en el primer trimestre de 2025, vinculadoafactorescomomejores precios internacionales de metales (como el cobre, oro o hierro), aumento en los volúmenesdeproducción,eficiencia operativa y la recuperación de empresas que venían con pérdidas operativas enperiodosanteriores.
Las grandes empresas co-
de -126%. En contraste, Sociedad Minera Corona pasó de una pérdida de -3.2 millones a una ganancia de 13.8 millones USD,casoexcepcional.
El sector minero formal ha mejorado su rentabilidad general en el primer trimestre de2025respectoalmismoperíodo de 2024,con un aumen-
to del 24% en utilidad neta consolidada. No obstante, el desempeño no es homogéneo. Algunas mineras presentan retrocesos importantes (Shougang,Minsur,Nexa),loquerevela que los beneficios del ciclo positivo del mercado no se distribuyenequitativamente.
moSouthernPeruyCerroVerde siguen siendo pilares fiscales, mientras que otras como Volcán y Nexa Atacocha sorprenden con sus crecimientos porcentuales.
El balance es positivo y representa una señal de dinamismo del sector minero formal, con impacto directo en lasregionesproductorasatravés del canon minero y otras transferencias.
Con fecha 28 de abril de 2025, sedioaconocerpúblicamente la indignación de médicos y personal de EsSalud Moqueguaporladesignación del médico Daniel David Sánchez Alarcón como nuevo director de la Red Asistencial de EsSalud Moquegua, luego de conocerse que pesa sobre él un Auto de Enjuiciamiento N.° 03-205, emitido el 31 de enero de 2025 por el juez Rafael Bartolomé Copaja Mamani, del Tercer Juzgado de la Investigación Preparatoria – Sede Nuevo Palacio de Moquegua, en el marco del expediente 001652019-96-2801-JR-PE-03, contenidoenlaResoluciónN.° 44. La Fiscalía le imputa ser autor del delito de negociación incompatible en agravio de EsSalud Moquegua y ha solicitado una pena privativa de libertad de 4 años y 8 meses.
Ahora, La Prensa Regional accedió a un segundo Auto de Enjuiciamiento, de fecha 01 de abril de 2025, en el cual el MinisterioPúblicoimputaaSánchez Alarcón el delito de colusión agravada, también en agravio de EsSalud Moque-
PROCESOS PENALES
Pese a los procesos en curso, la propuesta de Edilberto Salazar Zender, gerente central de Operaciones de EsSalud en Lima,fue suficiente paraqueeldirectorejecutivo SegundoCecilioAchoMegoemita la Resolución de Presiden-
cia Ejecutiva N.° 00311-PEESSALUD-2025, fechada el 10 de abril de 2025, mediante la cual se encarga a Daniel David Sánchez Alarcón la dirección de la Red Asistencial de Moquegua.
ESSALUD LIMA IGNORA DELITOS CONTRA ASEGURADOS
La referida resolución, firmada por Segundo Cecilio Acho Mego como jefe máximo de EsSalud, ha generado indignación y desconfianza entre los asegurados. No solo se cuestiona la idoneidad del nombramiento, sino que se advierte el grave riesgo de entregar la administración de los recursos económicos de EsSalud Moquegua a un funcionarioprocesadopordelitos graves.
Cabe recordar que la gestión anterior de Sánchez Alarcón fue objeto de graves irregularidades tipificadas como delitos,yquehoyvuelvealcargocomosinadahubierapasado.
PersonaldeEsSaludenMoquegua expresó su hartazgo por nombramientos que, según afirman, responden más a intereses políticos y personales que a criterios de idoneidad y transparencia.Pese a que existe un proceso penal
■ Daniel Sánchez Alarcón tiene a su cargo los recursos de EsSalud Moquegua, pese a contar no solo con un Auto de Enjuiciamiento emitido el 31 de enero de 2025 —hecho que generó la indignación de médicos, trabajadores y asegurados—, sino también con un segundo Auto de Enjuiciamiento del 1 de abril de 2025, ambos relacionados con presuntos delitos en agravio deEsSalud.
■ La Fiscalía ha imputado graves delitos de corrupción al nuevo director de EsSalud. En el primer Auto de Enjuiciamiento se le acusa como autor del delito de negociaciónincompatible,solicitando4añosy8meses deprisiónefectiva.Enelsegundo,seleimputaeldelito decolusiónagravada,porelcualsehasolicitado6años decárcelefectiva.
abiertoenelJuzgadoPenalde Moquegua, las autoridades en Lima habrían ignorado estosantecedentes.
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS EN PELIGRO
Según los considerandos de la Resolución N.° 00311-PEESSALUD-2025,EdilbertoSalazar Zender fue quien propuso formalmente a Sánchez Alarcón, y Segundo Cecilio Acho Mego firmó la designación. Ambos funcionarios también tienen carpetas fiscales abiertas y procesos penales vigen-
tes por presuntos delitos de corrupción.
Ambos médicos, Salazar Zender y Acho Mego han sido cuestionados públicamente a nivel nacional por haber sido designados en cargos altos sin considerar sus antecedentes, comprometiendo la transparencia en la administración de recursos destinadosalosasegurados.
“PLATA COMO CANCHA”TRAS EL NOMBRAMIENTO
LapresidentaDinaBoluar
| Procesado por presunta corrupción, Daniel SánchezAlarcón vuelve a dirigir EsSalud Moquegua con respaldo oficial, pese a graves imputaciones fiscales.|
| Seis imputados enfrentan pedido de prisión efectiva por colusión agravada y negociación incompatible en perjuicio de EsSalud Moquegua. |
te, mediante Resolución Suprema N.° 003-2025-TR publicada el 9 de marzo de 2025, designó a Segundo Cecilio Acho Mego como presidente ejecutivo de EsSalud. Esta designación no consideró que el funcionario está siendo investigado por el Ministerio Público por presuntos delitos como colusión, enriquecimiento ilícito, falsificación de documentos, omisión de denuncia,entreotros.
El nombramiento de Acho Mego estaría vinculado a su cercanía con César Acuña Peralta, líder de Alianza para el Progreso (APP), partido que mantiene alianzas con el Ejecutivo y el Congreso. Según fuentes políticas, este sería partedelosacuerdosparaimpedir la vacancia presidencial, y otorgar cuotas de poder a cambiodeblindajes.Unejemplodeellohabríasidoelnombramiento de César Vásquez comoministrodeSalud.
ANTECEDENTES DE DENUNCIAS
PENALES
En 2018, La Prensa Regio-
■ Los procesos judiciales por corrupción que enfrenta Daniel Sánchez Alarcón parecen haber sido ignorados, convirtiéndose paradójicamente en su “carta de presentación” para ser designado nuevamente como directordeEsSaludMoquegua.
2019-ESSALUD/RAMOQ-1.
PRETENSIÓN PUNITIVA DE LA FISCALÍA EN EL 2.º AUTO DE ENJUICIAMIENTO PARA IMPUTADOS
nal reveló que Sánchez Alarcón y otros funcionarios favorecieron irregularmente a la empresa Centro del Riñón S.A.C.,violandolanormativavigente.Esto derivó en su destitución.
Tras casi siete años,el caso llegó a juicio.En el expediente 00165-2019-96-2801-JR-PE, el Ministerio Público —a través del Segundo Despacho Provincial Corporativo EspecializadoenDelitosdeCorrupción de Funcionarios— imputó a Daniel Sánchez Alarcón, Luis Alberto Arrisueño Lovón y Roberto Federico Mazza Núñez el delito de negociación incompatible, previsto en el artículo 399° del Código Penal, solicitando para cada uno 4 años y 8 meses de pena privativadelibertadefectiva.
SEGUNDO AUTO DE ENJUICIAMIENTO N.° 06-2025
CONTRA SÁNCHEZ ALARCÓN
El juez Rafael Bartolomé Copaja Mamani, del Tercer Juzgado de la Investigación
Preparatoria–SedeNuevoPalacio de Moquegua, en lo que corresponde al expediente
00721-2021-71-2801-JR-PE-03, estuvo a cargo del Auto de Enjuiciamiento N.° 06-2025, contenido en la Resolución N.°22,emitidaconfecha01de abril de 2025, donde el Ministerio Público, representado porelSegundoDespachoProvincial Corporativo EspecializadoenDelitosdeCorrupción de Funcionarios(Segunda Fiscalía Superior Penal de Moquegua), en audiencia pública,realizó el requerimiento de acusación, imputando delitos de corrupción de funcionarios al médico Daniel David Sánchez Alarcón y otros imputados, por los presuntos delitos decolusiónagravadacomotipificación principal y el delito de negociación incompatible como tipificación alternativa, solicitando para los imputados la pena privativa de libertadefectiva.
IMPUTACIÓN POR COLUSIÓN
AGRAVADA (TIPIFICACIÓN
PRINCIPAL) DE SÁNCHEZ ALARCÓN
DanielDavidSánchezAlarcón,a quien se le atribuye, en calidaddeDirectordelaRedAsistencialMoquegua,haberconcertado directamente con la acusada Rocío Quenta Araoz, Gerente General de la empresa Centro Riñón SAC, en el marco de la contratación de servicio de hemodiálisis,específicamente las Órdenes de Compra N.° 4503228986, O/C N.° 4503304779, O/C N.° 4503397027, el Concurso Público N.° 01-2019ESSALUD/RAMOQ-1,y la Contratación Directa N.° 02-2019ESSALUD/RAMOQ-1.
Habría defraudado patrimonialmente a la Red Asistencial Moquegua – EsSalud, generando un perjuicio económico de S/. 13,437.90 soles, beneficiando a la empresa Centro Riñón SAC,que brindó el servicio de hemodiálisis. Esteeventodelictivosehabría
realizado de manera continuada, abarcando desde enero del año 2019 hasta enero del año 2020,comprendiendo laetapadepreparación,selección y ejecución de las órdenes de compra mencionadas del Concurso Público N.° 012019-ESSALUD/RAMOQ-1, así comolaetapadepreparación, selección y ejecución de la Contratación Directa N.° 022019-ESSALUD/RAMOQ-1.
IMPUTACIÓN POR NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE (TIPIFICACIÓN
ALTERNATIVA)
DanielDavidSánchezAlarcón, a quien se le atribuye, en calidad de Director de la Red Asistencial Moquegua,haberse interesado en forma directaeindebida,generandodolosamentelascondicionesnecesarias para beneficiar a la empresa Centro Riñón SAC, representadaporsuGerenteGeneral, Rocío Quenta Araoz, en el marco de la contratación delserviciodehemodiálisis,específicamente las Órdenes de Compra N.° 4503228986, N.° 4503304779, N.° 4503397027 del Concurso Público N.° 012019-ESSALUD/RAMOQ-1 y la Contratación Directa N.° 022019-ESSALUD/RAMOQ-1.
Se le atribuye haber defraudadopatrimonialmentea la Red Asistencial Moquegua – EsSalud, generando un perjuicio económico de S/. 13,437.90 soles,beneficiando a la empresa Centro Riñón SAC, que brindó el servicio de hemodiálisis.Esteeventodelictivo se habría realizado de manera continuada, abarcando desdeenerodelaño2019hasta enero del año 2020, comprendiendo tanto la etapa de preparación, selección y ejecucióndelasórdenesdecompra del Concurso Público, como la etapa de preparación, selección y ejecución de la Contratación Directa N.° 02-
Respecto al delito de colusión agravada, el Ministerio Público solicita: Para Daniel David Sánchez Alarcón (autor),Sheyla Fanny Bueno Vera (autora),DavidFernandoCuéllar Salas (autor), José Carlos Iraha Mendoza (autor), Guillermo Barletty Araujo (cómplice): 6 años de pena privativa de libertad efectiva, 365 días multa, equivalente a S/. 2,565.00, y 5 años de inhabilitación principal, conforme al artículo36,incisos1y2del CódigoPenal.
Para Rocío Quenta Araoz (cómplice):6añosdepenaprivativa de libertad efectiva,365 días multa, equivalente a S/. 2,555.00, y 5 años de inhabilitación, conforme al artículo 36,inciso2delCódigoPenal. De forma alternativa, respecto al delito de negociación incompatible,elMinisterioPúblico solicita para: Daniel Da-
vid Sánchez Alarcón (autor), Sheyla Fanny BuenoVera (autora), David Fernando Cuéllar Salas (autor),José Carlos Iraha Mendoza (autor), Guillermo Barletty Araujo (cómplice): 4 años de pena privativa de libertad efectiva, 180 días multa,equivalentea S/.1,260.00,y 5 años de inhabilitación principal, conforme al artículo 36, incisos1y2delCódigoPenal. Este segundo Auto de Enjuiciamiento confirma que Daniel Sánchez Alarcón enfrenta una nueva acusación porcolusiónagravadaynegociación incompatible, por haber favorecido ilícitamente a la empresa Centro Riñón SAC durante su anterior gestión, generando perjuicio económicoaEsSalud.
La Fiscalía solicita para él hasta6añosdeprisiónefectiva.Pese a ello,fue nuevamente nombrado como director en Moquegua, dejando a los asegurados ante la incertidumbre de una administración cuestionada y bajo investigaciónpenal.
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| Segundo Auto de Enjuiciamiento revela imputación por colusión agravada contra SánchezAlarcón,con pedido fiscal de 6 años de prisión efectiva.|
Fiscalía sostiene que SánchezAlarcón concertó ilícitamente para beneficiar a una empresa privada y causar perjuicio económico a EsSalud Moquegua. |
En los próximos días hay una incertidumbre jurídica y constitucional sobre si los presidentesdelaRepúblicaenejercicio pueden ser o no acusados en caso se sospeche que cometen un delito. ¿Usted quédice?Seguramentelamayoría dirá que sí deben ser investigados. Les cuento que la respuestaessíyno,ylesexplicoporqué.
Según el artículo 117 de la Constitución Política del Perú,
el presidente de la República solo puede ser acusado durante su mandato por los siguientescasos:traiciónalapatria,impedirlaseleccionespresidenciales,parlamentarias,regionales o municipales, disolver el Congreso (excepto en los casos previstos en el artículo 134), e impedir la reunión o funcionamiento del Congreso,delJuradoNacional de Elecciones y otros organismosdelsistemaelectoral. Veamos qué pasa en el casodeDinaBoluarte:¿hacometido traición a la patria, es decir,hacometidoactosquehan puesto en peligro la seguridad nacional o la soberanía del Estado? ¡No! Aunque,¿podríamos decir que ha traicionado a la patria porque miente, y dice que el problema de seguridad ciudadana no es de ellasinodelaFiscalíaodelMinisterio del Interior? Todos
esos argumentos serían políticos,masnojurídicos.¿Haimpedido alguna elección parlamentaria, regional o municipal? ¡Ninguna! ¿Ha disuelto el Congreso?¡Menos!Porlotanto, ella está protegida porque no ha infringido la Constituciónconformealartículo117.
Lo mencionado es lo que está establecido en la Constitución, la cual habla de “acusación constitucional”, que normalmente es un proceso queloejecutaelCongreso.Sin embargo, ¿qué pasa si la actual presidenta es probable quehayacometidodelitoscomoabandonodecargoporsu cirugía estética, cohecho o acuerdos en la sombra, enriquecimiento ilícito, las muertes de las protestas, entre otros delitos? ¿No podemos acusarlaeinvestigarla?
Lo que olvida la presidenta es que el Perú en 1996 firmó
la Convención InteramericanacontralaCorrupciónyenel año 1997 la ratificó, y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción fue ratificada por el Perú en el 2004. Es decir, hay dos tratados internacionales que nos obligan a no proteger a nadie del cual se sospeche que haya cometido delitos o esté vinculado en actos de corrupción.Y de conformidad con la cuarta disposición transitoria de la Constitución, los derechos constitucionales se interpretandeconformidadconlaDeclaración de los Derechos Humanosydelostratadosdelos cuales el Perú es parte. Es decir,estos tratados forman par-
El pasado 29 de abril de 2025, elsatéliteBiomassdelaAgencia Espacial Europea (ESA) fue lanzado con éxito al espacio a bordodeuncoheteVega,des-
de el puerto espacial europeo ubicadoenKourou,enlaGuayana Francesa. Este evento marca un hito en la observación de la Tierra y en la lucha contraelcambioclimático.
Biomassesunamisiónambiciosa y pionera: cuenta con unreflectordemallade12metros de diámetro, sostenido porunbrazode7.5metros,cuyo despliegue representó un verdadero reto tecnológico.
Con una masa total de 1,250 kg,Biomass se convierte en el primer satélite equipado con un radar de apertura sintética (SAR) en banda P,una innova-
ciónquepermitirámedirlaestructura de los bosques con un nivel de detalle sin precedentes.
Orbitandoaunos666kilómetrosdealtitud,Biomasstiene la misión de estudiar la densidad,laalturadelosárboles y la biomasa forestal. Los datos recopilados permitirán estimarcuántocarbonoalmacenan los bosques, información crucial para comprender mejor el impacto de la deforestación y apoyar acciones globales contra el cambio climático.
La historia de Biomass co-
te del ordenamiento jurídico constitucional y, por lo tanto, debemoscumplirlos.
Entonces,la respuesta últimalatieneelTribunal Constitucional con un proceso que se llama proceso competencial. Este proceso se presenta cuando los poderes del Estado están en conflicto y uno se atribuye competencias que le corresponden a ambos o a uno solo, o no están claras las funcionesdecadauno.
Por lo tanto, Dina Boluarte está preguntando: señores magistrados del Tribunal Constitucional, ¿ustedes creen que mientras soy presi-
denta,elCongresoocualquier otrainstituciónmepuedeacusar por otros asuntos que no estánenlaConstitución?
Tengo mis dudas de que este Tribunal, elegido por el Congreso que protege a Dina, pueda resolver en contra de ella. Lo cierto es que, cuando acabe su mandato presidencial, dejará de tener protecciónconstitucionalytodoslos tribunales la van a perseguir. Mientras tanto, esperamos que los peruanos tengamos mejor criterio para elegir al próximo presidente y vicepresidentes en las elecciones que seavecinan.
menzóen2013,cuandofueseleccionada como la séptima misión Earth Explorer dentro del programa Living Planet de la ESA. En 2015 se aprobó su implementación y en 2016 se anunció que Airbus Defence andSpaceseríalaempresaencargada de su construcción. Trasmásdenueveañosdedesarrollo,másde50subcontratos,la participación de más de 20 países y el esfuerzo de más de 700 especialistas, hoy Bio-
mass es una realidad que abre nuevas posibilidades para la ciencia y la conservación ambiental.
Este logro científico y tecnológico debe ser también un llamado a la acción. Con herramientas como Biomass,tenemosaccesoaevidenciaconcreta sobre el estado de nuestros bosques y el impacto de actividadescomolatalaindiscriminada y la minería ilegal.
Ahora más que nunca, se requierequelasautoridades,los tomadores de decisiones y la sociedad en general utilicen esta información para proteger nuestros recursos naturales, mitigar el cambio climático y asegurar un futuro sostenible para las próximas generaciones.
Porque conocer la realidad de nuestros bosques es el primerpasoparasalvarlos.
El excongresista aprista Jorge del Castillo Gálvez repasa el conflicto por el canon minero enMoquegua,reivindicaelpapel de su partido en la aprobacióndelaLeyN.º29281yreflexiona sobre la política actual del país, la seguridad ciudadanayelfuturodelAPRA.
Prensa regional: Doctor Del Castillo, ¿cómo interpreta hoy el conflicto por el canon minero en Moquegua y qué papel jugó ustedensuresolución?
Jorge del Castillo: En primer lugar, quiero dejar en claro que nunca hubo intención de perjudicar a Moquegua. El conflicto fue producto de una norma mal diseñada que generó una distribución injusta del canon entre Toquepala y Cuajone. Reconozco que fue la presión legítima del pueblo moqueguano lo que permitió visibilizar esa injusticia.Yo lideré la negociación, firmé el acta correspondiente y defendí en el Congreso la Ley N.º 29281, que corrigió esta situación. Esa ley fue clave para que Moquegua reciba los recursos que justamente le correspondían. Hoy los cálculos señalan que desde el 2009 al 2024 Moquegua ha recuperado 2,466 millones de soles por el canon justo. Fíjese usted, si no se hubiese cambia-
do la ley, entre el 2009 al 2024 hubiera recibido solo 2,238 millones de soles, pero por la ley que el APRA votó, Moquegua ha recibido 4,704 millones de soles.
¿Cómo recuerda el proceso legislativo de aprobación de la LeyN.º29281enelCongreso?
Fueunavotaciónmuyreñida. La ley se aprobó por apenas dos votos: 41 a favor y 39 en contra. Todos los congresistas apristas votamos a favor, de manera unánime, porque estábamos convencidos dequeeraunacausajusta.En cambio, los 20 congresistas del Partido Nacionalista, vinculadosaOllantaHumala,votaron en contra. Es una contradicción:mientrasdecíandefender al pueblo,se opusieron a una ley que beneficiaba directamente a Moquegua. El APRA fue la fuerza que lideró ygarantizóesareforma.
Usted ha sido crítico con ciertos sectores de izquierda. ¿Aqué serefiereexactamente?
Me refiero a la incoherencia.Muchoscongresistasdeizquierda protestaban con discursosenfavordelpueblo,peroalmomentodeactuarvota-
ban en contra de sus intereses. Lo dije con claridad: algunos “protestaban con la izquierda, pero cobraban con la derecha”.Esadoblemoralquedó evidenciada en la votación del canon. Mientras nosotros, desde el APRA, actuamos con responsabilidad y visión de país, otros prefirieron la confrontaciónyelcálculopolítico.
Doctor Del Castillo, usted ha expresado un vínculo especial con la región de Moquegua. ¿Podríacontarnosmássobreestarelación y cómo influyó en su participación durante el conflicto del “Moqueguazo”?
Por supuesto. Mi vínculo con Moquegua es profundamentepersonal:eslatierrade miabuelayformapartedemi historia familiar y emocional. Ese lazo fue también un compromiso político. Durante el conflicto por el canon minero, asumí un rol activo y decisivo. Lideré la negociación, firmé el actaquesellóelacuerdoysustenté ante el Congreso la Ley N.º 29281, que corrigió la injusta distribución del canon entreToquepalayCuajone,favoreciendo de manera directa aMoquegua.
La seguridad ciudadana es
una preocupación constante para los peruanos. ¿Cuál es su propuestaenestecampo?
La seguridad debe ser una política de Estado, dirigida directamente por el presidente de la República.Es urgente reformar la Policía Nacional,eliminando el sistema de “día sí, día no” para que trabajen de forma continua, además de mejorar sus sueldos. Propongo incorporar licenciados de las Fuerzas Armadas a la Policía mediante procesos de capacitación.Tambiénesvitalreformar el Ministerio Público, el Poder Judicial y el sistema penitenciario, priorizando penales de máxima seguridad y mecanismos alternativos co-
mobrazaleteselectrónicosparadelitosmenores.
Para terminar, ¿qué mensaje desea dejarle al electorado sobre el rol del APRA en el futuro del país?
Jorge del Castillo: El APRA es una organización con técnicos preparados y experiencia comprobada en la gestión pública.Hemos sabido gobernar en momentos difíciles y estamos listos para hacerlo nuevamente. Invito a los peruanos a no repetir los errores del pasado. Necesitamos propuestas serias,no más improvisaciones.Nuestrametaesarticularseguridad,justiciaydesarrollo económico de forma sólidaysostenible.
Jorge Del Castillo defendió en el Congreso la Ley N.º 29281, que corrigió la situación que afectaba a la región Moquegua
Cuando deseo escribir algún artículo periodístico,lo primero es conocer datos y referencias sobre el tema a tratarse, estoconelfindenotenerningúncuestionamientosobreel particular.
Somos gente nacida al pie del mar y es,quizás,el océano el que nos sella con particulares características y algo más; también somos un pueblo que persiste en la búsqueda de identidad y de sus propios valores. Es por ello que celebramos la libertad creadora y la imaginación poética de Josué.
Josué es un mollendino que ha trascendido dentro de la lírica y la cultura de nuestro puerto.
Sus poemas reflejan constantemente el deseo de expresar su espiritualidad de maneraintensa,puesélsepercibecomounpoetacuyasimágenes del verso evidencian una expresión clara y espontánea que ha llegado al corazóndesupueblo,ycuyodevenir artístico es ampliamente conocido en toda la región
Arequipa. Se le ha denominado“ElRebelde”.
El profesor Oswaldo Ocola Arenas, exprofesor y cultor de la cultura de Mollendo por muchosaños—consiguiendo miles de libros para las bibliotecas de la provincia de Islay (hoyenlaeternidad)—dijo:
“Que Josué Herrera Lazo y sus seis hermanos les viene el verso poético, pues su señor padre,AlejandroHerreraMontoya,hacía gala humildementedeldonqueDiosledio”.
Josué Herrera Lazo, llama-
do “El Rebelde” por ser recio defensor de Mollendo a travésdesuspoemas.
Josuénoslegódiciendo:
“Los escritores en prosa y verso no pueden vivir de espaldas a la realidad, son ellos los primeros luchadores letrados en defensa de la justicia y lalibertad.Noespecado”.
Josué Herrera Lazo, “El Rebelde”,nació en Mollendo el 9 de octubre de 1945 y partió a la eternidad el 22 de abril del 2014,esdecir,hace11años.
Se casó con doña Rosa
Motta Pacheco y tuvieron tres hijos:Patricia,JosuéyKarina. Finalmente, conocemos que Josué, con amigos íntimos, frecuentaba sus visitas al acantilado “El Fuerte”,cerca de Alto Catarindo, para recrearse; allí, con sus amigos, sembraban plantas y arbolitos. Estoy seguro de que era su lugar preferido para relucir suspoemas.
También les diré que Josué teníaunpequeñoproyectopara hacer de esta zona un centroturísticoambiental.
Trecevíctimasenterritoriosin ley: un desenlace trágico tuvo el secuestro de trece trabajadores del sector minero en la provinciadePataz,regiónLaLibertad.Estedomingo4demayo, fueron hallados los cuerpos sin vida de todos ellos.Según se conoció, los responsables del crimen serían mineros ilegales vinculados a bandas criminales que operan en lazona.
Lasvíctimasbrindabanservicios a un minero artesanal con quien la empresa minera Poderosa “mantiene un contrato de explotación”. Según indicó la compañía, los delincuentes atacaron previamente la operación del minero artesanal con el objetivo de to-
EXIGÍAN RESCATE ANTES DE MATARLOS
RPP informó el pasado martes sobre el caso,luego de que familiares reportaran que habíanperdidocomunicación con los trabajadores mientras laboraban en un socavón.Todos ellos pertenecían a la empresaR&R.
Posteriormente, se conocióquelossecuestradoresexigíanunafuertesumadedineroacambiodelaliberaciónde los trabajadores. Finalmente, los cuerpos fueron encontrados maniatados, vendados, desnudosyejecutadosconun disparoenelcuello.
PODEROSA DENUNCIA EL ABANDONO DEL ESTADO
A través de un comunica-
doelcontroldePataz,hoyconvertida en un territorio sin ley, en el que la violencia campea impunemente,segandovidas, sembrando el terror y sometiendovoluntades”.
La minera responsabilizó directamente al Estado por permitirestasituación:
do difundido el domingo, la empresa minera Poderosa lamentó el asesinato de las 13 personas “que fueron cruelmente asesinadas por los criminales aliados a la minería ilegal”, y recordó que ya suman“39loscolaboradores,mineros artesanales y sus trabajadoresultimadosporlasbandas criminales que han toma-
“Laespiraldeviolenciadescontrolada continúa pese a la declaración del estado de emergencia y la presencia de un importante contingente policial que, lamentablemente,nohapodidofrenareldeterioro de las condiciones de seguridadenlazona”.
Poderosa advirtió que:“No será posible derrotar la delincuenciasi,apesardenuestros reiteradospedidos,lapolicíasigue sin ingresar e interdictar las bocaminas ilegales, donde seguarecenydesdedondeactúan las bandas criminales; y cuya ubicación está plenamente identificada y georreferenciada”.
La empresa también señaló: “Mayor responsabilidad le correspondealaDirecciónGeneral de Formalización Minera del Ministerio de Energía y
Minas que, a pesar de los requerimientos planteados, sigue sin atender los pedidos de exclusión presentados por la empresa para retirar de sus concesiones a los mineros informales e ilegales que siguen operando sin ningún tipoderestricción”.
Además, arremetió contra el Legislativo: “Lo mismo por parte del Congreso, cuyas reiteradas ampliaciones del REINFO han servido de manto protector para que los mineros informales/ilegales sigan desarrollando sus actividades impunemente como
partedeunprocesoquehademostrado ser un total fracaso”.
TRABAJADORES IDENTIFICADOS
Hasta el momento, al menos ocho de las trece víctimas han sido identificadas: Nilver Joel Pérez Chuquipoma,César Rospigliosi Arellano, Frank Jesús Monzón Valeriano. Jhon Cristian Facundo Inga, Franklin Vicente Facundo Inga, JosuéCarbonellBeltrán,Alexander Domínguez,Juan Ñaupari Salva, Darwin Javier Coveñas Panta.
marelcontroldelamisma.
| Los trabajadores fueron hallados maniatados,vendados,desnudos y con disparos en la nuca.|
| Poderosa denuncia que ya van 39 muertos en Pataz por culpa de bandas criminales. |
MOLLENDO
GOBERNAR ABAJO, LUEGO, ARRIBA
Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes
DIARIOPRENSAREGIONAL
La Contraloría General de la República, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), la Dirección Nacional de ContabilidadPública,elMinisterio de Justicia y Derechos Humanos, con sus punibles omisiones, vienen agrediendo a las municipalidades rurales del país al incumplir el artículo 143 y la tercera disposición complementaria de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM),e ignorar el Decreto Supremo N.° 0902011-PCM “Aprueban Listado de Municipalidades Rurales delPerú”.
Elartículo143dice:“Lasmunicipalidades ubicadas en zonas rurales que no cuenten con órganos de control interno (Órgano de Control Institucional - OCI), a efectos del controlgubernamental,deberán sujetarse a las disposiciones específicas que para tal efectoemitalaContraloríaGeneral de la República”. Es obligación de la CGR emitir “disposicionesespecíficas”decon-
trol gubernamental para las municipalidades rurales. No lo ha hecho.En acto de abuso, les aplica las “normas generales de control gubernamental”, con lo cual equipara, irracionalmente,al gobierno local de Arequipa con el gobierno local de Yauca, aplicándoles las mismas exigencias en las acciones de control,incurriéndose en arbitrariedades contra autoridades y servidores dedichosmunicipiosrurales. Laterceradisposicióncomplementaria, a la letra, señala: “ElPoderEjecutivo,apropuesta de la Contaduría Pública de la Nación (Dirección Nacional de Contabilidad Pública), la Contraloría General de la República,asícomoelMinisterio de Justicia, mediante decreto supremo, dictará normas especiales acordes a la realidad de las municipalidades rurales que no cuentan con los recursos humanos y económicos para aplicar las normas vigentes”. Hasta ahora,las entidadespúblicascitadasnohan alcanzado sus propuestas,y la PCM no ha expedido las normasespeciales.
Las municipalidades rurales carecen de personal profesional estable; a lo mucho, cuentan con ingeniero,contador y abogado,como asesores externos mediante contratos de locación de servicios, durante dos días al mes, en promedio; las labores de estos profesionales, mayormente, son: vía teléfono, correo electrónico y virtual. Por las modestas remuneraciones y el poco presupuesto, no les es posible contratarlos a tiempo completo, de ahí el mandato dedarnormasespeciales.
El INEI, al 2022, registra 1,874 municipalidades (196 provinciales y 1,678 distritales); 1,303 son municipalidades rurales, según el D.S. N.° 090-2011-PCM; mucho más delamitadsonrurales.
Mi homenaje a Manuel Dammert Ego-Aguirre, fue quien, siendo secretario de Descentralización de la PCM, trabajó haciendo realidad el D.S. N.° 090-2011-PCM, dando cumplimiento, después de ocho años,a lo establecido en la novena disposición complementaria de la LOM.Ad litteram dice: “Mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se aprobará el listado de lasmunicipalidadesrurales”. Luego, siendo congresista, ManuelDammertllegóaAre-
Autocolcamejoradiezdestinosturísticos delColcacon
AREQUIPA
DIARIOPRENSAREGIONAL
La Autoridad Autónoma del Colca (Autocolca) ha iniciado unplandemantenimientoen diez destinos turísticos del valledel Colca,conelobjetivode ofrecer mejores condiciones a los visitantes durante su estadía.
másdeS/2millones
A través de fichas técnicas previamenteaprobadas,Autocolcaejecutarádiversasacciones como la señalización de rutas, instalación de paneles informativos, habilitación de caminos de trekking, mejora de miradores y promoción turística. La gerenta de Autocolca, Solange Málaga Cáceres, informó que las diez fichas de mantenimiento cuentan con una inversión total de 2 millones 318 mil soles, provenientes de recursos directamente recaudadosporlainstitución.
Precisó que las intervencionesseejecutaránenunplazo de entre dos y tres meses, tiempoduranteelcualsepondrán en valor los principales atractivosturísticosdelColca.
quipaarealizaractividadesen el Colegio de Abogados.Ahí lo encontré,estabasolo,meacerqué, lo felicité por haber impulsado la norma del listado de municipalidades; agradeció,seemocionóymerelatólo siguiente: “Encontré un estudio sobre municipalidades rurales que concluía hacer otro estudio.
Hubootroestudiodelmismo tema; también concluía hacer otro estudio. Dije:basta demásestudios,conloquetenemos hay que sacar el listado.Así lo hicimos,y salió”.Esta
es la triste situación de ser un país sobresaturado de “estudios”, hasta de “consultorías bamba”, donde se gastan miles de millones de soles del Presupuesto Público sin concretarseenaccionesefectivas. Exigimos a la CGR y al PoderEjecutivocumplirconemitir las “disposiciones específicas” (art. 143 LOM), y expedir las “normas especiales” (tercera disposición complementaria LOM), respectivamente, en consideración a la realidad delosmunicipiosrurales.
Entre los destinos incluidos en este programa figuran la laguna de Mamacocha, en eldistritode Ayo(provinciade Castilla); la laguna Tres Colores; el mirador de Tarasuta; el mirador de la fortaleza de Chimpa; y el centro de interpretación de Pinchollo, entre otros.
Condulces20años,deojossoñadores y orgullo ileño de pura cepa,la guapa Alondra OlazábalJorgesecoronóSeñorita Ilo 2025 tras un reñido certamen que reunió a 12 bellas candidatasyunexigentejurado calificador. La elección se realizó la noche del viernes 3 de mayo, y la nueva soberana será quien presida los actos oficiales por el 55° aniversario de creación política de la provinciadeIlo.
"Estoy muy feliz y orgullosa de representar a mi puerto querido de Ilo. Es una experiencia maravillosa y una gran responsabilidad que me tocó vivir con mis compañeras. Ha nes y mucho trabajo con los ensayos y lo demás. Yo tenía confianza, y mis padres me apoyaron mucho. Estoy muy agradecidaconellos,conlacomisióndefiestas,conlaMuni-
alcaldeHumbertoTapiayatodos quienes nos brindaron las facilidades", expresó emocionadaAlondra.
La flamante Señorita Ilo 2025revelóqueestudiaAdmi-
ta con la Municipalidad ProvincialdeIlo.
SENATI,quelegustaleerybailar,y dejó un mensaje especial a la juventud: "Persigan y logren sus sueños,no se rindan. Lostropiezossonpartedelavida. Sean amables, apliquen empatía al prójimo. Así debemosserlasileñas",remarcó.
ENCANTO FRENTE AL MAR
Elvistosoescenarioypasarela se levantaron frente al mar,convistaalmodernoyremozado malecón costero. Las candidatas desfilaron mostrando belleza, carisma, elegancia,cultura,talentoyemoción en sus diferentes presentaciones. Cada una contó con elapoyoentusiastadesusrespectivasbarras.
Durante el evento también se mostraron los atractivos turísticos de Ilo, con presentaciones artísticas del Ballet Municipal y danzas a cargo del grupo del adulto mayor.Laveladacontóconlaparticipación especial de Valenti-
na Chara Miovich, ganadora del festival “Así canta Pacocha”, además de imitadores de"YoSoy"enlasversionesde Marc Anthony y Jorge Donayre, quienes animaron con talentoycarisma.
Comotodoslosaños,elcertamen fue organizado por la Liga de Lucha Contra el Cáncer, presidida por la Lic. Villanueva, en coordinación direc-
ILO ES TURISMO Y PUERTO DE ENCANTO
El alcalde Humberto Tapia saludólaorganizacióndelcertamen, felicitó a Alondra por su elección y aprovechó para invitar al público local y foráneo a participar de las celebraciones del aniversario: “Vengan al puerto de encanto,unIloturístico,acogedor,seguro, abierto a las inversiones y donde se respira el mar de Grau.Poreso Ilocreceysefortalece.Esta será nuestra tarea en lo que resta de la gestión. Es tiempo de disfrutar lo conquistado a través de la historia y fortalecer el trabajo conjunto entre autoridades y el equipo técnico municipal”,señalóelburgomaestre.
EL DATO
También fueron elegidas: Valeria del Rosario OrmeñoGarcía,comoSeñoritaTurismo2025.Mel Vera Romero, como Señorita Glorieta 2025. Fernanda Collantes Lozada, como Señorita Simpatía2025.
| Alondra OlazábalJorge fue coronada como Señorita Ilo 2025 en un evento lleno de emoción frente al mar.|
La Policía Nacional del Perú capturó este domingo en la ciudad de Tacna a Carol Ann Jesús Andia Vera, de 28 años, quienteníaunarequisitoriavigente por el delito de robo agravado con subsecuente muerte, solicitado por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, en la regiónMoquegua.
El hecho se produjo cerca de la 1 de la tarde, cuando agentes del orden realizaban unpatrullajeenelvehículopolicialdeplaca EPF-926.Duran-
te el operativo,intervinieron a unamujerquesenegóaidentificarse y proporcionó un nombre falso: “Pamela”. Ante su negativa, fue trasladada a la Oficina de Criminalística, donde fue plenamente identificadaconellectorbiométrico.
La base de datos del sistema ESINPOL confirmó la requisitoria vigente desde el 29 deoctubredel2023,vinculada a un caso ocurrido el 7 de diciembre de 2022,cuando,juntoauncómpliceextranjero,ultimaron a Antony Vargas Rivas(28)enelsectordelaLínea delTrenentrelospueblosjóve-
nes Monterrico y Jhon F. Kennedy,enIlo.Lavíctimafueempujada al vacío, causándole
un traumatismo encéfalo craneano grave con fracturas, lo que le provocó la muerte tras
Un accidente de tránsito ocurrido la mañana de este domingo en el km 1178 de la carretera Panamericana Sur, en el tramo Moquegua–Ilo, dejó comosaldotrespersonasheridasydañosmaterialesdeconsideración.
La emergencia fue reportada a las 08:15 horas por Clase Base, motivando la inter-
vención de la Policía de Carretras. El vehículo siniestrado es una camioneta Toyota Hilux negra,deplacaB0J-744,modelo 2012, propiedad de Otto AlexBustamanteSaira.Almomento de la intervención, el conductor no se encontraba enellugar.
Los tres ocupantes heridos fueron identificados como: Genesis Encinas Vargas, Rossmery Encinas Vargas, Víctor Ortiz Noles. Las víctimas fue-
seratacadopararobarle. Caberecordarqueporeste caso ya fue sentenciado a ca-
dena perpetua el ciudadano venezolano Jeison Leandro Vásquez, alias “Jeison”. Asimismo,Carol Ann Jesús Andia Vera también está implicada en el homicidio del joven universitario José Noles Guevara, asesinadoensupropiavivienda. Aunque en este segundo casohasidoapartadadelproceso, los familiares del fallecido anunciaron que apelarán dichasentencia.
ron trasladadas de inmediato al Hospital Regional MINSA de Moquegua por dos ambulancias.
Según el reporte,la camioneta se despistó en sentido norte a sur, quedando al lado izquierdo de la vía sobre sus cuatro ruedas. Presenta múltiples daños materiales,incluyendo: Parachoque delantero derecho roto. Parabrisas delantero trizado y posterior roto.Capot y guardafango derecho abollados.Techo abollado y espejos rotos. Aros delanterosyposterioresizquierdosdañados.Lunasdelanterasrotas
| La mujer tenía una orden de captura por robo agravado con muerte,solicitada por el juzgado de Ilo.|
| Ambulancias evacuaron a los heridos al Hospital Regional de Moquegua tras el fuerte accidente.|
| Camioneta Toyota Hilux quedó con severos daños tras despistarse en la Panamericana Sur.|