La prueba material es “la actuación procesal mediante el cual el Juez Penal aprecia directamente con sus sentidos el objeto resultados vestigios de la infracción” (Guerra, 2016, pág. 46). Mediante esto se permite que el Juez vea directamente sin intermediarios para la reconstrucción conceptual del hecho que se investiga. Dicha conceptualización, se refiere a los hechos y cosas que pueden ser apreciadas a través de los sentidos y son consecuencia de delitos que producen daño o lesión.