Un alto número de ecuatorianos en algún momento de su vida han sentido que de una u otra forma el Estado pero en forma especial los funcionarios públicos que lo representan, han violentado sus derechos e intereses como ciudadanos, pero sobre todo como usuarios de los servicios públicos. Quienes ante dichos hechos desconocen o tienen un conocimiento vago sobre cuales recursos legales desde un punto de vista personal se puede usar para hacer frente ante los abusos, malos tratos o negligencia de la administración pública.
En Ecuador, los funcionarios públicos quienes representan en su máxima expresión la administración pública, y que dentro del derecho administrativo están determinados como “autoridades nominadoras” (Zavala, 2014, pág. 194), varias veces por inexperiencia o hasta un punto de inocencia del recurso de lesividad, derogan claramente actos administrativos causantes de derechos subjetivos de los administradores, sin establecer preliminarmente el debido proceso.