El control constitucional es de trascendental importancia para la efectividad y eficacia en el desempeño cotidiano de un Estado democrático que basa su sistema jurídico normativo con apego al Estado de Derecho. Debido a que el Estado enfrenta la gran labor de “prevención y transparencia con respecto a la interpretación de la ley, (que en ocasiones ésta puede ser carente, repetitiva o inconsistente)” (Veintimilla, 2017, pág. 62), y dentro de este contexto se intenta efectivizar el principio de supremacía constitucional a través de la máxima institución del Estado prevista para ello, con el fin de que la misma falle, a través de sus interpretadores, congruentemente acorde a su leal saber y entender de la norma nacional.