Proyecto de Ordenanza Municipal

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PORTAL JURÍDICO Nº 12 /AGOSTO 2019- VENEZUELA

PROYECTO DE ORDENANZA: REGULACIÓN DEL SUMINISTRO, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DEL GAS DOMÉSTICO Y COMERCIAL EN EL MUNICIPIO IRIBARREN.


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SUMARIO 4

Editorial

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Motivación del Proyecto de ordenanza

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Título Primero

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Título Segundo

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Título Tercero

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Disposiciones Transitorias / Disposiciones Derogatorias

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PORTAL JURÍDICO Constituye un espacio de encuentro para la socialización y conocimiento de las Técnicas Legislativas, promoviendo el intercambio de información y difusión de la doctrina jurídica del marco legal venezolano en su aspecto teórico y práctico, dirigido especialmente a los estudiantes de la honrosa carrera de Ciencias Políticas, en colaboración de los profesionales en el área quienes con su experiencia construyen cada día los andamios del saber científico en Venezuela.

PORTAL JURÍDICO Constituye un espacio de encuentro para la socialización y conocimiento del derecho, promoviendo el intercambio de información y difusión de la doctrina jurídica, del marco legal venezolano en su aspecto teórico y práctico, dirigido especialmente a las y los estudiantes de la honrosa carrera del derecho, en colaboración de los profesionales en el área quienes con su experiencia construyen cada día los andamios del saber legal en Venezuela. 3


EDITORIAL

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Toda sociedad regida por sistemas de gobiernos democráticos, prestos a servir a la población a través del desarrollo coherente de un marco legislativo que procura tender a dar cada vez la mayor protección jurídica a sus habitantes, se conforma por un entramado legal en el derecho objetivo y subjetivo en todas sus ramas. Así las cosas, las Técnicas Legislativas en el marco de las Ciencias Políticas, fungen como un conjunto sistemático orientador en la producción de normas jurídicas especialmente todo lo relacionado al Gobierno Municipal, que de orden constitucional obliga a las leyes orgánicas que rigen al municipio y este a su vez las ordenanzas, destinadas al control y a satisfacer las necesidades de la población y jurisdicción que corresponda. De acuerdo a lo señalado, en esta edición PORTAL JURÍDICO, trae en su desarrollo una apreciación valorativa sobre el Proyecto de ordenanza que Regulen el suministro, distribución y comercialización del gas doméstico y comercial en el municipio Iribarren, del estado Lara, esto debido a que en dicho municipio no existe legislación en la materia.

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Por José David Mora

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Proyecto de ordenanza: Regulación del suministro, distribución y comercialización del gas doméstico y comercial en el municipio Iribarren del estado Lara.

“Art. 165. (…) Los Estados descentralizarán y transferirán a los Municipios los servicios y competencias que gestionen y que éstos estén en capacidad de prestar, así como la administración de los respectivos recursos, dentro de las áreas de competencias concurrentes entre ambos niveles del Poder Público. Los mecanismos de transferencia estarán regulados por el ordenamiento jurídico estadal.”. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

males desesperanzadores como la anarquía, la corrupción y el bachaqueo.

C

onsiderando que la crisis en el suministro de gas que se vive en toda la República Bolivariana de Venezuela, se inscribe en el marco de una solución posible de acuerdo a los preceptos constitucionales, sí y solo sí se cuenta con la participación protagónica de las comunidades organizadas. Esta problemática vivida con especificidad en el municipio capital del estado Lara, que es Iribarren, se reitera que para su solución tiene su soporte en el articulado de la Carta Magna vigente, por lo que se tiene a bien presentar a la honorable Cámara Edilicia del municipio Iribarren el presente proyecto de Ordenanza, para que de mano de las comunidades organizadas resuelvan satisfactoriamente esta situación que genera en la población

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Título Primero Del Objeto y Principios de la Ordenanza Objeto de la Ordenanza.Artículo 1.- El objeto de esta Ordenanza es facilitar el ejercicio del derecho de todos los habitantes del municipio Iribarren del estado Lara a acceder de manera oportuna, a un precio justo y conforme a las garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al gas de uso doméstico y comercial. Sus objetivos son los siguientes: a) Suministrar de manera oportuna y eficiente el gas domestico y comercial a toda la población del municipio Iribarren del estado Lara; b) Materializar la efectiva distribución del gas domestico y comercial a toda la población del municipio Iribarren del estado Lara, por medio de comunidades organizadas en cada una de sus diez parroquias; c) Garantizar la comercialización a precios justos para los usuarios y sustentables a la empresa del gas sea pública o privada, así como los medios de pago asequibles a la población del municipio Iribarren del estado Lara.

Ámbito de Aplicación de la Ordenanza.Artículo 2- Todos los órganos y entes del Municipio están sujetos a esta Ordenanza. Usuarios.Artículo 3- Se consideraran usuarios naturales o domésticos, a todos aquellos y aquellas habitantes de las diez parroquias integrantes del municipio Iribarren del estado Lara, que bajo la organización de Comunas y sus respectivos Consejos Comunales, se encuentren censados como poseedores del servicio de gas, que cuenten con cilindros de cualquiera de sus presentaciones, con o sin número de contrato de servicio. Dicha denominación aplica de igual forma para los urbanismos organizados bajo la figura de condominios. Serán considerados usuarios comerciales, aquellos que posean registro y número de contrato de servicio bajo la figura de persona jurídica, ya sea pública o privada con domicilio fiscal en cualquiera de las diez parroquias integrantes del municipio Iribarren del estado Lara.

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Título Segundo De la creación del Organismo municipal del gas Organismo municipal del gas.Artículo 4.- El Organismo municipal del gas, estará conformado por un representante que designe la Alcaldía de Iribarren, un representante por cada parroquia, un representante por cada empresa privada del gas, un representante por cada empresa pública del gas o de empresa de producción social, con la finalidad de desarrollar y concretar una empresa mixta que garantice la prestación del servicio de forma constante, permanente y sostenible.

Del funcionamiento del Organismo municipal del gas.Artículo 5.- El Organismo municipal del gas funcionará en las instalaciones de la Cámara Edilicia del municipio Iribarren, una vez a la semana. De su seno se escogerán las diferentes autoridades, que tendrán a su cargo redactar los estatutos de funcionamiento y delegación de responsabilidades.

De las competencias del Organismo municipal del gas.Artículo 6.- Además de todas aquellas atribuciones que dimanen del cuerpo estatutario, el organismo tendrá bajo su responsabilidad realizar ante las autoridades competentes, todo lo pertinente para viabilizar la empresa mixta del gas.

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Título Tercero Del Procedimiento Administrativo Registro de los usuarios.Artículo 7.- Todas las empresas del gas, sean públicas o privadas serán sedes administrativas para toda la tramitación de solicitud del servicio del gas. Estas sedes estarán funcionando bajo un sistema de información único, que permitirá conocer en tiempo real cada una de las solicitudes existentes y en proceso.

Requisitos de registro para usuarios domésticos.Artículo 8.- Los usuarios domésticos deberán llenar una planilla de información, facilitada por un funcionario o trabajador de empresa del gas, donde se plasmen los siguientes datos:  Planilla de Registro de Información Fiscal (RIF) que señale la dirección donde se ubica la vivienda  Cantidad de personas en la vivienda  Cantidad de cilindros y su capacidad (10 kg, 18 kg, 27 kg y 43 kg)  Condición física de los cilindros  Número telefónico  Dirección de correo electrónico Requisitos de registro para usuarios comerciales.Artículo 9.- Los usuarios comerciales deberán llenar una planilla de información, facilitada por un funcionario o trabajador de empresa del gas, donde se plasmen los siguientes datos:  Planilla de Registro de Información Fiscal (RIF) que señale la dirección donde se ubica la institución de carácter jurídico  Cantidad de personas en la institución sustentada  Cantidad de cilindros y su capacidad (10 kg, 18 kg, 27 kg y 43 kg)  Condición física de los cilindros  Número telefónico  Dirección de correo electrónico

Precios del gas.Artículo 10.- Los precios de los cilindros de gas, estarán en función de la sostenibilidad de la empresa mixta, por lo que el conocimiento de la estructura de costos debe ser de forma permanente y constante, teniendo un valor monetario máximo por el orden del 30% por encima de la estructura de costos. El precio del gas para instituciones jurídicas será del 60 por ciento por encima de la estructura de costos.

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PORTAL JURÍDICO Forma de pago del gas.Artículo 11.- En ningún momento, la forma y/o medio de pago por el servicio del gas será en dinero efectivo, por tanto se activarán los mecanismos de pago electrónicos previos a la distribución del gas respectivo.

Denuncia.Artículo 12.- Todas las denuncias relacionadas al suministro y comercialización del gas, bien sea en su precio o distribución, serás llevadas a la empresa del gas correspondiente, quienes a su vez canalizarán ante los organismos e instancias competentes de acuerdo a la gravedad, el respectivo proceso penal.

Disposiciones transitorias PRIMERA.- Dentro de un plazo de un mes contado desde la fecha de la promulgación de esta Ordenanza, todos los integrantes del Organismo municipal del Gas, por la vía que le corresponda, deberán designar a sus representantes con sus respectivos recaudos, ante el despacho de la Cámara Edilicia.

SEGUNDA.- Todas aquellas personas que para la fecha de entrada en vigencia de esta Ordenanza, no se encuentren censadas o no pertenezcan a un Consejo Comunal, mantienen su derecho al suministro del gas y cuentan con un periodo de 90 días para materializar el respectivo censo.

TERCERA.- Se creará un organismo contralor a los tres meses de entrada en funcionamiento del Organismo municipal del Gas. Este organismo contralor estará integrado por los miembros que la Cámara Edilicia designe para tal efecto.

Disposición derogatoria Con la entrada en vigencia de esta Ordenanza, se derogan todas aquellas Ordenanzas que colidan con la misma.

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Un aporte a la Universidad Fermín Toro Cátedra: Técnica Legislativa. Ciencias Políticas. Barquisimeto – Edo. Lara

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