18 Ciudad
Mérida, Yucatán, domingo 10 de diciembre del 2023
DÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS
IGUALES
EN DIGNIDAD Y DERECHOS La Declaración Universal de Derechos Humanos establece una amplia gama de derechos políticos, civiles, sociales, culturales y económicos Cada 10 de diciembre se celebra el Día de los Derechos Humanos, fecha en la que se conmemora la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1948. Este documento, catalogado por la propia ONU como histórico, proclama los derechos inalienables que corresponden a toda persona como ser humano, sin distinción de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, religión, lengua. La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue promulgada con el objetivo de convertirse en la norma común de conducta para todos los pueblos y naciones, además de invitar a todas las personas interesadas y países a esforzarse por adoptar medidas progresivas, nacionales e internacionales, para lograr su reconocimiento.
Con información de: www.gob.mx/semarnat www.diainternacionalde.com www.un.org
La Sra. Eleanor Roosevelt (Estados Unidos) sostiene en sus manos la Declaración de Derechos Humanos
ARTÍCULO 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. La creación oficial del Día de los Derechos Humanos ARTÍCULO 2 se adoptó en 1950, tras la Resolución 423 (V) de Toda persona tiene todos la Asamblea General, en los derechos y libertades prola cual se invitó a todos clamados en esta Declaración, los Estados y organisin distinción alguna de raza, zaciones interesados a color, sexo, idioma, religión, que adoptaran el 10 de opinión política o de cualquier diciembre como Día de otra índole, origen nacional o los Derechos Humanos. social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. ARTÍCULO 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. ARTÍCULO 4 Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. ARTÍCULO 5 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. ARTÍCULO 6 Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.