¿QUÉ SE NECESITA PARA DECLARAR PATRIMONIO PROVINCIAL?
Toda persona u organismo puede proponer que algún bien mueble, inmueble, tangible o intangible, ingrese al Patrimonio del Chaco como un bien histórico, cultural o natural. En ese sentido, es imprescindible que ese bien patrimoniable: Pertenezca o contenga alguna de las características del Art. 4 de la Ley Provincial de Patrimonio Histórico Cultural y Natural Nº 1400 E (ex Ley 5556). Presentar esa carpeta en mesa de entradas del Instituto de Cultura del Chaco, dirigida al presidente del Instituto de Cultura del Chaco, y por su intermedio a la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico Cultural y Natural, para que traten en reunión ordinaria el pedido de declaratoria (si el asunto tuviera algún tipo de urgencia, se podrá solicitar una reunión extraordinaria siempre 24 horas antes de la misma, dirigida a la presidencia del Instituto). La carpeta debe contener, datos de solicitante (nombres, documentos y contactos), datos del inmueble (datos catastrales, domicilio, documentos que lo comprueban, situación del inmueble en cuanto al edificio y su estado estructural-material, datos de propietarios y funciones, valores históricos y culturales que simboliza), declaración de interés municipal documentada (Resolución u Ordenanza), fotografías que muestren el inmueble actual e históricas, y otros documentos y datos que sean necesario para explicar y dar a comprender la necesidad de declararlo Patrimonio del Chaco. En cuanto a la valorización histórica y cultural, debe implicar un relevamiento propicio sobre el bien, y una breve reseña histórica donde se justifique porque debería ser parte del Patrimonio Provincial. Si fuese creado por un proyecto de ley emanado de la Cámara de Diputados de la Provincia, también deberá contar con los mismos requisitos. La Comisión podrá aprobar, corregir o rechazar por falta de mérito la solicitud de declaración de patrimonio. En el caso de tratarse un bien intangible, se deberán tener aspectos que hagan a su relevancia comunitaria en cuanto a historicidad y apropiación como tal. Para ello debe consultarse específicamente los procedimientos para dicha declaratoria a la Dirección de Patrimonio Cultural, Departamento de Patrimonio Inmaterial (PCI), del Instituto de Cultura del Chaco.