R.R.I

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ANEXO I ÍNDICEÍNDICE Texto adaptado a lo dispuesto en el Decreto 23/2014, de 12 de junio por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que imparten enseñanzas no universitarias en la comunidad de Castilla y León, y al Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León, y aprobado, en sesión ordinaria del Consejo Escolar del centro, a fecha de 1 de septiembre de 2021.

1Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 1. PRÁMBULO1.1.INTRODUCCIÓN1.2.NORMATIVAVIGENTE 2. OBJETIVOS2.1.EDUCATIVOS, CONTEMPLADOS EN EL PEC 2.2. DIDÁCTICOS, CONTEMPLADOS EN LAS PD 2.3. OBJETIVOS DEL R.R.I CAPITULO I: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 3. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO 3.1. CONSEJO ESCOLAR 3.2. CLAUSTRO DE PROFESORES 3.3. ACTAS DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS 4. ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO (EQUIPO DIRECTIVO) 4.1. DIRECTORA 4.1.1 Competencias: artículo 132 4.1.2. Selección de la directora. Artículo 133 4.1.3. Requisitos para ser candidato a la dirección. Artículo 134 4.1.4. Procedimiento de selección. Artículo 135 4.1.5. Nombramiento. Artículo 136 4.1.6. Nombramiento con carácter extraordinario. Artículo 137 4.1.7. Cese del director. Artículo 138 4.2. JEFA DE ESTUDIOS 4.2.1 Competencias: las citadas en el artículo 34 del ROC 4.3. SECRETARIA 4.3.1. Competencias: las citadas ene el artículo 35 del ROC 5. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 5.1. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (CCP) 5.2. EQUIPOS DE NIVEL 5.2.1. Composición: capítulo IV artículo 48 del Decreto 26/2016, de 21 de julio. 5.2.2. Competencias 5.3. COMISIONES INTERNAS DEL CENTRO 5.4. TUTORES

2Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 5.4.1. Función 5.4.2. Designación 5.4.3. Competencias 5.5. OTRAS FUNCIONES DE COORDINACIÓN 5.5.1. Funciones del responsable de los recursos documentales y biblioteca 5.5.2. Funciones del coordinador de formación, calidad e innovación 5.5.3. Funciones de los agentes encargados de los recursos TIC 6. COMISIÓN DE CONVIVENCIA 7. EQUIPO DE FORMACIÓN INTERNO CAPÍTULO II: PERSONAL DOCENTE 8. PROFESORADO8.1.PLANTILLA8.2.PUESTOSDE TRABAJO 8.3. ADSCRIPCIÓN DEL PROFESORADO 8.4. HORARIO DEL PROFESORADO 8.5. DERECHOS DE LOS PROFESORES 8.6. DEBERES DE LOS PROFESORES 8.7. LICENCIAS Y PERMISOS 8.8. SUSTITUCIONES 9. ALUMNADO9.1.ESCOLARIZACIÓN9.2.PROMOCIÓN9.3.PARTICIPACIÓNDE LOS ALUMNOS 9.4. DERECHOS DE LOS ALUMNOS 9.5. DEBERES DE LOS ALUMNOS 10.EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA (EOEP) 10.1. FUNCIONES GENERALES 10.2. FUNCIONES ESPECÍFICAS 10.3. FUNCIONES DEL ORIENTADOR 10.4. FUNCIONES DEL PROFESOR TÉCNICO DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD (PTSC)

3Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CAPÍTULO III: FAMILIAS Y TUTORES DE ALUMNOS 11.FAMILIAS Y TUTORES LEGALES DEL ALUMNADO 11.1 IMPLICACIÓN Y COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS 11.2. DERECHOS DE LAS FAMILIAS 11.3. DEBERES DE LAS FAMILIAS 11.4. AMPA CAPÍTULO IV: PERSONAL NO DOCENTE 12.PERSONAL DE LIMPIEZA 12.1. DERECHOS 12.2. DEBERES 13.PERSONAL DE COCINA 13.1. DERECHOS 13.2. DEBERES 14.PERSONAL DE VIGILANCIA DEL COMEDOR 14.1. DERECHOS 14.2. DEBERES 15.PERSONAL DE TRANSPORTE ESCOLAR 15.1. DERECHOS 15.2. DEBERES 16.PERSONAL QUE REALIZA LABOR DE ANIMADORES SOCIOCULTURALES Y MONITORES DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS 16.1. DERECHOS 16.2. DEBERES CAPÍTULO V: ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS Y RECURSOS MATERIALES 17.ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS 17.1. CONCEPCIÓN DEL AULA Y ESPACIOS COMUNES 17.2. UTILIZACIÓN DE ESPACIOS Y RECURSOS FUERA DEL HORARIO ESCOLAR 17.3. CRITERIOS DE APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS 17.3.1. Biblioteca Escolar 17.3.2. Aula STEAM

4Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 17.3.3. Polideportivo 17.3.4. Aula Psicomotridad 17.3.5. Despacho de dirección y sala de profesores 17.3.6. Patios 18.TEXTOS Y MATERIALES DIDÁCTICOS 19.INVENTARIO DE AULA 22.21.20.CALENDARIOHORARIODECLASESMEDIDASYACTUACIONES PARA LA RECEPCIÓN DE ALUMNOS AL COMIENZO DEL CURSO Y LOS NUEVOS QUE SE INCORPOREN. 22.1. MEDIDAS Y ACTUACIONES PARA LA ETAPA DE INFANTIL 22.2. MEDIDAS Y ACTUACIONES PARA LA ETAPA DE PRIMARIA 23.NORMAS DE USO Y CUIDADO DE LOS RECURSOS DIGITALES 22.1 PIZARRAS DIGITALES 22.2. PROYECTOR 22.3. ORDENADORES PORTÁTILES/SOBRE MESA 22.4. MINIPORTÁTILES 22.5. TABLETS 22.6. ARMARIOS DE CARGA (CARROS 22.7.MINIPORTÁTILES/TABLETS)USODETELÉFONOMÓVIL/CÁMARA DE FOTOS POR PARTE DEL 22.8.ALUMNADOUSODECÁMARA DE FOTOS Y VÍDEO POR PARTE DE LAS 24.FAMILIAS.PLANDEEVACUACIÓN DEL CENTRO 24.1. INSTRUCCIONES GENERALES 24.2. INSTRUCCIONES GENERALES PARA EL PROFESORADO 24.3. INSTRUCCIONES ORIENTATIVAS PARA EL ALUMNADO 25.EVALUACIÓN Y SISTEMAS DE RECUPERACIÓN 25.1. NORMAS REGULADORAS PARA LA EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS ALUMNOS 25.2. LA EVALUACIÓN 25.2.1. Criterios generales 25.2.2. Calendario

5Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 25.2.3. Sesiones de evaluación 25.3. ATENCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS CON RETRASO EN EL APRENDIZAJE 25.4. TAREAS COMPLEMENTARIAS 25.5. CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN DE LOS ACNEAES 25.6. MECANISMOS DE EVALUACIÓN 25.7. PROMOCIÓN 25.7.1. La decisión de promoción: criterios y aplicación CAPÍTULO VI: SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y ACTIVIDADES 26.TRANSPORTE ESCOLAR 26.1. NORMAS DEL TRANSPORTE ESCOLAR 27.COMEDOR ESCOLAR 27.1. OBJETIVOS GENERALES 27.2. HORARIO 27.3. ADMINISTRACIÓN DEL COMEDOR 27.4. USUARIOS DEL SERVICIO DEL COMEDOR 27.5. NORMAS DE USO DEL COMEDOR 27.6. FUNCIONES DEL PERSONAL RESPONSABLE DEL COMEDOR 27.7. ACTIVIDADES QUE REALIZAR POR EL ALUMNADO 27.8. GESTIÓN ECONÓMICA 27.8.1. Financiación del servicio del comedor 27.8.2. Precio del servicio escolar del comedor 27.8.3. Gestión de ausencias e incidencias. 27.8.4. Centro de atención de usuarios 27.9. USO DE LAS INSTALACIONES 28.ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y 28.2.28.1.EXTRAESCOALRES/TALLERESACTIVIDADESCOMPLEMENTARIASACTIVIDADESEXTRAESCOLARES/TALLERES 28.2.1. Talleres por parte del profesorado

6Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CAPÍTULO VII: NORMAS DE CONVIVENCIA 29.RÉGIMEN DE DISCIPLINA 30.CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA Y TIPOS DE CORRECCIÓN 31.CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS ACTUACIONES 32.CORRECTORAS.ÁMBITODELASCONDUCTAS A CORREGIR 33.GRADUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Y DE LAS 34.SACIONESRESPONSABILIDAD POR DAÑOS. 35.COORDINACIÓN INSTITUCIONAL 36.ACTUACIONES INMEDIATAS 37.CONDUCTAS CONTRARIAS A AL NORMA DE CONVIVENCIA 38.MÉDIDAS DE CORRECCIÓN Y RÉGIMEN DE PRESCRIPCIÓN 39.CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO 39.1. CONDUCTAS CALIFICADAS COMO FALTAS 39.2. SANCIONES 39.3. INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR 39.4. MEDIDAS CAUTELARES 39.5. INSTRUCCIÓN 39.6. RESOLUCIÓN 39.7. RÉGIMEN DE PRESCRIPCIÓN 40.FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE E IMPUNTUALIDAD 41.ACTITUDES FRENTE AL ACOSOS ESCOALR Y CIBERACOSO 41.1. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN EN SITUACIONES DE POSIBLE INTIMIDACIÓN Y ACOSO ENTRE ALUMNOS “BULLING” 41.1.1. Actuaciones inmediatas de carácter urgente 41.1.2. Actuaciones posteriores en caso de que se confirme la existencia de un comportamiento de intimidación y acoso entre alumnos

7Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 41.1.3. Actuaciones posteriores en cado de que se confirme la existencia de un comportamiento de intimidación y acoso entre alumnos, coordinadas por el equipo de apoyo del EOE y tutor del alumno. Las diferentes actuaciones pueden adoptar un carácter simultaneo. 42.RESPONSABLES DE LAS ACTUACIONES ANTE LAS ALTERACIONES DE LA CONVIVENCIA 43.TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS CORRECTORAS 43.1. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS Y MEDIDAS CORRECTORAS 43.2. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES Y MEDIDAS CORRECTORAS 44.ENTRAS Y SALIDAS DEL CENTRO 45.LA MEDIACIÓN Y LOS PROCESOS DE ACUERDO REEDCUATIVO 45.1. ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA PUESTA EN PRÁCTICA DE LAS MEDIDAS DIRIGIDAS A SOLUCIONAR LOS CONFLICTOS PROVOCADOS POR LAS CONDUCTAS DE LOS ALUMNOS PERTURBADORAS DE LA CONVIVENCIA DEL CENTRO. 45.2. LA MEDIACIÓN ESCOLAR 44.2.1 Definición y objetivos 44.2.2. Aspectos básicos para su puesta en práctica 44.2.3. Finalización de la mediación 45.3. LOS PROCESOS DE ACUERDO EDUCATIVO 45.3.1. Definición y objetivos 45.3.2. Aspectos básicos 45.3.3. Desarrollo y seguimiento 46.INSTRUMNETOS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA EN EL 46.1.CENTRONORMAS DE CONVIVENCIA 46.1.1. Normas comunes 46.1.2. Normas de convivencia relativas a los alumnos 46.1.3. Normas de convivencia relativas a los profesores

8Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 46.1.4. Normas de convivencia relativas a las familias 46.1.5. Normas de convivencia relativas al personal no docente 46.1.6. Otras normas de organización y funcionamiento 46.2. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA REFERENTES A LA CONVIVENCIA ESCOLAR 46.2.1. Funciones y competencias del Consejo Escolar 46.2.2. La comisión de Convivencia 46.2.3. Funciones y competencias del Claustro de profesores 46.2.4. Funciones y competencias del Equipo Directivo 46.2.5. El coordinador de convivencia 46.2.6. Funciones y competencias de los tutores 46.2.7. Funciones y competencias de los profesores 46.2.8. Funciones y competencias del personal no docente 46.3. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE CONFLICTO QUE AFECTEN A LA CONVIVENCIA ESCOLAR CAPÍTULO VIII: DISPOSICIONES FINALES 47.ANEXOS47.1.ANEXO I. PROCEDIMIENTO DE ACUERDO ABREVIADO 47.2. ANEXO II. MODELO DE DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE HECHOS CONSTATADOS POR EL PROFESORADO 47.3. ANEXO III. RELACIÓN DE INCIDENCIAS EN LA CONVIVENCIA ESCOLAR. TUTOR 47.4. ANEXO IV. RELACIÓN DE INCIDENCIAS EN LA CONVIVENCIA ESCOLAR. JEFATURA DE ESTUDIOS/DIRECCIÓN 47.5. ANEXO V. ACTUACIÓN CORRECTORA 47.6. ANEXO VI. MODELO DE ACTA COMISIÓN DE CONVIVENCIA 47.7. ANEXO VIII. LA DISCIPLINA ESCOLAR: ACTUACIONES CORRECTORAS

Los centros educativos dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en los términos recogidos por la Ley educativa. Podrán elaborar, aprobar y ejecutar un Proyecto Educativo (PEC) y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro reflejado en el Reglamento de Régimen Interior, que forma parte del PEC.

Estas normas pretenden adaptar a las condiciones específicas del CEIP Nuestra Señora de Ronte la legislación vigente en cuanto a la organización y planificación de actividades docentes y extraescolares, encauzar las relaciones entre todos los miembros de la Comunidad Educativa y establecer normas concretas de convivencia y las correcciones que pudiere haber lugar a conductas contrarias a esta convivencia.Estas normas, una vez aprobadas por la directora, serán de OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA TODOS LOS MIEMBROS QUE FORMAN LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEL CEIP NUESTRA SEÑORA DE RONTE Nuestro centro está incluido por el alumnado, profesorado, el personal no docente al servicio del centro y las familias. Toda actividad educativa de este centro estará encaminada a lograr el racional desenvolvimiento del alumnado, alrededor del cual, y en su total provecho, girarán todas las actividades escolares y extraescolares. En el principio del curso se dejará constancia en el Consejo Escolar de los cambios producidos en su contenido.

1.2. NORMATIVA VIGENTE

✓ Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. (LOMCE)

9Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 1. PRÁMBULO1.1.INTRODUCCIÓN

✓ Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre (LOMLOE)

✓ Constitución Española de 1978. Art. 27 ✓ Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

✓ Ley 3/2014, de 16 de abril, de autoridad del profesorado.

✓ Instrucción del 23 de marzo de 2007, de la Dirección General de Coordinación, Inspección y Programas Educativos, sobre la supervisión de los

✓ Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo. (LOE)

✓ Ley 21/2014, de 4 de noviembre por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

✓ Orden EDU/1921/2007 de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León.

✓ Decreto 51/ 2007, de 17 de mayo, por el que se regulan todos los derechos y los deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León. Corrección de errores publicada en el BOCYL nº185.

planes de convivencia y de las funciones desempeñadas por el coordinador de convivencia en los centros docentes de Castilla y León.

10Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

✓ Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en Castilla y León.

✓ ORDEN EDU/890/2009, de 20 de abril, por la que se regula el procedimiento para garantizar el derecho del alumno que cursa enseñanzas de educación primaria en centros docentes de la comunidad de Castilla y León a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar sean valorados y reconocidos con objetividad.

✓ PROYECTO DE DECRETO --/2022, DE -- DE -------, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. (borrador)

✓ Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece un marco general y común del gobierno y autonomía de los Centros.

✓ Real Decreto 1720/ 2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

✓ Resolución de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, que se autoriza al CEIP Nuestra Señora de Ronte, a establecer la Jornada Escolar continua de 25 horas lectivas semanales, de lunes a viernes, en horario de mañana, a partir del curso 2011/2012.

✓ PROYECTO DE DECRETO --/2022, DE -- DE -------, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. (Borrador)

o Estructurar, definir y repartir responsabilidades.

o Garantizar, mediante su aplicación, un clima de convivencia y respeto que haga posible la consecución de los objetivos que el centro tiene marcados en su PEC.

o Canalizar e intentar solucionar de manera justa, eficaz y con arreglo de las normas vigentes, los conflictos que puedan presentarse en la práctica educativa diaria. En ningún caso, se impondrán medidas correctoras o sanciones que menos caben la integridad física y la dignidad personal del alumnado. o Establecer el marco de relaciones entre profesorado, alumnado, familias AMPA, organismos y entidades públicas, para que éstas vayan encaminadas a conseguir el fin educativo propuesto.

o Establecer el marco que facilite las relaciones, decisiones y el funcionamiento en general.

Aunque la finalidad última del presente documento es ser un recurso que facilite la organización operativa del colegio, ordenando tanto la estructura como los procedimientos de acción, establecemos los siguientes fines que ha de alcanzar:

11Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 2. OBJETIVOS 2.1. EDUCATIVOS. Contemplados en el PEC 2.2. DIDÁCTICOS. Contemplados en las PD 2.3. OBJETIVOS DEL R.R.I

o Garantizar la libertad de catedra del profesorado, así como la libertad de concienciar a nuestro alumnado.

o Establecer mecanismos de participación de todos los miembros de la Comunidad educativa. o Buscar la coherencia y el desarrollo que le corresponde, dentro de los demás planes institucionales. o Elevar los niveles de convivencia general par todos los miembros que integran el sistema educativo. o Dotar al centro de un documento organizativo que supla las posibles deficiencias organizativas como consecuencia de la movilidad del profesorado.

o Agilizar el funcionamiento y facilitar la toma de decisiones. o Potenciar al máximo la participación y el diálogo de todos los componentes de nuestra Comunidad Educativa.

o Dotar al centro de marcos de referencia para su organización y funcionamiento.

12Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

o Reforzar la autoridad del profesorado: el proceso de enseñanza y aprendizaje se desarrolla individual y colectivamente. El orden y la disciplina son dos factores imprescindibles que requieren tanto de una interiorización progresiva en el alumnado como la posibilidad de que el profesor utilice medidas y acciones orientadoras y correctoras en actuaciones, temporalmente inmediatas.

o Garantizar los derechos del alumnado que no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación, y en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad.

o La adecuación de las sanciones: la imposición del alumnado de medidas correctoras o reeducadoras y de sanciones debe tener en cuenta el nivel escolar en que se encuentra y sus circunstancias personales, familiares y sociales, y debe de ser proporcional a su conducta, contribuyendo con ello, al mantenimiento y a la mejora de su proceso educativo.

3.

SecretariaDirectora Tres miembros del

CAPITULO I: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA La estructura organizativa del centro viene definida en el apartado correspondiente en el PEC. Los elementos que constituyen esta estructura organizativa son los siguientes:  Órganos colegiados de gobierno, los cuales son el Consejo Escolar y el Claustro de profesores del centro.  Órganos unipersonales, que son la directora con la función de la jefatura de estudios y la secretaria  Órganos de coordinación docentes, los cuales son los Equipos de Internivel/Ciclos (con sus correspondientes coordinadores), los equipos de Nivel y la CCP. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO 3.1. CONSEJO ESCOLAR Es el órgano de participación de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa. La composición del Consejo Escolar es la siguiente. Consejo Escolar claustro de las ellos(siendofamiliasunodedelAMPA) Un concejal representantecomodelayuntamiento

profesoresde representantesTres

13Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR

• Evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

b) El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoca la directora o lo solicite, al menos un tercio de sus miembros. Será perceptiva una reunión al principio de curso y otra al final. La asistencia a las sesiones de Consejo Escolar será de carácter obligatorio para todos sus miembros.

de proponer revocación al nombramiento del director que será por mayoría de dos tercios.

El procedimiento de selección de los diversos sectores será fijado en el Reglamento Orgánico de los Centros de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria y de acuerdo con los calendarios y condiciones de la convocatoria del BOCYL.

• Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente ley orgánica.

El funcionamiento del Consejo Escolar se encuentra regulado en el artículo 19 del R.O.C donde se establece:

c) Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple, salvo en los casos siguientes:i.Acuerdo

14Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

a) Las reuniones de Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros, teniendo en cuenta que, según el ROC, la asistencia es de carácter obligatorio.

• Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente ley orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios,

• Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

15Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

• Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

• Informar sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen.

• Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

• Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente ley orgánica, la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y la prevención de la violencia de género.

• Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

*REGLAMENTO ORGNÁNICO DE FUNCIONAMIENTO*

• Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

• Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

proponer la revocación del nombramiento del director.

• Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de esta.

11.Para la válida constitución del Consejo Escolar, se requerirá la presencia de la presidenta y secretaria o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad, al menos, de sus miembros. Si no existiera quórum, el órgano se constituirá en segunda convocatoria veinticuatro horas después de la

3. Podrán convocarse sesiones extraordinarias: a)En caso necesario y por decisión de la presidenta. b)A petición de un tercio de los miembros del consejo.

8. El Orden del día no será modificado, salvo en casos de urgencia, y en todo caso, al final del último punto, ante ruegos y preguntas.

9. Cualquier miembro del Consejo Escolar podrá incluir temas en el orden del día, siempre que lo comunica la presidenta, y éste lo acepte con tiempo suficiente antes de la convocatoria.

10. Los temas serán expuestos por la presidenta, se abrirá un turno de palabra sobre cada tema y, por último, en caso de división de opiniones, se someta a votación.

1. Las reuniones irán precedidas por una convocatoria nominal a cada uno de sus miembros con, al menos, 48 horas de antelación. Los documentos que se vayan a debatir se adjudicarán o bien a través de correo electrónico o bien a través de la plataforma oficial de TEAMS.

7. Las votaciones se decidirán por mayoría simple. En caso de empate, la presidenta no haría uso del voto de calidad, limitándose a hacer una defensa o refutación del tema desde su punto de vista, tras lo que se procedería a una nueva votación, tras la cual, y si persistirá el empate, la presidenta haría valer su voto de calidad.

16Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

4. En cada sesión se procederá a la lectura y aprobación, si procede del acta anterior, exceptos en las sesiones extraordinarias en las que solamente se tratarán el/los temas para las que han sido convocadas, y cuyas actas se leerán en el primer Consejo Ordinario que se celebre.

2. Se celebrará preceptivamente al menos una reunión trimestral, y también una al inicio del curso escolar y al final.

5. En ausencia de la secretaria, hará sus voces un representante del claustro por voluntad propia o por designación de la presidenta.

6. Para poder ejercer el derecho a voto, será imprescindible la presencia en la reunión en el momento de la votación. El voto no será delegable.

Con el fin de alcanzar la agilidad de la vida diaria que el centro exige, funcionará una comisión permanente que actuará en nombre y por delegación del Consejo Escolar.

COMISÓN PERMANETE

señalada para la primera. Para ello, será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros y, en su caso, en número no inferior a tres.

COMIISONES: R.D. 82/96 de 26 de enero Arti. 20. En el seno del Consejo Escolar se podrán constituir comisiones para asuntos específicos en las condiciones que determine el propio Consejo Escolar.

La comisión económica tendrá las siguientes normas de funcionamiento y al consejo escolar sobre cuantas materias de índole económica éste le encomiende.

b) La comisión económica se reunirá al menos una vez al año y cuando la convoque la directora del centro para tratar temas de su competencia.

funciones:a)Informará

COMISIÓN DE CONVIVENCIA Su finalidad es la de garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, y de colaborar en la planificación de medidas preventivas y en la resolución de conflictos. Sus componentes son: la directora, dos profesores y dos familias. Sus funciones y normas de funcionamiento están reguladas en otro apartado del presente reglamento.

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COMISIÓN DE IGUALDAD

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La comisión permanente estará integrada por la directora, un representante de las familias y un representante del profesorado. Los acuerdos se tomarán por mayoría absoluta y se llevarán al primer pleno del consejo para su ratificación.

COMISIÓN ECONÓMICA De acuerdo establecido con el R.O.C, se constituye la comisión económica en el seno del Consejo Escolar, y está integrada por la directora, la secretaria un profesor y uno o dos representantes de familias. La elección del profesor y de los representantes de las familias se realizará en la primera sesión del consejo, después de cada renovación de cada órgano colegiado.

• Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la PGA.

• Formular al Equipo Directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de proyectos de centro y de la PGA.

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• Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

• Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

• Elegir sus representantes de Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director.

• Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

Es el órgano de participación del profesorado, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar, y en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro, prestando especial atención al apoyo del equipo directivo en el cumplimiento de la PGA y el desarrollo del proyecto de dirección.

Se constituye de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre (BOE del 29 de diciembre), de medidas de protección integral contra la violencia de género.

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3.2. CLAUSTRO DE PROFESORES

Es presidido por la directora, que es la encargada de iniciar y finalizar el claustro, pudiendo establecer su continuidad para días posteriores y está integrado en la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO DE PROFESORES (Art. 139)

El claustro se reunirá, como mínimo, una vez al menos al trimestre y siempre que lo convoque la directora o lo solicite un tercio, al menos de sus miembros. Será preceptiva, además, una sesión de claustro al principio del curso y otra al final de este. La asistencia de las sesiones del claustro es obligatoria para todos sus miembros.Elclaustro de profesores se convocará no sólo en los periodos que marca la Ley sino en cualquier circunstancia que lleve consigo una toma de decisiones o una coordinación de todo el profesorado.

5. En cada sesión se procederá a la lectura y aprobación, si procede, del acta anterior, excepto en las sesiones extraordinaria en las que solamente se tratarán el/los temas para las que han sido convocadas, y cuyas actas se leerán en el primer Consejo Ordinario que se celebre.

7. Para poder ejercer el derecho a voto, será imprescindible la presencia en la reunión en el momento de la votación. El voto no será delegable.

6. En ausencia de la secretaria hará sus voces uno de los profesores por voluntad propia o por designación de la presidenta.

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• Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones interna y externas en las que participe el centro.

• Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar porque éstas se cumplan según la normativa vigente.

• Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

1. Las reuniones irán precedidas por una convocatoria nominal a cada uno de sus miembros con, al menos, 48 horas de antelación en convocatoria ordinaria y 24 horas en convocatoria extraordinaria, y con el orden del día a tratar. Los documentos que se vayan a debatir se adjudicarán o bien a través de correo electrónico o bien a través de la plataforma oficial de TEAMS.

3. Se celebrará preceptivamente al menos una sesión al trimestre, y también una al principio y otra al final del curso.

• Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia del centro.

2. La asistencia al claustro por parte de sus miembros es obligatoria, y por tanto, no podrá celebrarse en el centro ninguna actividad que requiera la presencia del profesorado.

*REGLAMENTO ORGNÁNICO DE FUNCIONAMIENTO*

• Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la administración educativa o por la respectiva administración del centro.

4. Podrán convocarse sesiones extraordinarias:

3.3. ACTAS DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS

10.Cualquier miembro del claustro podrá incluir temas en el orden del día, siempre que lo comunica la presidenta, y éste lo acepte con tiempo suficiente antes de la convocatoria.

13. El calendario de sesiones se desarrollará de acuerdo en el reflejado en la PGA del centro, salvo los claustros extraordinarios.

12. Las votaciones se realizarán a mano alzada excepto aquellas que, según la normativa vigente, su voto es secreto, o fuera solicitado por cualquiera de los miembros del claustro.

9. El Orden del día no será modificado, salvo en casos de urgencia, y en todo caso, al final del último punto, ante ruegos y preguntas.

8. Las votaciones se decidirán por mayoría simple. En caso de empate, la presidenta no haría uso del voto de calidad, limitándose a hacer una defensa o refutación del tema desde su punto de vista, tras lo que se procedería a una nueva votación, tras la cual, y si persistirá el empate, la presidenta haría valer su voto de calidad.

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11.Los temas serán expuestos por la presidenta, se abrirá un turno de palabra sobre cada tema y, por último, en caso de división de opiniones, se someta a votación.

14.Los temas que tratar en claustro y su funcionamiento serán aquellos objetivos de competencias, regulados por los Art. 22 al 24, del RD 82/ 96 y arti129 de la LOMCE.

15.Para la válida constitución del claustro, se requerirá la presencia de la presidenta y secretaria o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad, al menos, de sus miembros. Si no existiera quórum, el órgano se constituirá en segunda convocatoria veinticuatro horas después de la señalada para la primera. Para ello, será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros y, en su caso, en número no inferior a tres.

1. De cada sesión, se levantará un acta por parte de la secretaria del centro, que contendrá las indicaciones de asistentes, lugar, tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de deliberación, la forma y el resultado de las votaciones y el contenido de los acuerdos.

4.1. DIRECTORA Competencias, selección, nombramiento, y cese: se regulan en el TÍTULO V, CAPÍTULO IV de la LOMCE y en los artículos 132, 133, 134, 135, 136, 137 y 138.

4. ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO (EQUIPO DIRECTIVO)

2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

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2. Los miembros de los órganos colegiados podrán hacer constar en acta su voto contrario al acuerdo adoptado y los motivos que lo justifiquen.

El Equipo Directivo. Artículo 131 LOMCE

3. Las actas serán firmadas por la secretaria con el visto bueno de la presidenta. Se aprobarán en la misma o posterior sesión.

4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

4.1.1 Competencias: artículo 132 COMPETENCIAS DEL DIRECTOR DEL CENTRO

1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.

• Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.

3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.

• Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

• Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

• Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del

• Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

• Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

• Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

• Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

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• Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

• Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.

• Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

• Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa 4.1.2. Selección de la directora. Artículo 133

• Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

• Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

4. La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

• Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

profesorado y al Consejo Escolar del centro.

• Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

3. La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.

2. Dicho proceso debe permitir seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la comunidad educativa.

1. La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa.

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• Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica.

4.1.3. Requisitos para ser candidato a la dirección. Artículo 134 Serán requisitos para poder participar en el concurso de méritos los siguientes: 1. Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.

3. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de vocales de las comisiones. Al menos un tercio de los miembros de la comisión será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del Consejo Escolar que no son profesores.

2. La selección será realizada en el centro por una Comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del centro correspondiente.

b) Estar prestando servicios en un centro público, en alguna de las enseñanzas de las del centro al que se opta, con una antigüedad en el mismo de al menos un curso completo al publicarse la convocatoria, en el ámbito de la Administración educativa convocante.

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a) Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un periodo de igual duración, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta.

4. La selección del director, que tendrá en cuenta la valoración objetiva de los méritos académicos y profesionales acreditados por los aspirantes y la valoración del proyecto de dirección, será decidida democráticamente

c) Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación de este

2. En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en los que impartan enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o las dirigidas a personas adultas con menos de ocho profesores, las Administraciones educativas podrán eximir a los candidatos de cumplir alguno de los requisitos establecidos en el apartado 1 de este artículo. 4.1.4. Procedimiento de selección. Artículo 135 1. Para la selección de los directores en los centros públicos, las Administraciones educativas convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de valoración de los méritos del candidato y del proyecto presentado.

4.1.5. Nombramiento. Artículo 136

1. Los aspirantes seleccionados deberán superar un programa de formación inicial, organizado por las Administraciones educativas. Los aspirantes seleccionados que acrediten una experiencia de al menos dos años en la función directiva estarán exentos de la realización del programa de formación inicial.

5. La selección se realizará considerando, primero, las candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia. En ausencia de candidatos del centro o cuando éstos no hayan sido seleccionados, la Comisión valorará las candidaturas de profesores de otros centros.

a) Finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de la prórroga del mismo.

b) Renuncia motivada aceptada por la Administración educativa.

c) Incapacidad física o psíquica sobrevenida.

d) Revocación motivada, por la Administración educativa competente, a iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo de

4.1.7. Cese del director. Artículo 138

2. La Administración educativa nombrará director del centro que corresponda, por un periodo de cuatro años, al aspirante que haya superado este programa.

3. El nombramiento de los directores podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos. Los criterios y procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.

4.1.6. Nombramiento con carácter extraordinario. Artículo 137

El cese del director se producirá en los siguientes supuestos:

En ausencia de candidatos, en el caso de centros de nueva creación o cuando la Comisión correspondiente no haya seleccionado a ningún aspirante, la Administración educativa nombrará director a un profesor funcionario por un periodo máximo de cuatro años.

por los miembros de la Comisión, de acuerdo con los criterios establecidos por las Administraciones educativas.

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25Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

• Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

4.3. SECRETARIA Designación y cese: se regulan en los Artículos 33 y 36 del R.O.C 4.3.1. Competencias: las citadas en el artículo 35 del ROC

COMPETENCIAS DEL SECRETARIO, entre otras:

• Custodiar los libros y archivos del centro.

4.2.1 Competencias: las citadas en el artículo 34 del ROC COMPETENCIAS DEL JEFE DE ESTUDIOS, entre otras:

• Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades e interesados.

director. En todo caso, la resolución de revocación se emitirá tras la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar 4.2.

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• Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso del maestro orientador del centro, conforme al Plan de Acción Tutorial.

• Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la PGA, así como velar por su estricto cumplimiento.

Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

• Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación al Proyecto Educativo, la propuesta curricular de etapa, las programaciones, didácticas y la PGA, y además velar por su cumplimiento.

• Ejercer por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

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Carretera

• Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director.

JEFA DE ESTUDIOS Designación y cese: se regulan en los Artículos 33 y 36 del R.O.C

• Coordinar los procesos de evaluación.

• Coordinar las tareas de los equipos de ciclos.

• Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.

• Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.

• Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.

Carretera

5.1. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (CCP)

Composición: CAPÍTULO IV, artículo 49 del Decreto 26/2016, de 21 de julio.

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COMPETENCIAS

27Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

3. Las funciones de la comisión de coordinación pedagógica son las siguientes: DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

• Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan de Acción Tutorial.

• Establecer las directrices generales para la elaboración, revisión y evaluación de la propuesta curricular y de las programaciones didácticas.

2. Podrán incorporarse a la comisión de coordinación pedagógica los coordinadores de aquellos programas, proyectos y planes específicos del centro cuya regulación contemple la figura de un coordinador.

• Establecer los criterios pedagógicos para determinar los materiales y

5. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

1. La comisión de coordinación pedagógica estará formada, al ser un centro de nueve unidades, el claustro. Actuará como presidente el director, como coordinador el jefe de estudios y como secretario el integrante de menor edad.

• Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de la propuesta curricular de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia en el Proyecto Educativo.

• Velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo del centro por el cumplimiento y posterior evaluación de las propuestas curriculares de centro.

• Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.

recursos de desarrollo curricular.

• Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación, calificación de acuerdo con la jefatura de estudios.

• Hacer propuestas de planes de formación del centro.

5.2. EQUIPOS DE NIVEL 5.2.1. Composición: capítulo IV artículo 47 del Decreto 26/2016, de 21 de julio. Los equipos docentes de nivel estarán formados por todos los maestros que imparten docencia en un mismo curso. El equipo docente de nivel estará dirigido por un coordinador que será designado por el director, una vez oído dicho equipo, entre sus miembros y, preferentemente, entre aquellos que sean tutores y tengan destino definitivo y horario completo en el centro. Cuando exista un solo grupo de alumnos por nivel, el coordinador del equipo de nivel será el tutor del grupo. El régimen de funcionamiento de los equipos docentes de nivel y las funciones del coordinador serán fijados en las normas de organización y funcionamiento del centro.

• Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.

4. La comisión de coordinación pedagógica se reunirá, al menos, una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al comienzo del curso, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias.

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• Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar la propuesta curricular de la etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

• Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno del centro docente o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

28Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

• Elaborar, hacer el seguimiento y evaluar las programaciones didácticas de cada uno de los cursos, de acuerdo con los criterios establecidos por la CCP.

• Conocer y compartir todos los problemas y conflictos que han podido surgir en la clase en cualquier área y su resolución, arbitrando medidas de corrección de conducta de los casos que lo precisen, que se aplicarán por parte de todos los profesores.

• Desarrollar programas específicos atendiendo la diversidad del alumnado.

• Organizar actividades complementarias y extraescolares conjuntas relacionadas con el proceso de enseñanza aprendizaje y el fomento de la cultura y la convivencia.

• Intercambiar información sobre las características generales y específicas del alumnado.

5.3. EQUIPOS DE INTERNIVEL/CICLOS 5.3.1. Composición: capítulo IV artículo 48 del Decreto 26/2016, de 21 de julio Con la finalidad de coordinar la práctica docente entre los niveles, contamos con tres equipos docentes de internivel/ciclos. Uno estará formado por el ciclo de la etapa de infantil, otro por 1º, 2º y 3º de primaria y el último por 4º, 5º y 6º, pudiendo incorporarse otro profesorado del centro de acuerdo con lo que establezcan las normas de organización y funcionamiento del centro.

• Elaborar los aspectos docentes de la PGA correspondiente a cada curso.

29Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 5.2.2.COMPETENCIASCompetenciasDE LOS EQUIPOS DE NIVEL

• Realizar la evaluación de los aprendizajes del alumnado a partir de los criterios comunes de evaluación y calificación.

• Realizar propuestas al Equipo Directivo relativas a la elaboración y revisión del Proyecto Educativo y de la PGA.

• Diseñar las directrices metodológicas y organizativas del curso y su revisión periódica.

• Diseñar y coordinar la realización, en su caso, y valorar las evaluaciones individualizadas que se realicen en 3º y 6º EP, adoptando a partir de los resultados de estas, las decisiones individuales y colectivas que sean precisas.

• Establecer las estrategias organizativas, curriculares, metodológicas que sean necesarias para que los alumnos adquieran las competencias clave acordes a su edad.

• Cualquier otra que les sea encomendada en el ámbito de sus Habrácompetencias.uncoordinador de cada equipo docente internivel que será designado por el director entre los miembros del equipo una vez oídos los mismos.Elrégimen de funcionamiento de los equipos docentes internivel y las funciones del coordinador serán fijados en las normas de organización y funcionamiento del centro.

5.4. COMISIONES INTERNAS DEL CENTRO En el centro trabajamos entorno a X comisiones cuya misión es priorizar e impulsar propuestas educativas a tres campos de actuación importantes en la práctica docente: nuevas tecnologías, convivencia y metodología.

30Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 5.3.2.

EQUIPOS DE INTERNIVEL/CICLOS

• Definir las líneas de actuación pedagógica para el establecimiento de los refuerzos educativos de acuerdo con los criterios establecidos para todo el centro.

• Proponer planes de mejora, formación y actividades complementarias a la comisión de coordinación pedagógica.

• Analizar y proponer las líneas de actuación del Plan de Acción Tutorial.

Coordinar la selección de materiales pedagógicas y didácticos de acuerdo con los criterios establecidos por la CCP del centro.

• Participar y colaborar en el desarrollo y consecución de planes y proyectos desarrollados por el centro.

COMPETENCIASCompetenciasDELOS

En cada comisión están representados maestros de la etapa de infantil, los dos interniveles y los especialistas, de tal forma que sus propuestas llegan a todo el claustro, al tiempo que recibe propuestas de los diferentes equipos de trabajo. Habrá otros, que sean llevado a cabo por un docente.

Carretera

31Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

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Cada grupo de alumnos de infantil y primaria tendrá un tutor que será designado por el equipo directivo, después de entrevistar al conjunto de maestros y aplicando los siguientes criterios para designar al tutor: o Adscripción a la plaza del centro. o Permanencia y/o conocimiento del grupo. o Otras habilitaciones disponibles. o Competencia en el uso de las TIC. o Previsión de continuidad en el centro.

Sus reuniones alternan con las de internivel/ciclos, y al menos lo hacen una vez al mes. Las comisiones principales son:  Comisión TIC. Coordina todas las acciones relacionadas con el uso de las tecnologías)  Comisión de biblioteca. Coordina y gestiona las acciones en relación a la lectura, el plan lector y cuentos.  Comisión de Convivencia. En relación al saber actuar y convivir en el centro. 5.5. TUTORES Capítulo III. Artículos 20 y 21 del Decreto 26/2016 de 21 de julio 5.5.1. Función

La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función docente y serán competencia de todo el profesorado, canalizada y coordinada a través del tutor, contando en especial con los maestros con funciones de apoyo y/o refuerzo dentro del grupo para los casos que lo requieran. Cada tutor, orientado por el Plan de Acción Tutorial del centro, observará el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos a través de su integración y participación en la vida del centro, el seguimiento individualizado de su proceso de aprendizaje y la toma de decisiones relacionadas con su evolución académica.

5.5.2. Designación

• Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo.

DE LOS TUTORES

La tutoría recaerá preferentemente en el maestro que imparta el mayor número de horas lectivas semanales a dicho grupo. (En ocasiones especiales, se podrá nombrar un tutor ayudante que colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones)

• Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.

• Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y pudiendo contar, para ello, con la colaboración del servicio de orientación del centro.

• Facilitar la inclusión de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

o Experiencia laboral en los diferentes cursos. o Desarrollo de otros proyectos y aptitudes de interés en el centro. o Preferencias personales argumentadas.

El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos durante el primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y motivada expresamente. En todo caso, se favorecerá la permanencia del mismo tutor de 1º y 2º/ 3º y 4º/ 5º y 6º de Educación Primaria. El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos tutorizados, y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con las familias. Para ello, establecerá a lo largo del curso escolar un número mínimo de tres reuniones con el conjunto de familias del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales, y una individual con las familias de cada alumno. Los tutores serán coordinados por la directora del centro que posee las funciones de jefa de estudios, manteniendo las reuniones que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las condiciones adecuadas.

5.5.3. CompetenciasCOMPETENCIAS

• Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.

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b) Mantener organizada por temas y niveles la biblioteca.

d) Mantener en el mejor estado posible el material de la biblioteca.

• Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.

• Informar a los padres, madres o tutores legales, en su caso, del alumnado, a los maestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

c) Llevar al día el préstamo de libros.

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La designación de los responsables de otras funciones que se consideren necesarias será realizada por el claustro a propuesta de la directora o de la CCP, según la legislación vigente y las posibilidades horarias del profesorado. Serán adjudicados al comienzo de cada curso escolar de la misma forma que los coordinadores de nivel de internivel/ciclos. Podrán disponer de un número de horas, de acuerdo con la organización del personal del centro para realizar sus funciones.

33Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

f) Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información y entretenimiento.

5.6.1. Funciones del responsable de los recursos documentales y biblioteca Trabajará bajo la dependencia de la directora, y sus funciones serán:

a) Mantener actualizado el inventario.

e) Renovar, en la medida de lo posible, dependiendo de los medios económicos disponibles los libros de la biblioteca, atendiendo a las necesidades detectadas a las propuestas de los compañeros.

• Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del centro, en los periodos de recreo y en las actividades no lectivas.

• Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.

5.6. OTRAS FUNCIONES DE COORDINACIÓN

• Colaborar con el servicio de orientación del centro en los términos que establezca la jefatura de estudios.

e) Colaborar en aquellas actuaciones en las que se encuentren inmersos como centro de promoción de la innovación, utilización y elaboración de materiales y recursos, investigación, intercambio de experiencias y buenas prácticas y apertura al entorno.

d) Coordinar el plan de formación del centro, si lo hubiere, participando en su diseño, elaboración, gestión desarrollo y evaluación.

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a) Organización general, relación e información a las familias.

5.6.3. Funciones de los agentes encargados de los recursos TIC

El coordinador de formación, calidad e innovación será el responsable de informar, promocionar, colaborar en el diseño y coordinar las actuaciones de formación, mejora e innovación, que se lleven a cabo en el centro, así como de representar al claustro de profesores en el CFIE.

34Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

b) Distribución de funciones entre los miembros del claustro.

g) Cualquier otra que le encomiende la directora, de las recogidas en la PGA.

c) Generación de parte de los documentos.

d) Seguimiento de las incidencias y control de inventario.

5.6.2. Funciones del coordinador de formación, calidad e innovación

• Equipo Directivo Su papel fundamental consiste en impulsar, dirigir y coordinar todo el trabajo. Por tanto, se encargará, entre otras, de las siguientes funciones:

b) Impulsar la actualización y mejora de las competencias profesionales de los profesores y equipos de centro, favoreciendo su desarrollo profesional mediante itinerarios formativos.

Serán las funciones de coordinador de formación, calidad e innovación, las siguientes:a)Serenlace de comunicación y relación entre el centro educativo y el CFIE correspondiente, detectando necesidades y expectativas del profesorado y difundiendo las actividades formativas y actuaciones ofertadas como respuesta.

c) Colaborar en la planificación, gestión, desarrollo y evaluación de los itinerarios formativos, actividades formativas y actuaciones, que se realicen como respuesta a las necesidades y expectativas del profesorado y equipos del centro.

• Coordinador TIC

d) Coordinar el trabajo TIC en infantil y primaria. e) Colaborar en la comisión TIC • Tutores

d) Colaborar con el registro inicial de recursos digitales

f) Mantener comunicación responsable con el coordinador TIC

• Comisión TIC

b) Introducir las TIC en sus programaciones de aula.

La comisión TIC estará formada, al menos, por un miembro del Equipo Directivo, que la presidirá, el coordinador TIC del centro designado por el equipo directivo del centro, el tutor coordinador del 2º internivel o en su caso 3º ciclo deLasprimaria.funciones de la comisión TIC son:

• Estudiar los criterios organizativos de tipo tecnológico y educativo requeridos para el buen funcionamiento de las TIC en el centro, con el apoyo de las comisiones provinciales y regionales.

c) Informar a los responsables correspondientes de las incidencias que se produzcan.

c) Controlar la coherencia en los aprendizajes TIC a lo largo de los diferentes cursos.

Los tutores tienen un papel importante en la incorporación del uso de las TIC en su grupo de alumnos, la relación con las familias y la toma de conciencia por parte de los alumnos de la necesidad de conservación de los recursos. Por tanto, sus funciones son: a) Animar a los alumnos y familias a utilizar las TIC.

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a) Revisar el buen funcionamiento de ordenadores, miniportátiles, tablets… y comunicar al servicio técnico aquello que no pueda arreglar.

e) Motivar al profesorado, familias y alumnos en el uso de las TIC.

b) Mantener actualizado el inventario y regular el préstamo del material al profesorado.

• Impulsar el desarrollo de acciones organizadas relativas a la utilización de los recursos informáticos del centro y de las redes del centro educativo.

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• Diseñar formación al profesorado, familias y alumnado en la nueva aula STEAM.

6. COMISIÓN DE CONVIVENCIA Su finalidad es la de garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto en el Decreto 15/2007, de 17 de mayo y colaborar en la planificación de medidas preventivas y en la resolución de conflictos. Sus componentes son: Sus funciones y normas de funcionamiento están reguladas en el RRI. Hará cuantas propuestas considere oportunas al Consejo Escolar para fomentar la convivencia e informará, al menos dos veces durante el curso. Las funciones de la comisón de convivencia serán las siguientes:  Proponer al consejo y elaborar iniciativas para el fomento de la convivencia.  Informar al consejo escolar sobre el desarrollo de la convivencia.

 Analizar y evaluar la aplicación de convivencia.

• Recopilar y organizar la información relativa a la implantación de la estrategia en el centro educativo.

• Desarrollar tareas organizativas básicas tales como el registro de equipos, la canalización del mantenimiento, la asignación y control de los recursos digitales.

Comisión de Convivencia Directora Tres siendoprofesores,unodeelloscoordinador familiaUna

• Orientar al profesorado a la inclusión de las TIC en el aula y al uso adecuado del aula STEAM.

36Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

• Apoyar al profesorado en aspectos relativos a la organización tecnológica y educativa de la estrategia TIC.

• Elaborar el Plan TIC del centro integrado en el PEC.

De todas las reuniones que se celebren se levantará acta en el que figuren, al menos, los asistentes, los temas tratados y losa cuerdos tomados, si los hubiere.Sereunirá al menos al comienzo del curso escolar y otra al final, así como cuantas veces sea necesario para el desarrollo de las funciones

 Las que se contemplan en la normativa vigente.

7. EQUIPO DE FORMACIÓN INTERNO En los centros docentes, que desarrollen un plan de formación de centro se constituirá un equipo de formación que será responsable de su ejecución.

37Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

a) Coordinar la coordinación y el desarrollo del plan de formación del centro.

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encomendadas.

 Elaborar los informes preceptivos del Plan de Convivencia.

Dicho equipo estará integrado por la directora del centro o la persona del equipo directivo que designe, el coordinador de formación del centro, y los profesores coordinadores de cada una de las actividades formativas que integren el plan.

 Cuantas funciones en este sentido le sean encomendadas por el consejo.

 Garantizar la correcta aplicaciónn del Decreto 51/2007.

Las funciones del equipo d formación serán las siguientes:

c) Compaginar las actividades formativas de los distintos itinerarios.

b) Prepara y elaborar la documentación exigida en la correspondiente convocatoria.

d) Responsabilizarse de la elaboración de memorias y evaluaciones del plan de formación de centro.

e) Determinar la relación de profesores que se propone para su certificación por parte del CFIE, a la finalización de la actividad formativa, con arreglo a la legislación vigente.

f) Aquellas otras que aparezcan en el plan de formación del centro o que les sean encomendadas por el equipo directivo encaminadas a favorecer la formación permanente y el desarrollo competencial del profesorado.

8.2. PUESTOS DE TRABAJO En el centro existen los siguientes puestos con carácter definitivo:

• 1 profesor/a de Música.

8.1. PLANTILLA Está integrada por los puestos de trabajo que se detallan en el punto 8.2. Acuden semanalmente al centro miembros del E.O.E.P de Carrión de los Condes.

1) La permanente preocupación por su perfeccionamiento profesional.

38Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CAPÍTULO II: PERSONAL DOCENTE 8. PROFESORADO El educador, docente y pedagogo tiene que ser consciente del valor y la dignidad que tiene todo ser humano, persiguiendo como objetivos en su ejercicio profesional:

• 1 profesor/a de Pedagogía Terapéutica.

Finalmente, hay profesorado que, aun teniendo destino en otros centros, imparten docencia en el nuestro:

• 4 profesores/as de Educación Primaria.

2) La continua promoción de los principios democráticos a partir de una buena convivencia y como base para ella.

3) La promoción y práctica de los valores universalmente reconocidos como: verdad, solidaridad, respeto, igualdad, tolerancia…

• 1 profesor/a de Lengua Extranjera.

• 1 profesor/a de Audición y Lenguaje.

4) Tener al alumnado como punto principal de referencia en sus aspectos de aprendizajes y formación integral como persona. La responsabilidad de llevar adelante esta tarea en la sociedad, a través del ejercicio de su profesión y de su actitud personal ante la vida, debe contar con el reconocimiento y apoyo de esta sociedad en su conjunto y de la Comunidad Educativa en particular.

• 2 profesores/as de Educación Infantil.

• 1 profesores/as de Religión.

• 1 profesores/as de Educación Física.

• 2,5h de cuidado y vigilancia de recreos.

• A estas horas, se deben de sumar 5h semanales de atención a familias, claustros, consejos escolares, talleres, coordinaciones (CCP) y preparación de materiales de aula.

8.3. ADSCRIPCIÓN DEL PROFESORADO

e) Respeto a su intimidad personal y, a no ser juzgado por sus ideas y convicciones.

8.4. HORARIO DEL PROFESORADO

1) En la primera reunión del claustro de profesores de cada curso escolar, el Equipo Directivo, después de entrevistar al conjunto de maestros, la directora distribuirá al profesorado, siguiendo los criterios del apartado 5.5 de este RRI, oído el claustro, distribuirá al profesorado a los distintos niveles, interniveles/ciclos o áreas de enseñanza, de acuerdo con lo establecido en el artículo 73 de la Orden de 29 de junio de 1994, por la que se aprueban las instrucciones para escuelas infantiles y primaria.

c) Elegir y ser elegido para los distintos cargos que puedan existir en el centro.

El total de la jornada son de 30h de permanencia en el centro + 7,5h de libre disposición, tiempo que se dedica fuera del centro para formación y tareas imprescindibles para el desarrollo de la actividad docente El horario presencial queda dividido:

39Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

d) Ejercer la libertad de cátedra, respetando la normativa vigente y el presente reglamento.

• Periodos lectivos semanales 22,5h de docencia directa en el aula.

b) Emplear los métodos y materiales adecuados a su función, de acuerdo con la propuesta curricular.

8.5. DERECHOS DE LOS PROFESORES

3) La directora, nombrará un tutor por cada grupo de alumnos. Se procurará que sea el profesor que más horas de docencia imparta en cada curso.

2) En igualdad de condiciones, se dará preferencia a la antigüedad en el centro.

a) Ser respetado y recibir un trato correcto por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

h) Poder participar en el funcionamiento y la vida del centro, según determinadas leyes.

f) Poder participar en actividades de formación, para lo cual se establecerán los cauces en la PGA.

b) Dar a conocer el reglamento a los alumnos.

c) Respetar el presente reglamento.

g) Ser respetada su condición de autoridad y gozar de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico en el ejercicio de las funciones de gobierno, docentes, educativas y disciplinarias que tiene atribuidas.

j) Poder participar en la evaluación del centro k) Al incorporarse a su puesto de trabajo, los profesores serán informados por la dirección del centro de los fines, organización y funcionamiento del colegio y de las atribuciones, deberes y responsabilidades que les incumben.

l) Todos los demás derechos que les corresponde a la legislación vigente.

8.6. DEBERES DE LOS PROFESORES

d) Mantener contactos periódicos y sistemáticos con las familias. Las reuniones con los grupos de familias serán al final de la jornada escolar. Las reuniones individuales tendrán un carácter flexible respecto al horario. e) Participar en la elaboración de documento que se elaboren en el centro.

g) Participar activamente en las actividades programas h) Cooperar en el manteniendo y buen uso del material e instalaciones del centro. i) Asistir al trabajo (horas lectivas, claustros, reuniones…) con puntualidad y justificar, en su caso, debidamente las ausencias.

40Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

a) Respetar las opiniones, creencias, actitudes, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

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f) Cumplir las normas y decisiones que contengan los documentos aprobados por el consejo escolar y el claustro.

i) Ser informados de cuanto afecte a la actividad docente.

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n) Llevar a la práctica dichas decisiones, contenidas en el Plan de Acción Tutorial.

l) Los profesores deben asumir en su actividad docente las decisiones pedagógicas adoptadas en las programaciones por los órganos competentes, sin menoscabo de su libertad de cátedra

u) Aunque la colaboración por parte de un profesor tutor con los alumnos de su curso en la realización de actividades extraescolares (viajes, salidas…) no es obligatoria, cada profesor se manifestará al comienzo del curso si no va a asistir a las mismas y quedará reflejado en la PGA.

s) El profesorado tiene la misión educadora e instructora del alumnado del centro, así como el deber de velar por la convivencia, tanto en el aula como en las demás dependencias del centro, ya se trate o no de alumnos que sean de su tutoría y que en cualquier momento contravengan la convivencia

t) Colaborar en los interniveles/ciclos en la elaboración de Programaciones didácticas de áreas, materias y en la memoria final de curso.

j) Controlar las faltas de asistencia del alumnado, según las instrucciones de los órganos de gobierno y comunicarlas periódicamente al tutor del grupo.

m) Participar en la toma de decisiones de los órganos competentes acerca de la organización y funcionamiento de las tutorías.

o) Atender y encauzar los problemas del grupo de alumnos.

41Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

r) Colaborar con el Equipo de Orientación en la detección, necesidades, seguimiento y solución de problemas específicos con alumnos.

q) Velar por el buen desarrollo del proceso educativo a través del conocimiento de la personalidad e intereses de los alumnos y su grado de integración en el grupo.

p) Informar al grupo de alumnos y a sus familias de las decisiones que le afecten a la vida escolar de sus hijos.

k) Los profesores deben de permanecer con los alumnos durante los periodos lectivos asignados.

v) Colaborar en la creación de un clima de confianza y de buenas relaciones entre el personal del centro, para potenciar un buen trabajo en equipo, propiciar el buen funcionamiento de los órganos de

y) Comunicar a la dirección del centro las actividades programadas que se vayan a realizar fuera del recinto del centro escolar o que conlleven modificación del horario o agrupamiento establecido.

1. Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente (Orden EDU/423/2014, de 21 de mayo, por la que se establece la adaptación de la regulación de las vacaciones, los permisos y las licencias del Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, para el personal funcionario docente de las enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en los centros públicos y servicios de apoyo a los mismos, dependiendo de la Consejería competente en materia de educación)

z) Todos los demás deberes que sean encomendados por la legislación vigente.

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1º- Profesores con disponibilidad horaria (sustituciones)

w) Usar responsablemente las instalaciones, mobiliario y servicios del centro, así como contribuir a su conservación.

x) Cumplir las normas elaboradas por los órganos de gobierno del centro, relativas a a la actividad docente (fechas de entrega de calificaciones, horarios de sesiones de evaluación…)

2º- Profesores con disponibilidad horaria de apoyo a otros maestros/aulas.

2. Se solicitará permiso con antelación mediante instancia normalizada en los casos en que se prevea una ausencia.

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8.7. LICENCIAS Y PERMISOS

3. En caso de ausencia no prevista con antelación, se comunicará inmediatamente a la directora del centro.

8.8. SUSTITUCIONES Las ausencias de un corto periodo de tiempo serán cubiertas por el profesorado con disponibilidad horaria, encargándose de su organización la directora del centro, ya que asume las funciones de la jefatura de estudios del centro.

participación, coordinación y dirección, contribuyendo a elevar la calidad de enseñanza.

4. En cualquier caso, una vez incorporados al centro, se presentará el justificante correspondiente en un plazo de 3 días, contando el primero de ellos cuando se incorpore al centro.

Siempre que se pueda conocerse con antelación la ausencia de algún maestro, él mismo, deberá dejar preparada la actividad a desarrollar durante eseParaperiodo.aquellos alumnos que no participan en actividades complementarias dentro del horario lectivo, es imprescindible dejar tarea preparada para continuar sus tareas lectivas. En momentos de ausencias prolongadas se arbitrarán otras medidas como el agrupamiento flexible, la reorganización de los refuerzos y apoyos.

9. ALUMNADO9.1.ESCOLARIZACIÓN

Todas estas medidas se desarrollarán teniendo en cuenta los aspectos generales que desde la administración del centro considere en función de las necesidades que se presenten.

5. La documentación que deberán presentar será la siguiente:

3º- Horas del profesorado destinadas a coordinaciones de comisiones.

• Fotocopia del DNI de la familia y del alumno en caso de que lo tenga.

• Cinco fotografías tamaño carnet.

4º- Horas del profesorado destinadas a coordinación de Internivel/Ciclo.

4. Cuando un alumno se incorpore al centro durante el curso, será matriculado en el momento de su incorporación.

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• Fotocopia del libro de familia o partida de nacimiento.

• Instancia oficial a la directora del centro. Esta instancia estará a disposición de los solicitantes en la secretaria del centro.

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1. El plazo de presentación de solicitudes de admisión será el establecido en cada caso por la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

2. En el caso de que el número de puestos escolares sea superior a las solicitudes, todos los solicitantes quedarán matriculados.

3. En el supuesto de que las solicitudes sean superiores al numero de puestos escolares, el Consejo Escolar, de acuerdo con el R.D. 377/1993 de 12 de marzo y órdenes dictadas anualmente desde ese año, será el órgano que decida que alumnos podrán ser admitidos.

44Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

• Certificado médico.

• Ficha de datos para censo de familias.

2. En Educación Primaria, al término de cada curso, el equipo de profesores, teniendo en cuenta los criterios de promoción que figuran en el PEC, decidirá si el alumno promociona o no promociona. Se tendrá en especial consideración la información y el criterio del profesor/tutor. (Art. 32 del Decreto 26/2016 de 21 de julio)

7. Los alumnos procedentes de otros centros deberán presentar la certificación expedida por el centro de origen en la que consten los estudios que realizan o han realizado. Una ves matriculado el alumno, se solicitarán al centro de origen la correspondiente documentación académica.

1. En Educación Infantil, se efectuará la promoción automática. De forma excepcional, los alumnos con necesidades educativas podrán permanecer un año más en el último curso del ciclo (Art. 5.1 de la Orden EDU/865/2009)

• Solicitud firmada por la familia o tutor indicando su desea o no formación religiosa.

• Autorización o no para el uso de imágenes de su hijo en actividades del centro.

8. A los alumnos inmigrantes, y en particular a los que desconocen nuestro idioma se les facilitará el proceso de matriculación siguiendo el Plan de Acogida establecido en el centro.

9.2. PROMOCIÓN

3. A lo largo de la etapa de Educación Primaria se podrá permanecer un año más en un curso. Esta decisión se adoptará previa audiencia de la familia o tutores legales del alumno en cuestión. En el caso de alumnos con necesidades, excepcionalmente y siempre que favorezca su inclusión socioeducativa, la permanencia en Educación Primaria podrá alargarse un año más (Art. 26 del Decreto 26/2016, de 21 de julio)

6. Los alumnos se matricularán al comienzo de su escolarización o cuando procedan de otro centro. El cambio de curso o etapa no requerirá proceso de admisión ni matriculación.

 Anotar las faltas de asistencia y puntualidad.

Serán funciones del delegado:  Representar a sus compañeros ante los profesores.

a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos de convivencia.

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c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan integrarse personal, laboral y socialmente.

1. Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.

 Proponer actividades culturales a los órganos que correspondan.  Velar por la convivencia, cuidado del material y limpieza de la clase.

d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y e)académico.Laformación ética y moral.

 Coordinar la organización interna de la clase.

Serán los que determine el Decreto 51/2007, de 17 de mayo y las modificaciones establecidas en el Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos, la participación y compromisos de las familias en el proceso educativo y se establecen las normas de convivencia y disciplina de los centros docentes de Castilla y León. Derecho a una formación integral

2. Este derecho implica:

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9.3. PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS Los alumnos de 5º y 6º de primaria nombrarán en cada clase un delegado.

9.4. DERECHOS DE LOS ALUMNOS

b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente las relaciones interpersonales.

4. En el caso de que la familia o tutores legales de los alumnos consideren que su hijo no ha sido evaluado objetivamente, podrán reclamar a la directora del centro. El plazo será de dos días hábiles a partir de la comunicación por escrito de la decisión de evaluación de final de ciclo y de promoción (Decreto 26/2016, de 21 de julio)

f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar

d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las actividades académicas y fomente el respeto mutuo. e) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las comunicaciones necesarias para la Administración educativa y la obligación que hubiere, en su caso, de informar a la autoridad competente. Derecho a ser evaluado objetivamente

b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas, religiosas o morales.

1. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad.

1. Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.

46Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e higiene, a través de la adopción de medidas adecuadas de prevención y de actuación.

decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades. Para ello, la Administración educativa prestará a los centros los recursos necesarios y promoverá la colaboración con otras administraciones o instituciones.

2. Este derecho implica: a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral.

2. Este derecho implica: a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de la evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la b)enseñanza.Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones, respecto de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones parciales o en las finales del curso escolar, en los términos que reglamentariamente se establezca. Este derecho podrá ser ejercitado en el caso de alumnos menores de edad por sus

Derecho a ser respetado

padres o tutores legales. Derecho a participar en la vida del centro

b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen las personas y las instituciones.

2.presupuestarias.Estederechoimplica:a)Dotaralosalumnos de recursos que compensen las posibles carencias o desventajas de tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con especial atención a aquellos que presenten necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en la imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que estén cursando.

1. Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente.

a) La participación de carácter individual y colectiva mediante el ejercicio de los derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos, y de representación en el centro, a través de sus delegados y de sus representantes en el consejo escolar.

47Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

2. Este derecho implica:

c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa en general. Derecho a protección social 1. Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente y en el marco de las disponibilidades

Serán los que determine el Decreto 51/2007, de 17 de mayo y las modificaciones establecidas en el Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos, la participación y compromisos de las familias en el proceso educativo y se establecen las normas de convivencia y disciplina de los centros docentes de Castilla y León.

48Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 9.5. DEBERES DE LOS ALUMNOS

a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de los derechos establecidos en este Decreto.

Deber de participar en las actividades del centro

1. Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su personalidad.

c) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales que desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona como a sus pertenencias.

2. Este deber implica:

b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, y evitar cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.

1. Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás.

2. Este deber supone:

1. Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran la vida del centro.

2. Este deber implica: a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades académicas programadas.

Deber de estudiar

b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices. Deber de respetar a los demás

49Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las actividades lectivas y complementarias, así como en las entidades y órganos de representación propia de los alumnos.

b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos de responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que tales decisiones vulneran alguno de ellos.

b) Participar y colaborar activamente con el resto de las personas del centro para favorecer el desarrollo de las actividades y, en general, la convivencia en el centro.

c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y los materiales didácticos. Deber de ciudadanía Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores democráticos de nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente.

2. Este deber implica:

a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro, establecidas en el Reglamento de régimen interior.

1. Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio y respeto.

Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro

El Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Carrión de los Condes acude al centro todos los miércoles del mes.

50Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

10. EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA (EOEP) Orden EDU/987/2012, de 14 de noviembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa de la comunidad de Castilla y León.

Los responsables de la atención psicopedagógica al centro son un profesor especialista en orientación educativa y un profesor técnico de servicios a la comunidad.

d) Asesorar y orientar a las familias de los alumnos con necesidades educativas específicas en el proceso de atención e intervención con sus hijos. e) Colaborar con el equipo directivo y prestar asesoramiento en el diseño y desarrollo de programas o planes que se lleven a cabo en el centro, dentro del ámbito de sus competencias.

51Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 10.1. FUNCIONES GENERALES

h) Colaborar y prestar asesoramiento psicopedagógico a los órganos de gobierno, de participación y de coordinación docente del centro.

a) Colaborar con los centros docentes en la elaboración o revisión, desarrollo, aplicación y evaluación de su proyecto educativo y, en particular, de los documentos institucionales que precisen ajustar la propuesta curricular a las características del alumnado y del contexto.

b) Asesorar al profesorado en la atención a la diversidad del alumnado, colaborando en la adopción y aplicación de las medidas educativas adecuadas, especialmente las de carácter preventivo.

f) Colaborar en la detección, identificación y, en su caso, evaluación de las necesidades educativas específicas del alumnado que se determine, asesorando en el diseño, seguimiento y evaluación de la respuesta educativa que se le proporcione.

i) Colaborar con los tutores en el desarrollo, y en su caso, seguimiento del Plan de Acción Tutorial facilitándoles técnicas, instrumentos y materiales, para garantizar el desarrollo integral del alumnado y fortalecer las relaciones entre las familias o representantes legales y el centro educativo.

Los equipos de orientación educativa tienen asignadas en su ámbito de actuación las siguientes funciones generales:

c) Asesorar a los centros docentes en la organización de los apoyos y refuerzos educativos al alumnado que lo precise.

g) Favorecer e intervenir en el desarrollo de actuaciones que permitan la adecuada transición entre los distintos ciclos o etapas educativas del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, estableciendo actuaciones de coordinación entre los distintos centros de un mismo ámbito de influencia o zona geográfica.

52Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

n) Proponer y participar en actividades de formación, innovación e investigación educativa. o) Asesorar, en el ámbito de sus competencias, en la incorporación de metodologías didácticas en el aula que favorezcan la integración de las tecnologías de la información y la comunicación y el logro de la competencia digital del alumnado, especialmente en relación al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

10.2. FUNCIONES ESPECÍFICAS

p) Cualquier otra que determine la Administración educativa en el ámbito de sus competencias.

1. Las funciones específicas de los equipos de orientación educativa de carácter general son: a) Realizar una atención individualizada al alumnado de centros de educación especial, educación infantil y educación primaria, de los centros asignados e, igualmente, al alumnado de educación secundaria obligatoria en el caso de colegios de educación infantil y primaria que

) Asesorar a los equipos docentes, alumnado y familias o representantes legales del alumnado sobre aspectos de orientación personal, educativa y k)profesional.Elaborar, recopilar y difundir materiales y recursos educativos que proporcionen orientaciones sobre la adaptación de las actividades de enseñanza y aprendizaje a las necesidades educativas del alumnado, sobre la metodología a emplear y sobre la optimización del proceso educativo en general, así como para la mejora de la convivencia en los l)centros.Colaborar con el Área de Inspección Educativa, el Área de Programas Educativos, los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa y otros servicios educativos, de familia, sociales y sanitarios de su ámbito de actuación, para asegurar el desarrollo efectivo de las funciones encomendadas, especialmente en relación con aquellas actuaciones establecidas mediante protocolos institucionales.

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m)Colaborar con los centros de educación especial al objeto de rentabilizar recursos y favorecer la vinculación entre estos centros y el conjunto de centros y servicios del sector en que se encuentran situados.

e) Colaborar en el desarrollo de acciones que favorezcan la transición de la etapa de educación infantil a educación primaria y de ésta a educación secundaria.

g) Promover la colaboración entre el profesorado y las familias o representantes legales del alumnado.

h) Colaborar con los centros en el diseño y desarrollo del Plan de Atención a la Diversidad, del Plan de Convivencia y en las actuaciones encaminadas a la prevención del absentismo y del abandono temprano de la educación y la formación. i) Cualquier otra que determine la Administración educativa en el ámbito de sus competencias.

f) Impulsar la colaboración e intercambio de experiencias entre los centros docentes de su sector o ámbito de actuación.

2. Las funciones específicas de los equipos de orientación educativa de carácter específico son complementarias a las que desarrollan los de carácter general, y consistirán en:

53Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es impartan los cursos de primero y segundo de educación secundaria

c) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado que este cursando las enseñanzas referidas en el apartado a) de este artículo, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, y proponer, cuando sea preciso, la modalidad de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales a través del correspondiente dictamen de escolarización.

a) Asesorar y apoyar a los equipos de orientación educativa de carácter general en los centros de su intervención y a los departamentos de

b)obligatoria.Formar parte de la comisión de coordinación pedagógica de los centros de atención preferente y continuada que les sean asignados, formulando propuestas específicas a la planificación, seguimiento y evaluación de los diferentes programas y planes de centro referidos al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, de orientación y de convivencia.

d) Asesorar al profesorado en el diseño de procedimientos e instrumentos de evaluación, tanto de los aprendizajes realizados por el alumnado como de los procesos de enseñanza.

b) Asesorar al profesorado y demás agentes educativos en el diseño y desarrollo de medidas educativas de atención a este alumnado, participando en su actualización científica y didáctica.

c) Realizar el seguimiento de la situación y necesidades de este alumnado durante su proceso de escolarización.

b) El desarrollo de intervenciones de carácter extraordinario en aquellos casos que la Administración determine.

c) La colaboración en la formación del profesorado en lo relacionado con su campo, así como la promoción y difusión de experiencias eficaces en el ámbito escolar.

e) Participar en la elaboración, adaptación y difusión de los materiales, prácticas y recursos educativos específicos relacionados con la orientación educativa e intervención psicopedagógica del alumnado objeto de su actuación.

54Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

d) La recopilación, selección, elaboración y difusión de materiales específicos que incidan en la mejor atención del alumnado objeto de su actuación.

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f) Aquellas otras que determine la Administración educativa en el ámbito de sus competencias. 3.– Las funciones específicas de los equipos de orientación educativa de carácter especializado son las establecidas en la Orden EDU/283/2007, de 19 de febrero. En todo caso, para el desarrollo de estas funciones se priorizará:a)Elasesoramiento y colaboración con la comunidad educativa sobre las implicaciones que tienen las necesidades educativas del alumnado objeto de su actuación.

orientación de los centros que imparten educación secundaria obligatoria, bachillerato y enseñanzas de formación profesional, realizando las evaluaciones psicopedagógicas y, en su caso, el dictamen de escolarización, del alumnado con necesidades educativas especiales que requieran mayor grado de especialización.

d) Intervenir en aquellos casos que determine la Dirección Provincial de Educación de la provincia en que se encuentren situados.

b) Coordinar y, en su caso, colaborar en el desarrollo de las actividades de orientación educativa específicas que se implementen en los centros de su ámbito de actuación.

55Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es e) La colaboración y coordinación con otras instancias en relación con su temática específica 10.3. FUNCIONES DEL ORIENTADOR

a) Formar parte de la comisión de coordinación pedagógica de los centros docentes de atención preferente y continuada que les sean asignados, colaborando en los procesos de elaboración, evaluación y revisión del proyecto educativo.

c) Orientar en los procesos de enseñanza y aprendizaje y en la adaptación de los mismos a las diferentes etapas educativas.

g) Asesorar y colaborar con el profesorado, dentro del ámbito de sus competencias, en la elaboración, aplicación y seguimiento de los planes y programas desarrollados en el centro, especialmente con el alumnado de necesidad específica de apoyo educativo, facilitando la utilización en el

f) Asesorar y colaborar con el profesorado en el diseño, seguimiento y evaluación de la respuesta educativa que se proporciona al alumnado con necesidades educativas especiales y con altas capacidades intelectuales, así como en la valoración y seguimiento de aquellas situaciones y condiciones que dificulten el aprendizaje del alumnado por haberse integrado tarde al sistema educativo, o por situación cultural desfavorecida.

d) Colaborar en la detección temprana, prevención e intervención del alumnado que presente necesidades educativas que faciliten o dificulten el proceso de enseñanza y aprendizaje, y su adaptación al contexto escolar.

e) Realizar el informe de evaluación psicopedagógica y, en su caso, el dictamen de escolarización, en colaboración con los profesionales del centro y otros servicios educativos. Siempre que sea posible se tendrán en cuenta los informes de otros servicios externos al centro, de carácter médico, social o familiar, que aporten información relevante para la determinación de las necesidades educativas del alumno, no siendo necesario incluir una copia de los mismos al expediente. En todo caso, sólo se incorporarán al informe de evaluación psicopedagógica y al dictamen de escolarización con la autorización expresa de la familia o tutores legales.

c) Apoyar al equipo docente en aspectos del contexto sociofamiliar que influyan en la evolución educativa del alumnado.

f) Informar y asesorar sobre los sistemas de protección social y otros recursos del entorno en lo que pueda ser relevante para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo posibilitando su máximo g)aprovechamiento.Realizarlasactuaciones preventivas y, en su caso intervención, sobre absentismo escolar, abandono temprano de la educación y la formación, integración socioeducativa del alumnado, mejora del clima de convivencia y cualquier otro proyecto o programa que pueda llevarse a cabo en los centros, dentro del ámbito de sus competencias.

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h) Detectar necesidades sociales y prevenir desajustes sociofamiliares que puedan afectar negativamente en el proceso educativo del alumnado.

10.4. FUNCIONES DEL PROFESOR TÉCNICO DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD (PTSC)

h) Realizar el seguimiento de los casos evaluados para garantizar la adecuación de las medidas pedagógicas aplicadas a las características y necesidades del alumnado.

a) Dar a conocer las instituciones y servicios de la zona y las posibilidades sociales y educativas que ofrece, procurando el máximo aprovechamiento de los recursos sociales comunitarios.

e) Informar a las familias de los recursos y programas educativos y socioculturales del centro educativo y del sector donde se ubica con el objeto de mejorar la formación del alumnado y sus familias.

d) Colaborar en el fomento de las relaciones entre el centro y las familias.

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aula de técnicas de estudio, habilidades sociales y cuantas otras contribuyan a la educación integral del alumnado.

i) Asesorar a las familias o representantes legales en el proceso educativo de sus hijos y participar en el desarrollo de programas formativos de j)padres.Cualquier otra que determine la Administración educativa en el ámbito de sus competencias.

b) Colaborar en la valoración del contexto escolar y social como parte de la evaluación psicopedagógica del alumno.

i) Participar en las comisiones específicas que se articulen en función de las necesidades de organización del equipo de orientación educativa.

k) Cualquier otra que determine la Administración educativa en el ámbito de sus competencias.

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j) Coordinarse con otros servicios educativos y con los servicios sociales y sanitarios, en el marco de las funciones genéricas del equipo del que formen parte.

CAPÍTULO III: FAMILIAS Y TUTORES DE ALUMNOS FAMILIAS Y TUTORES LEGALES DEL ALUMNADO

d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos.

11.1 IMPLICACIÓN Y COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS

B. El Decreto 51/2007, de 17 de mayo, de la Consejería de Educación de Castilla y León, reconoce a las familias o tutores legales de los alumnos los siguientes derechos: Artículo 16. Derechos de los padres o tutores legales

e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.

(Disposición final primera del Decreto 23/ 2014, de 12 de junio)

A las familias o tutores legales del alumnado que cursa en el presente centro, como primeros responsables de la educación de sus hijos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo se desarrolle

11.

adecuadamente

1. Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:

a) A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad, conforme con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.

A. La disposición final primera, punto 1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece lo siguiente:

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b) A escoger centro docente tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos.

g) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.

f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.

11.2. DERECHOS DE LAS FAMILIAS

c) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

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1. Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los derechos reconocidos en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.

2. La administración educativa garantizará el ejercicio de los derechos reconocidos en el apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con los principios informadores de este Decreto, garantizará el derecho de los padres o tutores legales a: a) Participar en el proceso de enseñanza y en el aprendizaje de sus hijos o pupilos y estar informados sobre su progreso e integración socioeducativa, a través de la información y aclaraciones que puedan solicitar, de las reclamaciones que puedan formular, así como del conocimiento o intervención en las actuaciones de mediación o procesos de acuerdo b)reeducativo.Seroídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación personal, académica y profesional de sus hijos o pupilos, sin perjuicio de la participación señalada en el párrafo anterior, y a solicitar, ante el consejo escolar del centro, la revisión de las resoluciones adoptadas por su director frente a conductas de sus hijos o pupilos que perjudiquen gravemente la c)convivencia.Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, a través de su participación en el consejo escolar y en la comisión de convivencia, y mediante los cauces asociativos que tienen legalmente reconocidos.

11.3. DEBERES DE LAS FAMILIAS

A. La disposición final primera, punto 1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece lo siguiente: Como primeros responsables de la educación de sus hijos, les corresponde:a)Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase. b) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.

c) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les d)encomienden.Participarde manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.

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a) Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos o pupilos, estimularles hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su conducta.

2. La administración educativa velará por el cumplimiento de los deberes indicados en el apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con los principios informadores de este Decreto, velará por el cumplimiento de los siguientes deberes de los padres o tutores legales:

g) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa B. El Decreto 51/2007, de 17 de mayo, de la Consejería de Educación de Castilla y León, reconoce a las familias o tutores legales de los alumnos los siguientes derechos: Artículo 17. Deberes de los padres o tutores legales

b) Adoptar las medidas, recursos y condiciones que faciliten a sus hijos o pupilos su asistencia regular a clase, así como su progreso escolar.

c) Respetar y hacer respetar a sus hijos o pupilos las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del profesorado y colaborar en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

f) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.

e) Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los profesores y los centros.

1. Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, tienen las obligaciones establecidas en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio.

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3. Acudir al centro cuando sea requerido por la dirección, el tutor, el orientador o el profesor de su hijo.

2. Respetar y hacer respetar a sus hijos las normas que rigen el funcionamiento del centro.

4. Asistirán las familias en aquello que concierne a la educación de sus hijos

3. La directora celebra reuniones periódicas con la junta directiva.

C. Además se incluyen los siguientes:

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5. Facilitarán la representación y participación de las familias de alumnos en el Consejo Escolar.

7. Facilitar y colaborar con el cumplimiento de los deberes de sus hijos respecto al centro: puntualidad, aseo, orden, cuidado del material…

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2. El centro facilitará un local para reuniones y actos con fines educativos, siempre que no interfiera en la actividad docente.

5. Facilitar la información que el centro les solicite sobre sus hijos al objetivo de facilitar la labor educativa

6. Colaborar, junto con el profesorado, en la motivación y control de las actividades propuestas.

1. Participar activamente en la educación de sus hijos, siguiendo las orientaciones educativas del profesorado.

4. Asistir a las reuniones colectivas convocadas por la dirección del centro o el tutor.

11.4. AMPA La Asociación de Madres y Padres de alumnos del centro está regulada en el RD 1533/1986, de 11 de julio y sus funciones figuran en el Reglamento Orgánico de los Colegios de Infantil y Primaria (RD 83/1996, de 26 de enero)

8. Colaborar, principalmente con el tutor y el equipo de Orientación, en la mejora de la formación y rendimiento de su hijo.

Además, observarán lo siguiente: 1. Colaborará en la labor educativa del centro, fundamentalmente en actividades complementarias y extraescolares.

7. Atender y cumplir las orientaciones de carácter laboral y organizativo que la Dirección les pudiera encomendar para la buscar la mejora y optimización de su trabajo en bien del centro.

62Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CAPÍTULO IV: PERSONAL NO DOCENTE 12. PERSONAL DE LIMPIEZA Con la dependencia del Ayuntamiento, pero con funciones que afectan de manera importante a toda la Comunidad Educativa, al ser su misión básica e imprescindible para la salud e higiene del centro, sus derecho y deberes están encuadrados en el marco de su convenio laboral, por lo que el presente Reglamento solamente regula aquellos imprescindibles para una buena convivencia.

12.1. DERECHOS

1. Al respeto de todos los miembros de la Comunidad Educativa

12.2. DEBERES

1. Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa.

2. Cumplir adecuadamente su horario de trabajo, así como su convenio laboral.

4. Informar a la Dirección de cualquier anomalía que detecten en el desarrollo de su función.

5. Respetar cuanto mobiliario, material, documentación, etc. existente en el centro.

8. Garantizar el cierre de todas las puertas y ventanas del centro, apagar las luces, cerrar grifos… una vez acabada su tarea, garantizando su seguridad del centro tanto interior como exterior, de acuerdo con las indicaciones que la Dirección haya encomendado.

2. Los comprendidos en su convenio laboral

3. Dejar todas las dependencias del centro en las mejores condiciones posibles de higiene y limpieza en relación con su horario de trabajo.

6. No permitir la estancia en el centro de alumnos o grupos que no estén autorizados o no se encuentren en compañía de sus responsables.

9. Respetar y atenerse a este RRI.

2. Sus derechos y deberes profesionales están encuadernados en su convenio laboral, por lo que este reglamento solamente regula aquellos aspectos imprescindibles para una buena convivencia.

2. Los comprendidos en el convenio laboral.

13.1. DERECHOS

1. Sus funciones vendrán determinadas en el contrato que se establece la Consejería de Educación de Castilla y León con la empresa adjudicataria de este servicio, y las marcadas por la Orden de 24 de noviembre de 1994.

2. Cumplir adecuadamente su horario, así como todo lo estipulado en su convenio laboral.

1. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa, contribuyendo con todos ellos a lograr un buen funcionamiento del servicio del comedor.

3. Cuidar de las dependencias del comedor y la cocina, tanto en los aspectos del material, higiene general y de los alumnos.

13. PERSONAL DE COCINA

7. Respetar y atenerse a este RRI.

5. Se encargarán de recoger y conservar la comida testigo, de acuerdo con la normativa vigente.

6. Todos aquellos aspectos que figuren en el PEC.

1. Al respeto de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

1. Tiene una dependencia contractual y laboral con la Consejería de Educación Castilla y León, pero con funciones que afectan de manera importante a la educación, higiene, salud y bienestar de los alumnos.

14. PERSONAL DE VIGILANCIA DEL COMEDOR

13.2. DEBERES

3. Los contenidos en la Orden EDU/693/2008 que regula los comedores escolares.

4. Informar a la Dirección de cualquier anomalía que detecten en el desarrollo de su función, así como de cuantas mejoras consideren lógicas en relación al cuidado de los alumnos, procurándoles unas dietas equilibradas y suficientes.

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5. Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa, contribuyendo con todos ellos a lograr un buen funcionamiento del servicio del comedor.

4. Además de la atención al alumnado, contribuirán a la orientación en materia de educación para la salud, adquisición de hábitos sociales, y correcta utilización y conservación del menaje de comedor.

14.1. DERECHOS

14.2. DEBERES

8. Informar a la Dirección de cualquier anomalía que detecten en el desarrollo de su función, así como de cuantas mejoras consideren lógicas en relación al servicio del comedor, con su organización y

7. Cuidar de todas las dependencias del centro, especialmente de las relacionadas con el servicio del comedor, tanto en los aspectos del material, limpieza, higiene en general y de los alumnos.

3. Ante cualquier accidente sufrido por un alumno, le prestarán los primeros auxilios en el centro. Si la herida o lesión es importante o no se conoce la gravedad de esta, le trasladarán al centro médico, para ser atendido por el personal especializado. Si el accidente fuera grave, avisarán a la familia del alumno.

3. Los contenidos en la Orden EDU/693/2008 que regula los comedores escolares.

2. Los comprendidos en el convenio laboral.

2. Sus deberes y derechos profesionales están encuadernados en su convenio laboral, por lo que este reglamento solamente regula aquellos aspectos imprescindibles para una buena convivencia.

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1. Al respeto de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

1. El periodo de atención al alumnado usuario del servicio de comedor abarca desde las 14:30h hasta las 16:00h, con recreo posterior a la comida.

2. Durante los periodos de recreo, se utilizará el patio delantero del colegio, salvo que las condiciones meteorológicas lo impidan, en cuyo caso el se utilizará el propio comedor utilizando juegos de mesa.

6. Cumplir adecuadamente con su horario, así como lo estipulado en su convenio laboral.

10.Respetar y atenerse a este RRI.

1. Responsabilizarse de los alumnos a su cargo desde que son recogidos por la mañana en su parada de origen, hasta que el alumnado entra en el centro educativo. Y, desde que son recogidos en el centro por la tarde hasta que son entregados en su parada de origen.

15.2. DEBERES

4. Todos aquellos que pudieran realizar, dentro del marco de sus competencias, de acuerdo con lo establecido y acordado por la normativa del funcionamiento del transporte escolar.

EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS

1. Serán personas que, de forma voluntaria, participan en actividades extraescolares o complementarias

3. Llevar un control de los pueblos o paradas de todos los niños en ruta.

2. La Asociación de Madres y Padres del Alumnado del centro podrá contratar personal cualificado para la realización de este tipo de actividades.

5. Respetar y atenerse a este RRI.

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2. Comunicar a la Dirección del centro cualquier incidencia en la ruta del transporte y en el desarrollo de sus funciones.

1. Al respeto de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

15. PERSONAL DE TRANSPORTE ESCOLAR El personal de transporte escolar es contratado por la empresa adjudicataria de este servicio.

SOCIOCULTURALES Y MONITORES DE ACTIVIDADES

2. Los comprendidos en el convenio laboral.

15.1. DERECHOS

16. PERSONAL QUE REALIZA LABOR DE ANIMADORES

9. Todos aquellos aspectos que figuren en el PEC.

funcionamiento con especial cuidado de los alumnos, procurándoles unas dietas equilibradas y suficientes, así como un tiempo de recreo ocio que redunde en una auténtica educación integral de los mismos.

3. El centro no podrá contratar personal para la realización de estas actividades.

1. Responsabilizarse de su presencia en el centro a la hora fijada de comienzo.

2. Los comprendidos en el acuerdo o contrato con el AMPA del centro.

5. Todos aquellos que se pudieran realizar, dentro del marco de sus competencias, de acuerdo con lo establecido y acordado en el contrato de realización de las actividades.

1. Al respeto de todos los miembros de Comunidad Educativa

6. Respetar y atenerse a este RRI.

4. Comunicar a la Dirección del centro o AMPA cualquier circunstancia extraordinaria que ocurra durante su desarrollo.

4. La aceptación de este personal tendrá que contar con la aprobación del Consejo Escolar, previa presentación del programa de actividades.

16.1. DERECHOS

6. La responsabilidad de este tipo de actividades recaerá sobre la persona o personas encargadas de su realización.

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3. Atender y desarrollar las actividades programadas para el desarrollo de la actividad.

2. Recibir y atender, dentro del horario establecido estas actividades, a todos los alumnos que se incorporen al mismo según las normas establecidas.

16.2. DEBERES

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5. El centro prestará material y las instalaciones necesarias para realizar dichas actividades.

4. El centro dispone de aulas específicas para impartir clases de música, STEAM y robótica, AL, PT, a donde se trasladarán a los alumnos correspondientes.

1. El Consejo Escolar fijará anualmente las horas y condiciones en las que el centro permanecerá abierto, a disposición de la comunidad educativa.

En este apartado del RRI del centro se definen algunos criterios generales para la adquisición de nuevos materiales y recursos y para garantizar su uso de un modo correcto, así como para la organización y utilización de los diferentes espacios.

17.1. CONCEPCIÓN DEL AULA Y ESPACIOS COMUNES

17. ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS

3. El centro dispone de aulas digitales en todos los cursos de infantil y primaria con equipamiento completo (PDI, videoproyector, portátil/ordenador de sobre mesa, conexión a internet), además de contar con miniportátiles y tablets para el alumnado.

67Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CAPÍTULO V: ORGANIZACIÓN DE ESCPACIOS Y RECURSOS MATERIALES

1. Cada grupo de alumnos tendrá un aula de referencia, aunque podrá utilizar otras dependencias del centro cuando sea conveniente y las disponibilidades horarias lo permitan. Para ello, debe de comunicarse previamente a la dirección del centro.

6. Cada tutor y/o especialista velará del cuidado de las aulas y en el caso de encontrar alguna incidencia, se comunicará a la dirección del centro.

5. La utilización de aulas que cuenten con más de un profesor se encargará de su organización.

17.2. UTILIZACIÓN DE ESPACIOS Y RECURSOS FUERA DEL HORARIO ESCOLAR

Su organización se organizará a principio de cada curso académico, atendiendo a las necesidades académicas que se planteen.

2. Serán aulas de uso múltiple: la biblioteca, aula STEAM, aula de psicomotricidad, aula de música y el comedor cuando, sin perjuicio de sus usos específicos, alguna actividad concreta requiera su utilización.

68Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

✓ Adecuación: se han de procurar adecuar los espacios a las necesidades de las áreas o materias.

2. La utilización de los recursos y locales por la comunidad educativa y otros miembros del entorno social en el que el centro se basará en los siguientes aspectos.

c) Con carácter general la utilización de los locales e instalaciones del centro por personal no docente podrá recaer en dependencias tales como aulas, biblioteca o instalaciones deportivas.

d) No podrán usarse aquellas partes de las instalaciones reservadas a las tareas organizabas y jurídico administrativas del profesorado o aquellas que, por sus especiales condiciones, no aconsejen su utilización por terceros.

a) La utilización de los recursos e instalaciones y servicios del centro estarán a disposición de los integrantes de la comunidad escolar, que podrán ser utilizados según las disponibilidades horarias y previa solicitud a la dirección, teniendo siempre como referente el PEC.

e) El ayuntamiento u otras entidades socioculturales sin ánimo del curso podrán utilizar instalaciones del centro de forma periódica u ocasional previa solicitud por escrito a la Dirección del centro, quien lo comunicará al Director Provincial que será quien debe autorizarlo según lo establecido en la Orden de 20 de julio de 1995. En todo caso, su uso será siempre fuera del horario escolar.

b) Dicha utilización estará supeditada al normal desarrollo de la actividad docente y de funcionamiento del centro.

17.3. CRITERIOS DE APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS

f) Se exigirá responsabilidad por posibles abusos, roturas de las instalaciones o medios usados.

Los criterios generales para la organización de los espacios comunes del centro deben ser los siguientes:

✓ Aprovechamiento: se ha de procurar aprovechar al máximo los recursos y materiales del centro: biblioteca, aula STEAM, polideportivo…

✓ Flexibilidad, se han de potenciar los espacios para usos múltiples.

✓ Preferencia para aquellas actividades que requieran la concurrencia de cursos completos, frente a grupos más reducidos.

1. Su función esencial es considerarla como un recurso para fomentar en el alumnado hábitos de lectura y un lugar en el que dispongan de recursos para aprender más, en el que puedan encontrar información sobre lo que están trabajando. Se utilizará como sala de lectura, préstamo de libros y consulta y también para algún acto o incluso clases complementarias.

17.3.1. Biblioteca Escolar

Con independencia de los criterios generales señalados para la utilización de los diferentes espacios e instalaciones del centro, y respetando la prioridad en ellos reflejada, hay que indicar también algunas normas y criterios básicos para la utilización de espacios comunes concretos, que se señalan en los siguientes puntos:

3. Todo el profesorado podrá hacer uso de la biblioteca en horario lectivo, lo que deberá comunicar al profesor encargado que organizará el control de su distribución horaria.

✓ Preferencia de aquellas actividades directamente relacionadas con el contenido general de un área determinada, frente a aspectos parciales y particulares.

✓ Que las actividades programadas tengan prioridad sobre las actividades no programadas, teniéndose que adaptar estas últimas al horario que quede disponible.

69Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

✓ Preferencia de actividades de carácter general según lo establecido en la PGA (o con carácter extraordinario cuando se consideren de interés general) frente a actividades más específicas y esporádicas o de carácter más reducido.

✓ Agrupamiento: se deben seleccionar espacios que faciliten diversos agrupamientos (grupos flexibles, desdobles…)

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2. Un profesor se encargará de su organización durante cada curso escolar.

En cualquier caso, los criterios pedagógicos que deben de primar para la asignación de espacios solicitados por más de un miembro de la comunidad educativa serán los siguientes:

4. Se instará para que los alumnos hagan un uso adecuado y correcto del material digital.

17.3.2. Aula STEAM: E.F.F.A

e) Los alumnos reincidentes en deterioro o en extravío podrán ser sancionados con limitaciones en el uso de los libros de la biblioteca.

70Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

b) Si estás comiendo no debes entrar.

c) Colocar los libros correctamente en su posición y estantería correspondiente. d) Utiliza los libros correctamente, evitando rayarlos, doblarlos…

2. En la puerta, se expondrá un calendario para que los profesores que deseen acudir con sus alumnos se apunten. Habrá una copia en la sala de profesores.

d) Cuando del uso del libro por un alumno se derive grave deterioro o pérdida del ejemplar, deberá reponerlo por otro nuevo o, en su defecto, abandonar el importe de su valor.

a) Respeta el derecho del lector a disfrutar de la lectura guardando silencio.

3. Los alumnos deben de acudir siempre acompañados por el profesor correspondiente.

4. Los profesores que deseen formar una biblioteca temporal de aula deberán comunicarlo al responsable de la biblioteca para registrar los libros prestados.

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b) Sólo se podrán sacar en calidad de préstamos libros de lectura. Los libros de consulta se usarán para hacer trabajos o consultas en la biblioteca.

c) No se podrán realizar fotocopias en el centro de ningún libro de la biblioteca.

1. Son para uso exclusivo de profesores y alumnos.

7. Préstamoa)Todos los alumnos del centro podrán sacar libros de la biblioteca.

6. Normas para los alumnos

5. El profesor encargado registrará las entradas y salidas de los libros.

7. Al finalizar la jornada escolar, los ordenadores y cualquier recurso digital serán apagado por el último usuario que los haya utilizado.

Carretera

71Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

5. Usar los recursos digitales según las instrucciones que se den al respecto, en lo relativo a encendido, apagado, utilización de auriculares, robots…

8. Cualquier incidencia sobre su estado debe de comunicarse al profesor encargado de medios informáticos.

2. Su utilización se ajustará al horario elaborado a comienzos del curso y a las normas establecidas.

1. Las salas de profesores están destinadas a reuniones de trabajo, si bien y previa autorización de la directora, podrán destinarse para reuniones informativas con representantes sindicales, editoriales…

4. Los despachos de Dirección y Secretaria serán para uso exclusivo en atribución a las funciones encomendadas. Se accederá a ellos en el horario establecido.

1. Será el espacio dedicado a las actividades de recreo de los alumnos, a las actividades de Educación Física, así como otras que pudieran establecerse en la PGA (fiesta del colegio, actividades de gran grupo...)

3. Se vigilará especialmente que para el desarrollo de las actividades se cumplan las adecuadas condiciones de seguridad.

17.3.4. Despacho de dirección y sala de profesores

2. No podrá acceder a ellas ninguna persona ajena a este uso sin previa autorización.

17.3.5. Patios

1. Destinado para las actividades de Educación Física y Psicomotricidad, es en principio responsabilidad del profesorado de esta área establecer las normas para su correcto uso, así como del material específico que se utiliza.

6. Realizar las actividades propuestas por el profesor, absteniéndose de utilizar por iniciativa propia otros programas, accesorios o el acceso a internet.

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3. La secretaria está destinada a la gestión administrativa y a custodiar los documentos oficiales del centro.

17.3.3. Polideportivo y Aula de Psicomotricidad

18. TEXTOS Y MATERIALES DIDÁCTICOS

4. Debe fomentarse el uso correcto de las papeleras y de los contenedores de reciclaje de residuos.

5. Se comunicará a las familias, utilizando el tablón de anuncios exterior y la web del centro, la relación detallada de los libros, títulos, editoriales.

19. INVENTARIO DE AULA

4. El material digital del aula STEAM será asignado por la Consejería.

Carretera

6. El material didáctico que adquiera el centro se regulará en los presupuestos que anualmente confeccione el equipo directivo y que aprueba la directora, atendiéndose a lo marcado por la ley.

2. En horario escolar permanecerán cerradas las puertas de entrada desde la calle.

3. Seleccionados los textos y material escolar, la relación figurará en las Programaciones Didácticas.

2. La secretaria será la encargada de mantener actualizado el inventario general del centro.

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1. Los textos y materiales didácticos que se utilicen en el centro deberán estar autorizados por el Ministerio de Educación o por la Consejería de la Educación de Castilla y León.

1. La secretaria del centro facilitará a los docentes, al finalizar el curso un inventario de su aula, que será revisado por el maestro. Una copia actualizada se entregará en secretaria cuando finalice el año.

5. Un día a la semana y de forma rotatoria, se hará el día sin futbol

3. El material de aula se considerará como perteneciente a dicha aula o al grupo de alumnos que en ella reciben clase y deberá ser intercambio de forma que se ha utilizado por todos los grupos de alumnos que lo necesiten.

2. Los libros y material escolar de uso individual serán adquiridos por los alumnos.

3. El claustro elaborará normas de utilización de los espacios del patio para el recreo, así como turnos de utilización de las canchas deportivas que más demanden los alumnos.

20.

21. HORARIO DE CLASES

1. Durante los meses de octubre a mayo, la jornada se repartirá en sesiones de mañana de 9:30h a 14:30h 2. Esta jornada se repartirá en cinco sesiones separadas por recreo de 12:00h a 12:30h. Las sesiones se distribuirán de la siguiente manera: 1ª Sesión→9:30h a 10:30h.

3. En el mes de septiembre y junio será en horario de 9:30h a 13:30h, quedando las sesiones de la siguiente manera: 1ª Sesión→9:30h a 10:15h. 2ª Sesión→ 10:15h a 11:00h 3ª Sesión→ 11:00h a 11:30h 4ª Sesión→12:00h a 12:45h 5ª Sesión→12:45h a 13:30h El recreo durante los meses de septiembre y junio será de 11:30h a 12:00h

2ª Sesión→ 10:30h a 11:30h 3ª Sesión→ 11:30h a 12:00h 4ª Sesión→12:30h a 13:30h 5ª Sesión→13:30h a 14:30h

1. Será el que fije la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y león para cada curso escolar y que se publicará en el BOCYL, Se tendrá en cuenta también el calendario de fiestas laborales publicado en el citado boletín.

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Carretera

2. Cualquier modificación del calendario, deberá contar con la aprobación del Consejo Escolar y la dirección Provincial.

74Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 22. MEDIDAS Y ACTUACIONES PARA LA RECEPCIÓN DE ALUMNOS AL COMIENZO DEL CURSO Y LOS NUEVOS QUE SE INCORPOREN.

• Potenciar el apoyo a estos alumnos/as para favorecer el dominio lingüístico de nuestro idioma, mejorando su rendimiento y realizando un seguimiento secuenciado de su aprendizaje.

• Favorecer el proceso de adaptación e integración social y educativa del alumnado de nueva escolarización, así como la de sus familias en la Comunidad Educativa.

El centro escolar es uno de los elementos integradores más importantes de que van a disponer las familias y, teniendo en cuenta que la llegada a una realidad nueva siempre es compleja y estresante, es necesario establecer una serie de medidas y actuaciones para la recepción del alumnado tanto los que se incorporan al inicio de curso como en el transcurso de éste y favorecer la adaptación de los nuevos alumnos a su nueva realidad.

• Fomentar la responsabilidad, el respeto y la ayuda del resto de los alumnos/as y profesores hacia los recién llegados para que conozcan el ámbito escolar, los hábitos y normas básicas para conseguir su integración de forma satisfactoria.

Nuestro centro está experimentando un aumento significativo de alumnado inmigrante, de minorías y de familias socioeconómicamente desfavorecidas.

OBJETIVOS:

• Prevenir las dificultades de aprendizaje anticipándose a ellas así como encauzar las ya existentes evitando el fracaso y la inadaptación escolar.

• Garantizar la escolarización del alumnado perteneciente a minorías étnicas o culturales y con situaciones de desventaja sociocultural en los mismos términos que el resto del alumnado.

El proceso de adaptación es especialmente difícil para los alumnos que muestran una acusada diversidad cultural, por sus diferentes normas y valores, pautas de interacción y convivencia y desconocimiento del castellano. Por eso es fundamental que exista una actitud positiva hacia el nuevo centro de acogida y que éste tenga una acogida adecuada a las características del nuevo alumno/a.

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• Descubrir las primeras normas y hábitos. Estos objetivos sirven a su vez para formular finalidades más concretas: Objetivos didácticos:

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• Observar, explorar y participar en el propio entorno del centro.

• Adquirir los primeros hábitos de higiene y autonomía personal.

• Crear un clima afectivo y de seguridad en el alumnado estableciendo en el aula un ambiente ordenado y acogedor que favorezca la interrelación en el grupo.

• Potenciar la participación del alumnado desfavorecido e inmigrante en las actividades del centro (extraescolares, complementarias...)

• Utilizar formas de saludo y de despedida.

• Conocer el nuevo espacio (dependencias, materiales…)

• Descubrir, conocer y controlar progresivamente el propio cuerpo.

• Adaptarse a dicho espacio y a su realidad.

Conseguir que los niños se integren, participen y disfruten del ambiente escolar será la tarea principal durante el desarrollo del periodo de adaptación. Familia y maestros tenemos un papel muy importante en la consecución de este objetivo común. Objetivos generales:

• Lograr una integración en el centro y la aceptación de la separación de sus familiares.

• Conocer a nuevos compañeros y a sus maestros (a través del nombre).

• Identificar y diferenciar las principales dependencias en las que interactúa.

• Impulsar la participación de las familias de “nueva acogida” en el funcionamiento del centro: Consejo Escolar, AMPA, actividades extraescolares y reuniones de padres con el profesorado.

• Aceptar de forma positiva la separación de sus familiares.

• Conocer al otro (identificando a los diferentes compañeros).

22.1. MEDIDAS Y ACTUACIONES PARA LA ETAPA DE INFANTIL

• Actuar de forma cada vez más autónoma en sus actividades habituales.

• Relacionarse en núcleos cada vez más amplios.

• Relacionarse con los compañeros a través del juego y disfrutar de esos momentos.

• Actividad libre y juego. Metodología:

• Los materiales y su uso (conocimiento progresivo).

Así los contenidos a trabajar serán:

LosContenidos:contenidos a trabajar estarán directamente relacionados con el área de “conocimiento de sí mismo y autonomía personal”, pero como en esta edad el aprendizaje es globalizado, todos los contenidos estarán relacionados con los diferentes ámbitos de experiencia que se marcan en el currículo.

• Espacios y rincones de aula.

• Se desarrollarán numerosos momentos de juego.

• Habilidades motoras.

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• Las necesidades individuales.

• Crearemos un ambiente de seguridad y confianza en el aula.

• Estableceremos hábitos y rutinas que ayuden a organizar y dar equilibrio a la actividad del alumno.

• Las actividades serán planteadas para que los niños pueda ir dando respuesta a las mismas de forma autónoma y así sentirse seguro.

• Conceder la atención necesaria a cada alumno en los diferentes momentos y situaciones para darle seguridad.

• El aula y las cosas que hay en ella.

• Pautas, normas y actividades propias del funcionamiento del grupo.

• Personas directamente relacionadas con el centro. La maestra y los compañeros /as.

• Favoreceremos una dinámica lúdica, divertida y atractiva para el niño.

• Adaptarse y responder adecuadamente a las primeras normas (permanecer sentado, escuchar…)

• Otras dependencias y estancias del centro.

• Disfrutar de su participación progresiva en las actividades programadas.

• Se garantizará la atención individualizada a cada niño /a para favorecer un vínculo positivo y dar seguridad al alumno en este periodo.

• Adaptaremos las actividades y el horario para cubrir las necesidades de los niños de 3 y 4 años (al estar agrupados).

el respeto, por parte de las familias, de dicho horario para que el proceso de adaptación sea óptimo y ordenado. El horario se fija determinando los días y el horario para los dos grupos; que (a su vez) irán rotando. Así, un grupo determinado, un día acudirá en el horario correspondiente al primer grupo y al día siguiente en el horario que corresponda al segundo turno y viceversa.

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• Habrá una flexibilización en los tiempos y las actividades (según los intereses y necesidades del alumno)

• Comenzar a expresar al adulto y a sus iguales sus propias necesidades.

EntenderemosEvaluación: que el niño ha superado este periodo cuando sea capaz de:

• Desarrollar una autonomía cada vez mayor.

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• Mostrarse confiado y más seguro.

• Establecer relaciones sociales y afectivas con el adulto y con sus iguales.

Para la adaptación seguiremos los siguientes aspectos: - Asistirán todos los alumnos/as al centro, todos los días.

Los alumnos serán divididos en 2 grupos que irán modificándose para que vayan conociéndose todos los compañeros de nuevo ingreso en el Elcentro.horario será más reducido pero se irá aumentando progresivamente una hora más cada periodo establecido. Así procuraremos ir metiéndoles, poco a poco, en nuevas rutinas (entradas, almuerzos, recreo, salidas…) para que vayan acostumbrándose poco a poco al ritmo normal del centro. Ambos grupos irán cambiando el turno (entre ellos) para que las horas de entrada y salida no sean siempre las mismas y exista, por lo tanto, mayor igualdad. El horario será flexible y se perseguirá la adaptación óptima de todos Esellos.necesario

• Participar y empezar a cumplir normas y rutinas.

• El Equipo Directivo atenderá a la familia con tiempo suficiente para el adecuado intercambio de información, este contacto debe ser acogedor y colaborador puesto que puede marcar el futuro la relación familiaescuela.

• Se realizará una entrevista del Tutor con la familia para informarles no sólo del funcionamiento del centro sino de la propia aula.

• La presentación del alumno en clase se realizará por parte del tutor a todos los compañeros del aula de la manera más natural y explicando su situación.

• El Equipo directivo decidirá sobre la adscripción del alumno al curso teniendo en cuenta la valoración del EOE correspondiente.

• En principio, se ha de considerar para cada alumno su edad, los aprendizajes previos, el conocimiento de la lengua, escolarización anterior y su desarrollo evolutivo. Se ha de tener en cuenta que en un grupo de edad homogéneo es más fácil la socialización y que la relación con los iguales facilita la adquisición de las pautas de comportamiento.

• Si el desfase en los conocimientos es demasiado grande, se ha de valorar la adscripción a un nivel por debajo de su edad. En este caso, se realizará un seguimiento para sopesar la posibilidad de readscribir al alumno/a al nivel correspondiente a su edad.

• Sería conveniente situar al alumno/a cerca del profesor/a, con una buena visibilidad de este y de la pizarra.

• Adaptarse progresivamente a los ritmos de la escuela.

22.2.

• Respetar a los demás. Como seguimiento y evaluación de este periodo utilizamos la observación directa dentro y fuera del aula, las anotaciones al respecto, la información dada por las familias; así como el registro de información de los padres/ madres de los alumnos. MEDIDAS Y ACTUACIONES PARA LA ETAPA DE PRIMARIA Medidas:

78Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

• Observación inicial del alumno: Es conveniente que durante el primer mes el tutor observe y valore una serie de comportamientos escolares en el alumno inmigrante para facilitar que el alumno pueda demostrar todo aquello que sabe, lo que desconoce y en lo que necesita ser Aorientado.ctuaciones: REGISTRO DE OBSERVACIÓN DE COMPORTAMIENTOS ESCOLARES NORMAS DE CONDUCTA SI NO Hace uso correcto de los espacios comunes Sube y baja las escaleras con tranquilidad Respeta el material de los demás y el común de Haceclase uso correcto de los servicios Viene al colegio correctamente Cumple los horarios HÁBITOS DE CONVIVENCIA CONSECUCIÓN Y RELACIÓN SI NO Juega o se relaciona con otros compañeros en la zona de recreo y respeta las normas del juego Acepta que le propongan participar en grupos Busca estar solo o aislado Busca solo la compañía de compañeros de su propio país o idioma Adopta actitudes agresivas Es básicamente pasivo o asertivo Es aceptado por los compañeros Se muestran dispuestos a ayudarle

• Se realizarán actividades de presentación para romper el hielo como Juegos de Presentación: “rueda de saludos”, “telaraña”, “pelota caliente”, actividades de conocimiento y comunicación, etc.

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HÁBITOS DE TRABAJO EN EL CONSECUCIÓN AULA SI NO Sabe dónde está el material Lleva todo el material individual necesario Es cuidadoso con el material Sabe dónde tiene que colocarse en cada Seactividadsienta correctamente Molesta a los compañeros Es molestado por los compañeros Manifiesta interés por el trabajo Acaba siempre el trabajo Pide ayuda si la necesita ¿Elude hacer el trabajo si el profesor no le presta especialEvaluaciónatención inicial del alumno/a Resulta imprescindible una evaluación inicial desde la cual comenzar a diseñar nuestro plan de actuación, así como establecer un período de adaptación para detectar las carencias reales que presenta el alumnado estableciendo un clima de confianza que favorezca la autoestima y generando la suficiente seguridad que permita mostrar el bagaje cultural que posee (conocimientos, competencia lingüística, hábitos, estrategias y habilidades sociales).

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80Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

Le animan a jugar y/o participar en sus Hanactividadesadoptado una actitud inicial de acogida pero se cansan con rapidez Han aparecido actitudes de indiferencia, rechazo, discriminación o racismo?

1. Los alumnos que desconozcan el español, total o parcialmente, serán incluidos en un programa de inmersión lingüística que desarrollará el profesorado de apoyo en colaboración con el tutor y profesorado de Seárea.realizará prioritariamente fuera del aula respetando, en la medida de lo posible, la participación del alumno en áreas que favorezcan su integración y socialización (Educación Física, Educación Artística,).

a. Con desfase curricular significativo (dos o más años respecto a su nivel de escolarización), necesitará Adaptación Curricular Individualizada que elaborará y pondrá en práctica el tutor en colaboración con el profesorado de apoyo. Las sesiones de apoyo se realizarán prioritariamente dentro del aula. En el caso de ser necesario el apoyo fuera del aula se respetará la participación del

Decisiones de intervención educativa

En un primer momento, será el tutor quien realizará la valoración inicial de las competencias del alumno. Si el alumno/a presenta un desfase curricular significativo se solicitará la evaluación del E.O.E. Es conveniente realizar este proceso de una manera secuenciada:

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2º. Establecer el nivel de competencia curricular del alumno mediante pruebas secuenciadas y adaptadas a la realidad que presenta, en función de su competencia lingüística y el nivel de escolarización en su país de origen. Contará con la colaboración del profesorado de apoyo especialista del centro.

1º. Establecer su competencia lingüística.

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Carretera

Esta evaluación inicial será el punto de partida para la elaboración del Plan de Actuación Individual y, si fuese preciso, las Adaptaciones Curriculares.

Para establecer el nivel de competencia curricular se podrán utilizar materiales de apoyo recogidos en el Plan de Acogida en centros para el alumnado extranjero de la Junta de Castilla y León, además del material propuesto por el Centro de Recursos de Educación Intercultural (CREI), como por ejemplo fichas de competencia curricular en determinados idiomas (árabe, chino, rumano y búlgaro) en todos los cursos de E. Primaria.

2. Los alumnos con dominio del español (medio, alto) y desfase curricular en diferente grado:

Son un recurso costoso, por lo que debemos tener en cuenta algunas normas de uso: 1. Las PDI deberán deben ser utilizadas con el dedo (pulsando, nunca golpeando) o sus punteros propios (evitando su caída al suelo)

CCP del curso se informará a los profesores de la existencia de este plan. En la última se valorará la aplicación del mismo durante el curso escolar y las posibles modificaciones a realizar.

23.1 PIZARRAS DIGITALES (PDI)

• Al finalizar el curso escolar habrá que realizar una evaluación final del proceso en el que se ha visto inmerso nuestro alumnado.

b. Con desfase curricular inferior a dos años respecto a su nivel educativo. Precisarán un Refuerzo Educativo elaborado y puesto en práctica por el tutor, profesores (preferiblemente pertenecientes al Ciclo) y profesorado de apoyo, según disponibilidad horaria.

• Será fundamental realizar una evaluación continua a lo largo del curso de forma conjunta con el profesorado con el fin de ir reajustando las decisiones adoptadas. Para ello, además del tradicional boletín de calificaciones se podrá elaborar un informe de seguimiento trimestral que de forma cualitativa recoja los objetivos propuestos y el grado de consecución de los mismos.

DelEnPlanlaprimera

Seguimiento y evaluación Del alumnado.

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• Para comenzar, se llevará a cabo una evaluación inicial del alumnado, con el objetivo de poder establecer las medidas educativas más adecuadas, según sus necesidades y determinar su nivel de competencia curricular desde la cual comenzar a diseñar nuestro plan de actuación

23. NORMAS DE USO Y CUIDADO DE LOS RECURSOS DIGITALES

alumno en áreas que favorezcan su integración y socialización (Educación Física, Educación Artística...).

3. Es necesario mantener limpia la lente para obtener la mayor calidad posible, utilizando un paño suave y seco que no deje pelusa y se pasará con mucho cuidado para retirar el polvo o huellas de dedeos.

4. Las partes exteriores se pasarán con un paño limpio y seco y nunca con limpiadores abrasivos que puedan rayar el videoproyector.

22.3. ORDENADORES PORTÁTILES/SOBRE MESA

83Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

2. Al apagar el videoproyector continuará funcionando el ventilador durante un tiempo. Este proceso es normal y no debe interrumpirse.

6. El control del mando a distancia corresponde al profesorado, que se asegurará de su encendido y apagado correcto.

1. Si el videoproyector no se está utilizando es obligatorio tenerlo apagado, la lámpara tiene una vida útil limitada.

1. El equipo de profesores que imparte docencia en la misma aula debe llegar a un acuerdo sobre la configuración normalizada de los ordenadores y sobre quién puede cambiar dicha configuración y bajo qué circunstancia, procurando que todo el software instalado sea para trabajar con ellos, pues demasiado programas ralentizan su uso.

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5. El cambio de las lámparas deberá realizarlo el personal con experiencia en estas tareas.

2. Este ordenador podrá tener prevista la configuración de varios perfiles de usuario (tutor, especialistas…)

4. Su limpieza se realizará con un paño suave y producto específico.

Carretera

22.2. PROYECTOR

3. Se instalarán programas de origen conocido y se analizarán todos los dispositivos de memoria que se conecten.

4. El ordenador del aula es responsabilidad del tutor, aunque no implica que sea su único usuario. En caso de averías derivará al coordinador TIC del centro los fallos que se detecten para su reparación por el servicio del mantenimiento del centro.

5. El lapicero debe ser graduado, tras su uso, siendo accesible el mismo a los especialistas que entren en el aula.

3. Nunca utilizar otro elemento que marque o raye.

2. Si no se alcanza a la zona superior, nunca saltar o golpear.

6. Se guardará el mini pc en el armario de carga debidamente cerrados y conectados a su cargador y en el espacio que tiene asignados en dicho armario y numerado.

3. Serán recogidos y guardados por el alumnado, según el criterio que el profesorado considere más adecuado, evitando aglomeraciones.

5. Cuantas menos cosas se tengan encima de la misma, mejor.

8. Cuando no se utilicen los mini pc deberán estar siempre en el armario evitando caídas o golpes.

2. Los miniportátiles se utilizarán cuando el profesor lo autorice y solamente en cado de tareas educativas y relacionadas con los contenidos a trabajar en clase.

10.En el caso de llevárselo a casa, el alumnado deberá traerlo al centro completamente cargado.

Carretera

1. Existirá una identificación y asignación unívoca entre un alumno y su portátil.

6. Todos los trabajos de alumnos y profes se guardarán en la plataforma de TEAMS, en el escritorio de los equipos debemos evitarlo.

23.4. MINIPORTÁTILES

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4. Para su uso, se puede realizar de dos formas: en la propia aula STEAM cogiendo el material digital de los armarios de carga, o bien el transportarlos a sus aulas, pero teniendo en cuenta que el transporte desde el puesto del alumno al armario de carga o viceversa siempre se realizará con la tapa cerrada, sujeto con las dos manos y extremando el cuidado, así como cuando éste está situado en la mesa.

7. El armario deberá permanecer conectado a la red eléctrica y a la de datos si se desea utilizar el acceso a la red del centro e internet, ya que integra a la wifi del aula.

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5. Poner cuidado en el uso. No rayar pantallas, no forzar puertos USB… El seguro no se hace cargo si en los equipos han cambiado las piezas originales.

9. Cuando la clase esté varía la puerta del armario deberá estar cerrada y la llave custodiada por algún profesor hasta ser entregada a a la dirección del centro.

23.6. USO DE TELÉFONO MÓVIL/CÁMARA DE FOTOS POR PARTE DEL ALUMNADO Está prohibido (salvo excepciones) y será requisado inmediatamente para el profesorado al cuidado del alumno o de la actividad siguiendo las siguientes de dos compañeros del alumno se le pedirá que apague el teléfono (o cámara de fotos/video) y extraiga tanto la tarjeta SIM como la tarjera SD y la batería del dispositivo si la tuviera, que quedarán en posesión del alumno. Así, éste hará entrega al profesor del dispositivo, sin modo alguno de acceso al mismo, que quedará bajo el custodio del equipo directivo hasta que sea recogido por la familia.

• Las tablets Windows se cargarán siempre después de su uso.

2. Todas las fotografías o vídeos serán realizados por el profesorado del centro, previa autorización expresa de la familia o tutor legar.

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• Se conectarán al armario de carga de tablets correspondiente a su número adjudicado.

11.Todas las páginas que se visiten, así como los programas utilizados, podrán ser controlados por el tutor a través del software de control de 12.aula.Encaso de fallo, se comunicará al profesor tutor que derivará al coordinador TIC del centro, de los fallos técnicos a fin de su solución por el soporte técnico de los miniportátiles.

directrices:1.Enpresencia

23.5. TABLETS

• En las tablets, los alumnos podrán descargar aplicaciones, sólo con la autorización del profesor.

• El centro tiene auriculares, con la posibilidad de uso individual o por parejas a través de una clavija

85Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

El centro está dotado con tablets Android.

Caso excepcional: Solicitud expresa y justificada por parte de la familia o tutor del uso del teléfono móvil por parte del menor, motivada por situación de fuerza mayor y de manera puntual. Dicho uso, en caso de tener que producirse dentro de las dependencias del centro escolar, se realizarán en privado y bajo la supervisión (no presencia) del

24. PLAN DE EVACUACIÓN DEL CENTRO

INSTRUCCIONES

PARA LA EVACUACIÓN DE EMERGENCIA DEL CENTRO

3. Por parte de todo el personal del centro, se procurará no incurrir en comportamientos que puedan detonar precipitación o nerviosismo, en evitación de que esta actitud pudiera transmitir a los alumnos, con las consecuencias negativas que ello llevaría aparejadas.

2. Cada profesor, en su aula, organizará la estrategia de su grupo designado a los alumnos más responsables para realizar funciones concretas, como cerrar ventanas, contar a los alumnos, controlar que no lleven objetos personales…

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1. Cualquier persona que detecte una situación de emergencia, avisará inmediatamente al equipo Directivo para que éste dé la alarma, abra y fije ambas puertas de acceso al centro.

1. Cada profesor se responsabilizará de controlar los movimientos de los alumnos a su cargo, de acuerdo con las instrucciones recibidas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de protección jurídica del menor, relativo al derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. El centro pide autorización a las familias para la utilización y difusión de imágenes del citado alumno pertenecientes a su participación en actividades del colegio y con finalidades propias de la vida escolar (orlas, pagina web, memorias fotográficas, noticias del colegio, redes sociales…) Así como, la toma de imágenes a otras familias en las celebraciones escolares.

24.1. INSTRUCCIONES GENERALES

2. La señal de alarma serán tres toques secos de la sirena, a ella se le sumará el silbato y además se avisará de viva voz.

24.2. INSTRUCCIONES GENERALES PARA EL PROFESORADO

Carretera

tutor o un miembro del equipo directivo. Si su uso no es imprescindible dentro del centro escolar, el teléfono permanecerá oculto y será requisado en las condiciones anteriormente indicadas en el caso de que el alumno no cumple con esta norma 23.8. USO DE CÁMARA DE FOTOS Y VÍDEO POR PARTE DE LAS FAMILIAS.

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3. En caso de existir alumnos con dificultades motóricas, el profesor correspondiente facilitará la evacuación de estas personas.

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2. Los alumnos con dificultades motóricas serán evacuados antes de la señal de alarma. De estos alumnos se harán cargo los especialistas PT y AL, o en su caso, el profesor que estuviera con él.

6. Cada profesor se reunirá fuera del recinto del centro (aparcamiento) con el grupo con el que en ese momento estuviera, ocupándose de que los alumnos permanezcan agrupados y comprobando que no falta ninguno. En caso contrario, lo pondrá en conocimiento al Equipo Directivo.

1. Cada grupo de alumnos deberá actuar siempre de acuerdo con las indicaciones de su profesor y en ningún caso deberá seguir iniciativas propias.

3. Los alumnos a los que se haya encomendado por su profesor funciones concretas se responsabilizarán de cumplirlas y de colaborar con el profesor en mantener el orden del grupo. No recogerán sus objetos personales, con el fin de evitar obstáculos y demoras.

4. Los alumnos que al sonar la señal de alarma se encuentre en los aseos o en otras dependencias anexas, en la misma planta de su aula, deberán incorporarse con toda rapidez a su grupo. En caso de que se encuentre el alumno en planta distinta a la de su aula, se incorporará al grupo más próximo que se encuentre en movimiento de salida.

4. Con varios días de antelación a la realización del simulacro, cada tutor informará a sus alumnos de los pormenores y objetivos de este ejercicio y se les explicarán las instrucciones que deberán seguir.

5. Todos los movimientos deberán realizarse con diligencia, pero sin correr, sin atropellarse, sin adelantar, y sin empujar a los demás. Ningún alumno deberá detenerse durante el recorrido ni junto a las puertas de salida.

6. Los alumnos circularán por la derecha en fila de uno tanto por la escolarea como por los pasillos.

5. El profesorado se responsabilizará al máximo del comportamiento de los alumnos que en ese momento estén a su cargo con objeto de evitar accidentes de personas y daños en el edificio.

24.3. INSTRUCCIONES ORIENTATIVAS PARA EL ALUMNADO

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88Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

• Decreto 26/2016, de 21 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla Y león.

• Llevar un registro de datos de los alumnos.

10.En ningún caso, el alumno deberá volver atrás con el pretexto de buscar hermanos menores, amigos u objetos personales…

Por esta normativa queda regulado el procedimiento para la evaluación y recuperación de los alumnos de Educación Infantil y Educación Primaria, que garantizan que su rendimiento escolar será evaluado conforme a unos criterios objetivos.

• Orden Edu/1951/2007, de 29 de noviembre sobre la evaluación en Educación Infantil y Primaria

11.En todo caso, los grupos permanecerán siempre unidos, sin disgregarse ni adelantar a otros, incluso cuando se encuentren en los lugares exteriores de concentración previamente incluso, con objeto de facilitar al profesor el control de los alumnos.

7. Los alumnos deberán realizar la evacuación en silencio y con sentido del orden y ayuda mutua.

• Dar a conocer a priori a los niños los objetivos principales a alcanzar en cada momento que se evalúa.

Carretera

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25. EVALUACIÓN Y SISTEMAS DE RECUPERACIÓN

8. Los alumnos deberán realizar esta práctica de evacuación respetando el mobiliario y equipamiento escolar y utilizando las puertas con el sentido de giro para el que están previstas.

9. En el caso de que en las vías de evacuación exista algún obstáculo que durante la evacuación dificulte la salida, será apartado por un profesor, si fuera posible, de forma que no provoque caídas de las personas o deterioro del objeto.

25.1. NORMAS REGULADORAS PARA LA EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS ALUMNOS ALUMNOS

1. El informe individualizado recogerá aquellos aspectos relevantes sobre su proceso de aprendizaje y socialización, las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa que hubieran sido aplicadas, y otros aspectos que, a juicio del tutor, resulten de interés para el progreso general del alumno. Dicho informe se realizará al finalizar cada curso.

La evaluación en el centro será continua y tendrá un marcado carácter formativo y orientador del proceso educativo, proporcionando una información constante que permita introducir variaciones que puedan mejorarlo. Se desarrollará de forma sistemática a lo largo de cada curso y valorará objetivamente al alumno de forma global.

89Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

de aprendizaje

• Dar cumplida información a las familias del rendimiento de sus hijos, incluyendo las faltas de asistencia. Informe individualizado de Informeaprendizaje.individualizado

25.2. LA 25.2.1.EVALUACIÓNCriterios generales

2. Cuando el alumno que finaliza la etapa cambie de centro para cursar las enseñanzas de educación secundaria obligatoria, el informe individualizado de aprendizaje se adjuntará al historial académico de la Educación Primaria y será remitido, antes del inicio del curso escolar, al director del centro donde el alumno continúe sus estudios.

• Entregar las pruebas escritas a los alumnos después de corregirlas, para un posteriori revisión en común.

Los maestros evaluarán a los alumnos teniendo en cuenta los objetivos específicos y los conocimientos adquiridos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje que determine la norma que establece el currículum de la educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León, que serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias. Utilizar instrumentos de evaluación variados: pruebas escritas, orales, observación directa, fichas de seguimiento…

Este proceso implica la realización de una exploración inicial y de un programa de recuperación de los alumnos con dificultades de aprendizaje.

• Al finalizar el curso. Los boletines de notas serán firmados por las familias y devueltos al tutor, salvo al final del curso, que quedarán en poder de las familias.

• Casos particulares analizados y medidas adoptadas.

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25.2.2. Calendario Los competentes del equipo de evaluación se reunirán trimestralmente con el fin de evaluar los aprendizajes de los alumnos.

• Antes de las vacaciones de navidad.

• Antes de las vacaciones de semana santa.

• Valoración de los resultados.

El equipo de profesores, al comienzo de curso, acordara la valoración que corresponda a los conceptos, procedimientos y actitudes en cada una de las áreas.

• Valoración de la práctica docente.

Esta información se pasará a los boletines informativos y posteriormente se entregará a las familias de los alumnos a excepción de los casos en que el tutor considere necesaria una entrevista personal con las familias. Dichos informes se realizarán tres veces al año, en los periodos siguientes:

25.4. TAREAS COMPLEMENTARIAS Una de las grandes preocupaciones del claustro de maestros la constituye la creación de hábitos de estudios en nuestros alumnos. Por ello, consideramos conveniente que los alumnos dediquen un tiempo prudencial en casa para la realización de tareas y/o estudio. Dichas tareas o deberes persiguen dos objetivos:

25.2.3. Sesiones de evaluación Aspectos que tratar en las sesiones de evaluación:

• Análisis del grupo.

25.3. ATENCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS CON RETRASO EN EL APRENDIZAJE Para aquellos alumnos con retraso en su aprendizaje, se programarán actividades de apoyo y refuerzo, referidas a los niveles básicos, que se realizarán principalmente en el horario lectivo. No obstante, se podrá mandar tareas de refuerzo para hacer en casa.

25.6. MECANISMOS DE EVALUACIÓN

25.5. CRITERIOS PARA LA ATENCIÓN DE LOS ACNEAES

3. Tienen carácter obligatorio para todos los maestros que impartan clase al nivel que se va a evaluar.

5. Después de cada sesión de evaluación, los tutores realizarán el acta correspondiente y harán entrega de la misma en la dirección del centro.

1. Las sesiones de evaluación se programarán al principio de curso y se incluirán en la PGA.

Así mismo, programarán las actividades que estos alumnos realizarán en los periodos lectivos. Estas actividades irán encaminadas a trabajar los aspectos madurativos del alumno y las técnicas instrumentales básicas.

Los ACNEAES recibirán una atención directa por parte del especialista de Pedagogía Terapéutica (PT) o del especialista de Audición y Lenguaje (AL) que trabajarán según las indicaciones de su ACI.

91Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es • Reforzar hábitos de trabajo y estudio. • Reforzar aprendizajes básicos.

2. Cada tutor ejercerá la función de coordinador en la evaluación de su grupo de alumnos.

25.7. PROMOCIÓN En educación Infantil, se efectuará la promoción automática, salvo casos muy excepcionales y teniendo en cuenta la normativa al respecto.

4. Previamente se habrán entregado las notas a los tutores correspondientes con el fin de dedicar el tiempo de la sesión de evaluación a debatir los temas propios de evaluación.

En Educación Primaria, al término de cada curso, y como consecuencia del proceso de evaluación, se decidirá acerca de la promoción de los alumnos al curso o etapa siguiente, realizando una estimación global del avance de cada alumno en la consecución de los objetivos de la etapa y de los objetivos y criterios de evaluación establecidos en las diferentes áreas.

Las adaptaciones curriculares las realizarán el tutor en colaboración con el EOE, pero si la adaptación curricular es de aplicación en áreas impartidas por especialistas de inglés, EF, Música, ésta la elaborará el especialista con competencia en dicha materia.

• Criterio legal. Como la decisión de que un alumno permanezca un año más en el mismo curso sólo se podrá adoptar una vez a lo largo de la educación primaria, los alumnos que hayan permanecido un año más en un curso, promocionaran al curso o etapa siguiente, aún cuando no hayan conseguido los objetivos de este.

• Criterio pedagógico o de madurez. Los alumnos que hayan alcanzado objetivos y el desarrollo de las competencias correspondientes a las áreas del currículo y un adecuado grado de madurez accederán al curso o etapa siguiente. Igualmente, podrán acceder al curso o etapa siguiente cuando los aprendizajes alcanzados no impidan seguir con el aprovechamiento del nuevo curso.

• Complementariedad de los criterios. Debido al carácter global de la evaluación en esta etapa educativa, los profesores del centro no utilizarán como único criterio de promoción el número de áreas o

• Criterios numéricos. Los alumnos de educación Primaria pueden promocionar al curso o etapa siguiente con un máximo de DOS materias evaluadas negativamente.

La decisión de que un alumno promocione o no al curso o etapa siguiente tendrá en cuenta, por un lado, el grado de dominio conseguido en los contenidos específicos del área o materia, y por otro lado, el desarrollo alcanzado por el alumno en las capacidades que necesita para continuar con aprovechamiento de su proceso de enseñanza en el curso o etapa siguiente.

92Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

25.7.1. La decisión de promoción: criterios y aplicación La decisión sobre la promoción del alumnado se hará en base a los siguientes criterios:

La decisión de que un alumno permanezca un año más en Educación Primaria sólo podrá adoptarse una vez a lo largo de la etapa. Los ACNEES podrán de forma excepcional y previa autorización permanecer un año más en la etapa de primaria, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.

El equipo de maestros que imparte clase al alumno decidirá sobre la promoción de este, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor. También estarán asesorados por el EOE para tomar la decisión de promoción o no al curso o etapa siguiente.

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2. El dominio conseguido de los contenidos básicos del curso: en las materias instrumentales de lengua y matemáticas.

3. La actitud positiva del alumno y el esfuerzo empeñado por progresar en el aprendizaje, superar las dificultades y corregir los errores.

• La decisión de promoción o no de un alumno con DOS áreas o materias del curso evaluadas negativamente se adoptarán teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

1. El nivel de desarrollo alcanzado por el alumno en lo concerniente a las capacidades necesarias para poder seguir el ritmo del grupo o progresar en los estudios del curso o etapa siguiente.

• Alumnos con TRES O MÁS materias o áreas del curso evaluadas negativamente y que no estén repitiendo curso, no promocionarán al curso o etapa siguiente.

4. La oportunidad de la repetición para lograr una mayor solidez en los aprendizajes básicos, teniendo en cuenta el momento evolutivo del alumno y la limitación a una sola vez de la posibilidad de repetir en Educación Primaria.

Cuando la evaluación haya sido positiva en todas las áreas o materias, el alumno promocionará al curso o etapa siguiente. En los documentos de evaluación se recogerán las calificaciones que hubiere obtenido. En el caso en que el alumno no hubiere obtenido evaluación positiva en alguna de las áreas o materias, los profesores decidirán sobre la promoción de acuerdo con las siguientes reglas:

APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE PROMOCIÓN

5. La conveniencia de la separación del alumno de grupo, con las repercusiones positivas o negativas, que esta medida pueda ocasionar, se planteará según la inclusión de los alumnos en el grupo.

• Alumnos con UNA materia evaluada negativamente, promocionarán al curso o etapa siguiente.

93Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

materias evaluadas negativamente. El criterio numérico se aplicará en relación con el criterio pedagógico o de madurez.

94Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 6. Las opiniones de las familias o tutores legales, que serán informados y escuchados previamente a las decisiones que se adopten. 7. El asesoramiento del EOE.

6. Cada mes, los cuidadores elaboran un parte indicando la utilización, o no, del servicio por parte de los niños.

95Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CAPÍTULO VI: SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y ACTIVIDADES 26. TRANSPORTE ESCOLAR

2. La directora del centro será la responsable de este servicio.

4. Los cuidadores acompañantes contratados por la empresa adjudicataria de este servicio, se responsabilizan de los alumnos a su cargo desde que son recogidos por la mañana en su parada de origen, hasta que son entregados en la puerta del colegio y, desde que son recogidos por la tarde hasta que son entregados en su parada correspondiente.

3. Los alumnos transportados permanecerán hasta la entrada a clase en el patio delantero o en la parte del porche, si las condiciones climatológicas así lo aconsejaran.

1. El transporte escolar se considera un servicio no sólo asistencial, sino también formativo.

5. Desde secretaria se les entrega relación nominal y por pueblos de todos los niños de su ruta.

7. Los cuidadores deben llevar a los niños por la mañana hasta la puerta de entrada de la verja del colegio y recogerlos por la tarde a las 16:00h en el mismo lugar. El mes de septiembre y junio, la recogida será a las 15:00h

8. Por la mañana, los alumnos transportados son atendidos a su llegada al colegio (a partir de las 9:15h) hasta el inicio de las clases por algún miembro del equipo directivo.

9. A la salida, las cuidadoras del comedor se encargan de los alumnos transportados hasta que son recogidos en la verja por los monitores correspondientes.

26.1. NORMAS DEL TRANSPORTE ESCOLAR ✓ Puntualidad en la parada (único lugar en el que se puede subir o bajar del autocar) ✓ Respeto al vehículo y personal encargado. ✓ Obediencia al monitor.

2. El servicio de comedor será utilizado por los alumnos transportados, que serán alumnos becados.

4. La gestión del servicio de comedor se realizará mediante la concesión a una empresa del sector. El convenio con la empresa será suscrito por la Dirección Provincial de Educación.

✓ El incumplimiento reiterado o grave de las normas acarreará la pérdida del derecho a este servicio.

5. La empresa adjudicataria del servicio de comedor se encargará de contratar al personal para atención a los alumnos en caso de no existir profesores voluntarios.

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✓ Las familias comunicarán al tutor y al monitor del autocar, si su hijo no va a hacer uso de transporte por la tarde. De no ser así, el alumno utilizará necesariamente el transporte

✓ Se cumplirán las normas establecidas para garantizar la seguridad de los alumnos durante los desplazamientos, vigilando especialmente que todos los alumnos permanezcan sentados en sus asientos hasta la parada total del autocar.

1. El comedor escolar es un servicio no sólo asistencial, sino también formativo.

3. El resto de los alumnos podrán solicitarlo a la directora del centro y podrán utilizar el servicio cuando haya plazas libres, abandonando el importe del cubierto, que será el marcado por la Dirección Provincial cada curso escolar.

✓ Ante conflictos surgidos, los cuidadores realizarán las actuaciones inmediatas establecidas en el RRI, de las que serán debidamente informados por la dirección del centro.

✓ Si un alumno transportado por la mañana se ha tenido que marchar a casa, el profesorado debe comunicar esta incidencia a la cuidadora del comedor para que esta a su vez se lo comunique al monitor de transporte correspondiente.

27. COMEDOR ESCOLAR

✓ Velar por el cumplimiento de las normas sobre Sanidad, Seguridad e Higiene.

✓ Formular el inventario de bienes, adscritos al comedor, que se utilicen en el servicio.

✓ Indicándolos normas de educación y buena conducta.

27.2. HORARIO El horario establecido para este servicio es de 14:30h a 16:00h en los meses de octubre a mayo, y septiembre y junio de 13:30 a 15:00h.

Corresponde a la secretaria del centro: ✓ Ordenar el régimen económico del comedor, conforme a las instrucciones de la directora, realizar la contabilidad y rendir cuentas antes las autoridades correspondientes.

✓ Informar a las familias, antes del inicio del curso, de la propuesta o del plan de funcionamiento del servicio escolar del centro.

Se aprovechará este momento escolar para que los alumnos convivan en armonía, adquieran hábitos correctos de higiene y salud, así como buen comportamiento, tanto en el comedor como fuera de él:

✓ Favoreciendo una convivencia lúdica y respetuosa entre todos.

27.1. OBJTIVOS GENERALES

Corresponde a la directora: ✓ Dirigir y coordinar el servicio: organizando el servicio del personal encargado del cuidado del comedor.

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✓ Fomentando la colaboración de los alumnos mayores en algunas tareas.

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✓ Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto aprobado, y ordenar los pagos correspondientes.

✓ Elaborar al anteproyecto de presupuesto del comedor, como parte del presupuesto anual del centro.

✓ Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al mismo, sin perjuicio de las relaciones laborales existentes, en su caso, entre las empresas concesionarias y su personal.

27.3. ADMINISTRACIÓN DEL COMEDOR

✓ Valorando la importancia de una dieta equilibrada, adquiriendo el hábito de comer todo tipo de alimentos, aunque no les gusten.

✓ Enseñándoles a comer correctamente.

Carretera

✓ Se reunirá siempre y cuando se vea la necesidad de tratar algún tema del comedor escolar.

✓ Sus propuestas y decisiones deberán ser aprobadas por el consejo escolar.

Competencias del Consejo Escolar:

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✓ Certificar las partidas de gastos correspondientes al servicio, a efectos de la rendición semestral de cuentas del centro.

Dentro del consejo escolar existe una comisión del comedor escolar:

✓ Estará formada por la directora, secretaria y dos familias del consejo escolar.

27.4. USURIOS DEL SERVICIO DEL COMEDOR

Todos los alumnos de los centros que dispongan del servicio escolar de comedor podrán solicitar su utilización. El coste diario deberá correr a cargo del mismo, excepto en los casos en que tengan derecho a ayuda parcial o total. Podrán utilizar el servicio de comedor escolar, mediante el pago del importe del cubierto, los profesores y personal no docente del centro. En el caso de lo s profesores no habrá lugar a dicho pago siempre que desempeñen labores de asistencia y cuidado del alumnado en el comedor y en lo periodos de recreo posteriores al mismo.

✓ Revisar mensualmente la factura presentada por el concesionario del servicio de los importes generados por el uso del comedor de aquellos alumnos con algún tipo de ayuda.

✓ Decidir cuando a un alumno se le puede privar del uso del servicio de comedor en base a la legislación vigente y de acuerdo con las normas recogidas en este mismo plan.

✓ Conocer el proyecto de presupuesto del servicio, como parte del presupuesto anual del centro.

✓ Evaluar la programación del servicio, como parte de la PGA.

✓ Supervisar los aspectos administrativos y funcionales del servicio.

✓ Velará por el buen funcionamiento del comedor escolar.

✓ Colaborar con la Dirección del centro y con la Dirección Provincial de Educación respectiva en las actuaciones previas a los contratos, cuando ello no requiera el sistema de concurso.

9. Los niños de infantil deben traer al comedor un babi distinto al del aula.

7. Abandonar la tarifa por menú establecida por la Administración.

5. Participar en las actividades realizadas en lo periodos de tiempo libre posteriores a la hora de la alimentación.

27.5. NORAS DE USO DEL COMEDOR Los alumnos comensales deben guardar su estancia en el comedor la correspondiente disciplina. Es necesaria la colaboración de lo usuarios del comedor, entre todos contribuirán a que se cumplan las siguientes normas:

3. Recibir una alimentación equilibrada desde la perceptiva dietético nutricional fijada por la administración

1. Asistir al comedor escolar o avisar con la suficiente antelación en caso de ausencia.

4. Cuidar del material del comedor escolar.

8. En caso de intolerancia a algún alimento debe justificarse en secretaria con el certificado médico correspondiente.

10.Tanto el alumnado de infantil como de primaria traerá un neceser de higiene (cepillo de dientes, pasta, peine…)

1. Recibir una alimentación en condiciones saludables de higiene.

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6. Recibir información del plan de comidas, facilitándoles además mensualmente el menú diario en la página web del centro. Los usuarios del comedor tendrán las siguientes obligaciones:

2. Recibir una alimentación especial en el caso que los alumnos así lo requieran.

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3. Cumplir las normas higiénicas.

2. Respetar los horarios establecidos para las comidas.

4. Recibir la debida atención de los cuidadores.

Los usuarios tendrán los siguientes derechos:

5. Permanecer en el centro durante el horario de comida.

6. Respetar las normas de funcionamiento establecidas por el centro para el servicio de comedor.

11.Los familiares informarán anticipada y debidamente si deciden llevarse al niño en el tiempo correspondiente al comedor.

✓ Respetar el mobiliario y los útiles del comedor.

La atención educativa, apoyo y vigilancia de los alumnos comensales durante su estancia en el comedor y en el periodo posterior a la misma será efectuada por cuidadores que aportará la empresa adjudicataria del servicio.

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✓ Utilizar los baños correctamente, cerrando grifos y no tirando agua al suelo.

El responsable de comedor escolar ejercerá además de las funciones de cuidador, las siguientes:

✓ Controlar el acceso y la presencia en el comedor escolar tanto de los comensales habituales como de los esporádicos.

✓ Como norma general los alumnos atenderán las indicaciones de las cuidadoras.

✓ Usar correctamente los cubiertos.

✓ Comprobar que el menú sea servido con condiciones higiénicas adecuadas y que el menaje se encuentre en su estado idóneo de utilización.

✓ Probar la comida.

✓ A las dos y media, las cuidadoras accederán a las aulas a recoger al alumnado de infantil y de 1º de primaria, accediendo 5 minutos antes que el resto de alumnado de primaria.

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✓ Lavarse las manos, la cara y los dientes después de comer.

✓ Intentar ir acostumbrándose a nuevos sabores, porque hay alimentos que son necesarios para crecer sanos y fuertes, aunque no nos gusten.

✓ Masticar con la boca cerrada y no hablar con la boca llena.

✓ No tirar nada al suelo.

✓ Lavarse las manos antes de la comida.

27.6. FUNIONES DEL PERSONAL RESPONSABLE DEL COMEDOR

✓ Respetar a las monitoras cumpliendo las normas de comedor.

El incumplimiento de dichas normas puede ser motivo de privación del uso del servicio de comedor de acuerdo con lo establecido en este RRI.

✓ Supervisar los preparativos del servicio de comedor, coordinando las tareas de los cuidadores y garantizando la apertura del servicio en el horario aprobado.

✓ Si llueve, hace mucho frío o ha nevado se evitará que los niños salgan al patio delantero.

✓ Verificar la adecuación del menú servido a los alumnos que, bajo prescripción facultativa, precisen un régimen dietético especial.

✓ Controlar que el menú servido se ajuste al previamente planificado e informado a las familias y usuarios.

✓ Organizar la disposición del alumnado durante la comida.

✓ Preparar el servicio.

✓ Cuidar y mantener la higiene del alumnado y hacer que los niños dediquen, antes y después de las comidas, un tiempo al aseo personal en la medida de lo posible.

✓ Crear y mantener un ambiente agradable velando por la ambientación cuidada y esmerada del local de comedor (decoración, disposición del mobiliario…)

✓ Cada cuidadora se responsabilizará del grupo de niños que le sea encomendado desde la salida de clase hasta el término del periodo posterior de recreo.

✓ Cuando se derrama o rompe algo, son las cuidadoras las que se ocupará de evitar que los niños se mojen o lastimen.

✓ Orientar al alumnado en materia de educación para la salud (concienciar al alumno sobre la necesidad de una dieta sana y equilibrada)

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✓ Confeccionar parte de incidencias para entregar a la directora.

✓ Pasar lista: relación de comensales y ausencias (dispondrán de un listado actualizado de los alumnos comensales)

✓ Incidir en la adquisición de hábitos en el acto de comer, utilización correcta de los cubiertos, posturas adecuadas y respeto a las normas del comedor.

✓ A los niños pequeños se les ayudará a comer cuando sea necesario y se les enseñará a comer solos paulatinamente

✓ Fomentar la educación en el tiempo libre bajo los principios de actividad, juego y creatividad.

✓ Cuando hayan accedido todos los niños al reciento se vigilará que queden cerradas las puertas.

Las cuidadoras tendrán las siguientes funciones.

Las actividades por realizar en el tiempo de recreo serán de intensidad media baja y baja, adaptadas a la edad de los participantes: juegos predeportivos y populares, juegos de mesa, juegos libres… Los alumnos dispondrán de juegos en el propio reciento del comedor para poder hacer uso de ellos, siempre con la supervisión de las monitoras.

✓ Si se tiene que llevar a un niño al centro de salud se pedirá un justificante de cómo y porqué ha sido entendido, debiendo entregarlo en dirección.

✓ Ante conflictos surgidos realizarán las actuaciones inmediatas establecidas en el RRI, de las que serán debidamente informadas ala dirección del centro, existe un parte de incidencias a tal efecto.

27.8. GESTIÓN ECONÓMICA 27.8.1. Financiación del servicio del comedor El servicio de comedor escolar se financiará con las cantidades procedentes de los presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, gestionados por la Consejería con competencias en materia de educación y las aportaciones pagadas por los usuarios del servicio. El cobro del servicio a los usuarios habituales, sin ayuda o con ayuda parcial se realizará mensualmente mediante domiciliación bancaria a las familias.La factura del importe de los recibos de los alumnos que tienen gratuidad total o parcial será presentada para su abono a la directora del centro.

✓ Cuando un niño se sienta indispuesto deberá avisarse a la familia.

✓ Elaboración de informes mensuales con las incidencias más significativas que entregarán a la directora del centro.

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27.7. ACTIVIDADES QUE REALIZAR POR EL ALUMNADO

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✓ Cuando alguna persona ajena quiera acceder al recinto escolar durante el horario de comedor, las cuidadoras le preguntarán la finalidad de su visita. Si no se consideran capacitadas para darle respuesta, le harán saber que el centro no está en horario lectivo.

Las ausencias por uno o varios días de los usuarios habituales se comunicarán por las familias antes de las 9:30h del mismo día, mediante llamada telefónica al Las012.bajas definitivas del servicio de lo usuarios fijos y habituales se comunicarán por las familias o tutores como mínimo con 24 horas de antelación, a la secretaria del centro (rellenar documento de baja en el servicio y enviar a la empresa)

✓ Solicitar para sus hijos el uso esporádico del comedor escolar siempre que haya plazas libres.

✓ Realizar quejas, sugerencias que se crean convenientes en relación al funcionamiento del servicio de comedor.

27.8.2. Precio del servicio escolar del comedor La Dirección Provincial determinará, con antelación suficiente al inicio del curso, el coste diario del cubierto en cada comedor escolar. La tarifa del menú será diferente para los alumnos habituales que para los esporádicos.

El impago del servicio por lo usuarios con ayuda parcial o sin ayuda, en la forma que se determine por la Consejería de educación, a la revocación de la condición de usuario y en su caso a la ayuda parcial concedida.

27.8.3. Gestión de ausencias e incidencias.

27.8.4. Centro de atención de usuarios A través del CENTRO DE ATENCIÓN DE USUARIOS, telefónicamente, llamando al número 012 se podrán hacer las siguientes gestiones:

Se descontará la comida no realizada, por causa justificada, siempre que se comunique con antelación.

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El pago, en caso de no tener beca, se hará mediante domiciliación bancaria por mes adelantado.

✓ No pagar el servicio del día o días que hayas anulado.

✓ Solicitar para sus hijos los menús especiales de régimen dietético, que bajo prescripción facultativa necesiten, así como aquellos que necesiten una modificación dietética para unos días.

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La autorización para el uso de locales y de instalaciones del centro se limitará al que sea necesario para la prestación del servicio escolar del comedor. Este uso estará sometido a las normas establecidas para el centro y al calendario y horario escolar.

El personal laboral contratado por la Junta de Castilla y León para la elaboración y manipulación de los alimentos se encargará de la limpieza tanto de la cocina como de los anexos a la misma: despensa…

5. Del derecho anterior, serán privados aquellos alumnos cuya actitud, a juicio del tutor, puede representar un peligro evidente o amenaza para el normal desarrollo de la actividad. Se pondrá previamente en conocimiento de la directora y este si lo considera necesario a conocimiento de la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar. La comunicación de este hecho a las familias por escrito.

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3. Preferentemente, deben realizarse en horario lectivo, si bien pueden conllevar ampliación de este, como el caso de salidas culturales, para lo cual debe solicitarse autorización previa a la Dirección Provincial.

27.9. USO DE LAS INSTALACIONES

1. Son aquellas que al principio del curso escolar se recogen el Programación General Anual con el objetivo de reforzar y complementar el currículo.

2. Son responsabilidad del profesorado, si bien pueden ser realizadas por monitores o expertos ajenos al centro. En este caso, debe permanecer un profesor en el aula con los alumnos.

28.1. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

4. Todos los alumnos tienen derecho a participar en las actividades complementarias programadas, teniendo en cuenta las características específicas de los mismos.

6. Todos los alumnos participantes en actividades que supongan una salida del recinto escolar deberán presentar a su tutor la autorización correspondiente, debidamente firmas por su familia y dentro del plazo establecido. Para las salidas al entorno, a la localidad, servirá una autorización general al inicio de curso.

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28. ACTIVIDADES COMPLEMENTRIAS Y EXTRAESCOALRES/TALLERES

Son propuestas por el centro y el AMPA y son impartidas por profesores y monitores debidamente cualificados. A través de ellas, se pretende favorecer el desarrollo personal y social del alumno. Deberán ser aprobadas igualmente por el Consejo Escolar. La responsabilidad civil se los talleres recaerán sobre loa institución y organismo del cual proceda el monitor en cada caso. De octubre a mayo y en horario de 16:00h a 18:00, principalmente, se elabora una propuesta de actividades que deberán reunir las siguientes condiciones:1)Tener carácter voluntario.

2) No constituir discriminación para ningún miembro de la Comunidad Educativa.

28.2. ACTIIDADES EXTRAESCOLARES/TALLERES

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9. Todas estas salidas-actividades fuera del aula se adecuarán a la temporalización de las unidades didácticas y dependiendo de las condiciones meteorológicas.

10.No podrá realizarse ninguna actividad sin el conocimiento de la directora y el visto bueno del equipo directivo, con la suficiente antelación para prever todas las posibles sustituciones.

3) No tener carácter lucrativo para el centro

7. En caso de no participar en una salida, el alumno debe asistir al centro donde será atendido siguiendo los criterios establecidos desde la dirección del centro.

5) No efectuarse durante la jornada escolar.

Las actividades extraescolares no son obligatorias para el alumnado.

4) No formar parte de la evaluación exigible a los alumnos.

8. Estas salidas se realizarán siempre que se cuente con el número de profesores acompañantes que se consideren necesarios para atender adecuadamente a los diferentes grupos.

11.Es aconsejable tener en cuenta el número de alumnos por actividad, de manera que la no participación justificada de un 30% del alumnado haría inviable la propuesta para el grupo en general. Teniendo en cuenta excepcionalmente, los grupos con mucha población de etnia gitana, que no suelen participar en estas actividades.

Talleres por parte del profesorado En cada taller, figura el número ideal de alumnos para poder desarrollar la actividad pudiéndose flexibilizar dependiente del taller y de la demanda. Si el número de solicitudes excede el máximo de alumnado por taller, se realizará la asignación priorizando el que menos talleres se haya apuntado y/o por sorteo.

✓ Las líneas de transporte tienen la salida a las 16:00h, por lo tanto, estos alumnos, si se apuntan a algún taller, deberán recogerlos sus familias posteriormente.

✓ El profesorado redactará una programación del taller que imparte.

✓ Se llevará un control semanal de la asistencia y del adecuado comportamiento del alumnado para desarrollar los talleres y conseguir los objetivos previstos.

✓ La participación de los alumnos es voluntaria. Cualquier familia puede dar de baja a su hijo en un taller rellenando en secretaria la baja correspondiente.

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✓ La actividad de los talleres está programada para todo el curso.

✓ A las 3 faltas de asistencia sin justificar el alumnado será dado de baja en el taller.

✓ El incumplimiento de las normas de convivencia será registrado en un parte de incidencias. La acumulación de dichos partes traerá como consecuencia la baja del taller.

✓ Cuando el número de alumnos no alcanza el mínimo de 5 participantes el taller no se desarrollar y el maestro debe asumir otro taller.

2. Están totalmente prohibidas todas aquellas actuaciones que supongan castigo físico o humillación afrentosa para los alumnos.

3. Los profesores adoptarán medidas preventivas e intentarán crear un clima que evite tener que aplicar sanciones.

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2. El tipo de corrección de las conductas recogidas en el apartado anterior podrán ser: a) Actuaciones inmediatas: aplicables a todas las conductas que perturban la convivencia en el centro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 51/2007, con el objetivo principal del cese de la conducta.

30. CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA Y TIPOS DE CORRECCIÓN

29.

CAPÍTULO VII: NORMAS DE CONVIVENCIA RÉGIMEN DE DISCIPLINA

1. La disciplina del centro estará eminentemente dirigida a la buena convivencia, se amoldará a la edad escolar y tendrá carácter preventivo. Por ello, se buscará la colaboración de las familias.

4. Las faltas, sanciones y garantías procedimentales serán las que dicta el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y los comportamientos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León. Modificado por el Decreto 23/2014, por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León

1. Las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro podrán ser calificadas como: a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro. b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que serán calificadas como faltas.

1. Los alumnos no pueden ser privados del ejercicio de su derecho a la educación y, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad.

b) Medidas posteriores. Una vez desarrolladas las actuaciones inmediatas, y en función de las características de la conducta, se podrán adoptar además las siguientes medidas:

5. En las correcciones deberá tenerse en cuenta el nivel académico y la edad del alumno, así como las circunstancias personales, familiares o sociales que puedan haber incidido en la aparición de la conducta perturbadora.

2. En ningún caso se llevarán a cabo correcciones que menoscaben la integridad física o la dignidad personal del alumno.

II. Mediación y procesos de acuerdo reeducativo.

3. Las correcciones que sea preciso aplicar tendrán carácter educativo y supondrán, en primera instancia, la actuación inmediata y directa del profesor sobre la conducta del alumno afectado, pudiendo ir seguidas de medidas posteriores.

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CORRECTORAS

III. Apertura de procedimientos sancionados, en el caso de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.

I. Medidas de corrección en el caso de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto 51/2007.

6. La calificación de la conducta perturbadora del alumno y el desarrollo de las actuaciones inmediatas determinará la adopción de medidas de corrección o la apertura de procedimiento sancionador.

4. Las correcciones deberán guardar la adecuada proporcionalidad con la naturaleza de las conductas perturbadoras y deberán contribuir a mantener y mejorar el proceso educativo del alumno.

31. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS ACTUACIONES

7. Las medidas de corrección que se lleven a cabo sobre las conductas especificadas en el apartado 29 de este reglamento, y que, dada su

33. GRADUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Y DE LAS SACIONES

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1. La facultad de llevar a cabo actuaciones correctoras sobre las conductas perturbadoras de la convivencia se extenderá a las ocurridas dentro del recinto escolar en horario lectivo, durante la realización de actividades complementarias o extraescolares o en los servicios de comedor escolar y transporte.

1. A efectos de la gradación de las medidas de corrección y de las sanciones, se consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad: a) El reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición de excusas y la reparación espontanea del daño producido ya sea físico o moral. b) La falta de intencionalidad. c) El carácter ocasional de la conducta. d) El supuesto previsto en el artículo 44 del Decreto 5172007: “cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez

32. ÁMBITO DE LAS CONDUCTAS A CORREGIR

reiteración, pudieran ser consideradas como conductas disruptivas en el ámbito escolar, deberán ir acompañadas por las actuaciones de ajuste curricular y las estrategias de trabajo que se estimen necesarias por parte del profesorado.

8. Se procurará favorecer y facilitar la implicación de las familias o tutores legales del alumno en las actuaciones correctoras de la conducta de los alumnos.

2. También llevarse a cabo actuaciones correctoras en relación con aquellas conductas de los alumnos que, aunque se realicen fuera del recinto escolar, están directa o indirectamente relacionadas con la vida escolar y afecten a algún miembro de la Comunidad Educativa. Todo ello, sin perjuicio de la obligación de poner en conocimiento de las autoridades competentes dichas conductas y de que pudieran ser sancionadas por otros órganos o administraciones en el ámbito de sus respectivas competencias.

34. RESPONSABILIDAD

2. A los mismos efectos, se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad:a)Lapremeditación.b)Lareiteración.c)Laincitaciónoestímulo

POR DAÑOS

2. Los alumnos que sustrajeran bienes del centro o de cualquier miembro de la Comunidad Escolar deberán restituir lo sustraído, de acuerdo con la legislación vigente, sin perjuicio de la corrección a que hubiera lugar.

1. Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la Comunidad Educativa, quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación, en los términos previstos en la legislación vigente.

d) La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia, con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación a otro alumno.

e) La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la Comunidad educativa.

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a la actuación individual o colectiva de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.

f) La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de aparatos electrónicos u otros medios.

alcanzado por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno perjudicado” e) Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta.

3. En el caso de que ocurran circunstancias atenuantes y agravantes ambas podrán compensarse.

4. Cuando la reiteración se refiera a la falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada, las medidas a llevar a cabo sobre dicha conducta deberán contemplar la existencia, en su caso, de programas específicos de actuación sobre las mismas.

2. En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección oportuna, el alumno siga presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia en el centro, éste dará traslado, previa comunicación a las familias o tutores legales en el caso de menores de edad, a las instituciones públicas del ámbito sanitario, social o de otro tipo, de la necesidad de adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o sociales del alumno que puedan ser determinantes de la aparición y persistencia de dichas conductas.

3. En aquellas actuaciones y medidas de corrección en las que el centro reclamen la implicación directa de las familias o tutores legales del alumno y éstos la rechacen de forma expresa, el centro pondrá en conocimiento de las instituciones públicas competentes los hechos, con el fin de que adopten las medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno y el cumplimiento de los deberes recogidos en el artículo 17.2 del Decreto 5/2007, de 17 de mayo, con especial atención al contenido en su letra a).

Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de la conducta perturbadora de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, al objeto de aplicar las medidas posteriores. Se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

35. COORDINACIÓN INSTITUCIONAL

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3. Las familias o tutores legales del alumno serán los responsables civiles en los términos previstos en las leyes.

1. De acuerdo con la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para una mayor precisión y eficacia de las actuaciones correctoras, los centros podrán recabar los informes que se estimen necesarios acerca de las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno a las familias o tutores legales, o en su caso, a las instituciones públicas competentes.

36. ACTUACIONES INMEDIATAS

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a) Análisis verbal del conflicto con los alumnos implicados.

a) Comunicación verbal al tutor.

b) Análisis escrito del conflicto. (anexo I) c) Amonestación pública o privada, parte de incidencias leve (anexo II)

f) Realización de trabajos específicos en periodos de recreo u horario no lectivo, en este caso con permanencia o no en el centro.

b) Delimitar medidas de respeto a la conducta inapropiada.

3. Actuaciones de forma conjunta de los profesionales implicados, con el tutor como máximo responsable, pero nunca relegando la autoridad del otro profesor.

d) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.

e) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se desarrolle la actividad, por el tiempo que estime el profesor. Quedará asegurado el control del alumno.

b) Dejar constancia en la agenda del alumno.

a) Tratamiento del caso con los alumnos y profesionales implicados.

2. Información al tutor como primer receptor de la información sobre cualquier incidencia sucedida con su grupo.

c) Comunicación a través del tutor a la familia, por medio de la agenda del alumno, notificación telefónica, a través de una entrevista o con una comunicación escrita si fuera necesario.

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1. La primera será la actuación del profesor del centro que en ese momento sea responsable del alumno o grupo de alumnos donde se produzca la incidencia.

a) Tratamiento de las medidas de actuación respecto a cada caso en particular, siguiendo las líneas generales establecidas en el centro.

d) Aplicación de las medidas adoptadas. e) Valoración conjunta de la eficacia de la actuación.

h) Utilización de un REGISTRO DE INCIDENCIAS en el aula, donde se reflejen las situaciones conflictivas que se vayan produciendo y la respuesta del profesor (anexo IV)

4. Actuación de la dirección del centro.

g) Comunicación a la directora, parte de incidencias.

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c) Citación con los profesionales implicados para tratar el incidente y las pautas de actuación. Comunicación oral a la familia si fuera necesario.

5) La asistencia a clase sin el material escolar correspondiente y/o las tareas sin realizar sin causa justificada.

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5. Actuación de la directora.

6) El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos.

4) La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada.

Se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia del centro las siguientes:

1) Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos.

b) Apercibimiento oral o escrito con constancia del hecho al alumno o grupo de alumnos (anexo III)

3) Las disputas entre compañeros siempre que o sean por su gravedad o reiteración calificadas como faltas.

2) Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que no sean calificadas como faltas.

e) Valoración conjunta de la eficacia de la actuación

a) Tratamiento del caso con la dirección y los profesionales implicados.

b) Comunicación por escrito a las familias de las medidas sancionadoras a adoptar desde el centro recogidas en el RRI (anexo VI) c) Se realizará un contrato de convivencia si se considera necesario (anexo VII) d) Comunicación a la Comisión de Convivencia. e) Valoración conjunta de la eficacia de la actuación.

37. CONDUCTAS CONTRARIAS A AL NORMA DE CONVIVENCIA

d) El resultado de esta incidencia la recogerá la directora y quedará depositada en la dirección del centro (anexo V)

10)La utilización inadecuada de aparatos electrónicos.

d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo de 15 días lectivos.

e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo máximo de 15 días.

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f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 5 días lectivos.

b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y salida del centro, como al periodo de permanencia en él por un plazo máximo de 15 días lectivos.

1. Las medidas de corrección que se pueden adoptar en el caso de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro son las a)siguientes:Amonestación escrita.

g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no superior a 5 días lectivos. Durante dicho periodo, quedará

38. MÉDIDAS DE CORRECCIÓN Y RÉGIMEN DE PRESCRIPCIÓN

9) Acceso al centro sin respeto a los perímetros de seguridad (saltar vallas, violar puertas…)

c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa por un máximo de 5 días lectivos.

7) La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares.

8) El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de pertenencias de otros alumnos, realizando de forma negligente o intencionada.

11)Cualquier otra incorrección que altere las normas desarrollo de la actividad escolar y no constituya falta según el artículo 48 del Decreto 51/22007.

4. Las conductas contrarias a las normas de convivencia del centro prescribirán en el plazo de 30 días, contando a partir de la fecha de su comisión. Así mismo, las medidas correctoras impuestas por estas conductas prescribirán en el plazo de 30 días desde su imposición.

iii. A la quinta incidencia notificar a los servicios sociales como “falta de asunción de responsabilidades de la custodia de los menores”

i) Para aquellos alumnos que sistemáticamente son impuntuales y entendiendo que la culpa es de la familia y no del alumno, se considerará como falta leve la falta de impuntualidad cuando sea reiterativa. En este caso, se llevarán a cabo las siguientes medidas: i. Reunión con la familia. ii. Notificación por escrito a la familia.

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3. La competencia para la aplicación de estas medidas corresponde a la directora del centro, teniendo en cuanta la posibilidad de delegación prevista en el artículo 22.2 b) del Decreto 51/2007.

garantizada la permanencia del alumno en el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden.

j) Cuando las familias se ausenten a la hora de recogida de los alumnos, se hará cargo el tutor, equipo directivo u otro profesor, y en caso de no poder contactar se comunicará a la Guardia Civil, realizando un informe que quedará en el centro.

2. Para la aplicación de estas medidas de corrección, salvo la prevista en el apartado 1.1, será preceptiva la audiencia al alumno y a su familia o tutores legales en caso de ser menor de edad. Así mismo, se comunicará formalmente su adopción, debiendo quedar constancia en la dirección del centro de la recepción del comunicado por parte de los interesados.

h) En el caso de los servicios complementarios del centro (transporte y comedor escolar) la medida que se podrá tomar será la suspensión del derecho de asistencia a dichos servicios durante un periodo de 3 a 10 días lectivos.

6. La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.

39.2. SANCIONES

1. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.

2. Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente aquellas que tengan una implicación de género sexual racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas.

1. La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en general a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro educativo.

4. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

2. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.

Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de las faltas previstas en el apartado anterior son las siguientes:

5. Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.

3. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos y material académico.

Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, y por ello, calificadas como faltas, las siguientes:

116Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 39. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO 39.1. CONDUCTAS CALIFICADAS COMO FALTAS

a) Hechos que motivan el expediente, fecha en la que tuvieron lugar, conducta gravemente perjudicial para la convivencia cometida y disposiciones vulnerables.

2. El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo de la directora del centro, a iniciativa propia o a propuesta de cualquier miembro de la comunidad educativa, en un plazo no superior a dos días lectivos desde el conocimiento de los hechos.

1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro sólo podrán ser sancionadas previa tramitación del correspondiente procedimiento.

5. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, o un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho periodo con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con el din de garantizar dicho derecho.

6. Cambio de centro. 39.3. INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR

3. Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días lectivos y la finalización del curso escolar.

117Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

4. Suspensión del derecho de asistencia a los servicios complementarios de transporte y comedor escolar.

3. La incoación de los procedimientos sancionadores se formalizará con el siguiente contenido:

b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables.

c) Nombramiento de un instructor y, en su caso, cuando la complejidad del expediente así lo requiera, de un secretario.

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Tanto el nombramiento del instructor como el del secretario recaerá en el personal docente del centro, estando ambos sometidos al régimen de abstención y recusación establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo. El acuerdo de incoación contendrá una expresa referencia al régimen de recusación.

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39.4.

2. El periodo máximo de duración de estas medidas será de 5 días lectivos. El tiempo que haya permanecido el alumno sujeto a la medida cautelar se descontará, en su caso, de la sanción a cumplir.

3. Las medidas cautelares adoptadas serán notificadas al alumno, y si éste es menor de edad, a su familia o tutores legales. La directora podrá revocar, en cualquier momento, estas medidas.

39.5. INSTRUCCIÓN

1. Por propia iniciativa o a propuesta del instructor, la directora del centro podrá adoptar motivadamente las medidas cautelares de carácter provisional que sean necesarias para garantizar el normal desarrollo de la actividad del centro y asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer. Las medidas cautelares podrán consistir en el cambio temporal de grupo, o en la suspensión temporal de la asistencia a determinadas clases, actividades complementarias o extraescolares o al propio centro.

d) En su caso, la posibilidad de acogerse a los procesos para la resolución de conflictos establecidos en el capítulo IV del Titulo III del Decreto 51/2007.

118Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

4. La incoación del procedimiento se comunicará al instructor y, si lo hubiere, al secretario y simultáneamente se notificará al alumno y a su familia o tutores legales, cuando este sea menos de edad. Asimismo, se comunicará, en su caso, a quien haya propuesto su incoación y al inspector de educación del centro, a quien se mantendrán informado de su tramitación. MEDIDAS CAUTELARES

1. El instructor, desde el momento en que se le notifique su nombramiento, llevará a cabo las actuaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la determinación de las responsabilidades, formulando, en el plazo de tres días lectivos, un pliego de cargos que contendrá los siguientes extremos. a) Determinación de los hechos que se imputan al alumno de forma clara y concreta. b) Identificación del alumno o algunos presuntamente responsables. c) Sanciones aplicables.

d) Sanción aplicable y valoración de la responsabilidad del alumno, con especificación, si procede, de las circunstancias que la agraven o atenúen.

c) Alumno o alumnos que se consideren presuntamente responsables.

39.6. RESOLUCIÓN

b) Calificación de la conducta o conductas perturbadoras en el marco del Decreto 51/2007.

e) Especificación de la competencia de la directora para resolver.

4. El instructor, acompañado del profesor/tutor, dará audiencia al alumno, y si es menor, también a su familia o representantes legales, para comunicarles la propuesta de resolución y ponerles de manifiesto el expediente, concediéndoles un plazo de dos días lectivos para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes.

119Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

3. Concluida la instrucción del expediente, el instructor redactará en el plazo de dos días lectivos la propuesta de resolución bien proponiendo la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad sobre los hechos bien apreciando su existencia, en cuyo caso, la propuesta de resolución contendrá los siguientes extremos: a) Hechos que se consideren probados y pruebas que lo han acreditado.

2. El pliego de cargos se notificará al alumno y a su familia o representantes legales, si aquel fuere menor, concediéndole un plazo de dos días de sus derechos o intereses convenga. Si el instructor acordara la apertura de periodo probatorio, éste tendrá una duración no superior a dos días.

5. Recibidas por el instructor las alegaciones y documentos, o transcurrido el plazo de audiencia, elevará el expediente al órgano competente para la adopción de la resolución final.

1. Corresponde a la directora del centro, en el plazo máximo de dos días lectivos desde la recepción del expediente, la resolución del procedimiento sancionador.

39.7. RÉGIMEN DE PRESCRIPCIÓN Las faltas tipificadas como graves en el artículo 48 del Decreto 51/2207 prescribirán en el plazo de 90 días contados a partir de la fecha de su comisión. Asimismo, las sanciones impuestas por estas conductas prescribirán en el plazo de noventa días desde su imposición.

2. La resolución debe contener los hechos imputados al alumno, la falta que tales hechos constituyen y disposición que la tipifica, la sanción que se impone y los recursos que cabe interponer contra ella.

4. Esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127. F) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, será comunidad al claustro y al consejo escolar del centro quien, a instancia de familias o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas, en el plazo máximo de cinco días lectivos. Si el instructor del expediente forma parte del consejo escolar del centro deberá abstenerse de intervenir.

120Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

5. Contra la resolución se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección Provincial de Educación en los términos previstos en los artículos 114 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6. La resolución no será ejecutiva hasta que se haya resulto el correspondiente recurso o haya trascurrido el plazo para su interposición. No obstante, en la resolución se podrán adoptar las medidas cautelares precisas para garantizar su eficacia en tanto no sea ejecutiva.

3. La resolución se notificará al alumno, y en su caso, a su familia o representantes legales y al miembro de la comunidad educativa que instó la iniciación del expediente, en un plazo máximo de veinte días lectivos desde la fecha de inicio del procedimiento.

3. Queda a discreción del tutor la aceptación o no, debidamente motivada, de los justificantes que presente el alumno. El tutor llevará un registro de asistencia del alumnado, así como de sus justificaciones, debiendo comunicar a la directora al final de cada mes, el número de faltas que ha habido en su clase

2. La justificación la realizará la familia o tutor legal del alumno. Para ello, el tutor del curso, la dirección del centro, así como en la página web del centro tendrán a su disposición modelo justificantes.

6. Un retraso superior a la 1ª hora lectiva sin justificar, se considerará falta sin justificar.

121Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 40. FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE E IMPUNTUALIDAD

8. Cuando por motivos médicos o personales se tenga que acudir al centro a recoger a los alumnos, en primer lugar, se debe informar al tutor/a previamente y en segundo lugar la recogida del alumnado se debe realizar en los cambios de sesiones, para evitar interrumpir las clases o despistar al alumnado/profesorado.

1. Cuando un alumno no asista a las actividades lectivas o complementarias de asistencia obligatoria, o lo haga con falta de puntualidad por algún motivo justificable, deberá presentar el correspondiente justificante que lo acredite.

7. Si las faltas de asistencia y puntualidad no fuesen justificadas, o no se hiciese lo que indica este reglamento, se utilizarán los procedimientos de corrección de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.

4. Si la inasistencia es por enfermedad prolongada (más de una semana) se requerirá un justificante del facultativo. El justificante se mostrará de forma inmediata, a la vuelta a clase, al profesorado afectado, y se entregará al tutor del curso para su custodia.

5. En caso de enfermedad prolongada de algún miembro de la familia, a través del medio que vea oportuno, se pondrá en contacto con el tutor del curso a fin de tomar aquellas medidas que impidan el detrimento en su proceso formativo.

122Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

41. ACTITUDES FRENTE AL ACOSOS ESCOALR Y CIBERACOSO

10.continua.Encasode

9. A aquel alumno que a lo largo del curso tenga un número de faltas superior al 30% del total de clases, de un área o materia, podrá no aplicarse los criterios generales de evaluación, ni la propia evaluación

que las ausencias sean debidas a accidente o enfermedad prolongada, el alumnado tendrá las ayudas necesarias de orientación o material didáctico, para evitar en lo posible el detrimento de su rendimiento escolar. En este caso, a juicio del profesor/tutor, si las ayudas permiten aplicar los criterios de evaluación continua no se tendrá en cuenta el párrafo anterior.

41.1. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN EN SITUACIONES DE POSIBLE INTIMIDACIÓN Y ACOSO ENTRE ALUMNOS “BULLING”

41.1.1. Actuaciones inmediatas de carácter urgente a) Conocimiento de la situación. Comunicación inicial Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento expreso de una situación de intimidación o acoso sobre algún alumno o considere la existencia de indicios razonables, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del tutor del alumno o del equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación. Este nivel de actuación corresponde, por tanto, a todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

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Ante una situación de acoso escolar o ciberacoso, cualquier miembro de comunidad educativa (alumnado, profesorado, familias, personal no docente) que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno, tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de un profesor, del tutor, de la persona responsable de la orientación en el centro o del equipo directivo. En cualquier caso, el receptor de la información siempre informará a la directora o en su ausencia, al resto de equipo directivo.

• Medidas inmediatas de apoyo directo al alumno afectado (víctima del acoso/intimidación)

a) Adopción de medidas de carácter urgente Previa valoración y dirigidas a evitar la continuidad de la situación, entre ellas:

• Aplicación del RRI, si se estima conveniente, teniendo en cuenta la posible repercusión sobre la víctima.

b) Puesta en conocimiento del Equipo Directivo El receptor de la comunicación, de acuerdo con su nivel de responsabilidad y funciones sobre el alumno, trasladará esta información al equipo directivo, en caso de que no haya hecho según el apartado anterior.

El equipo directivo, con el asesoramiento del EOE y del tutor del alumno, completará la información utilizando los medios y actuaciones adecuadas, todo ello de forma estrictamente confidencial. La urgencia de esta actuación no excluye la posibilidad, que será preciso valorar adecuadamente, de adoptar medidas de carácter disuasorio, en espacios y tiempos en relación con la situación planeada.

c) Valoración inicial. Primeras medidas El equipo directivo efectuará una primera valoración, con carácter urgente, acerca de la existencia o no de un caso de intimidación y acoso hacia un alumno, así como el inicio de las actuaciones que correspondan según la valoración realizada. En todo caso, se confirme o no, la situación será comunidad a la familia del alumno. Todas las situaciones realizadas hasta el momento quedarán recogidas en un informe escrito que quedará depositado en la dirección del centro.

123Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

41.1.2. Actuaciones posteriores en caso de que se confirme la existencia de un comportamiento de intimidación y acoso entre alumnos Estas actuaciones serán coordinadas por el equipo directivo, el EOE y el tutor del alumno. Las diferentes actuaciones pueden adoptar un carácter simultaneo

• Revisión urgente de la utilización de espacios y tiempos del centro (mecanismos de control)

 Establecimiento de un pronóstico inicial y de las líneas básicas de actuación que determinen el diseño del plan de actuación.

II. Emisión de pronóstico inicial y líneas básicas de actuación

Coordinación con instituciones y organismos externos, si procede, que puedan aportar información al caso.

 Observación sistemática de los indicadores señalados: espacios comunes al centro, en clase, en actividades extraescolares y complementarias.

 Evaluación de necesidades y recursos: alumnos, espacios y tiempo de riesgos, de posibles medidas y su adecuación a la situación, de recursos humanos y de materiales disponibles u del reparto de responsabilidades.

 Entrevistas y cuestionarios con alumnos afectados, familias de victimas y agresores, profesorado, alumnos y otras personas que hayan observado directamente la situación.

implicados, la comisión de convivencia del centro, equipo de profesores del alumno y otros profesores relacionados, el inspector del centro y otras instancias externas al centro (sociales, sanitarias y judiciales) según valoración inicial.

c) Apertura de expediente Participación del equipo directivo, el EOE, profesorado implicado y tutor, organizando su participación y presencia en las diferentes reuniones. La documentación quedará depositada en la dirección. Las estrategias e instrumentos facilitadores del pronóstico inicial (de forma simultánea a las actuaciones del apartado anterior) serán:

Reunión del equipo de profesores del grupo del alumno y de otros profesores afectado, con la participación de la dirección del centro, para analizar la información obtenida, la posibilidad de recabar otra nueva aportar ideas sobre líneas básicas de actuación.

• Según el caso, puesta en conocimiento y denuncia de la situación en las instancias Comunicacióncorrespondientes.b)Puestaenconocimientoalasfamiliasdelosalumnos

124Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

I. Recogida de información de las distintas fuentes  Documentación existente sobre los afectados.

Con las familias: orientaciones sobre indicadores de detección e intervención y pautas de actuación. Información sobre posibles apoyos externos y otras actuaciones de carácter externo y seguimiento del caso coordinando actuaciones entre familia y centro.

IV. Desarrollo y coordinación del plan de actuación

125Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

V. Seguimiento del plan de actuación

III. Plan de actuación

Se mantendrán las reuniones individuales que estime necesarias con los alumnos afectados, así como con sus familias, valorando las medidas adoptadas y la modificación en su caso. Se considera la posibilidad de aplicar cuestionarios de recogida de información, la comisión de convivencia será informada, pudiendo ser requerida su intervención directa en las diferentes actuaciones. El inspector del centro será informado, en todo momento, por la directora quedando constancia escrita de todas las situaciones desarrolladas. La transmisión de información acerca de

Con otras entidades y organismos: establecimiento de mecanismos de colaboración y actuación conjunta con otras entidades y organismos que intervengan en este campo, en los casos en que se estime necesario.

 Con la víctima: actuaciones de apoyo y protección expresa y directa, programas y estrategias específicas de atención y apoyo social y posible derivación a servicios sociales internos.

Con el agresor: actuaciones en relación con la aplicación del RRI, programas y estrategias específicas de modificación de conducta y ayuda personal y posible derivación a servicios externos.

La directora coordina la confección del documento con los afectados directamente.

Con los compañeros: actuaciones dirigidas a la sensibilización y el apoyo entre compañeros.

 Con los profesores: orientaciones sobre indicadores de detección e intervención y pautas de actuación terapéutica.

El desarrollo del plan de actuación será coordinado por el equipo directivo, que proveerá los medios y recursos personales necesarios, con el asesoramiento del quipo de orientación y el tutor del alumno.

2. Aplicación de las medidas aprobadas en el RRI. Se desarrollará un protocolo de actuación que seguirá los siguientes pasos: Identificación, comunicación y denuncia de la situación.

126Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

 Traslado a la familia.  Traslado al resto de profesionales que atiendan al alumno acosado.

 Comunicación a la inspección educativa.

 Elaboración de un Plan de Actuación por parte de la dirección.

 Comunicación a las familias,  Seguimiento del Plan de Actuación por parte de la Inspección Educativa.

 Recogida de información de distintas fuentes.

 Aplicación de medidas disciplinarias. Comunicación a la comisión de convivencia.

 Medidas de urgencia.

1. Comunicación a la familia del afectado, equipo de profesores del alumno y otros profesores afectado, a otras instancias externas al centro, a las familias… La comunicación, que guardará máxima confidencialidad, debe aportar orientaciones referidas al maltrato entre iguales tanto a la familia como a los profesores, información de posibles apoyos externos, servicios sociales y sanitarios, de todo ello quedará constancia por escrito.

las actuaciones desarrolladas, en su caso de traslado de algún o alguno de los alumnos afectado, esta sujeta a las normas de obligatoria confidencialidad y de poyo a la normalización de la escolaridad de los alumnos. 41.1.3. Actuaciones posteriores en cado de que se confirme la existencia de un comportamiento de intimidación y acoso entre alumnos, coordinadas por el equipo de apoyo del EOE y tutor del alumno. Las diferentes actuaciones pueden adoptar un carácter simultaneo.

 Actuaciones inmediatas dentro del centro con los alumnos y las familias.

En cualquier caso, la aplicación de medidas reeducadoras de la situación y/o sancionadoras, corresponderá a la directora del centro en el caso de conductas gravemente perjudiciales, pudiendo delegar en el caso de conductas contrarias a las normas.

La dirección del centro, en caso de ser necesario, pondrá el tema en manos de la comisión de mediación para intentar solucionar el conflicto.

A modo de resumen, las actuaciones y los responsables ante situaciones de alteración de la convivencia se reflejan en el siguiente gráfico:

Si la actuación anterior no resulta efectiva y la situación requiriera la incoación de expediente disciplinario se pondría en conocimiento de la directora quien, a su vez, nombraría un instructor para que actuara de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50 del Decreto 51/2007.

127Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es  Asesoramiento del gabinete provincial de asesoramiento sobre la convivencia escolar. 42. RESPONSABLES DE LAS ACTUACIONES ANTE LAS ALTERACIONES DE LA CONVIVENCIA

Si la situación así lo requeriría, informará a los tutores de los alumnos implicados para que en el ejercicio de sus funciones adopten las medidas oportunas.Silasituación no quedara solucionada con la intervención del tutor, éste registrará la incidencia en el modo existente y la entregará en la dirección del centro, poniendo en conocimiento de ésta la situación para que se tomen las medidas correctoras y/o sancionadoras pertinentes.

Ante una situación que signifique la alteración de la normal convivencia del centro, cualquier persona que trabaje en el mismo (profesor, cocinera, personal de limpieza…) que se encuentre presente, llevará a cabo las actuaciones inmediatas descritas en el apartado anterior.

La directora informará al claustro, a la comisión de convivencia y al consejo escolar de las actuaciones llevadas a cabo en aspectos disciplinarios. Dicha comisión velará porque las medidas adoptadas se ajusten a la normativa vigente. También escuchará las posibles alegaciones que se presenten a las decisiones disciplinarias.

128Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 43. TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA Y MEDIDAS CORRECTORAS 43.1. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS Y MEDIDAS CORRECTORAS N.º CONTRARIASCONDUCTASALASNORMAS QUIEN ADOPTA LAS MEDIDAS MEDIDAS CORRECTORAS

 Realización de trabajos específicos en tiempo de recreo y horario no lectivo (limpieza del patio, recogida del aula, vaciar las papeleras, colocar el material de las aulas…) por un máximo de 15 días lectivos.

2 Desconsideración, insulto y/o falta de respeto en general entre iguales. Profesor o amonestacióntutor:verbal y escrita.  Amonestación verbal al alumno.  Exigencia de petición Responsable del grupo Tutor Dirección Comisión de convivencia

1 Deterioro leve, causado de forma intencionada o negligente, de las dependencias y/o material del centro o de cualquier miembro de la comunidad educativa (se considera leve si el destrozo permite volver a utilizar dichos elementos) Profesor o amonestacióntutor:verbal y Comunicaciónescrita.escrita la familia por la directora.  Amonestación verbal al alumno.  Amonestación escrita a la familia.  Reparar individual o colectivamente el daño causado y pedir disculpas.

5 Llegar tarde sistemáticamente al centro Tutor: Comunicacióncomunicaciónverbalamonestaciónyescritayaladirectora.escritaalafamiliasuelalumnopersisteensuactitudporladirectora.

 Realización de trabajos específicos.  Modificar temporalmente el horario lectivo en la entrada y salida y el periodo de permanencia, por un plazo máximo de 15 días lectivos. 6 Inasistencia a clase sin justificar Tutor: comunicar a la dirección del Comunicacióncentro.escrita a la familia por la Notificacióndirectora. de las  Realización de trabajos específicos.  Entrevista personal con la familia recordando el deber de asistencia a clase, así como su aprovechamiento.

129Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

 Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se está llevando a cabo la actividad por el tiempo que se estime oportuno para reflexionar.

 Realización de trabajos específicos

3 Deambular o permanecer en los pasillos, aulas y otras dependencias del centro sin autorización en horario de recreo o no lectivo. Profesor o tutor  Amonestación verbal al alumno.

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4 Deambular o permanecer en los pasillos, aulas y otras dependencias del centro sin autorización en horario lectivo, salvo recreo. Profesor o tutor Comunicación escrita a la familia por la directora

Comunicación escrita la familia por la directora. pública o privada de disculpas.

130Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

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 Realización de trabajos específicos.

ausencias al equipo de absentismo.

Carretera

8 Sustracción de dinero, material escolar u otros objetos de los miembros de la comunidad educativa. Profesor o tutor: ComunicaciónCitaamonestación.alafamilia.escrita a la familia por la directora.  Reponer lo sustraído en buen estado de conservación y pedir disculpas.  Realizar tareas para la mejora y desarrollo de actividades del centro por un máximo de 5 días lectivos 9 Actos contra la disciplina académica y orden interno (realizar en clase actos que desvíen la atención de los compañeros) Profesor o tutor: amonestación privada. Reunión del profesor o tutor con la familia. PorDirectoradelegación de Consejo Escolar con levantamiento de acta y comunicación inmediata a la Comisión de  Pedir disculpas en privado o en público.  En caso extremos, suspensión temporal del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias hasta el máximo de 15 días.

 Realización de tareas específicas.

7 Asistir a clase sin el material escolar correspondiente, sin justificar y de forma reiterada. Profesor o tutor: amonestar al alumno. Hablar con la Comunicaciónfamilia.escrita a la familia marcando un plazo para que su hijo se presente con el material escolar. En casos muy extremos comunicación a la familia por la directora del centro.

Carretera

Convivencia del Consejo Escolar  Suspensión del derecho a asistir a determinadas clases por un periodo no superior a 5 días lectivos garantizando la asistencia y actividades alternativas.

 En caso de desperfectos, reparar o pagar el daño ocasionado

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 Amonestación escrita.

10 Incorrecta presencia, por falta de aseo personal o indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro. Profesor y/o tutor: amonestación privada. Reunión del tutor con la Comunicaciónfamilia. escrita a la familia por la directora.  Amonestación privada  Promover acciones tutoriales

12 Utilización de las TIC para actividades ajenas a las propias del centro escolar y/o para otras distintas a las requeridas por el profesor Profesor o tutor: comunicación a la familia.  Amonestación verbal al alumno.

 Comunicación escrita a la familia y, si procede, entrega del teléfono.

 Privación temporal del derecho a utilizar los recursos TIC del centro.

 Comunicación escrita a la familia.

131Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

11 Utilización de las TIC (ordenadores, miniportátiles, teléfonos móviles, etc.) sin el permiso y la presencia de un profesor Profesor o tutor: comunicación a la familia.  Amonestación verbal al alumno y, si procede, retirada del teléfono.

13 SERVICIOS DEL COLEGIO (Comedor, transporte y actividades extraescolares) amonestaciónMonitores: verbal y comunicación a la  Pedir disculpas con compromisos de mejora.

 Suspensión del derecho a comer junto al resto compañeros (el alumno se sentará apartado del resto y será servido el último)

 Suspensión de la utilización del servicio durante un periodo de 5 a 15 días lectivos. GRAVEMENTE PERJUDICIALES Y MEDIDAS N.º ADOPTA LAS MEDIDAS MEDIDAS CORRECTORAS 1 Deterioro grave causado intencionalmente en las dependencias y/o material Profesor o tutor: amonestación verbal y escrita.

 Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el monitor, garantizando en todo caso, el control del alumno y la comunicación posterior, en caso de ser necesario, a la directora.

43.2. CONDUCTAS

CORRECTORAS

 Amonestación verbal al alumno.  Amonestación escrita a la

132Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es Falta de respeto a los compañeros, insultos, peleas, comportamiento disruptivo durante la utilización de estos Faltaservicios. de respeto, desobediencia a los monitores responsables de estos servicios. familia por escrito. Directora  Suspensión del derecho a disfrutar del patio.

 Realización de trabajos específicos en horario de este servicio.

PERJUDICIALESGRAVEMENTECONDUCTAS QUIEN

 Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o a reparar el daño causado en las instalaciones o material. Duración de 5 a 1 días.

3 Amenaza o injuria entre iguales (insulto y falta de respeto entre iguales se considera leve, mirar faltas Profesor o Comunicacióntutor.escrita a la familia por parte de la dirección.  Amonestación verbal al alumno.  Amonestación escrita a la familia.

133Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

del centro (se considera grave si el destrozo causado no permite volver a utilizar dichos elementos) Comunicación escrita a la familia por a Comisióndirectora. de convivencia del consejo escolar. familia y citación.

2 Deterioro grave, causado de forma intencionada o negligente de material de cualquier miembro de la comunidad educativa (entre compañeros o adultos) (se considera grave si el destrozo causado no permite volver a utilizar dichos elementos) Profesor o tutor: amonestación verbal y Comunicaciónescrita. escrita a la familia por la Comisióndirectora. de convivencia del Consejo Escolar.

 Amonestación verbal al alumno.  Amonestación escrita a la familia y citación.

 Pago si se considera oportuno, de parte del coste del material deteriorado.

 Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o a reparar el daño causado en las instalaciones o material. Duración de 5 a 10 días lectivos.

 Pago, si procediera oportuno, de parte del coste del material deteriorado.

134Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es leves)  Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro en tiempos de recreo.

4 Insulto, falta de respeto, amenaza o injuria a personal docente o no docente adulto del centro. Profesor o Comunicacióntutor.escrita a la familia por la Comisióndirectora. de convivencia del consejo escolar.  Amonestación verbal al alumno.  Amonestación escrita a la familia.  Suspensión del derecho de asistencia a clase por un periodo de tiempo comprendido entre 1 y 5 días lectivos.

 Suspensión del derecho de asistencia a clase por un periodo de 5 a 15 días

6 Agresión física a cualquier miembro de la comunidad educativa adulto. Profesor o Comunicacióntutor.escrita a la familia por la Comisióndirectora. de convivencia del consejo escolar.  Amonestación verbal al alumno.  Amonestación escrita a la familia y citación.

5 Agresión física entre iguales Profesor o tutor. Comunicación escrita a la familia por la Comisióndirectora. de convivencia del consejo escolar.  Amonestación verbal del alumno.  Suspensión del derecho de asistencia y participación a actividades extraescolares y de festejos.  Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro en tiempos lectivos.

 Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro en tiempos lectivos.

10 Actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad de la persona de los Profesor o tutor: amonestación privada. Reunión del profesor o  Amonestación escrita a la familia y citación.

 Suspensión del derecho de

 Suspensión del derecho de asistencia a clase por un periodo de tiempo comprendido entre 1 y 5 días lectivos.

9 Actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro (causas anteriores que además impidan realizar la actividad escolar) Profesor o tutor: amonestación privada. Reunión del profesor o tutor con la familia. ComisiónDirectora de Convivencia del Consejo escolar.  Amonestación escrita a la familia y citación.  Cambio de grupo por un máximo de 15 días lectivos.

135Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es lectivos.

8 La falsificación o sustracción de documentos académicos y/o suplantación de personalidad en actos de vida docente. Profesor o Comunicacióntutor.escrita a la familia por la Citardirectora.alafamilia.  Amonestación escrita a la familia y citación.

7 Ausentarse del centro durante el periodo lectivo sin permiso del tutor. Profesor o Comunicacióntutor.escrita a la familia por la Comisióndirectora. de convivencia del consejo escolar.

 Amonestación escrita a la familia y citación.

 Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro en tiempos lectivos.

 Suspensión del derecho de asistencia a clase por un periodo de tiempo comprendido entre 1 y 5 días lectivos.

 Privación definitiva del derecho de uso de los recursos TIC del centro.

 Privación temporal o definitiva del derecho de uso de los recursos TIC del centro.

 Comunicación en persona a la familia

11 Reincidencia en el uso de las TIC sin permiso y sin la presencia de un profesor Profesor o tutor: amonestación privada. Reunión del profesor o tutor con la familia. ComisiónDirectora de Convivencia del Consejo escolar.

13 El incumplimiento de las sanciones impuestas Profesor o tutor: amonestación privada. Reunión del profesor o tutor con la familia. ComiDirectorasión de Convivencia del  Amonestación escrita a la familia y citación.

 Suspensión del derecho de asistencia a clase por periodo de tiempo comprendido entre 15 y 30 días lectivos.

 Denuncia de los hechos a las autoridades competentes.

 Comunicación escrita a la familia.

 Reunión del equipo docente implicado para consensuar la medida correctora.

12 Utilización de las TIC para acosar, difamar, amenazar, etc. a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Profesor o tutor: amonestación privada. Reunión del profesor o tutor con la familia. ComisiónDirectora de Convivencia del Consejo escolar.

136Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas 8actuaciones de intimidación y acoso entre alumnos y/o adultos) tutor con la familia. ComisiónDirectora de Convivencia del Consejo escolar. asistencia a clase y participación a actividades extraescolares y de festejos entre 15 y 30 días lectivos.

✓ Instrucción: hechos causantes, calificación de la conducta, alumnos responsables, sanción aplicable, persona competente para resolver, audiencia al alumno/familia, elevación del expediente al órgano competente.

Todas estas conductas podrán ser sancionadas mediante la incoación de un expediente sancionador con el nombramiento de un instructor y, en su caso, de un secretario. El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo de la directora, a iniciativa propia o a propuesta de cualquier miembro de la comunidad educativa, en un plazo superior a dos días lectivos desde el conocimiento de los hechos. Contenido de los procedimientos sancionadores: ✓ Hechos causantes

✓ Medidas cautelares a adoptar.

✓ Nombramiento del instructor ✓ Posibilidad de acogerse a mediación

 Privación del uso del servicio donde se ha producido la falta por el tiempo que se estime oportuno.

14 SERVICIOS DEL COLEGIO (comedor, transporte y actividades complementarias) Reiteración de faltas de respeto a los compañeros y/o agresiones verbales o físicas a compañeros o personal responsable de estos servicios. Profesor o tutor: amonestación privada. Reunión del profesor o tutor con la familia. ComisiónDirectora de Convivencia del Consejo escolar.

✓ Identificación de alumnos

137Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

Consejo escolar.

✓ Recursos ✓ Prescripción de faltas: 90mdías.

✓ Prescripción de sanciones: 90 días. Aplicación de los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53 y 54 del capítulo V del Decreto 51/2007, de 17 de mayo por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos

138Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 44. ENTRADAS Y SALIDAS DEL CENTRO

9. Al transitar por los pasillos, subir o bajar escaleras, se observará la máxima corrección y silencio.

10.Habitualmente, durante los periodos de recreo, los alumnos permanecerán en el patio. Sólo podrán permanecer en las aulas si es con el consentimiento y presencia del profesor.

2. Cada tutor entrará con los alumnos de su tutoría. En su defecto lo hará el profesor especialista que inicie la sesión de clase con el grupo.

6. Dentro del horario lectivo, los alumnos sólo podrán salir del centro acompañados por sus familiares o tutores legales y con el conocimiento de su profesor/tutor.

11.En caso de que las condiciones climatológicas no sean favorables, se utilizarán, siempre y cuando sea posible, el porche del patio delantero.

7. Cuando un alumno, por causa justificada, llegue al centro más tarde de la hora de inicio de la jornada escolar, podrá acceder al centro siempre y cuando aporte el documento justificativo. Preferiblemente lo hará en los cambios de clase.

12.En los cambios de clase o en ausencia del profesor, se respetarán las por la limpieza y cuidado del centro, procurando no tirar papeles.

1. Las entradas y salidas al recinto escolar, tanto al comenzar las sesiones de mañana como en los recreos, se harán de forma ordenada y mediante filas.

3. La entrada al patio para los alumnos no transportados será entre 15 y 10 minutos antes del comienzo de las clases.

13.normas.Sevelará

4. A las 9:40h, la puerta exterior se cerrará, y toda persona que quiera acceder al centro, tendrá que hacer uso del portero automático.

5. A las 14:30h, los alumnos que no utilicen el servicio de comedor, deberán salir del centro.

8. Cuando un alumno acuda al centro más tarde de la hora de inicio de la jornada escolar y no sea causa justificada, no podrá acceder al reciento hasta la hora del recreo.

c) No se llevarán a cabo en el caso de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en las que concurran alguna de las circunstancias agravantes de la responsabilidad.

d) Una vez aplicada una sanción, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación y procesos de acuerdo reeducativo que, con carácter voluntario, tendrán por objeto prevenir la aparición de nuevas conductas perturbadoras de la convivencia escolar.

a) Cuando se lleven a cabo en conflictos motivados por conductas perturbadoras calificadas como contrarias a las normas de convivencia podrán tener carácter exclusivo o conjunto con otras medidas de corrección de forma previa, simultanea o posterior a ellas.

1) Dentro de las medidas dirigidas a solucionar los conflictos provocados por las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación y procesos de acuerdo reeducativo.

2) Para la puesta en práctica de dichas medidas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

139Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 45. LA MEDIACIÓN Y LOS PROCESOS DE ACUERDO REEDCUATIVO 45.1. ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA PUESTA EN PRÁCTICA DE LAS MEDIDAS DIRIGIDAS A SOLUCIONAR LOS CONFLICTOS PROVOCADOS POR LAS CONDUCTAS DE LOS ALUMNOS PERTURBADORAS DE LA CONVIVENCIA DEL CENTRO

b) Cuando se lleven a cabo en conflictos generados por conductas perturbadoras calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y se haya iniciado la tramitación de un procedimiento sancionador, éste quedará provisionalmente interrumpido cuando el centro tenga constancia expresa, mediante un escrito dirigido a la directora, de que el alumno o alumnos implicados y las familias o tutores legales, en su caso, aceptan dichas medidas así como su disposición a cumplir los acuerdos que se alcance. Igualmente, se interrumpirán los plazos de prescripción y las medidas cautelares, si los hubiere.

b) La mediación está basada en el diálogo y la imparcialidad, y su finalidad es la reconciliación entre las personas y la reparación, en su caso, del daño causado.

45.2.

c) Asimismo, requiere de una estricta observancia de confidencialidad por todas las partes implicadas.

2. El principal objetivo de la mediación es analizar las necesidades de las partes en conflicto, regulando el proceso de comunicación en la búsqueda de una solución satisfactoria para todos.

a) La mediación tiene carácter voluntario, pudiendo ofrecerse y acogerse a ella todos los alumnos del centro que lo deseen.

d) Podrá ser mediador cualquier miembro de la comunidad educativa que lo desee, siempre y cuando haya recibido la formación adecuada para su desempeñoe) El mediador será designado por el centro, cuando sea éste quien haga la propuesta de iniciar la mediación y por el alumno o alumnos, cuando ellos sean los proponentes. En ambos casos, el mediador deberá contar con la aceptación de las partes afectadas.

140Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

45.2.2. Aspectos básicos para su puesta en práctica Para el desarrollo de la mediación será preciso tener en cuenta lo siguiente:

e) Así mismo, y dadas sus características, podrán desarrollarse, inclusive, con conductas no calificadas como perturbadoras para la convivencia en el centro. En este caso, tendrán el carácter de estrategias preventivas para la resolución de conflictos y podrán ponerse en práctica con todos los miembros de la comunidad educativa. LA MEDIACIÓN ESCOLAR 45.2.1. Definición y objetivos

f) La mediación podrá llevarse a cabo con posterioridad a la ejecución de una sanción, con el objetivo de restablecer la confianza entre las personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir.

1. La mediación es una forma de abandonar los conflictos surgidos entre dos o más personas, contando para ello con ayuda de una tercera persona denominada mediador.

45.3. LOS PROCESOS DE ACUERDO EDUCATIVO 45.3.1. Definición y objetivos

3. En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se incumplan los acuerdos alcanzados, el mediador comunicará el hecho a la directora para que actúe en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en el apartado 39.4 de este reglamento.

2. Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador y una vez llevados a cabo los acuerdos alcanzados, la persona mediadora lo comunicará por escrito a la directora del centro quien dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente sancionador,

5. El proceso de mediación debe finalizar con el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, en su caso, en el plazo máximo de diez días lectivos, contando desde su inicio. Los periodos de vacaciones escolares interrumpen el plazo.

141Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 45.2.3. Finalización de la mediación

4. Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta como atenuante de la responsabilidad.

1. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito, explicitando los compromisos asumidos y el plazo para su ejecución

1. El proceso de acuerdo reeducativo es una medida dirigida a gestionar y solucionar los conflictos surgidos por la conducta o conductas perturbadoras de un alumno, llevada a cabo mediante un acuerdo formal y escrito, entre el centro, el alumno y su familia o tutores legales, en el caso de alumnos menores de edad, por el que todos ellos adoptan libremente unos compromisos de actuación y las consecuencias que se derivarán de su desarrollo.

3. Se iniciarán formalmente con la presencia del alumno, de la familia o los tutores legales y de un profesor que coordinará el proceso y será designado por la directora en el centro.

2. Estos procesos tienen como principal objetivo cambiar las conductas del alumno que perturben la convivencia en el centro y, en especial que por su reiteración dificulten su proceso educativo o el de sus compañeros. 45.3.2. Aspectos básicos

b) Las consecuencias que se derivan del cumplimiento o no de los acuerdos pactados. 45.3.3. Desarrollo y seguimiento

4. En el caso de que no se aceptara el inicio de un proceso reeducativo, se aplicarán las medidas posteriores que correspondan, sin perjuicio, en su caso, de proceder conforme a lo establecido en el artículo 34.3 del Decreto 51/2007.

5. El documento en el que consten los acuerdos reeducativos debe incluir, ala)menos:Laconducta que se espera de cada uno de los implicados.

1. Los procesos de acuerdo reeducativo se llevarán a cabo por iniciativa de los profesores y estarán dirigidos a los alumnos, siendo imprescindible para su correcta realización la implicación de las familias o tutores legales, si se trata de menores de edad.

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2. Se constituirán comisiones de observancia para dar por concluido el proceso de acuerdo reeducativo o para analizar determinadas situaciones que lo requieran. Dichas comisiones estarán formadas, al menos, por la familia del alumno o, en su caso, sus tutores legales, el profesor coordinador del acuerdo reeducativo, el tutor del alumno, en

1. Para supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados los centros podrán establecer las actuaciones que estimen oportunas, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 51/2007.

2. Los procesos de acuerdo reeducativo tienen carácter voluntario. Los alumnos y las familias o tutores legales, en su caso, ejercitarán la opción de aceptar o no la propuesta realizada por el centro para iniciar el proceso. De todo se dejará constancia en el centro.

142Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

3. Si la comisión de observancia constatase el cumplimiento de lo estipulado en el acuerdo reeducativo, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador la directora del centro dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente disciplinario.

5. Los acuerdos reeducativos se llevarán a cabo por periodos de 25 días lectivos. Este periodo comenzará a contabilizarse desde de la primera reunión presencial de as partes intervinientes en el acuerdo.

46.1. NORMAS DE CONVIVENCIA Las normas de convivencia concretan y adaptan los derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa a las características y personalidad propia del centro.

46. INSTRUMNETOS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Dentro del aula o en el desarrollo de sus actividades complementarias o extraescolares, llevarán a cabo las actuaciones inmediatas previstas en el Artículo 35 del Decreto de Derechos y Deberes (referido a acciones inmediatas), y en el marco de lo establecido en el Reglamento de Régimen Interno.ElPlan de Convivencia, el Reglamento de Régimen Interno, el Plan de Acción Tutorial y el Plan de atención a la Diversidad deberán contribuir a favorecer el adecuado clima de trabajo y respeto mutuo entre los miembros de la comunidad educativa.

4. En caso de que la comisión de observancia determinase el incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo reeducativo, la directora actuará en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el cómputo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en el apartado 39.4 de este reglamento. Así mismo, podrá actuar conforme a lo dispuesto en el artículo 34.3 del Decreto 51/2007.

caso de ser distinto del anterior, y la directora del centro o persona en quien delegue.

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143Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

3. Todos los miembros de la comunidad educativa participarán activamente en la vida y funcionamiento del centro.

8. Los miembros de la comunidad educativa deben comunicar de inmediato en dirección, la observación de hechos o situaciones extrañas que afecten negativamente a la convivencia del centro.

46.1.2. Normas de convivencia relativas a los alumnos 1 Referentes a su comportamiento personal • Transitar por las dependencias del centro con orden y compostura (sin gritos, sin correr…)

6. Los miembros de la comunidad educativa deben respetar las pertenencias del resto de sus compañeros y colaborar en la recuperación del material desaparecido, entregando cualquier material que no sea de su propiedad en la dirección.

5. Los miembros de la comunidad educativa deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro, así como los materiales propios o ajenos utilizados en las actividades. Por ello, mantendrán el orden y limpieza de las instalaciones y materiales utilizados.

7. Los miembros de la comunidad educativa procurarán que las aulas queden bien cerradas, apagando los interruptores y/ o cualquier dispositivo que suponga consumo energético, al finalizar la actividad que estuviesen realizando.

2. Ningún miembro de la comunidad educativa discriminará a otro por razón de nacimiento, raza, sexo, o cualquier otra circunstancia personal o social.

9. No está permitida la presencia de personas ajenas en todo el recinto del centro sin permiso de la dirección. Si las hubiera, se notificará en la dirección del entro.

1. Los miembros de la comunidad educativa deben mostrarse mutuamente el debido respeto y consideración

4. Los miembros de la comunidad educativa respetarán la libertad de conciencia y las convicciones: religiosas, políticas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos sus compañeros.

144Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 46.1.1. Normas comunes

• Respetar las normas de limpieza en el colegio (no tirar papeles, bolsas, desperdicios…) en los pasillos, aulas, servicios y demás dependencias

• Queda terminantemente prohibido traer al centro objetos peligrosos.

• Respetar el derecho al trabajo de sus compañeros.

• Por respeto a los demás miembros de la comunidad escolar, los alumnos cuidarán de su higiene personal.

145Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

• Los alumnos se responsabilizarán de los materiales y efectos personales que traigan al centro, quedando el centro exento de responsabilidad.

• Las actuaciones de los alumnos realizadas fuera del recinto escolar, pero que estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar y que afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa, podrán corregirse del mismo modo.

• Usar una vestimenta adecuada para las actividades que se vayan a realizar.

• Las actuaciones contrarias a las normas del centro realizas por los alumnos en las actividades complementarias y extraescolares (charlas, conferencias, actividades culturales o deportivas, fiestas, excursiones, acampadas, viajes de estudios, traslados en medios de transporte, talleres, etc.) podrán corregirse mediante lo procedimientos indicados en el presente reglamento.

• Disfrutar y mantener la limpieza y estética de clases, aseos, patios…

• Mantener las mismas conductas y actitudes exigidas en el centro cuando se realizan visitas, excursiones o cualquier otra actividad que se realice fuera del centro.

• No utilizar aparatos electrónicos (móviles, consolas…) en las dependencias del centro.

• Los alumnos deberán cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro y asistir a clase

• Los alumnos deben participar plenamente en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio. Para ello, traerá diariamente el material solicitado por el profesor de acuerdo con la programación de la asignatura.

• Aceptar el diálogo para esclarecer las situaciones conflictivas que se planteen en el centro.

• No podrán utilizar, sin la autorización del profesor, materiales o apuntes personales en aquellas actividades en las que así esté estipulado. En las actividades individuales de evaluación o controles personales no podrán utilizar métodos fraudulentos

146Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

con puntualidad, ya que la falta de ésta interfiere en el rendimiento escolar de sus compañeros y dificulta gravemente el seguimiento de las actividades formativas por parte del alumno.

3- Referentes al profesorado y personal no docente

2 Referentes a sus compañeros

Los alumnos tienen el deber básico dele estudio y aprovechamiento del puesto escolar que la sociedad pone a su disposición. Por tanto, no podrán faltar a clase sin un motivo y justificado.

• Seguir las orientaciones del profesor respecto a su aprendizaje, realizando las actividades propuestas. En ningún caso realizará en el aula otra actividad distinta de la solicitada por el profesor.

• Colaborar con los compañeros en las actividades escolares y extraescolares.

• Tratar con respeto a sus iguales.

• No interrumpir la marcha de la clase.

• Tener un trato respetuoso tanto con el profesorado como con el personal al servicio del centro.

• Respetar todas las pertenencias de los demás.

• Evitar conductas de riesgo para ellos mismos y los demás (zancadillas, peleas, arrojar piedras, jugar con palos…)

• Para subir y bajar las mochilas de ruedas se hará sin golpear las escaleras.

• En caso de ausencia de un profesor, los alumnos esperarán en el aula la llegada del profesor sustituto. Si por cualquier motivo éste no acudiera en el tiempo de 10 minutos, el encargado (responsable) de la clase lo comunicará a la dirección del centro.

• Respetar las instalaciones, mobiliario y material escolar.

4 Referentes al colegio

• Cuidar que las clases, servicios, pasillos se mantengan limpios y ordenados.

• No podrán interrumpir deliberadamente las explicaciones ya actividades de clase con finalidad contraria a los objetivos perseguido por el profesor.

• Los alumnos que, individual o colectivamente, causen daños, de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones del centro o su material, así como a los autocares en los desplazamientos (actividades complementarias o extraescolares), están obligados a reparar el daño causado o se harán cargo, dependencias donde se realicen actividades extraescolares o complementarias o de dichos autocares deberá restituirlos. En todo caso, las familias o representantes legales de los alumnos serán responsables civiles en los términos previstos en la ley.

147Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

• Cuando los deterioros sean atribuidos a un grupo o curso y no aparezcan los autores, su no existiese la colaboración necesaria para determinar la autoría de los hechos, y sobre todo, si estos fuesen reiterativos, se responsabilizará de la reparación a todos los alumnos pertenecientes al mismo o a quienes hayan usado el aula en un desdoble.

• El alumno debe atender las indicaciones del personal no docente, quien podrá, ante conductas contrarias a las normas del centro, llevar a un alumno ante la directora.

• Queda prohibido jugar con balones y/o pelotas, gritar dentro del edificio.

• Participar en la creación de un clima que fomente el estudio, el trabajo, la creatividad, la participación, la solidaridad, el espíritu crítico, el respeto y el compañerismo.

✓ Los profesores tienen la obligación de cumplir los deberes que le exige la normativa vigente.

• En los cambios de aula, los alumnos se desplazarán por los pasillos sin vocear o realizar acciones que perturben el normal desarrollo de la vida del centro.

• Participar, de acuerdo con su edad, en la organización del centro.

✓ El profesor como miembro de la comunidad educativa tiene el deber de observar las normas comunes de convivencia del centro.

• No podrá abandonar el aula, antes de la hora de finalización de la clase, a no ser por un motivo plenamente justificado y con el conocimiento del profesor del aula, tutor o directora.

• Cumplir las normas de convivencia recogidas en el RRI.

✓ El profesor tiene la obligación de mantener el orden en su aula, y colaborar en el mantenimiento del mismo en los pasillos y otras dependencias del centro, evitando actuaciones contrarias a las normas de convivencia del centro.

• No permanecer ni transitar por aulas y pasillos en los recreos y horas del comedor.

46.1.3. Normas de convivencia relativas a los profesores

148Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

• Queda prohibido jugar, permanecer reunidos, esconderse, pintar, destrozar o hacer mal uso de los lavabos.

5 Referentes a la asistencia al colegio

• El tutor llevará el registro control de asistencia del alumno. Deberán reseñar en el boletín de información trimestral a las familias, las faltas de asistencia del alumno durante el periodo evaluado.

• Los alumnos acudirán con puntualidad, tanto a las actividades lectivas y extraescolares como a los demás servicios (transporte y comedor). No se podrá llegar al centro con retraso, sin causa justificada.

46.1.4. Normas de convivencia relativas a las familias o Las familias de los alumnos como miembros de la comunidad educativa tienen el deber de observar las normas comunes de convivencia del centro.

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✓ Hay que recordar que Educación Infantil, sale 5 minutos antes de la hora de salida de centro.

✓ En los cambios de aula, los profesores especialistas acompañan a los alumnos desde y hasta sus aulas respectivas. Con la puntualidad de especialistas, tutores y otros profesores que dan clase a un grupo, se evitará que los alumnos estén solos en aulas o pasillos.

o Abstenerse de visitar a sus hijos durante actividades lectivas y complementarias y recreos sin causa justificada.

149Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

o Las familias tendrán la obligación de cumplir todos aquellos deberes indicados en este reglamento y todos los que les vienen exigidos en la normativa vigente. o Las familias colaborarán en el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos respecto al centro: puntualidad, orden, aseo, tareas, etc.

o Las familias deben justificar debidamente, si procede, las ausencias y retrasos de sus hijos.

✓ El profesor facilitará la realización de actividades complementarias y extraescolares, siempre que las mismas no conlleven alteraciones académicas importantes y se conozcan, en la medida de lo posible, con antelación.

✓ Rotar el orden de lista que ponerse en fila, así evitamos los conflictos por ser el primero y el tiempo que pierden esperando en la fila para que los quiten el sitio.

✓ El profesor que esté a última hora bajará con el alumnado hasta la puerta de salida y en infantil hasta la verja de salida. Los niños que se queden al comedor se encargarán los cuidadores del comedor.

✓ Cada tutor está en las filas puntualmente (mínimo de 3 minutos antes) a las horas de entrada y sube con ellos hasta clase, para después rotar los especialistas.

o Respetar los horarios establecido en la PGA, así como la organización del centro a fin de no entorpecer la marcha de normas de las actividades de este, salvo en caso de urgencia.

o Participar en el funcionamiento del colegio a través de sus representantes en el Consejo Escolar o mediante la utilización de los canales de la AMPA.

o Facilitar todo tipo de información, datos valorativos y de salud de sus hijos al profesorado que lo precise.

150Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

o No desautorizar la acción del profesor en presencia de sus hijos.

o Colaborar con el tutor en la mejora de la formación, el rendimiento y el comportamiento de su hijo.

o Acudir a las reuniones generales y a las citaciones del profesorado.

o Las familias esperarán en el patio delantero, sin entorpecer la función del profesorado. o Sólo acompañarán las familias de infantil a los niños a la fila, dejándole y saliendo de nuevo hacia el patio. En 3 años se les deja permanecer cerca de la fila sólo durante el primer trimestre.

o Insistir que no dejen subir a los niños a las vallas del colegio. Si ocurriese algún incidente será responsabilidad el adulto acompañante.

o Recoger a los niños cuando tengan que salir antes de tiempo. Se dará conocimiento al tutor. o La familia que venga a recoger al alumno se dirigirá al profesor existente que lo busque. o Detallar como va a ser la recogida de los niños en las entradas y salidas de talleres.

o En caso de separación judicial de la familia, informar a quien corresponda la tutela de los hijos.

o Las familias motivarán a sus hijos en el respeto a las normas de convivencia del centro, como un elemento que contribuye a su formación integral.

o Participar activamente en la consecución de los fines y objetivos propuestos por el centro.

✓ El personal no docente tiene la obligación de cumplir todos aquellos deberes indicados en el presente reglamento y todos los que les exige la normativa vigente.

▪ Las familias dejarán a sus hijos a la entrada, formando filas, para que ellos se coloquen y se dirijan a sus aulas a la indicación de sus profesores.

▪ Se impedirá el acceso al recinto escolar durante el horario lectivo a cualquier persona ajena al centro, siempre que no esté autorizado para ello.

▪ Los accidentes que se produzcan en las inmediaciones del colegio antes de las entradas serán responsabilidad de las familias y/o alumnos sin

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▪ Fuera del horario lectivo sólo pueden permanecer en el recinto escolar aquellos alumnos que están al cargo de monitoras del comedor o de personas responsables de las actividades extraescolares aprobadas en el PGA.

Acceso al recinto escolar, entradas y salidas ▪ Las familias solamente tendrán acceso al edificio para hablar con el profesorado establecido para ellos, evitando interrupciones en el aula u otras actividades. Si el asunto a tratar fuera de extrema importancia o urgencia procurará atenderlos el Equipo Directivo.

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46.1.5. Normas de convivencia relativas al personal no docente ✓ El personal no docente de administración y servicios como miembros de la comunidad educativa tienen el deber de observar las normas comunes de convivencia del centro.

▪ Por la mañana, los monitores de transporte acompañarán a los niños hasta su entrada al centro.

46.1.6. Otras normas de organización y funcionamiento Las siguientes Normas de Organización y funcionamiento garantizan el cumplimiento de las normas de convivencia establecidas en el Plan de Convivencia, por lo que suponen una contribución importante en la prevención y resolución de conflictos.

▪ Para tratar temas de carácter administrativo serán atendidos por el equipo Directivo en el horario que figura expuesto al público.

152Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

▪ Todos los profesores atenderán al cuidado y la vigilancia de los recreos.

▪ Durante el recreo permanecerá abierta la biblioteca escolar, responsabilizándose de ella el profesor encargado de su vigilancia según la distribución hecha por la directora.

▪ Si se baja al alumnado antes de la hora del recreo, el profesor con el que estén deberá esperar a que lleguen los responsables de patio.

▪ Las entradas y salidas se harán de forma ordenada y en silencio.

▪ Cuando un alumno llegue tarde deberá acceder al centro acompañado por unas familias y/o adulto autorizado, con justificante.

▪ En caso de inclemencias meteorológicas, los alumnos de infantil podrán utilizar el pasillo de infantil con el material apropiado, y en el caso de primaria, se podrá utilizar adecuadamente y de forma correcta el porche del patio delantero. No obstante, bajo la palabra de la dirección del centro se utilizarán las aulas, en las cuales estará presente el tutor del aula y los especialistas irán rotando por las aulas.

▪ Debe respetarse el tiempo de recreo como tiempo de ocio necesario del horario lectivo escolar, por lo que se procurará evitar disponer sistemáticamente de él para sancionar a los alumnos. En el caso de que

▪ A la entrada y salida, tanto por la mañana, como por la tarde y en el recreo, el profesor correspondiente acompañará a sus alumnos desde la entrada y hasta la puerta Recreos

▪ El recreo será el especialista o tutor que le toque impartir materia el que suba con ellos.

▪ En ningún caso permanecerán los alumnos solos dentro de las aulas y/o pasillos, ni saldrán del centro sin autorización.

▪ Las pistas deportivas se distribuirán para uso alternativo por distintos grupos de alumnos, cuidado del adecuado uso y disfrute.

perjuicio de que desde el centro se avise a las familias de los alumnos que no hayan venido acompañados

▪ Para el cuidado y vigilancia de los recreos, la directora organizará turnos entre los maestros del centro, según la ratio oficial establecida para cada etapa.

▪ Creación de “patios activos” fortaleciendo juegos tradicionales.

▪ Dar alternativa a los niños que quieren bailar o hacer teatrillos.

▪ En los recreos el material deportivo del centro no se podrá utilizar, salvo que sea controlado por los profesores.

▪ Ante un malestar o accidente sobrevenido a un alumno en horario escolar, será el profesor que en ese momento se encuentre con ellos el que debe buscar solución, bien por su mismo o poniéndolo en conocimiento del tutor o algún miembro del equipo Directivo, guardando la proporción debida que el caso requiera.

algún alumno se quede en clase o no salga al patio, siempre ha de estar controlados por el profesor.

▪ Prohibir “la pelea como juego”.

▪ Los mediadores formarán parte del orden del recreo. Usarán el cuaderno de incidencias para ir anotando aquellos que sucede en el patio.

▪ Quedan prohibidos los juegos que supongan molestias y/o peligro para los demás, así como traer todo tipo e objetos agresivos.

▪ No se podrá medicar a los alumnos, incluso aunque ellos lo demanden.

▪ Atención a las conductas de “acosos” reincidentes. Detección de los casos más significativos.

▪ Queda prohibido subirse a la valla, canastas, porterías… así como arrojar piedras, objetos dentro del patio, hacia el exterior o hacia el interior del patio.

▪ Potenciar las liguillas, de Badminton, pin pon… y otros a lo largo del curso.

▪ Los balones serán los que se den del centro a las tutorías. Aquel que cuele el balón o lo rompa, lo repondrá de su casa.

▪ No utilizar los aseos/baños salvo urgencias.

▪ Establecer turnos diarios de limpieza del patio. Se comenzará por los cursos Enfermos/accidentadossuperiores.

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▪ Si surgen problemas en el tiempo de recreo, los alumnos se dirigirán a los profesores de vigilancia par solucionarse o ponerlo en conocimiento del equipo Directivo.

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▪ Se facilitará la información referente a cuidado y atención de alumnos con enfermedades crónicas o metabólicas a las personas responsables de los mismos.

▪ En el caso de que un alumno deba medicarse en horario escolar será la familia los que se responsabilicen, bien haciéndolo ellos o bien comunicando por escrito al tutor que el alumno, siempre que tenga autonomía, se va a hacer cargo de esa administración.

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▪ Si el malestar del alumno impide que siga la clase con normalidad se avisará a la familia para que venga a recogerlo.

1. En conformidad con lo dispuesto en el Título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación corresponden al consejo escolar, al claustro de profesores y a la dirección del centro las funciones y competencias referentes a la convivencia escolar.

▪ Si, en caso de accidente, un alumno tiene que ser llevado al centro de salud, será la dirección del centro quien proceda a nombrar la persona encargada de acompañarlo, que deberá solicitar al médico justificante de esa atención.

▪ Si un alumno tiene que acudir a consulta médica durante el horario lectivo deberá traer un justificante previo que entregará a su tutor, no pudiendo salir del centro hasta que no venga a recogerlo el familiar o persona autorizada.

2. El coordinador de convivencia, los tutores de los grupos de alumnos y los profesores sin atribuciones de coordinación específica deben de intervenir de manera concreta, tanto a través de sus funciones propias y de los contenidos curriculares como de las estrategias metodológicas pertinentes, en el refuerzo de los derechos y deberes explicitado en este

46.2. FUNCONES Y COMPETENCIAS DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA REFERENTES A LA CONVIVENCIA ESCOLAR El Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León, establece lo siguiente:

El consejo escolar podrá decidir que asistan a la comisión de convivencia, con voz, pero sin voto, representantes de otros sectores del mismo o de personas que por su cualificación personal o profesional puedan contribuir a un mejor cumplimiento de sus fines.

b) Velar por el correcto ejercicio de los derechos y deberes de los alumnos, conocer la resolución de los conflictos disciplinarios y garantizar su adecuación a la normativa vigente.

Decreto y en la consecución de un clima escolar adecuado para el desarrollo de la actividad educativa en el aula y en el centro.

46.2.1. Funciones y competencias del Consejo Escolar Corresponde al consejo escolar del centro en materia de convivencia escolar:a)Aprobar

c) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familias y social.

anualmente el Plan de Convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el RRI.

d) Revisar, a instancia de las familias o tutores legales, las medidas adoptadas por la dirección del centro en relación con las sanciones por conductas de los alumnos gravemente perjudiciales para la convivencia, proponiendo las medidas oportunas. e) Evaluar y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de convivencia, especialmente sobre los resultados de la aplicación del Plan de Convivencia. 46.2.2. La comisión de Convivencia En el seno del consejo escolar existirá una comisión de convivencia, que tendrá como finalidad garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto en este Decreto, colaborar en la planificación de medidas preventivas y en la resolución de conflictos.Enelcentro, la comisión estará integrada por la directora, coordinador de convivencia, coordinadores de los ciclos y miembro del EOE.. Si el coordinador de convivencia no forma parte de la comisión de convivencia como representante del profesorado en el consejo escolar, asistirá a sus reuniones con voz, pero sin voto.

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de la actividad lectiva: determinación de las normas de Seconvivencia.proponen las normas de convivencia del centro, o su revisión, según proceda, para que sean aprobadas por el Consejo Escolar del centro.

2. En el inicio del curso: difusión de las normas de convivencia. Para la difusión de las normas de convivencia se podrán llevar a cabo las siguientes actuaciones: ▪ La dirección del centro las dará a conocer a los tutores de cada grupo. ▪ El tutor las dará a conocer a sus alumnos en las primeras sesiones del curso y a las familias en la primera reunión que se tenga con ellos.

Temporalización:1.Antesdelinicio

156Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

 Canalizar las iniciativas de los diferentes sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia en el centro.

 Informará al Consejo Escolar, dos veces durante el curso, sobre las actuaciones realizadas y hará las propuestas que considere oportunas para la mejora de la convivencia.

Funciones y actuaciones de la comisión:

 Establecimiento de un proceso para las situaciones graves o muy graves.

 Establecimiento de un proceso ordinario para la resolución de conflictos con indicación de las funciones del tutor, del orientador, del jefe de estudios y de la directora.

 La comisión elaborará un informe al finalizar el curso sobre la convivencia en el centro. Los resultados más significativos de este informe se incorporan a la Memoria Anual y deberá incluir las valoraciones sobre la situación de la convivencia.

 Proponer medidas pertinentes que garanticen los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y eviten que se incurra en conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.

 Potenciar la comunicación constante entre todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar el clima de convivencia ene l centro.

3. Actuaciones a lo largo del curso: a) Mensualmente:  En una de las reuniones de internivel/ciclos se le dedicará un tiempo a reflexionar sobre la convivencia escolar.  Si en esta reunión se detecta algún signo de conflictividad deberá comunicarlo inmediatamente a la dirección, a través del procedimiento establecido.

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 El referente de detección de las situaciones será los indicadores de conflictividad establecidos en las normas de convivencia y en la propia observación de los acontecimientos b) Mes de enero:  Se realizará una aplicación informática de seguimiento de la convivencia.  Su utilización permite un seguimiento continuo de la situación real de los centros educativos para que la Consejería de Educación pueda poner en marcha los mecanismos y recursos precisos para abordar la solución de los conflictos escolares. La Comisión de Convivencia informará al Consejo Escolar del clima escolar, de las situaciones y estrategias para la resolución de los conflictos detectados, de las propuestas de mejora y de los resultados académicos.Elinforme elaborado se enviará online a la Dirección Provincial de Educación (Área de Inspección educativa), en el mes de junio

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▪ Estarán expuestas, para conocimiento de la comunidad educativa, en la web del centro.

4. Al finalizar el curso: ✓ Durante el mes de junio, la Comisión de Convivencia elaborará un informe, según un documento oficial (anexo I de la Resolución del 15 de junio de 2009) en el que se dará cuanta al Consejo Escolar del seguimiento y evaluación de la Convivencia del Centro.

▪ Al inicio del curso, se dará a las familias de los alumnos un resumen escrito de las normas de convivencia para su conocimiento.

1. Corresponde al claustro de profesores proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. Estas propuestas serán tenidas en cuenta en la elaboración del Plan de Convivencia que anualmente se apruebe por el Consejo Escolar.

✓ Se informará al claustro y se presentará al Consejo Escolar para su conocimiento y posterior inclusión en la Memoria Final del curso.

d) Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos.

46.2.4. Funciones y competencias del Equipo Directivo

a) Favorecer el fomento de la convivencia en el centro, impulsando el Plan de Convivencia aprobado por el Consejo Escolar.

46.2.3. Funciones y competencias del Claustro de profesores

2. Asimismo, en sus reuniones ordinarias y, si fuera preciso, en reuniones extraordinarias, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará por que éstas se atengan a la normativa vigente.

2. Son competencias de la directora:

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1. Corresponde al Equipo Directivo fomentar la convivencia escolar, e impulsar cuantas actividades estén previstas en el Plan de Convivencia del centro,

✓ También en el mes de junio se realiza la segunda aplicación informática.

b) Imponer las medidas de corrección que se establecen en el artículo 38 de Decreto 51/2007, que podrá delegar en algún miembro del equipo Directivo, en el tutor docente del alumno o en la comisión de convivencia del centro.

158Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es

✓ Este informe se enviará online y por escrito a la Dirección Provincial (área de inspección) se incorporará a la Memoria Anual.

c) Garantizar el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para la resolución de conflictos según los procedimientos establecidos para cada uno de ellos en el Decreto 51/2007.

a) Coordinar, en colaboración con la directora, el desarrollo del Plan de Convivencia y participar en su seguimiento y evaluación.

3. Corresponde la función de jefatura de estudios que es asumida por la a)directora:Coordinar y dirigir las actuaciones del coordinador de convivencia, de los tutores y de los profesores, establecidas en el Plan de convivencia y en el reglamento de régimen interior, relacionadas con la convivencia escolar.

d) Participar en la comunicación y coordinación de las actuaciones de apoyo individual o colectivo, según el procedimiento establecido en el centro y, promover la cooperación educativa entre el profesorado y las familias, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Convivencia.

1. La directora designará, entre los miembros del claustro, un coordinador de convivencia, quien tendrá las siguientes personas:

e) Coordinar a los alumnos que pudieran desempeñar acciones de mediación entre iguales.

f) Aquellas otras que aparezcan en el Plan de Convivencia del centro o que les sean encomendadas por el Equipo Directivo encaminadas a favorecer la convivencia escolar.

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b) Imponer y garantizar, por delegación de la directora (misma persona), las medidas de corrección y el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo que se lleven a cabo en el centro. 46.2.5. El coordinador de convivencia

c) Participar en las actuaciones de mediación, como modelo para la resolución de conflictos en el centro escolar, en colaboración con la directora y el tutor.

b) Participar en la elaboración y aplicación del Plan de Acción Tutorial en coordinación con el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica, en lo referente al desarrollo de la competencia social del alumnado y la prevención y resolución de conflictos entre iguales.

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46.2.7. Funciones y competencias de los profesores Los profesores, dentro del aula o en el desarrollo de sus actividades complementarias o extraescolares, llevarán a cabo las actuaciones inmediatas previstas en el apartado 36 de este reglamento (artículo 35 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo)

2. El profesor coordinador de convivencia participará en la comisión del centro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.2 b) del Decreto 51/2007. Funciones y competencias de los tutores

46.2.6.

• Corresponde a los tutores, en el ámbito del Plan de Acción Tutorial, la coordinación de los profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su tutoría, mediando entre profesores, alumnos y familias o tutores legales.

• En dicha lista señalar R (retraso) o F (falta). Si está se justifica se subrayará R o F.

• Recoger las faltas justificadas de las familias o tutores legales.

160Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

El tutor tendrá conocimiento de las actuaciones inmediatas y medidas adoptadas por lo s profesores que imparten docencia en su grupo de tutoría, con el objeto de resolver los conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia que facilite el desarrollo de la actividad educativa.

• Los tutores impulsarán las actuaciones que se lleven a cabo, dentro del Plan de Convivencia, con el alumnado del grupo de su tutoría.

• Recoger los justificantes de las salidas de los alumnos que firman las familias (dirección)

• El profesor velará por el cuidado del material que está en las aulas y tienen el debate de comunicar de los desperfectos habidos al equipo directivo para tomar las medidas necesarias.

• Será responsable de su grupo clase dentro el recinto escolar y durante las actividades escolares.

• Lista mensual de asistencia y puntualidad de su alumnado. Dejar un margen de 10 minutos en la entrada, A partir de este momento se considerará falta.

b) Sistema para la recopilación de información que permita elaborar un pronóstico de la situación.

46.3. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE CONFLICTO QUE AFECTEN A LA CONVIVENCIA ESCOLAR

d) Un plan con el resto de las actuaciones a desarrollar y su seguimiento.

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Carretera

46.2.8. Funciones y competencias del personal no docente El personal no docente del centro en el ejercicio de sus funciones de atención al alumnado, llevarán a cabo las actuaciones inmediatas previstas en el apartado 36 de este RRI.

46.3.1. Ante las situaciones de conflicto aplicaremos lo establecido en el Artículo 28. D) del Decreto 51/2007, los procedimientos de actuación ante situaciones de conflicto, en los que al menos deberán figurar los siguientes aspectos:a)Medidas de actuación inmediata ante la situación en conflicto.

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46.3.2

De todas las actuaciones que llevaremos a efecto en la resolución de conflictos dejaremos constancia escrita de los hechos y de todos los procedimientos seguidos, así como de su resolución. E caso de que no tuviéramos contemplado en este RRI, algún procedimiento específico aplicaremos de forma supletoria el Anexo I de la Orden EDU/1921/2007 de 27 de noviembre.46.3.3.Los procedimientos o estrategias de intervención que elijamos para la resolución de conflictos no deberán suplantar a ninguno de los órganos de gobierno, de participación en el control y gestión y de coordinación del centro, sino que facilitarán el desarrollo de sus funciones, en particular las correspondientes al equipo directivo y las referidas al tutor como mediador en los conflictos que pueda surgir.

c) Referencias que permitan evaluar los comportamientos problemáticos y las circunstancias en que aparecen.

162Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CAPÍTULO VIII: DISPOSICIONES FINALES 47. PRIMERAANEXOS

. Las normas contenidas en el presente Reglamento de Régimen Interior serán de aplicación en el ámbito del Colegio Público de Educación Infantil y Primaria “Nuestra Señora de Ronte” de Osorno La Mayor (Palencia) y no entrarán en contradicción con las disposiciones oficiales. En caso de que así fuera, se aplicarán estas últimas.

SEGUNDA. El presente RRI será difundido entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. El profesorado lo conocerá en el momento de su incorporación al centro y a través de las revisiones y del seguimiento que de él se haga en el claustro de Losprofesores.alumnos lo conocerán a través de las actividades previstas en el Plan de Acción Tutorial. La difusión entre las familias se hará a través de las reuniones de grupo de familias, de las entrevistas individuales y a través de sus representantes en el Consejo Escolar.

TERCERA. El Equipo Directivo hará las propuestas de modificación necesarias para la adecuación a la normativa que vaya publicándose. Todos los cursos académicos durante el mes de septiembre, se revisarán las normas contenidas en este Reglamento, y, si se considerase necesario, el claustro de profesores propondrá las modificaciones oportunas para que sea el Consejo Escolar quien las evalúe.

Tanto la definición, objetivos, aspectos básicos, desarrollo, seguimiento y finalización tanto de los procesos de mediación como de los procesos de acuerdo reeducativo, se encuentra desarrollados en la sección 1ª (art. 42 al 44) y en la sección 2ª (art. 45 al 47) del capítulo IV del Decreto 51/2007.

Con el fin de garantizar tanto el adecuado desarrollo del procedimiento como el respeto de los derechos y el cumplimiento de los deberes de las partes implicadas en el mismo, éste deberá estar documentado desde su inicio, con especial atención a la constatación de los hechos que lo motivan y a la audiencia y aceptación voluntaria por parte de las familias.

Dichos procedimientos se podrán llevar a cabo con cualquier conducta perturbadora ya sea su calificación como contraria a la convivencia en el centro, y considerada como falta leve, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, y considerada como falta grave o muy grave, y se concretarán en la apertura de procesos de mediación, procesos de acuerdo reeducativo y la aceptación inmediata de sanciones.

163Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 47.1. ANEXO I. PROCEDIMIENTO DE ACUERDO ABREVIADO Según Decreto 23/2014 (Articulo 29.2. b.2º), los procedimientos de acuerdo abreviado tienen como finalidad agilizar las actuaciones posteriores con las conductas perturbadoras de la convivencia, reduciendo el plazo de respuesta a dicha conducta e incrementando, con ello, el nivel de eficacia de la misma y reforzando su carácter educativo.

DATOS CENTROPERSONALES Localidad:Nombre: Código: ALUMNO Nombre y DNI:Apellidos Fecha Nacimiento: Curso y grupo: Profesor Tutor:

164Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS FECHA: DESCRIPCIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE MOTIVAN LA APERTURA DEL PROCEDIMIENTO PROPUESTA DE MEDIDA DE CORRECCIÓN QUE SE REALIZA COMPROMISOS QUE SE ADQUIEREN AMBAS PARTES CON EL ACUERDO ACEPTACIÓN POR EL ALUMNO Y SU FAMILIA DE LA MEDIDA PROPUESTA ________________________________________ y su ________ D.________________________ Aceptan la medida correctora propuesta en este procedimiento abreviado. Osorno La Mayor a ________ de ______________ de 202 Firmas Alumno Padre/Madre/Tutor PROCEDIMIENTO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE MEDIDAS PROPUESTAPROPUESTASDE FINALIZACIÓN PROPUESTA DE FINALIZACIÓN DE LA MEDIDA ACTUACIONES DERIVADAS

165Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 47.2. ANEXO II. MODELO DE DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE HECHOS CONSTATADOS POR EL PROFESORADO Teniendo en cuenta el Decreto 23 /2014, artículo 25 bis, en el ejercicio de las actuaciones de corrección y disciplinarias, los hechos constatados por el profesorado y miembros del Equipo Directivo de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad o salvo prueba en contrario, cuando se formalicen por escrito en documento que cuente con los requisitos establecidos reglamentariamente, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan ser señaladas o aportadas. Modelo de Descripción de los hechos DATOS PERSONALES PROFESOR CENTRO Nombre y Apellidos DNI: NRP: Especialidad: Curso y grupo: Área impartida: ALUMNO Nombre y Apellidos DNI: Edad: Curso y grupo: Profesor Tutor: FAMILIAR O TUTOR IMPLICADO Nombre y Apellidos DNI: Parentesco con el alumno: DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS Fecha y DESCRIPCIÓNhora DE LAS CONDUCTAS MOTIVO DE ACTUACIÓN

166Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es DEFINICIÓN DE LA CONDUCTA ACTUACIONES INMEDIATAS LLEVADAS A CABO POR EL PROFESOR DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS SEGÚN LOS TESTIGOS PRESENTES PROPUESTAS MEDIDAS PROPUESTAS POR EL PROFESOR OTRAS MEDIDAS

167Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 47.3. ANEXO III. RELACIÓN DE INCIDENCIAS EN LA CONVIVENCIA ESCOLAR. TUTOR Día/lugar implicadasPersonas profesores,Testigos: alumnos… ocurridosHechos Resolución

168Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 47.4. ANEXO IV. RELACIÓN DE INCIDENCIAS EN LA CONVIVENCIA ESCOLAR. JEFATURA DE ESTUDIOS/DIRECCIÓN LugarDía/ implicadasPersonas profesores,Testigos: alumnos… ocurridosHechos Resolución convivenciacomisiónaNotificaciónlade Inclusión en la informáticaaplicación

47.5.

Carretera

169Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es ANEXO V. ACTUACIÓN CORRECTORA Dña. Noelia Pedrosa Merino, directora del CEIP “Nuestra Señora de Ronte” de Osorno La Mayor, comunica a D./Dña.familia o tutor legal del alumno que con objeto de cesar la conducta contraria a las normas de convivencia del centro escolar de su hijo, consistente en: (Enumeración de las faltas cometidas) Conforme con lo establecido en el artículo 38 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León, llevará a término la siguiente medida de corrección: (Amonestación escrita a la familia o tutores del alumno) (Sanciones aplicadas según el RRI) En Osorno La Mayor, a de de LA DIRECTORA FAMILIA O TUTOR LEGAL Fdo: Noelia Pedrosa Merino Fdo:

170Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es 47.6. ANEXO VI. MODELO DE ACTA COMISIÓN DE CONVIVENCIA Acuerdos:TemasAsistentes:Hora:Fecha:quetratar: En Osorno La Mayor a de de 20

171Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es CERTIFICADO DE APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CEIP NUESTRA SEÑORA DE RONTE Doña Aurora Iñigo Fernández, secretaria del “CEIP Nuestra Señora de Ronte” de Osorno La Mayor (Palencia)

Para que conste firmo la presente con el Vº Bº de la Directora La Directora La Secretaria Fdo. Doña Noelia Pedrosa Merino Fdo. Doña Aurora Iñigo Fernández

CERTIFICA: Que el presente Reglamento de Régimen Interno (RRI) ha sido elaborado por el Equipo Directivo del centro, con las propuestas del Claustro de profesores y del Consejo Escolar. A su vez, ha sido evaluado por el Consejo Escolar y aprobado por la directora con fecha de 1 de septiembre de 2021, haciéndose público a través de la página web del http://ceipnuestrasenoraderonte.centros.educa.jcyl.es/sitio/index.cgicentro.

47.7. ANEXO VIII. LA DISCIPLINA ESCOLAR: ACTUACIONES CORRECTORAS Carretera Abia, 0 S/N, 34460 Osorno, La Mayor (Palencia) Teléfono: 979 81 72 68 34001364@educa.jcyl.es http://www.ceipnuestraseñoraderonte.centros.educa.jcyl.es

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