Educacion y Derechos Humanos

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No sabemos cuánto tiempo más subsistirá la institución matrimonial —que pasa por momentos críticos— ni qué cambios experimentará, pero sin duda el matrimonio no es un bien por sí mismo, sino sólo en cuanto constituya un espacio de amor, ternura, solidaridad, respeto, amistad y mejoría de la condición humana. Éstas son las características que debieran concurrir en toda unión amorosa —no sólo la conyugal—, por lo que, en atención a ellas, la pregunta acerca de si el hombre tiene derecho a forzar sexualmente a su compañera queda absolutamente fuera de lugar. No puede considerarse cópula normal —como se ha calificado con pudibundez a la penetración vaginal tomando como único criterio rector el conducto del coito— la cópula impuesta, que es la más anormal, la más insana, la nunca respetable, la forzosa y gravemente ofensiva. Tampoco puede considerarse que constituye el ejercicio de un derecho si se realiza en el matrimonio, pues ese derecho surge sólo, en cada ocasión, con el consentimiento de la pareja. Quien por medio de la violencia le impone el coito a su mujer, no se excede simplemente en su derecho —¡no lo tiene!— sino actualiza la lesión a la libertad sexual, que es el bien jurídico tutelado por la figura delictiva de violación. Ello, por la misma razón en virtud de la cual quien le impide a su esposa salir de casa encerrándola bajo llave en una habitación y poniéndole grilletes, no es que tan sólo esté ejerciendo abusivamente su derecho a que ella le haga compañía sino que está privándola ilegalmente de su libertad y, 233


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