Educacion y Derechos Humanos

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es sólo parcialmente acertada, y no en todos los casos. Por supuesto, afecta a la institución y a la causa de los derechos humanos que las recomendaciones sean desatendidas. Una recomendación es una resolución, sustentada en un análisis escrupuloso y exhaustivo de las pruebas que obran en el expediente, que concluye afirmando que se violaron derechos humanos, y en la que, por ende, se solicita al titular de la institución al que pertenecen los servidores públicos responsables que se resarza en sus derechos a los agraviados y, si procede, se tomen las acciones legales pertinentes contra dichos servidores públicos. La resolución se hace pública porque se trata de que todos la conozcan y, así, estén en condiciones de exigir su aceptación y su cumplimiento.94 Por eso es delicado que una recomendación no sea aceptada o, habiéndolo sido, no se cumpla. Volveré a este punto álgido. Pero desde luego hay que decir que no sólo de recomendaciones vive el ombudsman. En la gran mayoría de los casos, por medio de un procedimiento informal y breve, consigue una conciliación dentro del marco jurídico entre los intereses contrastantes de las autoridades y los particulares. En efecto, muchos casos pueden y deben resolverse por esta vía sin necesidad de llegar a la recomendación. Más aún: la recomendación debe ser el recurso ex94 Las recomendaciones, apunta Héctor Fix Zamudio, “se dan a conocer públicamente, pues si bien no tienen carácter obligatorio, poseen la fuerza del convencimiento ante la opinión pública, como demuestra el apoyo que han encontrado en los diversos sectores sociales”. Op. cit., p. 207.

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