Cartilla de Protección

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cualquier medio las aclaraciones pertinentes y la formulación de un llamamiento al Gobierno a fin de que adopten las medidas necesarias para garantizar los derechos de la(s) presunta(s) víctima(s). Firma: De las organizaciones que proyectan la ACCION URGENTE.

k. DEnUnCIA PÚBLICA Tiene por finalidad comunicar a la opinión pública nacional e internacional, así como a las autoridades del gobierno competentes y a los medios de comunicación, las situaciones violatorias de derechos humanos y/o del derecho internacional humanitario que ya han ocurrido (homicidios, masacres, desplazamientos, torturas, violencia sexual, bombardeos, etc.), con el fin de que se esclarezcan dichas situaciones y se adelanten las investigaciones correspondientes para dar con el paradero y/o sancionar a los responsables. Los elementos de una denuncia pública son los mismos elementos básicos de la Acción Urgente. La única diferencia radica en el tiempo de ocurrencia de los hechos.

l. CoMUnICADo A LA oPInIon PÚBLICA Es un pronunciamiento frente a un hecho determinado en donde la organización plasma su posición frente al mismo. Por ejemplo: La crítica frente a la ley de alternatividad penal, la exaltación de un hecho relevante para la organización y que de su contenido deriva consecuencias para la comunidad nacional, etc.

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