REVISTA PERÚ BROADCASTING

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ESPECIAL

NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2014

PERÚ BROADCASTING

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AUTORIZACIÓN ÓN POR CABLE? REQUISITOS PARA CONCESIÓN ÚNICA PARA TELEVISIÓN POR CABLE

P

to algún requerimiento efectuado al solicitante; (ii) se efectúen observaciones a la solicitud de concesión; (iii) durante el proceso de la audiencia pública. Las concesiones para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones tienen una duración de veinte años, renovables según los términos establecidos en el contrato de concesión. Respecto a los plazos señalados, son los que establece la norma, sin embargo, son relativos porque el Ministerio demora más de lo establecido.

Respecto a las observaciones o requerimientos que frecuentemente hace el Ministerio, son los siguientes: (i) Falta de copia literal de la empresa y/o testimonio de constitución; (ii) el capital social de la empresa debe ser mayor o igual a 10 UIT´s; (iii) entre los objetivos de la empresa, en sus estatutos debe especificar la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones.

OBTENIDA LA CONCESIÓN.

Obtenida la concesión, el Ministerio otorga un plazo de sesen-

ta (60) días para pagar el derecho de concesión, que asciende al dos y medio por mil (2,5/1000) de la inversión inicial prevista para el establecimiento del servicio de telecomunicaciones concedido. En ningún caso el derecho de concesión será menos que 1 UIT. En ese mismo plazo, la persona o empresa concesionaria deberá aprobar y firmar el contrato de concesión para la prestación de servicios públicos que consta de 28 cláusulas y forma parte de la concesión. (Ver modelo de contrato en www.perutvradios.org).

resentar la solicitud dirigida al Director General de Concesiones en Comunicaciones (Formulario 001/27). Perfil del Proyecto Técnico para la prestación del servicio y la modalidad solicitada, autorizado por un ingeniero colegiado hábil y certificado, en la especialidad de ingeniería electrónica o telecomunicaciones. Proyección de la inversión, prevista para los primeros cinco años y monto que se proyecta invertir durante el primer año. La proyección de inversión deberá ser consistente con el perfil del proyecto técnico, en base al área a servir, clase y modalidad del servicio. Recibo de pago por la publicación de la resolución de concesión en el Diario Oficial El Peruano por S/. 590.00, pagado en el Banco de la Nación al código 1013, con RUC o DNI del solicitante. El solicitante deberá indicar el plan de cobertura para los 5 primeros años, señalando las localidades donde iniciará sus operaciones. El solicitante deberá indicar la dirección exacta de la ubicación de “la cabecera”, el centro de recepción y control del servicio. PARA PERSONA JURÍDICA: Copia simple del testimonio de constitución social, inscrito conforme a Ley, o del instrumento que corresponda, tratándose de personas jurídicas extranjeras. Certificado de vigencia de poder del representante legal, con antigüedad no mayor de tres (3) meses a la fecha de presentación de la solicitud. Copia del DNI del representante legal. Hoja de datos personales, del

representante legal y de cada uno de los socios o accionistas. Declaración jurada, según formulario, del representante legal y de cada uno de los socios o accionistas, de no hallarse impedidos de contratar con el Estado, ni estar incursos en las limitaciones establecidas en el TUO de la Ley de Telecomunicaciones y en el TUO de su Reglamento General. Documento, inscrito en Registros Públicos, que acredite un capital social suscrito no menor a 10 UIT´s. En caso de persona jurídica sin fines de lucro, se presentará la declaración jurada de impuesto a la renta del ejercicio anterior a la presentación de la solicitud (del año anterior), que acredite los ingresos por un monto no menor a 10 UIT´s. En caso de persona jurídica sin fines de lucro, debe presentar un reporte de comportamiento de pago positivo emitido por una central de riesgo acreditada. PARA PERSONA NATURAL: Copia del DNI. Hoja de datos personales. Declaración jurada, de no hallarse impedido de contratar con el Estado ni estar incursos en las limitaciones establecidas en el TUO de la Ley de Telecomunicaciones y en el TUO de su Reglamento General. Declaración jurada de impuesto a la renta del ejercicio anterior a la presentación de la solicitud (un año anterior), que acredite ingresos por un monto no menor a 10 UIT´s. Reporte de comportamiento de pago positivo, emitido por una central de riesgo acreditada.


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