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Regla 23. Propuesta de PROTUR en APIQROO
consideraban con suficiente autoridad para incidir y cambiar los lineamientos del instrumento de APIQROO sin más probatorias que su grado universitario, mediante declaraciones tajantes que eran opiniones tomadas por hechos. En este caso, de la misiva enviada por IEUNAM y ECOSUR, la parte académica de la tríada, se proponía y reforzaba la propuesta de una de las ONGA de la tríada que impulsaba el establecimiento de un Hábitat crítico y las propuestas que ellos mismos insertaron en el PROTUR, otro instrumento promovido por la parte gubernamental del grupo. Es decir, era parte de una estrategia, concertada o no, que pretendía validar de manera indirecta sus propuestas de control, desde varios flancos.
Regla 23. Propuesta de PROTUR en APIQROO
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De manera paralela, la parte gubernamental de la tríada, trataba de insertar otro instrumento creado por ellos, el PROTUR, en el proceso de actualización de las Reglas de operación de APIQROO. Los promotores de PROTUR, autonombrándose poseedores de un instrumento construido y validado por la comunidad sin más pruebas que el documento y el venir de parte de la Secretaría de Medio Ambiente y la Secretaría de Turismo, ambos del gobierno del estado de Quintana Roo, incluyeron una propuesta de incorporación de sus criterios, y trataron de validar un documento que estaba siendo, en ese momento, cuestionado severamente –yo diría que despedazado olímpicamente- por los habitantes y técnicos locales. La estrategia, en este caso, fue manipular el texto de la regla 23 del Reglamento de APIQROO, referente a velocidades mínimas y máximas del Reglamento de Operaciones y colocando de manera forzada el plano del PROTUR en el Anexo III del Reglamento en cuestión. Esta regla requiere de un plano de zonas donde podía transitarse a distintas velocidades o zonas de restricción para la navegación, un plano operativo de control de tránsito y movimiento de embarcaciones, nada más. Pero la tríada intento colar su plano de zonificación del PROTUR de manera integral, un plano que incluía zonas en tierra y que se remitía a una regulación restrictiva y un formato tipo ANP (como veremos más adelante). La propuesta de los promotores del PROTUR buscaba validar su propuesta de zonificación y fue insertada bajo la justificación de que era un instrumento propuesto, construido y validado por la comunidad, de
manera participativa, dividieron la Laguna de Bacalar en dos zonas: 1. Zona de baja velocidad, indicando zonificación y estableciendo actividades permitidas refiriendo las leyes ambientales. Y II. Zona de restricción zonas de no navegación. De acuerdo a los promotores de PROTUR, solo había dos zonas: de baja velocidad y de restricción. Es decir, la tríada decía o vas a muy baja velocidad o no navegas. Esta “reglamentación” indicaba un desconocimiento total del funcionamiento y de la dinámica de uso histórico de la Laguna y de operación náutica. El plano solo era un acopia del PROTUR que a su vez era una copia de las propuestas precedentes de Ordenamientos y propuestas e Ramsar. Analizamos esto más adelante, en la sección de PROTUR.
La propuesta de PROTUR NO era una propuesta de zonas de velocidad, y el plano era solo una copia burda de las propuestas de áreas protegidas que venían cocinándose por la tríada desde 2011. Si se trataba de un plano de velocidades de navegación y zonas de navegación restringida ¿Por qué el plano de PROTUR que se incluyó como propuesta de Geoalternativa, SEMA y Turismo estatal incluía las zonas de humedales donde no había canales o zonas navegables? NO tenía sentido desde el punto de vista del objeto del Anexo III y la regla 23, pero era lógico si la intención era validar su documento para establecer las bases de control y restricción tipo ANP, a como diera lugar, utilizando el instrumento de regulación existente válido de APIQROO para ello, pero APIQROO NO posee autoridad sobre zonas de tierra y el objeto de la Regla 23 era claro: Zonas de Navegación.
Para cuando los representantes de las comunidades se percataron de esta intentona y se inconformaron ante la dirección de la APIQROO, ya era junio de 2020 y los directivos de APIQROO observaron que era la única propuesta que se había presentado, la comunidad desconocía que podían presentarse propuestas, así que pidieron la oportunidad de construir un documento, desde la participación y el conocimiento ecológico local, y la capacidad de sus tecnólogos comunitarios.