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6.2.2 Atención de la violencia sexual por parte del Sistema de Salud
Según un representante institucional (entrevistado por Cecilia Toledo, 2021):
La creación de protocolos institucionales aprobados por el Ministro de Salud Pública (MSP). Capacitación a más de 5.500 profesionales y técnicos de atención directa en el uso de estas herramientas.
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Para fortalecer el protocolo es importante mejorar la respuesta territorial en zonas rurales y localidades pequeñas.
6.2.2 Atención de la violencia sexual por parte del Sistema de Salud
En la última década se activaron mecanismos y protocolos interinstitucionales de atención a las sobrevivientes de violencia sexual en los países de la región. Una iniciativa particularmente relevante es la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención,12 la cual establece que las instituciones prestadoras de servicios de atención médica deben ofrecer a las víctimas de violencia sexual la anticoncepción de emergencia o la posibilidad de acceder a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). La norma mexicana garantiza el principio de autonomía progresiva, lo cual permite que las víctimas menores de edad (a partir de los doce años) puedan acceder a la anticoncepción de emergencia o acceder a la IVE previo el cumplimiento de solicitud explícita por parte de la víctima
12 Disponible en https://www.gob.mx/conapo/documentos/norma-oficial-mexicana -046-ssa2-2005-violencia-familiar-sexual-y-contra-las-mujeres-criterios-para -la-prevencion-y-atencion