Metodología para Fiscal General: los 16 aspectos que se propone solicitar a aspirantes

Page 1

Propuesta metodológica de la Comisión de Postulación para la selección de la nómina de seis aspirantes al cargo de Fiscal General y Jefe del Ministerio Público


I.

Antecedentes

El Fiscal General y Jefe del Ministerio Público es la persona a quien le corresponde el ejercicio de la acción penal pública, encargado de la persecución penal. Su principal función es velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. Desde aproximadamente el año 1992 el sistema de persecución penal ha venido sufriendo significantes cambios, entre ellos pasar de un sistema inquisitivo a uno acusatorio. Paralelamente, la institución a cargo de la persecución penal ha enfrentado grandes retos, por ejemplo, el fortalecimiento de la carrera fiscal, la adopción de métodos y técnicas investigativas que se adapten al contexto nacional, el surgimiento de mecanismos internos institucionales que disminuyan el riesgo de corrupción y parcialidad en los operadores de justicia, entre otros. La persecución penal efectiva, la correcta aplicación de una política criminal adecuada, la disminución de la impunidad, son elementos esenciales que permiten la disminución de la criminalidad y por lo tanto aumenta la credibilidad de la población en el sistema de justicia, se consolida el estado de derecho y aumenta la inversión nacional y extranjera en un país que ofrece certeza jurídica. Para ello, es indispensable que la institución del Ministerio Público este a cargo de personas honorables, objetivas e independientes que aseguren el fortalecimiento institucional, combatan la impunidad y la corrupción. Para asegurar la autonomía e independencia en los cargos de autoridades judiciales en general y de la figura de Fiscal General en específico, la Asamblea Constituyente del año 1985, consideró que era necesario establecer un mecanismo de selección de autoridades judiciales libre de influencias e intereses personales o sectoriales, para ello se creó la figura de la comisión de postulación, dándole un rol preponderante a la academia y el gremio de abogados por considerar que sus intereses estaban fuera del ámbito político, lo cual representa un reto tanto para la academia como para el gremio de abogados. Guatemala ha suscrito tratados y convenios internacionales, los cuales en conjunto con lo establecido en la Constitución Política de la República y las leyes ordinarias pretenden generar procesos de elección de cargos del sistema de justicia objetivos e independientes. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala –OACNUDH-, en cumplimiento de su mandato ha recomendado a las instituciones del Estado de Guatemala velar porque las medidas implementadas para la selección de funcionarios sean respetuosas de los instrumentos internacionales de los derechos humanos y que se adopten medidas concretas que garanticen la independencia, imparcialidad, objetividad, capacidad e idoneidad de los funcionarios del sistema de justicia. Por ello, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Comisiones de Postulación es necesario establecer una metodología para el trabajo de la comisión de postulación para la selección de la nómina de aspirantes al cargo de Fiscal General y Jefe del Ministerio Público que cumpla con los principios de transparencia, excelencia profesional ( lo cual incluye la utilización de criterios de capacidad, especialidad, idoneidad, honradez y honorabilidad comprobada para establecer el perfil mínimo de los candidatos), objetividad y publicidad.


La finalidad de dicha propuesta es que desde la academia se propongan elementos novedosos y necesarios que facilite a las/los comisionados a obtener mejores elementos de calificación que le permita ir más allá del cumplimiento de los requisitos formales de selección, sino que puedan determinar con base en el desarrollo de las normas contenidas en la Constitución Política de la República y la Ley de Comisiones de Postulación, quienes de las/los aspirantes podrían desempeñar de mejor manera el cargo, sobre todo en cuanto al fortalecimiento del sistema de justicia y del Estado de Derecho. II.

Integración:

La Comisión de Postulación está integrada de la siguiente manera: a) Presidente de la Corte Suprema de Justicia (Presidente): b) Presidente de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG): c) Presidente del Tribunal de Honor CANG: d) Decanos de las Facultades de Derecho: 1. Universidad de San Carlos de Guatemala -USAC2. Universidad del Istmo 3. Universidad Francisco Marroquín 4. Universidad Mariano Gálvez de Guatemala 5. Universidad Mesoamericana de Guatemala 6. Universidad Panamericana de Guatemala 7. Universidad Rafael Landívar 8. Universidad San Pablo de Guatemala 9. Universidad Rural de Guatemala 10. Universidad Regional 11. Universidad de Occidente 12. Universidad Da Vinci de Guatemala


III.

Principios que regulan la participación de los/las comisionados

Los principios que regula la Ley de Comisiones de Postulación en el artículo 2 son: •

Transparencia. La transparencia permitirá el involucramiento social en el proceso de selección y dispondrá de mecanismos novedosos que permitan visibilizar el trabajo de la comisión de postulación y su toma de decisiones. Además, es importante que la población conozca el perfil de los aspirantes al cargo, para ello se buscará el mecanismo de publicación de la hoja de vida tomando en consideración dar cumplimiento a la autorización por escrito de los titulares establecida en el artículo 2 literal a.1 de la Ley de Comisiones de Postulación y omitiendo los datos personales o datos personales sensibles de conformidad con la Ley de Acceso a la Información Pública.

Excelencia profesional: La Ley requiere que la Comisión de Postulación establezca un perfil mínimo que facilite la selección de personas que se postulan a los distintos cargos, basado en criterios de capacidad, especialidad, idoneidad, honradez y honorabilidad comprobada, para el cumplimiento de lo que exige la Constitución Política de la República de Guatemala y demás leyes ordinarias. La acreditación de dichos elementos debe recaer en las/los aspirantes y ser realizará con la presentación de los elementos que se consideren necesarios para garantizar la idoneidad profesional, para ello es necesario conocer el pasado y el presente profesional que acredite el actuar de quienes se postulan. Además, aspectos como la realización de entrevistas, resultados en pruebas específicas, objeciones, entre otros permitirán obtener los elementos suficientes para que cada comisionada se pronuncie objetivamente sobre cada postulante. La falta de entrega de información y de elementos que permitan comprobar los criterios dará lugar a que las/los comisionados se prouncien sobre la falta de ideoneidad de quienes se postulan.

Objetividad: Se deben observar criterios, requisitos y condiciones concretas y tangibles en los factores de ponderación establecidos, eliminando criterios, requisitos y condiciones subjetivas y discrecionales. Para ello es importante que exista consenso respecto de que la determinación de la reconocida honorabilidad no se encuentra vinculada a una conducta tipificada como delito o a una sentencia de carácter penal, por lo que el principio de “presunción de inocencia” no es aplicable dentro del proceso de selección, sino que la valoración la constituyen aquellos elementos que les permitan decidir si el actuar de un aspirante en su vida pública y privada permite


determinar que goza de credibilidad y es idóneo para el ejercicio del cargo de Fiscal General. •

Publicidad: Todos los actos que realicen las Comisiones de Postulación son públicos; en dichos actos podrán participar como observadores los interesados y público en general. La transparencia y rendición de cuentas permitirá el involucramiento

social en el proceso de selección y dispondrá de mecanismos novedosos que permitan visibilizar el trabajo de la comisión de postulación y su toma de decisiones.

IV.

Requisitos para optar al cargo de Fiscal General y Jefe del Ministerio Público

o Abogado, colegiado activo. o Mayor de 40 años o Haber desempeñado un período completo como magistrado de la Corte de Apelaciones o de los tribunales colegiados que tengan la misma calidad o haber ejercido la profesión de abogado por más de diez años. o Guatemalteco de origen o Estar en el goce de sus derechos ciudadanos o De reconocida honorabilidad o Capacidad, idoneidad y honradez V.

Solicitud de documentos formales

Estos constituyen el primer filtro de selección y se trata de aquellos documentos que puedan demostrar que la conducta del aspirante en el ámbito público y privado cumple con los requisitos elementales que le permiten constituirse como aspirantes. Dentro de estos tenemos: 1. Constancia de no haber sido sancionado por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala o por el órgano de disciplina correspondiente de las instituciones públicas en donde se encuentre laborando o de la última donde hubiere laborado; 2. Constancia de carencia de antecedentes policiales y penales; 3. Constancia Transitoria original de inexistencia de reclamación de cargos de la Contraloría General de Cuentas (Finiquito); 4. Solvencia que muestra que carece de multas impuestas por la Corte de Constitucionalidad y Corte Suprema de Justicia 5. Declaración jurada donde conste que el candidato está en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos y que no ha sido inhabilitado para ejercer cargos públicos.


La presentación de estos documentos constituye el primer nivel de selección que permitirán establecer si el candidato debe de pasar a las siguientes etapas de evaluación. VI.

Evaluación de los requisitos de capacidad, idoneidad, honradez y honorabilidad

El artículo 113 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece los requisitos intrínsecos que deben reunir las personas que aspiran a cualquier cargo o empleo público (sea electivo o no), los cuales deben ser fundados en méritos de: a) capacidad; b) idoneidad; y c) honradez. Además, los artículos 251 en conjunto con el 207 constitucionales regulan la reconocida honorabilidad como un elemento que debe de cumplir quien ostente cargos como el de Fiscal General y Jefe del Ministerio Público. El trabajo de las comisiones de postulación en cuanto a la calificación de los méritos antes mencionados ha sido cuestionado constantemente a través de acciones constitucionales los cuales han permitido establecer que los méritos de capacidad, idoneidad, honradez y honorabilidad son cualidades que deben de ser acreditadas por los aspirantes y la falta de dicha acreditación no significa la comprobación de los mismos, sino debe contarse con información objetiva que permita determinar que los aspirantes reúnen dichos requisitos, por ello es importante que al momento de elaborar el perfil que establece el artículo 12 de la Ley de Comisiones de Postulación se tomen en cuenta estos aspectos indispensables, a fin de que los integrantes de la comisión tengan mejores elementos que les permita pronunciarse respecto de dichos aspectos. Por ello, con base en lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y las sentencias emitidas por la Corte de Constitucionalidad en el desarrollo de dichas cualidades, los estándares adoptados por Guatemala a través de la ratificación de los distintos tratados y acuerdos internacionales en materia de derechos humanos y la experiencia nacional e internacional, es necesario adoptar los siguientes procedimientos: 1. Recopilar información relevante sobre la experiencia profesional, trayectoria y rol social de los/las aspirantes a postulación. La Comisión de Postulación con base en lo que establece el artículo 13 de la Ley de Comisiones de Postulación deberá solicitar información a las instituciones públicas y privadas que considere pertinentes para verificar la trayectoria profesional de los aspirantes, entre ellas: • • • • •

Tribunal Supremo Electoral Contraloría General de Cuentas Ministerio Público Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios Otras que se considere relevantes


Además, la Comisión de Postulación acuerda que para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Comisiones de Postulación en cuanto a evaluar el perfil de los/las aspirantes en los aspectos ético, académico, profesional y de proyección humana, los/las aspirantes deberán responder, al momento de presentar su documentación, tal y como lo establece el artículo 15 de la Ley de Comisiones de Postulación, un formulario que detalle su experiencia profesional, atendiendo a los cargos que ha ostentado en el pasado y que permita brindar información a la Comisión de Postulación para acreditar si cuenta con los méritos de capacidad e idoneidad necesarios para adoptar dicho cargo. Este formulario se adjunta como anexo 1 al presente documento. La falta de presentación o acreditación de lo establecido en dicho formulario dará lugar a descartar la candidatura del aspirante a postulación. La información proporcionada deberá de ser verificada tal y como lo establece los artículos 18 y 21 de la Ley de Comisiones de Postulación. La información que deben aportar los/las aspirantes al cargo debe de incluir los escritos legales en los que ha participado, sentencias judiciales dictadas en el pasado, los documentos académicos y cualquier otra información que se considere relevante para comprobar la idoneidad. Estos materiales deben ponerse a disposición pública de modo que la ciudadanía pueda revisar el perfil de los/las postulantes y presentar la información que considere necesaria a la Comisión de Postulación para que sea analizada. 2. Establecer un período de tiempo para que la sociedad civil pueda presentar objeciones contra los/ las aspirantes a postulación. La Comisión de Postulación permitirá que la sociedad civil presente objeciones o señalamientos éticos respecto de circunstancias o conductas que puedan afectar la idoneidad y honorabilidad del/la candidato/a, y los argumentos y evidencia que los sustenta. Estos señalamientos deberán de presentarse por escrito, identificando los datos de la persona que los presenta ante la Comisión de Postulación en el momento en que esta así lo decida. Deberá de promoverse la presentación de objeciones concretas, objetivas, debidamente fundadas y cuenten con los elementos que permitan su comprobación. La Comisión de Postulación podrá requerir la información que considere pertinente para comprobar su viabilidad y determinar si debe de ser admitida para trámite. En el caso que dichas objeciones sean admitidas para su trámite deberá concederse la posibilidad al aspirante para que presente las pruebas de descargo que considere pertinentes. 3. Realizar audiencias públicas La realización de audiencias públicas o entrevistas se regula en el artículo 19 de la Ley de Comisiones de Postulación y permite a los/las aspirantes dar a conocer su plan de trabajo y su opinión respecto a temas de interés nacional a nivel general y del Ministerio Público en


particular. Además, en dichas entrevistas debe abordarse lo referente a los cuestionamientos que han sido presentados por la sociedad civil respecto de su idoneidad y honorabilidad. Estas audiencias permitirán a las/los comisionados tener mayor información y mejores elementos al momento de emitir su voto. Las audiencias deben ser abiertas a la prensa y al público en general y se deben de transmitir de la forma que se considere más adecuada para aportar a la transparencia del proceso. 4. Implementar mecanismos de transparencia y rendición de cuentas La Comisión de Postulación deberá implementar una página electrónica o cualquier otra herramienta virtual que permita dar a conocer el trabajo realizado y la toma de decisiones, así como los expedientes presentados por los/las aspirantes, la transmisión en vivo de las sesiones, el registro de votaciones y cualquier otra información que se considere de interés. 5. Realización de pruebas especializadas La Comisión de Postulación generará alianzas con el sector académico u otro que considere pertinente para adoptar mecanismos que permitan medir la capacidad de los aspirantes, mediante la realización de pruebas psicológicas y de conocimiento especializado sobre las funciones del Ministerio Público a fin de determinar la idoneidad. Estos resultados deben ser vinculantes para la selección final. 6. Votación pública y razonada A momento de realizar la integración de la nómina tal y como lo establece el artículo 23 de la Ley de Comisiones de Postulación se principiará votando por el aspirante que haya obtenido mayor puntuación, y se irá votando en forma descendente por los que hayan punteado menos. El voto incluido la evaluación de los aspectos profesionales y éticos debe de ser público y cada comisionado deberá de fundamentar los motivos en los que basa su decisión al indicar que cada aspirante es o no idóneo, capaz y honorable. La Comisión de Postulación acepta como principio fundamental que la determinación de la reconocida honorabilidad no se encuentra vinculada a una conducta tipificada como delito o a una sentencia de carácter penal, por lo que el principio de “presunción de inocencia” no es aplicable dentro del proceso de selección, sino que la valoración la constituyen aquellos elementos que les permitan decidir si el actuar de un aspirante en su vida pública y privada permite determinar que goza de credibilidad y ética para el ejercicio del cargo de Fiscal General. Diversas resoluciones de la Corte de Constitucionalidad han sentado criterio en este sentido, por ejemplo, en el expediente 1169-2020 indicó: deberán proferir su voto a viva voz, expresando las razones por las cuales, según su criterio informado, cada candidato cumple o no con tales requisitos, en congruencia con la información recibida y el análisis de los expedientes respectivos, atendiendo la premisa de que una persona es honorable o no


lo es. Lo anterior a efecto de denotar que se calificó con especial rigorismo, el debido cumplimiento de los requisitos profesionales y éticos que debe ostentar cada aspirante 7. Promover la participación ciudadana y la auditoría social La Comisión de Postulación con base en el principio de transparencia, promoverá la participación de cualquier grupo nacional o extranjero para que realicen auditoria social sobre el trabajo realizado y proveerá de las herramientas suficientes para que estas realicen su labor de la mejor manera. Para ello, se aplicará todo lo considerado en la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la Información Pública y la Ley de Comisiones de Postulación. Cualquier informe que contenga conclusiones y/o recomendaciones será evaluado para determinar su viabilidad dentro del proceso de elección.


Anexo 1 Formulario de recopilación de información para aspirantes a candidatos/as a Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público de Guatemala 1.Nombre: Nombre completo tal y como aparece en su documento personal de identificación 2. Dirección: Incluya dirección de su oficina actual y/o su domicilio fiscal. 3. Lugar y fecha de nacimiento: Indique la fecha y lugar de nacimiento. (deberá adjuntar certificación de nacimiento emitida por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-) 4. Antecedentes profesionales: Liste en orden cronológico (de la fecha más reciente a la más antigua) los nombres de las entidades en las cuales ha prestado sus servicios profesionales o ha laborado. Esto incluye: organismos gubernamentales, sociedades mercantiles o civiles, asociaciones, cooperativas, instituciones y organizaciones sin fines de lucro o de otro tipo. Especifique el nombre, la dirección y teléfono del empleador y el nombre o la descripción del puesto de trabajo y el período en que se desempeñó. 5. Admisión al Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala: Indique su número de colegiado y la fecha de colegiación. Indique si ha sido sancionado por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, si ha sido suspendido del ejercicio profesional y los motivos. (deberá de adjuntar constancia emitida por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala) 6. Membresías: a. Enumere todas las organizaciones profesionales, empresariales, académicas, cívicas, caritativas o de otro tipo, distintas de las enumeradas en respuesta al punto 4, a las que pertenece o ha pertenecido, desde la obtención del grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario. Proporcione las fechas de ingreso como socio/asociado o participante, e indique cualquier cargo que ocupe o haya ocupado. b. Indique si alguna (s) de las organizaciones que figuran en su respuesta recibe o recibió fondos del Estado. Indique el nombre de la (s) misma (s) y el periodo de tiempo durante el cual lo recibe o recibió. c. Indique si alguna (s) de las organizaciones que figuran en su respuesta han sido sancionadas administrativamente, enfrentaron o enfrentan algún proceso judicial de


cualquier naturaleza, indique el nombre de la (s) misma (s) y cuál ha sido su participación en estas acciones. 7. Publicaciones y declaraciones públicas: a) Enumere las cinco publicaciones escritas que ha realizado y que considere más relevantes, incluya: libros, artículos académicos o periodísticos, informes de investigación o cualquier otra publicación impresa o publicada en Internet. Especifique: título, fecha y demás datos de publicación. Suministre una copia del material publicado a la Comisión de Postulación. b) Enumere las cinco ponencias, conferencias, discursos políticos u otras intervenciones públicas relevantes que considere más importantes, que usted haya preparado o en las que haya contribuido en la preparación. Especifique: título, fecha y demás datos del evento o actividad. Suministre una copia de cada una o un resumen del material a la Comisión de Postulación. c) Enumere las cinco entrevistas que ha dado a los periódicos, revistas u otras publicaciones o emisoras de radio o televisión que considere más relevantes, proporcionando las fechas de estas entrevistas y una copia de los clips o las transcripciones de estas entrevistas donde están disponibles. 8. Cargos como funcionario de justicia: Enumere (desde el más actual al más antiguo) todos los cargos que ha desempeñado como funcionario de justicia (defensor público, fiscal y juez o magistrado) indicando si fue elegido o designado para el cargo. Describa la competencia de cada uno de esos tribunales, fiscalías o defensorías, y períodos de tiempo de ejercicio. Si es o ha sido Fiscal: a. Enliste todos los casos en los que usted haya sido fiscal (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo) b. Haga una lista de los expedientes a su cargo en los cuales se ha dictado sobreseimiento, falta de mérito o archivo (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo) c. Haga una lista de los expedientes a su cargo en los cuales se ha dictado medida desjudicializadora (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo) d. Enliste los casos en los cuales ha solicitado prisión preventiva (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Adjunte números de expediente de los casos en los que se haya concedido prisión preventiva y la misma se haya prolongado por más de seis (6) meses.


e. Enliste los casos que ha procesado y que han terminado sentencia absolutoria o condenatoria (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Adjuntar números de expediente. f. Indique si ha sido sancionado por el régimen disciplinario interno de la institución. Especifique fecha y motivo. g. Proporcione una copia de su más reciente evaluación de desempeño como fiscal. Si es o ha sido Fiscal General y Jefe del Ministerio Público a) Enliste los que considere son los mayores logros en el ejercicio de su cargo b) Haga una lista de los 10 casos de mayor impacto social y cuáles fueron los resultados c) Enumere las instrucciones generales y resoluciones internas que fueron adoptadas durante el ejercicio de su cargo d) Indique si han presentado en su contra denuncias o cualquier otra solicitud de medida disciplinaria y el resultado de las mismas. Si es o ha sido defensor público: a. Enliste todos los casos en los que usted haya sido defensor público (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). b. Haga una lista de los expedientes a su cargo en los cuales se ha dictado sobreseimiento, falta de mérito o archivo (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). c. Haga una lista de los expedientes a su cargo en los cuales se ha dictado medida desjudicializadora (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). d. Enliste los casos en los cuales su defendido ha sido sometido a prisión preventiva (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Adjunte números de expediente de los casos en los que se haya concedido prisión preventiva y la misma se haya prolongado por más de seis (6) meses. e. Enliste los casos que ha litigado y que han terminado en sentencia absolutoria o condenatoria (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Adjuntar números de expediente. f. Indique si ha sido sancionado por el régimen disciplinario interno de la institución. Especifique fecha y motivo. g. Proporcione una copia de su más reciente evaluación de desempeño como defensor público.


Si es o ha sido Juez/a: a. Enliste los casos que ha conocido (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). b. Enliste los casos en que ha dictado auto de apertura a juicio (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Adjunte los números de causa penal respectivos. c. Enliste los casos en los que ha dictado sentencia (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Adjunte los números de causa penal respectivos. d. Enliste los casos en los cuales sus sentencias hayan sido revertidas por un tribunal superior y proporcione una copia de sus nuevas resoluciones en estos casos (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). e. Enliste los casos de violaciones de Derechos Humanos, corrupción y crimen organizado que ha conocido (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Proporcione copia del auto de apertura a juicio o de la sentencia. f. Proporcione copia de su más reciente evaluación del desempeño como juez. Si es o ha sido magistrado: a. Enliste los casos que ha conocido (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). b. Enliste los casos en los que ha dictado sentencia (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Adjunte los números de expedientes respectivos. c. Enliste los casos en los cuales sus sentencias hayan sido revertidas por un tribunal superior y proporcione una copia de sus nuevas resoluciones en estos casos (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). d. Enliste los casos de violaciones de Derechos Humanos, corrupción y crimen organizado que ha conocido (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). Proporcione copia de las sentencias que ha emitido en estos casos. 9. Recusación: a. Enliste los casos en los que usted ha sido recusado como fiscal, juez o magistrado (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo). b. Indique quién planteó la recusación y las causas de la misma. c. Indique los casos en los que fue declarada con lugar y los motivos.


10. Cargos públicos, actividades y afiliaciones políticas: Enumere cronológicamente los cargos públicos que haya ocupado (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo), que no sean los cargos judiciales o fiscales, incluyendo los términos del servicio y si tales posiciones fueron elegidas o designadas. Si fue designado, por favor incluya el nombre y cargo de la persona que lo nombró. Enumere (empezando por la más reciente y concluyendo con la más antigua), todas las afiliaciones, los cargos ocupados y los servicios prestados, ya sea compensados o no, a cualquier partido político o comité cívico. Si alguna vez ha tenido un cargo o ha desempeñado un papel en alguna campaña política, identifique los detalles de la campaña, incluyendo el candidato, las fechas de la campaña, su título y responsabilidades. 11. Experiencia como abogado litigante: Responda a cada parte por separado. a. Describa cronológicamente (empezando por la más reciente y concluyendo con la más antigua) su práctica del derecho y su experiencia legal después de graduarse de la facultad de derecho incluyendo: i.

Si usted sirvió como secretario de un juzgado, indique el nombre del juez y juzgado y las fechas del período en que estuvo empleado;

ii.

Si usted practica el ejercicio libre de la profesión, y si es así y las fechas en que ejerció;

iii.

Si usted sirvió como mediador o árbitro en resolución alternativa de conflictos y, en ese caso, una descripción de los 10 temas más importantes con los que ha estado involucrado en esa capacidad.

b. Describa cronológicamente (empezando por la más reciente y concluyendo con la más antigua) su práctica como abogado litigante: a. Especifique el nombre de los bufetes profesionales para los cuales ha servido como abogado litigante y el período en que ha prestado sus servicios. b. En caso de haber litigado en forma individual indique la dirección de sus oficinas y el período en que lo ha realizado. c. Especifique el número y tipo de casos en los que ha litigado. Adjunte los números de expedientes y los tribunales ante los cuales litigó. d. Enliste los casos de violaciones de Derechos Humanos, corrupción y crimen organizado que ha litigado.


c. Describa: i.

Quienes son sus clientes habituales y que representan la mayor parte de sus ingresos durante los últimos cinco años. (en este apartado no deberá aportar información aportada bajo garantía de confidencia, sino solamente aquella que sea relevante para conocer sus clientes habituales)

ii.

Las áreas del derecho que ha ejercido y, de ser el caso, en las que se ha especializado.

iii.

Indique el porcentaje de su práctica penal respecto de las otras áreas del derecho.

iv.

Describa su experiencia de litigio ante la Corte de Constitucionalidad y Corte Suprema de Justicia. Suministre una copia de los cinco escritos que considere más importantes, amicus curiae, y cualquier otro escrito que haya sido presentado ante ambas cortes.

12. Litigios: Enliste (empezando por el más reciente y concluyendo con el más antiguo) los diez (10) casos más importantes que usted personalmente litigó. Provea el número de expedientes, la fecha, un resumen del caso y copia de las resoluciones finales. Asimismo, indique para cada caso: a. la o las partes a quienes representó; b. el período de la representación; c. el nombre del tribunal y el nombre del juez o jueces ante los cuales fue litigado el caso, y d. el nombre, direcciones, y números de teléfono de los abogados con quienes se ejerció la representación de manera conjunta. 13. Ingresos diferidos / futuros beneficios: Presente ante la Comisión de Postulación una declaración patrimonial realizada por un contador público y auditor. Esta información será recibida bajo garantía de confidencia y será únicamente del conocimiento de la comisión de postulación. 14. Fuentes de ingresos: Enumere las fuentes y cantidades de todos los ingresos recibidos durante el año calendario anterior a su posible nombramiento y para el año calendario en curso, incluyendo todos los salarios, cuotas, dividendos, intereses, donaciones, rentas, regalías, cuotas de licencia, honorarios y otros elementos que excedan de los Q10,000.00. Esta información será


recibida bajo garantía de confidencia y será únicamente del conocimiento de la comisión de postulación. 15. Declaración de impuestos: Presente ante la Comisión de Postulación su declaración de impuestos del año anterior y solvencia fiscal. Esta información será recibida bajo garantía de confidencia y será únicamente del conocimiento de la comisión de postulación. 16. Potenciales conflictos de interés: a. Identifique a los miembros de su familia u otras personas con vínculos de afinidad, que puedan presentar potenciales conflictos de interés si asumiera el cargo al que está aspirando. Explique cómo abordar cualquier conflicto si surgiera. b. Explique cómo va a resolver cualquier posible conflicto de intereses, incluyendo el

procedimiento que seguirá en la determinación de las áreas de preocupación.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.