Diario La Hora 02-08-2011

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AVISOS LEGALES EDICTO DE CAMBIO DE NOMBRE César Manolo Zepeda García y Angélica Patricia López de León, padres del menor ELKAR EDUARDO ANDONI VLADIMIR ZEPEDA LÓPEZ, promueven ante mis oficios notariales su cambio de nombre por el de ELKAR EDUARDO ZEPEDA LÓPEZ. Perjudicados pueden plantear su oposición en 3ª. Avenida 9-06, zona 3 de esta ciudad. Ciudad Tecún Umán, Ayutla, San Marcos, 26 de agosto del 2,011. 27630 02, 16, 23 Sep./2011

EDICTO DE REMATE EJECUCIÓN EN LA VÍA DE APREMIO No. 01164-2010-00001 Of. y Not. 2º. Este Juzgado señalo la audiencia para el día VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE A LAS NUEVE HORAS, para la venta en pública subasta de las fincas: a) número un mil ciento cuarenta y nueve, folio ciento cuarenta y nueve, libro cuatrocientos sesenta y tres E de Guatemala, consistente en: INSCRIPCIÓN NÚMERO UNO: finca urbana consistente en LOTE VEINTICUATRO DE LA MANZANA “B’’ DEL SECTOR SAN JOSE DE LAS FUENTES II, Prados de San José, Aldea Las Anonas, ubicado en el municipio de San José Pinula, departamento de Guatemala, con extensión de ciento ocho punto cero cero cero cero metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias: de la estación cero al punto uno con un azimut de ciento dieciocho grados, diecinueve minutos, diez segundos con una distancia de seis punto cero cero metros; de la estación uno al punto dos con un azimut de doscientos ocho grados, diecinueve minutos, diez segundos con una distancia de dieciocho punto cero cero metros; de la estación dos al punto tres con un azimut de doscientos noventa y ocho grados, diecinueve minutos, diez segundos con una distancia de seis punto cero cero metros; de la estación tres al punto cero con un azimut de veintiocho grados, diecinueve minutos, diez segundos con una distancia de dieciocho punto cero cero metros, con las siguientes colindancias: AL NORESTE: seis punto cero cero metros con lote quince y dieciséis de la manzana “B’’ del sector San José Las Fuentes II; AL SURESTE: dieciocho punto cero cero metros con lote veintitrés de la manzana “B’’ del Sector San José de las Fuentes II; AL SUROESTE: seis punto cero cero metros con calle; AL NORESTE: dieciocho punto cero cero metros con lote veinticinco de la manzana “B’’ del sector San José Las Fuentes II. Esta finca se adquirió por compraventa de desmembración de la finca tres mil ochocientos noventa, folio trescientos noventa del libro cuatrocientos ocho E de Guatemala. INSCRIPCIÓN NÚMERO DOS: Téngase transcrita(S) la segunda inscripción (es) de derechos reales de la finca matriz, relativa a REGÍMEN DE CONVIVENCIA DE RESIDENCIALES SAN JOSÉ EN CONDOMINIO PRADOS DE SAN JOSE, que indistintamente también podrá usar el de REGIMEN DE CONVIVENCIA DE RESIDENCIALES SAN JOSÉ vigente en la finca matriz. INSCRIPCIÓN NÚMERO TRES: Esta finca queda sometida al REGIMEN DE CONVIVENCIA regulado en el REGLAMENTO contenido en escritura ciento veintiuno autorizada el siete de abril de dos mil seis por la notario MARIA MERCEDES GORDILLO PONCIANO. INSCRIPCIÓN NÚMERO CUATRO: La ejecutada por compra es dueña de esta finca y de los derechos equivalentes a una doscientos seisava parte de la finca tres mil ochocientos noventa, folio trescientos noventa, del libro cuatrocientos ocho E de Guatemala y la acción con título número cero cero seis mil quinientos ocho de ASOCIACIÓN DE VECINOS DE RESIDENCIALES SAN JOSÉ y, a Inmobiliaria San Nicolás, Sociedad Anónima, la construcción. DERECHOS REALES: ANOTACIONES PREVENTIVAS: INSCRIPCIÓN LETRA A: El Juez de Paz Ramo Civil, Trabajo y Familia del municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala en resolución veintiocho de febrero de dos mil once decretó embargo precautorio de esta finca, dentro del juicio número cuatrocientos once guión dos mil once a cargo del oficial primero y notificador primero, seguido por BANCO DE DESARROLLO RURAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra de la ejecutada y CRISTIAN ALECXIS JUAREZ RIVAS. b) finca número tres mil ochocientos noventa, folio trescientos noventa del libro cuatrocientos ocho E de Guatemala, consistente en: INSCRIPCIÓN NÚMERO UNO: finca rustica consistente en terreno de la finca Olivares, ubicada en el municipio de San José Pinula, departamento de Guatemala, de cuarenta mil doscientos dieciocho punto un mil cien metros cuadrados. Medidas y colindancias: de la estación cero al punto de observación uno, azimut de ciento dos grados, treinta y tres minutos, veintitrés segundos, una distancia de dieciocho punto cero cero metros; de la estación uno al punto de observación dos, azimut ciento nueve grados, treinta y seis minutos, cincuenta y tres segundos, una distancia de nueve punto sesenta y siete metros; de la estación dos al punto de observación tres, azimut ciento dieciséis grados, treinta y tres minutos, cincuenta y cuatro segundos, una distancia de ciento veinte punto sesenta metros; de la estación tres al punto de observación cuatro, con un azimut de ángulo de deflexión igual a ochenta y seis grados, cero tres minutos, veintisiete segundos, y una distancia de longitud de curva igual a once punto sesenta y nueve metros y un radio igual a siete punto setenta y ocho metros; de la estación cuatro al punto de observación cinco, con un azimut de ángulo de deflexión igual a veintisiete grados, diecisiete minutos, cuarenta y siete segundos y una distancia de longitud de curva igual a trece punto treinta y cuatro metros y un radio igual a veintiocho punto cero cero metros; de la estación cinco al punto de observación seis, con un azimut de ciento setenta y ocho grados, treinta y uno minutos, cero siete segundos y una distancia de ciento sesenta y nueve punto sesenta y cuatro metros; de la estación seis al punto de observación siete, con un azimut de doscientos setenta grados, cincuenta y seis minutos, cuarenta y cinco segundos y una distancia de once punto treinta y seis metros; de la estación siete al punto de observación ocho, con un azimut de doscientos setenta y un grados, diecinueve minutos, veintiuno segundos, y una distancia de veintidós punto sesenta y siete metros; de la estación ocho al punto de observación nueve, con un azimut de doscientos setenta grados, quince minutos, diez segundos y una distancia de treinta punto ochenta y seis metros; de la estación nueve al punto de observación diez, con un azimut de doscientos setenta grados, dieciséis minutos, cuarenta y un segundos y una distancia de veinte punto ochenta y nueve metros; de la estación diez al punto de observación once, con un azimut de doscientos sesenta y seis grados, treinta y nueve minutos, cuarenta segundos y una distancia de nueve punto ochenta y siete metros; de la estación once al punto de observación doce, con un azimut de doscientos sesenta y tres grados, cero un minutos, treinta y un segundos y una distancia de cuatro punto cuarenta y dos metros; de la estación doce al punto de observación trece, con un azimut de doscientos setenta y ocho grados, cero cuatro minutos, cincuenta segundos y una distancia de ocho punto veintiséis

La Hora metros; de la estación trece al punto de observación catorce, con un azimut de doscientos sesenta y dos grados, catorce minutos, cincuenta y un segundos y una distancia de nueve punto treinta metros; de la estación catorce al punto de observación quince, con un azimut de doscientos sesenta y cinco grados, cero seis minutos, veintiocho segundos y una distancia de veintidós punto veinte metros; de la estación quince al punto de observación dieciséis, con un azimut de doscientos sesenta y dos grados, cero siete minutos, cuarenta y cuatro segundos y una distancia de once punto noventa y tres metros; de la estación dieciséis al punto de observación diecisiete, con un azimut de doscientos sesenta y un grados, veintiséis minutos, treinta y un segundos y una distancia de catorce punto treinta y ocho metros; de la estación diecisiete al punto de observación dieciocho, con un azimut de doscientos sesenta y seis grados, cero siete minutos, cero siete segundos y una distancia de doce punto noventa y un metros; de la estación dieciocho al punto de observación diecinueve, con un azimut de doscientos sesenta y ocho grados, treinta y tres minutos, catorce segundos y una distancia de uno punto cuarenta y nueve metros; de la estación diecinueve al punto de observación veinte, con un azimut de nueve grados, veintisiete minutos, cuarenta y cuatro segundos y una distancia de veinticinco punto cuarenta y tres metros; de la estación veinte al punto de observación veintiuno, con un azimut de doscientos setenta y nueve grados, veintisiete minutos, cuarenta y cuatro segundos y una distancia de dieciséis punto cuarenta y nueve metros; de la estación veintiuno al punto de observación veintidós, con un azimut de ángulo de deflexión igual a sesenta y cuatro grados, siete minutos, cuarenta y tres segundos y una distancia de longitud de curva igual a once punto diecinueve metros y un radio igual a diez punto cero cero metros; de la estación veintidós al punto de observación veintitrés con un azimut de doscientos setenta y nueve grados, veintisiete minutos, cuarenta y cuatro segundos y una distancia de dieciséis punto cuarenta y nueve metros; de la estación veintitrés al punto de observación veinticuatro con un azimut de nueve grados, veintisiete minutos, cuarenta y cuatro segundos y una distancia de cuarenta y uno punto diez metros; de la estación veinticuatro al punto de observación veinticinco con un azimut de ángulo de deflexión igual a treinta y cinco grados, cero cuatro minutos, cincuenta y cinco segundos y una distancia de longitud de curva igual a veintinueve punto quince metros y un radio igual a cuarenta y siete punto sesenta metros; de la estación veinticinco al punto de observación veintiséis con un azimut cuarenta y cuatro grados, treinta y dos minutos, treinta y nueve segundos y una distancia de cuarenta y uno punto noventa y tres metros; de la estación veintiséis al punto observado veintisiete con un azimut de ángulo de deflexión igual a treinta y un grados, cincuenta y nueve minutos, dieciséis segundos y una distancia de longitud de curva igual a dos punto veintitrés metros y un radio igual a cuatro punto cero cero metros; de la estación veintisiete al punto observado cero, con un azimut de doce grados, treinta y tres minutos, veintitrés segundos y una distancia de ciento treinta y tres punto catorce metros con las siguientes colindancias: NOR-ESTE: ciento cuarenta y ocho punto veintisiete metros con finca matriz; ESTE: ciento noventa y cuatro punto sesenta y siete metros con finca matriz; SUR: doscientos cincuenta punto catorce metros con finca Los Olivares y finca matriz; NOR-OESTE: doscientos cuarenta y siete punto cincuenta y cinco metros con finca matriz;. La presente finca es desmembración de la finca treinta mil ochocientos dos folio ciento cincuenta y tres libro doscientos setenta y dos de Guatemala. INSCRIPCIÓN NÚMERO CIENTO CUARENTA Y SIETE: La ejecutada es dueña por compra de la finca un mil ciento cuarenta y nueve folio ciento cuarenta y nueve del libro cuatrocientos sesenta y tres E de Guatemala, es dueña de los derechos equivalentes a una doscientos seisava parte de esta finca y la acción con título número cero cero seis mil quinientos ocho de ASOCIACIÓN DE VECINOS DE RESIDENCIALES SAN JOSE y, a Inmobiliaria San Nicolás, Sociedad Anónima, la construcción. DESMEMBRACIONES: ninguna; LIMITACIONES: ninguna; GRAVÁMENES HIPOTECARIOS DE LA FINCA Y DE UNA DOSCIENTOS SEISAVA PARTE: Únicamente el que motiva la presente ejecución promovida por BANCO DE DESARROLLO RURAL, SOCIEDAD ANÓNIMA –BANRURAL-, por medio de su Mandataria Especial Judicial y Administrativo con Representación LEDBIA SARAI CHAVARRIA AGUIRRE, para lograr el pago de la suma de DOSCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS QUETZALES CON DOS CENTAVOS, más intereses vencidos, recargos moratorios sobre cuotas no pagadas, compensación al banco por cancelación anticipada, Impuesto Único Sobre Inmuebles, prima mensual del FHA, prima mensual de póliza contra incendio y terremoto, más pago de costas judiciales y gastos reembolsables que se causen con motivo de la presente ejecución, no teniendo la finca descrita más gravámenes, limitaciones y anotaciones que las aquí transcritas, conforme las certificaciones del Registro General de la Propiedad. Se aceptan posturas que cubran como base el capital reclamado, más intereses vencidos, recargos moratorios sobre cuotas no pagadas, compensación al banco por cancelación anticipada, Impuesto Único Sobre Inmuebles, prima mensual del FHA, prima mensual de póliza contra incendio y terremoto, costas judiciales y gastos reembolsables que se causen con motivo de la presente ejecución. Para los efectos legales se hace la presente publicación. En la Ciudad de Guatemala, el veinticuatro de agosto de dos mil once. SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA. TERCERA CALLE NUEVE GUIÓN VEINTICUATRO, ZONA UNO, CIUDAD. LICDA. SHENY MARISOL RAMÍREZ VELÁSQUEZ. SECRETARIA. 27632 02, 09, 16 Sep./2011

EDICTO DE REMATE EJECUTIVO No. 20005-2011-00131, Of. 3ª. Se señalo audiencia el día VEINTE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE, a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, ante la Jueza del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del Departamento de Chiquimula, para el remate de los derechos de posesión de un bien inmueble que carece de Registro en el Registro General de la Propiedad y se encuentra ubicado en Aldea Tatutú del Municipio de Jocotán del Departamento de Chiquimula, compuesto de una extensión superficial de trece mil novecientos setenta y cuatro metros cuadrados y se encuentra comprendido dentro de las siguientes colindancias NORTE: con Genaro García Díaz; SUR: con Florencio García Díaz, quebrada de agua de por medio; ORIENTE: Dolores García Hernández y Gregorio García Hernández; PONIENTE: con Isidro Vásquez Ramírez, según la primera copia simple legalizada de la escritura pública número ochocientos cincuenta y cinco, de fecha diecinueve de abril de dos mil nueve, autorizada en el Municipio de Jocotán del Departamento de Chiquimula por la Notaria Nanci Maribel López López; aceptándose posturas que cubran el capital de Q.27,000.00, más intereses y costas procesales, demanda Landelino Ramírez García. Y para los efectos de ley se hace la presente publicación. Juzgado de Primera Instancia Civil y

Guatemala, 2 de septiembre de 2011/Página 19 Económico Coactivo del Departamento de Chiquimula, veinticinco de agosto de dos mil once. CRISTINA DIEMEK FLORES. SECRETARIA. 27603 02, 09, 16 Sep./2011

EDICTO DE REMATE Ejecutivo No.228-2,011. Of. 2o.- Este Juzgado señaló audiencia del día 27-09-2,011 a las 11:30 horas, para el remate en pública subasta 1 bien inmueble sin registro ni matrícula, ubicado en el Paraje Xechaj de la Aldea Pachaj del municipio de San Francisco El Alto del departamento de Totonicapán, con área de 1,311 mts.2; linda y mide: Norte: 37 mts., con Micaela Alejandrina Pérez Hernández; Sur: 37 mts., con Santa Cos y Cos; Oriente: 37 mts., con Nazario Pérez Cos; Poniente: 37 mts., con Josefa Matul Álvarez y camino al medio. Terreno de cultivo, 1 casa de habitación con paredes de block y techo de teja de barro, con agua potable y energía eléctrica, con piedras esquineras y mojones bien delimitados. Rematé tiene lugar en virtud de Ejecución promovida por Miguel Ángel Amezquita Villatoro en su calidad de Mandatario Especial Judicial con Representación de la Asociación de Cooperación para el Desarrollo Rural de Occidente, Asociación CDRO, para lograr el pago de la cantidad de Q.81,727.64 que es en deberle en concepto de saldo de capital, más intereses y costas judiciales. Efectos legales, publícase. Secretaría del Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del Departamento de Totonicapán. Totonicapán 17-08-2,011. Aura Marina Charchalac Ordóñez. Secretaria. 27604 02, 09, 16 Sep. 2011

EDICTO DE CAMBIO DE NOMBRE MARVIN YOVANY RODRIGUEZ COLINDRES, solicita CAMBIO DE NOMBRE de su menor hijo RODRIGO GIOVANNI RODRIGUEZ LÉMUS por el de FABIAN RODRIGO GIOVANNY RODRIGUEZ LÉMUS. Para los efectos legales se hace la presente publicación. Jalapa, 29 de agosto del 2011, Licda. TELMA BEATRIZ MARTINEZ DE LA CRUZ, Abogada y Notaria. Col. No. 5786. 1av. 5-90 zona 2. Jalapa, Jalapa. 27605 02, 16, 30 Sep. 2011

EDICTO DE PROCESO SUCESORIO WILLIAMS EUGENIO CASTAÑEDA GONZALEZ, radicó ante mi el proceso sucesorio intestado extrajudicial de MARIA CLEOFAS GONZALEZ AGUIRRE, habiéndose señalado para la junta de herederos la audiencia del día dos de octubre del dos mil once a las diez horas, en mi bufete jurídico ubicado en la 12 calle “A” 0-60 zona 1, de esta ciudad, 2º.nivel Oficina 3. Cito a los que tengan interés, Guatemala, 18 de agosto del 2011. MAGDA CAMEY DE ARZU, ABOGADA Y NOTARIA. 27607 02, 09, 16 Sep. 2011

EDICTO DE REMATE ESTE JUZGADO SEÑALO AUDIENCIA DE REMATE PARA EL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE A LAS 10:00 HORAS, para la venta en publica subasta de la FINCA NUMERO 573, FOLIO 73 DEL LIBRO 42E DE GUATEMALA. INSCRIPCION Número: 1: Lote número 20 manzana “A” de la Lotificación Mirador de San Cristóbal, Aldea La Selva, ubicada en el municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, con extensión de 90.00 m2. medidas y colindancias. La fracción colinda; AL NORTE: con 1ra calle; AL SUR: con lote 2, AL ESTE: con lote 21 y AL OESTE: con lote 19; MEDIDAS: De la Estación 1 al punto de observación 2 azimut 80 grados, 00 minutos y 10 segundos, con una distancia de 6.00mts, de la estación 2 al punto de observación 3 un azimut de 170 grados, 00 minutos y 10 segundos, con una distancia de 15.00 mts. de la estación 3 al punto de observación 4 un azimut de 260 grados 00 minutos y 10 segundos, con una distancia de 6.00 mts.; y de la estación 4 al punto de observación 1 un azimut de 350 grados, 00, minutos y 10 segundos, con una distancia de 15.00 mts. EL EJECUTADO por Q30,503.32 compró a CONSULTORIA, CONSTRUCCIÓN Y COMERCIALIZACION, SOCIEDAD ANONIMA esta finca que se desmembró de la finca numero 198 folio 98 del Libro 2862 de Guatemala, del precio pago Q6333.32 y el saldo lo pagará como se indica en la inscripción hipotecaria número 1 de esta finca. HIPOTECAS INSCRIPCION No. 1 EL EJECUTADO en garantía de un préstamo por Q24,170.00 que pagará en un plazo de 10 años forma de pago: mediante cuotas niveladas, mensuales y sucesivas de Q424.22 interés; inicial 15% anual. Resguardo de afianzamiento: 001 de la afianzadora de El CREDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA hipotecó ésta finca a favor de EL CREDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA. Lugar que ocupa 1er. El bien a subastarse es de conformidad con la certificación que obran en autos, no tienen otro gravamen, anotación o limitación, más que el ya transcrito. La que motiva la presente ejecución, promovida por EL CREDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA para obtener el pago de VEINTITRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE QUETZALES CON DIECIOCHO CENTAVOS en concepto de capital, más intereses y costas procesales Se aceptan posturas que cubran el monto del capital adeudado, más intereses y costas procesales. Para los efectos legales, se hace la presente publicación, Guatemala, veinticinco de agosto de dos mil once. EUNICE ELVIRA CRISTINA LUARCA GARCIA. SECRETARIA. JUZGADO TERCERO DE PAZ DEL RAMO CIVIL. E.V.A. C1-2000-565 Of. y Not. 4to. 27608 02, 09, 16 Sep./2011

EDICTO DE MATRIMONIO

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ERICK JAVIER CARRILLO LOPEZ guatemalteco; MICHELLÉ LEE DENNIS estadounidense; desean contraer MATRIMONIO CIVIL ante mis oficios. Emplazo interesados. Huehuetenango 24 de agosto del 2011. 3a. calle 6-56 Zona 1. Lic. Adán Amilcar Estrada Sopony, Abogado y Notario. 02 Sep./2011


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