La Agencia de Viajes Argentina N° 1.450

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la agencia de viajes

daron pendientes, pero la línea que bajan las entidades a sus socios es que los chispazos no opaquen el beneficio a los ojos del pasajero. Respecto del tema de los incrementos en las tarifas “quedó en claro que es responsabilidad de la agencia de viajes decidir si quiere seguir trabajando con ese hotel que decidió aumentarlas en un momento incomprensible e injustificado. Pero sacando casos muy puntuales, no fue masivo ni están bien vistos por el mercado quienes lo hicieron. Nos costó mucho tiempo y trabajo lograr este beneficio y no estamos dispuestos a ponerlo en juego”, comentó Elías. CRITERIO ON DEMAND. Entre el celo de algunos hoteles y la poca claridad de algunos aspectos de la reglamentación, la cuestión de la documentación requerida por los hoteles a las agencias y éstas a su vez a los pasajeros se volvió uno de los principales dolores de cabeza. El vacío normativo respecto a la información que debe remitir la agencia al hotel para aplicar el reintegro y la imposibilidad del alojamiento de verificar la forma de pago (sólo se aceptan tarjetas internacionales o transferencia de divisas) se llenó con una de las salidas más creativas del encuentro. Se acordó que el es-

16 de enero de 2017

tablecimiento y el comercializador firmarán una suerte de declaración jurada (en principio anual), en la cual la agencia asumirá la responsabilidad de que sólo solicitará el reintegro en la medida en que se hayan cumplido los requisitos legales del beneficio (identificación del turista y forma de pago). Por ende, la reserva incluirá los datos del pasajero y la leyenda que dice “Esta reserva será pasible de la devolución de IVA según decreto 1043/2016. Requisito de pago cumplido. Documento marco de ..../…./….”. El presidente de la AHT explicó que “se buscó separar responsabilidades y que las agencias se comprometan a pedir y hacerse responsables del pedido de la información necesaria. Si luego la AFIP me viene a auditar quiero tener un resguardo, porque si no el hotel queda expuesto”. En cuanto a la obligación de pedirle una copia del pasaporte o DNI a los clientes, lo que se acordó es que sólo se hará cuando la contratación sea presencial o en oportunidad de la efectiva prestación del servicio. Asimismo, se definió que si al momento del ingreso del pasajero al establecimiento resulta que el mismo no es residente en el exterior, el hotel facturará la diferencia de IVA a la agencia y no al turista. Una de las dudas más curiosas es que la resolución plantea que se le pida al huésped

ARGENTINA

el comprobante de ingreso al país emitido por la Dirección Nacional de Migraciones. Pero no está claro en cuales casos corresponde exigirlo y si ese documento se entrega efectivamente en todos los puestos fronterizos. Para los prestadores –hasta tanto no haya aclaración por parte del MinTur y la AFIP- sólo se solicitará cuando el pasajero presente un documento de identidad extranjero y no el pasaporte. Aunque en caso de no tenerlo, se considerará cumplido el requisito completando en la ficha del check in la fecha de ingreso al país. “Teniendo en cuenta que no hubo tiempo y la intención es que el beneficio se aplique, la idea es flexibilizar con prudencia el régimen”, fue uno de los comentarios más habituales de los contadores que expusieron en cada una de las reuniones. Para graficar hasta donde la falta de un criterio común está entorpeciendo la llegada del beneficio a los turistas, este medio supo de primera mano que la semana pasada a tres viajeros corporativos brasileños se les rechazó el pedido de devolución del IVA en un hotel 5 estrellas porteño porque presentaron el DNI y no el pasaporte u otro documento que acreditara la fecha de ingreso al país. BARRERA DE ENTRADA. Formalmente la medida entró en vigencia desde las 00:00

del lunes 2 de enero. Pero lo que plantean agencias y hoteles es que debiera aclararse que el beneficio debe ser otorgado también a los pasajeros que reservaron con anterioridad a esa fecha, pero ingresan al alojamiento en 2017. Nuevamente, las partes acordaron –hasta tanto se aclareque extenderán el reintegro a todo servicio prestado desde el segundo día del año, con independencia de la fecha de cobro parcial o total de la operación. “Sería muy contraproducente decirle al pasajero que pagó su reserva antes del 2 de enero ‘marche preso’. La solución podría ser generar una nueva reserva”, explicó el presidente de la AHT. TE LA DEBO. Donde no hubo acuerdo es sobre la forma en la que el hotel debe exponer la tarifa hasta la cual la agencia puede realizar el reintegro. Como explicamos la semana pasada, el diferendo comercial pasa por el hecho de que según los alojamientos si la tarifa publicada es de US$ 100 y el comercializador factura al pasajero US$ 130, no le puede devolver el IVA sobre el valor marcado. Por ello, en este sensible aspecto se pidió una definición de las autoridades y una revisión y modificación del concepto “Comisión” en la factura T, que entrará a regir a partir de abril.

La ANAC lanzará en mayo informes trimestrales de puntualidad aérea

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través de la resolución 1.195, publicada el jueves en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó la instrumentación de un sistema de evaluación estadístico de cumplimiento de las operaciones aéreas. El ranking de puntualidad se publicará trimestralmente a través de la web del organismo. El primer informe verá la luz el 2 de mayo, con los datos correspondientes al período de enero a marzo de este año. El índice diferenciará el universo de operaciones aéreas de cabotaje de las internacionales e incluirá a las compañías que en conjunto representen el 80% del total de los servicios. De esta manera, Aerolíneas Argentinas, Austral y LAN Argentina quedaron emplazadas a presentar cada tres meses los datos de cada operación de cabotaje, en tanto que para el internacional se suman American Airlines, las del grupo Latam, Avianca, Copa y Sky. Asimismo, la ANAC de-

Copia de las planillas que deberán presentar las aerolíneas a la ANAC.

finió que se considerarán impuntuales todos aquellos vuelos que se retrasen más de 15 minutos del horario de partida previsto. Del mismo modo, la autoridad aeronáutica –encargada de llevar a cabo el cálculo de eficiencia- dijo que fiscalizará la veracidad de la información provista por las aerolíneas y en caso de detectar inexactitudes promoverá las correspondientes sanciones.


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