Santo Domingo: 29 de Octubre, 2024

Page 1


Estudiantes rinden tributo al Escudo Nacional

En las unidades educativas de Santo Domingo de los Tsáchilas han adelantado el minuto cívico para conmemorar el Día del Escudo, dado que el 31 de octubre fue declarado feriado nacional. 03

Cristhian Farías perdió la vida en un accidente ocurrido en El Carmen

Casa de la Cultura, núcleo Santo Domingo tiene una revista digital

Encuestadoras ‘atadas de manos’ por reglamento del CNE

Presidenciables deben presentar su equipo de trabajo

A menos luz, más sexo y nuevos bebés

Santo Domingo

Editor

Redacción: santodomingo@lahora.com.ec

Publicidad: mgranda@lahora.com.ec

Año: XXVII No. 11.251

Mi LDRED

Mo Li NERos

Empresas familiares: mejorar el marco legal

Las empresas familiares son un pilar fundamental de la economía ecuatoriana, representando casi el 91% del tejido empresarial. Sin embargo, a pesar de su crucial aporte al empleo y al PIB, enfrentan serias dificultades debido a la falta de un marco normativo específico y el escaso apoyo institucional. A diferencia de otros países, donde los gobiernos han implementado políticas favorables, en Ecuador no existe una legislación que atienda sus necesidades.

En varios países, se implementan programas de asesoría y capacitación para empresas familiares, con talleres de gestión, sucesión y liderazgo. Además, ofrecen incentivos fiscales, financiamiento a bajo interés y subvenciones para fomentar la expansión. Redes y asociaciones promueven buenas prácticas y aseguran que las leyes tributarias no obstaculicen la sucesión. Algunos ejemplos incluyen a Alemania con programas de formación, Italia con beneficios fiscales, Estados Unidos con recursos y financiamiento a través de la SBA, y el Reino Unido con guías de planificación. En América Latina, Brasil y México también avanzan en marcos regulatorios y protección de estas empresas.

A pesar de este panorama alentador en otras naciones, en Ecuador las empresas familiares operan bajo la misma normativa que todas las empresas, sin regulaciones que aborden sus desafíos particulares, como la sucesión generacional. La falta de incentivos tributarios y de leyes fiscales diseñadas para facilitar la transferencia de negocios limita su crecimiento y sostenibilidad. Afortunadamente, la Alianza Ecuatoriana de Familias Empresarias (Aliefe) está cobrando impulso, convirtiéndose en la voz de la empresa familiar y promoviendo políticas que favorezcan este sector vital.

Es necesario establecer una normativa que beneficie a un sector tan crucial para el futuro del país. La creación de un marco normativo que considere las particularidades de las empresas familiares garantizaría su sostenibilidad y fortalecería la economía nacional. La falta de apoyo afecta tanto a las empresas como a la generación de empleo y al desarrollo económico de nuestro país. Es hora de que la sociedad civil y los legisladores se unan para exigir cambios que fortalezcan a este sector vital de nuestra economía.

EDitoRiAL

Alivios urgentes para la crisis energética

La crisis energética deja grandes pérdidas. Las proyecciones estiman que, en los 30 primeros días de los apagones, ya alcanzan los $2.000 millones. Y esto ha creado una cadena de dificultades que trabajadores y empresas, de todos los tamaños, sienten a diario.

Aquellos visionarios que se prepararon, hoy no pueden huir de los apagones ya que los generadores empiezan a presentar fallas por las largas jornadas de uso. Otras empresas e industrias enfrentan el enorme gasto de combustible para generación de electricidad que además no se podrá compensar con ventas, pues estas han caído.

A muchos les preocupa incumplir sus obligaciones con bancos y cooperativas, pese al diferimiento de cuotas que anunció la banca privada. Incluso, ya se registra un aumento de despidos.

Es evidente que necesitan de ayuda. El presidente Daniel Noboa, en su entrevista del domingo por la noche, se refirió a algunos alivios. Aunque dijo que una rebaja del IVA es “difícil”, está a favor de créditos para pequeños comerciantes y agricultores, reducción tributaria por ahorro energético a los grandes contribuyentes y condonación de deudas. Pero esto no sería suficiente.

La suspensión de la jornada laboral del 31 de octubre lastima al sector privado, por lo que ayuda significativa vendría de la mano de que no sea obligatoria, pues esto encarece tanto el día productivo, que muchos no lo aprovecharán para cuidar sus costos. Es necesario que se establezcan medidas para que las empresas, especialmente aquellas con pocos empleados, puedan sostener sus nóminas y no llegar a requerir despidos.

Ansiedad en las tinieblas

En las últimas semanas hemos vivido en la oscuridad. La ansiedad entre la ciudadanía se vuelve palpable con las largas horas sin energía. “La ansiedad provocada por la incertidumbre en el trabajo o la economía puede entorpecer el juicio y la toma de decisiones, ya que las emociones desreguladas generan pensamientos catastróficos que impiden actuar de manera racional y efectiva” (Beck, 1979).

En la antesala de las elecciones, el tema energético parece priorizarse sobre el de seguridad. Esta situación genera un clima de tensión y desesperanza, exacerbando la ansiedad colectiva. Los partidos políticos, en su incesante campaña de guerra, parecen desinteresados en las necesidades reales de la población. La falta de colaboración entre gobiernos y partidos se traduce en un escenario donde se gasta nuestro dinero en desacreditar a otros, mientras se realizan viajes al extranjero, irónicamente por quienes prometieron no usar o incluso vender el avión presidencial. ¿Qué promesas debemos creer antes de las elecciones?

Esta constante incertidumbre no solo afecta nuestra salud mental, sino que también paraliza la economía. La ansiedad puede llevarnos a la inacción y a la desesperanza, afectando nuestro bienestar. Estamos a la espera de las ‘promesas’ de los candidatos, pero muchos expertos en el ámbito energético desmontan las expectativas creadas por los gobernantes, presentando soluciones que, en realidad, solo pueden prolongar la situación. La historia nos enseña lecciones valiosas. Tras la Segunda Guerra Mundial, Japón mostró que la resiliencia colectiva y el enfoque en la reconstrucción pueden generar un renacer económico. Este modelo de unidad y cooperación es fundamental, especialmente en tiempos de crisis.

Como ciudadanos, debemos aprender de estas experiencias. La situación actual no debe paralizarnos, sino impulsarnos a buscar soluciones prácticas y fortalecer nuestra comunidad. No permitamos que la oscuridad nos arrebate el futuro; fomentemos la unidad y la innovación para enfrentar los retos que nos esperan. La salud mental y el bienestar colectivo dependen de nuestra capacidad para actuar y colaborar en tiempos difíciles.

Considero que por falta de amor a la madre tierra, por la improvisación y la irresponsabilidad con la naturaleza , el mismo ser humano está destruyendo el hábitat que Dios nos

ha dado, mientras unos pocos tratamos de cuidar el medio ambiente, muchos descuidadamente botan a los ríos todo tipo de desechos. En el mundo existe mucha polución , es decir, me refiero a la contaminación del aire, el agua, etc., emitidas por sustancias extrañas tóxicas producidas por residuos de procesos industriales o biológicos. Esta conducta irresponsable de contaminar el medio ambiente en que vivimos nos adecúa en una situación de corrupción , pues

aquello configura un delito que está tipificado en el código penal; la Constitución le da la protección y derechos a la Pacha Mama , en su artículo 71 a que se respete integralmente su existencia, el mantenimiento y reparación de sus ciclos vitales; sin embargo, nadie cuida a la madre naturaleza, la ensucian y contaminan, por ello está colapsando el planeta y con ello la raza humana.

Mientras la Constitución ecuatoriana en su artículo 12 nos garantiza el derecho a tener agua limpia para beber el líquido vital, la gran

mayoría irresponsablemente vive contaminando las aguas sin ningún cuidado ni control alguno por parte de las autoridades. Son muchas las inequívocas perversiones que se vienen cometiendo con el medio ambiente y ya es hora de que cada municipio y prefectura tome el control de su circunscripción, a efecto de iniciar un trabajo técnico científico, empezando por desazolvar los ríos, así como el control total de las riberas marítimas para lograr el cuidado de sus áreas adyacentes; mandar personal especializado

para vigilar y reforestar sus riberas , lo cual debería ser una prioridad para fertilizar sus campos y mejorar el medio ambiente. El planeta, incluyendo a nuestro país, está agonizando por falta de protección de las autoridades y la irresponsabilidad ciudadana; a quiénes se debería dictar sendas capacitaciones a fin de concientizar para evitar el colapso de la vida en general.

Hasta que las autoridades y la ciudadanía tomen en serio el cuidado del planeta, que Dios nos ampare.

CIUDAD

Con actos cívicos se conmemora al Escudo Nacional

El Escudo de Armas del Ecuador fue adoptado oficialmente por el Congreso el 31 de octubre de 1900, simbolizando la identidad y la soberanía del país.

El 31 de octubre de cada año se conmemora el Día del Escudo, motivo por el cual varias instituciones educativas de Santo Domingo de los Tsáchilas celebran esta fecha con actos cívicos.

En las unidades educativas Kasama, Hualcopo Duchicela y Veinticuatro de Mayo, durante el minuto cívico de los lunes, resaltaron la historia del símbolo patrio y cómo su diseño ha ido evolucionando hasta la actualidad.

Eddy Zambrano, rector del centro educativo Veinticuatro de Mayo, manifestó que el Escudo representa la identidad y la historia de Ecuador, por lo que no pueden pasar por alto esta fecha. “Adelantamos la conmemoración porque el jueves 31 de octubre

es feriado nacional. La historia del Día del Escudo se abordó en las jornadas matutina y vespertina”, señaló el rector.

Asimismo, realizaron conferencias a grupos de estudiantes para que luego puedan replicar lo aprendido dentro de sus aulas.

Actividades recreativas

En la unidad educativa María Eugenia Durán Villalobos , el minuto cívico en alusión al Escudo Nacional se realizará mañana, miércoles 30 de octubre.

También harán actividades dentro de las aulas, como pintar el símbolo patrio y dar a conocer su historia.

“El Escudo no es solo una imagen, sino un conjunto de valores que nos unen como país. La libertad, la igual-

CIVISMO. Los estudiantes de la unidad educativa Veinticuatro de Mayo realizaron un minuto cívico para recordar al símbolo patrio.

EL DATO

En la unidad educativa Kasama, los alumnos presentaron las modificaciones que ha tenido el Escudo en su diseño

dad y la justicia son principios fundamentales que se ven reflejados en cada uno de sus elementos. Es nuestro deber transmitirlos a las nuevas generaciones”, señaló María Saldaña, directora de la institución. Muchos de los docentes

ACTO. Los estudiantes de la unidad educativa María Eugenia Durán Villalobos se preparan para el minuto cívico.

indicaron que no han podido desarrollar actividades más grandes debido a que los alumnos se encuentran en exámenes trimestrales y porque el jueves 31 de octubre iniciará el feriado por el Día de los Difuntos e Independencia de Cuenca (CT)

El Escudo

° Presenta varios elementos icónicos. En el centro destaca el Chimborazo, la montaña más alta de los Andes ecuatorianos. Desde sus nieves nace el río Guayas, en el que aparece un barco a vapor, una referencia a la primera embarcación construida en Guayaquil en 1841. Además, en la parte superior, se encuentra el cóndor andino, con sus alas extendidas, representando la grandeza y poderío de los ecuatorianos.

Choque entre taxi y moto deja un fallecido en El Carmen

El accidente ocurrió en las avenidas Chone y 3 de Julio en horas de la madrugada del lunes 28 de octubre.

Cristhian Steven Farias Nacevilla, de 22 años, perdió la vida a consecuencia de un

fuerte accidente de tránsito que se registró en la intersección de las avenidas Chone y

3 de Julio

La tragedia ocurrió aproximadamente a las 03:00 del lunes 28 de octubre, y no hubo tiempo para que este joven reciba los primeros auxilios, porque el impacto causó su deceso inmediato.

COMUNICADO IMPORTANTE

La Fundación Emilio Sthele comodatoria del Cementerio Central de Santo Domingo.

INVITA

A la ciudadanía a que se acerque a nuestras oficinas, a cancelar valores pendientes en bóvedas, nichos de restos y lotes familiares, así como averiguar la situación actual de sus seres queridos en los diferentes espacios, donde se encuentran inhumados. Además informamos que estaremos atendiendo en las oficinas durante el feriado en los siguientes horarios:

Lunes 28 de Octubre 08h00 a 12h30 - 14h30 a 18h00

Martes 29 de Octubre 08h00 a 12h30 - 14h30 a 18h00

Miércoles 30 de Octubre 08h00 a 12h30 - 14h30 a 18h00

Jueves 31 de Octubre 08h00 a 12h30 - 14:30 a 18h00

Viernes 01 de Noviembre 08h00 a 18h00 (feriado)

Sábado 02 de Noviembre 08h00 a 18h00

Domingo 03 de Noviembre 08h00 a 18h00

De la misma forma se comunica, que se oficiarán eucaristías el día viernes 01 de Noviembre a las 10h00 y 14h00 y el día sábado 02 de Noviembre, el horario de eucaristías será cada hora, desde las 08h00 hasta las 17h00.

Recuerden que brindamos a la ciudadanía servicios excequiales: Inhumaciones en bóvedas, adultos y niños, Nichos de restos, tumbas adultos y niños.

Av. Tsáchila s/n y Abraham Calazacón frente

El fuerte accidente se produjo entre un vehículo tipo taxi y la motocicleta que utilizaba la víctima , quien quedó tendida sobre la vía pública.

Una cámara de videovigilancia captó la tragedia. En estas imágenes se observa que los motorizados salen expulsados a consecuencia del impacto y el carro termina contra la pared de un predio privado.

Cristhian no aguantó las heridas y quedó sin signos vitales sobre la calzada, lugar en el que permaneció hasta que los uniformados concluyeron con el respectivo levantamiento.

El cuerpo del fallecido fue trasladado hacia el Centro Forense de Santo Domingo para que los legistas practiquen la autopsia de ley, y posteriormente fue retirado por la familia.

Su amigo herido En la motocicleta también se trasladaba Jeisson Ch, de 27 años, quien recibió los primeros auxilios por parte de paramédicos que llegaron al lugar del accidente.

Sus heridas eran muy graves y también presentaba fracturas en diferentes partes del cuerpo. Fue in-

EL DATO

En los últimos días, alrededor de 9 personas han fallecido por accidentes de tránsito en El Carmen.

Otro fallecido por tránsito

° La tarde del domingo 27 de octubre también falleció Steven Varela, de 21 años. Perdió el control de la motocicleta que conducía por el sector conocido como La Restrepo y fue trasladado al hospital básico El Carmen, pero falleció minutos después de haber sido ingresado.

gresado a una casa de salud, donde, hasta el cierre de esta edición, permanecía bajo pronóstico reservado.

Personal del SIAT tomó procedimiento y recabaron indicios para iniciar las investigaciones. Los medios de transporte quedaron retenidos y se confirmó que el conductor del taxi abandonó el lugar. (JD)

TRAGEDIA. El choque se dio entre un taxi y una motocicleta.

Horizonte Cultural: la revista de la Casa de la Cultura

Cerca de siete meses tomó idear, diseñar e incluir artículos relevantes de la institución en la revista digital.

La Casa de la Cultura, núcleo Santo Domingo de los Tsáchilas, ha dado vida a ‘Horizonte Cultural’, una revista digital que no solo es una ventana al pasado, sino también una guía hacia el futuro de las expresiones artísticas locales.

Esta publicación, que cuenta con 25 páginas, fue una idea del director de la institución, Eirón Álava, con el fin de rescatar y difundir la memoria social, costumbres y tradiciones de Santo Domingo.

David Valladares, técnico en Memoria Social de la Casa de la Cultura, destacó que este proyecto es una oportunidad para que artistas y gestores culturales vi-

EL DATO

Se invita a la ciudadanía a explorar la revista Horizonte Cultural y a participar activamente en las diversas actividades que se organizan.

sibilicen su trabajo y, al mismo tiempo, inspiren a más personas a sumarse a las iniciativas de la institución.

Modernización

Para Valladares, la revista no solo es un espacio de difusión artística , sino también una herramienta para modernizar la institución y

Cierre de la avenida Tsáchila

por el Día de los Difuntos

A partir del viernes 1 de noviembre, la avenida Tsáchila será cerrada temporalmente en el tramo comprendido entre la calle Río Zamora y el redondel monseñor Emilio Lorenzo Stehle.

Esta medida, anunciada por la dirección municipal de Control Territorial, tiene como objetivo garantizar la seguridad y el orden durante la conmemoración por el Día de los Difuntos. Dado que el cementerio Central se encuentra en esta zona, se espera una afluencia masiva de ciudadanos que acudirán a visitar a sus seres queridos.

Comercio autorizado

Ante la tradición de colocar ofrendas florales y realizar compras de alimentos en los alrededores del camposanto, las autoridades

PREVENCIÓN. Con el cierre vial se busca facilitar el acceso al camposanto.

municipales han establecido un espacio destinado a los comerciantes. Hasta el momento, se han autorizado 70 puestos de venta de velas, flores y comida, que se ubicarán en puntos estratégicos dentro del perímetro cerrado. (CT)

acercarla a las nuevas generaciones. “Vivimos en una era digital y es fundamental que la Casa de la Cultura también se adapte a esos cambios”, sostuvo.

Indicó que quieren abordar una amplia gama de temas, como, por ejemplo,

incluir los cronogramas de actividades de la institución o tener espacios para recomendar libros.

Asimismo, comentó que el producto comunicacional se vinculará cada mes a las páginas sociales de la Casa de la Cultura para que

los usuarios puedan leerla. “Junto con el equipo de la institución, hemos podido cristalizar este proyecto que, como experiencia propia, ha sido muy bonita y que ha requerido mucho tiempo de trabajo”, dijo Valladares. (CT)

APORTE. La revista fue creada por personal de la Casa de la Cultura.

40 años de la saga ‘The Terminator’

‘¡Hasta la vista, baby!’, la popular frase pronunciada por Arnold Schwarzenegger en 1991, tiene su origen siete años antes, en el inicio de la saga ‘Terminator’, que llegó a los cines el 26 de octubre de 1984 para popularizar al personaje, junto a la aguerrida Sarah Connor, y que hoy es una exitosa franquicia cinematográfica de cuarenta años.

James Cameron Dirección

Protagonistas

Género

Acción – Ciencia ficción

Estreno 26 de octubre de 1984

Duración 107 minutos

‘Terminator’, una millonaria saga de cuatro décadas Cronología

Taquilla mundial

'The Terminator' (1984)

Presupuesto para el filme

‘Terminator 2: Judgment Day’ (1991) ‘Terminator 3: Rise of the Machines’ (2003) ‘Terminator Salvation’ (2009)

La décima película más taquillera de 1984 Recaudación mundial

‘Indiana Jones and the Temple of Doom’ ‘Beverly Hills Cop’

‘Ghostbusters’

‘Grand

Las películas más taquilleras de Schwarzenegger Mayor recaudación mundial Arnold Schwarzenegger

‘Terminator: Genisys’ (2015)
‘Terminator: Dark Fate’ (2019)
Linda Hamilton Michael Biehn

El Comité de DD.HH. de la ONU cuestiona a Ecuador

La delegación de Ecuador presentó el informe del país sobre los avances de los derechos humanos en el período 2017-2024. El país vive las consecuencias de la época del correísmo y las respuestas insuficientes para avanzar.

Durante los días 28 y 29 de octubre de 2024, el Gobierno de Ecuador presenta el VII Informe periódico del país ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU para revisar el cumplimiento de los objetivos del pacto por el respeto a los derechos humanos. En esta ocasión, el Gobierno del presidente Daniel

Noboa envió una comisión de alto nivel a Ginebra para presentar los resultados de los últimos siete años, en los que incluye los avances desde los gobiernos de Lenín Moreno, Guillermo Lasso y su gestión a lo largo de este año. La delegación está encabezada por el procurador General del Estado , Juan Carlos Larrea; la ministra de la Mujer y Derechos Humanos, Arianna Tanca; y otros funcionarios de alto nivel. Ellos, además de presentar el informe, deberán responder a los cuestionamientos sobre las acciones y la falta de información.

Estados de excepción El Procurador presentó el informe y relató los avances

durante la gestión de Noboa. También detalló los logros en la legislación durante los gobiernos de Moreno y Lasso Larrea reiteró el compromiso de Ecuador con el cumplimiento al pacto por los Derechos Humanos. “Ecuador ha demostrado ampliamente su compromiso por la promoción y protección de los DD.HH”, destacó.

Por su parte, los integrantes del Comité de Derechos Humanos de la ONU realizaron observaciones y cuestionamientos al accionar del Estado ecuatoriano, aunque valoraron la disposición del país a participar activamente en los mecanismos de seguimiento.

Dentro de los cuestionamientos el Comité preguntó

LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN FERNANDO DE AMBATO

CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE APROBACIÓN DEL ESTATUTO DE LA LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL “SAN FERNANDO DE AMBATO” De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, se convoca a los clubes deportivos básicos parroquiales, fundadores de la Liga Deportiva Parroquial “San Fernando de Ambato”, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en la sede de la Liga ubicada en la calle San Fernando y Guayaquil Interior del estadio Central, perteneciente a la parroquia San Fernando cantón Ambato provincia Tungurahua el jueves 14 de noviembre del año 2024 a partir de las 20H00 con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del quórum.

2. Aprobación del Estatuto del Club de Liga Deportiva Parroquial “San Fernando de Ambato” San Fernando, 29 de octubre del 2024

sobre la actual situación de la Defensoría del Pueblo , las dificultades del concurso para su designación y los recursos que deben ser asignados a la autoridad.

También criticaron los estados de excepción como una política reiterada , teniendo como base el conflicto armado interno , fundamento que ya ha sido negado en dos ocasiones por la Corte Constitucional Ante esto pidieron información sobre la vigencia de los estados de excepción para la atención de la crisis carcelaria , y sí existe un plan para garantizar el retiro gradual de las Fuerzas Armadas de las cárceles.

Llamaron la atención sobre la apertura de investigaciones ante los 31 casos de presunta tortura y más de 226 acciones de abuso de autoridad por parte de los funcionarios de las fuerzas de seguridad del Estado.

También hicieron un llamado para conocer detalles sobre las más de 35.000 detenciones realizadas durante los operativos de los llamados bloques de seguridad , bajo el presunto delito de terrorismo , solicitando información sobre cuántas de estas detenciones han culminado en causas judiciales.

Respuestas insuficientes

El director de Fundamedios, César Ricaurte, quien se encuentra en Ginebra como parte de la delegación de las organizaciones sociales que también participan en el examen de derechos humanos del país, indicó que las respuestas de Ecuador han sido insuficientes. Explicó que el examen que realiza el Comité revisa un período de siete años, “no solo a este Gobierno y es importante poner en contexto la carencia en derechos humanos que dejó el gobierno de Rafael Correa”.

Recordó que la herencia del régimen de Correa fue “nefasta”, con medios cerrados y periodistas perseguidos.

Precisó que el Comité de Derechos Humanos debe evaluar un contexto de crisis en los últimos tres gobiernos “y frente a eso las respuestas son absolutamente insuficientes”. (ILS)

EXÁMEN. El procurador Juan Carlos Larrea y la ministra de la Mujer y Derechos Humanos, Arianna Tanca, encabezan la delegación en Ginebra. Foto: Fundamedios

Reglamento para encuestadoras

impone sanciones que son cuestionadas

Los sondeos de opinión son utilizados para medir el grado de apoyo o rechazo a un partido, a un candidato. En Ecuador, a menos de cuatro meses de las elecciones, los electores van a ciegas. Hay ausencia de mediciones.

DECISIÓN. Autoridades del Consejo

Los sondeos de opinión, en el ámbito político, permiten medir el grado de apoyo o rechazo a un partido, a un candidato, o una propuesta. Pueden influir en la opinión pública, al generar tendencias, ayudar a conocer las demandas, expectativas y preocupaciones de los ciudadanos.

En Ecuador, a menos de cuatro meses de las elecciones presidenciales y legislativas de febrero de 2025, la población aún no tiene claro el escenario electoral y todavía no puede formarse una idea sobre las diversas opciones debido a la inexistencia de mediciones.

Una de las últimas encuestas fue divulgada en agosto por Cedatos. Esta reveló la incertidumbre en los electores y ubicó en el 75,1% el nivel de indecisión sobre las candidaturas a elegir. La firma atribuyó esta apatía a factores como el alto desconocimiento sobre quiénes son los candidatos, cuáles son los grupos políticos o los partidos a los que representan. Hasta agosto, los ‘camisetazos ’ (cambio de partidos), también fueron observados por el electorado antes de tomar una decisión. La falta de información desde las firmas encuestadoras coincidió con la de -

Electoral (Foto CNE).

cisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) el 5 de septiembre de 2024, cuando aprobó un reglamento sobre personas naturales o jurídicas que realicen pronósticos electorales que regirá para los comicios de febrero. La norma se actualizó a los cuatro años, pues la que estaba vigente era del 17 de agosto de 2020, e incluyó nuevas reglas.

Una de ellas está en el artículo 10, en el acápite. ‘Incumplimiento de la inscripción ’, y señala que las personas naturales o jurídicas que realicen actividades relacionadas con encuestas y pronósticos electorales, y que no se hayan inscrito y registrado previamente en el CNE, serán denunciadas ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE); para lo cual, la Dirección Nacional de Estadística remitirá a la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica, un informe técnico sobre la presunta infracción adjuntando la documentación habilitante.

Para el abogado constitucionalista, Xavier Palacios, esta disposición tiene una constitucionalidad restringida. “Si es para entregarle un insumo al CNE me parece bien, porque deben estar acreditadas ante el ente de control para evitar especula-

ciones en los resultados”.

Pero señaló que el registro del CNE a las encuestadoras debería ser bastante sencillo, porque si la intención es poner trabas, podría limitar o poner en tela de duda la transparencia de las elecciones.

Cree que la decisión del CNE es constitucional, siempre y cuando sea para efectos de registro, pero si invade y califica o no, si se puede o no realizar la encuesta, parecería que podría haber una restricción o un principio democrático más aún en elecciones.

Palacios defiende la idea de que no puede haber restricción, y que la información tiene que ser pública, independientemente de qué candidato esté primero en las encuestas. Las encuestas son una herramienta electoral y de trabajo para quienes están en campaña.

“La maximización de las encuestas es lo mejor que puede pasar porque así la ciudadanía tiene un poco claro el escenario electoral; es un derecho ciudadano poder acceder a esa información más aún en países como el Ecuador donde el voto es obligatorio. “Las encuestas no pueden ser manejadas por el árbitro electoral, en este caso el CNE”, dijo.

El CNE solo debe ser un

discrecional de la información o de qué encuesta se autoriza su publicación. “Si el CNE por A o B razón empieza a censurar la información de qué encuesta pública, por supuesto hay una censura de información”.

Su colega Fabián Andrade, no ve mal que se establezcan reglas porque en el tema de las encuestas lo que hacen, en algunas ocasiones, es incorporar información inexistente. “Constitucionalmente, la discusión es si alcanza la competencia en los procesos electorales para regular este tipo de actividades, y en mi concepto sí es posible”.

Cree, sin embargo, que si al final de las elecciones, algún sector se siente perjudicado por lo que se ha determinado en el reglamento podría plantear una alegación de inconstitucionalidad puntualizando cuál es la norma que considera que ha sido vulnerada.

ente de regulación. Si, por ejemplo, hay cinco encuestadoras registradas, y otras cinco no, igualmente en redes sociales pueden publicar resultados y no le resta validez, pero el CNE no puede convertirse en un organismo

Encuestadoras consultadas por LA HORA han asegurado que prefieren no hacer estudios por la ambigüedad del reglamento y otras deberán esperar por la luz verde del CNE para difundir sus estudios. (SC)

Se le hace saber.Dentro del trámite de Visto Bueno No. 335315 se dispone lo siguiente:

INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE TUNGURAHUA - Ambato, 25 de octubre del 2024 a las 15H20 -VISTOS: En mi calidad de Inspector de Trabajo de Tungurahua y en mérito del sorteo manual realizado en la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Ambato el día 24 de octubre del 2024 a las 09h00 avoco conocimiento de la solicitud de Visto Bueno No. 335315, presentado por la ACCIONANTEEMPLEADORA Sr. Jorge Roberto Ortiz Cevallos con ci: 1001400470 en calidad de representante legal de FARMAENLACE CIA. LTDA con RUC 1791984722001 en contra de ACCIONADO-TRABAJADOR Sra. Gelin del Roció Pacheco con ci: 1802769180 , solicitud que es clara, completa y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 5 y 6 del Acuerdo Ministerial MDT-2021-219, por lo cual se dispone: 1).- Se CALIFICA la solicitud de visto bueno y se ADMITE a trámite mediante procedimiento establecido en el Art. 621 del Código de Trabajo, 2).- Agréguese al expediente la documentación adjuntada con la petición inicial como medio probatorio y la misma será tomada en cuenta en el momento procesal oportuno según los principios de valoración probatoria previstos en los Art. 193 y siguientes del COGEP como norma supletoria para este tipo de trámite, 3).- Por cuanto la parte accionante, ha adjuntando la declaración juramentada de “la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o le demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias para ubicar a quien se pide citar”; Que con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la ACCIONADATRABAJADORA Sra. Gelin del Roció Pacheco mediante una sola publicación en un periódico de amplia circulación. En virtud de que el empleador manifiesta que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la accionada y solicita sea notificado por la prensa, a fin de que una vez transcurrido el termino previsto desde la publicación, conteste dentro del término de dos días; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial o correo electrónico, con su contestación o sin ella realícese las investigaciones de Ley. 4).- Se Confiere y adjunta a la presente el extracto correspondiente a fin de que se cumpla con la notificación (Instructivo terminación de relación laboral mediante Visto Bueno CÓDIGO: IN-GRT-01-02-01) 5).- Tómese en cuenta el correo electrónico anaandrade@farmaenlace.com ; valeriapalacios@farmaenlace.com ; mperezv@farmaenlace.com ; thaliamieles@farmaenlace.com agregado por el accionante. NOTIFIQUESE. - f) Abg. David Pérez Escobar. Lo que comunico a usted para los fines de ley.Abg. David Pérez Escobar. INSPECTOR DE TRABAJO DE TUNGURAHUA ESCOBAR

Nacional

Equipo de Gobierno es clave para que un presidente tenga éxito

Los aspirantes a ser el próximo presidente de Ecuador desde 2025 deben mostrar todas sus cartas y dejar que los ciudadanos sepan con qué equipo cuentan para gestionar un país en crisis.

den aplazar en campos laboral, seguridad social, inversiones, entre otros.

¿Por que el equipo es importante?

Se debe mostrar un plan real de Gobierno

°El exministro de Economía, Simón Cueva, ha dicho que es muy complicado aconsejar al nuevo Gobierno que asumirá en 2025, pero lo primero que deberían hacer, en términos económicos, es un análisis de corto plazo de la caja, de las necesidades y requerimientos de la caja fiscal para los próximos meses, ver fuentes posibles de financiamiento y alternativas de cómo hacerlo. En ese proceso puede haber tentaciones como usar la plata del Banco Central. “Eso no sería responsable con el país”, acotó Cueva. La segunda prioridad debería ser pensar que cualquier mecanismo para ir mejorando la situación fiscal debe proteger a los sectores más vulnerables en Ecuador.  “El Ecuador es un país muy desigual y por lo tanto es sano que en cualquier proceso se proteja a los de más abajo, que son los que la tienen más difícil en épocas de incertidumbre,porque no tienen ahorros ni otras alternativas”, añadió Cueva.

HECHO. La silla de Carondelet está en juego y se necesita un presidente, con un buen equipo de Gobierno En febrero de 2025, los ecuatorianos no solo van a escoger a un presidente de la República, sino a un equipo de Gobierno que lidiará con una crisis económica y de empleo en las familias y empresas; además de una crisis fiscal que amenaza con complicar hasta los pagos más básicos del próximo año.

“La situación del país es tan compleja, y se necesita urgentemente un plan claro y realizable de Gobierno, que los e cuatorianos no nos podemos dar el lujo de ir a votar a ciegas, sin saber quienes acompañarán al nuevo presidente en los próximo cuatr6 años”, acotó Andrea Rodríguez, economista.

El peor error que puede cometer Ecuador es no asegurarse que el nuevo mandatario tiene un equipo (al menos el mínimo) para impulsar medidas y reformas complejas que ya no se pue-

Según el estudio ‘Supervivencia Ministerial y la Eficacia del Liderazgo’, elaborado por Amanda B. Edgell, los ministros experimentados y técnicamente capacitados son un factor crítico para el éxito de la gestión presidencial.

En países con instituciones en desarrollo (como Ecuador), el equipo de gobierno juega un papel vital en la implementación de políticas y en la estabilidad del régimen.

La alta rotación en los gabinetes afecta negativamente la implementación de políticas, pues introduce discontinuidades que erosionan el progreso de los proyectos.

Los efectos de esto último

se ven en los constantes cambios de ministro de Energía y Minas que ha tenido, por ejemplo, el Gobierno de Daniel Noboa en menos de un año (dos ministros titulares y dos encargados).

Un caso más extremo es el del viceministerio de Minas , que desde 2020 ha tenido más de 20 titulares, mientras los grupos de delincuencia organizada han seguido ganando terreno con la minería ilegal

Por otro lado, el estudio ti-

EL DATO

Además de un buen gabinete, quien llegue a Carondelet necesita entre 3.000 y 4.000 funcionarios, entre mandos medios y otros, para tener real control del Estado.

tulado ‘La presidencialización de la Política’, elaborado por Thomas Poguntke y Paul Webb , apunta a que los presidentes con equipos ministeriales de alto perfil y autonomía relativa logran mejores resultados.

Los presidentes que delegan en ministros competentes pueden enfocarse en el liderazgo estratégico mientras los ministros implementan políticas con mayor precisión y eficiencia. También destacan que un gabinete confiable refuerza la legitimidad del presidente ante la ciudadanía y ante el sistema político.

Así, todas las evidencias se dirigen a que no es suficiente con un líder en la Presidencia, por más buenas características que tenga, para realizar un Gobierno realmente exitoso y que logre cambios estructurales en un país en crisis como Ecuador. (JS)

En tercer lugar, se debe pensar cómo asegurar un buen equilibrio entre evitar ahogar completamente a la economía en el corto plazo, pero sí dar señales claras y creíbles, hacia el mundo entero, incluyendo a los inversionistas nacionales o extranjeros, de que el país sí quiere ir por la senda seria y sostenible. En resumen, buscar más liquidez de corto plazo; hacer que cualquier programa o cualquier decisión pública tenga en cuenta las iniquidades fuertes que tiene el país; y que, ya sean ajustes lentos o rápidos, las decisiones muestren que se va en la dirección correcta y que se tiene el objetivo claro de ir fortaleciendo las finanzas públicas.

Por su parte, el exministro de Economía, Mauricio Pozo, ha dicho que “no es lo mismo el discurso de campaña que estar gobernando y estar atentos todos los días y todos los meses para pagar nómina, cubrir subsidios, hacer transferencias a gobiernos seccionales”

Según Pozo, el espacio fiscal que tenga el próximo Gobierno dependerá de qué programa económico realmente apliquen cuando lleguen a Carondelet. Si se trabaja en eficiencia del gasto, se podrá generar recursos para invertir; pero se necesita tener claro lo que se quiere hacer.

¿Pueden haber más embarazos por los apagones?

Generación ‘off’ se le llama a quienes nacen debido a apagones. El fenómeno ya sucedió en España y otros lugares. ¿Pueden los cortes de energía eléctrica provocar más embarazos en Ecuador?

“Es que antes no había televisión”, es la respuesta que dan las generaciones que tuvieron entre 7 y 12 hijos.

Ahora, en Ecuador, hay televisión, pero no electricidad. Por lo que cabe preguntarse ¿Pueden los cortes de luz provocar un aumento en los embarazos?

Existen antecedentes sobre cómo la falta de electricidad impacta en la natalidad de una población. Por ejemplo, en 2008, España vivió apagones en julio y – nueve meses después– los hospitales reportaron un incremento del 7% en el número de nacimientos, respecto a la media semanal de ese año. “Puede ser que sin el apagón no hubiese nacido Isabela”, indicó en ese entonces un hombre de 33 años, al diario español 20 Minutos.

A los niños nacidos en este periodo se los conoce como ‘generación del gran apagón’ o la ‘generación off’.

Sin luz hay menos ocio y más sexo

Desde abril de 2024, Ecuador experimenta una serie de apagones que comenzaron con jornadas de cinco horas sin luz y que, para este octubre, aumentó a un promedio de 14 horas diarias.

Amanda Tapia, socióloga, señala que los comportamientos humanos evolucionan acorde al entorno en el que las personas se desarro-

llan. “A más tecnología, más problemas como nomofobia (adicción al celular), cosas que no se experimentaban antes”.

Sobre los apagones, Tapia dice que hay una regla simple que responde a la dependencia humana a la luz y la tecnología. “No solo el trabajo gira en torno a la electricidad, sino también el ocio”, por lo tanto: sin electricidad hay menos ocio y más probabilidades de tener sexo.

“Solo hay que preguntar cuántas parejas se quedan dormidas viendo una serie. Pues ahora, sin series, sin luz para la televisión o para oir música; sin internet para revisar redes sociales, con la misma frecuencia, no es ajeno pensar que aumentarán las relaciones sexuales”, manifiesta, aunque dice que, por ahora, esto es más “una apreciación que una certeza”.

Un reportaje de la BBC señala que la televisión es vista, desde el mundo científico, como un anticonceptivo. “Los que tienen televisión en casa gozan de una distracción que los previene de procrear una y otra vez”, señala el medio, y destaca los estudios de expertos sobre la correlación entre el índice de natalidad y la instalación de televisores en diferentes lugares del mundo.

La revista ‘GeoCurrents’ de la Universidad de Stanford demostró (con un método de cartografía en el que se com-

paran mapas de tasa de natalidad con mapas de otros indicadores), que la televisión pudo haber sido unos de los factores más significativos en la bajada de la natalidad en varios sectores de India.

Apagones y uso de condón Una encuesta de ‘Click Research’ señala que un 53,84% de ecuatorianos ha tenido, al menos, una relación sexual en los últimos siete días. La frecuencia para tener sexo depende de cada persona o pareja. Sin embargo, en épocas sin luz puede aumentar, lo que –dentro de los siguientes meses– se podrá constatar en base al número de embarazos que se registren.

El posible aumento de embarazos no solo respondería a los apagones, sino a la falta de uso de métodos anticonceptivos, que es un problema de salud pública en el país.

Aunque el condón es el único método que previene enfermedades de transmisión sexual, su uso es mínimo en Ecuador. Solo el 9,2% de la población sexualmente activa lo utiliza, según un estudio de la revista científica británica ‘The Lancet’. Mientras que ‘Click Research’ señala que 6 de cada 10 hombres afirman no usar preservativos.

La medición determina que Ecuador es el segundo país de la región donde el uso de preservativos es mínimo. El primer país con esta problemática es Venezuela, mientras que Argentina, Perú y Brasil tienen los niveles más altos de uso de condón.

Al buscar métodos anticonceptivos, según el Ministerio de Salud Pública, la brecha entre mujeres y hombres es inmensa. Solo un 10% de varones busca cuidarse en una relación sexual, pese a que los condones son más seguros y menos invasivos para el cuerpo a diferencia de otros

anticonceptivos.

Adrián Mendoza, estadista, dice que sería interesante dar seguimiento a los cambios sociales a partir de los cortes de luz y así poder determinar

si la electricidad puede ser relevante al generar políticas de planificación familiar. “Es importante estudiar de qué forma factores cotidianos afectan a la frecuencia con la que se tiene sexo”. Pero Tapia dice que el aumento de relaciones íntimas no se daría solo por los apagones, sino porque la incertidumbre “en la que vivimos actualmente, nos puede volver más propensos a generar relaciones y apegos de manera más rápida”, ya que “estamos, la mayoría de ecuatorianos, experimentando sentimientos similares”. (AVV)

Juicio No. 17320-2009-1348

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 10 de octubre del 2024, a las 10h13. -E X T R A C T O JUDICIAL-

SE HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO DE INSOLVENCIA  No. 17320-2009-1348 en el que se ha dispuesto hacer conocer de la posible rehabilitación de la demandada , con los siguientes datos:

JUICIO:                                      17320-2009-1348-INSOLVENCIA

ACTOR:                                      FRANCISCO JAVIER CALBETO FERRER

DEMANDADO                          JACQUELINE ELIZABETH VEGA VACA .

OBJETO:                                    De conformidad con lo dispuesto en el Art. 507, 508 Y 519 se demanda declarar con lugar el concurso de acreedores de la deudora Jacqueline Elizabeth Vega Vaca.

TRAMITE:                                 ESPECIAL

CUANTIA:                                 INDETERMINADA

PROVIDENCIA.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 31 de mayo del 2024, a las 10h39. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito metropolitano de Quito. Agréguese a los autos la copia y escritos que anteceden. En lo principal téngase en cuenta la comparecencia de la demandada autorización que confiere a su abogada defensora, casillero y correo electrónico para sus posteriores notificaciones. Previamente atento a lo solicitado y sin perjuicio de proveer lo que en derecho corresponde se considera: 1) El Art. 602 del Código de Procedimiento Civil, a su letra señala: “Rehabilitación por suspensión del juicio.También se rehabilitará el fallido, persona natural, contra quien se hubiere seguido el juicio, si este se hubiere suspendido por más de diez años, siempre que no se haya dado antes la declaración de fraudulencia.- En este caso se procederá previo aviso al público; y, los acreedores pondrán oponerse únicamente con la prueba de que ha continuado el juicio dentro de los últimos diez años o de que existe declaración ejecutoriada de culpabilidad o fraudulencia de parte del fallido”. 2) .- En esta virtud, previo a proveer lo que en derecho corresponda y para los efectos de la norma transcrita, y a costa del accionado, procédase con el aviso al público en general, de la posible rehabilitación del presunto insolvente JACQUELINE ELIZABETH VEGA VACA, por la falta de impulso procesal por más de diez años. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma referida en la presente actuación judicial. NOTIFÍQUESE. f) Dra. Luz Elisa del Salto Dávila. Juez.- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones de ser el caso.-Certifico.

Voto latino será más determinante que nunca en EE.UU.

El apoyo de los hispanos será más decisivo que nunca en Estados Unidos, sobre todo en Nevada, Arizona o Pensilvania.

a votar.

Se trata de un grupo de votantes muy disputado, al igual que muy heterogéneo, que se concentran principalmente en los estados de California, Texas, Nevada, Florida, Nueva York, Pensilvania y Arizona, si bien es en Nuevo México donde se alcanza el mayor porcentaje de electores latinos, con el 45%.

EL DATO

En las presidenciales de 2020, el 59% de los hispanos votó por Joe Biden.

cos es para muchos una forma errónea de establecer dinámicas entre los votantes, que en el caso de los hispanos, suelen votar en línea con el sentir popular del resto del estado.

Es el caso, por ejemplo, de la comunidad cubana en Florida, que al igual que el resto del estado se decanta por los republicanos, o en California, donde los hispanos, principalmente de Centroamérica, suelen votar demócrata como el resto.

MADRID. Sin un favorito claro entre Kamala Harris y Donald Trump, y con las encuestas manejando cifras en un frágil equilibrio, las inminentes elecciones presidenciales en Estados Unidos pueden decidirse una vez más por un puñado de votos y los de la comunidad latina, que representa un 15% del electorado, pueden resultar clave.

Más de 36 millones de latinos, de los 65 millones que viven en Estados Unidos, están habi-

El impacto de los mensajes racistas

° El evidente interés por atraer al electorado latino no ha evitado declaraciones de tinte racista como los pronunciadas por humorista Tony Hinchcliffe, conocido como Kill Tony, quien en un mitin de campaña de Trump en Nueva York se refirió a Puerto Rico como esa “flotante isla de basura” y reprochó a los latinos de forma soez el hecho de que les encante tener bebés. Por su parte, de la campaña de la vicepresidenta y candidata demócrata, Kamala Harris, se extraen más mensajes apelando al sentido de

litados para participar en estas presidenciales. Son el grupo racial y étnico con mayor crecimiento desde las últimas elecciones, siendo así que cada año alrededor de 1,4 millones de hispanos obtienen el derecho

identidad de esta comunidad y la vicepresidenta ha prometido mejorar la situación laboral de los millones de trabajadores latinos, entre ellos los que se encuentran en situación irregular y que trabajan especialmente en labores agrícolas.

Del mismo modo, ha identificado la falta de acceso a oportunidades entre los latinos como uno los principales factores de discriminación. Para ello, ha prometido nuevas ayudas a emprendedores, para tener acceso a la vivienda, e incluso eliminar como uno de los requisitos para poder optar a más de 500.000 puestos públicos el hecho de contar con título universitario.

Tradicionalmente, los ciudadanos de origen latino han votado sobre todo demócrata, si bien en los últimos años se han reducido esas distancias y el expresidente y candidato republicano, Donald Trump, ganó terreno en 2020 entre esta parte del electorado.

Sin embargo, el electorado latino cuenta también con menores tasas de participación que otros grupos, debido, entre otros factores, a que se trata de una población que es demasiado joven para votar, o bien no cuentan todavía con la ciudadanía estadounidense para poder hacerlo.

Dos maneras de captar el voto latino

Existe una gran diversidad entre los intereses y aspiraciones de la comunidad latina de Estados Unidos, por lo que dividir el voto por grupos étni-

En ese sentido, la retórica antinmigración de Trump no le ha privado de conseguir cada vez más el apoyo de los latinos, en especial el de los hombres, según un estudio de ‘The New York Times’ que establece que el apoyo hacia el Partido Republicano ha crecido en comparación a otras elecciones.

Trump no ha variado sus ideas, ni ha concedido gestos a los latinos, a quienes confía seducir como al resto, con promesas de fortalecer la economía estadounidense con medidas proteccionistas, desregularizando el mercado, bajando impuestos y persiguiendo el crimen, al que en muchas ocasiones vincula precisamente con la inmigración.

Según las encuestas, la principal preocupación de los votantes latinos es la economía, al igual que la gran mayoría del resto del electorado, por lo que la campaña de Trump no se ha molestado en dirigirse a ellos en otros términos, incluida la escasa presencia del español durante la campaña. EUROPA PRESS

Con Gabriela Vivanco
CONTIENDA. Los candidatos a la presidencia de Estados Unidos, el expresidente Donald Trump y a la actual vicepresidenta, Kamala Harris. EFE

Morales pide procesar a dos ministros por ataque en su contra

Evo Morales pidió al presidente Luis Arce que procese a sus ministros de Defensa y de Gobierno.

COCHABAMBA (BOLIVIA).

El expresidente de Bolivia Evo Morales pidió al presidente de Bolivia, Luis Arce, que destituya y procese a dos ministros a los que acusa de intentar “matarlo” en un ataque armado el 27 de octubre de 2024.

“Si Luis Arce no dio las órdenes de matarnos debe destituir y procesar de inmediato a sus ministros de Defensa y de Gobierno, Edmundo Novillo y Eduardo Del Castillo “, escribió Morales en la red social X.

El actual líder del oficialista Movimiento al Socialismo (MAS) denunció que el vehículo donde se transportaba recibió 14 impactos de bala y que su chófer resultó herido en la cabeza.

Morales acusó en la víspera a Luis Arce del presunto atentado y en una entrevista anterior aseguró que el Gobierno tenía cuatro planes para evitar que sea candidato presidencial, entre estos “matarlo”.

El ataque contra el vehículo de Morales se produjo en medio de los bloqueos de carreteras de sus seguidores en el centro del país.

Por su parte, Arce, quien está alejado de Morales desde 2021 por una pugna por controlar al MAS y el Ejecutivo, ordenó una investigación de los hechos.

También informó que “ante la denuncia del expresidente Morales de un presunto atentado contra su vida” instruyó “una inmediata y minuciosa investigación”.

El líder del MAS insistió en que hay un plan para evitar que sea candidato, a pesar de una prohibición constitucional sobre la reelección indefinida en Bolivia (EFE)

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 09h00, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral

1 del artículo 26, e íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Tiro Olímpico.

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Tiro Olímpico, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NRO. Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE0107 de fecha 18 de agosto de 2021.

6. Clausura.

Abg. Rocío Recuenco O. INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO

PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS

GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 11h00, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral 1 del artículo 26, e íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura.

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Ecuestre.

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Ecuestre, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NRO. Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto de 2021.

6. Clausura

Abg. Rocío Recuenco O. INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 16h30, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral 1 del artículo 26, íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura.

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Gimnasia.

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Gimnasia, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NR O. Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto de 2021. 6. Clausura.

Abg. Rocío Recuenco O.

INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO

PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: 1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 14h30, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral 1 del artículo 26, e íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura.

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Levantamiento de Pesas .

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Levantamiento de Pesas, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NRO. Nro. MD-CZ32021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto de 2021.

6. Clausura.

Abg. Rocío Recuenco O.

INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

se vende

SeCtor PAlmerAS, terreno 392 m2 y construcción 98 m2. Mayor información al 0968 046 924

BusCamOs •MECáNICO •VENDEDORA

RequisiTos:

• Experiencia en el área

• Disposición para aprender

• Habilidades de comunicacion y negociación

• Capacidad para trabajar en equipo y bajo presión

oFReCeMos:

Un ambiente de trabajo agradable y la oportunidad de crecimiento profesional sueldo Básico + Comisiones

Interesados enviar CV A: trabajosllantas@gmail.com

empreSa de CoaCHing

reQUIere

auXiliar de lOGÍstiCa Y serviCiO al Cliente

Estará a cargo de apoyar a la logística, promocionando y brindado soluciones a los requerimientos de nuestros clientes.

reQUISItoS:

• Formación académica en comunicación, ingeniería comercial o afines.

• 1 año mínimo de experiencia en eventos o ventas.

• Excelente habilidad de relaciones interpersonales.

• Ofrecemos: Sueldo base + comisiones.

Interesadas enviar H.V. a gonzalocruzrrhh@gmail.com

Casa en venta

en la Ciudad de esmeraldas

Un predio de 560 m2 con construcción mixta en buenas condiciones, ubicado en sector comercial. Calle Imbabura, entre Olmedo y Colón.

Interesados llamar al fono: 0990 109 613

serviCiOs PrOFesiOnales aBOGadOs ¡atenCiÓn eXtranJerOs!

Residencias temporales, permanentes, (visas de trabajo), renovaciones, transferencias, cancelaciones, cambios categorías migratorias, ciudadanía, (naturalización).

Abogados Asociados información al: 0987 801 843 / 0999 080 480 / 0985 747 807

Oficinas: Guayaquil, Quito y Santo Domingo.

venta de tractor

marca: Komatsu

Año: 1986 modelo: D65P

Clase: tractor Zapaton de 85cm de largo, rodillos, arranque, alternador y batería nuevos.

Contacto 0992 089 960

Hipnosis Médica

Trata, obesidad, depresión, nervios, dolor por separación o muerte, impotencia, eyaculación precoz, regresión a vidas pasadas, mejora de carácter y adicciones. Dr. Iván Loza mÉdiCo terapeuta en HipnoSiS Telf. 0996 130 937

ConStruimoS:

• Estructuras metálicas.

• Portones eléctricos, pasamanos, puertas, etc.

• Construcción de novalosa.

• Protectores de ventanas.

• Todo lo relacionado a Metal Mecánica.

• Trabajo en acero inoxidable (TIG). 0990 552 543 - 0959 030 374

Dir.: Calle Ambato y Catamayo. Trabajos 100% Garantizados

¡Nuestros anuncios son interactivos, dales clic!

REPARACIÓN INTEGRAL EN MATERIA CONSTITUCIONAL

Históricamente hemos conocido que la reparación integral ha buscado que aquel derecho que ha sido menoscabado o vulnerado vuelva a su estado original (en la medida de lo posible), siendo esto – sobre todo en materia penal, una tarea muchas veces difícil de cumplir – pero ante ello tenemos la contraposición (por así denominarla) que es la reparación integral en materia Constitucional, ya que está a diferencia de la reparación integral en materia penal en la mayoría de casos si logra volver a su estado natural del derecho vulnerado, toda vez que lo que se impugna mediante las acciones jurisdiccionales son aquellos actos emanados de la administración pública que han dado como consecuencia el menoscabo y detrimento de alguno de los derechos consagrados en nuestro ordenamiento jurídico y en especial de la Constitución que nos rige a partir del 2008, muchos de estos derechos nacen del Sistema Interamericano de Derecho Humanos, adopción que se hace históricamente y que va marcada del progreso de índole jurisprudencial que ha venido teniendo la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que en diversas sentencias ha determinado la restitutio in integrum o reparación integral, tal como se la conoce hoy en día dentro del ordenamiento jurídico.

Pero, ¿cómo opera la reparación integral en materia Constitucional?, y sobre todo ¿dónde aparecen las primeras sentencias que dan lugar a la misma?, pues bien, al respecto tenemos que la figura de reparación integral tiene sus primeras apariciones post segunda guerra mundial este contexto se da cuando los tribunales de Nüremberg y Tokio se encontraban con que los Estados en muchas ocasiones fueron responsables del abuso y exceso en el uso de las fuerzas bélicas que dio como consecuencia pérdida de vidas, desapariciones y otros crímenes más, de ahí que nace esta necesidad de otorgar a las víctimas así como a sus familiares un derecho que restituya aquella afectación, puesto que se procedía con reparaciones de manera económica por el daño material

causado a las mismas.

Sin embargo, no es hasta el año 2000 aproximadamente, cuando la ONU, emite una serie de criterios mediante resoluciones para darle un giro a las reparaciones integrales, toda vez que se avecinaba un nuevo siglo como tal, en estas se pronunciaba y a su vez hacia un llamamiento a los Estados para que estos puedan incluir dentro de su ordenamiento jurídico los nuevos estándares y mecanismos de reparación, ya que se había demostrado que el daño no solamente es material, sino que también es inmaterial o subjetivo en la víctima, puesto que al afectar un derecho – indistintamente de cual fuere – esto trae consigo la afectación de otros derechos, y consecuentemente el daño se amplia de manera tal que no solo se reclama por el derecho en principio afectado, sino también por los otros derechos.

Reparación Integral

El concepto de Reparación integral esta derivado del artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos , misma que abarca la acreditación de daños en la esfera material e inmaterial tal como lo señalábamos en líneas anteriores, y con la demostración de ello – el daño causado- nace el otorgamiento de medidas tales como: a) la investigación de los hechos; b) la restitución de derechos, bienes y libertades; c) la rehabilitación física, psicológica o social; d) la satisfacción, mediante actos en beneficio de las víctimas; e) las garantías de no repetición de las violaciones, y

f ) la indemnización compensatoria por daño material e inmaterial.

En nuestra esfera jurídica, ya en la Constitución de 1998 teníamos que la misma recogía de manera breve las formas de determinar las afectaciones a Derechos de índole Constitucional y por ende sus formas de reparación, sin embargo no es sino hasta la entrada en vigencia de la Constitución de 2008 cuando ya se determinan nuevas formas para establecer las afectaciones y por ende para reparar las mismas es así que en materia jurisdiccional, es así que en nuestra Constitución tenemos que en el Art. 86 en su numeral 3 nos especifica lo referente a la reparación integral y las disposiciones que se basaran en lo siguiente: “Art. 86.- Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones:

3) Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública, y en cualquier momento del proceso podrá ordenar la práctica de pruebas y designar comisiones para recabarlas. Se presumirán ciertos los fundamentos alegados por la persona accionante cuando la entidad pública requerida no demuestre lo contrario o no suministre información. La jueza o juez resolverá la causa mediante sentencia, y en caso de constatarse la vulneración de derechos, deberá declararla, ordenar la reparación integral, material e inmaterial, y especificar e individualizar las obligaciones, positivas y negativas, a cargo del

destinatario de la decisión judicial, y las circunstancias en que deban cumplirse.”

Por otra parte, tenemos también que, a partir del 2009 con la entrada en vigencia de la LOGJCC, dentro del Art. 18 de referido cuerpo normativo, bajo el principio jurídico Iura Novit Curia, ya que es el administrador de justicia quien está en la capacidad de reconocer cuando existe un derecho Constitucional vulnerado de ahí que del referido cuerpo legal tenemos que el Art. 18 nos indica lo siguiente:

“Art. 18.- Reparación integral. - En caso de declararse la vulneración de derechos se ordenará la reparación integral por el daño material e inmaterial. La reparación integral procurará que la persona o personas titulares del derecho violado gocen y disfruten el derecho de la manera más adecuada posible y que se restablezca a la situación anterior a la violación.

La reparación podrá incluir, entre otras formas, la restitución del derecho, la compensación económica o patrimonial, la rehabilitación, la satisfacción, las garantías de que el hecho no se repita, la obligación de remitir a la autoridad competente para investigar y sancionar, las medidas de reconocimiento, las disculpas públicas, la prestación de servicios públicos, la atención de salud.

La reparación por el daño material comprenderá la compensación por la pérdida o detrimento de los ingresos de las personas afectadas, los gastos efectuados con motivo de los hechos y las consecuencias de carácter pecuniario que tengan un nexo causal con los hechos del caso.

La reparación por el daño inmaterial comprenderá la compensación, mediante el pago de una cantidad de dinero o la entrega de bienes o servicios apreciables en dinero, por los sufrimientos y las aflicciones causadas a la persona afectada directa y a sus allegados, el menoscabo de valores muy significativos para las personas, así como las alteraciones, de carácter no pecuniario, en las condiciones de existencia del afectado o su familia.

La reparación se realizará en función del tipo de violación, las circunstancias del caso, las

CONSULTA PeNAL

¿Cabe o no aplicar las reglas del COGEP con respecto al recurso de apelación en materia penal?

RESPUESTA en materia penal, la apelación es limitada con respecto a que solamente procede exclusivamente en los casos y formas determinados en el coiP, resulta entonces ilegal acudir al coGeP en busca de reglas (entre ellas sus efectos) o alternativas diferentes no reconocidas en la ley penal para este recurso. es pertinente acudir al coGeP solamente por defecto del coiP, para el caso que nos ocupa, no es procedente esta mecánica procesal, pues la apelación penal se encuentra debidamente regulada en la ley de la materia. conforme a la consulta, con la acusación fiscal, si en la audiencia Preparatoria de Juicio, la jueza o el juez excluye la práctica de medios de prueba ilegales, esta decisión en particular no es susceptible de apelación. es apelable el auto de sobreseimiento, si es que existió acusación fiscal, es decir aquel dado en la audiencia Preparatoria de Juicio. en materia penal, el recurso de apelación es procedente solamente en los casos y en las formas determinadas en el coiP, por ende no resulta jurídicamente correcto aplicar las reglas que por sobre esta institución están contenidas en el coGeP.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

consecuencias de los hechos y la afectación al proyecto de vida. En la sentencia o acuerdo reparatorio deberá constar expresa mención de las obligaciones individualizadas, positivas y negativas, a cargo del destinatario de la decisión judicial y las

La Hora Santo Domingo MARTES, 29 De oCtUBRe De 2024

circunstancias de tiempo, modo y lugar en que deben cumplirse, salvo la reparación económica que debe tramitarse de conformidad con el artículo siguiente.

La persona titular o titulares del derecho violado deberán ser necesariamente escuchadas para determinar la reparación, de ser posible en la misma audiencia. Si la jueza o juez considera pertinente podrá convocar a nueva audiencia para tratar exclusivamente sobre la reparación, que deberá realizarse dentro del término de ocho días.”– las negritas me pertenecen–. Ahora bien, por otra parte, tenemos que la Corte Constitucional mediante Sentencia N.˚ 004-13-SAN-CC, respecto a la reparación integral señala lo siguiente:

“[…] la reparación integral en el ordenamiento ecuatoriano constituye un verdadero derecho constitucional, cuyo titular es toda persona que se considere afectada por la vulneración de sus derechos reconocidos en la Constitución. Adicionalmente, es un principio orientador que complementa y perfecciona la garantía de derechos; así, esta institución jurídica se halla inmersa en todo el ordenamiento constitucional ecuatoriano, siendo transversal al ejercicio de los derechos. De esta forma, se logra que las garantías constitucionales no sean vistas como simples mecanismos judiciales, sino como verdaderos instrumentos con que cuentan todas las personas para obtener del Estado una protección integral de sus derechos”

Es así que dentro del Estado ecuatoriano, está en manos de los administradores de justicia generar los mecanismos necesarios, pertinentes y necesarios para llegar a la restitutio in integrum de las violaciones declaradas y daños acreditados, y que mediante el procedimiento oportuno y eficiente han sido declaradas y aceptadas como legitimas en cuanto a su reclamación sin embargo cuando esto no fuese posible, es decir de reparar aquel daño y regresarlo a su estado natural, será el mismo juzgador que pueda determinar nuevas formas y mecanismos aplicables para tales efectos, ya que como veremos más adelante, estos podrán determinar mediante la norma y a su vez el criterio del juzgador los mecanismos eficientes y eficaces para las referidas reparaciones. Cuando la afectación viene de parte del Estado, y se logra comprobar que existió dicha vulneración. Resulta indispensable comprender la reparación del daño con una doble dimensión: 1) como obligación del Estado derivado de su responsabilidad, y 2) como derecho fundamental de las víctimas de recibir una reparación acorde al daño causado al respecto, dichas dimensiones tenemos que las mismas

se reflejan en su nacimiento – y posterior desarrollo dentro del derecho internacional público –ya que podemos apreciar que la exigencia en reparar las consecuencias del ilícito cometido por parte de entidades estatales recae en los Estados, quienes en la mayoría de las veces deberán de compensar la violación que se les acuso y que por ende se demostró que existió. En ese marco el SIDH por muchos años se trataron casos donde se evidenciaba la vulneración a derechos por parte de los Estados y en donde se determinaba que debía de otorgarse una responsabilidad y de la derivación de dicha responsabilidad nace una reparación a favor. A su vez la CIDH determinó en diversos Informes de Fondo que de las violaciones acreditadas nace una serie de recomendaciones a los Estados para el caso concreto. No obstante, dichas recomendaciones, si bien tenían un alcance general de los puntos discutidos en el caso, no contaban con un análisis pormenorizado de los daños ocasionados y las medidas adecuadas para reparar dichos daños. Por lo que la disposición genérica recomendada por la CIDH recaía en que el Estado brindará una reparación a las víctimas, tal como se evidencia actualmente en las sentencias de los juzgadores, así como de diversas sentencias emitidas de parte de la Corte Constitucional.

Participación de las víctimas

Por otro lado, tenemos el desarrollo de participación de las víctimas en el proceso ante la Corte IDH, esto se da sobre todo a partir de la reforma Reglamentaria de 1996, ya que se formaliza la oportunidad de los representantes de las víctimas de demostrar sus afectaciones, y consecuentemente demandar las medidas más apropiadas para su reparación.

Esto a su vez repercutió inevitablemente en que los jueces de todas las instancias – tanto de cortes nacionales como de cortes internacionales – procedan a realizar el análisis y acreditación de los daños, así como el debate en cuanto a las mejores formas de reparar el mismo y sus consecuencias.

Desde esta perspectiva podemos afirmar que, lo anterior configuró la consideración de la segunda dimensión en cuanto a derecho de las víctimas a recibir reparación, la cual debe de ser oportuna, eficaz, pero sobre todo proporcional al daño causado de parte del Estado si es el caso o de aquella persona que haya causado un daño y que diera lugar a la afectación de un derecho de tipo Constitucional, es decir haya lesionado el mismo. Tipos de reparación integral Por último tenemos que dentro de los tipos de reparación integral tenemos la Codificación del Reglamento de Sustanciación

de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, la cual desde su puesta en vigencia en el 2015 mediante Registro Oficial Nro. 613 tenemos que en el Art. 98 nos define el conjunto de medidas de reparación integral, así como también a quienes va dirigida dicha reparación lo cual lo encontramos en el Art. 99 mismos que textualmente nos establece lo siguiente:

“Art. 98.- Tipos de medidas de reparación integral. - La reparación integral es el conjunto de medidas tendientes a hacer desaparecer o remediar los daños de las vulneraciones a derechos constitucionales o derechos humanos. Entre las medidas de reparación integral se encuentran las siguientes:

1. Restitución: Esta medida de reparación integral comprende la restitución del derecho que fue menoscabado o vulnerado a una persona; con este tipo de medida se pretende que la víctima sea restablecida a la situación anterior a la vulneración.

2. Rehabilitación: La rehabilitación comprende aquellas medidas reparatorias que toman en consideración las aflicciones tanto físicas como psicológicas de las víctimas de una vulneración de derechos constitucionales. Estas medidas deben establecerse de forma proporcional con las circunstancias de cada caso.

3. Satisfacción: Se refieren a la verificación de los hechos, conocimiento público de la verdad y la ejecución de actos de desagravio; el establecimiento de sanciones contra los perpetradores de la vulneración de derechos, y la conmemoración y tributo a las víctimas o afectados. Dentro de las medidas de reparación satisfacción se desprenden las medidas de reparación de carácter simbólico, las cuales buscan la preservación y honra de la memoria de las víctimas de vulneraciones de derechos. Este tipo de medidas pueden incluir: actos de homenaje y dignificación, construcción de lugares o monumentos de memoria, colocación de placas, disculpas públicas, entre otros.

4. Garantías de no repetición: Son medidas de tipo estructural que tienen como finalidad que, ante la vulneración de derechos constitucionales por un determinado acto u omisión, se asegure que estos hechos no vuelvan a generarse en el futuro.

5. Obligación de investigar los hechos, determinar los responsables y sancionar: Mediante el establecimiento de estas medidas de reparación se genera una obligación por parte de los responsables de la vulneración de derechos constitucionales, para establecer quiénes provocaron la vulneración, ya sea por acción u omisión, con el objetivo de determinar las respectivas sanciones a las que hubiere lugar.

6. Reparación económica:

Este tipo de reparación se relaciona con la compensación económica que se otorgue a la víctima o a sus familiares, por las afectaciones de tipo económicas que los hechos del caso concreto ocasionaron.”

“Art. 99.- Determinación de las medidas de reparación integral. - En el caso en que el Pleno de la Corte Constitucional dicte nuevas medidas de reparación integral, estas deberán contener la siguiente información:

1. Determinación de la persona beneficiaria de la medida de reparación integral.

2. Determinación del sujeto o sujetos obligados al cumplimiento.

3. Descripción detallada de la medida de reparación.

4. Forma en la que el sujeto obligado debe ejecutar la medida de reparación integral.

5. Determinación de un plazo razonable dentro del cual se deberá ejecutar la medida de reparación.

6. Determinación de un plazo razonable dentro del cual el sujeto obligado deberá informar al Pleno de la Corte Constitucional acerca de la ejecución integral de la medida de reparación.”

En relación a este último artículo, tenemos que a más de las reparaciones contenidas en el Art. 98 de la Codificación del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, estas reparaciones no constituyen una guía esencial y que deba de aplicarse como regla general a todos los procesos, es decir no son una camisa de fuerza que el juez este obligado a cumplir, o que en su defecto no pueda considerar otras más para el contexto de reparación, ya que la Corte Constitucional ha señalado mediante su sentencia N.˚ 146-14-SEP-CC que: “[…]los jueces constitucionales se encuentran en la obligación de ser creativos al momento de determinar las medidas de reparación integral que dentro de cada caso puesto a su conocimiento deban ser establecidas, a fin de que la garantía jurisdiccional sea efectiva y cumpla su objetivo constitucional, evitando vincular únicamente a la reparación integral con una reparación reducida a lo económico, ya que su naturaleza es distinta. Por esta razón, dicha determinación deberá ser proporcional y racional con relación a la función del tipo de violación, las circunstancias del caso, las consecuencias de los hechos y la afectación del proyecto de vida de la persona.”

En definitiva, es esta reparación integral que devolverá consigo no solo el goce de los derechos que hayan sido vulnerados, sino que también traerán consigo una serie de consecuencias jurídicas favorables, ya que al sentarse jurisprudencia sobre un caso, esto conllevara a que los

jueces puedan adoptar el mismo para la resolución de casos análogos, indistintamente de las medidas de reparación integral adoptadas pues como hemos observado las mismas serán consideradas de manera diversas y estará a discreción del juez y de su creatividad adoptar otras medidas de reparación a más de las contempladas en la norma.

Conclusiones:

• Las acciones jurisdiccionales dan lugar a que los derechos que hayan sido vulnerados sean considerados como tal, dando lugar a su vez a nuevas formas de proteger dichos derechos y como consecuencia de ello a establecer medidas de reparación integral que sean eficaces y eficientes que eviten que ese bien jurídico protegido por el estado sea nuevamente lesionado o afectado.

• Es la reparación integral el modus más eficiente y necesario para en la medida de lo posible buscar que el derecho que haya sido afectado vuelva a su estado natural, dando lugar a que este ya no sea nuevamente afectado, y evitando así que otros derechos se sigan lesionando como consecuencia de la afectación del primero.

La Revista Judicial considera muy bien tratado el tema anterior pero quiere dejar constancia de la mala práctica que está adoptando la actual Corte Constitucional, cuando la reparación integral la limita simplemente a la expedición de la Sentencia correspondiente y si bien no es conveniente establecer siempre indemnizaciones de carácter pecuniarios si es indispensable que expida sanciones y suspensión de derecho políticos a Magistrados, Jueces y mas autoridades que hayan cometido actos y resoluciones violatorios de los derechos constitucionales en contra de los ciudadanos. No puede seguir un sistema de impunidades para quienes hacen del abuso una práctica.

El Director

Yandry M. Loor Loor. Yandrylooryl_97@hotmail.com

1 El artículo 63.1 de la CADH dispone que “cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados. Dispondrá, asimismo, si ello fuera procedente, que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada”.

2 La Corte IDH reconoce daños inmateriales tales como los daños psicológicos, morales, al proyecto de vida, colectivos y daños materiales como el daño emergente, perjuicio y patrimonio familia.

3 Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

da clic para estar siempre informado

Un dESfilE dE cATRinAS

como parte de las tradicionales celebraciones por el día de Muertos, cientos de mexicanos y turistas participaron y presenciaron la Mega Procesión de las catrinas, un desfile de esqueletos que sirve como antesala del día de Muertos los días 1 y 2 de noviembre. EfE

MARTES 29 de OCTUBRe de 2024
Santo Domingo

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.