Revista judicial 22 de enero 2014

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

Revista judicial C8

MIÉRCOLES 22de ENERO de2014 La Hora Quito, ecuador

ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 4 de diciembre del 2013, las 12h22. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial y atento a la razón sentada por la Secretaria de la Unidad.- Es obligación del Juzgador verificar sobre la validez procesal; y, por resolución de la Primera Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Provincial de Pichincha, en donde resuelve que se califique la presente demanda, y dando cumplimiento a tal resolución, el suscrito Juez es competente para conocer la presente causa de conformidad con lo que disponen los Arts. 1 y 3 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el numeral 4 del Art. 163 del Código Orgánico de la Función Judicial.En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia dese a la misma el trámite previsto en la Sección 7ma. Del Título II, Libro II del Código de Procedimiento Civil.De conformidad con lo dispuesto en el Art. 252 del cuerpo de leyes antes citado, nómbrese perito al Ing. Mario Gordillo Jácome (Celular No. 0998505215) a fin de que proceda al inventario de los bienes mencionados en la demanda, conforme lo dispone los Arts. 406 y 407 del Código Civil en concordancia con el Art. 635 de la ley ibídem.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Quito y en el Registro Mercantil del cantón Quito, notificándoseles al efecto a los señores Registradores.CITESE con el contenido de la demanda y esta providencia a los demandados en el lugar indicado en la demanda, para cuyo efecto envíese mediante EXHORTO por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la dirección señalada por la parte actora, para lo cual remítase el despacho suficiente para tal fin para que los demandados contesten y hagan valer sus derechos, señalen domicilio judicial para recibir sus posteriores notificaciones, advirtiéndoles de su obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor Gonzalo Guillermo Valenzuela Vaca por la prensa de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Cuéntese en esta causa con el señor Director del Servicio de Rentas Internas SRI a quien se le citará en sus oficinas que las tiene ubicadas en la calle Salinas y Santiago sexto piso de esta ciudad de Quito, para que la mencionada autoridad intervenga en esta causa si a bien lo tuviere.- Adjúntese los documentos presentados al proceso y téngase en cuenta el casillero judicial y la autorización dada al abogado defensor por parte de la accionante.- NOTIFIQUESE.PROVIDENCIA. CO R T E PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 12 de diciembre del 2013, las 12h42. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte accionante, atendiendo el mismo se dispone: Por un lapsus calami en la providencia de fecha 4 de Diciembre del 2013 a las 12h22 no se ha hecho constar lo solicitado en el numeral 11 de la demanda, por lo que se ordena publicar la declaración y calificación de la demanda en un periódico de mayor circulación de la ciudad de Quito ultimo lugar del domicilio del causante señor Gonzalo Guillermo Valenzuela Vaca, para cuyo efecto entréguese el extracto correspon-

diente; se revoca la disposición de inscribir la demanda en el Registro Mercantil del cantón Quito dispuesta en dicha providencia.- NOTIFIQUESE. F).DR. WASHINGTON ROBALINO SILVA.- JUEZ. Lo que le comunico a usted, Y LO CITO para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones en la Unidad Judicial y dentro del perímetro legal.- CERTIFICO.DR. GABRIEL RODRIGUEZ SECRETARIO Hay un sello P.A.C./97845/tf

ANULACIONES

banco PICHINCHA QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5527 al 5530 de la Cta. Cte. No. 3030832904 perteneciente a PEREZ SUIKOUSKI SEBASTIAN RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 366 al 370 de la Cta. Cte. No. 3498476104 perteneciente a URRESTA OBANDO BELMA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los

JUDICIAL QUITO

60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 330 al 331 de la Cta. Cte. No. 3498476104 perteneciente a URRESTA OBANDO BELMA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 173 al 177 de la Cta. Cte. No. 2100049966 perteneciente a MENDOZA PINARGOTE MARIA VICTORIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 125 de la Cta. Cte. No. 2100039762 perteneciente a ZURITA VILLAGRAN NARCISA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 5786 valor $ 110.00 de la Cta. Cte. No. 3066987404 perteneciente a CEVALLOS LARCO FABIAN EDUARDO PEDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5539 de la Cta. Cte. No. 3030832904 perteneciente a PEREZ SUIKOUSKI SEBASTIAN RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7) NR ======

Muchos creen que tener talento es una suerte; nadie que la suerte pueda ser cuestión de talento. B e n av e n t e , J a c i n t o

QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5566 de la Cta. Cte. No. 3030832904 perteneciente a PEREZ SUIKOUSKI SEBASTIAN RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3773 al 3775 de la Cta. Cte. No. 3021675104 perteneciente a CRUZ ROMERO FELIX PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 432 de la Cta. Cte. No. 3518736004 perteneciente a PUMA IPIALES MARIA MAGDALENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 437 de la Cta. Cte. No. 3518736004 perteneciente a PUMA IPIALES MARIA MAGDALENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6859 de

la Cta. Cte. No. 3144332104 perteneciente a TRUJILLO VILLACRESES ROBER GUSTAVO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 101 de la Cta. Cte. No. 2100049783 perteneciente a QUISHPE MANYA NANCY JANNETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1025 de la Cta. Cte. No. 2100042989 perteneciente a JIMENEZ CEDENO JUAN FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2614 de la Cta. Cte. No. 3372693704 perteneciente a COMPANIA PARVAL S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1179 de la Cta. Cte. No. 3385032504 perteneciente a AMAN MEDINA JOSE ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO

EX­TRAC­TO

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA SABORATTI CIA. LTDA.

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA LKM LABORATORIOS ECUADOR S.A.

La com­pa­ñía SABORATTI CIA. LTDA. se cons­ti­tu­yó por es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ ga­da an­te el No­ta­rio Vigésimo Noveno del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, el 13/12/2013, fue apro­ ba­ da por la Su­ pe­ rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción SC.IJ.DJC.Q.14.000214 de 20/Enero/2014. 1.- DO­MI­CI­LIO: Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, pro­vin­cia de Pi­chin­cha. 2.- CA­PI­TAL: Sus­cri­to US$ 1.000,00 Número de Participaciones 1.000 Valor US$ 1,00 3.- OB­JE­TO: El ob­je­to de la com­pa­ñía es: "...A) ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN, PRODUCCIÓN, VENTA AL POR MAYOR Y AL POR MENOR DE HELADOS..:" LA COMPAÑÍA NO REALIZARÁ PROVISIÓN DE SERVICIOS C O M P L E M E N TA R I O S DE ALIMENTACIÓN PREVISTOS EN EL MANDATO CONSTITUYENTE Nº 8. Qui­to, 20/Enero/2014.

La com­pa­ñía LKM LABORATORIOS ECUADOR S.A. se cons­ti­tu­yó por es­cri­ tu­ra pú­bli­ca otor­ga­da an­te el No­ta­rio Vigésimo Sexto del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ ta­no de Qui­to, el 13 de Enero de 2014, fue apro­ba­da por la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción SC.IJ.DJC.Q.14.000215 de 20 de Enero de 2014. 1.- DO­MI­CI­LIO: Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, pro­vin­cia de Pi­chin­cha. 2.- CA­PI­TAL: Sus­cri­to US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00 3.- OB­ JE­ TO: El ob­ je­ to de la com­ pa­ ñ ía es: "A) COMPRA, VENTA, COMERCIALIZACIÓN, IMPORTACIÓN Y/O EXPORTACIÓN, MATERIAS PRIMAS, PRODUCTOS ELABORADOS O NO, RELACIONADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE CON LA INDUSTRIA MEDICINAL..."

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS P AR/94203/cc

publicación. P/AC/ (20) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 639 de la Cta. Cte. No. 3495523504 perteneciente a VILLARREAL CARRILLO ALEX NICOLAY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 7 al 12 de la Cta. Cte. No. 2100040707 perteneciente a HERNANDEZ YEPEZ SUSANA GABRIELA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1503 de la Cta. Cte. No. 3468358004 perteneciente a GAONA JIMENEZ JOSE EFRAIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5584 al 5600 de la Cta. Cte. No. 3030832904 perteneciente a PEREZ SUIKOUSKI SEBASTIAN RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24) NR ======

QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 340 de la Cta. Cte. No. 3498476104 perteneciente a URRESTA OBANDO BELMA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 334 de la Cta. Cte. No. 3498476104 perteneciente a URRESTA OBANDO BELMA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 472 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3272481004 perteneciente a ARCOS ALDAS FRANCISCO ABELARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 130 de la Cta. Cte. No. 2100039762 perteneciente a ZURITA VILLAGRAN NARCISA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 2232 valor $ 58,89 de la Cta.

“UNIÓN DEL VALLE” COOPERATIVA DE VIVIENDA

CONVOCATORIA De acuerdo al Art. 37, Numeral 1 del Reglamento General de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del sector Financiero Popular y Solidario, el señor Presidente convoca a todos los socios de la Cooperativa de Vivienda “Unión del Valle”, a la Asamblea General Extraordinaria a realizarse el día domingo 26 de Enero del 2014, en el terreno “Finca Rosa Catalina”, ubicado en la calle Puruháes y Cacha del Barrio Fajardo, parroquia San Pedro de Taboada, cantón Rumiñahui, a las 08:00 horas (OCHO DE LA MAÑANA). Para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Constatación del Quórum 2) Lectura y Aprobación del Acta Anterior 3) Informe del Sr. Presidente 4) Informe de la Srta. Gerente 5) Elección de la persona natural o jurídica para la realización de la Auditoría Externa anual correspondiente al año 2013 de la terna de auditores seleccionados por el Consejo de Vigilancia. 6) Autorización para que la señorita Gerente proceda al gasto y contratación para la realización de la Auditoria del ejercicio económico 2013. 7) Análisis y Ratificación de la liquidación de haberes laborales efectuados a la Srta. Gerente y Sra. Secretaria de la Cooperativa. De no haber quórum para la hora señalada, los socios quedarán citados por segunda vez, para una hora después de la primera citación; y la Asamblea se realizará con el número de socios presentes. NOTA: Requisito para ingresar a la Asamblea, se presentará el Carné de Identificación o Cédula de Ciudadanía y se aceptarán tan solo representaciones de socios según lo establece la Ley. Sangolquí, Enero 22 del 2014. Atentamente,

Qui­to, 20 de Enero de 2014.

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS

deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 807 de la Cta. Cte. No. 2100042989 perteneciente a JIMENEZ CEDENO JUAN FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 2555 valor $ 315.00 de la Cta. Cte. No. 3257706104 perteneciente a ZAMBRANO MUNOZ ANGEL ALFREDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4386 al 4387 de la Cta. Cte. No. 3378574404 perteneciente a PASICHE SARANGO ROBERTO ARGELIS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 3660 valor $ 159.00 de la Cta. Cte. No. 3066617704 per tene ciente a MOYA MOYA MARIA MAG DA L E N A del B a n co Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última

Dr. Julio Cárdenas O. PRESIDENTE P AC/97890/tf P AR/94207/cc


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