Revista judicial 22 de abril 2014

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MARTES 22 de ABRIL de 2014 La Hora Quito, ecuador revista no: 10674

LUNES 24de noviembre de2008 La Hora Quito, ecuador

Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío

Editora NATHALY SALAZAR BRITO

es una edición de diario la hora

Los ddhh y los crimenes de lesa humanidad Autor: Abg. Danilo Caicedo Tapia

ESTADO TERRORISTA O EL TERRORISMO DE ESTADO Previamente a entrar en análisis es necesario hacer unas breves precisiones, así el hablar de terrorismo como figura penal es algo que como autor no comparto en lo absoluto, pues bajo esta tipología se penaliza un sin número de actos que de manera poco técnica son cobijados bajo el supuesto de causar terror. Más aún resulta quizá un contrasentido hablar de Estado terrorista, sin embargo, esta figura para efectos de este ensayo es de enorme utilidad, más aceptable en este contexto si resulta hablar de terrorismo de Estado como terminología que expresa precisamente la más pura antítesis del Estado constitucional de derechos. Explicado lo anterior, diremos que en la actualidad debemos concebir al Estado constitucional de derecho como nuestra utopías y por supuesto al Estado terrorista como nuestra distopía, en otras palabras, “si los discursos utópicos suponen la formulación de un mundo alternativo, donde todo está bien y las cosas son como deberían ser, ofrecidos como marcos de crítica social y como modelos a ser emulados, el discurso distópico, por el contrario, se encarga de proyectar un mundo de horror, en el que las cosas han salido mal todo ha resultado al revés, y que en resu-

men, se halla en las antípodas de la utopía”1. A falta de una mejor definición por encontrar y para objeto de este trabajo investigativo, diré que el Estado terrorista es aquel que usa todos sus poderes del cual está investido para violar derechos humanos de forma generalizada y sistemática. De esta manera abarcamos la mayor cantidad de representaciones de terrorismo de Estado sin distingo de las razones en que se fundamentaron, si acudiendo a su carácter de proceso, planificado, organizado y con una finalidad determinada. El terrorismo de Estado es un proceso social

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que comienza por una construcción de identidad y alteridad, es decir creando “representaciones simbólicas que nos sugieran ciertos modos de percibirnos a nosotros”2, de esta manera se fundamenta un proceso criminal que se nutre de la relación de pertenencia - exclusión y en la relación amigo- enemigo que esta engendra3. Por tanto, sobre la base de estereotipos dominantes se crean opuestos irreconciliables, humanos y no humanos, ciudadanos y marginales, normalizados y no normali-

zados. La creación del ser marginal, sospechoso y peligroso que se constituye en una amenaza para la sociedad es una creación consciente que se fundamenta en una tesis o teoría. En Latinoamérica y Centroamérica este proceso nace y se fundamenta en los tres objetivos principales de la política exterior de los Estados Unidos para Latinoamérica en aquella época “1. Proteger las materias primas utilizadas por el mercado norteamericano. 2. Prevenir a los militares de América Latina del enemigo comunista. 3. Prevenir los efectos psicológicos generados por las críticas a los Estados Unidos”4. En tanto, aquel ser que disienta del sistema de vida propuesto para cada país en su funcionalidad para la potencia predominante, debería ser marginado y este es un proceso que se desenvuelve en una generalidad de aspectos, a través de múltiples exclusiones, que van más allá de su representación en el derecho, pasando por el lenguaje, la cultura, la moral, la religión, la economía, lo comunicacional y lo político, solo por destacar algunas relevantes5. Este proceso de identificación en identidades y alteridades permite marcar claramente a aquellos sujetos que ya excluidos, corresponde en una segunda etapa hostigar, basados en su peligrosidad, en este punto el discurso se centra en legitimar un poder punitivo descontrolado por parte del Estado6, basado en una doctrina del terror donde lo singular se convierte en la regla general y la sociedad es forzada a vivir en una régimen constante de guerra, para el cual el Estado asume de manera regula poderes excepcionales7. Esta doctrina del terror a la que hacemos mención en el contexto de nuestro continente, adoptó el nombre de doctrina de seguridad nacional, y hace referencia al conjunto de procesos y políticas de exclusión, hostigamiento y aniquilamiento, respaldado además por el denominado “Plan Cóndor, la articulación represiva CONTINUA EN la pá­gi­na - c2

LIBROS

El Dr. José García Falconí presenta su último libro titulado “Modelos de Demandas, Diligencias Previas y Contestación a las Demandas en el Nuevo Ordenamiento Jurídico Ecuatoriano”, en concordancia con el Código General de los Procesos. En la parte teórica del libro se encontrará un análisis jurídico sobre la acción, clases, características. El proceso Judicial.- El juicio y sus fines, elementos y etapas procesales; Modos de comparecer a un juicio civil; Estudio sobre la demanda: concepto, objeto, requisitos que se deben cumplir, documentos que se deben acompañar; La reforma a la demanda y la acumulación de acciones.- El desistimiento, la contestación y sus efectos; Sobre las excepciones: dilatorias, perentorias y de puro derecho; La Reconvención; Estudio sobre las diligencias previas, y los procedimientos especiales en materia civil; El juicio ordinario de menos cuantía y, los juicios de alimentos, según el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. En la parte práctica se encuentran 65 modelos de demandas sobre las principales acciones, según el Código Civil, Código de Procedimiento Civil, con referencia al Código Orgánico General de los Procesos; Modelos de contestación a las demandas, y a las reconvenciones. Además de contener jurisprudencia nacional sobre las excepciones dilatorias y perentorias; la falta de contestación a la demanda; y, a la reconvención, etc.

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