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MARTES 21 de ENERO de 2014 La Hora Quito, ecuador revista no: 10583
LUNES 24de noviembre de2008 La Hora Quito, ecuador
Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
Autor: Ab. Oscar Valenzuela Morales 1
En este artículo demostraremos que los tratados no son intangibles, que un país debe ser atendido si alega “tengo un problema contigo”, y que la solución pacífica de las controversias ganó la pelea en Sudamérica. Traigo a colación lo anterior, a propósito del fallo que se conocerá el 27 de enero de este año en la demanda marítima presentada por Perú en contra de Chile el 16 de enero de 2008 ante la Corte Internacional de Justicia. El Estado peruano alegó en su demanda que no tiene ningún tratado de límites marítimos con Chile y, sobre esa tesis, pretende tal delimitación trazando en el mar una línea equidistante hasta las 200 millas marinas a partir de un punto en la costa denominado “Concordia”, en la frontera entre Chile y Perú, límite terrestre que fue fijado en el Tratado de Límites (terrestre) suscrito en Lima el 3 de junio de 1929. Esta línea equidistante se señalaría restando mar soberano a Chile. Perú presentó la demanda invocando el Art. XXXI del Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá, 1948), en conformidad con el Art. 36, parágrafo segundo del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia y fundamenta su pedido en el Art. 15 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), suscrita en Montego Bay, Jamaica, el 10 de diciembre de 1982, de la cual Chile y Ecuador son partes (en el caso ecuatoriano la CONVEMAR fue publicada en el Registro Oficial suplemento N° 857 de 26 de diciembre de 2012), que precisa: “Art. 15.- Delimitación del mar territorial entre Estados con costas adyacentesosituadasfrenteafrente. Cuando las costas de dos Estados sean adyacentes o se hallen situadas frente a frente, ninguno de dichos Estados tendrá derecho, salvo acuerdo en contrario, a extender su mar territorialmásalládeunalíneamedia cuyospuntosseanequidistantesdelos
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Fallo de la Haya
Discrepancias
Perú Chile
puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mida la anchura del mar territorial de cada unodeesosEstados.Noobstante,esta disposiciónnoseráaplicablecuando, porlaexistenciadederechoshistóricos oporotrascircunstanciasespeciales, seanecesariodelimitarelmarterritorial de ambos Estados en otra forma”. Chile sostiene, en cambio, que con Perú hay un tratado de límites marítimos vigente, el cual fue determinado cuando junto con Ecuador suscribieron la Declaración sobre Zona Marítima (Declaración de Santiago) el 18 de agosto de 1952 y el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima (Convenio de Lima) el 4 de diciembre de 1954, tratados a los que luego se adheriría Colombia.
LOS TRATADOS DE 1952 Y 1954 En la Declaración de Santiago los tres países proclamaron “la soberanía y jurisdicción exclusiva” sobre el mar que baña cada uno de esos Estados“hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas”. En el Convenio de Lima los mismos Estados establecieron “una zona especial, a partir de las 12 millasmarinasdelacosta,de10millas marinasdeanchoacadaladodelparaleloqueconstituyeellímitemarítimo entre los dos países” (Ecuador-Perú y Perú-Chile), según se lee en ese Instrumento, línea del paralelo que parte en el Hito 1, en el caso el chileno-peruano. En concordancia con lo anterior, Perú sostiene que ambos Instrumentos son simplemente
Foto1.- La posición de la caseta chilena (en la tierra de nadie) y la del Hito 1. Tomado de la página web por la Razón y Fuerza (http://razonyfuerza.mforos.com/560583/10750887-la-haya-limites-maritimos-ix/?pag=6) una Declaración y un Convenio pesqueros, sin que tenga connotación alguna que señale la delimitación de una frontera marítima entre los países. De acuerdo con todos los antecedentes recopilados, durante más de 50 años la línea del paralelo marítimo siempre fue respetada tanto por los pescadores, como por las armadas mercantes y de guerra de cada uno de los Estados suscriptores. NUEVA TESIS PERUANA Sin embargo, a partir de la publicación en Lima del libro “El Mar Peruano y sus Límites”, escrito en 1977 por el almirante peruano Guillermo Faura, que entrega elementos de sustento a la tesis
del mar territorial de 200 millas, Perú comenzó a cuestionar la línea del paralelo como límite marítimo tanto con Chile como con Ecuador (en el caso ecuatoriano la línea equidistante debía comenzar en el Golfo de Guayaquil). Hasta 1977 Perú nunca había puesto en entredicho la inexistencia de un límite marítimo con Chile, tanto es así que a la suscripción del Acuerdo de Charaña, el 8 de febrero de 1975, por los presidentes de Bolivia, general Hugo Banzer y de Chile, general Augusto Pinochet, por medio del cual Chile otorgaba un corredor a Bolivia hacia el mar por su frontera con Perú, nunca este último país dijo “ustedes están negociando con mar mío”, muy por el
contrario, propuso un corredor de soberanía tripartita. Es cierto que por la loca geografía Perú tiene en su territorio fronterizo con Ecuador y Chile una dirección Nor-Este (con Ecuador) y Sur-Este (con Chile), accidente geográfico por el cual sus departamentos en esas parte del país no pueden prolongarse en las 200 millas de mar jurisdiccional y soberano proclamado en los instrumentos de Santiago y Lima, pues esa proyección es cortada por la paralela fijada en la Declaración de Lima. Pero los delegados peruanos en Santiago y en Lima en 1952 y 1954 nada advirtieron sobre la inequidad geográfica. Solo comenzó el Estado peruano a hablar sobre el tema a partir de las discusiones que se desarrollaban en torno a la CONVEMAR, cuando se planteó la línea equidistante como límite fronterizo para los países con costas adyacentes o que se hallen situados frente a frente. A partir de esa fecha, Perú comenzó a preparar de manera paciente y hábil, con el apoyo de sus estudiosos geopolíticos y hábiles diplomáticos, notas y pedidos formales a Chile y una posible causa internacional en contra de ese Estado. La primera propuesta del Perú a Chile para fijar límites marítimos fue planteada en Santiago por el Embajador peruano Juan Miguel Bákula el 26 de mayo de 1986. Resultado de esa visita al canciller chileno surgió el “Memorándum Bákula”, en el cual se transparentó que Perú buscaba la inmediata atención para la “delimitación formalydefinitivadelosespaciosmarítimos” entre ambos países, al tiempo que hacía hincapié en la situación “inequitativa y de riesgo, en desmedro de los legítimos intereses del Perú…” (derivada de los instrumentos de 1952 y 1954), que es diferente al planteado en el nuevo derecho del mar, específicamente en la CONVEMAR. El Memorándum Bákula nunca fue atendido por Chile, hecho que la diplomacia interpreta como la existencia de un asunto o un problema pendiente. Durante los CONTINUA EN la página - c2
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