VIERNES 06 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Imbabura - Carchi

VIERNES 06 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Imbabura - Carchi
Tras el cuarto día de paro en Colombia, por el alza del precio del diésel, ciudades como Pasto e Ipiales, en Nariño, son de las más afectadas por el bloqueo de vías, donde comienzan a escasear ciertos insumos. 3
La Fiscal ya va ganando ante el intento de destitución 5 POLÍTICA
SEGURIDAD
Falta tecnología para derribar drones explosivos 6
MILICA PANDZIC @MPandzic
En todas las elecciones de la última década en Ecuador, Venezuela ha sido un tema recurrente dentro del polarizado debate político. La crisis política y económica del vecino país ha sido usado como un cuento aleccionador y advertencia para los votantes, que busca desincentivar el voto a los partidos de izquierda, o más específicamente, a la Revolución Ciudadana, partido que junto a su predecesor (PAIS) fueron cercanos a Hugo Chávez, y en la actualidad, a Nicolás Maduro.
Por tanto, y después de tanto tiempo del mismo debate, no es sorpresa que hasta el día de hoy se siga discutiendo sobre cuál hubiera sido el destino de nuestro país – la pregunta es si esta es una discusión relevante para el país que somos hoy, especialmente cuando el otro lado del espectro político intenta responder el “nos pudimos convertir en Venezuela” con una insensible y falaz analogía: “terminamos peor que ella”.
Es cierto que tenemos un país sumido en la inseguridad, con graves problemas económicos y sociales. Por tanto, la discusión política del país no puede reducirse a, o concentrarse en, lo que pudo pasar pero no pasó; ya que sin duda existen muchos otros temas urgentes que se pueden y deben atender en el debate político.
No obstante, por la misma razón, hay elementos que pueden rescatarse de dicha conversación para las próximas elecciones, dado que una ciudadanía frustrada y que no encuentra respuestas en la clase política, pierde la fe en la democracia y tiende a preferir autoritarismos. La defensa a la democracia, a la institucionalidad, y al estado de derecho es igual de importante que el debate sobre los problemas nacionales y sus posibles soluciones. Es una discusión que no solo seguirá vigente sino que escapa de la polarización política: hay que identificar, señalar, y rechazar cualquier intento de autoritarismo, venga de la izquierda, o de la derecha.
JORGE GARCÍA GUERRERO
¿Se debe ajustar la encuesta de empleo?
Las encuestas evolucionan con el avance tecnológico, los cambios en la política pública, el desarrollo de técnicas estadísticas y las demandas de usuarios. En el caso de
Es más fácil criticar las acciones de un gobernante que buscar, reconocer y sopesar sus aciertos. Los lentes de la ideología, los intereses varios y las urgencias del ahora pueden nublar lo que el tiempo aclara, de a poco, y con la inmensa ventaja de la retrospectiva. Esta reflexión se ha hecho el país en los últimos meses y frente a la tragedia venezolana , sobre Lenín Moreno.
Luego de ser vicepresidente de Rafael Correa durante seis años, ganó la Presidencia auspiciado por su partido. Detener la inercia estatal e implementar cambios es difícil y siempre genera grandes resistencias. Las medidas de austeridad -necesarias tras 10 años de dispendio público- apuntaron a reducir el tamaño del estado, eliminando más de 25 instituciones, y fusionando otras tantas. El malestar fue natural y obvio, agravada por su frontal intención de romper con Correa y su estilo
autoritario. Su habilidad fue tal que logró desintegrar parte del bloque legislativo que sostenía el correísmo, lo que le dio también cierta gobernabilidad durante los primeros dos años. Luego, en la consulta popular de febrero de 2018, Moreno incluyó la pregunta sobre la reelección indefinida. Con un incuestionable 62%, la población se pronunció rechazando las aspiraciones de Rafael Correa, o cualquier otro, de adueñarse de la Presidencia.
En entrevista con LA HORA, el expresidente Moreno admitió que consideró preguntar sobre la eliminación total del Consejo de Participación Ciudadana, hoy fuente de manoseo y discordia. “Nos dijeron que no era el momento”, contó, entre otras cosas.
La política es un oficio ingrato, pero la historia quizá reconozca el afán demócrata de un hombre que respetó a la Prensa y, al menos, no quiso eternizarse en el poder.
la encuesta nacional de empleo, la Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo (CIET) establece directrices que las oficinas de estadística deben incorporar gradualmente. Por ello, Ecuador busca adoptar estas recomendaciones, lo que se justifica, además, por las siguientes razones:
1. El teletrabajo y el emprendimiento digital han llevado a que las oficinas físicas se trasladen a espacios virtuales y a que la venta de bienes y servicios
se realice en redes o en plataformas digitales. Formas alternativas de ocupación, como conductor de Uber, “delivery” o “influencer”, se han popularizado, mientras que el trabajo informal sigue siendo la única fuente de ingreso para miles de hogares.
2. Las dificultades para acceder a los informantes aumentaron debido a pandemias, violencia delictual, inestabilidad política y migración. El crecimiento de las ciudades
EDUARDO F. NARANJO C.
eduardofnaranjoc@gmail.com
convulsos se ciernen sobre una sociedad trastocada por la intromisión del flujo cuántico de narrativas en “redes” llenas de odio y maldad destrozando lo poco que queda de cohesión social. Con la justicia desaparecida y convertida en “negocio del año” que nos espera. Las leyes se hacen para proteger y normar la sociedad sin embargo el sistema actual muestra profundas fallas y altísima corrupción, quien tiene el poder del dinero o el poder político puede cambiar los destinos de muchos inocentes. Perdida la esperanza de justicia, dominan el escenario jueces y fiscales de baja calaña y escaso conocimiento.
Alcanzar la magistratura, antes fue símbolo de sabiduría y justicia hoy perdida la independencia, el poder político impone gente de dudosa probidad y conocimiento, hay jueces que han llevado la justicia a situación pantanosa, alto porcentaje de magistrados y magistradas son poco confiables, los hechos que vivimos los últimos años lo confirman, inocentes se pudren en la cárcel en tanto criminales salen con rapidez.
El sistema de justicia penetrado por la corrupción conduce la sociedad a un estado de desconfianza total, acomoda casos en lineamiento del poder de turno o del poder fáctico y órdenes extranjeras.
La fuerza de penetración del crimen organizado demuestra que puede todo y hasta cambiar la historia, si altos cargos son víctimas no se diga el ciudadano común está en pleno desamparo, la policía atrapa y el juez suelta aduciendo contenidos legales, es entonces posible creer en el Estado protector y organizador o es el momento en que los grandes poderes económicos “lícitos o ilícitos” de frente asuman el rol y determinen vida o muerte de los inermes ciudadanos.
El Juez es operador de justicia, pero un exceso de abogados de diverso nivel y calibre son ubicados o cooptados en ruleta, para servir a contados intereses sin inmutarse y cometer flagrantes violaciones, injusticias e infamias, “letrados” que abundan igual que comunicadores que sirven como informantes al gran señor.
desplazó las fronteras urbanas y el Estado creó nuevas jurisdicciones, como parroquias, cantones y provincias. Estos cambios han afectado la economía y la demografía de ciertas localidades, que ahora requieren información que antes no se había priorizado.
3. La actualización de la infraestructura estadística a partir del último censo nacional implica automatizar procesos e incorporar cartografía y marcos muestrales renovados.
Modernización que plantea, a la par, el reto de garantizar la comparabilidad de las series históricas y la precisión de los indicadores. Sería cómodo dejar todo como está e ignorar los cambios en el fenómeno y las oportunidades de mejorar el instrumento. Sin embargo, dejar de actualizar la encuesta de empleo significa no contar con cifras ajustadas a la nueva realidad laboral en un momento crítico para el empleo en Ecuador.
Ciudades como Ipiales y Pasto, en Nariño, están entre las más afectadas por el paro que protagonizan transportistas en Colombia.
CARCHI.- Conforme avanzan los días, los bloqueos de carreteras también aumentan en diferentes puntos de Colombia, por el paro que los transportistas protagonizan por cuarto día consecutivo.
El paro camionero se ha sentido en Bogotá, así como corredores viales de 23 departamentos , entre ellos Norte de Santander, Santander, Antioquia, Cauca, Valle del Cauca, Nariño y Meta.
Pese a que en algunos sectores los manifestantes abren la vía para dejar pasar algunos vehículos, estos no permiten la movilización de mercancías, comida y combustibles.
En algunos puntos, los alimentos perecederos están a punto de perderse porque no pueden llegar a centros de abastos , plazas de mercado y tampoco a grandes superficies que alertan sobre posibles desabastecimientos y alza en los productos de la canasta familiar.
En Ipiales hay crisis En el departamento de Nariño, en el sur de Colombia, en la frontera con Ecuador, ciudades como Ipiales y Pasto están entre las más afectadas, por constantes bloqueos que impiden la conectividad con el resto del país.
Hasta la tarde del 5 de septiembre de 2024 , en Nariño se registraron ocho puntos de afectación a la
movilidad: en el kilómetro 8, sector del centro de acopio, en la carretera entre Rumichaca y Pasto; km 80, en el municipio de Cartago, entre Pasto - Higuerones; km 54, sector La Piedra - Mallama , en el trayecto Junín - Pedregal; km 13, sector Daza, en la vía Panamericana; km 6, sector Dolores, entre Pasto - Sibundoy; en el km 76, en el perímetro urbano del Municipio de Nariño, vía Circunvalar Galeras ; sector de El Tropezón, tramo El Peñol - El Tambo; km 71, sector Panoya, entre Pasto - Mojarras; y, en el km 105 sector Arrayanes, entre Junín - Pedregal.
En estos sitios se reportó restricción para la mayoría de vehículos, incluidos los de carga, lo que provocó que la transportación internacional esté paralizada en estos tramos, a pesar de que la frontera, en el puente internacional de Rumichaca, se ha mantenido habilitada y sin bloqueos.
Amilcar Pantoja, alcalde de Ipiales, dijo que se tomaron 11 medidas como municipio, que espera logren apaciguar las consecuencias de tener las vías bloqueadas.
Afirmó que desde el 5 de septiembre se cuenta con químicos para tratar el agua potable durante los próximos 18 días.
“Es importante que la comunidad sepa que los in-
minal terrestre de Ipiales están aglomeradas más de 200 personas, por lo que se ha tomado la directriz de no dejar entrar más personas, porque la situación sanitaria y de las personas a nivel humanitario se tornó compleja. En el tema agrícola, expuso que se inició un censo de todas las afectaciones agrícolas y agropecuarias de su Municipio, para reportar a nivel departamental y a nivel nacional. “Esto nos lleva a una medida, que es que las guías de animales para el comercio se suspendieron a partir de hoy (5 de septiembre) y el día sábado se suspende la feria de ganado de animales”.
tible para los aviones que llegan en los diferentes vuelos para Ipiales, por lo que tendrían solamente abastecimiento de vuelos para siete u ocho días más.
Bajo esas circunstancias, hizo un llamado para que el Gobierno de Gustavo Petro “pueda apelar a diferentes estrategias, sentar un diálogo y llegar a un acuerdo urgente”
sumos para tratamiento del agua potable solamente nos soportarían, de continuar la situación, solo para 18 días”, dijo, añadiendo que están analizando abastecer agua a través de tanqueros. Sin embargo, el combustible para estos vehículos también estaría próximo a terminarse.
“El combustible está represado al otro lado del bloqueo de la ciudad de Ipiales. La misma escasez de diésel nos lleva también a tomar determinaciones con la empresa de aseo, que modificará los horarios, rutas y frecuencias de recolección de basura. Tenemos que evitar un tema sanitario al máximo”, comentó Pantoja.
Además, hizo un llamado para que se mantenga el corredor humanitario que se ha establecido y ha vigilado la Secretaría de Gobierno, para que permitan el paso de ambulancias y pacientes que necesitan trasladarse a otras regiones para su tratamiento.
“Tenemos ya el reporte de 10 pacientes que no han podido pasar y tenemos un paciente que tuvo que ser hospitalizado, entonces hacemos el llamado a mantener el paso a través de los gestores de convivencia que se encuentran en el lugar, para que no se afecte la salud de ninguna persona”, refirió.
Según Pantoja, en la ter-
La situación también obligó a suspender las actividades dentro de una agenda cultural que estaba prevista en Ipiales, así como todos los eventos o temas que tengan que referir algún tipo de logística.
Pantoja afirmó que la Secretaría de Salud emitirá una alerta amarilla hospitalaria, mientras la Secretaría de Educación hará el llamado a clases virtuales.
Por otra parte, dijo que el aeropuerto cuenta con 6.800 galones de combus-
Bloqueos en varias partes de Colombia De acuerdo con el Puesto de Mando Unificado (PMU), del que hacen parte varios ministerios, la Policía, la Defensoría, la Fiscalía y otros organismos, se han registrado 153 actividades de protesta y 89 bloqueos permanentes en diferentes puntos de Colombia.
Además, hay 38 bloqueos intermitentes y 26 concentraciones en 142 municipios , de 23 departamentos, con una participación aproximada de 5.577 personas y 1.881 vehículos.
Igualmente, la Fiscalía abrió 18 investigaciones, 14 de ellas por el delito de obstrucción a vías públicas y cuatro por el delito de daño en bien ajeno. (FV / EFE)
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE ECONOMÍA MIXTA YAHUARCOCHA
Se convoca a los Señores Accionistas de la Compañía de Economía Mixta Yahuarcocha, a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a realizarse el viernes 13 de septiembre de 2024, a las 10H00 horas, en la oficina de la Compañía ubicada en Yahuarcocha Km 9 – Muelle Turístico de Yahuarcocha de la ciudad de Ibarra, a fin de tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum e instalación de la sesión;
2. Conocer y aprobar el Informe de Comunicación de Deficiencias del Sistema de Control Interno de Auditoria Externa Estados Financieros 2023;
3. Designar a los Comisarios Principales y Suplentes de la Compañía y fijar su remuneración, para realizar el informe rectificatorio de los años 2011, 2012 y 2013, para continuar con el proceso de capitalización ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros;
4. Designar Auditor Externo para realizar el informe rectificatorio de los años 2011, 2012 y 2013, para continuar con el proceso de capitalización ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros;
5. Designar a los Comisarios Principales y Suplentes de la Compañía y fijar su remuneración;
6. Designar Auditor Externo, periodo 2024.
Se convoca especial e individualmente a la Firma Auditora Chacón & De la Portilla Cía. Ltda..
En caso que el representante legal de la Entidad Accionista, no pudiera concurrir, deberá enviar al Delegado que le represente, conforme al reglamento vigente de Junta General de Accionistas, en ningún caso será miembro del Directorio. Ibarra, 06 de septiembre de 2024 Ing. Norman Morales
En el último estudio de la encuestadora Cedatos se evidenció la decepción de la población con la clase política y los partidos.
Para las elecciones presidenciales, Asamblea Nacional y Parlamento Andino que serán el 9 de febrero de 2025, el Consejo Nacional Electoral aprobó el cierre del registro electoral de 13’736.314 votantes
En las elecciones de 2023, algo más de 4 millones de votantes se encontraban entre los 16 y 29 años de edad, (más de la tercera parte del electorado), lo que convierte a este grupo en un factor decisivo para los candidatos.
Según el último de la encuestadora Cedatos, la percepción de la juventud sobre la clase política y los partidos políticos es mayoritariamente negativa, de rechazo y poca identificación.
El presidente de Cedatos, Ángel Polibio Córdova, precisó que el 74% manifiesta no sentirse identificado con los partidos, y al revisar en detalle “los menores de 25 años, 17% dice tener afinidad y el
76,2% dice que no le agradan, mientras que los menores de 35 años, el 72% dice no sentirse identificado y el 24% señala alguna afinidad”.
Añadió que en los focus group se registra un gran sentimiento de decepción. “Nos manifiestan que no hay seguridad sobre los candidatos, los electores están confundidos y molestos por el manejo de los binomios, es preocupante”, dijo.
Al revisar la actitud de los votantes para la Asamblea, Córdova manifestó que más de un 50% de los consultados “no conoce, no sabe o no responde” por quién votará.
Indicó que, en el estudio realizado en más de 30 ciudades del país hasta el 27 de agosto de 2024, solo dos fuerzas reciben respaldo de los votantes que sí están decididos, “Acción Democrática
Nacional (ADN) tiene un 18,8% de respaldo, la Revolución Ciudadana tiene 17,2% y
en tercer lugar a la Asamblea se encuentra Pachakutik con 4%”.
Agregó que hay nueve organizaciones políticas con menos del 1% de intención de voto al Parlamento.
Clase política debe cambiar Ante el diagnóstico de Cedatos, la asambleísta y candidata por el Movimiento Construye, Ana Galarza, hizo un llamado a la clase política del país a asumir con su rol y demostrar a los ciudadanos que si pueden volver a confiar.
Indicó que los candidatos y dirigentes políticos siempre deben ser genuinos. “Tenemos que vivir y hablar con la verdad. No engañar, porque como jóvenes ponemos nuestras esperanzas y expectativas en los ofrecimientos de campaña”.
Destacó que la decepción de la juventud es el resultado de aquellos que llegan al poder y no responden a sus
ofrecimientos de campaña. Recomendó a la juventud no generalizar, “a pesar de que uno falló” no todos los políticos obran de la misma manera.
Por su parte, la asambleísta y candidata a la Asamblea por la Revolución Ciudadana, Jahiren Noriega, indicó que los datos del estudio “son un diagnóstico de lo que pasa a nivel de la percepción que tienen los jóvenes de la política y la mejor forma de revertir esto es haciendo política útil”.
La asambleísta de 26 años de edad precisó que la fórmula para cambiar la percepción que tiene la juventud sobre la política es con resultados. “Que vean que la política puede ser otra cosa, que sí se puede transformar la vida de la gente”.
Lamentó que, en muchas oportunidades, los medios de comunicación muestren solo “la cara menos amable de la política, esa que genera más vacíos a la gente, que es la cara de las disputas entre partidos y autoridades”.
Redes sociales
Al revisar la importancia de las redes sociales para acercar el discurso político a los jóvenes, Noriega, destacó que este debe ser un ejercicio de
legitimación frente a la ciudadanía, más allá de las campañas electorales.
Acotó que cuando un político solo genera comunicación con sus audiencias y votantes durante la campaña, en vez de acercarse, se observa el efecto contrario.
Destacó que hay que perder el miedo a comunicar con profundidad a través de las redes sociales. “Hay que desmitificar muchas cosas que se dice a través de las redes sociales, que solo en TikTok se puede comunicar bailando”.
Noriega fue tajante al señalar, “esto es totalmente falso. De hecho, una de las experiencias en el país que fue súper relevante en el manejo de las redes sociales con contenido, con profundidad, se dio durante la consulta”.
Para la asambleísta la derrota del Gobierno en las preguntas sobre el trabajo por horas y la mediación internacional se logró gracias a la comunicación “pedagógica” que desarrollaron los activistas en estas redes.
Galarza, por su parte, manifestó que los jóvenes y la clase política deben aprender a contrastar entre lo que se dice en las redes sociales y lo que se hace en la realidad, al momento de llegar a un cargo de elección popular. “Solo hay que preguntar a los jóvenes ¿cuántos de esos jóvenes graduados ya están trabajando?, debemos contrastar lo que dicen en un TikTok y lo que realmente hacen cuando están en el poder”, dijo refiriéndose a los mensajes presidenciales sobre el empleo joven.
Para Galarza son estas falsas promesas las que generan el sentimiento de decepción, “cuando un candidato conecta con nosotros, le creemos y llega y no cumple con sus promesas, sí es fuerte la decepción”.
Al revisar la situación de los llamados camisetazos en la Asamblea Nacional, Galarza hizo un llamado a la ciudadanía a distinguir y evaluar la actuación de los asambleístas “no solamente con palabras, sino con hechos, que vean quiénes somos los legisladores que no permitimos que le pongan precio a nuestra conciencia, y que no nos vendimos al poder de turno”. (ILS)
En la Comisión de Fiscalización no habría los cinco votos necesarios para recomendar al Pleno de la Asamblea la censura y destitución de la fiscal general del Estado, Diana Salazar.
Los juicios políticos en contra de la fiscal general del Estado , Diana Salazar, planteados por Gisella Garzón y Héctor Valladares, asambleístas de la Revolución Ciudadana (RC), por presunto incumplimiento de funciones , está a pocos días de iniciar su trámite en la Comisión de Fiscalización.
rá enviar a la presidencia del CAL un informe con las posiciones de los legisladores y un resumen del debate y la votación.
mulación ) de los pedidos de Garzón y Valladares.
Con la decisión del Consejo de Administración
Legislativa (CAL), que el 4 de septiembre de 2024 levantó la suspensión del juicio, a la presidenta de la Comisión de Fiscalización , Pamela Aguirre (Revolución Ciudadana), le corresponde convocar a sesión para avocar conocimiento de la solicitud del CAL, así como calificar y resolver sobre la unificación (acu -
En esta Mesa legislativa, el trámite administrativo (defensa, presentación de pruebas de cargo y descargo) en el marco del enjuiciamiento fluiría sin tropiezos. Sin embargo, no habría los cinco votos necesarios para recomendar al Pleno la censura y destitución de la Fiscal.
Al interno de la Comisión, los cuatro votos del correísmo (Pamela Aguirre, Sofía Espín, Ronald González, Lenin Barreto), no serían suficientes para este propósito.
El correísmo no contaría con los votos de Luis Alva-
SESIÓN. Comisión de Fiscalización de la Asamblea (Foto archivo)
Plazos en la Comisión para
° Los plazos corren
De acuerdo con los plazos de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), la Fiscal podría ejercer su defensa en el Pleno los primeros días de octubre. Esto coincidiría cuando Viviana Veloz (RC) esté en el ejercicio de la Presidencia en reemplazo de Henry Kronfle (PSC), quien renunciará al cargo el 2 de octubre de 2024, para postularse a la Presidencia de la República.
Una vez que se califique el trámite, la Comisión de Fiscalización notificará a Salazar sobre el inicio del proceso para que, en un plazo de quince días, presente su contestación a las acusaciones y las pruebas de descargo. El mismo plazo se otorga a los legisladores proponentes para que presenten las pruebas de cargo y sustenten sus afirmaciones. Luego, la ley da 10 días para la actuación de las pruebas documentales y testimoniales, 5 días más para que la Comisión elabore el informe
final, y 2 días para la difusión del informe. La Presidencia de la Asamblea tiene 5 días para el agendamiento en el orden del día del Pleno.
Causales del juicio
A Gissela Garzón, quien planteó el juicio a Salazar, le corresponderá demostrar que hubo un incumplimiento de funciones. Ella recordó que su solicitud se enmarca por presuntas demoras de la Fiscal en casos como ‘Encuentro’, ‘León de Troya’, ‘Inapapers’, e inclusive en los hechos de octubre de 2019, cuando el país vivió un violento paro en contra de las medidas económicas del Gobierno de Lenín Moreno. La solicitud de Hector Valladares se configura en un presunto encubrimiento de lavado de activos entre 2019 y 2023”. “Según la UAFE, en ese periodo se han emitido 97 reportes de procedimientos inadecuados, pero la Fiscalía ha procesado únicamente 12 casos”. Valladares no descartó convocar a Fiscalización al exasambleísta Ronny Aleaga (procesado en el caso Metástasis y prófugo de la Justicia) cuando inicie la etapa de sustanciación. (SC)
rado y César Umajinga, del oficialista Acción Dem ocrática Nacional (ADN). Estos legisladores han adelantado un criterio de que no apoyarían una destitución a la Fiscal.
En la misma línea se ha pronunciado el Partido Social Cristiano (PSC), que tiene a José Rogel como su delegado en la comisión.
Los independientes Ramiro Vela (exADN) y Adriana García (exConstruye), tendrían la misma opinión.
Informe de posiciones
De no existir los votos, ni para recomendar el juicio, ni para archivar, la Comisión de Fiscalización debe -
También deberá incluir la documentación con la fase de sustanciación, pruebas de cargo y descargo. Luego, le corresponderá al Presidente de la Asamblea poner a consideración del Pleno el informe de posiciones donde se decidirá archivar o continuar con el juicio.
Para censurar y destituir a la fiscal se requieren 70 votos. El correísmo tiene asegurados 48. Pero le faltan 22.
Otras posiciones políticas estarían definidas para no dar paso a la destitución: El PSC suma 18 legisladores, ADN 26, Construye con 13 asambleístas, 5 de Pachakutik, y 11 independientes. (SC)
NOTARIO(A) JOSE LUIS JARAMILLO CALERO NOTARÍA SEPTUAGÉSIMA CUARTA DEL CANTÓN QUITO
EXTRACTO
DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO:
Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mí, DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO, el 13 de agosto del dos mil veinte y cuatro, los señores CARLOS MANUEL JATIVA FLORES Y MICHELLE ALLENE ROJAS GARRIDO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fue disuelta por Acta de Divorcio celebrada el 5 de septiembre del 2024, en la notarías Septuagésima Cuarta del doctor José Luis Jaramillo Calero La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores CARLOS MANUEL JATIVA FLORES Y MICHELLE ALLENE ROJAS GARRIDO, otorgada mediante escritura pública de 13 de agosto del 2024, ante el suscrito Doctor José Luis Jaramillo Notario Septuagésimo Cuarto del Catón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.
Quito, 13 de agosto del 2024.
DISPOSITIVO. El dron fue identificado a las 04:00 y se determinó que tenía 40 libras de carga explosiva.
Un dron con 40 libras de explosivos dañó la superficie del techo de la cárcel La Roca, en Guayaquil. El país no tiene tecnología para evitar estos ataques. Una opción es tener francotiradores.
Nuevamente, un dron cargado de explosivos atentó contra la cárcel de máxima seguridad, La Roca, en Guayaquil.
La ministra de Interior, Mónica Palencia, dijo que el ataque tenía como objetivo el traslado de presos o provocar su fuga, pero aseguró que eso no pasará.
El comandante general de la Policía, Víctor Hugo Zárate, señaló que el dron tenía 40 libras de explosivos, los cuales se contrarrestaron con tres libras de explosivos.
Al hablar sobre cómo prevenir estos hechos, destacó que trabajan para adquirir toda la tecnología necesaria. “Lastimosamente, el sistema de contratación pública no es ágil y estamos trabajando para que todos los insumos necesarios lleguen a la Policía Nacional y al bloque de seguridad”, dijo.
Ante la alerta del dron con explosivos, Zárate dijo que se
activó el comité de crisis para ver el riesgo. “El explosivo representaba una amenaza tipo A, que implicaba riesgos para las vidas del centro”, indicó.
Francotiradores en las cárceles
Jaime Vela, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, detalló que no hubo daños estructurales y que la evacuación de presos fue interna, pero que ninguno ha sido trasladado de cárcel.
Por su parte, Gian Carlo Loffredo , ministro de Defensa, dijo que la compra de tecnología está en marcha, pero analizan implementar ‘snipers’ es decir, francotiradores que podrían derribar las naves, como drones, en el aire.
En La Roca hay 78 presos, entre los que se encuentran políticos, personajes vinculados a casos como Metás-
tasis, líderes de bandas delincuenciales como Carlos Angulo, alias ‘Invisible’, señalado como autor mediato del asesinato de Fernando Villavicencio. También está Fabricio Colón Pico, señalado de intentar matar a la fiscal general del Estado, Diana Salazar.
Entre los políticos en esta cárcel están Jorge Glas y Pablo Muentes, quienes en diversas ocasiones han presentado recursos para ser liberados o trasladados, sin éxito.
Coincidencia que llama la atención
La ministra del Interior, Mónica Palencia , dijo que prefería no adelantarse a decir cuál era la motivación del atentado del 5 de septiembre de 2024. No quiso precisar si la mafia detrás del hecho respondía a la narcopolítica o al narcoterrorismo.
“Hoy es 5 de septiem -
La cárcel La Roca tiene capacidad para 100 presos, actualmente hay 78.
bre, guarden esta fecha”, dijo Palencia en la rueda de prensa realizada en la Comandancia de la Policía en Quito. Al consultarle sobre la importancia de esta fecha, respondió que coincidía con un hecho ligado a uno de los presos en La Roca.
“Hoy es aniversario, no estoy ligando los acontecimientos, puede haber simple coincidencia, simplemente lo resalto”, dijo Palencia, al refer irse que se cumplían cinco meses desde que Glas fue llevado a ese centro de privación de libertad, tras ser sacado de la Embajada de México, en Quito, el 5 de abril de 2024.
Jaime Vela, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, afirmó que como Bloque de Seguridad se ha realizado el estudio de la infraestructura y no se determinan daños de la magnitud de los ocurridos el 12 de septiembre de 2023, cuando en la misma cárcel un dron dañó el techo y provocó la salida de varios presos de alta peligrosidad hacia otras cárceles. En ese entonces, a La Roca había sido trasladado alias ‘Fito’, líder de los Choneros, quien ahora se encuentra prófugo. (AVV)
ASAMBLEA Comisión concluyó que Informe de Daniel Noboa “incumple con numeral 7, artículo 147 de la Constitución” lahora.com.ec
PAÍS Gobierno de Daniel Noboa desiste de impulsar una reforma al IESS
EMPRESAS Arranca la construcción de Casole: el concepto de club en casa en Guayaquil
CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO DE LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE EL CHACO2024-2028
De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, se convoca a los Clubes Especializados Formativos Filiales , a la Asamblea General de Elecciones que se celebrará en la sede de Liga Deportiva Cantonal de El Chaco, en el barrio Central calle 13 de Enero, perteneciente a la parroquia El Chaco, cantón El Chaco, provincia Napo, el Sábado 21 de septiembre del 2024 a partir de las 16h00 , con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum e instalación de la sesión
2. Elección del directorio para el período 2024-2028
3. Toma de juramento, posesión y elaboración de nombramientos del nuevo directorio. 4. Clausura
El Chaco, 6 de septiembre del 2024
Atentamente,
Aunque tres de cada diez ecuatorianos con una cuenta bancaria activa han transado con cripto activos, está prohibido hacer pagos con criptomonedas en el país. Además, tampoco existe un marco legal para la inversión.
El número de millonarios en bitcoin aumentó un 111% en el último año, alcanzando las 85.400 personas que poseen más de un millón de dólares en esa criptomoneda, según el Crypto Wealth Report 2024 (Reporte sobre la riqueza cripto 2024).
En total, 172.300 personas en todo el mundo tienen más de un millón de dólares en criptomonedas, lo que representa un crecimiento del 95%.
Asimismo, el número de personas con más de 100 millones de dólares en criptomonedas aumentó un 79%, llegando a 325 individuos. En el último año, se crearon seis nuevos multimillonarios en criptomonedas, sumando un total de 28.
Este crecimiento de la riqueza cripto fue impulsado, entre otros factores, por bitcoin y el aumento de 142% en su valor.
Además, la introducción de fondos cotizados en bolsa también contribuyó a este aumento significativo en el número de millonarios.
Durante el último año, se recibieron alrededor de $7.000 millones de pagos en criptomonedas en Ecuador. Sin embargo, el país no tiene cripto millonarios ni es parte de los avances tecnológicos ni las oportunidades de inversión que están surgiendo de la mano del mundo cripto.
El uso de criptomonedas en Ecuador está más vinculado a la inversión, comercio exterior y remesas.
¿Qué pasa en Ecuador?
Tres de cada diez ecuatorianos con cuenta bancaria activa han transado con criptomonedas (inversión o método de pago). Es decir, alrededor de 2,4 millones de ecuatorianos las han utilizado.
Sin embargo, las operaciones siguen siendo a pequeña escala. En promedio, cada persona transando en el mundo cripto desde Ecuador mueve alrededor de $2.900.
Si en el país no existen cripto millonarios, se debe a varios factores:
¿Cómo invertir de manera segura en criptomonedas?
° Aunque no existen plataformas locales para invertir en criptomonedas, se pueden acceder a opciones internacionales seguras para invertir:
AElegir un bróker o exchange: Las plataformas que permiten comprar criptomonedas se llaman exchanges . Las mejores opciones si se quiere invertir desde Ecuador son eToro y Capital.com.
BAbra una cuenta: Se debe realizar un proceso de identificación, proporcionando información básica como nombre, número de identificación y crear una cuenta con contraseña.
CDepósito de monto inicial: En la mayoría de las plataformas se debe realizar un depósito inicial de $200 para comenzar a invertir. Se puede escoger entre las formas de pago como: transferencias bancarias, tarjeta de crédito y débito.
DConfigurar las seguridades: La principal es la doble autenticación, que se basa en el envío de notificaciones para confirmar su
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Incertidumbre Legal: En muchos países de América
Latina, incluido Ecuador, las regulaciones sobre criptomonedas son poco claras, inexistentes o están en una etapa temprana. Esto genera incertidumbre y desalienta a potenciales inversores.
Restricciones Gubernamentales: El Banco Central del Ecuador (BCE) anunció hace unas tres semanas que remitiría a la Presidencia de la República insumos para reformas legales que permitan incrementar los controles y sanciones a personas o empresas que utilicen cripto activos como medio de pago.
Además, el BCE recordó que los cripto activos (incluidas las criptomonedas) no son una moneda de curso legal ni un medio de pago.
En caso de identificar el uso de cripto activos como medio de pago, el BCE advirtió que pondrá en conocimiento de la Fiscalía General del Estado para su “correspondiente investigación y sanción”.
Los medios de pago auto-
conexión en otro dispositivo. Se debe definir una contraseña difícil de descifrar y no compartir usuario y contraseña.
EConozca los costos: La tasa para operar con criptomonedas fluctúa entre 0,75% y 4,5%. En plataformas como eToro se cobra $5 dólares por cada retiro del dinero depositado.
FComienza a invertir: Se puede comenzar a invertir en cualquier criptomoneda disponible, pero se necesita conocimiento de cómo se mueve cada una y la realidad de cada mercado. Otra opción es optar el llamado ‘Copytrader’. Ese producto permite copiar a los usuarios más populares y exitosos de la plataforma.
rizados son: dólares; (transferencias para pagos o cobros de dinero, tarjetas de crédito, débito o prepago; billeteras electrónicas.
A finales de julio e inicios de agosto de 2024, la controversia sobre los pagos con cripto activos se desató por las operaciones de la empresa Worldcoin, que estaba ofreciendo hasta $30 en criptomonedas para escanear el iris del ojo.
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Sin marco legal para las inversiones: Guillermo Avellán, gerente del BCE, ha dicho que la entidad a su cargo no ha prohibido la inversión en cripto activos, al no estar dentro de sus competencias.
“El Banco Central solo tiene facultad para controlar que el único medio de pago autorizado en el país sea el dólar “, apuntó.
Sin embargo, las inversiones en cripto activos no tienen marco legal para operar en Ecuador, lo que limita su adopción y la capacidad de acumular riqueza significativa.
4Acceso Limitado a Tecnología: Aunque el acceso a internet ha mejorado, aún existe una brecha
digital que limita el acceso a las tecnologías necesarias para participar en mercados de criptomonedas.
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Falta de plataformas locales: La ausencia de intercambios y plataformas locales bien desarrolladas para comprar, vender o invertir en criptomonedas dificulta el acceso al mercado en Ecuador.
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Desconfianza en nuevas tecnologías: En países donde la educación financiera es limitada, como en Ecuador, existe una mayor desconfianza hacia nuevas tecnologías como las criptomonedas.
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Pobreza y desigualdad: La falta de capital inicial en amplios sectores de la población limita la capacidad de invertir en criptomonedas.
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Economía Volátil: La inestabilidad económica en Ecuador hace que la gente sea más cautelosa con inversiones percibidas como de alto riesgo.
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Bajo nivel de alfabetización digital: En muchos casos, la falta de conocimiento sobre cómo funcionan las criptomonedas y los mercados digitales impide que la gente participe.
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Falta de capacitación: Existe una escasez de programas educativos que enseñen a la gente cómo participar de manera segura y efectiva en mercados de criptomonedas.
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Miedo al Fraude: La percepción de que las criptomonedas están asociadas con fraudes y esquemas piramidales desalienta a muchas personas a invertir. Esta percepción se ha incrementado en los últimos años por casos sonados de estafa como el de Don Naza. (JS)
Bomberos de Quito siguen trabajando para sofocar dos incendios forestales. El Alcalde sospecha que algunos fueron provocados. Los Bomberos están trabajando a un 98% de su capacidad.
Tras horas de batalla ininterrumpida, tres incendios forestales permanecen activos en diferentes puntos de la ciudad: Itulcachi, Nayón y Chilibulo
El alcalde de Quito, Pabel Muñoz, aseguró que hasta este 5 de septiembre de 2024 se encontraban con el 98% de la capacidad del Cuerpo de Bomberos combatiendo los incendios forestales registrados en la capital. Esto sumaría cerca de 350 efectivos activos. En el Municipio se manejan dos hipótesis de cómo se formaron estos in-
cendios forestales. La primera es por quemas agrícolas y la segunda que fueran provocados, por lo que han hablado con Policía Nacional para iniciar investigaciones.
Muñoz, por su parte, explicó que en Itulcachi se sospecha que fue provocado, esto por la distancia entre cada uno de los focos de incendio, iniciaron casi al mismo tiempo y todos junto a la vía principal. Luego, en la tarde del mismo día, el Alcalde aseguró que esto también se pudo dar en Chilibulo.
Itulcachi: tierra seca, negra y cenizas
En Itulcachi, en el oriente de Quito, la devastación es palpable. Lo que antes eran campos productivos y prósperas industrias, hoy son paisajes desolados y grises.
Desde el miércoles por la tarde, cuando el incendio comenzó alrededor de las 14:40, el fuego ha afectado a granjas avícolas y sembríos de fresas.
El recorrido por la zona dejó a la vista una escena trágica: terrenos que alternaban entre los colores negro y gris, como evidencia del avance implacable de las llamas. Las
TRAGEDIA. Los incendios forestales dejan 32 animales heridos en Quito.
huellas del fuego eran profundas y las cenizas cubrían el suelo.
Hasta las 17:00, el Alcalde explicó que en Itulcachi disminuyó la intensidad del incendio. También aseguró que ráfagas de 60 km/h de viento que se registraron por la tarde hicieron que este creciera. Este día seguirán sofocando el incendio con ayuda de un helicóptero de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, esperando controlar pronto el incendio.
Nayón: familia escapó de las llamas En Nayón, en el nororiente de la capital, en la quebrada que separa Nayón y Zámbiza se ubicó el epicentro de un
AVISO
Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTÍA O DEVOLUCIÓN DE APORTES
Del quien en vida fue: SARGENTO PRIMERO PEREIRA RAMIREZ EDWIN MANUEL
Quienes se creyeren con derecho a éste beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DIAS a contarse de la presente publicación.
JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL 001-003-4770
incendio que amenazaba con destruir una vivienda. Una casa cercana quedó cercada por las llamas, pero gracias a la rápida intervención de la comunidad y los bomberos, el fuego no causó daños mayores. Aunque la estructura permaneció intacta, las llamas dañaron tuberías y cables de internet. El Alcalde explicó que el fuego en Nayón sigue activo pero con menor intensidad que el 4 de septiembre. Además, ya no hay línea de propagación. Está contenido en dos puntos, dicen las autoridades, quienes esperaban que la baja temperatura en la noche y la descarga de agua con helicópteros, ayude a mejorar la situación.
Chilibulo: el fuego en las alturas
En el sur de Quito, el incendio en Chilibulo tomó otro rumbo. A pesar de que las llamas cercanas a las viviendas fueron controladas, el fuego se trasladó hacia las montañas, donde el acceso es más complicado. En su ascenso, el incendio alcanzó más de 4.000 metros de altura, una zona donde la labor de los bomberos se ve obstaculizada por la geografía escarpada. Aunque
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Conjunto Balcones Moran Plaza 2
Sala, Comedor, Cocina, 3 dorm., 2 1/2 baños, área terreno 83.59m2, área construcción 113.70m2 US$58.200 entrada US$14.550 saldo financiado a 15 años plazo. Informes: 0987776583
8 climatológicos, no se vuelva a encender el fuego.
las viviendas del área no estaban en peligro, el combate contra el fuego en esta región se complicaba con cada minuto que pasaba.
Hasta las 17:00, el Alcalde explicó que en Chilibulo no existía fuego, ya que lo habían sofocado, pero aseguró que se debía esperar. El cuerpo de bomberos se quedará vigilante en la zona para asegurar que, por factores
Inamhi mantiene advertencia por altos niveles de UV Según el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inamhi) la radiación ultravioleta en Quito de este 6 de septiembre tendrá niveles extremadamente altos desde las 10:00 hasta las 15:00. Además, aseguran que existe una alta advertencia de incendios forestales alta.
Animales afectados Hasta el momento, la Unidad de Bienestar Animal registró 37 casos atendidos del 4 al 5 de septiembre. De estos casos, 34 están estables. El equipo de UBA realiza chequeos médicos generales, proporciona contención y traslado de animales en situaciones de riesgo. También está recopilando información clave de las zonas más afectadas para evaluar la situación y coordinar acciones futuras.
Se encontró 1 perro cubierto de cenizas y 1 herido.
Ciudadana fue sancionada por hacer carbón sin permiso El 4 de septiembre de 2024 la Agencia Metropolitana de Control (AMC) encontró a un grupo de personas quemando troncos para la producción y venta de carbón cerca de un bosque, en el sector de Yaruquí, lo que pudo originar otro incendio forestal.
A la presunta infractora se le inició un procedimiento de sanción en flagrancia por el uso no autorizado del fuego en quemas de residuos sólidos, follaje o cualquier tipo de residuos en predios privados o públicos al aire libre.
Más centros educativos tendrán clases virtuales por incendios forestales El Ministerio de Educación emitió una serie de linea-
mientos para las unidades educativas cercanas a los puntos críticos donde el fuego no cesa. Además señaló que debido a los incendios forestales que afectan a Quito, se activa el Plan de Continuidad Educativa sectorizado con cambio a la modalidad no presencial.
El 4 de septiembre se habían cambiado la modalidad a 22 instituciones, ayer, jueves 5 de septiembre, incluyeron 10 más, por lo que ahora suman un total de 32 instituciones educativas que están ubicadas en Nayón, Llano Chico, Zámbiza, Pifo, Tumbaco y Quito DMQ – Eloy Alfaro. Esta medida se aplica en las zonas con mayor afectación por la contaminación del aire y la caída de material particulado debido a los incendios, lo que ha comprometido la calidad del aire. (EC)
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUERTO QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL
CAUSA No. 17232-2024-00198
ACTOR: BENALCAZAR ZAMBRANO ANA KAREN.
DEMANDADOS: ALISSON MAYTTE AYO REINA y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ AYO BAQUE JEAN CARLOS. ACCIÓN: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO.
DILIGENCIA: CITACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ AYO BAQUE JEAN CARLOS.
DEFENSOR: Abg. Cesar Erazo y Nilo Veloz. Fecha: 20/08/2024.
PUBLICACIÓN POR LA PRENSA DILIGENCIA DE CITACION A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ AYO BAQUE JEAN CARLOS.
Juicio No. 17232-2024-00198
Ante el sensible fallecimiento de quien en vida fue el distinguido señor:
(Acaecido el 03 de septiembre del 2024 en la ciudad de Quito)
“Moré en la tierra dándoles Luz, Hoy regreso de la mano de los Ángeles a los Brazos de Dios.”
Expresamos nuestro más profundo sentimiento de pesar y de solidaridad ante el dolor que embarga a toda su distinguida familia; Padres, Hermanos, Hijo y demás Familiares, por tan irreparable pérdida.
Jaime González Artigas Polanco GERENTE GENERAL
Santo Domingo de Los Tsáchilas, 04 de septiembre de 2024.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PUERTO QUITO. Puerto Quito, miércoles 26 de junio del 2024, a las 09h50. VISTOS: Dr. Edwin Germán Gallo Colcha, en calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Puerto Quito, provincia de Pichincha, mediante acción de personal No. 03740-DP17-2024-CC, que rigue desde el 20 de junio del 2024 hasta el 28 de junio del 2024, avoco conocimiento de la presente causa.- [1] CALIFICACIÓN: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley contenidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en tal virtud, se la acepta al PROCEDIMIENTO ORDINARIO previsto en los Art. 289 y siguientes Ibídem. [2] CITACIÓN: I Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada señor ALISSON MAYTTE AYO REINA, a través de su representante legal la señora MARIA GABRIELA REINA MORALES, en la dirección señalada para el efecto, citación que se la efectuará a través de la oficina de citaciones de esta judicatura, remítase boletas suficientes, a fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común todos los procesos (Art. 107.4 Ib.). II PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 56 numeral 1 IBIDEM, una vez que la accionante ha rendido su juramento respecto al desconocimiento de los presuntos y desconocidos herederos del causante señor AYO BAQUE JEAN CARLOS, CÍTESE a los mismos, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito.- Para el cumplimiento de esta diligencia, remítase el EXTRACTO respectivo. [2.1].-Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se le previene al demandado de la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, de contestar la demanda planteada en su contra en el término de TREINTA DÍAS contados a partir de la citación, así como de anunciar los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción observando lo dispuesto en los Arts. 151 y siguientes Ibídem. [3] ANUNCIO DE PRUEBAS: [3.1] En cuanto al anuncio de prueba realizado por la parte actora, esta se tendrá en cuenta en el momento procesal oportuno y de ser procedente. [3.2] A los testigos nominados con fundamento en los Arts. 18, 19 y 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, a fin de hacer efectivos los principios de concentración, economía procesal y celeridad, se les notificará mediante boleta depositada en el casillero judicial del defensor técnico de la parte actora, para de que comparezcan de manera obligatoria a la 235186258-DFE audiencia única que se señalará oportunamente, con la asistencia de un defensor técnico. [3.3] Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda. [4] A fin de garantizar la seguridad jurídica y el debido proceso, la convocatoria audiencia preliminar, se realizará una vez que conste de autos las publicaciones dispuestas, y se haya agotado el término concedido para contestar la demanda, conforme lo disponen los Arts. 291, 292 y penúltimo inciso del Art. 56 del COGEP. [5] NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la parte actora para notificaciones que le correspondan, así como la autorización conferida a su abogado defensor. - NOTIFÍQUESE Particular que comunico para los fines de ley.
Atentamente
Abg. Silvia Lorena Guamán Ramírez SECRETARIA UJMPQ
El presidente de Argentina, Javier Milei, arremetió contra su homólogo brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, por la intervención contra la red social X.
BUENOS AIRES. El presidente argentino, Javier Milei, se refirió este 5 de septiembre de 2024 a la intervención de la red social X en Brasil al indicar que “quién sino un tirano, que está equivocado en todo, puede avalar semejante acto de opresión”.
Milei criticó la Justicia de Brasil “adicta el poder petista”, por el Partido de los Trabajadores (PT), al que pertenece el presidente Luiz Inácio Lula da Silva, que suspendió X en Brasil desde el 31 de agosto, y fue celebrado con alaridos por parte del público.
La suspensión de la red social del magnate Elon Musk fue ordenada primero en forma cautelar por el juez Alexandre de Morae s, a quien el propio Musk insul-
FEDELIBAPACA
AUTORIDAD. El presidente de Argentina, Javier Milei.
ta y descalifica desde hace meses en X, y ratificada el pasado lunes por los cinco miembros de la primera sala de la Corte Suprema.
La decisión se debió a
Azogues, 06 de septiembre del 2024 CONVOCATORIA
ASAMBLEA DE ELECCION
La Federación Provincial de Ligas Barriales y Parroquiales del Cañar; convoca a la Asamblea General de Elección; de acuerdo a los artículos 14/numeral (3), 15, 16, 17 y 18 del REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN; y a los artículos 18, 19, 21, 24, 30, 32/a del ESTATUTO DE LA INSTITUCION DEPORTIVA; la misma que se llevará a cabo el día domingo 22 de septiembre del 2024 a las 17h00, de manera presencial en las oficinas de FEDELIBAPACA ubicada en la Av. 24 de Mayo y Tenemaza, (Coliseo de deportes Dr. Eduardo Rivas), para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1. Acreditación
2. Constatación del quórum.
3. Instalación de la Asamblea General de Elección a cargo del presidente de FEDELIBAPACA, Econ. Jhonny Guamán.
4. Elección del Directorio para el periodo 2024-2028 (Presidente, Vicepresidente, Secretario/a, Tesorero/a y Tres Vocales principales y sus respectivos suplentes
5. Posesión del directorio.
Atentamente
Econ. Jhonny Guamán Ab. Cristopher Novillo PRESIDENTE SECRETARIO
NOTA: REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN ART. 17 (SEGUNDA CONVOCATORIA)
REQUISISTOS: 1. Credencial, 2. Copia de la cédula de ciudadanía y 3. Copia del registro de directorio vigente.
reiterados desacato s a decisiones del Supremo que exigieron retirar decenas de perfiles en el marco de un proceso sobre una masiva difusión de noticias falsas y ataques a la democracia y sus instituciones.
Milei destacó que X es “la arena pública, donde los ciudadanos brasileros y del mundo pueden expresar su voz y expresar su disidencia”, por lo que señaló que “quieren prohibir el espacio donde los ciudadanos intercambian libremente sus ideas”.
Gobierno de Brasil se pasa a Bluesky Entre tanto, el Gobierno brasileño comenzó a abrir perfiles en la red social
Bluesky. Este 5 de septiembre, se sumó el Ministerio de Relaciones Exteriores, que anunció la apertura de su “perfil oficial en la red social Bluesky: @itamaratygovbr.bsky.social”.
Antes lo había hecho el propio presidente Luiz Inácio Lula da Silva, quien se estrenó en la red de la mariposa el pasado fin de semana.
Como la Cancillería, la mayoría de los ministerios y organismos del Gobierno abrieron cuentas en Bluesky, al igual que han hecho la propia Corte Suprema y un gran número de políticos de los más variados partidos y tendencias.
En la última semana, Bluesky ha informado el haber recibido unos 2,5 millones de nuevos usuarios en Brasil, con lo cual acumula ahora más de 5 millones, frente a los 20 millones que tiene X en el país.
Hasta ahora, solo parece resistirse la ultraderecha liderada por el expresidente Jair Bolsonaro , que aún no aparece en Bluesky y ha convocado para este 7 de septiembre a un acto en la ciudad de São Paulo en rechazo a la suspensión de X, que considera un acto de “censura” y una “violación” a la libertad de expresión. (EFE)
Latinos creen que Harris luchará por el ambiente
MIAMI. La vicepresidenta estadounidense y candidata demócrata a la Casa Blanca, Kamala Harris, supera al candidato republicano y expresidente Donald Trump en la preferencia de los votantes latinos a la hora de abordar la lucha contra el cambio climático, según una encuesta divulgada este 5 de Septiembre 2024.
El sondeo, divulgado por Climate Power En Acción, arroja que el 57% de los potenciales votantes latinos encuestados confía más en Harris que en Trump (19%) a la hora “abordar la crisis climática” y los “fenómenos meteorológicos extremos”.
El margen de diferencia es de 29 puntos porcentuales favorable a Harris frente a Trump cuando se pregunta sobre la creación de empleos en la industria de la energía limpia, y de 25 puntos al ser preguntados sobre quién manejaría mejor la reducción de costos del clima extremo para las familias estadounidenses.
“Los latinos creen que la vicepresidenta Harris es la candidata mejor preparada para abordar los impactos del clima extremo y la carga financiera que supone. (EFE)
Con Gabriela Vivanco
El cerro Bombolí es un atractivo natural destacado por su impresionante belleza escénica. Por esta razón, un grupo de santodomingueños se ha unido para conservarlo.
Para muchos santodomingueños, el Bombolí no es solo una formación geológica dentro de la ciudad, sino un ícono, un patrimonio cultural y natural que simboliza la memoria y la identidad de la zona. Por eso, no están de acuerdo con que se lo quiera devastar con la construcción de proyectos inmobiliarios.
Para el arquitecto Nico-
lás Gómez, el Bombolí es un símbolo de la memoria, identidad y un ícono natural dentro del paisaje urbano, de gran importancia para los habitantes de la ciudad.
Por su parte, la abogada María Fernanda Álvarez lodefine como la imagen que viene a la mente de cada santodomingueño cuando piensa en su ciudad.
Según el biólogo e inves-
tigador Alfredo Luna , la identidad que representa el Bombolí es de suma importancia, porque preserva el medio ambiente y, con ello, la obtención de aire puro y un ecosistema variado en medio de un entorno urbano.
Especificó que es un remanente de bosque primario, donde hay indicadores biológicos que determinan la calidad del ecosistema, como
la presencia de mamíferos, aves y otros animales que se han ido desapareciendo debido a la depredación del cerro.
Turismo
Con el pasar de los años, el Bombolí se ha vuelto atractivo tanto para los residentes como para los visitantes. Al cerro llegan creyentes, deportistas y familias.
Se accede al final de la calle Venezuela, ubicada en la cooperativa de vivienda
Víctor Manuel López, donde se encuentra el Santuario de la Virgen de El Cisne. Además, existen otras rutas para observar la ciudad;
los visitantes tienen la opción de ascender por las avenidas Los Colonos y Chone.
¿Qué pasa en el Bombolí?
La iniciativa de la empresa Cofiza de construir el proyecto habitacional Holyland en cuatro de las diez hectáreas que posee en el Bombolí ha dado lugar a la formación del colectivo ciudadano Frente de Defensa del Cerro Bombolí, que ha interpuesto una acción de protección por atentar contra el entorno natural de Santo Domingo. Esta demanda ahora enfrenta la recusación del juez, por cuanto su accionar ha generado dudas en la parte acusadora. Por su parte, los abogados de Cofiza señalan que la demanda contiene una serie de tergiversaciones y que se basa en una falsedad al afirmar que el Bombolí es un bosque protector cuando, en realidad, es un cerro, indicando que siempre ha sido una zona privada. (CT)
DEFINICIÓN. Muchos describen al Bombolí como una magnífica obra de la naturaleza.
Las parroquias Fundochamba y San Antonio de las Aradas inician su recuperación con la entrega de tuberías para restablecer el servicio de agua potable tras los incendios forestales que afectaron la zona.
RECUPERACIÓN. Las parroquias Fundochamba y San Antonio de las Aradas reciben tuberías para reparar el sistema de agua potable tras el devastador incendio que afectó sus comunidades. Foto: Gobernación de Loja.
La comunidad de Quilanga, gravemente afectada por el incendio forestal de las últimas semanas, ha recibido un impulso clave para su recuperación: la entrega de tuberías destinadas a la restauración del sistema de agua potable en las parroquias Fundochamba y San Antonio de las Aradas. Este apoyo ha sido recibido con alivio por las familias que enfrentan la falta de acceso al servicio vital desde hace más de 10 días.
La entrega del material,
que incluye más de mil tubos de PVC de diversos diámetros, se llevó a cabo en el parque central de San Antonio de las Aradas, en un evento al que asistió la comunidad local. La distribución de estos recursos busca garantizar el acceso al agua potable, que fue severamente interrumpido debido al impacto de los incendios.
“Ya pasamos los días de emergencia y ahora se viene la reactivación”, señaló Leticia Cueva, presidenta del Gobierno Parroquial de Fundocham-
ba. Las llamas, que arrasaron con cultivos, viviendas y áreas naturales, también afectaron las fuentes de agua y la red de distribución, dejando a cientos de familias en condiciones de vulnerabilidad.
La ayuda ha llegado no solo en forma de tuberías, sino también con la entrega de más de 100 kits de alimentos y ropa para las familias más afectadas. En los sectores más golpeados como Santa Rosa, Limón Alto y Bajo, la población ha recibido apoyo con alimentos esenciales, que con-
tribuyen a paliar las pérdidas inmediatas causadas por los incendios. En paralelo, brigadas humanitarias trabajan cada día distribuyendo kits de alimentos a las familias de las zonas rurales, con más de 180 entregas diarias.
La gobernadora de Loja, Alexandra Jara, destacó el compromiso de la comunidad y el esfuerzo conjunto de diversas instituciones y organismos que se han volcado para sofocar el fuego y asistir a los damnificados. “No están solos”, aseguró Jara. La
colaboración entre comuneros y autoridades ha sido clave en la lucha para contener los incendios, que aunque controlados, han dejado una estela de destrucción en Quilanga.
Mientras continúan las labores de asistencia, las autoridades se preparan para investigar las causas de los incendios y presentar denuncias contra los responsables, con el fin de prevenir que tragedias de esta magnitud se repitan en el futuro.
VIERNES 06 DE SEPTIEMBRE DE 2024
La historia de Canelo, un perro de Cádiz que esperó doce años a su dueño en la puerta de un hospital, sin saber que éste había fallecido dentro, inspiró un cortometraje mexicano de animación que lo ha convertido en una “estrella” del séptimo arte y ejemplo de la lealtad de los animales. EFE
Imbabura - Carchi
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AUTOR: AB. GIOVANI MAYORGA ANDALUZ
Hecho generador
Por hecho generador o hecho imponible se entiende a aquel o aquellos hechos que son valorados por el legislador como la fuente de la que se derivan consecuencias de carácter tributario, o dicho de otra manera, es el “elemento identificador de un gravamen, hace referencia a la situación de hecho, que es indicadora de una capacidad contributiva, y que la ley establece de manera abstracta como situación susceptible de generar la obligación tributaria, de suerte que si se realiza concretamente ese presupuesto fáctico, entonces nace al mundo jurídico la correspondiente obligación fiscal”1
Según el artículo 17 (calificación del hecho generador) del Código Tributario, “Cuando el hecho generador consista en un acto jurídico, se calificará conforme a su verdadera esencia y naturaleza jurídica, cualquiera que sea la forma elegida o la denominación utilizada por los interesados. Cuando el hecho generador se delimite atendiendo a conceptos económicos, el criterio para calificarlos tendrá en cuenta las situaciones o relaciones económicas que efectivamente existan o se establezcan por los interesados, con independencia de las formas jurídicas que se utilicen.”
La norma anterior tiene su inspiración en el Proyecto de Modelo de Código de Derecho Tributario para América Latina, de 1967, en cuyo artículo 8 se reconocía que “Cuando la norma relativa al hecho generador se refiera a situaciones definidas por otras ramas jurídicas, sin remitirse ni apartarse expre-
samente de ellas, el intérprete puede asignarle el significado que más se adapte a la realidad considerada por la ley al crear el tributo. Las formas jurídicas adoptadas por los contribuyentes no obligan al intérprete, quien podrá atribuir a las situaciones y actos ocurridos una significación acorde con los hechos, cuando de la ley tributaria surja que el hecho generador fue definido atendiendo a la realidad y no a la forma jurídica. Cuando las formas jurídicas sean manifiestamente inapropiadas a la realidad de los hechos gravados y ello se traduzca en una disminución de la cuantía de las obligaciones, la ley tributaria se aplicará prescindiendo de tales formas.”
Ambas normas jurídicas traen consigo la doctrina de la interpretación de la realidad económica y prescindencia de
las formas jurídicas del hecho generador, a la que se denomina como “la verdadera naturaleza de los hechos imponibles se atenderá a los actos o situaciones efectivamente realizadas con prescindencia de las formas o de los contratos del derecho privado en que se exterioricen”.2
Jurisprudencia de la Corte Nacional de Justicia
Al Servicio de Rentas Interna del Ecuador, a propósito de las investigaciones por defraudación tributaria, o las liquidaciones de pago por diferencias en la declaración de impuesto a la renta le ha fascinado mucho citar la Resolución No. 07-2016, publicada en el Suplemento 1 del Registro Oficial 894, de 1 de diciembre del 2016, en la que se establece el denominado PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL
OBLIGATORIO respecto del GASTO DEDUCIBLE PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA.
En dicha resolución se establece como jurisprudencia vinculante el siguiente punto de derecho: “Para que un gasto sea considerado como deducible a efecto del cálculo del Impuesto a la Renta, se debe tener en cuenta que, además del cumplimiento de los requisitos formales, debe tener una secuencialidad formal - material, demostrándose sustentadamente a través de la emisión de los comprobantes de venta, retención y complementarios, forma de pago, acreditación en cuenta en favor del beneficiario y la verificación de la fuente de la obligación que demuestre que efectivamente se haya realizado la transferencia del bien o que se haya prestado el servicio”, reiterado en las sentencias que
¿Respecto a la citación en materia laboral es importante regular los cinco días, con la comparecencia de las partes accionadas en el proceso?
Las controversias en materia laboral se rigen por el proceso sumario del COGEP; Art. 333. La demanda se contestará en quince días, después de la citación; contestada la demanda se convocará a audiencia única, en un término máximo de treinta días.
Por lo tanto, respecto de la citación, en general no existe un plazo para practicarse, salvo el caso de despido ineficaz previsto en el Art.195.2 de la Ley Orgánica de Justicia Laboral y Reconocimiento Trabajo en el Hogar, en el que se tiene plazo de 24 horas para practicar la citación.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
se detallan en el numeral anterior.”, por ello se ha declarado como PRECEDENTE OBLIGATORIO.
Jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador.
Sobre la jurisprudencia vinculante antes invocada, la Corte Constitucional ha declarado que la misma es APARTADA del texto y espíritu del precepto ut supra, pues su análisis no es
congruente con el texto del artículo 17 del Código Tributario, además de ser IRRAZONABLE. En efecto, en la sentencia N.o 326-15-SEP-CC, caso N.o 116213-E, la Corte Constitucional refiere lo siguiente:
“En efecto, esta Corte procede a examinar si la sentencia contiene el criterio de razonabilidad dentro de los parámetros mencionados ut supra, es decir, no se encuentre afectada por la arbitrariedad o errores u omisiones del juzgador. Al respecto, cabe destacar la ratio decidendi que evidencia la única disposición legal tributaria que menciona como fundamento, relacionado con la acusación formulada por el casacionista, con el cual decide casar la sentencia del tribunal de instancia:
( ... ) CUARTO: El cuestionamiento al fallo formulado al amparo de la causal primera del art. 3 de la Ley de Casación por falta de aplicación del art. 17 del Código Tributario, considera que la Sala A quo no valoró la prueba aportada durante el proceso por la Autoridad demandada; para resolver, esta Sala considera lo siguiente: 4.1. El art. 17 del Código Tributario dispone: ( ... ); 4.2. La norma citada faculta para que se califique un acto jurídico conforme su verdadera esencia y naturaleza jurídica, de allí la importancia de analizar los gastos desglosados o desconocidos; 4.3. Un gasto, para que sea considerado tal debe tener una secuenciali-
dad material que lo justifique como: la fuente de la obligación, el pago, el desembolso efectivo, la factura y la acreditación de tales valores del beneficiario o de un tercero, autorizado por éste; en el caso, existen las facturas, pero no existe constancia de recepción por parte del beneficiario del pago, ni la fuente que justifique dichos pagos; ello está corroborado en el ejercicio de verificación practicado por la Administración
Tributaria y que no ha sido desvirtuado por la Empresa actora como le correspondía, que se limita a justificar la existencia de las facturas y de las compañías que emitieron las mismas, probando en el proceso que estos contribuyentes estaban autorizados para emitir comprobantes válidos, elementos que, como queda dicho, no son suficientes para demostrar la secuencialidad material del gasto, que ha sido advertido por la Administración Tributaria a través del mecanismo de cruce de información. Esto no ha sido considerado por la Sala de instancia, produciéndose el vicio alegado; 4.4. En la especie la compañía para desvirtuar las presunciones de legitimidad y ejecutoriedad debía presentar los sustentos del pago por el gasto realizado; esta Sala considera que por lo expuesto, el Tribunal de instancia además incurrió en falta de aplicación del precedente jurisprudencia! obligatorio expuesto en el Recurso No. 28-2011. 4.5. En general, al no contar con la especificación de cómo fue cancelada la obligación, esta Sala considera que en efecto hubo falta de aplicación del art. 17 del Código Tributario.”
Análisis de la sentencia
Como se puede observar, la sentencia impugnada habría fundamentado su decisión en el artículo 17 del Código Tributario que regula la “calificación del hecho generador”, en tanto, el principal argumento del recurrente se sustentó en la falta de aplicación de dicho precepto jurídico aplicable a la valoración de la prueba.
Sin embargo, la fundamentación de los jueces nacionales describe lo que significan los gastos glosados o desconocidos (Considerando 4.2), apartándose del texto y espíritu del precepto ut supra, pues su análisis no concuerda con los fundamentos de la acusación ni es congruente con el texto del artículo 17 del Código Tributario.
Por otra parte, el razonamiento expuesto en el acápite 4.3 de la sentencia materia de esta acción, señala: “Un gasto, para que sea considerado tal debe tener una secuencialidad material que lo justifique como: la fuente de la obligación, el pago, el desembolso efectivo, la factura y la acreditación de tales valores en favor del beneficiario o de un tercero, autorizado por éste ( ... )”, consideración que no tiene respaldo legal ni jurisprudencial, constituyéndose en arbitrario; únicamente gira en tomo al sistema de convicción del juez, el cual es contrario al Estado constitucional de Derecho, pues no basta que se diga que tiene convicción sobre un hecho determinado o sobre cualquier circunstancia procesal para decidir, debe ba-
sarse en la normativa pertinente.
La Corte Constitucional destaca el parámetro en estudio, proporcionando un importante aporte a la visión de la actividad del juzgador, así:
“( ... ) El juez no puede apartarse de la naturaleza y objetivos fijados por la normativa, ni proporcionar interpretaciones o razonamientos manipulados o imponer determinadas ideologías y concepciones personales, ya que estas particularidades producen fallos arbitrarios, indebidamente justificados en Derecho. Su justificación debe dirigir u orientar a la acción, el recurso o la cuestión planteada.
En tal virtud, no puede imponer criterios erróneos o contrarios al ordenamiento jurídico. El objetivo de razonabilidad como criterio de análisis de la garantía de la motivación es descubrir y/o descartar los argumentos que contengan elementos impertinentes que contraríen las disposiciones aplicables o la omisión de las mismas al caso concreto.
Por tal razón, los juzgadores incurren en un error flagrante de apreciación al establecer un razonamiento distinto del texto del artículo 17 del Código Tributario, que se propusieron analizar, plasmando una auténtica deformación del raciocinio. En
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DEL CENTRO DE CUIDADOS PALIATIVOS MEDIPALIA CIA. LTDA.
Se convoca a los señores Socios, a Junta General Extraordinaria, a realizarse el día 16 de septiembre del 2024, a las 15:00 horas, en el domicilio de la Compañía ubicada en la Calle Quisquicalle S1-262 y 21 de marzo, de la Parroquia San Antonio de Pichincha, del cantón Quito, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:
1. Poner en conocimiento de los socios el déficit económico actual, que está atravesando la compañía.
2. Resolver y dar soluciones al déficit económico actual, que está atravesando la compañía.
Se adjunta información económica para el conocimiento de los socios Los socios que deseen asistir por vía telemática, lo pueden hacer a través de la Plataforma ZOOM, el día 16 de septiembre del 2024, a las 15:00 horas, ID de la reunión: 865 7177 2348, con las siguientes claves de acceso: 908582
Los socios podrán solicitar información adicional o la inclusión de puntos en el orden del día hasta cinco días antes de la celebración de la Junta.
Se adjunta a la presente y previo a la junta toda la información económica respecto al déficit económico actual de la compañía, para el conocimiento de los socios, y se les indica que, si desean revisar cualquier documentación o información previa a la junta, la misma reposa a disposición de todos los socios en el domicilio y archivos de la compañía con lo que se da cabal cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de Juntas Generales.
Procedimiento para participar y emitir votos a distancia.
Para poder participar y emitir su voto en la Junta General, los accionistas deberán cumplir con el siguiente procedimiento:
a. El socio podrá hacerse representar por otra persona mediante Poder General o Especial incorporado a instrumento público o privado, documento que se presentará físicamente en la sesión o adjunto al correo electrónico del socio poderdante, remitido al correo electrónico: gerencia@medipalia.com.ec, con por lo menos 3 días de anticipación.
b. El socio que desee asistir por vía telemática, deberá enviar un correo electrónico a la dirección: gerencia@medipalia.com.ec, indicando este particular de su comparecencia, con por lo menos con tres días de anticipación.
c. El voto del socio que asista por vía telemática deberá remitir al correo electrónico: gerencia@medipalia.com.ec, por cada punto del orden del día que se trate y de acuerdo a las mociones emitidas en la sesión.
Atentamente,
la decisión in examine carece de un razonamiento concreto y congruente, incurriendo en un pronunciamiento ligero, razón por lo que incumple el criterio de la razonabilidad.”
¿A quién creer y que jurisprudencia aplicar?
La jurisprudencia es una de las fuentes reales del Derecho y es atribuida, por mandato constitucional, a las más altas cortes del país a los que se denomina órganos de cierre, por eso la Corte Nacional de Justicia es el intérprete final de la ley y la Corte Constitucional es el intérprete final y auténtico de la Constitución.
La Corte Nacional de Justicia debe desarrollar un sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración. Para este efecto, las sentencias emitidas por las salas especializadas de la Corte Nacional de Justicia, deben ser reiterativas, al menos en tres ocasiones, respecto un mismo punto de derecho, luego de lo cual el Pleno de la Corte, con o sin deliberación, establece la jurisprudencia obligatoria que goza de efecto generalmente obligatorio. En la Corte Constitucional es también el Pleno el que tiene competencia para expedir sentencias que constituyen jurisprudencia vinculante o precedente con carácter erga omnes, en los casos que llegan a su conocimiento a través del proceso de selección.
El precedente constitucional obligatorio, lo ha dicho la Corte Constitucional, no es sino aquella parte de la sentencia que se denomina como la “ratio decidendi -del latín que significa “razón para decidir” la cual se construye a partir de un conjunto de parámetros interpretativos de la Constitución, aplicados a los hechos puestos en conocimiento de la Corte Constitucional. Por tal razón, la jurisprudencia constitucional emitida por esta Corte tiene efectos vinculantes en lo que respecta a los derechos constitucionales, las garantías jurisdiccionales y los demás asuntos que constituyen competencias que le han sido otorgadas por el texto constitucional.”3
Ahora bien, el quid del asunto para establecer cual criterio ha de prevalecer en caso de contradicción entre la jurisprudencia vinculante dictada por la Corte Nacional de Justicia y los precedentes constitucionales obligatorios dictados por la Corte Constitucional, está en función
de la interpretación conforme al texto constitucional que realicen los jueces de la jurisdicción ordinaria, pues según lo dispone el artículo 182 del Código Orgánico de la Función Judicial el juez ponente de cada Sala de la Corte Nacional de Justicia para elaborar la sentencia debe “observar la jurisprudencia obligatoria establecida de manera precedente”, es decir ha de revisar no solo la jurisprudencia vinculante dictada en la jurisdicción ordinaria sino también los precedentes constitucionales obligatorios dictados por la Corte Constitucional, de manera que la jurisprudencia obligatoria que no se ha construido en función a una interpretación conforme a la Constitución no puede prevalecer por sobre el precedente constitucional. A más de ello, otro parámetro que debe tomarse en cuenta es que cuando la jurisprudencia vinculante se ha construido con respeto irrestricto a la interpretación conforme a la Constitución, prevalece el
precedente constitucional.
Según la distinguida jurista ecuatoriana Pamela Aguirre Castro: “… la creación judicial del derecho en el ámbito constitucional ecuatoriano no se asemeja a la de las familias de origen en el civil law, puesto que
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro.
001000230000213001 Cliente
BRAVO CEDEÑO GLORIA
ALEXANDRA Cédula de Ciudadanía Nro. 1305987347 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
QUEDA ANULADO
Por pérdida del Certificado de Inversión No. 10DPF000370139 por un valor $ 20 000 perteneciente a Lloay Salazar Angel Alberto con cédula No. 0600469076 de la Cooperativa Policía Nacional.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
NOTARÍA OCTOGÉSIMA SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO
Msc. ELIZABETH CÁRDENAS CORONADO
EXTRACTO AL PÚBLICO
Se pone en conocimiento que mediante escritura pública otorgada ante la Msc. ELIZABETH CÁRDENAS CORONADO, Notaria Octogésima Segunda del Cantón Quito, el treinta de agosto del año dos mil veinticuatro, los señores CLELIA JEANNETH
OSORIO CHILIQUINGA y VIRGILIO MAURICIO ESPINOSA PAPA, de estado civil divorciados, procedieron a liquidar el patrimonio conyugal, la misma que fuera disuelta mediante sentencia dictada por la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, el veinte y seis (26) de junio del dos mil veinte y tres, se declaró disuelto el vínculo matrimonial de los señores Clelia Jeanneth Osorio Chiliquinga y Virgilio Mauricio Espinosa Papa. Archivado el día 1 de Agosto del 2023; NUT: 2023384825. Proceso: 21201-2023-00071.
Las adjudicaciones que se hicieron las partes respecto al patrimonio, se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 18 de la Ley Notarial, previo a disponer su inscripción en el Registro de la Propiedad y en el Registro Mercantil, pongo en conocimiento del público el presente extracto para los fines legales correspondiente
Quito, a 30 de Agosto del 2.023
Juicio N° 17230-2024-10766
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de agosto del 2024, a las 11h51. EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A:
SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA
JUICIO N° : EJECUTIVO – PAGARE A LA ORDEN – 17230-2024-10766
ACTOR : PABLO ANDRES MORALES ANDRADE
DEMANDADO : SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA
CUANTÍA : USD. $ 18.448,88
DOMICILIO JUDICIAL: AB. EDISSON MORALES PAZMIÑO
OBJETO: Que en Sentencia a la demandada el pago del titulo ejecutivo y sus componentes esto es capital adeudado mas los intereses adeudados y costas.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 6 de junio del 2024, a las 14h49. VISTOS.- Agreguese a los autos el escrito precedente. Por haberse dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación que antecede, el suscrito Juzgador considera lo siguiente: PRIMERO-CALIFICACION Y ADMISION A TRAMITE.- La demanda presentada por PABLO ANDRES MORALES ANDRADE; conforme lo acreditan con la documentación que adjuntan, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el pagaré a la orden que obra a fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347, 348 y 354del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO.- CITACIÓN: A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, precautelando el derecho constitucional de defensa de la parte demandada, de conformidad con el artículo 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CITESE a la parte demandada SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA en la dirección que señala en el escrito que antecede; para tal fin Remítase atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Pedernales, provincia Manabi, a fin de cumplir con dicha diligencia. En virtud del Principio Dispositivo consagrado en el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial con las copias proporcionadas por la parte actora. TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN: En aplicación de lo establecido en el artículos 352 y articulo 62 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos; se concede el término de QUINCE (15) días a fin de que la parte demandada SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA, cumplan con la obligación o propongan excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.- f.: LEMOS TRUJILLO GABRIELA ESTEFANIA JUEZ (PONENTE) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de agosto del 2024, a las 15h33. Avoco conocimiento, en virtud al juramento rendido y de conformidad con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la parte demandada SAILIN MILAGROS MARRERO DE LA ROSA, C.C: 1756811509, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.-NOTIFÍQUESE LEMOS TRUJILLO GABRIELA ESTEFANIA JUEZ (PONENTE)
Lo que comunico a Ud., para los fines legales pertinentes, previniéndole con la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus futuras notificaciones.