La historia de Carapaz se engrandece en el Tour de Francia
El ciclista carchense Richard Carapaz consiguió un nuevo hito histórico para el país, al convertirse en el primer ecuatoriano en vestirse de líder en el Tour de Francia. Lo hizo ayer, en la tercera etapa, por lo que hoy, en una fracción de montaña, deberá defender el ‘maillot’ amarillo de una de las competencias más importantes del mundo. 3
¿Por qué es un riesgo para Ecuador la reelección de Maduro? 5 POLÍTICA
Flexibilización ‘de facto’, se vive en Ecuador 6
63,1%
ECONOMÍA de ecuatorianos evita usar el condón 7
PABLO GRANJA granja.pablo@yahoo.com
Una ley para animales no humanos redactada por humanos animales
‘Animal’ es una palabra derivada del latín animalis, que se traduce como “ser dotado de aliento”. El ser humano es tan animal como cualquier otro que respira, tiene autonomía, se reproduce por relación sexual entre macho y hembra, es vertebrado, omnívoro, depredador y hasta carroñero, como cuando quieren regresar al poder para roer lo que han dejado pegado al hueso luego de haberse atragantado con la carne. Es tan animal que comparte el 96% del código genético con el chimpancé. Algunas características que nos acercan es que los chimpancés viven en comunidad, pueden caminar erguidos, fabrican y utilizan herramientas y son de las especies más ruidosas y gritonas del mundo animal; similitud que se puede constatar en algunas intervenciones de la Asamblea Nacional. Será que por esta identidad tan cercana un Defensor del Pueblo encargado, presentó el proyecto Ley Orgánica para la Protección y Defensa de los Derechos de los Animales no Humanos, pendiente de ser discutido en la Asamblea Nacional. Entre algunas de las cosas que propone esta ley son: Art.4 a). Igualdad y no discriminación: Todos los animales no humanos son iguales ante la ley y gozarán de su protección y no podrán ser discriminados por cualquier distinción, individual o colectiva, temporal o permanente. e). En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales o reglamentarias, se aplicará el sentido más favorable a la protección de los animales no humanos. En pocas palabras, las ratas de alcantarilla, los alacranes con su ponzoña, el mosquito que transmite el dengue, tienen iguales derechos de protección que los pájaros que nos alegran con sus cantos, las mariposas que colorean nuestros jardines o las abejas que nos deleitan con su miel. Y todos los derechos de ellos, según el texto, tendrían prevalencia sobre los que actualmente gozan niños y ancianos; mujeres u hombres; sanos o enfermos; judíos, moros o cristianos.
ANA CHANGUÍN VÉLEZ
@achanguin
Liderazgo para el futuro
El30 de junio de 2022, Ecuador experimentó un momento crucial marcado por la firma del Acta por la Paz, tras 18 días de intensas movilizaciones que congregaron al Gobierno Nacional y a las organizaciones Conaie, Feine y
EDITORIAL
Entre zapatos, rumores y TikTok
Algunos críticos y opositores del presidente Daniel Noboa se empeñan en enfocar el debate político en nimiedades. Ni el pronunciamiento del primer mandatario en redes sociales tras los partidos de la selección de fútbol se escapan del celo inquisidor. Basta cualquier aparición o declaración suya, para que, por más intrascendente que sea, sus detractores ahonden en complejos análisis y elaborados reproches. Gracias a esta absurda manía, el país ha tenido que escuchar digresiones sobre los zapatos que llevaba durante el Informe a la Nación —donde, además, en un desplante infantil, varios de sus opositores se ausentaron—, o elaboradas disquisiciones sobre las frases baladíes que soltó ante un periodista extranjero —que, en lugar de tomarse como los incómodos deslices de novato que fueron, acabaron insólitamente propiciando una condena oficial del Legislativo—.
No importa qué suceda en el país; basta un posteo del Presidente en TikTok o un muñeco de cartón para que sus adversarios se lancen, histéricamente, a hablar de ello. Más que el fanatismo político, reina un ánimo especulativo y farandulero. Incluso, la aparición de la Primera Dama en el acto de diversidad y tolerancia por excelencia generó la condena de quienes, otrora, se preciaban de ser ‘inclusivos’.
Muchos de quienes hoy protestan por cualquier minucia guardaban un silencio complaciente hasta hace no mucho, cuando veían en el primer mandatario un simple vehículo para perseguir sus intereses. Critican vestimenta estrafalaria, declaraciones explosivas, instrumentalización del deporte, etc., pero ellos en su momento lo hicieron más y peor.
El país tiene problemas graves y reales; es momento de elevar el nivel de la crítica política.
Fenocin. Este acuerdo no solo simbolizó un hito en la búsqueda de la convivencia pacífica y la reconciliación, sino que también evidenció la importancia del liderazgo efectivo en tiempos de crisis.
Pienso en ese preciso momento, a propósito de las elecciones generales que viviremos el 9 de febrero de 2025, y reflexiono sobre la necesidad de contar en la papeleta con un liderazgo que responda a las demandas de nuestra sociedad. No nos confundamos, el auténtico líder trasciende el ejercicio
del poder para enfocarse en el bienestar colectivo, abogando por la reconciliación, la paz y el desarrollo. Puedo afirmar que los valores de ese visionario deben estar cimentados en la justicia social, la igualdad y la capacidad de perdonar. El liderazgo basado en la reconciliación no equivale a debilidad, sino que implica reconocer y abordar los conflictos latentes en una sociedad diversa y pluricultural como la nuestra, buscando la unidad y la resolución de las diferencias, y disminuyendo las inequidades
ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ aquereje@gmail.com
Carrera Andrade y la última utopía
Afinesde 1948 se reunió en el Palacio de Chaillot, en París, la Tercera Conferencia General de la ONU. En su Tercera Comisión se debatió el tema de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El escritor y diplomático Darío Lara cuenta: “En aquella histórica Conferencia fue cuando Jorge Carrera Andrade, como miembro de la Delegación del Ecuador, tuvo una actuación relevante y cumplió un papel destacado”.
En su autobiografía ‘El volcán y el colibrí’, Carrera Andrade relata los hechos: “Intervine en los debates para proponer nuevos artículos o modificar los existentes, y tuve la satisfacción de ver aprobadas mis propuestas en varias ocasiones. Añadí de esta manera al texto original el derecho del hombre a no ser desterrado y algunos derechos económicos y sociales. […] Yo fui el redactor en español del famoso documento”.
En un discurso, el 1 de octubre de 1948, Carrera Andrade (Quito,1903-1978) dijo que “en la escala ascendente de los pueblos hacia su liberación, esta es la etapa máxima”. Buscó que al Artículo 3 que proclama el derecho de toda persona a la vida, a la libertad y a la seguridad, se añadiera el derecho a la paz, al trabajo, al descanso y a la libertad de pensamiento, palabra y religión.
Los jefes de delegaciones debían intervenir en la clausura de la Asamblea Plenaria, pero una dolencia súbita imposibilitó hacerlo al jefe de la delegación de Ecuador, y fue designado en su lugar Carrera Andrade. En su memorable discurso insistió en la necesidad de “una norma que hiciera posible la paz del mundo”.
Darío Lara, su biógrafo, recuerda que ese discurso de Carrera Andrade en la clausura de la Asamblea General de las Naciones Unidas, fue una confirmación de su activa participación en el histórico acontecimiento. Un discurso que arrancó aplausos y mereció elogios de todas las delegaciones, creando un clima favorable para la aceptación de la Declaración de Derechos Humanos.
en el camino. Estoy convencida de que el diálogo y el consenso en la toma de decisiones constituyen herramientas poderosas para avanzar en los grandes conflictos sociales, históricos y contemporáneos. Asimismo, el liderazgo ético, caracterizado por la honestidad y la transparencia en el ejercicio del poder, es esencial para generar confianza y legitimidad en las instituciones. Pienso también en la empatía y la compasión como cualidades indispensables en un líder, y esto se expresa con
auténtica preocupación por las necesidades y dificultades de los ciudadanos, especialmente de los más vulnerables. Finalmente, la persistencia y la resiliencia, virtudes que permiten afrontar los desafíos y adversidades con determinación, trabajando incansablemente por objetivos nobles y beneficiosos para la sociedad en su conjunto. Es crucial que identifiquemos en quienes aspiran a gobernarnos cualidades como la empatía, la integridad y el compromiso con el bienestar de todos los ciudadanos.
La historia de Carapaz se agranda en el Tour de Francia
El carchense se convirtió en el primer ecuatoria no en vestirse de líder en el Tour de Francia y el pri mer latinoameri cano en coman dar la general de las tres grandes vueltas del ciclis mo mundial.
Turín nunca será una ciudad cualquiera para Richard Ca rapaz. El ciclista carchense del equipo EF se vistió de rosa en la ciudad del Piamonte en el Giro de 2022 y este 1 de julio de 2024 se convirtió en el ecuatoriano de amarillo en el Tour de Francia en la ciudad italiana.
“Es una ciudad que tendré en mi recuerdo, para mi este maillot amarillo es muy espe cial y era un sueño poder ves tirlo”, dijo la ‘Locomotora de Carchi’.
“Es algo histórico”, una y otra vez el ciclista de 31 años de edad, de El Carmelo, en el norte de Ecuador, en la fron tera con Colombia.
Carapaz, ganador del Giro de Italia de 2019, tercero en el Tour de Francia de 2021, segundo de la Vuelta a España de 2020, vio la oportunidad en la meta de Bolonia, cuando consiguió trar con los mejores cuarto pero con el mismo tiem po del líder, el esloveno Tadej Pogacar, por lo que el jersey amarillo era una cuestión de puntos en la regularidad.
Se trataba de entrar bien en la meta de Turín, una etapa prometida a los ‘sprinters’, lo que significaba correr riesgos. Pero el premio era importante y el equipo y el ecuatoriano decidieron correrlo.
“Sabíamos que era muy peligroso, que era el primer ‘sprint’ y siempre es muy nervioso, que había un par de curvas peligrosas en el tramo final. Pero
LOGRO. Richard Carapaz es el primer ecuatoriano y el cuarto latinoamericano en vestirse de líder en el Tour de Francia.
el equipo ha hecho un gran esfuerzo, me han colocado bien en el tramo final y me han arropado en el ‘sprint’”, comentó.
“El plan era lograr el amarillo, sabíamos que era posible y estamos muy contentos de haberlo conseguido”, dijo. A diferencia de Pogacar, que no hizo ningún esfuerzo para mante-
“No llegaba con las mejores condiciones. Tras la caída tuve una infección y eso me impidió prepararme en las mejores condiciones. Tenía dudas, porque en el Tour si no vienes al cien por cien es muy difícil. Pero los meses antes me había preparado muy bien”, dijo.
“Estos días me he ido enconen la primera , pero en la segunda me sentí mejor, eso me da Ahora quiero seguir intentándolo, ver hasta dónde puedo llegar. De todas formas, tras haber conseguido esto, todo lo que venga será ya
Carapaz no cierra ninguna puerta a partir de ahora. En Bolonia se codeó con Pogacar y con el danés Jonas Vingegalos ganadores de los cuatro últimos Tour de Francia, y eso incrementó su moral, al menos para luchar por el podio final.
“Por delante queda mucho Tour y mucha dureza. Voy a intentar hacerlo lo mejor posible, intentaré luchar con ellos en las siguientes etapas. Si no lo logro, trataré de ser el mejor de los ‘humanos’”, comentó.
Hoy le toca montaña
El primer test lo tendrá este 2 de julio en las rampas del Gapuerto de categoría que se ascenderá en la
“Será un día duro y será difícil defender el maillot, pero lo voy a intentar. Cada día me estoy encontrando mejor y espero estar listo para intentarlo”,
Emocionado, Carapaz ase-
3.498
kilómetros, divididos en 21 etapas, recorrerá Richard Carapaz en el Tour de Francia 2024.
EL DATO
Richard Carapaz ha conseguido subirse al podio en todas las grandes vueltas del ciclismo mundial: ganó el Giro de Italia en 2019, fue segundo en la Vuelta a España en 2020, tercero en el Tour de Francia 2021 y ganó la medalla de oro olímpica en Tokio.
guró que sus sensaciones eran “indescriptibles”, pero confesó que tenía a su familia en mente, en este momento tan feliz.
“Es un momento muy especial para mí, he trabajado mucho estos últimos años y eso significa estar alejado de la familia. Por ellos hago este esfuerzo, sé que vale la pena. Vestirme de amarillo compensa todo este esfuerzo y todo este tiempo fuera de casa”, afirmó. También señaló que es importante para Ecuador: “Significa mucho para un país que tiene muy pocos corredores en la élite. Espero que contribuya a que el ciclismo siga creciendo allí”.
Este logro mejora la confianza del corredor carchense, que antes de la salida de Florencia comentaba que, en caso de no poder pelear por la general se centraría en otros objetivos, como ganar una etapa, algo que no ha conseguido, o el maillot de líder de la montaña. EFE
nerlo.
Faltan 18 etapas
Carapaz avanza con paso firme en un Tour que comenzó con dudas, las que le surgieron tras la caída en la pasada Vuelta a Suiza, que truncó una preparación que hasta ese momento había sido perfecta de cara a la salida de Florencia del Tour.
EMOCIÓN. Richard Carapaz se vistió de amarillo tras la tercera etapa, lo que lo acredita como el líder del Tour de Francia 2024.
Correísmo y PSC quieren destituir a la Canciller
En la Asamblea Nacional, el rompimiento del pacto político con el correísmo y el PSC, le empieza a pasar factura al oficialista ADN. El punto más alto de este quiebre sería una eventual censura y destitución de la canciller, Gabriela Sommerfeld.
El rompimiento del pacto político entre el movimiento correísta Revolución
Ciudadana (RC), el Partido Social Cristiano (PSC) y Acción Democrática Nacional (ADN), dejó al oficialismo sin posibilidad de negociación política y puso a la Canciller en la mira de la Asamblea.
A menos de siete meses de la campaña para las elecciones presidenciales y legislativas de 2025, una maniobra política del PSC y el correísmo busca debilitar la estructura de ADN en la Legislatura y en el entorno cercano del presidente de la República, Daniel Noboa.
La figura de la canciller, Gabriela Sommerfeld, que se perfila como uno de los cuadros para reemplazar a Noboa en caso de que deba solicitar licencia para hacer campaña y correr por la reelección, podría quedarse en el camino.
En la Comisión de Fiscalización , de mayoría correísta, ya estaría trazada una hoja de ruta para minar una posible participación de Sommerfeld.
Con el descarte de las solicitudes de interpelación a los exministros del expresidente Guillermo Lasso (Pablo Arosemena, Andrea Montalvo y Sebastián Corral), una mayoría correísta y del PSC habría allanado el camino para una eventual censura y destitución de la Canciller.
se enmarca en una presunta negligencia y falta de acción, particularmente en el tratamiento de los asuntos migratorios y por la situación ocurrida respecto de la relación diplomática con México, luego de la captura del exvicepresidente Jorge Glas. A criterio de Urresta, esto tiene consecuencias en los ámbitos político, comercial y de relaciones exteriores. Urresta presentó la solicitud de juicio en abril de 2024.
ADN entregó la Comisión de Fiscalización al correísmo
El 19 de noviembre de 2023, tras el pacto Revolución Ciudadana, PSC y ADN, el correísmo se quedó con la presidencia de la Comisión de Fiscalización y el PSC con la presidencia de la Asamblea.
Las dos comisiones que eran prioridad para el Gobierno, fueron las del eje económico. Nathaly Farinango preside Régimen Económico y Valentina Centeno, Desarrollo Económico. A estas mesas llegaron los proyectos económicos urgentes del Ejecutivo que fueron aprobados con más de 100 votos.
El proceso
El tratamiento de un juicio político en la Asamblea toma alrededor de 40 días.
los plazos empezarán a correr y el futuro de Sommerfeld se decidirá hasta inicios de agosto.
En el caso de que la Comisión de Fiscalización, una vez agotadas las etapas de sustanciación (réplicas, contrarréplicas, derecho a la defensa), recomiende al Pleno continuar con el juicio, una eventual censura, inhabilitará a Sommerfeld a ejercer cargos públicos por dos años, como lo dispone la Ley de la Función Legislativa (LOFL). Esto es hasta 2026. En este cálculo también están en juego los votos. Para la censura de un ministro se requieren 92 votos. Entre el PSC y el correísmo suman 62 y estarían por verse 15 de Construye, 5 de Pachakutik y otros 3 de independientes. En su intento por cooptar legisladores de otras bancadas con proyección a una
Jhajaira Urresta (RC), respaldada por 43 firmas, anunció que el inicio de un juicio político contra la C anciller
La presidenta de la Comisión, Pamela Aguirre (RC), convocó a una sesión este 2 de julio de 2024, para avocar conocimiento y, de ser el caso, resolver sobre la calificación o no de la solicitud de juicio a la Canciller.
De calificarse el pedido,
SESIÓN. La Comisión de Fiscalización de la Asamblea, presidida por Pamela Aguirre (Revolución Ciudadana) avocará, hoy 2 de julio de 2024, conocimiento de solicitud de juicio a la canciller, Gabriela Sommerfeld (Foto Asamblea)
mayoría, a ADN no le alcanzaron los números. Este bloque que, al inicio del actual periodo legislativo, llenó 25
espacios, en mayo de 2024 sumó 9 apoyos: los disidentes del PSC, del correísmo y de Gente Buena. (SC)
POLÍTICA
¿Debe preocuparse Ecuador por la posible reelección de Maduro?
Una nueva oleada migratoria, la desestabilización política en la región y la imposibilidad de generar acuerdos regionales son los principales riesgos que corre la región y Ecuador ante la posible reelección de Nicolás Maduro en Venezuela.
Aunque algunas encuestas muestran una remota ventaja de Edmundo González , candidato opositor en Venezuela , frente a Nicolás Maduro , son pocos los que esperan un cambio de Gobierno tras el proceso de “elecciones exprés” que organiza el Consejo Nacional Electoral venezolano y que busca relegitimar al régimen chavista de cara a la comunidad internacional
Según un estudio de la encuestadora venezolana Meganalisis , de mayo de 2024, en Venezuela el 89% de los ciudadanos no cree en el Socialismo del Siglo XXI como modelo de gobierno. Y al ser consultados sobre sí permanecerían en el país en caso de reelegirse Maduro en la presidencia de Venezuela, el 41,1% de los venezolanos señaló que se iría, un 45,2% dijo no tener una decisión tomada (no saben) y tan solo el 13,7% manifestó que se quedaría en el país. Con esta realidad en Venezuela, los países de América Latina y de la región deben comenzar a evaluar cuál puede ser el impacto que generaría la permanencia de Maduro y sus consecuencias políticas y migratorias
La desestabilización política , el incremento en
DEMOCRACIA.UN eventual triunfo de Nicolás Maduro dejaría las relaciones bilaterales con Ecuador sin cambios. Foto: EFE
el flujo migratorio y la imposibilidad de desarrollar acuerdos de integración en la región son algunas de las preocupaciones que enumeraron para LA HORA los especialistas: Richard Salazar Medina, Francisco Proaño Arandi y Gabriel Hidalgo.
Impacto migratorio
La primera preocupación que tienen los especialistas es el impacto y el posible
incremento de los flujos migratorios de ciudadanos venezolanos que salen de su país buscando oportunidades para una mejor calidad de vida.
El exembajador Francisco Proaño Arandi indicó que “el principal riesgo es, como lo señalan algunas encuestadoras u observatorios políticos, que se incremente el número de personas que saldrían de Venezuela”.
Relaciones entre Ecuador y Venezuela sin cambios
° Los especialistas señalaron que ante un eventual triunfo de Maduro, las relaciones entre Ecuador y Venezuela se mantendrán suspendidas, como parte de las política exterior que maneja el régimen chavista.
Proaño Arandi señaló que “cualquier gesto de acercamiento a Venezuela no tiene ninguna razón. El Gobierno al no dar ninguna señal indica que no hay necesidad de acercamiento político a Venezuela”. En este aspecto, Gabriel Hidalgo señaló que Ecuador y el Gobierno de Daniel Noboa, deben presentar una “posición diplomática más clara, más firme, en defensa de la democracia y de los derechos humanos en Venezuela”.
Richard Salazar Medina manifestó sus críticas a la política exterior de Noboa, indicando que hasta el momento ha sido “errática”.
Advirtió que el régimen de Maduro, “hará lo que sea necesario para desestabilizar la situación de cualquier país que no esté alineado con el Socialismo del Siglo XXI”.
Por lo que recomendó que, “en el caso de Venezuela, el Ecuador lo que necesita es pedir que las elecciones sean democráticas e insistir en que funcionen las instituciones. No creo que sea prudente que Noboa, en este momento, se pelee con Maduro porque el Ecuador no necesita pelearse con absolutamente nadie más”.
tener unas medidas coordinadas para la región andina, esto es Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia”.
Por su parte, el académico del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), Gabriel Hidalgo, puntualizó que la reelección de Maduro “va a prolongar la inestabilidad política en ese país y esa inestabilidad política repercute en la inestabilidad económica y de los mercados, acrecentando los flujos migratorios de venezolanos”.
Recordó que para los ciudadanos venezolanos Ecuador se ha convertido en un país de tránsito. “Vamos a ver a más venezolanos en la región que transiten por el Ecuador y que traigan las consecuentes dificultades que generan los flujos migratorios necesitados de espacios de trabajo”.
Puntualizó que, en ese caso, “aumentaría de manera importante el número de venezolanos en un país, que en este momento arroja una crisis económica y social”. Richard Salazar Medina, académico y experto en Relaciones Internacionales, advirtió que ante este posible escenario es preocupante que no exista una respuesta regional al tema. “Hay que tener en cuenta que el régimen de Maduro ha expulsado millones de venezolanos en toda la región y el mundo desde hace muchos años”.
El académico indicó que, “el continente tiene que trabajar una agenda migratoria por el efecto que tiene la permanencia de Maduro en el Gobierno de Venezuela”.
Alertó que hasta el momento los países de la región siguen sin establecer una línea de gobernanza sobre la materia. “Llama la atención que la comunidad andina no esté trabajando de una forma más comprometida e institucional, para tratar de
Panorama político Salazar Medina puntualizó que, debido a las condiciones del modelo electoral venezolano, será difícil una victoria del candidato opositor, “es un hecho que Maduro será reelecto porque ya sabemos que las instituciones lastimosamente en Venezuela están totalmente cooptadas por el madurismo”.
Señaló que el proceso electoral que se desarrolla en Venezuela, “no son más que una pantalla para legitimar la continuidad indefinida de Maduro. Eso de por sí ya es un punto bajo para la democracia en la región”, lamentó.
Por su parte, Proaño Arandi recordó que las acciones del régimen de Maduro seguirán siendo negativas para la región y para la democracia,
“Ha dado muestras de corrupción, represión, intolerancia y es reñido a los parámetros democráticos, lógicamente, esto oscurece más el panorama político”, dijo Arandi.
Acotó que, en el caso de una eventual victoria de la oposición venezolana, “se podrían abrir las perspectivas en un contexto que seguirá siendo complejo, pero por lo menos habría posibilidades de una apertura política y de un desarrollo económico racional”. (ILS)
La crisis económica dispara los contratos laborales de corta duración
Entre enero y mayo de 2024, casi se triplicó el promedio mensual de contratos por obra o servicio determinado en comparación a 2023. En ese mismo periodo, los contratos especiales emergentes se duplicaron.
En 2023 se firmaron, en promedio, 3.567 contratos por obra o servicio determinado dentro del giro del negocio cada mes. Entre enero y mayo de 2024, el promedio mensual de este tipo de contrataciones se disparó a 9.859.
En el caso de los contratos especiales emergentes , en 2023, el promedio llegaba a los 4.512 por mes. Pero, entre enero y mayo de 2024, el promedio mensual también se disparó a 11.257 contratos.
De acuerdo con Raúl Bolaños, economista y pequeño empresario, esto es un reflejo de una economía a la baja, con menos consumo e inversión, y bajo la sombra de la incertidumbre y la inestabilidad política (el país está a puertas de entrar en otro proceso electoral).
“Los empresarios buscan minimizar costos y riesgos. Por eso, contratan más a corto plazo, buscando la mayor flexibilidad ante un posible mayor deterioro de la economía. De facto, el mercado laboral, a pesar del rechazo del trabajo por horas en la consulta popular, se decanta más por contratos que pueden durar desde un día hasta un año”, puntualizó.
En el caso del contrato emergente se puede celebrar por un plazo que va desde un día hasta un año, y se puede renovar por el mismo período originalmente celebrado.
La jornada de trabajo puede ser parcial o completa, con un mínimo de 20 horas y un máximo de 40 horas semanales, que se podrán distribuir en máximo seis días sin sobrepasar las ocho horas diarias.
Este contrato no está regido por las normas del Código del Trabajo, sino por la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del Covid-19. Se puede terminar unilateralmente en cualquier momento, tanto por el empleador como por el empleado, sin recargos adicionales.
Por otra parte, la vigencia
Gran
que ya tienen.
del contrato por obra o servicio determinado dentro del giro de negocio es por el tiempo que dure: La prestación del servicio o la realización de la obra y/o proyecto específico.
Empresas venden menos
Según el último reporte del Banco Central del Ecuador (BCE), los principales indicadores económicos cayeron durante el primer trimestre de 2024. Así, el consumo de los hogares decreció 1,1%, el gasto del Gobierno se contrajo 0,3%; las exportaciones también cayeron 0,5%; mientras la inversión se redujo 1,3%.
“El consumo de los hogares se vio afectado por la disminución de la demanda de los servicios de comercio y de transporte. Por su parte, la reducción del gasto del Gobierno se sustentó en una disminución en sus servicios administrativos”, puntualizó el reporte del BCE.
Contradictoriamente, el factor que más favoreció el crecimiento del 1,2% de la economía ecuatoriana entre enero y marzo de 2024 fue el aumento del 1,5% en la acumulación de existencias o inventarios en las empresas.
Ante las menores ventas internas y externas, las empresas
Con estos números (caída de ventas y del crédito), el Ministerio de Finanzas insiste en extraer el capital de trabajo de las empresas mediante esquemas de autorretención (anticipo impuesto a la renta )que no responden a la lógica. Luego se preguntan por qué no hay crecimiento económico en el Ecuador”,
JOSÉ
ANTONIO
CAMPOSANO,
PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA CÁMARA NACIONAL DE ACUACULTURA.
acumularon más productos en sus bodegas.
“La demanda se contrae, a pesar de que el PIB crece. Hay mayor aumento de inventario en las empresas porque no hay venta”, explicó Freddy García, economista y consultor del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Por su parte, José Xavier Orellana Giler, apuntó que la variación de existencias registra cambios en el valor de los bienes, tanto de materias
¿Cuáles cree que son las principales barreras para encontrar un nuevo empleo?
1No hay oportunidades laborales 36,7%. Gran parte de las empresas busca solo sostener el empleo que tiene y las nuevas contrataciones se hacen solo cuando es inevitable.
2Competencia elevada 18,5%, Cada año ingresan al mercado laboral al menos 100.000 personas. El número de empresas creadas no crece al mismo ritmo y los negocios ya constituidos tienen problema de financiamiento y proyecciones de bajas ventas
3Edad 13,9%. Los beneficios tributarios han aumentado en algo el empleo entre 18 y 29 años; pero han empeorado las posibilidades de los de mayor edad, sobre todo de 45 años o más.
Esto refuerza el hecho de que las empresas están utilizando cada vez más contratos de corta duración o por proyectos específicos para evitar los altos costos de los contratos de trabajo indefinido.
primas como de productos en proceso de fabricación y terminados en poder de las unidades productivas y del comercio.
“Toca vender con rebaja para mover inventario, destruyendo valor empresarial”, dijo.
Así, en un escenario en el que se acumulan inventarios porque no se pueden vender, y se debe recurrir a rebajas para mover algo, las empresas tienen poca liquidez para invertir y contratar. Solo lo hace si es estrictamente necesario y con la mayor flexibilidad que la ley les permita.
A todo esto, hay que sumar que el crecimiento mensual del crédito al sector privado ha venido cayendo constantemente desde 2022.
En otras palabras, el crédito escasea y, en el mejor de los casos, se concentra en las grandes empresas, dejando poco para las Mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas), que son las que más generan empleo en Ecuador.
Terminación de contratos Según la última encuesta de Click Report, ante la pregunta de ¿Cuál fue la principal razón de su último desempleo?
El 30,9% de los encuestados dijo que la razón fue la terminación del contrato de trabajo.
En una reciente entrevista con LA HORA, Rodrigo Ibarra, actuario y presidente ejecutivo de Actuaria Consultores, recalcó que hay costos muy altos para un empresario en Ecuador si se compara con sus vecinos de Colombia y Perú. “Por ejemplo, el tema impositivo es uno de los más altos, pero tienes el 15% de utilidades para los trabajadores, la jubilación patronal y los fondos de reserva. Cuando uno va sumando, todo eso resulta que el costo laboral es muy elevado”, añadió.
Si a esto se suma un entorno de baja demanda y ventas, las contrataciones de corto plazo se vuelven más atractivas para las empresas; pero también hace que los ecuatorianos que se quedan sin empleo demoren más (hasta dos años) en encontrar un nuevo trabajo formal. El 22,43% de los encuestados por Click Reporte apunta al cierre de la empresas o negocio como la segunda mayor causa de su último desempleo. Esto quiere decir que la terminación del contrato y el cierre de las empresas concentran más del 53% de los casos de ecuatorianos que se han quedado sin oportunidades laborales. (JS)
INCERTIDUMBRE.
parte de las empresas está en modo supervivencia e intentado mantener el empleo
El Ecuador está entre los países con menos uso de condón
Solo 9,2% de la población sexualmente activa usa condón según un estudio de la revista científica británica ‘The Lancet’. Mientras que la encuestadora Click señala que 6 de cada 10 hombres evita usar preservativos.
Los condones son el único método anticonceptivo que previene las enfermedades de transmisión sexual (ETS).
Pese a esto, en Ecuador, solo 9,2% de la población sexualmente activa lo utiliza, se gún un estudio sobre el uso de métodos anticonceptivos reali zado por la revista científica bri tánica ‘The Lancet’.
La medición determinó que Ecuador es el segundo país de la región donde el uso de preservativos es mínimo. El primer país con esta problemática es Venezuela, mientras que Argentina, Perú y Brasil tienen los niveles más altos de uso de condón.
‘Click Research’, que señala que seis de cada 10 hombres afirma no usar preservativos habitualmente.
Hay anticonceptivos gratuitos
Según datos del Ministerio de Salud Pública (MSP), Pichin-
Cómo acceder a una autoprueba gratuita para detectar el VIH
° El MSP informó que desde febrero de 2024 está en marcha un plan piloto con autopruebas orales para detectar el VIH en Ecuador.
Actualmente, los kits de autoprueba están en 11 establecimientos de salud y en las sedes provinciales de la Coalición Ecuatoriana de Personas que Viven con VIH/
sida (Cepvvs) o de Corporación Kimirina. El resultado se obtiene en 20 minutos.
Las pruebas que están disponibles en Ecuador son llamadas Autotest Oraquick y determinan la presencia de anticuerpos VIH-1 y VIH-2, por medio de la saliva.
Las personas deben recolectar su propia muestra biológica (saliva) y se pueden practicar la autoprueba solos. Es similar a una prueba casera de embarazo. Los centros donde se encuentran actualmente estas pruebas son:
encabeza la lista de provincias donde hay más solicitudes de métodos anticonceptivos. Le siguen , Esmeraldas, Tungurahua y Los Ríos. Mientras que las provincias donde menos solicitudes se receptan Galápagos y Cañar.
“La edad, la etnia, el sexo, la identidad sexo-genérica, la condición migratoria, el nivel de instrucción no son, en ningún caso, condicionamientos para brindar información y acceder a un método anticonceptivo”, indica el MSP. Por lo que todos los ecuatorianos pueden acercarse a los centros de salud y acceder de for-
1 Guayas: Centro El Cisne 2Hospital Guasmo Sur Pichincha: Centro de Salud Centro Histórico - Hospital Docente de Calderón.
2 Esmeraldas: Centro de Salud Las Palmas.
3 Manabí: Centro de Salud Manta.
4 Santo Domingo de los Tsáchilas: Hospital Rodríguez Zambrano- Centro de Salud Augusto Egas.
5 Santa Elena: Materno Infantil Venus de Valdivia.
6. Azuay: Centro de salud Carlos Elizalde.
7. El Oro: Brisas del Mar.
PREVENCIÓN. Los condones son el único método anticonceptivo que puede proteger contra embarazos no deseados, así como infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH.
ma gratuita a estos métodos e incluso al de emergencia, que es la pastilla del día después.
Por qué no se usa condón? Doris Beltrán, ginecóloga, señala que el país no ha actualizado las cifras sobre enfermedades de transmisión sexual (ETS). “Las campañas se enfocan mucho en el VIH, lo cual está bien, pero no es lo único que pasa. Si no hay datos actualizados y no hay socialización, la gente percibe que no pasa nada y que el uso del condón es innecesario. A eso debe sumarse el mito de que las relaciones sexuales se vuelven menos placenteras”. Los últimos datos detallan que, en Ecuador, entre 20072010, se reportó una prevalencia de 1,2% de gonorrea, 0,8% de sífilis, 0,8% de herpes genital, 1,6% de VIH y 95,6% de otras ETS. Según un estudio de Uniandes, los hombres son quienes menos responsabilidad tienen con su vida sexual.
“Al comparar con las mujeres, hubo una mayor prevalencia de hombres con h á bitos oro-genital, h á bito genito-anal, sin protección en la primera relación sexual y tenencia de múltiples parejas sexuales”, inidca el estudio universitario.
En 2023 se determinó que un promedio de 11 personas en Ecuador reciben a diario la noticia de ser VIH positivos. En ese año se cerró con 45.078 casos, 5.000 más que en 2022. (AVV)
lahora.com.ec
POLÍTICA Asamblea posesionó a Ricardo Morales como nuevo Defensor Público
PAÍS Ministerio del Trabajo solicita examen especial a contratos colectivos de empresas públicas
ASAMBLEA Fiscalización archivó tres solicitudes de juicio contra excolaboradores de Guillermo Lasso
QUITO Conozca la falla que provocó el temblor de 4,2 grados en Puembo
TRÁMITES ¿Cómo saber si una persona está afiliada al IESS sin conocer la clave?
20 años sin el genio amado y odiado por la industria
Actor estadounidense, considerado uno de los mayores mitos en la historia del cine. Marlon Brando era el tercero de los hijos del matrimonio formado por Dorothy Pennebaker, de sangre irlandesa, y Marlon Brando, descendiente de franceses. El 1 de julio de 2004, a la edad de 80 años, se apagó su luz.
Diario
Algunas de sus películas más taquilleras Filmografía más popular
‘On the Waterfront’ ‘Viva Zapatal’ ‘A Streetcar Named Desire’ ‘Julius Caesar’
$3,7 M fue su salario por interpretar a Jor-El en ‘Superman’ (1978).
$1,25 M cobrados por su papel en ‘Mutiny on the Bounty’, fue el primer actor en superar la base salaria de $1 M.
$50.000 cobró por protagonizar ‘The Godfather’.
Curiosidades
Brando, al igual que su coprotagonista, Vivienne Leigh, en la película ‘Un tranvía llamado Deseo’ se encontraban casados respectivamente, eso no les impidió enamorarse y casarse en 1940, pero terminaron divorciándose porque ambos fueron infieles.
En ‘Superman Returns’ de 2006, la aparición de Brando se dió gracias a la tecnología. La primera fue al minuto 15:35, cuando Lex Luthor irrumpe en la antigua casa de Superman en busca de los cristales.
La segunda aparición fue al minuto 52:49 cuando JorEl aconseja a su hijo que no intervenga en los sucesos de la humanidad. (voz en off)
En 1972, su magistral actuación como Vito Corleone lo lleva a ser ganador de su segundo Óscar en 1973, pero con el objetivo de expresar su rechazo a la Academia por el maltrato y la imagen estereotipada que recibían los pueblos indígenas en las películas, envió a Sacheen Littlefeather, una nativa americana, quien subió a rechazar la estatuilla
Revelaciones de abuso
En 2007 (3 años después de la muerte de Brando), Maria Schneider otorgó una entrevista al Daily Mail en la que reveló que la famosa escena de la película ‘El último tango en París’, donde el personaje encarnado por Brando usa manteca para sodomizarla, no había contado con su consentimiento. “Me informaron justo antes de filmarla. Debí llamar a mi agente o tener un abogado en el set de rodaje, porque no puedes forzar a alguien a hacer algo que no está en el guion, pero yo no lo sabía. Marlon me dijo que no me preocupara, que solo era una película, pero yo estaba llorando de verdad (...) . Para ser honesta, me sentí humillada. Me sentí un poco violada por ambos (...)”. De hecho, luego de terminar la película, Maria no quiso volver a ver a Bertolucci ni a hablar con él.
Premios de la academia
Óscar: 8 nominaciones y 2 ganados
Globos de oro: 10 nominaciones y 5 ganados BAFTA: 7 nominaciones y 3 ganados
‘Superman’ (1978) ‘The Godfather’ (1972)
‘The Score’ (2001) ‘Apocalypse Now’ (1979) ‘Don Juan DeMarco’ (2016)
‘The Island of Dr. Moreau’ (2016)
Gráfico: XPM Fuente: EFE - Infobae
LA HORA
El plan de estabilización de Milei entra en su ‘fase 2’
El plan del presidente de Argentina, Javier Milei, se enfoca principalmente en el saneamiento definitivo del balance del Banco Central.
BUENOS AIRES. El plan del presidente de Argentina, Javier Milei, para estabilizar la economía del país suramericano ingresa en su ‘fase 2’, con foco en el saneamiento definitivo del balance del Banco Central, tras haber logrado en la primera parte recuperar el equilibrio fiscal mediante un fuerte ajuste de ‘shock’.
Entre otras cosas, el Banco Central de Argentina (BCRA) dejará de emitir dinero para financiar los intereses que paga por sus pasivos remunerados, el segundo mayor ‘grifo’ de emisión luego del destinado a la financiación del déficit del Tesoro, considerado por el Gobierno como la principal causa de la elevada inflación en Argentina (276,4% interanual y 4,2% mensual en mayo).
Para ello, los pasivos remunerados del Banco Central serán reemplazados por deuda del Tesoro: los bancos colocarán sus excesos de liquidez, ya no en Pases Pasivos (un tipo de instrumento emitido por el BCRA), sino en Letras de Regularización Monetaria, emitidas por el Tesoro.
“En contrapartida el Tesoro
aumentará su deuda de mercado a tasa flotante y pagará más intereses, lo que exigirá mayor superávit primario para mantener el superávit financiero”, observó la firma Delphos Investment en un informe.
Incógnitas sobre el plan de Milei
Cómo hará el Gobierno para prolongar el fuerte ajuste fiscal en un contexto aún de contracción económica y crecientes tasas de pobreza es una de las mayores incógnitas, más allá del ‘aire fresco’ que cree haber conseguido con la reciente aprobación parlamentaria del paquete de reformas económicas impulsado por Milei.
Luego de este proceso la única fuente de emisión monetaria sería para la compra de dólares por parte del Banco Central con el objetivo de recomponer sus alicaídas reservas monetarias.
Y queda aún pendiente una solución al millonario volumen de ‘puts’, una especie de seguro de liquidez de títulos de deuda otorgado por el BCRA, que requerirá un acuerdo con los bancos.
El anuncio de la ‘fase 2’ se da en medio de crecientes dudas entre los inversores, quienes comienzan a ver como necesarios cambios en la política cambiaria para ir convergiendo hacia una unificación de los muchos tipos de cambio que coexisten en Argentina y la apertura del denominado ‘cepo cambiario’.
Sin embargo, el Gobierno dijo que el tan esperado levantamiento de las restricciones cambiarias, una de las principales promesas de la campaña que llevó a Milei a su triunfo electoral en 2023, quedará para una tercera fase del programa, sin plazo definido y sujeta al cumplimiento de ciertos “parámetros”. EFE
CONTRATACIÓN INTEGRAL POR PRECIO FIJO CADE-001-2024
I. CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN
SECCIÓN I CONVOCATORIA
Se convoca a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación, que se encuentren habilitados y sin impedimento, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para la CONSTRUCCIÓN DEL COMPLEJO EDUCATIVO (FASE 1: EDIFICIO DE AULAS Y CUBIERTA DE ACCESO) DEL COLEGIO ADVENTISTA DEL ECUADOR – CADE.
El presupuesto referencial es de 1,183,845.57 (Un millón ciento ochenta y tres mil, ochocientos cuarenta y cinco con 57/100) dólares de Estados Unidos de América, sin incluir el IVA, y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de 10 meses, contados a partir de la notificación de la DISPONIBILIDAD DEL ANTICIPO
Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:
1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del CADE. (https://licocade.mapping.ec/)
2. Los interesados podrán formular preguntas en el término de tres días (3) contados a partir de la fecha de publicación. La Comisión Técnica absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de tres días (3) subsiguientes a la conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones.
3. La oferta se presentará de forma electrónica en el siguiente correo electrónico financiero@cade.edu.ec; hasta el día 05 de julio a las 14:00 horas, debidamente firmadas por el oferente. La apertura de las ofertas se realizará un día después de la recepción de las ofertas. El acto de apertura de ofertas será en público (vía online) y se efectuará en las mismas instalaciones del CADE.
4. La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación incluido IVA.
5. El procedimiento NO contempla reajuste de precios por tratarse de un proceso de precio fijo.
6. La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en las condiciones de contratación.
7. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto del CADE.
8. Anticipo: 40%
9. Forma de pago: El 60% restante se pagará contra presentación de planillas de obra, debidamente aprobadas por la fiscalización y autorizadas por el administrador del contrato.
La UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR ADVENTISTA DEL ECUADOR - CADE, se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.
Gabriela Vivanco
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ECONOMÍA. El presidente de Argentina, Javier Milei.
Quejas por especulación de precios en mercados de Ambato
Según los compradores, ya les cobraron más por algunos productos de primera necesidad como frutas o verduras.
Desde el 28 de junio rige en Ecuador el aumento en el precio de las gasolinas Extra y Ecopaís , lo cual ha dado paso a especulación de precios en productos de primera necesidad.
Los nuevos costos se aplicaron después del retiro de los subsidios a estos dos tipos de combustibles de bajo octanaje y de mayor consumo dentro del país.
Según el Gobierno Nacional, esta decisión se tomó porque el gasto para subsidiar los combustibles fue de 3.265 millones de dólares en 2023, monto que supera los presupuestos destinados a la salud y programas de protección social.
En los mercados de Ambato ya existen quejas sobre el incremento de precios en varios productos con la excusa del incremento de los combustibles.
Especulación
Mayra Sánchez, madre de familia, dijo que el domingo que acudió al mercado
Simón Bolívar para hacer compras ya existió un aumento de hasta 25 centavos
EL DATO
Quienes realicen de manera injustificada un alza de precios de los productos podrían ser sancionados con 15 o 30 días de prisión, esta contravención está catalogada en la Ley del Consumidor.
en productos de la Costa.
“El verde y el pescado me cobraron más, dicen que es por la gasolina, pero yo creo que es solo un pretexto”, dijo la mujer.
Este lunes en el mercado Cristóbal Colón surgió la misma queja, Carla Tipán, aseguró que la semana pasada compró cinco cholos en un dólar, hoy solo le dieron cuatro.
“El domingo que hice compras todo me cobraron normal, ahora ya salen con la novedad de que todo está más caro”, indicó.
De igual manera, aseguró que es necesario el control de las autoridades para que se
MERCADOS. Varios compradores alertaron sobre especulación de precios en varios productos.
respeten los precios y no se afecte la economía de los ciudadanos.
“Dónde está el Intendente, la Gobernadora, aquí nadie hace nada para evitar estas cosas”, mencionó.
Dentro del mercado Mayorista varios compradores aseguran que también se registró una variación en productos como el melloco, las papas, la arveja, ajo, cebolla,
Inscripciones abiertas para los cursos vacacionales en Juan Benigno Vela
Niños y adolescentes podrán participar en los cursos vacacionales organizados por el Gobierno Parroquial de Juan Benigno Vela perteneciente a Ambato.
Los participantes podrán aprender distintas disciplinas, entre ellas, fútbol, básquet, defensa personal, música, danza, juegos populares, fotografía e inglés.
Además, podrán mejorar sus conocimientos adquiridos en los cursos vacacionales del año anterior, en la se-
gunda etapa de los cursos de robótica y locución infantil. Las personas interesadas pueden asistir hasta las oficinas del Gobierno Parroquial para cumplir con la inscripción , para ello, el representante deberá llevar una copia de cédula de identidad tanto suya como de su representado.
Todos los cursos son gratuitos y las inscripciones estarán disponibles hasta que los cupos existentes se agoten.
CURSOS. Danza es una de las actividades que se realizarán. (Foto para ilustrar)
En cuanto a los horarios, estos serán indicados de acuerdo a cada curso al momento de la inscripción de los niños y adolescentes. (VAB)
tomate, mandarina y naranjilla de entre 10 y 25 centavos.
Mariela Condo, una de las comerciantes del área del consumidor final de este centro de expendio, contó que acudió a comprar a las 03:00 y que le tomó por sorpresa el precio de algunas de las verduras que vende.
“Nos dijeron que es posible que los próximos días todo cueste más caro por la gasolina”, indicó.
Controles
Con el fin de conocer el trabajo que realiza la Intendencia de Policía sobre la especulación de precios, este medio de comunicación se contactó con Paúl Viteri, nuevo intendente de Tungurahua, quien mencionó que no puede ofrecer información vía telefónica. (RMC)
SANTO DOMINGO
Vía Alóag está habilitada para el feriado de cantonización
Los santodomingueños tendrán el fin de semana para festejar y hacer turismo local.
El miércoles 3 de julio se celebra el aniversario 57 de Santo Domingo Sin embargo, este feriado fue trasladado al viernes 5. Los problemas en el kilómetro 90 de la vía Alóag han sido superados, y los turistas pueden llegar a la provincia sin inconvenientes.
En el comunicado oficial, emitido por la Gobernación de la provincia Tsáchila, se informó que el día de descanso obligatorio regirá únicamente para el cantón ‘colorado’.
Con esta disposición, quedó confirmado que todas las dependencias públicas trabajarán con normalidad el 3 de julio, pero es opcional para el sector privado.
Esto ha generado algunos cambios. Por ejemplo, el hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) detalló que los turnos correspondientes al viernes serán adelan-
VIALIDAD. La circulación por la vía Alóag – Santo Domingo es normal.
tados para el miércoles 3 de julio.
Vía Alóag
Los trabajos realizados en el kilómetro 90 dieron resultados positivos y permitieron que la red estatal esté habilitada para el feriado de cantonización.
Los turistas de la Sierra pueden viajar con normalidad hacia Santo Domingo y disfrutar de múltiples actividades que aún quedan en el programa de fiestas, como los conciertos gratuitos.
Disparado por oponerse al robo de su vehículo
Delincuentes armados llegaron hasta el recinto El Descanso, en la parroquia rural Valle Hermoso, para sustraer un carro y terminaron hiriendo al propietario.
El hecho ocurrió aproximadamente a las 20:30 del domingo 30 de junio. El perjudicado fue interceptado en los exteriores de su domicilio, pero forcejeó con los sujetos para evitar el robo de su transporte.
La reacción del hombre ocasionó que uno de los antisociales active el arma de fuego y le dispare a quemarropa, resultando con heridas en el cuello y en los dedos de una extre -
midad superior.
Auxilio
La mujer e hijo de la víctima corrieron hacia el domicilio y dieron aviso a los uniformados que trabajan en la Unidad de Policía Comunitaria
Valle Hermoso, quienes acudieron al lugar.
Los protagonistas de este delito corrieron con rumbo desconocido para no ser aprehendidos y, lamentablemente, el operativo de búsqueda no arrojó resultados positivos.
El hombre disparado fue evacuado del lugar y, kilómetros más adelante, fue auxiliado por paramédicos
Representantes de la Policía Nacional han reconocido que existe la migración de delitos a la zona rural.
de Consulting Group, quienes lo estabilizaron para derivarlo a una casa de salud. Al procedimiento se sumó personal de la Dinased e iniciaron las investigaciones del caso para tratar de identificar a los responsables de este violento ataque armado. (JD)
Las actividades planificadas por la municipalidad culminarán el jueves 4 de julio. EL DATO
Normalidad
° La terminal terrestre trabajará normalmente este viernes 5 de julio. Se indicó que, al no ser un feriado nacional, el número de pasajeros que transitan es reducido.
del peaje estará activado un grupo de técnicos para reaccionar ante cualquier emergencia.
Plan de contingencia
Armando Padilla, comandante de la subzona de Policía , manifestó que designaron 350 uniformados para que brinden seguridad durante las festividades de cantonización.
El personal de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) estará continuamente en el kilómetro 90 para dirigir el paso vehicular, pero en la actualidad ya no hay restricción. Asimismo, en la estación
Confirmó que han puesto mayor atención en las actividades de concentración masiva, casco comercial de la ciudad y también en lugares catalogados como focos rojos. Hasta el momento, se han realizado 17 eventos públicos y, afortunadamente, no se registraron inconvenientes. “Seguiremos trabajando en las zonas conflictivas y en el barrido de libadores”, sostuvo el jefe policial. (CT)
ATENCIÓN. El herido fue trasladado a una casa de salud.
Preparativos en marcha para la 195 Feria de Loja
La 195ª Feria de Loja se celebrará del 29 de agosto al 22 de septiembre de 2024, consolidándose como un evento de integración, innovación y tradición que impulsa el desarrollo económico y cultural.
La ciudad de Loja se prepara para la 195ª edición de su emblemática feria, que se llevará a cabo del 29 de agosto al 22 de septiembre de 2024. La Feria de Loja, una tradición que ha perdurado desde 1829, promete una vez más ser el epicentro del comercio, la cultura y la innovación en el Sur de Ecuador.
Diego Lara, gerente de la Corporación de Ferias de Loja, compartió detalles sobre los preparativos y expectativas para este año. “La Feria de Loja no es solo una tradición, es un motor de desarrollo económico y social para nuestra región,” señaló Lara. “Este año, estamos comprometidos en ofrecer una experiencia aún más enriquecedora para nuestros visitantes y expositores.”
El pasado 23 de junio culminó la etapa de postulación para emprendedores y artesanos, quienes esperan con entusiasmo mostrar sus innovaciones y productos en la feria. “Estamos muy satisfechos con la respuesta de los expositores. Este año, hemos logrado una comercialización del 100% de los espacios, lo que refleja el interés y la demanda que genera nuestra feria,” comentó Lara.
Historia y evolución de la Feria de Loja
Desde su creación por el Libertador Simón Bolívar, la Feria de Loja ha sido un punto de integración entre los países de la Gran Colombia, destacándose como la primera feria de América del Sur. Con el tiempo, se ha conso-
lidado como el evento ferial más grande del Ecuador, y actualmente se proyecta hacia el norte de Perú, fortaleciendo la integración fronteriza.
Desde 2015, la feria ha experimentado una renovación en su concepto, integrando innovación y emprendimiento sin perder sus raíces culturales, gastronómicas y de entretenimiento. “Hemos visto un impacto positivo en el ecosistema de emprendimiento de la región, con un aumento en la generación de empleo y el movimiento comercial,” destacó Lara.
Novedades y expectativas para 2024
La edición de este año promete ser especial, con más de 170 eventos programados y una cartelera diversa que
incluye 12 noches de feria. Lara adelantó algunas de las innovaciones en infraestructura que los visitantes podrán disfrutar. “Estamos trabajando en mejoras significativas en la infraestructura para brindar una mejor experiencia. Habrá nuevas áreas de exposición y más alternativas de comercio y entretenimiento.”
La reciente Feria Agropecuaria Nuestra Señora del Cisne, realizada del 21 al 23 de junio, dejó altas expectativas. “Este evento superó nuestras expectativas y se posiciona como una de las tres mejores
ferias del país. Esto demuestra que la colaboración entre el sector público y privado es clave para el éxito de estos eventos,” afirmó Lara. Con estos antecedentes, la 195ª Feria de Loja se perfila como una edición memorable, reafirmando su objetivo como un evento de relevancia nacional e internacional. “Invitamos a todos a ser parte de esta gran celebración. La Feria de Loja no solo es una tradición, es una experiencia que une a las personas y fomenta el desarrollo de nuestra región,” concluyó Lara. (YP)
CONMEMORACIÓN. Las autoridades parroquial y cantonal, en la firma de importantes convenios para el desarrollo de San Pablo de Tenta.
Un paraíso de sabores en Súa
Súa, ubicado en el sur de Esmeraldas, se ha convertido en un referente gastronómico nacional. La región ofrece una amplia variedad de delicias culinarias que destacan por su sabor y frescura.
Recorrer las playas de Súa es una experiencia culinaria incomparable. Los visitantes pueden disfrutar de los ceviches más frescos, preparados con ingredientes recién sacados del mar.El ceviche es uno de los platos estrella de la región. Los comensales pueden elegir entre ceviches de pescado, concha, camarón o langosta. Estos exquisitos manjares están disponibles todos los días y a precios que oscilan entre los $5 y $10.
Para todos los gustos Pero la gastronomía de Súa no se limita a los productos del mar. La región ofrece una amplia gama de platos que deleitan el paladar de
cualquier visitante. Entre las opciones más populares se encuentran el tamal, un platillo tradicional preparado con masa de maíz y relleno de carne, vegetales y especias, envuelto en hojas de plátano y cocido al vapor. Otra delicia es el maduro asado, una preparación a base de plátano maduro que se cocina a la parrilla hasta obtener una textura suave y un sabor dulce irresistible. El bolón, una bola de plátano verde rellena de queso o chicharrón, es otra opción imperdible.
El encebollado, una sopa de pescado con yuca y cebolla, es perfecto para un desayuno nutritivo y revi-
talizante. Para los amantes de los postres, el raspado de sabores, una especie de granizado con jarabes de frutas, ofrece una refrescante opción para combatir el calor.
Finalmen te, los corviches, una especie de croqueta de plátano verde rellena de pescado, son ideales para un snack rápido y sabroso. En resumen, Súaes un verdadero paraíso gastronómico. Con su variedad de platos frescos y deliciosos, se ha consolidado como un destino de visita obligada para aquellos que desean explorar los sabores auténticos de la región. Ya sea que prefieras mariscos frescos o platos tradicionales de la zona, Súa tiene algo especial que ofrecer a cada visitante.(DLH)
BELUGAS SE ADAPTAN A UN NUEVO HOGAR
Las dos belugas evacuadas al Oceanogràfic de Valencia (España) desde el Delfinario NEMO de la ciudad de Járkov (Ucrania), devastada por la guerra, se adaptan a su nuevo hogar.
Los animales llegaron al Oceanogràfic en unas condiciones de salud delicadas tras un largo viaje desde la zona de conflicto.EFE
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Imbabura-Carchi
NOCIONES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO ECUATORIANO
Autor:Dr. Pablo Castañeda.
El 9 de agosto del 2020, se presenta el libro denominado Nociones de Derecho Administrativo Ecuatoriano, Editorial Kinnor, Quito, 164 páginas, cuyo autor es el Dr. Fernando Ortega Cárdenas,
actual Conjuez de la Corte Nacional de Justicia, quien posee experiencia como asesor de los Consultorios Jurídicos de la PUCE, Dirección Nacional de Cooperativas, Cooperativa COOPAD, docente y expositor en foros organizados por el IAEN y otras instituciones; el
autor se propone, actualizar el conocimiento de las principales instituciones del Derecho Administrativo, incentivar a sujetos y agentes del Derecho Administrativo para que adopten una dimensión de comprensión y aplicación de la ley, basada en la axiología, filo-
sofía del derecho, principios y garantías propias de esta disciplina, así mismo compartir su práctica y experiencia como Juez nacional especializado, resolviendo conflictos judiciales en la magistratura que ejerce desde cerca de una década. En el texto, el autor refleja
CONSULTA LABORAL
¿Cuándo cabe el pago de triple de recargo de las remuneraciones determinado en el Art.94 del Código de Trabajo?
RESPUESTA
El Art.94 del Código del Trabajo contempla una sanción para el empleador moroso que hubiere dejado de pagar las remuneraciones que le corresponde al trabajador. Para que proceda este pago se requiere que el empleador estuviese en mora, conforme los plazos que establece la ley, para el pago de remuneraciones haya sido necesario el ejercicio de la acción judicial.
La ley no establece como condición para reclamar el pago de remuneraciones atrasadas que la relación laboral hubiere concluido, por tanto, cabe perfectamente que el trabajador demande sus haberes y esté vigente la relación de trabajo. Distinto es el caso en que el trabajador hubiere optado por el visto bueno por la causal del Art.173.2 del Código del Trabajo, pues declarado el mismo hay lugar a reclamar el despido intempestivo y también las remuneraciones atrasadas, pero en este caso en juicio sumario y no monitorio.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR
MARTES, 02 DE JULIO DE 2024
sus convicciones y creencias relacionados con derecho, ética, espiritualidad, donde toca temas polémicos, álgidos y que obligan a una adopción de una postura frente a diversas corrientes que viven en el seno de la sociedad ecuatoriana y mundial, en el marco de las transformaciones que ha sufrido la sociedad y en el ámbito jurídico.
Al efecto, el autor cita a autores relacionados con temas como el sistema jurídico, derecho, moral neoconstitucionalismo, estado, poder, potestades, prerrogativas y múltiples conceptos que la doctrina identifica como “conceptos jurídicos indeterminados”, entendiendo que el derecho público es todo aquel que interesa al Estado, para velar por el interés público, el bien común y otros conceptos que hacen relación a la intervención del Estado; lo que se complementa con abundante jurisprudencia que hace relación a cada tema específico.
Para el efecto de su estudio, el autor divide su análisis en tres capítulos: I Cuestiones Previas en los que hace un resumen de la materia, relaciones del Derecho Administrativo, análisis de los principios del derecho administrativo; en el capítulo II desarrolla temas vinculados con el acto administrativo (naturaleza,elementos,tipos), acto de simple administración, hecho administrativo, silencio administrativo, ejecución, suspensión; en el III Capitulo, se desarrolla el contrato administrativo, principios, procedimientos, terminación, teoría de los actos separables, igualmente detallando jurisprudencia a cada tema. Es así, que desarrollando
Eduardo Jose Jaya Sanmartin portador de la CI:1150184768 comunica al público general de la pérdida de la PLACA JK041A de su motocicleta marca shineray thor 200 a razón de haberse extraviado
su capacidad de síntesis, desarrolla extensos temas que han requerido estudios de Agustín Gordillo, Miguel Marienhoff, Santiago Muñoz, Carlos Balbín, Enrique Sayagués, Santiago González, Allan Brewer, Jaime Santofimio, Rodolfo Barra, Fernando Garrido, los ecuatorianos Granja Galindo, Morales Tobar, Secaira Durango, López Jácome, Benalcázar Guerrón y otros. Leída la obra, recoge un esfuerzo de compendio de temas del derecho administrativo.
Citando contenidos del Capítulo II.9 del libro referido, que desarrolla el silencio administrativo, se transcribe y parafrasea al libro. En este sentido, resaltaremos ideas que constan de la página 84 a la 102 que se citan en extenso. Para el autor Fernando Ortega, el acto administrativo, es expreso y emerge ante la acción volitiva de la función administrativa, por otro lado existe el acto administrativo presunto o ficto, derivado de la inacción, omisión o inactividad del Estado, existen dos clases de silencio administrativo el negativo y el positivo, el primero entendido como
otorgar un efecto de orden procesal a la falta de contestación, y el segundo como un acto administrativo presunto que produce electos en los derechos subjetivos.
Derecho de Petición
El artículo 66.23 de la Constitución prescribe el derecho de petición, en este sentido por un lado está la obligación del Estado a responder a los ciudadanos; por otro lado esta, el derecho de estos a que se les responda de manera motivada y dentro de un tiempo oportuno, por lo que la negligencia de la Administración debe ser sancionada legalmente, precisamente con el acto administrativo presunto.
Silencio Administrativo
Positivo
Sobre el silencio administrativo positivo, manifiesta que este silencio, se debe entender como un acto presunto o ficto, viene a ser un real acto administrativo que produce efectos jurídicos en los derechos subjetivos individuales a través de una ficción que da a luz la entelequia de la voluntad administrativa en una
CONVOCATORIA
Se convoca a los accionistas de la Compañía TAXPARAISO DEL VALLE OPERADORA DE TAXIS S.A. a la junta general extraordinaria, que se llevara a cabo en la oficina de la Compañía, ubicada en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, Parroquia de La Merced, Barrio San Francisco, Calle Cesar Enrique Balseca, Número OE4-302 intersección Luis Rivadeneira el día lunes 22 de julio del 2024 a partir de las 15:00 horas. junta que será presidida por el señor Roberto Quisaguano Presidente y la señora María Quinga Gerente. Orden del día:
1. Constatación del Quórum
2. Informe de comisario periodo 2023 - 2024.
3. Elección del comisario para el periodo 2024 - 2025.
4. Resoluciones.
La presente Junta se efectuará en debida y legal forma en estricto apego al Art. 119 y 236 de la Ley de Compañías, en concordancia con el Art. 20 del Reglamento de Juntas Generales De Socios y Accionistas, y Art. Decimo Literal C del estatuto de la compañía.
Atentamente,
Sr. Roberto Quisaguano
no acción volitiva, el silencio administrativo positivo, del artículo 207 del COA, produce un verdadero acto administrativo regular presunto que da conclusión al procedimiento administrativo; en otras palabras, no es que el procedimiento administrativo termina con el silencio administrativo positivo sino con un acto administrativo regular presunto (págs. 91 a 97).
Continua Ortega Cárdenas: en cuanto al silencio negativo, este tiene exclusivos efectos procesales, en efecto desestimatorio propone dos ejemplos en la Ley de la Contraloría General del Estado LOCGE y Código Orgánico Administrativo COA: 1.- en el artículo 85 de la LOCGE, que señala que si las resoluciones de la Contraloría General del Estado, no resuelve las impugnaciones a responsabilidades, órdenes de reintegro, dentro de sus tiem-
pos oportunos previstos en la ley, su falta de expedición causa el efecto de denegación tacita; 2.- en el artículo 229 del COA, la negativa de la suspensión del acto administrativo en fase gubernativa, podría ser resuelta impugnada judicialmente, por tratarse de un acto administrativo susceptible de control de legalidad, al amparo del artículo 171 de la Constitución. El silencio administrativo positivo, se debe entenderse como un acto presunto o ficto, viene a ser un real acto administrativo que produce efectos jurídicos en los derechos subjetivos individuales a través de una ficción que da a luz la entelequia de la voluntad administrativa en una no acción volitiva; el silencio administrativo positivo, del artículo 207 del COA, produce un verdadero acto administrativo regular presunto que da con-
clusión al procedimiento administrativo, como lo exige el numeral 1 del artículo 201 del COA, en otras palabras, no es que el procedimiento administrativo termina con el silencio administrativo positivo, sino con un acto administrativo regular presunto.
Casos en que no procedería el silencio administrativo Parafraseando al autor, no cabría la aplicación del silencio administrativo positivo en los siguientes casos:
1.- Contratación pública, en la fase de ejecución contractual no cabe la creación de un acto administrativo presunto;
2.- Para los casos en que se pretende, de un ente público, el pago cuantificado de indemnizaciones de daños y perjuicios que provengan de la responsabilidad objetiva del Estado o de un acto administrativo, no se puede reconocer, a través de silencio administrativo positivo, un valor lijado, arbitraria y unilateralmente establecido por parte del ciudadano sin previo haber seguido un proceso determinador de la cuantía del daño (página 96);
3.- Para eludir los procedimientos administrativos establecidos en la ley, pues el procedimiento debe cumplirse el mismo, lo contrario sería obtener un acto administrativo irregular por ser contrario a derecho, al encontrarse esta realidad habría que tener cuidado con la verificación de la solicitud del administrado y que la misma contenga un acto presunto regular;
4.- No cabe aplicar la figura del silencio administrativo a los procedimientos sancionadores, no parece correcto toda vez que la caducidad es la pérdida de la facultad que tiene el ente público para sancionar, al transcurrir el tiempo sin pronunciamiento, conforme lo estatuye la ley, es una institución de aplicación ipso iure, por ser de orden público; es decir, no requiere alegación del administrado; y, la autoridad administrativa debería declararla incluso de oficio, en cambio, el silencio administrativo positivo proviene de una solicitud del administrado. Si bien las dos instituciones tienen que ver con el transcurso del tiempo y la incuria de la administración, su naturaleza y efectos son diversos;
5.- Cuando el acto administrativo pueda y deba ser impugnado en la vía judicial
como un proceso de conocimiento por la vía ordinaria, esta es la vía adecuada y eficaz para obtener protección a derechos subjetivos vulnerados por el acto administrativo;
6.- Cuando la pretensión del accionante sea la declaración de un derecho, obtención de concesiones, autorizaciones, licencias, permisos, a los cuales se obtienen dentro de un procedimiento administrativo.
Como lo menciona el Dr. Juan Carlos Merizalde en el prólogo, se trata de un libro de actualidad, con visión amplia, estilo claro y aborda temas contemporáneos del derecho administrativo cuya lectura se recomienda, por ser un texto amigable y comprensible.
Acto Administrativo
Siguendo a Fernando Ortega, analiza de las páginas 56 a 112 del libro, la mayor parte de las actuaciones administrativas de la función pública (reglado o discrecional), expresa su voluntad en actos administrativos, que producen efectos jurídicos directos sobre los administrados, interesados o ciudadanos; creando derechos y obligaciones para la administración y el particular, concretando los fines que persigue el poder público. En relación a lo manifestado por Ortega y siguiendo a Tulio Chamba (2019), cuando la administración publica en ejercicio de sus funciones, potestades, competencias, fines se manifiesta expresando su voluntad, surge un acto administrativo, pues todo obrar jurídico administrativo es acto administrativo; de acuerdo a Alex Riascos Chamba (2015) el acto para ser tal, debe los requisitos (elementos) del acto administrativo que son ocho objetivos y formales; es decir que, igual que el acto administrativo debe ser expedido en el marco legal, debe cumplir con los requisitos normativos y ser conforme a la ley; pues, se deben aplicar las normas procesales, las que rigen los principios de autonomía de las entidades públicas que prestan servicios y las normas que regulan sus procedimientos administrativos; conforme el numeral 1 del Art. 105 del COA.
De acuerdo a Patricio Secaira, el acto administrativo, no puede dejar de reunir los requisitos, elementos y formalidades que se exigen para un acto administrativo
expreso, acto reglado, como son entre otros: sujeto, competencia, voluntad, objeto, motivo, merito, forma, procedimiento, plazo, publicidad, validez, eficacia (Curso Breve de Derecho Administrativo, Edit. Universitaria, Ecuador, 2004). En conclusión si bien el acto administrativo, es una
forma o figura de las actuaciones administrativas es la más frecuente. Para García (2004) el acto administrativo como: “la declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa distinta de la potestad reglamen-
taria”, página 249. Finalmente, como lo menciona el autor ecuatoriano, el art. 98 del Código Orgánico Administrativo COA dice: “El acto administrativo es la declaración unilateral de la voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS: EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL C.V.F.T. “CABO NICANOR QUIROZ SALAZAR”, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES Y EN CUMPLIMIENTO A LOS ARTÍCULOS 20, 21, 22, 23, LITERAL h), 24 y 36 LITERAL d) DEL ESTATUTO EN VIGENCIA, ARTÍCULOS 21 Y 22 DEL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ESTATUTO; Y RESOLUCIÓN ADOPTADA POR EL DIRECTORIO, CONVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS, QUE SE REALIZARÁ EL DÍA SÁBADO 03 DE AGOSTO DE 2024 A LAS 08H00, A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ZOOM, POR CUANTO EL DOMICILIO LEGAL GRANILANDIA SE ENCUENTRA USURPADO Y BAJO EL CONTROL OPERATIVO DE PERSONAS AJENAS A LA ADMINISTRACIÓN EN FUNCIONES LEGÍTIMAS, REGISTRADA EN EL MINISTERIO DE TRABAJO, CON OFICIO MDT-DRTSPQ-2023-18844-O, PARA EL PERIODO 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023 AL 27 DE SEPTIEMBRE 2025 Y RATIFICADA CON RESOLUCIÓN DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2024, MEDIANTE LA CUAL LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO, NIEGA EL RECURSO DE APELACIÓN QUE INFUNDADAMENTE FUE PRESENTADO, POR CUANTO SE HA RESPETADO LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE Y NO SE VERIFICA VULNERACIÓN DEL DEBIDO PROCESO Y SEGURIDAD JURÍDICA, ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 76 Y 82 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. LAMENTABLEMENTE LAS INSTALACIONES DE GRANILANDIA Y OTRA FILIAL NO HAN SIDO ENTREGADAS, PESE A LAS REITERADAS E INSISTENTES PETICIONES FUNDAMENTADAS EFECTUADAS DE MANERA FORMAL POR DIFERENTES MEDIOS Y DEBIDAMENTE NOTIFICADAS EN VARIAS FECHAS; POR TAL RAZÓN, DE ACUERDO A INFORMES OFICIALES NO EXISTEN LAS GARANTÍAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD PARA REALIZAR UNA ASAMBLEA PRESENCIAL EN EL COMPLEJO RECREACIONAL GRANILANDIA, SIENDO NECESARIO, RAZONABLE Y PERTINENTE ADOPTAR ESTA MODALIDAD VIRTUAL, QUE TIENE PLENA VALIDEZ JURÍDICA Y NO CONTRAVIENE DISPOSICIÓN LEGAL O ESTATUTARIA ALGUNA, A FIN DE SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD, LA VIDA Y MÁS DERECHOS DE LOS SOCIOS Y PERSONAS QUE PARTICIPAN EN LA ASAMBLEA, PARA TRATAR EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:
1. CONSTATACIÓN DEL QUÓRUM.
2. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
3. HIMNO NACIONAL DEL ECUADOR.
4. PALABRAS DE BIENVENIDA A CARGO DEL SEÑOR SUBM. (S.P.) GUIDO HERNÁN VERA CAMPELO, PRESIDENTE DEL C.V.F.T.
5. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DEL INFORME REFERENTE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN EN EL LOTE DE TERRENO COSTANERA DEL RÍO (COMPLEJO DEPORTIVO), EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL, PROPIEDAD DEL CVFT.
6. INFORME, ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN RESPECTO DE LA ACTUAL SITUACIÓN ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL HOTEL LA MARIMBA, FILIAL DEL CVFT.
7. ASUNTOS VARIOS.
8. APROBACIÓN DEL ACTA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 20 DEL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ESTATUTO.
9. CLAUSURA DE LA ASAMBLEA.
NOTA:
1. DE NO EXISTIR EL QUÓRUM REGLAMENTARIO A LA HORA SEÑALADA, LA ASAMBLEA INICIARÁ UNA HORA DESPUÉS CON EL NÚMERO DE SOCIOS PRESENTES.
2. EL LINK DE INGRESO EN LA PLATAFORMA ZOOM ES:
ID DE REUNIÓN: 953 8886 4197 CÓDIGO DE ACCESO: 12345
3. SE SOLICITA QUE LOS DISPOSITIVOS CON LOS QUE INGRESEN LOS SEÑORES SOCIOS ESTÉN INDENTIFICADOS CON SUS NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS Y NÚMERO DE CÉDULA PARA VERIFICAR SU REGISTRO DE ASISTENCIA.
4. A PARTIR DE LAS 07H00 SE ABRIRÀ LA SALA PARA EL REGISTRO Y VERIFICACIÓN DE LOS SOCIOS.
Quito, DM. 02 de julio de 2024
Atentamente,
o generales reales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo”, respetando causa, forma, término, condición y modo, así como los requisitos de validez del acto administrativo; es así que el art. 99 del Código Orgánico Administrativo establece los requisitos de validez del acto administrativo: competencia, objeto, voluntad, procedimiento y motivación; temas que por sí mismo, ameritan el desarrollo de otros materiales bibliográficos.
Acto de simple administración
Ortega en la página 103 de su obra, manifiestan que la administración realiza actividades dirigidas al interno de la entidad pública, coadyuvan a la construcción del acto administrativo, conforme lo refieren los artículos 89, 120, 122 del COA, son los llamados actos de trámite, sumillas, memorandos, informes preliminares, dictámenes, que son base del acto.
Al respecto, se cita a Daniel Brito Monar (2018), quien manifiesta que las decisiones y resoluciones de la actividad del Estado, a través de las dependencias e instituciones públicas, se manifiestan mediante: actos administrativos, actos de simple administración, actos normativos, hechos administrativos y contratos administrativos. Las actuaciones administrativas de acuerdo al artículo 173 de la Constitución, serían impugnables tanto en sede administrativa, como judicial, en esta última serán subjetivas, objetivas y especiales. La tercera vía de impugnación, es la acción constitucional, en donde, el acto administrativo o normativo, es expulsado del ámbito jurídico por causas constitucionales, mediante la acción de protección; acción de inconstitucionalidad, si se trata de la impugnación del acto normativo, con efecto erga omnes. El acto de simple administración, por tratarse de un acto de naturaleza preparatoria para la emisión del acto administrativo, no es impugnable por sí solo, conforme lo refiere el artículo 121 del Código Orgánico Administrativo lo define como: “… toda declaración unilateral de voluntad, interna o entre órganos de la administración, efec-
tuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales y de forma indirecta…”. Brito destaca, los informes emitidos por la Contraloría General del Estado, preparatorios de la determinación de responsabilidades, que no podrían ser impugnados directamente.
En cuanto a la vía judicial, el acto de simple administración puede ser impugnado, cuando se impugna el acto administrativo. Un ejemplo es se impugna una acción de personal por supresión de un cargo, el profesional del derecho debe impugnar el informe técnicofinanciero (acto de simple administración) y también la acción de personal. Brito cita a Eduardo García de Enterría y Tomas Ramón Fernández, en su libro Curso de Derecho Administrativo, Tomo II, 3ª edición, Madrid, Editorial Civitas, 1991, página 555, quien manifiesta: “…el acto de mero trámite no puede impugnarse por sí mismo o separadamente…se trata de…una regla de orden, de un principio de concentración procedimental: habrá que esperar a que se produzca la resolución final del procedimiento para que, a través de la impugnación de ella, se pueda plantear todas las eventuales discrepancias que el recurrente pueda tener sobre el modo en que el procedimiento se ha tramitado, sobre la legalidad de todos y cada uno de los actos de trámite...”.
Contrato administrativo
En este capítulo, páginas 113 a 164 del libro “Nociones”, se desarrolla el concepto contrato administrativo, principios, procedimientos, terminación, teoría de los actos separables, igualmente detallando jurisprudencia a cada tema, haciendo accesible al marco general de su estudio. Este capítulo por si solo ameritaría otro libro del autor.
Aquí nos apoyaremos en Manuel Albuja Bustamante, quien manifiesta que el contrato administrativo o los contratos de la administración, son convenios bilaterales, generadores de obligaciones y derechos, suscritos entre la Administración Pública, con un particular, con un administrado y/o otra entidad pública, en algunos casos son aquellos, que se suscriben entre personas de derecho privado, concesionarias de un servicio público y los particulares, también es contrato administrativo,
aquellos contratos suscritos entre personas jurídicas semipúblicas y los particulares. Como principios de los contratos, se tienen legalidad, continuidad, mutabilidad (“ius variandi”), equilibro financiero (hecho del príncipe), así como este tipo de contratos requieren requisitos y elementos para su configuración; como elementos del contrato administrativo, son: forma, competencia, capacidad, finalidad, régimen jurídico aplicable y licitación; como elementos no esenciales del contrato, se tienen el plazo de duración, las garantías y las sanciones.
Siguiendo a Tulio Chamba (2019), cuando la administración publica en ejercicio de sus funciones, potestades, competencias, fines se manifiesta expresando su voluntad, surge un acto administrativo, pues todo obrar jurídico administrativo es acto administrativo (El Acto Administrativo en el Código Orgánico Administrativo, Revista Sur, Número 11, Vol. 6, Loja, 2019); de acuerdo a Alex Riascos Chamba (2015) el acto para ser tal, debe los requisitos (elementos) del acto administrativo que son ocho objetivos y formales (Del Acto Administrativo, Revista Sur, Vol. 2 Núm. 3, Loja, 2015); es decir que, igual que el acto administrativo debe ser expedido en el marco legal, lo mismo el acto presunto que se reclama, debe cumplir con los requisitos normativos y ser conforme a la ley; pues, se deben aplicar las normas procesales, las que rigen los principios de autonomía de las entidades públicas que prestan servicios y las normas que regulan sus procedimientos administrativos; conforme el numeral 1 del Art. 105 del COA. Otro aspecto de este tema, siguiendo con Brito es la clasificación de este tipo de contratos: celebrados entre órganos de la administración pública, celebrados en situación de desventaja, tales como los contratos de crédito externo; contratos celebrados con ligeras condiciones de derecho público a favor de la administración (el subsidio, la subvención, la donación); contratos celebrados con decrecimiento de las potestades y facultades estatales, tales como los de locación. En razón de su régimen jurídico, los contratos podrían ser: que por su composición y estructura, se acercan un tanto al derecho privado, esto en el sentido de que establecen criterios de equidad entre la enti-
cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- Conforme el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos, que manifiesta: “…Las partes, al momento de comparecer al proceso, determinarán dónde recibirán las notificaciones. Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal…”; en virtud de la norma citada, al haberse señalado correos electrónicos en la presente causa, se procede a notificar a los mismos. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se deja establecido que la firma electrónica contenida en el presente auto tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma física en la presente actuación judicial. Todo lo antes indicado, queda dispuesto por ser estos medios idóneos reconocidos por ley.- Actúe el Ab. Álvaro Rodríguez Ortega en calidad de secretario de este despacho. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- ABG. MELANIE LOPEZ VARGAS, JUEZA.-
AUTO DE SUSTANCIACION CITACION POR LA PRENSA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 7 de junio del 2024, a las 13h40. VISTOS: En mérito al juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado señor ORTIZ MADRIÑAN JESUS MAURICIO mediante publicaciones realizadas por la prensa.- Para el efecto por secretaría elabórese el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento a esta disposición, debiendo la parte actora agregar al proceso las publicaciones íntegras.- En relación a lo dispuesto, una vez que conste el extracto realizado dentro del nuevo sistema E-SATJE-2020, la parte interesada o persona autorizada, visualizara su contenido y deberá acercarse a la oficina de diligencias del complejo judicial NORTE, piso 8 sala de diligencias, a fin de que retire el mismo.- Conforme el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos, que manifiesta: “…Las partes, al momento de comparecer al proceso, determinarán dónde recibirán las notificaciones. Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal…”; en virtud de la norma citada, al haberse señalado correos electrónicos en la presente causa, se procede a notificar a los mismos. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se deja establecido que la firma electrónica contenida en el presente auto tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma física en la presente actuación judicial.- Actúe el Ab. Álvaro Rodríguez Ortega en calidad de secretario de este despacho. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- ABG. MELANIE LOPEZ VARGAS, JUEZA.-
Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
EXTRACTO PARA PUBLICACIÓN POR LA PRENSA:
ACTOR/A: NANCY FABIOLA ELIZABETH VASCO NOBOA
OBJETO: NOTIFICACION DE PUBLICA SUBASTA DEL BIEN INMUEBLE DEPARTAMENTO NÚMERO DOS, ALÍCUOTA 6.8796%, PREDIO 531606; ESTACIONAMIENTO NÚMERO DIEZ, ALÍCUOTA 1.6701% PREDIO 531596, BODEGA NÚMERO UNO, ALÍCUOTA 0.6211% PREDIO 531597 DEL EDIFICIO SAN FRANCISCO SITUADO EN LA CALLE OE SAN FRANCISCO N39128, SECTOR CHAUPICRUZ, BARRIO QUITO TENIS, PARROQUIA BENALCÁZAR (HOY RUMIPAMBA SEGÚN IRM) DE ESTE CANTÓN QUITO
TRAMITE: PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.
CUANTIA: INDETERMINADA.
JUICIO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIEN DE INTERDICTO No. 17203-202301065.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS: En atención a la Sentencia de fecha martes 1 de Agosto del 2023, a las 14h35; se dispone la venta en PUBLICA SUBASTA del “Departamento número dos, alícuota 6.8796%, PREDIO 531606; Estacionamiento número diez, alícuota 1.6701% PREDIO 531596, Bodega número uno, alícuota 0.6211% PREDIO 531597 del Edificio San Francisco situado en la calle Oe San Francisco N39-128, sector Chaupicruz, barrio Quito Tenis, parroquia Benalcázar (hoy Rumipamba según IRM) de este cantón Quito. LINDEROS: DEPARTAMENTO NÚMERO DOS: NORTE: Vacío sobre retiro lateral, en la longitud de diez metros sesenta centímetros (10.60m); ascensor comunal en la longitud de sesenta centímetros (0.60m);hall comunal de gradas y ascensor en la longitud de un metro treinta y cinco centimetros (1.35); SUR: Vacío sobre retiro lateral, en la longitud de siete metros veinte y cinco centímetros (7.25m); ascensor y hall comunal en la longitud de tres metros veintiocho centímetros (3.28m); gradas comunales en longitud de dos metros ochenta centímetros (2.80m); ESTE: Departamento No. tres (3) en la longitud acumulada de cinco metros setenta y siete centímetros (5.77m); gradas comunales en longitud de noventa centimetros (0.90m); y ascensor y hall comunal en la longitud de tres metros cuarenta y cinco centímetros (3.45m); OESTE: Vacío sobre retiros frontal y lateral en la longitud desarrollada de nueve metros vente centimetros (9.20m) ESTACIONAMIENTO NÚMERO
DIEZ: NORTE: Rampa vehicular en la longitud de cinco metros cincuenta y cinco decímetros (5.55m); SUR: Circulación comunal y basura en la longitud de cinco metros cincuenta decímetros (5.55m); ESTE: Circulación comunal y basura en la longitud de tres metros veinte decímetros (3.20m); OESTE: Cuarto de bombas en la longitud de dos metros setenta y cinco decímetros (2.75m2); BODEGA NÚMERO UNO: NORTE: Estacionamiento No. cuatro (4) en la longitud de tres metros veinte centimetros (3.20m); SUR: Estacionamiento No. cinco (5) en la longitud de tres metros treinta y cinco centimetros (3.35m); ESTE: Muro con propiedad particular en un metro ochenta y ocho decímetros (1.88m); OESTE: Bodega No. dos (2) en un metro ochenta y ocho decímetros (1.88m); Geo clave catastral: GC 170104 270 069 015121 (predio 531606 DEPT. N. 2) con avalúo realizado por la perito Ing. Humberto Marcelo Ramos Guarderas, AREA DE CONSTRUCCION: DEPARTAMENTO N. 2 = 68,01 m2; ESTACIONAMIENTO N. 10 = 16,51 m2; BODEGA N. 01 = 6,14 m2 sumado un total de 90,66 m2. El avalúo corresponde en la suma de SETENTA Y NUEVE MIL CERO OCHENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON SETENTA CENTAVOS (USD $ 79.085,70) DISPONGO: a) Se señala para el día MIERCOLES 31 DE JULIO DEL 2024, a fin de que se lleve a cabo la venta en pública subasta del bien inmueble antes mencionado. La presente venta, corresponde al primer señalamiento; b) Se aclara que las posturas deben cumplir con los preceptos de los Arts. 399 Inciso 4 y Art. 400 del Código Orgánico General de Procesos; para lo cual, se designa la cuenta No. 017010318003 del Banco “BanEcuador” a nombre de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Cantón Quito, adicionalmente se efectuará el pago de la tasa por servicio administrativos correspondiente al 1.7% de un salario básico unificado, acorde a lo previsto en el Art. 11 del Reglamento al Sistema de Remates en Línea de la Función Judicial, para el efecto se contará con los funcionarios correspondientes; c) Se dispone que el señor Secretario de esta Unidad Judicial, proceda a publicar el aviso de venta en la plataforma única de la página web del Consejo de la Judicatura (REMATES EN LINEA), con el término de al menos veinte días de anticipación a la fecha señalada para la venta, advirtiendo que la plataforma recibirá las ofertas desde las cero horas del día MIERCOLES 31 DE JULIO DEL 2024, hasta las veinte y tres horas y cincuenta y nueve minutos del mismo MIERCOLES 31 DE JULIO DEL 2024; d) Con la finalidad de difundir con mayor amplitud sobre la venta en pública subasta que se practicará, se dispone se Publiqué por una sola vez el EXTRACTO correspondiente en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan esta ciudad de Quito, en legal y debida forma; y, a traves de Secretaría de este despacho, fíjense tres carteles que contenga el respectivo Extracto, en las Unidad Judiciales del Cantón Quito respectivamente.- Actúe el Dr. Gabriel Rodriguez, en su calidad de Secretario de este despacho judicial.- NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.-
Lo que comunico para los fines de Ley.
De usted Atentamente.
Juicio N. 17230-2020-02278
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 17 de mayo del 2024, a las 16h09. REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL)
Quito, viernes 10 de julio del 2020, a las 12h12. VISTOS: Agréguese al proceso los escritos, anexos y copias simples que anteceden. En lo principal, cumplido que ha sido lo ordenado en auto que antecede, se dispone que el escrito agregado por archivo (copia) y el presentado por el actor, con la razón de presentación, sean agregados al proceso en orden cronológico pertinente. En lo principal, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por ACOSTA ESPINOSA JUAN PATRICIO se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 Ibídem.- SEGUNDO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede al demandado, ZOILA MARIA NICOLALDE MARTINEZ, JOSE RAMIRO MORALES NOCOLALDE, FABIAN MORALES NICOLALDE, HUGO MESISAS MORALES NOCOLALDE, EDUARDO OSWALDO MORALES NICOLALDE, ALICIA ENMA MORALES NICOLALDE, MARIA ZOILA MORALES NICOLALDE, JAIME ORLANDO MORALES NICOLALDE, YOLANDA FABIOLA MORALES NICOLALDE HECTOR IVAN MORALES NICOLALDE,Y A LOS HEREDEROS PRESUNDOS Y DESCONOCIDOS DE VICENTE MORALES HINOJOSA, el término de TREINTA (30) días una vez citado, a fin de que conteste la demanda en la forma establecida por los artículos 151 y 153 del código antes mencionado, quien además deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, conforme lo dispone el artículo 152 ibídem. Remítase atento oficio al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, a fin de que se inscriba la demanda en el Registro de la Propiedad, conforme el Art. 146 del COGEP. TERCERO.-CITACIÓN.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto de sustanciación al demandado OILA MARIA NICOLALDE MARTINEZ, JOSE RAMIRO MORALES NOCOLALDE, FABIAN MORALES NICOLALDE, HUGO MESISAS MORALES NOCOLALDE, EDUARDO OSWALDO MORALES NICOLALDE, ALICIA ENMA MORALES NICOLALDE, MARIA ZOILA MORALES NICOLALDE, JAIME ORLANDO MORALES NICOLALDE, YOLANDA FABIOLA MORALES NICOLALDE HECTOR IVAN MORALES NICOLALDE Y A LOS HEREDEROS PRESUNDOS Y DESCONOCIDOS DE VICENTE MORALES HINOJOSA en el lugar que se indica en la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo para A LOS HEREDEROS PRESUNDOS Y DESCONOCIDOS DE VICENTE MORALES HINOJOSA Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente.- CUARTO: En cuanto a la solicitud de proibición de enajenar, no se atiende la misma, puesto que el procedimiento y petición concreta, respecto de este punto , no es el señalado en el COGEP. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el actor para sus notificaciones y la autorización conferida a su 127380693-DFE abogado patrocinador, la parte actora deberá proporcionar las copias necesarias para la elaboración de las boletas.- Actúe la Ab. BLANCA JANETD TAIPE, en su calidad de secretaria .- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de mayo del 2024, a las 16h26. VISTOS: DR. BAÑO PALOMINO PATRICIO GONZALO, en calidad de Juez encargado en reemplazo del Ab. Altamirano Ruiz Santiago David, Juez Ponente de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, mediante ACCIÓN DE PERSONAL No. 03061-DP17-2024-VS.- Avoco conocimiento de la presente causa.- PRIMERO.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada señor MORALES NICOLALDE JAIME ORLANDO , por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- SEGUNDO.- Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, en concordancia con la Resolución No. 102-2023, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante la cual se resuelve priorizar las notificaciones electrónicas de todas las actuaciones judiciales, se notifica de forma electrónica al domicilio legal señalado por las partes, el presente auto. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.- NOTIFÍQUESE f) DR. BAÑO PALOMINO PATRICIO GONZALO, en calidad de Juez encargado en reemplazo del Ab. Altamirano Ruiz Santiago David, Juez Ponente de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito.
Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura.
dad contratante y el particular; contratos; que guardan equipolaridad entre las normas de derecho público y las normas de derecho privado; contratos, que suponen una estructura severa en contra del contratista, es decir, aquellos que son de protección pública. Es necesario difundir sobre la naturaleza, límites y posibilidades del derecho administrativo, para la comprensión de abogados, empresarios, autoridades-funcionarios públicos, estudiantes y ciudadanos. El mérito del libro analizado es desarrollar los contenidos sobre derecho administrativo, actos, silencio, principios, procedimientos, terminación del contrato administrativo (terminación por mutuo acuerdo, resolución, nulidad, terminación unilateral, de una manera sintética, comprensible, en lenguaje claro, haciendo un esfuerzo de condensar tan extensos temas, para cuyo desarrollo global requerirían tratados en cada uno de los capítulos, subcapítulos; lo que en este mundo acelerado, ayuda al lector a adentrarse en este mundo del derecho administrativo, por todos estos antecedentes es recomendable su lectura minuciosa y detenida.
pablocastaneda59317@gmail.com
Referencias:
• AGUADO, I Cudola Vicenç. Casos Prácticos y Materiales de Derecho Administrativo (3ª Ed.), Ed. CEDECS: España, 1999;
• ALBUJA, Bustamante Manuel. NECESIDAD DE REFORMAR EL ART. 3 DE LA LEY DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA, UNL, Loja, 2014;
• ALONSO, Vidal Horacio. Silencio administrativo ¿Qué es y cómo opera?, España, 2018, https://www.devesaycalvo.es/ silencio-administrativo-opera;
• ALONSO, Vidal Horacio, Derecho Administrativo y Teoría del Derecho tres cuestiones fundamentales. Ed. Palestra, 2019, Perú;
• CHAMBA, Villavicencio Tulio, El Acto Administrativo en el Código Orgánico Administrativo, Revista Sur, Número 11, Vol. 6, Loja, 2019, ver: ver:revistas.unl.edu.ec/index. php/suracademia/article/ view/533
• JÁCOME, María del Carmen, El Silencio Administrativo en el COA, Quito, 2018; Apuntes de Clases, USFQ 2017, UASB 2018; IAEN 2019; youtube. com/watch?v=3g2vDTlvrSU;
Conferencia: Silencio Administrativo, 2020, IAEN;
• NARVÁEZ, María José. El Acto Administrativo - Naturaleza jurídica y elementos de validez, Conferencia: Silencio Administrativo, 2019, 2020, IAEN, youtube.com/ watch?v=p5wVfCE9H8E;
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE GUSTAVO HERNAN BALDEON SALAZAR.
Se le hace conocer que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil con Sede en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, a cargo del Dr. Msc. José Luis Ayora Mata, se está tramitando la siguiente demanda:
EXTRACTO
CAUSA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO
N. DE JUICIO: 17315-2023-01399.
ACTOR: AGUSTINA HIDALGO VEGA.
DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE GUSTAVO HERNAN BALDEON SALAZAR.
TRAMITE: ORDINARIO.
CUANTÍA: USD $ 50.000,00.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Mejía, lunes 11 de diciembre del 2023, a las 08h46. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, en virtud de la Resolución No. 137-2015 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el 18 de mayo del 2015, publicada en el Suplemento 1 del Registro Oficial No. 532, el 29 de junio del 2015 y de acuerdo al sorteo electrónico correspondiente. Una vez que la demandante ha cumplido con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y siendo el momento procesal pertinente se dispone: PRIMERO: CALIFICACION Y ADMISION A TRAMITE.- La demanda de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio presentada por la señora AGUSTINA HIDALGO VEGA, por clara y completa, ya cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario previsto en el Art. 289 y siguientes del COGEP. SEGUNDO: CITACION.Cítese a los demandados: JOSEFINA HIDALGO PEREZ, JENY SUSANA BALDEON HIDALGO, EVELYN PATRICIA BALDEON HIDALGO y GUSTAVO ALEJANDRO BALDEON HIDALGO, en el lugar que se indica de la parroquia Tumbaco, cantón Quito, provincia de Pichincha, para lo cual remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito a quien se le enviará el despacho en forma y se le ofrece reciprocidad en casos análogos. Atento al juramento rendido por la demandante cítese a los herederos conocidos y desconocidos de quien en vida fue GUSTAVO HERNAN BALDEON SALAZAR, al tenor de lo previsto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Cuéntese en la presente causa con los señores Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Mejía, a través de sus representantes legales Tnlgo. WILSON HUMBERTO RODRIGUEZ VERGARA, en su calidad de Alcalde y Abogado Esp. MANUEL GEOVANNY PILAGUANO GUAÑUNA, en calidad de Procurador Síndico, a quienes se les cítara en el lugar indicado de esta ciudad Machachi, para lo cual remítase el despacho en forma a la Oficina de Citaciones. TERCERO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 291 del COGEP se concede a los demandados el término de 30 días de una vez citados, a fin de que contesten su demanda en la forma prevista en los artículos 151 y siguientes del COGEP. CUARTO: ANUNCIO PROBATORIO.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, para cuya admisibilidad se estará a lo previsto en los artículos 160 y 161 del Código Orgánico General de Procesos, en la respectiva Audiencia. QUINTO: NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por los demandantes para recibir notificaciones, así como la autorización expresada a su defensora técnico Dr. Antonio Borja Fierro, para que intervenga en esta causa. Al tenor de lo previsto en el inciso sexto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón Mejía. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- f).-Msc. Dr. José Luis Ayora Mata. JUEZ.