de Tulcán

Este viernes comienzan las celebraciones por los 172 años de cantonización de la capital de Carchi. Alrededor de 65 eventos, entre festivales gastronómicos, artísticos, eventos deportivos, culturales y solemnes, se desarrollarán hasta el mes de mayo de 2023.

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¿La historia volverá a repetirse?
LaAsamblea Nacional dio paso a un posible juicio político al presidente Lasso. Toca a la Corte Constitucional darle paso o no. De ser así, la censura culminará un proceso que comenzó casi desde su asunción a la Presidencia.
Unos ganan, otros pierden y el panorama político, de darse esta nueva coyuntura, habrá cambiado para peor. Una oposición que ha hecho de todo lo posible para entorpecer la gestión de Lasso tendrá el camino libre para, mediante amnistías, traer a sus dirigentes que huyeron despavoridos al exterior.
La democracia no es solo una herramienta para regular el poder, sino que debe proporcionar un horizonte de sentido para nuestra sociedad. No es solo el Presidente Lasso el afectado por todo este embrollo. Entre el ruido incesante de tantas descalificaciones, lo que depara el futuro a los ecuatorianos no está claro.
Nuestro sistema político funciona a la inversa: no media en los conflictos, sino que los embrutece y antagoniza. La Constitución no es solo una reserva de procedimientos, también está ahí para dar un marco a la vida política del país. En todo este tiempo algunos la han manoseado, manipulado y hasta pasado por alto a su antojo.
Al único gobierno de derechas en un país iberoamericano de la costa del Pacífico lo ahoga una crisis institucional imparable. La suma de sus errores políticos y falta de una estrategia coherente, así como la reconstrucción constante, y la mayoría de las veces desatinada, del gabinete ministerial, junto a un partido oficialista fantasmal, han abonado el camino de la oposición.

Que el Gobierno pase a quienes han participado en tantas atrocidades es un riesgo para la seguridad, la economía, el Estado de derecho y la democracia. Que vuelvan los ‘salvadores de la patria’, como quiere parte de la oposición, lejos de resolver por consecuencia de problemas estructurales no resueltos, los agravará más. Y así la Historia volverá a repetirse.
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano


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Año: XL No. 13599
Alausí, un trágico llamado de atención
EnEcuador, todo proyecto —sea individual, colectivo o nacional— debe presupuestar que esta es una tierra de desastres. Los abultados registros históricos nos permiten, a estas alturas, conocer con relativa precisión el tipo de amenazas y las zonas sobre las que se ciernen. Este año ha sido despiadadamente fecundo en tragedias de origen geológico y climático, pero nada de ello ha sido nuevo. Conocemos bien que vivimos en medio de riesgo sísmico, ¿sabes cuáles son los lugares que habitualmente se inundan e identificamos las zonas que, durante siglos, han sido escenario de derrumbes y aluviones? Incluso si llegara a consumarse un terremoto de proporciones en alguna de nuestras grandes ciudades o la erupción del Cotopaxi, no sería justo hablar de una sorpresa.
Ante tragedias como la acaecida
en Alausí, se suscita un comprensible deseo de encontrar culpables. No obstante, apuntar con el dedo a las autoridades
por un evento de fuerza mayor
es tan absurdo como querer colocar sobre los hombros de las propias víctimas la responsabilidad de la desgracia. Nadie desea ni persigue desenlaces fatídicos como estos, pero la sociedad muchas veces carece de la disciplina, la perseverancia y el grado de coordinación que se requiere para
solucionar las situaciones estructurales de riesgo.
Este lamentable hecho debe servir al menos como un llamado de atención. Se requieren soluciones que involucren y beneficien a todos los sectores —Gobierno, comunidad, construcción, financiero— para empezar desde ya a prevenir otras descomunales amenazas que se ciernen sobre el país.
RODRIGO SANTILLÁN PERALBOCrisis peruana
Comoocurre en la mayor parte de los países latinoamericanos, el pueblo peruano vive en la mascarada de la democracia, apuntalada con violentas represiones que han dejado decenas de muertos, centenares de heridos y encarcelados durante manifestaciones, protestas y paralizaciones ejecutadas por el pueblo, en repudio a las decisiones de las oligarquías limeñas y viejas clases políticas que defenestraron al presidente Castillo, por ‘ser comunista’, profesor de escuela primaria y ‘cholo’ representante del pueblo.
Se ha denunciado la inexistencia del estado de derecho, como consecuencia de la constante
pugna de poderes entre Ejecutivo y Legislativo, realidad que ha conducido a que Perú tenga 12 presidentes en menos de 20 años. Se llega a la anarquía y a una especie de caos programado por la obsoleta clase política que solo ha respondido a los intereses de las poderosas oligarquías limeñas que, históricamente, han manejado la política a su antojo y conveniencia.
El politólogo peruano Alonso Gurmendi afirma que el Perú ha atravesado una degradación vertiginosa del estado de derecho y los principios democráticos, reflejado en un Gobierno que lleva ya, bajo su mando, decenas de muertos en protestas, universidades intervenidas, derechos procesales violados, organizaciones sociales perseguidas…Todo esto bajo un aura de impunidad que no parece que vaya a cambiar y que tiene el apoyo de las élites y la clase política del país. Esta es la principal amenaza. Es además preocupante cómo el discurso del ‘manodurismo’ ha calado hondo en la clase dominante, La crisis peruana se ahonda. Quizá necesite la cooperación de organizaciones latinoamericanas que permitan la reestructuración del Estado para beneficio del pueblo que debe ejercer los derechos, sin represión.
¿Abogados bajo ataque?
Considerar
e identificar a los abogados con las causas de sus clientes –a menos que existan pruebas concluyentes– constituye una forma de intimidación y hostigamiento en contra de los abogados. Toda
persona tiene derecho a defender sus derechos, razón por la cual los Estados deben asegurar que los abogados no sufran ni estén sometidos a persecuciones o amenazas de ningún tipo. Criminalizar la actuación profesional de un abogado constituye una grave violación al libre ejercicio de la profesión, esencial dentro de un sistema democrático.
La protección a la independencia de los abogados está determinada en el artículo 8 de

la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que reconoce el derecho a la defensa entre una de sus garantías y de forma particular a la posibilidad de “ser asistido por un defensor de su elección”.
De acuerdo a los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre la Función de los Abogados, el Estado debe garantizar que los abogados puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o
interferencias indebidas y que no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de las sus obligaciones. Según el principio 18,
los abogados tampoco deben ser identificados con sus clientes o con las causas de sus clientes.
La abogacía y su libre ejercicio son
un elemento indispensable del estado de derecho, de la protección de los derechos humanos y de un siste-
ma judicial independiente El ejercicio de esta profesión contribuye a asegurar el acceso a la Justicia, la fiscalización del poder estatal, la protección al debido proceso y las garantías judiciales.
He visto durante las últimas semanas la forma en que en redes sociales se intenta atacar a colegas abogados que brindan su opinión técnica sobre temas de coyuntura política. Esto no debe admitirse bajo ningún formato.
65 actividades oficiales por las fiestas de Tulcán
El pregón, este 31 de marzo de 2023, dará inicio a la programación que retoma actividades suspendidas hace dos años por la pandemia.
CARCHI.- Tulcán, capital de la provincia de Carchi, se alista para celebrar sus 172 años de fundación. Desde las autoridades locales se ha preparado una amplia gama de eventos culturales, deportivos y recreativos, que comenzarán desde la presente semana.
Al presentar la agenda de festas, Cristian Benavides, alcalde de Tulcán,destacó que
este año se retomarán las actividades que estuvieron
restringidas durante dos años por la pandemia de covid. El acto se realizó en el Mercado Plaza Central , con autoridades, comerciantes y ciudadanos, amenizados por grupos de danza y una orquesta sinfónica.
“Esta festa va a ser muy diferente al resto. Es la primera vez que voy a celebrar las festas de Tulcán, en su plenitud. El anterior año casi casi celebramos las fiestas pero solo nos faltó algo, que fue la presencia de nuestros niños y jóvenes en el desfle, porque no tuvimos la oportunidad de verlos por la pandemia que aún tenía sus
restricciones”, dijo.
Rescate de sabores y saberes
En la agenda preparada por la Municipalidad constan alrededor de 65 eventos, que se organizan en diferentes puntos de la urbe, entre ferias productivas y artesanales, campeonatos deportivos, festivales artísticos, inauguración de obras y sesiones solemnes.
La temática que defne las celebraciones de este 2023 será los sabores y saberes
de las diferentes regiones. Esto se verá refejado en las actividades que se desarrollarán
durante fnales de marzo y a lo largo del mes de abril.
“Tulcán es un pueblo milenario que va más allá de sus 172 años de cantonización, por lo que estas festividades buscan resaltar esos saberes y sabores ancestrales”, dijo Benavides.

La concejala Adriana Portilla, quien preside el Comité de Fiestas, agregó que quieren
refejar a todo Tulcán en estas festividades , en sus sabores y saberes, “a través de ese toque secreto de nuestros emprendedores, quienes hacen que al degustar de sus platillos disfrutemos de este cantón diverso, que penetra recuerdos y presentes”.
A su vez, refrió preparaciones como las tortillas de tiesto y queso amasado de Julio Andrade, el delicioso cuy de Urbina , el morocho y champús de Santa Marta de Cuba, la exquisita fritada de Pioter, la miel con quesillo de
Tufño, el sancocho de gallina y café de chuspa de Maldonado , la dulce melcocha y tilapia de Chical, los tamales de El Carmelo , el majado de verde de Tobar Donoso y el sabroso hornado pastuso , que dijo ha sido ganador de merecidos galardones para Tulcán y se verán expuesto en las diferentes ferias y actividades preparadas este año.
Lo programado
Entre los actos más destacados consta el
pregón de festas , que será desde las
EVENTOS. Se espera la participación de delegaciones locales e internacionales en el pregón.
Fecha Hora Evento Lugar
31 de marzo 14:30 Pregón de fiestas Cuartel – Parque El Ocho
01 de abril
Festival de bandas de pueblo Parque principal
14:00 de este 31 de marzo de 2023, con un recorrido entre las calles que unen al cuartel militar y el parque El Ocho.
Desde la Alcaldía de Tulcán resaltaron que el pregón dividirá a los participantes en dos categorías: comparsas y carros alegóricos, los cuales concursarán por premios económicos, que van hasta los $1.000.
Para participar, las organizaciones públicas y privadas deben inscribirse en la Dirección de Cultura del Municipio de Tulcán. Además, deben tomar en cuenta que
en cada categoría se debe resaltar la identidad cultural y gastronómica de Tulcán , que es el tema central de los 172 años de cantonización.
Entre los eventos destacados para la primera semana
de festas, el 1 de abril habrá el festival de bandas de pueblo en el parque principal, desde las 19:00.
Del 4 al 18 de abril, en la calle Argentina se organiza una
feria artesanal; mientras que el 5 de abril, a las 11:00, se anunció que
sesionará la Asamblea Nacional en la Casa de la Cultura de Carchi.
El jueves 6 y viernes 7 de abril, la música sacra y los coros gregorianos se tomarán el teatro Lemarie, desde las 19:00.
mera clásica ciclística , que el 8 de abril será en San Vicente y al siguiente día cumplirá un recorrido en la Av. Robles, dentro de la zona urbana de Tulcán.
Finalmente, desde la 19:00 del 9 de abril, en el teatro Lemarie, se organizará un
festival de música nacional.
Para el
fn de semana del 8 y 9 de abril está prevista la Expoferia Gastronómica y Cultural en la explanada del coliseo 19 de Noviembre, donde también habrá espectáculos artísticos nocturnos.
La agenda consta de actividades hasta el 12 de mayo de 2023 , donde a partir de la semana del 10 de abril se vivirán los eventos cívicos de mayor relevancia (ver recuadro). (FV)
el sábado y domingo se correrá la pri -
Además,
Errores en manejo de alertas por emergencias costaron vidas en Alausí
Entre 2022 y 2023 hubo cuatro declaratorias de alerta amarilla. Tres fueron en Chimborazo, donde está el cantón Alausí. Ahí se dio el mortal deslizamiento que ya ha dejado siete muertos.
No solo es el clima, sino la falta de medidas preventivas los factores que vuelven a causar pérdidas humanas en Ecuador. Esta vez en Alausí, un cantón de la provincia de Chimborazo, que entre 2022 y 2023 ha tenido tres declaratorias de alerta amarilla, sin que esto haya evitado la actual tragedia.
El 19 de febrero de 2023 la Secretaría de Gestión de Riesgos
Tragedia en Alausí
1 . El deslizamiento ocurrió cerca del sector de Pueblo Viejo y sepultó, entre tierra y escombros, a cinco barrios: La Esperanza, Control Norte, Nueva Alausí, Pircapamba y Bua.
2 Hay aproximadamente 500 moradores afectados y 163 viviendas impactadas.
a evitar un deslizamiento de tierra.
“Pero, lamentablemente, siempre reaccionamos a lo que sucede, pero qué se hace para minimizar un posible deslizamiento u otros desastres naturales como inundaciones”, cuestiona.
Si bien la Secretaría de Gestión de Riesgo señala que al menos 10 familias que vivían en lo alto del cerro evacuaron, quienes estaban en las faldas no lo hicieron.
3 . Hay cuatro familias desaparecidas (38 personas).
4 . 22 personas fueron evacuadas
2023 ocurrió lo que – a decir de la comunidad– “se había avisado”, la montaña “se vino abajo como un cohete y no supimos a dónde correr”, señaló un hombre, quien buscaba a su familia entre los escombros.
declaró en
alerta amarilla a las comunidades Aypug y Causal y a cinco barrios: La Esperanza, Control Norte, Nueva Alausí, Pircapamba y Bua de Alausí.
La alerta amarilla se estableció tras un estudio realizado por la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL) en diciembre de 2022, que identificaba un área de 247 hectáreas como “susceptible a movimientos en masa, tales como deslizamientos y hundimientos, en las comunidades”.
Pese a eso, el 26 de marzo de
Alertas sin acciones Cristhian Valverde, máster en sistemas integrados de gestión y prevención de riesgos laborales, señala que los deslizamientos se producen por erosión del suelo, ya que no existen raíces de árboles que puedan mantener la estabilidad del suelo.
Una opción es construir en terrazas, pero en la Sierra ecuatoriana lo que se hace es parcelar el cerro y se construye de manera inclinada. “Así se da pie a que el cerro se deslice”. Para Valverde, la declaratoria de alerta amarilla signifcaba que se debía enseñar a los campesinos a usar un terreno inclinado. También a construir muros de contención y cauces que ayuden
Desastres serán más extremos
° El estudio ‘Desigualdades intergeneracionales en la exposición a los extremos climáticos’ reseña que las personas nacidas entre 2015 y 2020 sufrirán siete veces más olas de calor, el triple de inundaciones y el doble de incendios forestales si los países, especialmente los menos desarrollados, no cambian sus políticas climáticas. Wim Thiery, uno de los científicos del proyecto, dijo que las cifras son una llamada a la acción. “Necesitamos reducir drásticamente las emisiones de gases de efecto invernadero para asegurar el futuro de las nuevas generaciones y contamos con los medios necesarios para hacerlo”.
La agencia EFE dice que, durante un año y medio el equipo recabó grandes cantidades de datos sobre la exposición en vida a catástrofes naturales para cada generación nacida entre 1960 y 2020, de cada país del mundo.
De este modo pudieron crear simulaciones para las futuras generaciones en función de su país y año de nacimiento y el aumento de temperatura global hasta final de siglo y, a su vez, compararlas con la vida de los nacidos en 1960.
Los avisos del hundimiento de la tierra se sintieron desde hace meses. En diciembre de 2022, la comunidad de Causal cerró la vía E-35 para presionar a la Alcaldía que tome acciones tras el aparecimiento de grietas en las viviendas, lo cual era un signo de que la tierra se movía.
Fue por eso que la Secretaría de Gestión de Riesgos y los técnicos de la ESPOL observaron que había
acumulación de agua, la misma que no fue desalojada. La
vía – según los moradores que protestaron– se estaba hundiendo hasta dos centímetros diarios.
Valverde señala que el hecho que hubo gente que no sabía cómo reaccionar en los segundos del deslizamiento, muestra que con la alerta amarilla no se aplicaron las capacitaciones a la comunidad.
Cifras inexactas Con el transcurso de las horas, el número de muertos no ha aumentado. Es más, sorpresivamente, disminuyó.
Aunque en la mañana de este 27 de marzo de 2023, la Secretaría de Gestión de Riesgos señaló que el deslave en Alausí tenía un saldo de 16 muertos, a las 16:00, reconoció que hubo un error y que la cifra baja a siete muertes. Hay
500 personas afectadas y 46 desaparecidas. Sin embargo, instituciones como la
5 Las Fuerzas Armadas desplegaron personal militar (16 oficiales y 176 miembros de tropa).
6 . Varios sobrevuelos se realizan sobre Alausí para determinar posibles nuevos deslizamientos.
7 . Las grietas en el suelo empezaron a formarse desde diciembre de 2022.
8 Al momento, el servicio de energía eléctrica se encuentra restablecido un 80%
9 El cantón Alausí estaba en alerta amarilla, desde el 19 de febrero de 2023.
10 . El Municipio de Quito mantiene activos nueve puntos de donacione s, para afectados por sismos, inundaciones y ciudadanos de Alausí.
Fiscalía sostienen que solo se han confrmado seis muertos. (AVV)
Ecuador propenso a desastres
° Ecuador ha vivido fuertes desastres naturales que han sido reflejo de la falta de preparación. Un ejemplo fue el terremoto de 2016. Según recoge el Banco Mundial (BM), Ecuador es el tercer país más propenso a desastres naturales en Latinoamérica y el Caribe (detrás de Perú y Haití) y el décimo tercero a escala mundial. Esto incluye sismos, erupciones, deslaves y afectación por fenómenos climáticos.

Los datos provienen del índice de riesgo global INFORM
EL DATO
Los nacidos entre 2015 y 2020 afrontarán más desastres naturales y altas olas de calor.
LAS FINANZAS PÚBLICAS ESTÁN EN ORDEN Y ‘AGUANTAN LA TORMENTA’
El financiamiento barato de los multilaterales, y más recaudación sin aumentar impuestos. son claves este 2023. El orden fiscal facilita gestionar los imprevistos.
Este2023 ha iniciado con varias emergencias.
Al duro golpe del invierno se sumó el terremoto del pasado 18 de marzo de 2023.
Además, la conflictividad social con comunidades indígenas ha provocado que varios bloques petroleros se declaren en fuerza mayor y caiga la producción.
Todo esto amenaza con complicar las fnanzas públicas. Economistas como Jaime Carrera, miembro del Observatorio de la Política Fiscal, han alertado sobre la posibilidad de que el
défcit fscal (más gastos que ingresos) aumente de los $2.600 millones presupuestados a $3.500 millones o hasta $4.000 millones.
Sin embargo, en entrevista con LA HORA, el ministro de Economía, Pablo Arosemena, aseguró que las cuentas están bajo control; y que el orden fscal permite mayor espacio de maniobra y tener abiertas líneas de crédito si se necesita.
P.¿Los desastres naturales, incluido el reciente terremoto, sumado a la baja producción petrolera ponen en jaque a las finanzas públicas este año?
fscales nos permiten que, en medio de los desastres y las emergencias, se mantengan bajo control las cuentas y tengamos inmediatamente disponibles líneas de crédito. Gracias a la prudencia en el manejo económico, podemos dar una respuesta rápida desde el punto de vista de los recursos, sin meterle la mano al bolsillo a los ciudadanos vía más impuestos.
P. ¿Cuánto cuesta la respuesta a las emergencias y cómo se financia?
se ni atenderse de manera inmediata.
P. ¿Cómo se compensan los desajustes causados por las emergencias y la baja petrolera?
par, se sigue trabajando en la focalización del subsidio en el sector automotriz. Esto puede generar un ahorro adicional de $400 millones anuales. Hay varios subsidios que están en análisis, pero en estas cosas por estrategia siempre es mejor hablar ya sobre los hechos consumados. Otro ejemplo que la gente se olvida es que hicimos una
S
olo por lluvias y el terremoto, se necesita gastar $39 millones para reparar infraestructura educativa . Luego vas sumando vivienda, vialidad, entre otros, y llegas a alrededor de $100 millones. Hay que recordar que la afectación no solo es pública, sino también privada. Además, a diferencia de Gobiernos anteriores como el del socialismo del siglo XXI, estamos activando a tiempo todos los seguros para que se cubran parte de las pérdidas. El mismo fn de semana del terremoto se activó una
En el caso petrolero, el tema es dinámico. La producción se va a ir recuperando en el transcurso del año; y, en el caso del precio, aunque es muy volátil, hay señales de que va a ir al alza. Además, solo $2 de cada $10 de la renta petrolera realmente ingresan al Presupuesto General del Estado. Lo que realmente para la olla de las finanzas públicas son los impuestos. Por otro lado, la gente se olvida que hemos generado importantes ahorros y efciencias que nos dan margen para cubrir las emergencias de este año. Focalizamos el subsidio de los combustibles al sector industrial camaronero. Esto genera un
ahorro de hasta $220 millones , que no estaban contemplados en el presupuesto. A la
renegociación histórica de la deuda china. Bajamos la tasa de interés, ampliamos el plazo de vencimiento de los bonos. Casi la mitad del colateral de pago en barriles de petróleo está ahora liberado y se puede vender a precios de mercado. Solo esto da un benefcio en fujo de caja de alrededor de $1.400 millones.
P. Si los impuestos son la base de los ingresos fiscales, ¿cómo se va a recaudar más sin subir la carga a los ciudadanos?
y los 18 días de paralización, las ventas fueron $225.000 millones (ajustados por infación) en 2022. Para 2023, según la última estimación del Banco Mundial, Ecuador crecerá al 3%, lo que es mayor que el 1,3% del promedio para la región. Esto signifca más ingresos para todos, incluido el Gobierno. El défcit fscal es un problema estructural de la economía ecuatoriana. Todos los días estamos trabajando para fnanciar el presupuesto.
Hay nubarrones en el horizonte, pero Ecuador tiene un manejo de la economía con mucha prudencia que nos permite evitar que se complique la navegación.
P¿Se descarta un nuevo acuerdo con el FMI? Estamos trabajando muy de cerca con todos los multilaterales y tenemos espacio para más financiamiento si lo necesitamos. El cierre exitoso del acuerdo con el FMI en 2022 nos da el aval para esto.
EL DATO
A
rrancamos el 2023 con un presupuesto más fuerte que el presupuesto del año anterior, es decir, proyectando tener más gasto a la vez de ir bajando poco a poco el défcit fscal. Esa meta se mantiene.

La estrategia de manejo ordenado de la economía y de las cuentas
línea de crédito de $60 millones con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y se puede ampliar hasta los $210 millones. Con el Banco Mundial ya nos hemos reunido para tener a disposición, según se necesite, más fnanciamiento.
El tema de Alausí se está evaluando, pero
si no seríamos prudentes con el manejo de la economía, estos golpes imponderables no podrían fnanciar-
Información preliminar apunta a que se levantará la fuerza mayor en la mitad de bloques petroleros con problemas.
Este 27 marzo de 2023, el precio del petróleo se ubicó en más de $70 por barril
El Gobierno está comprometido en recaudar más sin subir impuestos. Ya vimos el año pasado que bajando el Impuesto a la Salida de Divisas del 5% al 4% se aumentó los ingresos para el fsco. Lo seguiremos reduciendo hasta cero y eso es quitarle un peso de $1.000 millones al sector productivo y al bolsillo de los ecuatorianos. Solo entre enero y febrero de 2023, la recaudación se triplicó bajando el ICE del 300 al 30 para la compra de armas. Este es el nivel más alto de la historia contemporánea. A pesar de problemas de inseguridad, el caos político
Sin embargo, en este punto del camino, hacer otro programa con el FMI no es algo que está en los objetivos del Gobierno. Además, para completar la estrategia de más recaudación sin subir impuestos, y más líneas de fnanciamiento para afrontar las emergencias, este 2023 la ejecución del gasto será mucho mejor, tanto en calidad como en velocidad. Con esto,
el Gobierno apunta a mantener el orden sin descuidar los problemas del país (JS)
Lluvias afectan al ganado en la producción de leche


El aguacero hace crecer el pasto y con ello los parásitos que enferman a las reses.
Precio leche
El
cierre de las vías en el sector rural, a causa de deslizamientos de tierra por la temporada invernal ocasiona que productores de leche tengan
° Alberto Achina, presidente de la Asociación de Productores Agropecuarios de Leche de la parroquia Alluriquín , mencionó que otro de los problemas que tienen los ganaderos es el precio bajo de la leche . En la actualidad, el productor vende el lácteo a un costo de $0, 47. Además, indicó que tampoco han logrado que el reglamento que regule la venta de leche en el Ecuador entre en vigencia.
do”, explicó.
Otros efectos
pérdidas económicas al no poder sacar el lácteo para comercializarlo.
EL DATO
Solo en la parroquia Alluriquín se producen 100 mil litros diarios.
En las tres últimas semanas las parroquias Alluriquín, Santa María del Toachi, Zona de Planifcación 3 y Valle Hermoso resultaron afectadas por la
obstrucción de las carreteras de tercer orden.
En estos sectores diariamente
se producen de 30 mil a 100 mil litros de le-
La presencia de lluvias también ocasiona problemas en el ganado porque no come y al no alimentarse no produce leche.
Otro de los inconvenientes, según Víctor Tocte, son las
enfermedades como la neumonía , además, los cascos del ganado se vuelven suaves por la presencia de mucha humedad en el terreno lo que produce que no caminen y no se alimenten.
Mientras pasan los días, los habitantes de la parroquia Valle Hermoso , cuantifican sus pérdidas por el
desborde del río Blanco que ocurrió la madrugada del sábado 18 de marzo.
GANADEROS. Quienes se dedican a la producción de leche esperan que el invierno no los afecte mucho.. che, que al no ser vendidos provocan grandes pérdidas. Víctor Tocte, coordinador de ‘Fe por la Leche’, sostuvo que cuando no pueden comercializar el lácteo, los
productores deben hacer queso, lo que no representa. Por ejemplo, si una finca produce 40 litros de leche y al convertirlos en queso ese volumen queda en 15
libras. “En primer lugar, todo el queso no va a consumir el finquero y como segundo punto, las ganancias disminuyen porque se reduce totalmente el líqui-
Añadió, que aparte, de no producir leche, también causa que
no se incremente el volumen del animal para la comercialización de la carne.
(DLH)
Habitantes de Valle Hermoso pierden ganado y sembríos
nar”.
EL DATO
Las inspecciones continúan en la parroquia Valle Hermoso.
Los daños no solo fueron de viviendas o pérdidas de enseres, sino también de producción agrícola y ganadera , así lo afirmó Rosa Cuasés , dirigente de la parroquia.
Indicó que junto con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) verifican los predios afectados para constatar el perjuicio. “
No solo hay daños en el centro poblado sino en recintos , por esa razón pedimos que nos comuniquen para poder inspeccio -
Por su parte, Juan Zambrano, director distrital del MAG , señaló que han realizado visitas a los ganaderos y agricultores para obtener datos precisos, es así que conocieron que han perdido 40 cerdos, 30 reses y 200 gallinas.
En cuanto a sembríos y potreros han sido afectadas cerca de 90 hectáreas, entre ellas plantaciones de cacao Zambrano comentó que ayudarán a los productores a gestionar los créditos de los proyectos ‘Mujer Rural’ donde las beneficiarias son las mujeres que trabajan en el campo. Y también con préstamos del 1% que lo realizan directa-
PERJUICIO.
mente con BanEcuador. Habrá técnicos del MAG que harán seguimiento a
los productores para ayudarles a manejar de una mejor manera sus culti -
vos y puedan generar de una manera más eficaz sus sembríos. (DLH)
Dos jueces analizarán expediente del juicio político al Presidente
La Ley de Garantías Jurisdiccionales permite que la Corte Constitucional asigne a más de un juez como ponente en un mismo asunto.
En la Corte Constitucional (CC) no hubo los seis votos necesarios (mayoría califcada) para aprobar el proyecto de dictamen que presentó la jueza Teresa Nuques, quien
recomendó que se inadmita el juicio político al presidente, Guillermo Lasso. Proceso que impulsan las bancadas de oposición de la Asamblea Nacional, desde el 4 de marzo de 2023.
La moción de Nuques tuvo
el respaldo de sus colegas Enrique Herrería y Carmen Corral. Los votos
Cuando existen elementos que distorsionan un juicio se producirá lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido como golpes de Estado parlamentarios, y que en un sistema democrático no tiene cabida”.
ÉDGAR NEIRA, ABOGADO DE GUILLERMO LASSO que se califcó el proceso de interpelación.
Álvaro Salazar, secretario general de la Asamblea, argumentó que la decisión de las autoridades legislativas

se concretó el 21 de marzo con la reconsideración de la votación previa.
en contra
provinieron
de Alí Lozada, Alejandra Cárdenas, Karla Andrade, Richard Ortiz, Daniela Salazar y Joel Escudero.
Amparados en el
artículo 38 inciso final del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la CC, los jueces realizaron, este 27 de marzo, un resorteo y se designó como ponente al juez Richard Ortiz
cientes para su aprobación, el Pleno sorteará, en la misma sesión, por medio del sistema automatizado, un nuevo juez sustanciador entre aquellos que votaron en contra del proyecto para que presente un nuevo proyecto en el que se argumente la tesis de la mayoría y que será sometido nuevamente a consideración del Pleno”.
gánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y se asignó a
Alí Lozada, como segundo ponente. Los dos jueces
podrían presentar un proyecto de dictamen este 28 de marzo. El segundo inciso del artículo 195 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales ordena que, el Pleno de la Corte “
“El efecto jurídico de la reconsideración es la sustitución de la voluntad emitida por el CAL”, aclaró Salazar. Es decir, la resolución aprobada el 20 de marzo fue reconsiderada en sesión del 21 de este mes. El texto reconsiderado sí fue notifcado a la Corte, aseguró el secretario de la Asamblea.

Fallas en el documento Para
Édgar Neira, la falta de la entrega de todo el expediente es un elemento adicional por el que la Corte, resolviendo en derecho, deberá rechazarlo. A esto se suman las
fallas que se incluyeron en el documento de 55 páginas que fue presentado con el respaldo de 59 frmas.
El
artículo 38 de dicho Reglamento señala que “cuando los votos a favor del proyecto no sean suf -
Argumentos de defensa que Guillermo Lasso envió a la CC
1.El juicio debe respetar las garantías del debido proceso. La independencia, imparcialidad, legalidad y competencia deben ser observadas. En este caso, la Asamblea no tiene competencia para destituir al Presidente por una evaluación de desempeño, existen pruebas obtenidas de forma fraudulenta y se trata de adecuar tipos penales de forma incorrecta, al margen del principio de legalidad.
2. Verificación de firmas de respaldo. De las 59 firmas presentadas, 51 son válidas, debido a que los asambleístas suplentes y alternos no tienen la facultad de firmar en este procedimiento.
3. En los delitos que se invocan para el juicio, nunca se llega a establecer un nexo causal entre la conducta acusada y las actua-
Segundo ponente
En la misma sesión, los magistrados invocaron el artículo 195 de la Ley Or-
ciones del Primer Mandatario.
4.
podrá asignar a más de un juez como ponente en un mismo asunto, cuando la complejidad del tema lo amerite”.
Expediente incompleto
“En este punto debemos preguntarnos:
¿En mi calidad de Presidente me he apropiado de dineros públicos o privados? ¿He abusado de dineros públicos o privados? ¿He causado un perjuicio económico al Estado? La respuesta clara a estas preguntas es No. Los asambleístas tratan de confundir el presunto cometimiento de un delito con una comisión por omisión, o una omisión dolosa de mi parte, la cual conforme al artículo 28 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) aplica solo cuando se trata de cuestiones relacionadas con la vida, salud, libertad e integridad personal.
5.
El Presidente de la República no es responsable por las acciones ilícitas de ministros o delegados, y menciona el artículo 151 de la Constitución que señala que los ministros serán responsables política, civil y penalmente por los actos y contratos que realicen en el ejercicio de sus funciones.
Para
É dgar Neira, abogado de Guillermo Lasso, la CC tiene sufcientes argumentos para tomar una decisión que, apegada a la Constitución, y a la que sobre esta materia ha realizado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, debería rechazar la solicitud de juicio.
Para emitir su dictamen, la jueza Teresa Nuques (primera ponente designada el 24 de marzo), solicitó las actas del Consejo de Administración de la Legislatura (CAL) alrededor del juicio a Lasso. Pero los asambleístas remitieron el expediente in
completo Faltaron las actas del 20 de marzo (votaciones) con las
“Entiendo que por la trayectoria que tiene la Corte, por la seriedad con la que han actuado y por la honradez y calidad académica de sus magistrados, se debería decidir en ese sentido”. En todo caso, dijo que es necesario esperar el pronunciamiento ofcial.
Los argumentos que expone el presidente Lasso en su escrito de defensa enviado a la CC tienen contundencia jurídica, pero sobre todo, en un proceso de interpelación no puede haber ningún atisbo de control sobre la gestión gubernamental, recordó Neira.
residente de la República, únicamente por causales de delitos contra la administración pública, seguridad del Estado o de lesa humanidad (SC)
Código de Comunas presenta contradicciones con la Constitución
La academia y varios sectores económicos han mostrado sus dudas sobre los alcances del código de comunas aprobado la semana pasada por la Asamblea. Advierten que existen vacíos que deben ser discutidos ampliamente.
Luego de aprobado por el Pleno de la Asamblea Nacional el primer debate del Código de Comunas,
voces de la academia y sectores agrícolas del país muestran su alarma y dudas ante el texto aprobado por los asambleístas.
Si bien los parlamentarios ligados al movimiento indígena y sectores ambientalistas han celebrado la aprobación del texto, desde la academia advierten de graves contradicciones con la Constitución,
señalando que existen vacíos importantes que pueden generar problemas y abrir el espacio para un Estado paralelo o para la “posesión” de tierras, más allá de las denominadas ancestrales.
Tanto el constitucionalista Pablo Guerrero Martínez, como el presidente de la Cámara Agrícola de la Primera Zona, Francisco Chiriboga, cuestionan los alcances del texto y las contradicciones con la Constitución
Ambos señalaron a LA HORA la necesidad de abrir un diálogo amplio y con todos los sectores del país. Ya que se reconocen los 21 derechos colectivos consagrados en la constitución pero estos no deben generar privilegios y derechos impuestos desde una minoría sobre la mayoría de la población
No hay ingenuidad en el texto, los vacíos y el uso de algunos términos no están allí por casualidad, dejan vacíos que deben corregirse antes de aprobar este Código”.
PABLO GUERRERO MARTÍNEZ, CATEDRÁTICO Y CONSTITUCIONALISTA.gulan derechos sin determinar las debidas responsabilidades y deberes ante el Estado.
EN LA WEB
lahora.com.ec
PAÍS
Entrega de credenciales a las autoridades electas
JUSTICIA
El asambleísta del Partido Social Cristiano, Miguel Ángel Pavón, precisó que aplicar el código tal como está desarrollado en este momento “
sería una irresponsabilidad porque permitirá un sinnúmero de interpretaciones que lo harían chocar con el marco legal e incluso lo podrían hacer inoperable”.
Vacíos y contradicciones
El constitucionalista Pablo Guerrero Martínez expresó su asombro por la cantidad de contradicciones y vacíos que se encuentran a lo largo del código de comunas, puntualizando que este
debe ser revisado de forma integral, pues inclu-
Justicia Indígena debe ser tutelada
° Las limitaciones de la Justicia Indígena que están en el Código de Comunas, el constitucionalista Pablo Guerrero Martínez explica que entran en contradicción con el artículo 171 de la Constitución
El artículo 89 del Código establece que “la justicia indígena está en el mismo nivel jerárquico que la justicia ordinaria y es parte del Sistema de Justicia del Estado. “La Justicia Indígena tiene que respetar la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, si está al mismo nivel ya no tiene porque respetar los principios del derecho Universal”, advirtió Acotó que en la Constitución se establece el “Control de la Constitucionalidad” de la justicia indígena.

so sobrepasa los lineamientos establecidos en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales de 1989.
Entre las primeras críticas al código, destacó que en su articulado “hay un doble discurso, no se defne claramente lo que es un territorio ancestral. Además, establece la fgura del legatario, y contraviene las leyes y la Constitución, si la tierra es inalienable, como van a defnir una sucesión de tierras con un legatario”, precisó.
Precisó que en el artículo 17 del Código de Comunas, se desarrolla el Derecho a la Protección de Tierras y Territorios en zonas Fronterizas. Así,
los redactores del texto estarían despojando al Estado del Ecuador de sus atribuciones en materia de seguridad, de economía, pues se le estaría dando esta potestad a las comunas para establecer y mantener estas relaciones de forma directa. “Esto es inconstitucional”, sentenció.
Por su parte, Francisco Chiriboga, presidente de la Cámara de la Agricultura, acotó que en el texto se establecen y re-
Acotó que “
Ecuador es un solo país, un solo Estado democrático, no pueden pretender crear un Estado dentro del Estado”. A su juicio el Código no sólo debe establecer benefcios. “Deben considerar que todo benefcio tiene también responsabilidades, en lo social, económico y político”, advirtió.
Mayor socialización
Pavón, Chiriboga y Guerrero Martínez coincidieron en exigir una mayor difusión y debate dentro de toda la sociedad sobre el Código de Comunas.
“
Todo el texto debe ser revisado, debe ser construido con la participación de todos, debe lograrse una mayor sociabilización y más participación para la construcción de este marco legal”, indicó el asambleísta Pavón, alterno de Maryorie Chávez, quien en su tiempo presidió la Comuna Santa Clara de San Millán.
Además, advirtió que hay artículos del Código que supera los límites establecidos en la Constitución al exonerar a las tierras ancestrales y comunitarias del pago de tributos, tal como lo establece la Carta Magna. “
En el texto también quieren exonerar el pago de las contribuciones especiales. No podemos rebasar la Constitución”, recordó.
Para Francisco Chiriboga lo más importante en este momento es generar un consenso en el que toda la sociedad pueda establecer su punto de vista sobre el tema.
Apuntó que en la Constitución se establece la “plurinacionalidad y está reconoce y respeta las formas de organización social y política; pero deben coexistir sin jerarquización bajo un proyecto político común que es el Estado ecuatoriano”. (ILS)
Lenín Moreno prepara nueva estrategia que evite presentarse en la CNJ
TRÁMITES
Claves para aplicar a una visa de trabajo en Australia
ECONOMÍA
El precio del crudo WTI cierra con un aumento de más de $3 por barril
SEGURIDAD
Recuperan 22 de 24 vehículos que fueron robados en Quito
TUNGURAHUA
Cómo denunciar casos de maltrato y violencia contra adultos mayores
La población mundial podría llegar a un máximo de 9.000 millones en 2050

REDACCIÓN CIENCIA. Una nueva proyección estima que la población mundial podría alcanzar un máximo de 9.000 millones de personas a mediados de siglo, una cifra significativamente inferior a las últimas estimaciones demográficas destacadas, incluidas las de Naciones Unidas. El estudio va más allá y afirma que si el mundo da un “salto de gigante” en inversión en desarrollo económico, educación
y sanidad, la población mundial podría llegar a un máximo de 8.500 millones de personas en 2050. Las nuevas proyecciones se incluyen en un estudio de la iniciativa Earth4All para la Global Challenges Foundation. Los autores creen que la diferencia con otras proyecciones demográficas importantes radica en que estas suelen restar importancia al rápido desarrollo económico. EFE
tivos a la producción de energía limpia y la compra de vehículos eléctricos.
Industria naciente
Uruguay, a la vanguardia mundial
América apuesta por la expansión de energías renovables
Leyes y compromisos demuestran que la región va hacia la transición energética. Conozca los avances.
WASHINGTON . El uso de las e
nergías renovables en América se debate aún entre la promesa y el desarrollo, aunque las leyes y compromisos aprobados en distintos países muestran una clara tendencia a apostar por su expansión.
Uno de los ejemplos más recientes es
la Ley de Reducción de la Inflación de EE.UU. que, pese a su nombre, se relaciona más con la transi-
EL DATO
Para 2023, Chile quiere eliminar totalmente el uso del carbón.
ción energética que con la estabilidad de precios.
El proyecto, heredero del plan ‘Build Back Better’ (“Reconstruir mejor”) del presiden-
te Joe Biden -aunque menos ambicioso-, supondrá la mayor inversión en energías renovables y medidas climáticas de la historia del país. “Y por mucho”, según afirma el presidente de la organización medioambiental Sierra Club, Ramón Cruz.
prevé una inversión de $370.000 millones en fnanciación climática, la mayor parte dedicados a dar incen-
El plan
WASHINGTON . El Banco Mundial (BM) alertó este 27 de marzo de 2023 que si la crisis bancaria se extiende podría desembocar en una desaceleración “mucho más aguda” del crecimiento global, que bajaría todavía más el “límite de velocidad” de la economía mundial.

“Cuando piensas en las consecuencias de estos episodios sobre el crecimiento potencial, lo que sabemos
es que la desaceleración podría ser mucho más aguda”, apuntó el economista jefe del departamento de Crecimiento Equitativo, Finanzas e Instituciones, Ayhan Kose.
El Banco Mundial presentó el informe ‘Caída de las perspectivas de crecimiento a largo plazo: tendencias, expectativas y políticas’, en el que alerta de que el “límite de velocidad” de la economía global, es decir, la tasa máxima a lar-
En
México, el 25% de la energía proviene de fuentes renovables, pero sus condiciones geográfcas hacen que todavía tenga mucho potencial por explotar, indicó Paul Alejandro Sánchez, profesor del TEC de Monterrey.
El experto en energía explicó que el presidente Andrés Manuel López Obrador arrancó con una clara fjación por los modelos energéticos tradicionales y sigue apostando con fuerza por los combustibles fósiles.
Pero en el último tramo de su Administración ha realizado un viraje hacia las renovables con proyectos como el Plan Sonora, del que destaca la planta solar de Puerto Peñasco, que abarca
2.000 hectáreas de paneles solares.
En
Brasil, unas 20 empresas, principalmente grandes petroleras, han solicitado las licencias para desarrollar 70 proyectos de construcción de parques eólicos en alta mar con capacidad para generar 170 gigavatios (GW) de energía. Argentina apenas abasteció el 13% de su demanda energética en 2022 con fuentes renovables. Sin embargo, la cifra supone un gran incremento si se compara con el 2% que registraba en 2017 y el
objetivo es llegar al 20% en 2025, según una ley aprobada en 2015 para incentivar las energías renovables.
En
Colombia, la energía

° En Uruguay el 94% de la generación eléctrica se origina en fuentes renovables. El país es una anomalía positiva en la región y está a la vanguardia mundial: un informe oficial presentado en octubre pasado subraya que el laboratorio de ideas REN21 lo ubicó como el segundo país con mayor participación de este tipo de energías. La clave: la descarbonización casi total de su red energética, que comenzó en 2010 y se logró gracias a una inversión público-privada de unos $8.000 millones. El país también avanza hacia la descarbonización del transporte y la industria y el desarrollo de una economía del hidrógeno verde.
La molécula, conocida como “el combustible del futuro”, es también una de las grandes apuestas de Chile, que quiere convertirse en un exportador mundial.
hidroeléctrica representa el 58,8% de la matriz energética y solo 200 MW provienen de otras fuentes renovables, como la energía eólica y la solar, lo que equivale al 1%. Ahí se apuesta por la construcción de 19 plantas solares este año y desarrollar el potencial de generación con biomasa. EFE
Expansión de crisis bancaria preocupa al Banco Mundial
go plazo a la que puede crecer sin provocar infación, se desplomará a un mínimo de tres décadas para 2030.
Aunque el informe fue elaborado antes del comienzo de la crisis desatada por la caída del Silicon Valley Bank estadounidense hace dos semanas , ya hablaba de posibles crisis bancarias sistémicas que “reducen crecimiento potencial a mediano plazo”, afrma el informe. EFE
TENSIÓN. La población no está conforme con el servicio de transporte público y no apoyan la petición de alza del pasaje.
Alza de pasajes, no hay pronunciamiento de la Alcaldesa electa
Los expertos aseguran que el tema podría pasar a análisis y aprobación del nuevo Concejo Municipal de Ambato.
La ‘Ordenanza que regula la fijación de tarifa de los servicios de transporte terrestre público de pasajeros de buses urbanos y rurales del cantón Ambato’ ya pasó su primer análisis en el pleno del Concejo Municipal.

el incremento sea de 0.05 centavos, lo que implicaría que el costo sea de 0.35 centavos.
EL DATO
El paro de los transportistas duró del lunes 13 al miércoles 22 de marzo de 2023.
En sesión extraordinaria del viernes 24 de marzo de 2023, se conocieron a detalles los ocho artículos que tiene es ta normativa.
El tratamiento de la ordenanza se hizo luego de que los transportistas urbanos y rurales de Ambato suspendieran el servicio por 10 días.
Desde la Comisión de Tránsito y Transporte, presidida por el concejal Manuel Palate, una vez que concluyeron la revisión del documento a presentar, en donde se adjuntan los informes técnicos del Municipio y de los agremiados, recomendó que
Ante la paralización y recomendación de alza de pasaje, desde los movimientos indígenas de Tungurahua se enfatizó que en caso de que el alza se efectivice ellos se movilizarían pues aseguran que la situación económica no da para ningún tipo de aumento del pasaje.
La ciudadanía
A pesar de no haber tenido transporte 10 días, la m ayor parte de la colectividad no apoya el pedido de los buseros y aseguran que no están de acuerdo con ningún tipo de alza.
Ese criterio fue resaltado por Mireya Toapanta, contadora y madre de famil ia de dos adolescentes, quien señala que ni por calidad de servicio ni por distancias
TOME NOTA
La tarifa del transporte público, hasta el momento no ha tenido ningún incremento y los transportistas no están autorizados para elevar el precio bajo ninguna circunstancia.
en Ambato se justifica el incremento de la tarifa.
Algo parecido comentó Miguel Altamirano, estudiante universitario de Derecho, quien añadió que una de las soluciones que deben tomar las autoridades es la redistribución de frecuencias o la caja común para que todos los transportistas tengan una ganancia equitativa y no se busque el alza del pasaje que afecta a toda la población.
Nueva Administración
Sobre estos particulares La Hora Tungurahua intentó, desde el inicio del paro de transportistas , conseguir una versión de la alcaldesa electa Diana Caiza, sin embargo, las múltiples ocupaciones de su agenda han imposibilitado tener una versión de la nueva autoridad.
Análisis
El analista político Giuseppe Cabrera comenta que con todo el proceso que debe pasar la ordenanza para su aprobación, es muy probable que el tema le pase al nuevo Concejo Municipal que se posesionará el próximo 14 de mayo de 2023.
CIFRA
0.30 CENTAVOS
Cuesta actualmente el pasaje en Ambato.
0.15 CENTAVOS
Es el valor para estudiantes, personas con discapacidad y tercera edad.
EL DATO
En 2015 se incrementó el costo del pasaje urbano a 0.30 centavos.
“Para la Administración que está terminando su periodo no es una prioridad ni le interesa aprobar un tema tan polémico, así que es muy probable que le den largas y el tema pase al nuevo Concejo, y es ahí donde realmente tiene que verse la posición de las autoridades electas”, puntualizó el analista.
za no se debe a estas organizaciones, pues es solamente “una candidata prestada y tampoco es que viene de bases o es líder dentro de los movimientos”, sin embargo, es much o más complicado tener un conflicto con las organizaciones sociales indígenas y campesinas que con el sector del transporte. Cabrera cree que la decisión más salomónica que puede tomar la Alcaldesa electa es que, como Municipio, se subsidie el incremento del pasaje y así se suplen las necesidades de ambos sectores.
“Hay líneas y líneas, y en ese punto no se quejan los transportistas, tampoco veo que se pronuncien por los accidentes y contravenciones que cometen a diario, a ellos sólo les afecta su bolsillo y no el bienestar colectivo”, puntualizó el joven.
Cabrera mencionó que este tema sería el primer gran desafío de Diana Caiza, alcaldesa electa, y debe encontrar una solución que beneficie a la ciudadanía.
Ante el pronunciamiento de los movimientos indígenas de movilizarse en caso de que se decida el incremento del costo del pasaje, el analista mencionó que Cai-
Sin embargo, Cabrera fue enfático en señalar que bajo ninguna circunstancia se puede aprobar un incremento o un subsidio si es que no hay un compromiso firmado por parte de los transportistas de cumplir de mejor forma su trabajo y satisfacer efectivamente la necesidad de movilización de la población. (NVP)
Delincuentes se ‘adueñan’ otra vez del Anillo Vial de Quevedo

Grupos armados actúan sin ley. Desde la Gobernación se dice que se trabaja, pero siguen los secuestros y muertes violentas.
Los grupos armados y la Policía al parecer juegan al ‘gato y el ratón’ en el distribuidor de tráfico (Anillo Vial) que conecta a varios cantones de la provincia. Así lo manifestó el jefe de la Policía en Quevedo, Omar Muñoz Ibarra.

Esta obra que fue inaugurada en el año 2016, y que en un inicio fue la alegría de la transportación, ahora es su peor pesadilla. En este lugar los delincuentes hacen de las suyas sin importarles la vida de nadie, como lo ocurrido la madrugada del pasado mes de abril del 2022 cuando un pasajero fue asesinado por antisociales.
En Quevedo existe un plan de intervención integral por 60 días que consiste en trabajar con varias unidades de la Policía como: Unase, GIR, GOE, entre otras.
El Anillo Vial tiene 24 kilómetros, pero en el tramo Buena Fe – Mocache es donde se evidencian los constantes robos y asaltos a los conductores que cruzan por dicho lugar.

La madrugada de este lunes 27 de marzo de 2023e se viralizó un video en redes sociales, donde una conductora se salvó del ataque de grupos armados, los cuales se han tomado el Anillo Vial, a vista y paciencia de las autoridades locales y provinciales.
Pánico en la vía
Cuando los rayos del sol empezaron a salir, y a pesar de que caía una pequeña llovizna sobre esta carretera riosense, cuatro antisociales, con chompas,
Robos con muertes
° La noche del domingo 26 de marzo de 2023, en la calle México, de la parroquia San Camilo fue victimado Geovanny Peralta, con tres impactos de bala. El robo sería la causa de su fallecimiento.
Mientras que, la tarde de ayer lunes 27 de marzo de 2023, en la parroquia El Guayacán fue disparado un ciudadano, presuntamente por robarle el vehículo.
Quedó herido y fue llevado a una casa de salud.
TOME NOTA
En Quevedo existe un plan de intervención integral por 60 días, consiste en trabajar con varias unidades de la Policía como: Unase, GIR, GOE, entre otras.
pantalonetas y mascarillas, lanzaron llantas a los conductores.
Pasar a la Pag. 12
EL DATO
Según la Policía los horarios que estarían operando los antisociales en el Anillo Vial sería de 04:00 a 09:00 y de 16:00 a 22:00.
La escena era de película, ya que actúan coordinadamente; mientras uno lanza las llantas, otro apunta con un arma de fuego, para amedrentar a sus víctimas.
En este caso la mujer, al parecer se ‘encomendó’ a Dios y no se reportó el robo de su vehículo ni de sus pertenencias.
La misma suerte no corrió el conductor de un transporte de pasajeros que, según el reporte policial, para precautelar la vida de los usuarios, ante las balas que podían lanzar los pillos, decidió parar la marcha, para no poner en riesgo a nadie. “Lo material se recupera”, expresó un conductor ante lo acontecido.
Los antisociales le cayeron como ‘buitres’ a sus víctimas y se embarcaron al bus amenazando a los pasajeros con quitarles la vida, si ponían resistencia. Fueron los minutos más terroríficos de los viajeros, en la cual solo se registró pérdidas materiales, por suerte.

Estos ataques prendieron las alarmas de los agentes policiales, que al salir a verificar el caso, encontraron alrededor de 15 llantas que estaban regadas en todo el tramo infestado por la delincuencia armada.
Patrullaron la zona
Los patrullajes se efectuaron a lo largo de este lunes 27 de marzo de 2023. El jefe policial, Omar Muñoz Ibarra, indicó que de forma articulada salieron hasta el distribuidor de tráfico, con unidades de inteligencia de la Policía, y también con militares del Grupo de Fuerzas Especiales #26 Cenepa, y en coordinación con la Fiscalía de esta localidad.
“Estamos integrados para ejercer un trabajo de territorio, que sea visible para los antisociales que se escabulleron por la maleza y guardarrayas de la zona, los antisociales se ocultan, y es por eso que estamos en un juego del gato y el ratón”.
Esta frase que dicha por Muñoz, al parecer fue una realidad. La Hora estuvo en el sitio del operativo, y efectivamente no se decomisó ni un ‘corta uñas’, es decir, no cayó ni un pillo.
EL DATO
La Policía, con fecha 13 y 15 de marzo de 2023 emitió un pedido junto con el Municipio, para la declaratoria de emergencia en Quevedo, hacia el Gobierno y el Ministerio del Interior.
TOME NOTA
Según la Gobernadora de Los Ríos, Connie Jiménez, desde mañana martes 28 de marzo se empizará a trabajar en el tema de los postes de alumbrado eléctrico, en el Anillo Vial. Porque la próxima semana serán supuestamente ubicados.

Sin embargo, el oficial de Policía, detalló que los operativos serán constantes, y que una vez que las otras entidades realicen su parte correspondiente, como la colocación del alumbrado público, serán mucho más efectivas las intervenciones policiales.
Por su parte, el jefe de la Subzona, Richard Vaca , indicó que la zona del Anillo Vial se encuentra supuestamente intervenida, con el único objetivo de disuadir lo que hacen las bandas delincuenciales. Estado de emergencia para Quevedo ¿Será esto posible?
La Gobernadora, Connie Jiménez, expuso que se han canalizado gestiones y se han hecho pedidos a la Presidencia y al Ministerio del Interior, quienes analizan la viabilidad de decretar un Estado de Excepción para la provincia.
No obstante, para Jiménez, esta declaratoria de
emergencia es una medida que ayudará, pero no solucionará un problema de fondo, ya que existiría un sistema de justicia que no ayuda a los organismos de control ni a la ciudadanía.
“Que las Fuerzas Armadas intervengan. Está en
manos de la Asamblea Nacional. Se debe empezar a tener un marco legal a favor de la Policía, y no de la delincuencia», acotó la Gobernadora. (VV)
Alcalde de Pindal explica que lo dicho fue un ‘error de lenguaje’
Mediante una carta pidió disculpas al pueblo de Pindal. Aseguró que después de los cuatro años de administración el pueblo será el mejor termómetro para evaluar su trabajo.
PINDAL • El alcalde electo del movimiento Pachakutik del cantón Pindal, Julio Guerrero, ante las aseveraciones en un medio de comunicación digital, donde hizo énfasis a que la Ley de Contratación

Pública permite a los alcaldes llevarse a sus bolsillos un 30% de la contratación de una obra, aclaró que reconoce que fue un error de lenguaje, por lo que pide disculpas a la población pindaleña.Aclara-
ción
Según Guerrero, lo manifestado, donde señaló que “un contratista viene a poner un millón de dólares y no lo pone gratis. ¿Cuánto va a ganar por un millón de dólares? Tenga en cuenta usted que la ley permite 30% que es legal, la ley le permite. En este caso, el Alcalde puede llevar para él ese porcentaje para su bolsillo”, aclaró que es un error mal intencionado de lenguaje, pues su intención fue hacer públicos los actos de corrupción, tampoco solapar y mucho menos participar en un hecho de esta naturaleza.

La entrevista fue concedida a un medio de comunicación digital de la localidad, el martes 21 de marzo de 2023, “en donde involuntariamente yo cometo un error de lenguaje, esto ante las irregularidades que existen en el país y son a diario, pero no han sido investigadas, ni tampoco sancionadas”, reveló.
“Gran parte de la entrevista yo la enfoco a una denuncia de la triste realidad del Municipio de Pindal, donde hago énfasis a que el Municipio está destruido por las administraciones que han pasado y no han hecho nada”, denunció.

Falencias
En Pindal han pasado algunos alcaldes, y aseguró que
no cuenta con un equipo caminero, es decir, la vialidad está intransitable en la parte rural, y no es por la época invernal, sino porque nunca han atendido los problemas. También recalcó que este cantón no tiene un camal municipal, no cuenta con un palacio municipal, el actual Municipio funciona en una casa comunal que tiene una serie de daños, como las cortinas que se caen a pedazos, al igual que el tumbado y otras partes de la infraestructura.
La interrogante es qué ha sucedido, “¿por qué las autoridades no han hecho nada?, ¿Qué el Municipio hoy en día esté como esté corresponde a actos transparentes de administración? Parece que tener las uñas largas no es un problema, por allí iba la entrevista”, relató.
Esmeraldeños sienten que falta un real control sobre los motociclistas
Excepciones
•Quedan exentos de las medidas estipuladas de la presente ordenanza, las motocicletas pertenecientes a instituciones estatales y organismos de respuesta que se encuentren cumpliendo actividades oficiales demostrables.
•Quedan exentos los conductores de motocicletas donde su acompañante sea de sexo femenino.
Sanciones
Para quienes incurran en la prohibición establecida, serán sancionados con la Retención de la motocicleta y similares de acuerdo a lo siguiente:
•Por primera vez la retención de la motocicleta será de 30 días y el 25% de un salario básico unificado de multa.
VEHÍCULO.
hurtan
Cada vez son más las motocicletas que han sido reportadas como robadas. La ordenanza que se hizo para evitar el uso de estos vehículos en delítos y crímenes quedó en el papel.
La motoccicleta, que para los trabajadores es un medio de transporte y una herramienta de trabajo, también se ha convertido en el vehículo preferido para los delincuentes. Ellos usan este transporte para robar, extorsionar o matar.
En la ciudad de Esmeraldas, la Policía realiza operativos para disminuir los índices de inseguridad en la ciudad. Pese a esto, los delitos
persisten, sncluso se cometen en motocicletas que han sido reportadas como robadas, pero que los antisociales las han modificado y hasta pintado de otros colores.
Esto ocurre pese a que desde el 21 de abril de 2022 está vigente una ordenanza que regula el uso este tipo de vehículos en el cantón.
La normativa está enfocada en reducir los siniestros de tránsito y mitigar el alto
índice delincuencial. Por eso, obliga al conductor a portar su licencia, matrícula vigente y la identificación del número de matrícula en su casco para presentarlos a los agentes civiles de Tránsito, Policía Nacional y Fuerzas Armadas cuando fueren requeridos.
Por los crímenes que se han registrado en los últimos años, la norma probhíbe que dos o más personas de sexo masculino se trasladen en una sola moto. Esto es lo que se incumple y que, según los ciudadanos, solo quedó en el papel.
Criterio ciudadano
Jhon Alcívar, quien fue víctima de un robo en la ciudad, confirmó que fue atacado por dos sujetos que se transportaba en una motocicleta sin placa. Además, se transportaban con sus rostros cubiertos y le amenazaron con un arma de fuego.
Además de preguntarse quién controla a los motociclistas, Alcívar confesó que ahora siente tempor cada vez que escucha una motocicleta.
•Quedan exentos los conductores de motocicletas donde su acompañante sea un niño menor de 12 años.
•Quedan exentos las personas uniformadas tales como: a) Empleados o trabajadores de empresas públicas. b) Empleados o trabajadores de empresas privadas con su respectivo carnet de identificación. c) Estudiantes con su uniforme.
Piensa que lo volverán a asaltar o que esta vez lo matarán. Alcivar hizo un llamado a las autoridades para que incrementen los operativos policiales y endurezcan las penas para este tipo de delincuencia.
Detenidos en Esmeraldas
Frente a este tipo de denuncias, la Policía Nacional informó que realiza operativos en puntos estratégicos, pero reconoció que los delincuentes se ingenian las maneras
•Si se produce por segunda vez, la retención de la motocicleta será por 60días y 50% de un salario básico unificado de multa.
•Por tercera vez en adelante, la retención de la motocicleta será por 90 días y un salario básico unificado
de hacer de las suyas.
En los últimos operativos, los uniformados detuvieron a un motociclista por un presunto delito de receptación y por conducir una motocicleta que estaba reportada como robada.

Otro sujeto que se movilizaba en una moto de dudosa procedencia también fue puesto a órdenes de la autoridad competente, mientras que la motocicleta fue ingresada a los patios de la Policía Judicial.
Además, durante una persecusión, la Policía capturó a un ciudadano que conducía una motocicleta reportada como robada. El involucrado fue puesto a órdenes de la autoridad competente. (DLH)


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Obras maestras cuelgan torcidas para alertar sobre crisis climática
Algo anda torcido en el Museo Leopold de Viena. Obras maestras de Klimt o Schiele cuelgan en un ángulo equivocado de varios grados, en una metáfora visual de cómo un pequeño aumento en la temperatura global del planeta puede tener efectos catastróficos. EFE

TUTELA EFECTIVA EN GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
En virtud de lo previsto en el Art. 32 de la CRE, señala que: “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, efciencia, efcacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional”.
El artículo 35 ibídem establece: “Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastrófcas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad.”
En cuanto la Ley Orgánica de la Salud en su artículo 1 señala: “La presente Ley tiene como fnalidad regular las acciones que permitan efectivizar el derecho universal a la salud consagrado en la Constitución Política de la República y la ley. Se rige por los principios de equidad, integralidad, solidaridad, universalidad, irrenunciabilidad, indivisibilidad, participación, pluralidad, calidad y efciencia; con enfoque de dere-
chos, intercultural, de género, generacional y bioético”.
El artículo 3 de la mencionada norma, establece: “La salud es el completo estado de bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. Es un derecho humano inalienable, indivisible, irrenunciable e intransmisible, cuya protección y garantía es responsabilidad primordial del Estado; y, el resultado de un proceso colectivo de interacción donde Estado, sociedad, familia e individuos convergen para la construcción de ambientes, entornos y estilos de vida saludables”.
En esta misma norma el artículo 13 establece: “Los planes y programas de salud para los grupos vulnerables señalados en la Constitución Política de la República, incorporarán el desarrollo de la autoestima, promoverán el cumplimiento de sus derechos y se basarán en el reconocimiento de sus necesidades particulares por parte de los integrantes del Sistema Nacional de Salud y la sociedad en general”.
El articulo innumerado 1, determina: “El Estado ecuatoriano reconocerá de interés nacional a las enfermedades catastrófcas y raras o huérfanas; y, a través de la autoridad sanitaria nacional, implementará las acciones necesarias para la atención en salud de las y los enfermos que las padezcan, con el fn de mejorar su

calidad y expectativa de vida, bajo los principios de disponibilidad, accesibilidad, calidad y calidez; y, estándares de calidad, en la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, habilitación y curación. Las personas que sufran estas enfermedades serán consideradas en condiciones de doble vulnerabilidad”.
La Ley Orgánica de la Salud ha establecido una serie de defniciones para su aplicación las mismas que se encuentran en el artículo 259 que para el caso que nos encontramos las necesarias son: “Art. 259.- (Agregado por el Art. 4 de la Ley s/n, R.O. 625, 24I-2012).- Para efectos de esta Ley, se entiende por: (…) Enfermedad Catastrófca.- Es aquella que cumple con las siguientes características: a) Que implique un alto riesgo para la vida de la persona; b) Que sea una enfermedad crónica y por lo tanto que su atención no sea emergente; y, c) Que su tratamiento pueda ser programado o que el valor promedio de su tratamiento mensual sea mayor al determinado en el Acuerdo Ministerial de la Autoridad Sanitaria.”
La Corte Constitucional en Sentencia 328-19-EP/20 del 24 de junio de 2020, dentro de la CAUSA N. 328-19-EP ha indicado: “40. La Constitución de la República del Ecuador y el ordenamiento jurídico ecuatoriano dan especial importancia a la salud, pues es reconocida como un derecho
¿Cuál es el ámbito de actuación de los jueces que conocen un hábeas corpus respecto a una privación de la libertad originada en un proceso penal abreviado?

constitucional (art. 32) y a la vez, como uno de los deberes primordiales del Estado (art. 3.1) que debe ser garantizado a través políticas, programas y servicios de salud que integran el Sistema Nacional de Salud (artículo 358), y que debe regirse por los principios de calidad, efciencia, efcacia y precaución. 41. El derecho a la salud está además reconocido en numerosos instrumentos de derecho internacional que son vinculantes para el Ecuador: la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25.1); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 12); la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (artículo 5.iv.e); la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (artículos 11 y 12. 1); la Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 24.1); la Convención sobre la Protección de los trabajadores migratorios y sus Familiares (artículo 28); el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 10) y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (artículo 25). 42. La salud es un derecho humano indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. Todo ser humano tiene derecho al disfrute del más alto ni-
La Corte determinó que la actuación de los jueces y juezas que conocen una acción de hábeas corpus derivados de un proceso penal abreviado no debe superponerse o reemplazar a la justicia penal.

80.2. La presentación del hábeas corpus y el examen realizado por las juezas y los jueces constitucionales que lo conocen no puede implicar una superposición o reemplazo de la justicia penal. A las juezas y los jueces constitucionales que conocen y resuelven un hábeas corpus no les corresponde evaluar ni modificar las actuaciones de las juezas y los jueces penales acerca de aspectos propios de la jurisdicción penal ni tampoco que el hábeas corpus pueda ser utilizado como un mecanismo de impugnación en contra de la decisión emitida dentro del proceso penal. En consecuencia, deberán abstenerse de analizar y pronunciarse sobre cuestiones como: los elementos de convicción aportados para el inicio de una instrucción fiscal, los criterios evaluados para una orden de medidas cautelares, la prueba para acreditar la existencia del delito y la participación de la persona procesada, la adecuación de los hechos probados a un determinado tipo penal o la imposición de una condena, lo que incluye la aplicación de circunstancias atenuantes o agravantes, así como la proporcionalidad de la pena. [...] 80.5. Con el fin de evitar una superposición entre la justicia penal y la justicia constitucional, el análisis de las juezas y los jueces constitucionales que conocen la garantía de hábeas corpus deberá ceñirse a la naturaleza de esta garantía, esto es, la protección de la libertad personal frente a privaciones de la libertad ilegales, ilegítimas o arbitrarias, así como la protección de otros derechos conexos de la persona privada de la libertad.
Corte Constitucional Sentencia 189-18JH/21.
Fuente: Guía de Jurisprudencia Constitucional Hábeas Corpus.
¿Cuál es el ámbito de actuación de los jueces que conocen un hábeas corpus respecto a una privación de la libertad originada en un proceso penal abreviado?
vel posible de salud que le permita vivir dignamente. De este modo, el derecho a la salud implica no solo la ausencia de afecciones o enfermedades, sino también a un estado completo de bienestar físico, mental y social, derivado de un estilo de vida que permita alcanzar a las personas un balance integral.
La Corte Interamericana ha precisado que la obligación general respecto del derecho a la salud se traduce en el deber estatal de asegurar el acceso de las personas a servicios esenciales de salud garantizando una prestación médica efcaz y de calidad, así como de impulsar el mejoramiento de las condiciones de salud de la población. (…) 45. En el caso de las personas con enfermedades degenerativas, pertenecientes a grupos vulnerables, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “Corte IDH”), en el caso Chinchilla Sandoval y Otros vs, Guatemala determinó que “la necesidad de protección de la salud, como parte de la obligación del Estado de garantizar los derechos a la integridad personal y a la vida, se incrementa respecto de una persona que padece enfermedades graves o crónicas cuando su salud se puede deteriorar de manera progresiva”. 46. En este sentido, la Corte IDH ha determinado que el derecho a la salud de las personas miembros de grupos vulnerables, por su condición de atención prioritaria, a más de ser entendido como el derecho al más alto nivel de salud posible; “abarca la atención de salud oportuna y apropiada conforme a los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad. El cumplimiento de la obligación del Estado de respetar y garantizar este derecho deberá dar especial cuidado a los grupos vulnerables y marginados […].”
En la sentencia de precedente constitucional obligatorio 001-010-JPO-CC, la Corte hizo una primera aproximación respecto de la naturaleza y procedencia de la acción de protección, y estableció lo siguiente: “…las garantías jurisdiccionales, específcamente la acción de protección, proceden cuando del proceso se desprenda la vulneración de derechos constitucionales provenientes de un acto de autoridad pública no judicial, vulneración que debe ser declarada por el juez constitucional vía sentencia…”;
Acción de protección
Sentencia 001-10-JPO-CC, de 22 diciembre 2010, dentro del Caso No. 999-09-JP. Karla Andrade Quevedo). Así también ha resuelto la Corte Constitucional
del Ecuador, en su sentencia 0016-13-SEP-CC, en el Caso No. 1000-12-EP, de fecha Quito, D. M., de fecha 16 de mayo del 2013, cuando dice: “El respeto al trámite correspondiente constituye uno de los ejes centrales que permite el cumplimiento de las normas del debido proceso y fomentan la seguridad jurídica en el país, por lo que intentar subsanar la supuesta violación de derechos constitucionales mediante procedimientos ajenos a la naturaleza de la garantía si genera inseguridad jurídica, pero sobre todo provoca la desnaturalización de la acción extraordinaria de protección”.
De manera que la acción de protección no tiene por objeto absorber la justicia ordinaria, sino que fue instituida para tutelar los
derechos constitucionales de las personas, Así también lo ha resuelto la misma Corte Constitucional del Ecuador, en su sentencia su sentencia No. 117-13-SEP-CC, Caso. 0619-12-EP, Quito D. M., 11 de diciembre de 2013, cuando dice:
“Es claro que la distinción en el objeto de la acción de protección y los procesos de impugnación en sede contencioso administrativa, no está en el acto impugnado; sino más bien, en la consecuencia del mismo. Así, la expedición de un acto administrativo interesa a la jurisdicción constitucional, en tanto constituye la fuente de una situación violatoria a derechos constitucionales…”
Derecho a la seguridad jurídica
CONVOCATORIA A JUNTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. S.A.
Convoco a los señores Accionistas de la Compañía “SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. SOCIEDAD ANÓNIMA” a la sesión de la Junta de Asamblea General Extraordinaria, que se realizará el día miércoles 12 de abril de 2023, a las 10H00 en el domicilio principal de la empresa, ubicado en la calle Otoya Ñan 538-76 y Guayanay Ñan, de esta ciudad, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. En el caso de no concurrir físicamente los accionistas a la junta, la comparecencia pueden hacerla vía telemática, acogiéndose a la facultad y en cumplimiento de las disposiciones contempladas en el artículo 233 de la Ley de Modernización a la Ley de Compañías y el artículo 26 de la Resolución No. SCVS-INCDNCDN-2022-0010 de fecha 21 de junio de 2022, publicada en el Registro Oficial Suplemento 99 de fecha 06 de julio de 2022. El objeto del llamamiento a la presente Junta General es el de conocer y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día:
1. Conocimiento y resolución sobre el informe de Gerente General de la Compañía SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. S.A., correspondiente al ejercicio económico 2022;
2. Conocimiento y resolución sobre el informe de Comisario de la Compañía SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. S.A., correspondiente al ejercicio económico 2022;
3. Conocimiento y resolución sobre el informe de Auditoría Externa de la Compañía SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. S.A. correspondiente al ejercicio económico 2022;
4. Conocimiento y resolución sobre los Estados de Situación Financiera, de Resultados integral y sus Anexos, de Flujos de Efectivo y de Cambios en el Patrimonio y notas a los Estados Financieros de la Compañía SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. S.A. correspondiente al ejercicio económico 2022;
5. Resolución sobre la distribución de Beneficios Sociales de la Compañía SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. S.A. correspondiente al ejercicio económico 2022;
6. Designación de los nuevos miembros del Directorio de la Compañía SUCESORES DE JACOBO PAREDES M. S.A., y fijar las remuneraciones que percibirán en el ejercicio de sus funciones;
7. Nombramiento de Comisarios Principal y Suplente y fijar las remuneraciones que percibirán en el ejercicio de sus funciones;
8. Nombramiento de Auditores Externos; y,
9. Asignación del monto de endeudamiento autorizado a los Administradores de la Compañía.
Los documentos que serán conocidos por la Junta General, se encuentran a disposición de los señores Accionistas en las oficinas de la Compañía, ubicado en la calle Otoya Ñan 538-76 y Guayanay Ñan, de esta ciudad, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, sin embargo, adjunto a la convocatoria enviada por correo electrónico se incorporan dichos documentos.
Sin perjuicio de la convocatoria enviada por nota escrita, también se convoca especial e individualmente al Sr. Mauricio Mosquera y al señor Sr. Ramiro Alfonso de la Calle Neira, Comisarios Principal y Suplente de la compañía, con domicilio en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, ubicados, en su respectivo orden, en la Avenida 12 de Octubre y Abraham Lincoln, Edificio Torre 1492, piso 7, oficina 101 y en la Avenida República Oe3-226 y Mañosca, para que se dignen asistir a la Junta General de Accionistas. Los señores comisarios, al igual que los señores accionistas, pueden comparecer a la junta a través de videoconferencia.
Quito, 28 de marzo de 2023
Fernando Sánchez Campos Gerente GeneralEl derecho a la seguridad jurídica está consagrado en el artículo 82 de la Constitución, y se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.
Este derecho es ampliamente examinado por la Corte Constitucional en la sentencia 13I.15-SEP. CC; CASO N.”0561-12-EP, en la
que se lee lo que sigue: “Mediante un ejercicio de interpretación integral del texto constitucional se determina que el derecho a la seguridad jurídica, es el pilar sobre el cual se asienta la confanza ciudadana en cuanto a las actuaciones de los distintos poderes públicos; en virtud de aquello, los actos emanados de dichas autoridades públicas deben contener una adecuada argumentación
CONVOCATORIA
De acuerdo con la Ley de Compañías y el Estatuto Social, se convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas de la COMPAÑÍA ECUADOR ANDINO-ECUANDY S.A., a celebrarse el día 10 de abril del 2023 a las 09H00 am, en la oficina de la Compañía ubicada en la calle Esperanza N71-830 y Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente Orden del Día:
1. Constatación del quórum.
2. Aprobación del Informe del Gerente General del año 2022.
3. Aprobación del Informe de Comisario del año 2022.
4. Análisis y aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico 2022.
5. Resolución sobre el destino de las utilidades del año 2022.
6. Elección de Presidente , Gerente General, Comisario Principal y Comisario Suplente.
7. Aprobación del presupuesto del año 2023.
Atentamente
Sr. Mario Aguilar Ávila Gerente General
D.M. Quito, 28 de marzo del 2023
CONVOCATORIA
De acuerdo con la Ley de Compañías y el Estatuto Social, se convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas de la COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE TAXIS Y ENLACES TURÍSTICOS S.A. CENTROTAXI, a celebrarse el día 10 de abril del 2023 a las 11H00 am, en la oficina de la Compañía ubicada en la calle Esperanza N71-830 y Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente Orden del Día:
1. Constatación del quórum.
2. Aprobación del Informe del Gerente General del año 2022.
3. Aprobación del Informe de Comisario del año 2022.
4. Análisis y aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico 2022.
5. Resolución sobre el destino de las utilidades del año 2022.
6. Elección de Presidente , Gerente General, Comisario Principal y Comisario Suplente.
7. Aprobación del presupuesto del año 2023.
Atentamente
Sr. Mario Aguilar Ávila Gerente General
D.M. Quito, 28 de marzo del 2023
CONVOCATORIA
A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE PUNTOQUIMICA S. A.
De conformidad con lo dispuesto en la ley de compañías y en los estatutos sociales, convoco a los señores accionistas de PUNTOQUIMICA S.A., a la junta general ordinaria de accionistas que se reunirá en las oficinas de la compañía ubicadas en la calle De los Arupos E9-51 y Av. Eloy Alfaro, de esta ciudad el día miércoles 12 de abril de 2023 a partir de las 08h00 para conocer y resolver sobre los siguientes puntos:
1.- Aprobación de los estados financieros correspondientes al ejercicio 2022.
2.- Aprobación de los informes de Gerente General, Directorio y Comisario.



3.- Decisión, destino y uso de los beneficios sociales
4.- Remoción, Designación o ratificación de Vocales Principales y Suplentes de Directorio.
5.- Nombramiento o ratificación del Comisario de la compañía
6.- Reforma de Estatutos Sociales
Los informes y estados financieros, se encuentran a disposición de los accionistas en la oficina principal de la empresa. Se convoca de manera especial al señor Lcdo. William Navarrete, Comisario de la Compañía sin perjuicio de convocársele individual y personalmente.
Quito, 24 de marzo de 2023
Señor(es) PRENSA
Presente.
En el juicio N.- 17204202300219, hay lo siguiente
17204-2023-00219-OFICIO-03227-2023
Causa N.- 17204202300219
Quito, jueves 23 de febrero del 2023
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA , MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO , PROVINCIA DE PICHINCHA.
REPUBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO
ACTOR: FARINANGO PANAMA MARIA BEATRIZ
DEMANDADO: IMBAQUINGO AYALA LUIS RAMIRO
JUICIO No. 17204-2023-00219

ASUNTO: DIVORCIO POR CAUSAL
COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA CAÑABERAL C.A.
Convocatoria Junta General Ordinaria
Se convoca a los señores accionistas de la compañía a la Junta General Ordinaria, el día sábado 1 de Abril del 2023, a las 10:00 horas, en primera convocatoria, en el domicilio social, calle S45B N° Oe3-28 y Quitumbe Ñan (Cdla del Ejercito), para tratar el siguiente:
Orden del día:
Primero.- Constatación de quórum e instalación de la Junta
Segundo.- Informe del Sr. Presidente
Tercero.- Informe del Sr. Gerente
Cuarto.- Informe de los señores Comisarios
Quinto. - Conocimiento y aprobación, del balance general del ejercicio económico del 1 de enero al 31 de diciembre del 2022 Sexto. - Asunto varios
Séptimo.- Lectura y aprobación del acta.
Se convoca de manera especial a los Sres. Emiro Gaibor y Nelson Vivas Comisarios de la Compañía, se pone a disposición de los señores accionistas la documentación e informes relativos a los asuntos a tratar en esta reunión, que podrá ser consultado por todos los accionistas en el correo individual.
Atentamente Sr.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA , MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO , PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de Febrero del 2023 a las 14h52 horas. VISTOS: Con base a la razón sentada por la señora Secretaria; y, una vez que se ha cumplido con la exigencia de procedimiento que señala el Art. 56 numeral 2 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza en la presente causa de esta Unidad Judicial amparada a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 051-2017 de 17 de abril de 2017, y por el sorteo de ley.- En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL POR EL ABANDONO INJUSTIFICADO propuesta por MARIA BEATRIZ FARINANGO PANAMA portadora de la cédula de ciudadanía No. 1002832887 reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al PROCEDIMIENTO SUMARIO.- En consecuencia: 1) Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada LUIS RAMIRO IMBAQUINGO AYALA portador de la cédula de ciudadanía No. 0401112396, por la Prensa en esta ciudad de Quito de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual entréguese por medio de secretaria el extracto pertinente; advirtiéndole a la parte demandada que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333 numeral 3) del Código Orgánico General de Procesos, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- 2) De conformidad con el artículo 333 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que sea citada la demandada en legal y debida forma y transcurra el término legal.- 3) Con relación a la prueba anunciada por la parte accionante de ser procedente y en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta.- 4) En la audiencia única recéptese la declaración de los testigos nominados por la parte actora a quienes se les notificará convocándolos por intermedio de la casilla judicial que señala la parte actora.- 5) De ser pertinente en el momento procesal oportuno recéptese la declaración de la parte demandada 6) Agréguese al proceso la documentación que acompaña la parte actora a la demanda.- 7) No se fija una pensión provisional a favor de los menores procreados dentro del matrimonio ya que se encuentra fijada dentro de la causa N. 17983-2013-0955 8) En aplicación de lo establecido en el artículo 146 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos, se FIJA como régimen de visitas provisional a favor de LUIS RAMIRO IMBAQUINGO AYALA para que puede visitar a sus hijos de manera abierta previo acuerdo, siendo obligación de la parte actora retirarlos y reintegrarlos del domicilio de su madre, régimen que iniciará una vez que haya sido citada la parte demandada.- 9)Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica.- Actúe la abogada Andrea Páez en calidad de Secretaria Jurisdiccional de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
respecto al tema puesto en su conocimiento, debiendo además ser claros y precisos, sujetándose a las atribuciones que le compete a cada órgano”, debemos señalar que nos encontramos en un Estado Constitucional de Derechos y de Justicia, donde se diseña un estado Constitucional, en la que no solo se reconoce derechos constitucionales y humanos, sino que se deben garantizarse en todo sentido; por eso, el jugador debe de considerar lo siguiente con respecto al caso concreto; Derechos fundamentales, todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a ¨todos¨ los seres humanos en cuanto dotados del status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad de obrar; entendiendo por ¨derecho subjetivo¨ cualquier expectativa positiva (de prestaciones) o negativa (de no sufrir lesiones) adscrita a un sujeto por una norma jurídica; y por status la condición de un sujeto, prevista asimismo por una norma jurídica positiva, como presupuesto de su idoneidad para ser titular de situaciones jurídicas y/o autos de los actos que son ejercicio de éstas. En donde todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución, conforme lo establece el Art. 426 Ibídem. Por lo que debemos tener presente que la Constitución en su Art. 1, señala efectivamente que: “...El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia...”. Así que los ciudadanos están obligados a realizar sus actos sujetos a lo que manda la Constitución sin menoscabar el derecho de persona alguna.
Derecho al debido proceso
El derecho al debido proceso, se encuentra consagrado en el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, el mismo dentro de su desarrollo constitucional, acopia un cúmulo de garantías que deben ser observadas en todo procedimiento judicial y/o administrativo; para cuyo efecto, estimamos preponderante remitirnos al análisis realizado al respecto por la Corte Constitucional del Ecuador, para el período de transición, dentro de la sentencia 034-09-SEP-CC. Caso No. 0422-09-EP, en la que indicó que el debido proceso se fundamenta en: “(...) un conjunto de garantías con las cuales se pretende que el desarrollo de las actividades en el ámbito judicial o administrativo se sujete a reglas mínimas, con el fn de proteger los derechos garantizados por la Carta Suprema, constituyéndose el debido proceso en un límite a la actuación discrecional de los jueces. Por tanto,
no es sino aquel proceso que cumple con las garantías básicas establecidas en la Constitución, y que hace efectivo el derecho de las personas a obtener una resolución de fondo, basada en derecho (...)”. De lo desarrollado por el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia en el Ecuador, podemos extraer que el derecho al debido proceso está entrelazado con el derecho a la seguridad jurídica, ya que obviamente toda autoridad pública o judicial, que respete y garantice las normas y los derechos de las partes dentro de un proceso, ya sea administrativo o judicial, está reafrmando el respeto a la Carta Fundamental (Constitución) y consecuentemente a las normas que conforman el ordenamiento jurídico vigente.
La Corte Constitucional, en la Sentencia 030-09-SEP-CC, caso Nº 0100-09-EP, Juez Constitucional Sustanciador: Dr. Roberto Bhrunis Lemarie, publicado en el Suplemento del Registro Ofcial Nº 97, 29.12.2009, p. 69, han dicho: “La seguridad jurídica, como derecho constitucional tutelable, se garantiza en el artículo 82, que lo determina como la certeza de la norma clara y pública, que se aplicará cumpliendo los lineamientos constitucionales, generando con ello la confanza y respeto en la Carta Fundamental.”. De tal manera, EL CONOCIMIENTO DEL DERECHO Y SU APLICACIÓN por parte de los jueces debe garantizar la observación, tanto de las normas sustantivas como de las adjetivas, pero no de manera
mecánica, pues como se señaló anteriormente, es garantía de seguridad jurídica la previsibilidad en la interpretación jurídica que realizan los jueces que, en defnitiva, puede redundar en una actuación justa.
Tutela judicial efectiva Considerando que la tutela judicial efectiva, imparcial y expedita de los derechos e intereses de la persona halla su reconocimiento constitucional en el artículo 75 de la Constitución de la República, así como en el Art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; disposiciones que se encuentran, a su vez, en armonía con el Art. 76 del Código Estadual y 88 ibídem, que se refere a la Acción de Protección, añadiendo en forma contundente: “[...] La aplicación de los derechos y garantías descritos al caso en juicio, en concordancia con el objeto de la acción, los únicos procedimientos adecuados para conocer y resolver sobre la existencia de violaciones a derechos constitucionales son las garantías jurisdiccionales de los derechos constitucionales; y en el caso de que dichas violaciones se originen en actos u omisiones de autoridades públicas no judiciales, la acción de protección.
Así, es claro que la distinción en el objeto de la acción de protección y los procesos de impugnación en sede contenciosa administrativa, no está en el acto impugnado, sino en la consecuencia del mismo. Dicho de otro modo, esta Corte considera que las vías ordinarias, aunque
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FEEBETAXI TRANSPORTE C.A.
De acuerdo al Artículo 119 y 236 de la Ley de Compañías y a los Estatutos Sociales de la Compañía FEEBETAXI TRANSPORTE C.A. cumpliendo los protocolos de bioseguridad otorgados por el COE, se convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse:
Fecha: Jueves, 06 de abril de 2023
Lugar: Barrio Santiago Roldos, Calle Juan Rea Nº N1-126 y Oswaldo Guayasamín Parroquia de Cutuglagua, Cantón Mejía, Provincia de Pichincha.
Hora: 09H00 (nueve horas)
El orden del día a tratarse es el siguiente:
1. Elección de Gerente.

De manera especial se convoca al Comisario Principal y Suplente de la compañía.
también sirvan para impugnar actos de autoridades públicas no judiciales, no son adecuadas para declarar y reparar una violación a derechos constitucionales [...] Arribar a una solución diferente a la propuesta en el párrafo anterior, implicaría reconocer esquemas superados por el constitucionalismo ecuatoriano, como el carácter residual del extinto recurso de amparo constitucional, en razón del cual era necesario agotar las vías ordinarias en aras de “demostrar” su idoneidad y/o su inefcacia”.
En el caso en concreto, respecto de la acción de protección como es la presente especie, la Corte Constitucional mediante sentencia 016-13-SEP-CC, emitida dentro de la causa No. 1000-12-EP de fecha 16 de mayo de 2013, ha emitido el siguiente pronunciamiento: “... la acción de protección es la garantía idónea y efcaz que procede cuando el juez efectivamente verifca una real vulneración a dere-
chos constitucionales, con lo cual, no existe otra vía para la tutela de esos derechos que no sean las garantías jurisdiccionales.”
En este mismo contexto, mediante sentencia 041-13-SEP-CC, dictada dentro del caso No. 047012-EP se expresó también, bajo los siguientes términos: “… La acción de protección no constituye un mecanismo de superposición o reemplazo de las instancias judiciales ordinarias, pues ello ocasionaría el desconocimiento de la estructura jurisdiccional estatal establecida por la Constitución (...) no sustituye a todos los demás medios judiciales pues en dicho caso, la justicia constitucional pasaría a asumir potestades que no le corresponden, afectando la seguridad jurídica de los ciudadanos y desvirtuando la estructura jurisdiccional del Estado y desconociendo la garantía institucional que representa la Función Judicial…”.
Como consecuencia de lo an-
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO TRANSCUVIC S.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad con lo previsto en los artículos 233 y 236 de la Ley de Compañías, reformados por los artículos 41 y 43 de la Ley de Modernización a la Ley de Compañías, publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 347, de 10 de diciembre de 2020 y de lo dispuesto en los artículos 3 literal f) y 4 del vigente Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas, expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se CONVOCA a las/los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO TRANSCUVIC S.A., a la Junta General Extraordinaria a celebrarse el viernes 14 de abril del 2023 a las 10h00, en la oficina de la Agencia de la Compañía ubicada en el Barrio Caupicho calle S51E lote Nro. 710 y calle E4J del Distrito Metropolitano de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha a fin de conocer, tratar y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día:
ORDEN DEL DIA:
1. Constatación del quorum;
2. Informe de Gerencia sobre los negocios sociales de la compañía, por el ejercicio económico del año 2022;
3. Informe de la señora Comisaria sobre la actividad comercial, financiera y societaria de la compañía en el ejercicio económico del año 2022;
4. Lectura de los estados financieros de la compañía por el ejercicio económico del año 2022;
5. El destino de las utilidades provenientes del ejercicio económico del año 2022.
En observancia de lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Compañías se convoca especial e individualmente a la señora Comisaria de la compañía Alexandra Verónica Pérez Viracocha.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 292 de la Ley de Compañías, se informa a los accionistas que el balance general y estado de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, el informe del señor Gerente General, el informe de la señora Comisaria, del ejercicio económico del año 2022, se encuentran para su conocimiento y estudio, en la oficina de la compañía ubicada en el Barrio Caupicho calle S51E lote Nro. 710 y calle E4J del Distrito Metropolitano de Quito.
D.M. Quito, 28 de marzo de 2023
terior, resulta ineludible determinar, que la acción de protección se podrá presentar únicamente cuando concurran los siguientes requisitos: 1. Violación de un derecho constitucional; 2. Acción u omisión de una autoridad pública o de un particular de conformidad con el artículo siguiente; y, 3. Inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho violado; en virtud de que así lo prescribe al artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; requisitos que se constituyen en cuestiones que implican un análisis de fondo del asunto controvertido en la acción de protección; por lo tanto, podrán ser invocados por el juzgador únicamente a través de sentencia motivada, en los términos exigidos por la Constitución y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. [[Sentencia N.0 102-13-SEP-CC - CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR - caso N.0 0380-10-EP, interpretación conforme y condicionada del contenido del artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional]].
En definitiva, para que proceda la acción de protección, es condición sine qua non, que concurran tres requisitos que determina el art. 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, a saber: Violación de un derecho constitucional; Acción u omisión de autoridad pública o de un particular de conformidad con el artículo siguiente; y, inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y efcaz para proteger el derecho violado; por ende, la Constitución de la República del Ecuador vigente desde el 20 de octubre del año 2008, así como el desarrollo jurisprudencial sostenido por la Corte Constitucional del Ecuador, por medio del cual han sostenido que el procedimiento en garantías debe ser simple, informal, garantizándose de esta forma el acceso a los órganos de la administración de justicia, así como que los destinatarios de las garantías jurisdiccionales puedan acceder a la misma de manera ágil y dinámica, el artículo 88 de la Constitución de la República, y desarrollado en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, a la acción de protección le da el carácter de objeto directo e inmediato. El Art. 424 de la Constitución de la República prescribe que “La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
Las normas y los actos del poder público, deberán mantener conformidad con sus disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de efcacia jurídica (...)”. Así mismo, nos referimos a lo dispuesto en el Art. 172 inciso primero ibídem, que indica: “Las juezas y jueces administrarán justicia con sujeción a la Constitución, a los instrumentos internacionales y a la ley”. A su vez, el Art. 9 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece: “La actuación de las juezas y jueces de la Función Judicial será imparcial, respetando la igualdad ante la ley. En todos los procesos a su cargo, las juezas y jueces deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes, sobre la única base de la Constitución, los instrumentos
internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratifcados por el Estado, la ley y los elementos probatorios aportados por las partes”.
Efectivamente, la seguridad jurídica se fundamenta esencialmente por el respeto a las normas Constitucionales y las normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por la autoridad competente, al respecto, la Corte Constitucional refiriéndose a la seguridad jurídica ha dicho: “se entiende como certeza práctica del derecho y se traduce en la seguridad jurídica de que se conoce lo previsto como lo prohibido, lo permitido, y lo mandado por el poder público respecto de las relaciones entre los particulares y de éstos con el Estado, de lo que se colige que la
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FARMACOS BASICOS (BASICFARM) S.A.
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, en el Reglamento sobre Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías y en el Estatuto Social de FARMACOS BASICOS (BASICFARM) S.A., se convoca a los accionistas a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el día miercoles 05 de abril del 2023 a las 11h00 en las oficinas de la compañía ubicadas en la ciudad de Quito, en la calle Hugo Moncayo E13-31 y Manuel Guzman, con el objeto de conocer y resolver los siguientes puntos:
1. Conocer, Resolver y Aprobar los estados financieros del año 2022 de la compañía integrados de esta forma:
· Estado de Situación Financiera Estado de Resultados Integral Estado de cambios en el patrimonio Estado de flujo de efectivo Notas a los estados financieros
2. Conocer, Resolver y Aprobar el Informe del Gerente General de la compañía año 2022.
3. Conocer, Resolver y Aprobar el Informe de Comisario de la compañía del año 2022
4. Conocer, Resolver y Aprobar el Informe de Auditores de la compañía del año 2022
5. Conocer, Resolver y Aprobar la distribución de utilidades correspondientes al ejercicio económico del año 2022.

De conformidad con lo establecido en el Reglamento sobre Juntas generales o asamblea general de socios y accionistas de las compañías de responsabilidad limitada, anónimas, en comandita por acciones, de economía mixta y sociedades por acciones simplificadas, emitido por esta Superintendencia y publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 99 de 6 de julio de 2022; los accionistas podrán concurrir a la Junta mediante videoconferencia por medio de la plataforma MEET con los siguientes accesos:
• ID de la Reunión:
• código de acceso: 7282426137966
•
La votación de los accionistas que decidan participar por medio telemático deberán consignar su voto al siguiente correo electrónico: gerencia@basicfarmecuador.com, al igual que, en el caso que existan representaciones, se deberá remitir el instrumento correspondiente por medio del cual el accionista encargue a otra persona que lo represente en la Junta General.
De igual forma, en el caso que los accionistas deseen incluir puntos del orden del día, lo podrán solicitar con por lo menos cuarenta y ocho horas antes de la fecha de celebración de la Junta al siguiente correo electrónico: gerencia@basicfarmecuador. com

En apego con lo previsto en los Estatutos de la compañía, en concordancia con Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, toda la información y los documentos que serán presentados y analizados en la Junta General, se encuentran a disposición de los señores accionistas en el domicilio principal de la compañía; y, han sido enviados de manera digital a cada uno de los accionistas con la anticipación estatutaria y legal.
En el caso que los accionistas así lo consideren, la administración de la compañía garantizara el derecho de adhesión de puntos al orden de día, siempre y cuando se cumpla con lo establecido en los artículos 235 y subsiguientes de la Ley de Compañías.
Quito D.M., 27 de marzo de 2023
seguridad jurídica es una garantía que el Estado reconoce a la persona para que su integridad, sus derechos y sus bienes no sean violentados y que en caso de que esto se produzca, se establezcan los mecanismos adecuados para su tutela”; lo descrito se encuentra plasmado en la sentencia No. 025-09-SEP-CC, en los casos 0023-EP, 0024-09EP.; en este punto se debe tomar
en consideración el contenido del numeral 3 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador, que manda que los derechos consagrados constitucionalmente, como el derecho a la tutela judicial efectiva y a la actuación imparcial de la justicia serán de inmediata aplicación por y ante cualquier servidor público, administrativo o judicial, y, no se puede limitar.
CONVOCATORIA
DATACARRIER S.A.
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
Convoco a los accionistas de DATACARRIER S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se realizara el martes doce de abril de dos mil veinte y tres, a las diez horas, en el domicilio de la compañía situado en la calle San Pedro de Taboada y Gribaldo Miño de la parroquia Conocoto del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente orden del dia:
1.- Conocer y resolver el informe del Gerente General años 2019 2020 2021
2.- Conocer y resolver sobre el Estado de Situación y el Estado de Perdida y Ganancias correspondiente a los ejercicios económicos años 2019 2020 2021
3.- Conocer los resultados de la Compañía años 201- 2020 2021
4.- Conocer y resolver sobre el informe del Comisario de la compañía año 2019
Se convoca expresamente al señor José Gabriel Martinez, comisario de la compañía.
Los documentos antes aludidos se encuentran a disposición de los accionistas en el domicilio de la compañía, con 15 días de anticipación a la fecha de celebración de la Junta.
Atentamente
Carlos Caiza GERENTE GENERAL
CONVOCATORIA
Habiéndose la EMPRESA PÚBLICA EP UNACH, acogido al procedimiento de selección de Aliados para la conformación de Alianzas Estratégicas, conforme se desprende de la Resolución Administrativa Nro. RA 0272023- EP UNACH-GG de fecha 27 de marzo de 2023, suscrita por el Dr. Gianni Frixone Enríquez, Gerente General de la EP. UNACH, por razones de conveniencia, viabilidad técnica y económica, se invita a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, y sean legalmente capaces de contratar, a que presenten su oferta en el concurso público para “LA SELECCIÓN DE ALIADO ESTRATÉGICO ESPECIALIZADO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “HOGARES SALUDABLES PARA VIVIR SALUDABLE”.
Las condiciones de esta convocatoria se encuentran disponibles en la página web: https://www.epunach.com.ec/
Riobamba, 27 de marzo de 2023.
Dr. Gianni Frixone Enríquez GERENTE GENERAL EMPRESA PÚBLICA