FRENAN ALZA DEL PRECIO DEL GAS EN TULCÁN
Las autoridades afirmaron que el precio de comercialización puerta a puerta del gas doméstico de 15 kilos es de $2,75, tras un intento de alza por parte de los distribuidores. Además, mencionaron que quien no acate este precio podría perder el cupo, mientras que quien los respeten tendrán un incremento. 3
8.000 vehículos afectados por cierre de Av. De Los Conquistadores 5
Viejas caras de la política quieren volver a la
La ‘Pastora’ que atemoriza al ‘Comité’ 4
ECONOMÍA
Ecuador pierde oportunidades sin una Ley de Zonas Francas 8
Los países se unen para proteger los océanos 9
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK MARTES 20 DE JUNIO DE 2023 Imbabura-Carchi
QUITO
POLÍTICA
Asamblea 6
GLOBAL
QUITO
Medio
ALEJANDRO QUEREJETA
BARCELO
aquereje@gmail.com
Por lo que se ve y se oye
Unas elecciones en nuestro país sin algún episodio escandaloso es la excepción de una regla histórica. Así sucedió con la decisión del Consejo Nacional Electoral en pleno, al frenar la inscripción de las candidaturas de Luisa González y de Fernando Villavicencio. Bien se dice que, si se salta en el lodo, lo normal es quedar salpicado.
Podremos orillar con éxito algún otro episodio sombrío que opaque estas elecciones extraordinarias, de las que saldrá un gobierno de muy breve vida. Nuestro proverbial cortoplacismo, sin embargo, asoma las orejas en las propuestas de todas las candidaturas por imperativo de la política y la lucha por el poder. Entre nosotros, lamentablemente el futuro está anclado en el pasado.
Enemiga de la prosperidad es la mala política. Los mejores países son los que menos dependen de sus elecciones, dados los aciertos de sus últimas generaciones.
Sin grandes pactos estratégicos en la salud, la educación, el medio ambiente y la economía es muy difícil que un país afronte con solvencia los retos que se nos plantean. En medio de una crisis, es fácil fingir que no está sucediendo, y es igual de fácil fingir que es lo único que está sucediendo.
Para el votante, crecen las dificultades para discernir la verdad de lo falso Es que aquí la incertidumbre manda. Todo paso en aras de la honradez y la decencia, por pequeño que sea, es para celebrarlo y tomarlo en cuenta a la hora de decidir por quién votar. Por lo que se ve y se oye, es muy difícil que un país afronte con seguridad y confianza los retos del futuro. En un contexto mundial crítico en casi todo, carecemos de la cordura suficiente para tener instituciones que sean capaces de navegar con relativo éxito o, por lo menos, sin un naufragio trágico, como suelen ser todos los naufragios. Siguen imperando entre nosotros la corrupción, la vanidad, la codicia y la ceguera ética.
ANA CHANGUÍN VÉLEZ @achanguin
El abuso de la acción de protección
Laacción de protección está definida en el artículo 88 de la Constitución como el amparo directo y eficaz frente a vulneraciones de derechos ocasionadas por actos u omisiones
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
Publicidad: publicidad@lahora.com.ec
Año: XL No. 13656
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
El sinsabor que deja el caso Dhruv La
Justicia decidió que no existió delito alguno en la compra de los siete helicópteros Dhruv que se llevó a cabo en 2008; así, los 18
procesados fueron sobreseídos.
La decisión del juez fue inmediatamente apelada, pero la contundencia que esta exhibe torna muy improbable un desenlace diferente.
Esta resolución llega en un momento político delicado. Para bien o para mal, tendrá un considerable impacto en la imagen y en el discurso de varios de los actores que se encuentran envueltos en la actual campaña electoral.
La Fiscalía, que para justificar su prudencia insistía siempre en que solo presenta casos sólidos, esta vez se quedó corta. Al llevar el tema de los Dhruv al campo técnico y financiero, se la puso fácil a los procesados, todos ellos buenos conocedores de esa maraña burocrática cuidadosamente construida durante una década para garantizar impunidad
y consentir el desparpajo en la gestión pública. Efectivamente, no se ha podido demostrar que hubo dolo de parte de los que tomaron la decisión de adquirir los helicópteros y el país no perdió dinero en la compra — al contrario, ganó ocho millones de dólares tras el pago del seguro, que llegó cuando el valor de dichas naves en el mercado ya había aumentado—. Sin embargo, en la práctica, lo que Ecuador hizo fue equivalente a emplear a sus soldados como pilotos de prueba. Debido a ello, tres murieron, uno quedó en silla de ruedas y una decena más resultaron heridos; los intermediarios de ventas de armas y seguros sí que lucraron. Cuesta aceptar que comprar máquinas de dudosa reputación —pese a las advertencias— y poner a compatriotas a volarlas, a un alto costo en salud y vidas, sea justo, por más que en ello el Estado haya ganado unos dólares.
Seguridad alimentaria
Las profundas injusticias económicas, sociales, culturales y políticas, la inexistencia de una clara y eficiente política alimentaria, provocan desigualdades tan graves que causan desnutrición infantil, un elevado déficit alimentario en personas adultas y un significativo índice de desnutrición, porque, simplemente,
no tienen qué comer debido a la infinita pobreza que golpea a más de 3 millones de ecuatorianos que viven en zonas urbanas y rurales.
La FAO sostenía que la seguridad alimentaria existe “cuando toda persona, en todo momento tiene acceso económico y físico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimentarias y preferencias en cuanto alimentos a fin de llevar una vida sana y activa”, pero en Ecuador, país inmensamente rico y de variados pisos climáticos, las carencias para las inmensas mayorías contrastan con la abundancia y el desperdicio de alimentos que caracterizan a las minorías. Los sectores que llevan sobre sus vidas el hambre y la desnutrición crónica son los niños pobres y las poblaciones indígenas que, irónicamente, siembran la tierra y cosechan sus productos. De acuerdo con cifras del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, uno de cada tres niños ecuatorianos padece desnutrición; de ellos el 40% son indígenas que sufren las consecuencias de padecer desnutrición crónica con negativas consecuencias, inclusive en los procesos educacionales.
Es indispensable establecer una política moderna y adecuada que sea determinante en el momento de hablar de seguridad alimentaria que, será posible, cuando se imponga la justicia social que impida que grandes sectores humanos vivan con hambre. La pobreza que golpea a las grandes mayorías es consecuencia del aberrante sistema socio-económico.
de cualquier autoridad pública no judicial, cuando supongan la privación del ejercicio de los derechos constitucionales. Complementario a esta definición, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional se refiere como el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución y tratados internacionales sobre derechos humanos, con un procedimiento sencillo, rápido y eficaz. Es importante resaltar que cualquier juez de primera instancia podrá conocer y otorgar una acción
de protección y ordenar en sentencia la reparación por el daño en plazos expeditos.
Aun cuando el mecanismo suena bien, se advierte un mal uso de la garantía, principalmente porque
las acciones que se presentan no corresponden a un derecho constitucional y también porque los jueces no están distinguiendo cuando una causa no corresponde al amparo de la figura.
Precisamente sobre este problema, la Corte Constitucional se pronunció hace pocos días en la sentencia 2231-22-JP/23 y con-
cluyó la desnaturalización de una acción de protección por haber sido concedida en contra de una decisión adoptada en un proceso penal. La decisión de la Corte también incluyó la posibilidad de que sean procesados por el delito de prevaricato cuando tramitan o resuelven garantías jurisdiccionales violando normas procesales expresas, aclarándose lo determinado en la sentencia 141-18-SEP-CC, emitida por la Corte Constitucional en el año 2018 que habría excluido por completo la posibilidad de que los jueces constitucionales sean procesados
por el delito de prevaricato. Una sentencia importantísima que reconoce un fenómeno de abuso y desnaturalización La acción de protección no puede utilizarse como la vía para favorecer a delincuentes y corruptos.
La vulneración de las garantías constitucionales representa un fraude a la confianza pública y amenaza la legitimidad del sistema de justicia. Enhorabuena por la reciente sentencia de la Corte Constitucional que frena en alguna medida el lamentable abuso de la acción de protección.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO
RODRIGO SANTILLÁN PERALBO EDITORIAL rodsantillanp@gmail.com
de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
OPINIÓN 02 O QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023
Impiden que el precio del gas en Tulcán se incremente
La intención de elevar el precio del gas que se entrega a domicilio por parte de los distribuidores fue frenada por la ciudadanía y las autoridades.
TULCÁN. – “La Gobernación de Carchi informa a la ciudadanía que
el precio del gas se mantiene a $2,75”, señaló Ramiro Cadena Erazo, gobernador de la provincia, este 19 de junio de 2023.
El anuncio se dio tras varias denuncias ciudadanas de un incremento en el precio del cilindro de gas de uso doméstico, por parte de los camiones distribuidores que dejan los tanques de 15 kilos en los domicilios de Tulcán.
Los distribuidores intentaron justifcar el alza a $3 alegando que el centro de acopio de gas de La Rinconada cerró por un proceso administrativo tras incumplir con la normativa, lo que, según explicaron extraofcialmente, les generaba mayores gastos de traslado del producto
Sin embargo, el Comité Cívico de Carchi, organizaciones ciudadanas y sociales, denunciaron que el alza es injustifcada y que el precio debe mantenerse en $2,75,
un valor que se acordó hace dos años en la provincia, el cual contó con un estudio de la academia y diálogos entre distribuidores y autoridades.
EL DATO
En enero de 2023 se presentó un proyecto para que Carchi distribuya el gas por tubería, como una alternativa contra el contrabando, pero hasta la fecha no hay avances.
Para esto, la Gobernación de Carchi entregó un documento al director provincial de ARC, Jairo Cadena, con el fn de comunicar a todos los distribuidores las decisiones defnidas por las autoridades provinciales.
Centro de acopio temporal En lo que tiene que ver con los problemas en el centro de acopio, mencionaron que se habilitará un punto de transferencia temporal en el aeropuerto Luis A. Mantilla de Tulcán, hasta que se solucione el de La Rinconada.
No todos aceptan
El gobernador Cadena afrmó que aparte de mantener el precio de la distribución de gas a domicilio a $2,75, se extiende el horario de distribución, de lunes a sábado, en horarios ampliados, “para brindar un servicio de calidad a la ciudadanía”.
Sin embargo, no todos los distribuidores de gas de la localidad están de acuerdo, por lo que señaló que quienes no acaten esta medida pueden ser sustituidos y dejar de ser parte de la repartición de los ci-
lindros en Tulcán.
“Informar que hemos estado conversando con algunos distribuidores que se han declarado aliados a la sociedad,
manifestando que el precio de $2,75 es razonable, con el cual sus ingresos son muy aceptables, los mismos que llegan a un promedio de $2.300 a nivel mensual”, afrmó Cadena.
Añadió que, desde el último fin de semana, cinco distribuidores son los que vienen trabajando en la comercialización del gas en $2,75, por lo que la autoridad instó al res-
to de distribuidores a alinearse con el pedido de la ciudadanía tulcaneña de mantener el precio establecido, con un servicio de calidad y efciencia.
La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales (ARC) detalló que se ampliará los cupos a aquellos distribuidores que comercializan el carburante en el precio establecido.
También se ratifcó que se retirará el cupo a quienes no lo hagan y que se pedirá a la empresa ENI que se los sustituya si incumplen con la solicitud.
Así, las autoridades reafrmaron que el abastecimiento de gas a la población en la modalidad puerta a puerta está garantizado, a través de la coordinación con la empresa ENIEcuador, dejando serias advertencias a quienes irrespeten el valor ofcial señalado. (FV)
BANCO PICHINCHA QUEDA ANULADO Por PÉRDIDA del Cheque No 671 al valor $ 2.000.00 de la Cta. Cte. No. 2100043893 perteneciente a LOPEZ PABON JUAN CARLOS ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ () NR 001-005-1784
MINUTERO
Carmen Carcelén mantiene su ayuda a los migrante en El Juncal
Imbabura. - Conocida como ‘Madre Coraje’ por acoger en su casa a migrantes venezolanos desde 2017, Carmen Carcelén sigue ofreciendo cobijo a los desplazados, 50.000 de los cuales ya han pasado por su humilde vivienda ubicada en el Valle del Chota.
(Clic aquí para ampliar el reporte)
Se van configurando las listas para asambleístas en Carchi
Carchi.- En Carchi, diez organizaciones políticas presentaron a sus candidatos hasta el 13 de junio, para asambleístas provinciales, aunque una de ellas lo hizo con inconsistencias, por lo que automáticamente queda fuera y se contabilizan nueve.
(Clic aquí para más detalles)
Capturadas
por extorsionar
a un comerciante
Carchi.- Una organización delictiva conformada por mujeres, se dedicaba a extorsionar comerciantes en la provincia de Carchi. Una de las víctimas, a quien le pedían $50.000, denunció el caso y las presuntas involucradas fueron capturadas.
(Clic aquí para ampliar la noticia)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK NORTE 03 QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 I
SERVICIO. La Gobernación de Carchi inspecciona la distribución para evitar el alza de precios.
La ‘Pastora’ lidera banda que atemoriza al Comité del Pueblo
Nelly Pastora M. A. tiene procesos penales desde 2002, que van desde ingreso de objetos a la cárcel de Guayaquil, hasta delincuencia organizada.
Basta con colocar su nombre en la Función Judicial, para saber que Nelly Pastora M. A. se ha librado más de una vez de recibir sentencia. Ha enfrentado procesos que van desde el ingreso de objetos prohibidos a la cárcel , hasta la delincuencia organizada.
Ella es conocida como ‘La Pastora’, nombre que también lleva el grupo delictivo que – según la Policía Nacional– es liderado por la mujer que en diciembre de 2023 cumplirá 47 años.
La banda de la ‘La Pastora’ se dedica al microtráfco de estupefacientes y sería una
organización aliada a los Tiguerones, aunque Victor Herrera, comandante zonal de la Policía del DMQ, dice que prefere no nombrar a estos grupos para evitar “hacer apología del delito”.
Lo que el uniformado sí confrma es que la casa de Nelly Pastora M. A., ubicada en el barrio La Invasión , en el
Comité del Pueblo, sería el “nicho que origina el microtráfco y delitos conexos”. El Comandante agregó que estas actividades ilícitas tienen en zozobra a los moradores, quienes dicen son constantemente amenazados.
Se cansaron
‘La Pastora’ es temida entre la gente del Comité del Pueblo, Carapungo, La Bota y El Condado, pero se volvió más ‘famosa’ luego de que su casa fue quemada.
Hasta el amplio inmueble
JUSTICIA
Juez dicta sobreseimiento a favor de 18 procesados en caso Dhruv
de dos pisos y una terraza llegaron las bombas molotov, que los moradores lan-
Camaleónica y con perfil bajo
° A diferencia de otros líderes de bandas narco delincuenciales, Nelly Pastora M. A. mantiene un perfil bajo en redes sociales, su cuenta no la muestra ostentosa, ni hace alusión a armas o situaciones delictivas.
Más bien es bastante familiar y se la ve compartiendo, constantemente, con familiares y amigos.
‘La Pastora’ no publica datos personales, llegar a sus redes sociales es difícil y reconocerla también, pues cambia constantemente de apariencia. A veces tiene el cabello largo y lacio, otras veces se la ve con abundantes rizos o con trenzas de colores.
zaron exigiendo que salga del barrio. Algo que es complicado, pues es la dueña de la casa.
“Nos amenazan y nos amedrentan constantemente”, “Andan armados”, “Entran y salen de esa casa y vigilan el callejón”, “Nos asaltan”, “Nos apuñalan”, denuncian los vecinos, quienes el 18 de junio de 2023, tras quemar la casa de ‘La Pastora’ y encender las alarmas comunitarias, vivieron horas de miedo, porque un grupo de hombres comenzó a disparar y lanzar explosivos en el sector.
El saldo de las más de cuatro horas de cruce de balas fue un muerto, un detenido y un herido: todos con antecedentes penales.
De su parte, durante una transmisión de Ecuavisa, ‘La Pastora’ señaló que fueron los Lobos – banda enemiga de los Tiguerones– quienes le propiciaron el ataque en su contra y se robaron cosas de su vivienda.
El 19 de junio de 2023, los moradores del Comité del Pueblo denunciaron que sienten miedo a las represalias que aplicará la mujer, quien ha sido detenida 13 ocasiones, pero que “vive en impunidad”, según Herrera.
Este 19 de junio, mientras familiares y amigos de ‘La Pastora’ recogían los escombros de la casa, entre gritos y amenazas de “explotar el
EL DATO
Por el ingreso de artículos prohibidos a la cárcel de Guayaquil, Nelly Pastora M. A., tuvo prisión preventiva, pero fue sobreseída.
Hacemos un llamado a la ciudadanía para que no tome la justicia por sus propias manos y que alerte a la Policía”,
VICTOR HERRERA, COMANDANTE ZONAL DE LA POLICÍA DEL DMQ.
‘La Pastora’ Delitos por los que ha sido detenida
• Delincuencia organizada.
• Ingreso de artículos prohibidos (penitenciaría Guayaquil-pabellón femenino).
• Asociación ilícita.
• Narcotráfico.
• Tenencia de estupefacientes.
• Ocultamiento de cosas robadas.
Fuente: Función Judicial
barrio”, cerca de 30 policías vigilaban desde una esquina lejana el callejón que horas antes se convirtió en un campo de batalla y donde la tensión todavía se sentía en el aire. (AVV)
COMERCIO Parlamento canadiense tratará la solicitud de inicio de negociaciones comerciales con Ecuador
QUITO
Conozca los nuevos horarios de los parques metropolitanos
POLÍTICA
Lista de asambleístas nacionales de Revolución Ciudadana es la primera aprobada en el CNE
ECONOMÍA
Ventas del sector privado cayeron más de $370 millones
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO QUITO 04 I QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023
lahora.com.ec EN LA WEB
PERSONAJE. ‘La Pastora’ tiene detenciones desde 2002 hasta 2021.
Los estudios en la avenida De Los Conquistadores tardarán de dos a tres meses
La avenida De Los Conquistadores, donde el 17 de junio de 2023 se registró un deslizamiento de tierra, permanecerá cerrada desde la calle Samaniego hasta la Simón Bolívar.
El alcalde de Quito, Pabel Muñoz, indicó que el daño se produjo por erosión natural, pero la responsabilidad recaería en la anterior administración, al no darse cuenta que la pantalla de protección se venía debilitando desde hace cinco años.
“Revisando la aplicación Google Earth, pudimos retroceder y ver su deterioro desde hace cinco años”, dijo Muñoz durante su informe semanal. Agregó que para esa zona habría sido más efectivo construir un muro de contención y no una pantalla de protección, ya que el primero es una estructura más fuerte.
Al momento, para evitar
que la base de la vía siga cediendo, se expandió el cerco de seguridad y se está retirando el material suelto. Explicó que se colocará un geomanto de protección provisional, el cual se usa para controlar la erosión
Estudios y alternativas
Para dar una solución defnitiva y evitar nuevos deslizamientos en esa vía que conecta al hipercentro de Quito con las parroquias de Tumbaco y Cumbayá, la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop) realizará estudios que durarán de dos a tres meses.
Una de las alternativas que
La rehabilitación anterior
° El 12 de septiembre de 2022 se inició la obra de rehabilitación de los 3,5 kilómetros de la Av. De Los Conquistadores. El tiempo estimado para culminar la obra era de seis meses. Inició el 12 de septiembre de 2022 y culminó el 12 de marzo de 2023. La primera parte de la obra, que inició en el parque Navarro hasta el ingreso al barrio La Tolita la culminaron el 6 de diciembre y la abrieron el 7 de ese mismo mes. Ese mismo día iniciaron con el retiro del adoquín deteriorado en el tramo III, en la Av. De Los Conquistadores, que va desde la calle Ninahualpa hasta la Simón Bolívar, parte que incluye la zona afectada este sábado pasado. En todo el proyecto se realizó la construcción arquitectónica de tres zonas de pacificación, nuevo adoquinado, optimización de trazado vial para cuatro giros o curvas reducidas, construcción y/o rehabilitación de aceras y bordillos, y cunetas viales. Además de protección de talud y señalización vial.
se analizan es trazar una vía recta en el tramo afectado, donde hay una curva y donde se perdieron unos cinco metros del ancho de la calzada debido al deslizamiento. Para que esta opción sea factible, sin embargo, se tendría que intervenir en una propiedad que colinda con la vía y que pertenece a la Prefectura de Pichincha. Eso signifca que se deben gestionar permisos y concesiones para su uso.
Como la arteria vial está en una zona de responsabilidad del Municipio y de la Prefectura también se estudia la posibilidad de que ambas instituciones compartan gastos.
La Epmmops aclaró a LA HORA que en los planes inmediatos del Municipio no está contemplado crear vías de desfogue a los valles. La solución que ven a corto plazo es realizar mantenimientos a las vías que ya existen, para así evitar retrasos en el fujo
EL DATO
Los moradores de la zona afectada deben presentar una planilla de servicios básicos para pasar.
La zona afectada
° La rehabilitación de 3,5 kilómetros de la Av. De Los Conquistadores costó 1,1 millones
° Al menos 8.000 vehículos particulares circulaban a diario por esta vía.
° Al menos 4.697 personas se ven afectadas por el cierre, 1.556 son habitantes de la zona y 3.141 del barrio Cebollar.
° Los buses de las cooperativas de transporte Sotranor y Transfloresta brindan servicio por esta arteria vial.
vehicular.
Vías alternas
La Secretaría de Movilidad informó que ante el deslizamiento de tierra que afectó la Av. De Los Conquistadores, las rutas alternas de los transportes públicos Sotranor y Transforesta son:
Sentido Quito - Cumbayá : Floresta - Conquistadores - La Bloquera - MiravalleCumbayá.
Sentido Cumbayá - Quito: Oswaldo Guayasamín - San Juan - Simón Bolívar - Redondel de Guápulo - Conquistadores - Floresta.
Vehículos particulares
Avenidas: Ruta Viva, Simón Bolívar, Oswaldo Guayasamín.
Calles: De Los Establos, Bernardo de Legarda, Juan León Mera y Manuel Samaniego. (EC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
DERRUMBE. Se realizan estudios técnicos para tomar una decisión definitiva en la Av. De Los Conquistadores.
QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 I QUITO 05
Nuevas elecciones con candidatos reciclados
Trajano Andrade Viteri, exministro de Obras Públicas del régimen correista, la exjueza de la CNJ, Mariana Yumbay, yla vocal del extinto Consejo de Regulación de la Comunicación, Paulina Mogrovejo, también aspiran a ocupar una curul en la Asamblea
Asambleístas destituidos, reciclados del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), una exjueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), exministros, y pe-
riodistas, están en la lista de 1.200 aspirantes a ocupar una de las 137 curules en el Parlamento que se reinstalará en octubre luego de las elecciones de 20 de agosto de 2023.
Buscan la reelección
° En las listas de candidatos a asambleístas nacionales se destacan, entre quienes quieren volver al Legislativo, Bruno Segovia, quien ahora será auspiciado por la Alianza Claro que Podemos, que apoya la candidatura presidencial de Yaku Pérez. En 2021 llegó a la Asamblea de la mano de Pachakutik.
Por la Revolución Ciudadana también pretenden retornar a la Asamblea José Agualsaca, Paola Cabezas, Ricardo Ulcuango, Marcela Holguín, Viviana Veloz, quien fue la ponente del juicio político contra el presidente Guillermo Lasso.
Los exlegisladores del Partido Social Cristiano (PSC) que buscan volver son: Esteban Torres, Marjorie Chávez, Dayana Passalaigue y Nathalie Viteri. Mientras que Luis Almeida, que era parte de esta organización política, postulará por Centro Democrático. Pachakutik, partido que en 2021 llegó con 27 asambleístas, el número más grande de su historia, en esta ocasión no participará
Entre los postulantes están al menos 61 de los 137 exlegisladores destituidos por efectos del decreto del 17 de mayo que disolvió la Asamblea, entre ellos Pierina Correa,
hermana del expresidente de la República,
Rafael Correa, actualmente prófugo en Bélgica.
En la lista también está Juan Javier Dávalos, uno de los exvocales del Consejo de Participación removidos de sus funciones por la Corte Constitucional (CC), y los exministros del correísmo José Serrano y Ledy Zúñiga. Pero ellos no son los únicos que aspiran a retomar la actividad política con un puesto en el Parlamento.
En la lista de candidatos a asambleístas nacionales y provinciales aparecen los nombres de otros exfuncionarios cercanos al régimen de Correa. Por ejemplo, consta la postulación del exasambleísta constituyente Trajano Andrade Viteri , quien además fue exministro de Obras Públicas.
Paulina Mogrovejo Ren-
en la contienda electoral, debido a pugnas internas que obstaculizaron la inscripción de candidaturas. Isabela Enríquez y Sofía Sánchez, que hasta el cese de la Asamblea integraron esta bancada, se postularon por otras organizaciones políticas.
Mientras, Virgilio Saquicela obtuvo su curul de 2021 con Democracia Sí, ya en el cargo se unió a la bancada del Gobierno, en cuya representación ocupó la Vicepresidencia de la Asamblea, a la que dio la espalda al destituir a Guadalupe Llori y ser proclamado como Presidente. Ahora busca volver a la Asamblea con el Partido Socialista, organización que ha impugnado su postulación.
Según un informe presentado por la encuestadora Click Report el 20 de marzo de 2023, la Asamblea Nacional tenía un nivel de confianza y credibilidad del 9%, mientras que el 25 de mayo la empresa reportó que el 73% de los ecuatorianos estaba de acuerdo con la muerte cruzada y con el presidente Guillermo Lasso haya cesado al poder Legislativo.
gel, vocal del extinto Consejo de Regulación de la Comunicación (Cordicom); un organismo que se creó en la administración correísta, también fgura en la contienda. Además está la exjueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Mariana Yumbay Yallico. En enero de 2015, Mariana Yumbay tuvo que desvincularse de la Corte Nacional, junto a otros magistrados, por haber obtenido el menor puntaje en el análisis de desempeño realizado por el Consejo de la Judicatura.
El exdiputado por el Partido Sociedad Patriótica (PSP), Renán Borbúa Espinel, es otro que reaparece en la escena política. Igual ocurre con
Brith Vaca, exalcaldesa de Quito, consta en el listado de aspirantes a la Asamblea.
Algunos periodistas también buscan incursionar en la política. Santiago Zeas, exasesor del exacalde de Quito, Mauricio Rodas compite por una puesto en la Asamblea por la Circunscripción Sur pero, esta vez en alianza con el movimiento Actuemos que auspicia la candidatura a la presidencia de la República de Otto Sonnenholzner.
El periodista Jonnatan Carrera, asimismo, entra a la lid electoral de la mano de Lucio Gutiérrez del Partido Sociedad Patriótica (PSP), que apoya la postulación del binomio Jan Tópic- Diana Jácome.
(SC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLÍTICA 06 I QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023
ASPIRANTES. Trajano Andrade, Mariana Yumbay, Renán Borbúa están entre los personajes conocidos que quieren volver a la Asamblea.
En Madrid piden ayuda a los jóvenes para el voto electrónico
En el exterior el voto será únicamente telemático.
Hay alertas.
Electoral (CNE), los compatriotas en el extranjero tendrán que
ecuatorianos residentes en el exterior solo podrán votar de manera telemática en las elecciones presidenciales y legislativas anticipadas del próximo 20 de agosto. Por esto, el consulado de Ecuador en
Los
Aclaración de la Asociación de Terminales Portuarios del Ecuador
La Asociación de Terminales Portuarios del Ecuador envió un ofcio a este Diario a propósito de la entrevista al candidato a la presidencia, Fernando Villavicencio. Reproducimos la carta aclaratoria de varias declaraciones del postulante a Carondelet.
“ASOTEP, en representación de los Puertos Privados que asocia, rechaza enf á ticamente las constantes falsedades y equivocaciones de Fernando Villavicencio, quien insiste, en la entrevista realizada por Diario La Hora, en mal informar, pese a las aclaraciones que, por ética y no por obligación legal, le hicimos llegar al exasambleísta con Oficio No. ASOTEP 2023-05-049 el 4 de mayo.
cisiones, acusaciones, y comentarios muy alejados de la verdad que, en el contexto general de su entrevista, generan la impresión a la opinión p
ú
blica que el sistema portuario privado de Guayaquil es parte de un sistema “mafoso” al que pretende combatir. Est á
buscando politizar por razones electorales un tema eminentemente legal,
técnico y formal. Existe absoluto control por los entes competentes del Estado en los Puertos Privados. Los mismos entes de regulaci ó n y control de las Empresas Privadas–Concesionarias de las Autoridades Portuarias y Delegatarias son las que regulan y controlan a los Puertos Privados : Ministerio de Transporte y Obras P ú
ñ
ala una serie de impre-
Fernando Villavicencio, sin aportar ninguna prueba, se
blicas (MTOP), Subsecretaria de Puertos
Madrid (ESpaña)
pidió apoyo a los jóvenes “para ayudar a sus mayores” a realizar el registro y poder ejercer su derecho. La cónsul general de Ecuador en Madrid, Paula Noboa, dijo que, según el Consejo Nacional
(SPTMF), Servicio Nacional de Aduanas (SENAE), Direcci ó
n Nacional de los Espacios Acu á
ticos (DIRNEA), Capitanía de Puertos (CAPUIL), Ministerio de Salud, Direcci ó
n Nacional de Migración, Dirección Nacional
Antinarcóticos (DNAPolicía
Antinarcóticos), entre otros.
Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional , están en cada uno de nuestros espacios marítimos y portuarios , a
través de los ministerios de Defensa y del Interior con sus instituciones insignias.
Por lo tanto, el exasamble í sta emite información FALSA.
En materia de lavado, no existe en los puertos, porque los clientes de los puertos no son delincuentes, son empresas, navieras, exportadores, importadores que todos facturan declaran impuestos y
están bajo el control de la autoridad tributaria y de la UAFE.
Del total del comercio exterior de contenedores del Ecuador, 92% corresponde
hacer un registro digital previo y podrán votar por ese medio hasta el mismo día de los comicios, el 20 de agosto. Es la primera vez que todos los electores de la comunidad ecuatoriana en España, que llega a las 400.000 personas, tendrán que votar de esta manera y por tanto,
no habrá mesas de votación físicas Noboa admitió que existe “preocupación” porque este sistema pueda “dar problemas” a las personas “ma-
a los puertos de Guayaquil y 8% a Puerto Bolívar. APG (Contecon y Posorja) operan en conjunto el 41%, APPB (Yilport) el 8% y los Puertos Privados (ASOTEP) el 51%, de los contenedores totales del país.
El trafco de droga, que es una actividad ilícita, presente en todo el territorio ecuatoriano por falta de control del Gobierno Nacional, sin acciones ni sanciones efectivas, es un problema ajeno a los puertos, sin embargo, no es en los Puertos Privados donde se concentra el mismo. Y, en este tema, una vez m
yores de 55 años” quienes, a su juicio, son las más afectadas “por la brecha digital”. Por eso pidió ayuda a los jóvenes. En la página web habilitada (https://inscripción.voto-telematico.app/registro) los electores deberán ingresar su correo electrónico y su teléfono y podrán realizar la inscripción tanto con la cédula como con el pasaporte, estén vigentes o caducados. Después del proceso recibirá en su correo “de manera inmediata” el certifcado de registro con el que hasta el día 20 de agosto podrá realizar su voto. (EFE)
Yilport-Puerto Bol í var (10 %
); el 94% de la droga incautada está precisamente en los puertos concesionados por el Estado y en Posorja, y NO EN LOS PRIVADOS. Cabe aclarar, que los puertos concesionados por las Autoridades Portuarias y delegado por el Estado son administrados y operados por empresas privadas, los cuales extrañamente no son “incluidos” en la investigación de Fernando Villavicencio. Anexo información de DNA – Incautaci ó n Droga por Puertos.
s, el exasamble í
á
sta, quién sabe con
La estabilidad jurídica que demanda el pa í
intención o intereses oscuros, insiste en falsear la información, incluso las estad í sticas elaboradas por el Departamento de An á lisis de Informaci ó n - DNA (Direcci ó
qué
n Nacional Antinarc ó
ticos), quien inform ó
que las mayores incautaciones de droga en puertos son en:
s debe ser asegurada por todos los sectores políticos del país, para que no afecten a la inversión nacional y extranjera que es la que invierte en el desarrollo productivo del país y genera fuentes de empleo para el bienestar de los ecuatorianos.
Sergio Bustamente, Presidente
Contecon (53 %
), Posorja (31 %
) ;
Iliana González, Directora Ejecutiva
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 I POLÍTICA 07
Impuesto a la Salida de Divisas bajará a 3,5% desde julio
La tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) bajará a 3,50% a partir del 1 de julio de 2023. En la actualidad, la tarifa del ISD es de 3,75%. Se trata de la segunda de las tres reducciones previstas en la tarifa de este impuesto para 2023. La primera reducción del año fue en febrero, cuando la tarifa pasó de 4% a 3,75%. Y la última reducción de la tarifa del im-
puesto para este año está prevista el 31 de diciembre, cuando bajará a 2%.
El Gobierno de Guillermo Lasso había prometido que, hasta el final de su mandato, el ISD bajaría a 0%. Sin embargo, por las elecciones anticipadas, será el próximo Gobierno el que decida que pasará con el impuesto. (JS)
¿La caída de exportaciones escapó del análisis de la CC?
Entre enero y abril de 2023, se vendió un 9% menos al exterior. Esto significó menos ingreso de divisas y caída en la actividad económica.
La Corte Constitucional (CC), en uno de sus más recientes fallos, negó la reforma al sistema de zonas francas y los incentivos para impulsar la inversión incluidos en el segundo decreto ley emitido por el presidente de la República, Guillermo Lasso.0
La razón para la negativa es que, según los jueces constitucionales, este tipo de cambios no son de urgencia económica.
Sin embargo, la principal evidencia de que la urgencia económica existe es que, de acuerdo con un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Ecuador es el cuarto país de América Latina con más caída en sus exportaciones durante el inicio de 2023.
Así, entre enero y abril de 2023, las ventas de bienes y servicios ecuatorianos en el exterior se contrajeron a -9%. Esa desaceleración solo es superada por la de Bolivia (-23,5%), Venezuela (-20,2%) y Argentina (-17,9%).
Las menores exportaciones han tenido un impacto real en los ingresos de los ecuatorianos. Un análisis de la Cámara de Industrias y Producción (CIP) apunta a que las personas naturales (en muchos casos empren-
dimientos y micronegocios) vieron reducidas sus ventas totales en $307 millones durante abril de 2023 (-12,4%); mientras las sociedades tuvieron una caída de $98 millones (-0,8%).
Alberto Acosta Burneo, economista y editor de Análisis Semanal, aseguró que la Corte Constitucional le dio la estocada fnal al Gobierno de Lasso al rechazar el decreto ley de zonas francas y promoción de inversiones.
“Para una Corte miope, no hay cabida para cambios estructurales. Los desemplea-
El estancamiento de la demanda mundial se siente
° Xavier Rosero, vicepresidente ejecutivo de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), explicó que se siente el estancamiento de la demanda en mercados importantes para el Ecuador como Estados Unidos y la Unión Europea.
“Ya lo habíamos alertado en el último trimestre de 2022. No son buenas noticias; pero estamos intentando recuperar los volúmenes de exportación”, dijo.
Pero, otro factor que pesa en las exportaciones agrícolas y agroindustriales es la caída de los precios. “Debemos trabajar fuertemente en competitividad para poder competir en precios”, dijo.
Para este año, en el mejor de los casos, la expectativa es mantener el peso de las exportaciones no petroleras en el 19% o 20% del PIB.
dos tendrán que esperar a que un Gobierno futuro haga estos cambios tan urgentes para generar empleo. Por otro lado, esa misma Corte aprobó una consulta popular para cerrar el cuarto campo petrolero del Ecuador. Es lamentable que en este país sea más fácil ahuyentar la inversión que atraerla”, puntualizó.
Cifras por sectores
Según el último reporte de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), entre enero y abril de 2023, las
exportaciones petroleras se desplomaron un -33% hasta los $2.619 millones; mientras que las exportaciones no petroleras crecieron un 4% hasta los $7.371 millones (gracias al dinamismo de productos como el camarón).
“El bloque político, el sabotaje y el paro indígena, junto a los errores de Gobierno, han golpeado las posibilidades de inversión petrolera. La recesión mundial y la falta de mejoras de competitividad (incluyendo reducción de costos) han hecho que las exportaciones no petroleras pasen de crecer dos dígi-
Tres intentos y la cuenta sigue en cero
° El ministro de Producción, Julio José Prado, lamentó que en un poco más de dos años, el Gobierno haya intentado concretar una ley de inversiones, con énfasis en zonas francas, sin resultados.
“¿El tema de zonas francas no es urgente? El modelo de desarrollo de Corea del Sur tiene múltiples explicaciones, pero quizás se resume en la cultura “Pali-Pali”: hacer las cosas rápido, urgente y eficiente. Acá nos damos el lujo de rechazar tres veces un modelo que allá les ha funcionado por décadas”, dijo el Ministro luego del rechazo de la Corte Constitucional. Prado aseveró que el continuo rechazo a las leyes de inversiones es la principal evidencia de la obstrucción del plan de desarrollo del Gobierno de Lasso.
tos a solo un dígito. El sector del comercio exterior necesita cambios estructurales”, aseveró Roberto Merino, economista y consultor en temas de exportación.
Estos cambios estructurales pasan por incentivos para nuevas inversiones, menos trámites, menos costos
y más facilidades. De acuerdo con Merino, se deben tomar medidas de manera urgente porque uno de los sectores más afectados por las menores ventas es el agrícola, el cual ha sido uno de los sostenes de la economía y ha compensado parte del desplome del sector petrolero.
De acuerdo con la CIP, las ventas del sector agrícola habrían tenido una caída de -0,2% en mayo; y se prevé retrocesos adicionales de -0,4% en junio y de 7,7% en julio
En este contexto, solo en un horizonte de 3 meses, el efecto neto en ese sector sería de 8,3% menos en actividad económica.
Por eso Carla Rivas, economista y pequeña exportadora, afrmó que una de las prioridades de la próxima Asamblea debería ser impulsar normativa de atracción de inversiones,
mejorando y corrigiendo el último intento del Gobierno de Lasso; además de tratar la aprobación de los acuerdos comerciales ya frmados con China y Costa Rica.
“El problema es que, con un periodo de año y medio, y con la mayoría de los políticos pensando en 2025, la tentación por el populismo, la campaña constante y la legislación en busca de votos fáciles, puede cortarle el paso a los temas estructurales y urgentes”, añadió.
Xavier Rosero, vicepresidente ejecutivo de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), recalcó que el tema de los acuerdos comerciales debería ser una de las primeras cosas que la Corte Constitucional envíe a la nueva Asamblea.
Sin embargo, todo dependerá de la composición del Legislativo para saber si se dará prioridad o no; mientras tanto la incertidumbre política hace que las inversiones se queden en espera.
(JS)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 ECONOMÍA 08
COMERCIO. Productos como el camarón impiden un mayor desplome de las exportaciones.
Acuerdo mundial por los océanos
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO
EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL
PROCESO: 15301-2021-00690
A: JARRIN PAPA MARTHA ALETHE y JARRIN PAPA NORMA ESTELA.
AMBIENTE. Uno de los objetivos es reducir el impacto ambiental de las actividades en aguas internacionales. Foto: Pexels.
NACIONES UNIDAS. Tras años de debates y negociaciones, los países de la ONU adoptaron este 19 de junio de 2023 el primer tratado para la protección de la altamar, un acuerdo que permitirá establecer zonas marinas protegidas en aguas internacionales y que los ecologistas consideran fundamental para salvar los océanos.
El texto fue aprobado formalmente hoy tras haber sido revisado y traducido a los seis idiomas oficiales de Naciones Unidas.
La adopción tuvo lugar por consenso, sin necesidad de una votación, y fue recibida con una gran ovación por los representantes gubernamentales, que festejaron puestos de pie la conclusión de este largo proceso.
“El océano es el alma de nuestro planeta y hoy ustedes le han insuflado nueva vida y le han dado al océano una oportunidad. Han cumplido y lo han hecho en un momento crítico”, dijo el se-
cretario general de la ONU, António Guterres.
Guterres destacó que este “acuerdo histórico” demuestra que la comunidad internacional es capaz de unirse para responder de forma común a los grandes problemas globales y que el “espíritu de la cooperación internacional sigue vivo”.
Las ratificaciones
Aunque esta decisión pone fin a las negociaciones en la ONU, el nuevo tratado no entrará en vigor hasta que al menos 60 países lo hayan firmado y ratificado.
El texto se abrirá a la firma en la sede de la ONU a partir del 20 de septiembre y Guterres ya pidió a los Gobiernos que no se retrasen.
“Esto es fundamental para responder a las amenazas a las que se enfrenta el océano y para el éxito de los objetivos vinculados al océano de la Agenda 2030 y del Marco Kuming-Montreal de la Diversidad Ecológica”, apuntó.
Un instrumento clave para proteger la vida en altamar
° Los grupos ecologistas insisten desde hace años en que este tratado es vital para salvar los océanos, amenazados por la contaminación, la crisis climática y las nuevas tecnologías que abren la puerta a la minería en el fondo de los mares y a una pesca más intensiva. La altamar -las aguas situadas a más 200 millas marinas de la costa y que son compartidas por todos los países- suponen dos tercios del total de los océanos y hasta ahora han estado gestionadas bajo una serie de acuerdos y organismos internacionales sin una jurisdicción clara, sin demasiada coordinación y con unas normas inadecuadas para su protección.
SE LE HACE CONOCER: Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor NOBOA SARMIENTO SEGUNDO ABELARDO, ha presentado un juicio por INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INTEMPESTIVO, al cual se le asignó el No. 15301-2021-00690, cuyo extracto es como sigue: EXTRACTO DEMANDA: El señor NOBOA SARMIENTO SEGUNDO ABELARDO, manifiesta que desde el 01 de junio del 2009, ha prestado sus servicios lícitos y personales para los señores ESTHER MARIANA JARRIN PAPA, CAROLA ELVIRA JARRIN PAPA, JORGE EDELMIRO JARRIN PAPA, MARTHA ALETHE JARRIN PAPA y JARRIN PAPA NORMA ESTELA, mediante contrato verbal en calidad de trabajador en su terreno ubicado en la Av. Pano, sector Guinea Chimbana perteneciente a la parroquia y cantón Tena, provincia de Napo, sus labores fueron de mantenimiento de terreno, siembras, guardianía, su horario de trabajo era de 05h00 hasta las 13h00 y de 14h30 hasta las 18h00, de lunes a domingo, su remuneración era de $ 218,00. Manifiesta que no se la pagado los décimos tercer y cuarto sueldo, vacaciones, horas suplementarias, extraordinarias, y que no fue afiliado al IESS. Solicita que en sentencia se ordene el pago de indemnización por despido intempestivo, sueldos de toda la relación laboral, el pago del triple de las remuneraciones no pagadas, el pago de los beneficios sociales, más los intereses de ley. – La cuantía la fija en $ 69.048,60.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: Tena, 26 de noviembre del 2021, las 12h38; ( …) La parte actora SEGUNDO ABELARDO NOBOA SARMIENTO (0200247419), presenta demanda sumaria, la misma que se califica de completa, cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142, 143, 146 inciso cuarto ibídem, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Sumario, establecido en el artículo 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- TERCERO: CITACIÓN: Al amparo de lo dispuesto en el artículo 53 del Código Orgánico General de Pro- cesos, se ordena citar a: la práctica de las siguientes diligencias: 3. 1 CÍTESE al demandado señor/a ESTHER MARIANA JARRIN PAPA (1701965230), CAROLA ELVIRA JARRIN PAPA (1705702924), JORGE EDELMIRO JARRIN PAPA (1702659994) en el término máximo establecido en el Reglamento de Citaciones mediante ATENTO DEPRECATORIO dirigido a un señor JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL DISTRITO METROPOLITANO-SECTOR IÑAQUITO de la ciudad de Quito, en el domicilio señalado, para lo cual se DIGITALIZARÁ la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; 3.3 Cítese a la demandada MARTHA ALETHE JARRIN PAPA (1500089303) en el término máximo establecido en el Reglamento de Citaciones mediante la Oficina de Citaciones dela Corte Provincial de Justicia de Napo, en el domicilio señalado, para lo cual se ADJUNTARÁ la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial (fs.3), (…) CUARTO: CONTESTE LA DEMANDA: Se concede a la parte demandada el término de QUINCE DÍAS, para que conteste la demanda de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. es decir, debiendo pronunciarse expresamente respecto de las pretensiones de la parte actora, con indicación categórica de lo que admite y de lo que niega, deduzca las excepciones previas de las que se creyere asistido; y, anuncie todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción (…) AUTO DE SUTENTACIÓN: Tena, 24 de mayo del 2023, las 09h06; (…) 1.- Atenta a lo solicitado por la parte actora, a fin de continuar con la sustanciación de la presente causa, requiero la comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día 05 DE JUNIO DEL 2023 A LAS 11H30, a fin que el señor NOBOA SARMIENTO SEGUNDO ABELARDO DECLARE BAJO JURAMENTO que les es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados JARRIN PAPA MARTHA ALETHE con CC. 1500089303, JARRIN PAPA NORMA ESTELA con CC. 1703854040, además, declare haber efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a las ciudadanas JARRIN PAPA MARTHA ALETHE con CC. 1500089303, JARRIN PAPA NORMA ESTELA con CC. 1703854040 , cumpliendo con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. 4.- Hecho que sea la declaración Bajo Juramento, concédase el EXTRACTO para su respectiva publicación y CÍTESE a JARRIN PAPA MARTHA ALETHE con CC. 1500089303, JARRIN PAPA NORMA ESTELA con CC. 1703854040, por medio de la prensa escrita que tiene cobertura a nivel Nacional (…) f) Dra. Mercedes Jumbo Jumbo, jueza de la Unidad Judicial Civil.- Tena, 06 de junio del 2023.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
001-004-3254
La Organización de Naciones Unidas adoptó finalmente un nuevo tratado para proteger los océanos.
QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 I GLOBAL 09
Precio del quintal de arroz sube 18 dólares en las últimas semanas
El precio del quintal de arroz subió 18 dólares en las últimas cinco semanas, así lo demuestra la lista de precios referenciales del Mercado
Mayorista de Ambato
Según el registro hasta el 22 de mayo de 2023 el quintal de este producto costaba 40 dólares, días después, el lunes 24 de mayo el precio alcanzó los 50 dólares.
Posteriormente, desde el 14 de junio y hasta la actualidad, el quintal de este grano se mantiene en 58 dólares.
Situación
Humberto Rivera, comerciante del Mayorista, menciona que el incremento de precio se debe a la mala cosecha de este año producto del mal clima que afecta a provincias como Guayas y Los Ríos.
CIFRA
100
LIBRAS Tiene un quintal.
maíz, maní y lenteja Rivera menciona que varios de sus clientes han optado por comprar más arroz y abastecerse del producto, pues temen que siga subiendo en los próximos meses.
EL DATO
Según los estipulado por el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, la libra de arroz se debe vender entre 40 y 45 centavos.
Mientras tanto, la ciudadanía está preocupada por lo que está sucediendo con el precio del arroz, grano básico dentro de la alimentación de los ecuatorianos.
“En las piladoras nos dicen que no tienen stock”, explicó el vendedor, quien aseguró que no solo el arroz subió de precio, sino también otros productos como el fréjol,
Cecilia Jiménez, ciudadana ambateña, asegura que la libra de arroz se vende hasta en 75 centavos en las tiendas de su barrio, cuando hace un mes solo costaba 50 centavos.
“Siempre nos dicen que los precios suben por las lluvias, pero no se sabe a cien-
Se dispara el precio del arroz en Los Ríos
° Babahoyo. Luego de recibir varias denuncias de parte de comerciantes y ciudadanos, Diana Ramírez, intendenta de Policía de Los Ríos, realizó operativos de control del precio de arroz y otros productos que llegan desde la sierra ecuatoriana.
En recorridos, las autoridades constataron que el costo de la gramínea está por los ‘cielos’; usuarios hicieron conocer que compraron el quintal hasta en 60 dólares; sin embargo, no se autorizado ningún alza en el costos, informaron las autoridades.
«Como Intendenta no puedo establecer un precio oficial (…) pero sí podemos controlar que se respete el precio que está establecido, tenemos denuncias de especulación y es por eso que estamos constatando está situación, estamos obligando a que se exhiban la lista de precios para que el consumidor sepa lo que cuesta cada producto», indicó la funcionaria.
Cinco locales fueron clausurados y otros 20 suspendidos por 24 horas, así se lo informó desde la Gobernación.
Los operativos fueron realizados por personal de la Intendencia y Comisaría de Policía en Puebloviejo, Baba, Quevedo, Montalvo, Mocache y Babahoyo.
cia cierta qué es lo que pasará en los cultivos”, dijo la madre de familia.
Autoridades
Alex Manzano, intendente General de Policía de Tungurahua, aseguró que ya se desarrollan operativos en tiendas y mercados para controlar la especulación en el precio del arroz. De igual manera indicó que se reunió con representantes del Ministerio de Agricultura y Ganadería, quienes indicaron que el precio ofcial del quintal de arroz en piladora es de 32 dólares con 50 centavos en grano fino y 34 dólares con 50 centavos
en grano grueso.
“A esto hay que sumarle el transporte y la logística hasta que el quintal llegue a los mercados mayoristas dando un total de 43 a 47 dólares”, aseguró el intendente.
TOME NOTA
Clausura de su local, una multa y hasta prisión de 15 a 30 días es la sanción por especulación .
Manzano menciona que hay personas que ingresan al Mayorista para comprar hasta 20 quintales de arroz, lo cual no se está permitiendo para evitar especulación.
Asimismo, aclaró que la Intendencia no es la encargada de sancionar este problema, sino un Juez de Contravenciones amparo en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, Código Orgá -
Precios
Quintal de arroz Fecha
° 40 dólares 22 de mayo
° 50 dólares 24 de mayo
° 58 dólares 14 de junio
° 58 dólares 19 de junio
TOME NOTA
Las denuncias de especulación pueden hacerse en la Intendencia de Policía, pero debe presentarse la factura que respalde la compra.
nico Integral Penal y Código Orgánico Administrativo. Si se demuestra la especulación, el responsable podría enfrentar la clausura de su local, una multa y hasta prisión de 15 a 30 días (RMC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 TUNGURAHUA 10
En el mercado Mayorista de Ambato el quintal de arroz se vende en 58 dólares, hace menos de un mes costaba apenas 40 dólares.
COMERCIO. La ciudadanía opta por comprar menos arroz por lo elevado del precio.
Agricultores ya tienen sembrada la cosecha de arroz para verano
cuando nosotros sacamos la cosecha de verano, nos bajan el precio y nos quieren pagar a 25 y 28 dólares la saca de arroz’’, sostuvo.
Comentó que dejaban en claro que vendieron la producción a los industriales.
BABAHOYO • Los pequeños y medianos agricultores de Babahoyo y otros cantones de Los Ríos se oponen a la importación de arroz, tal como lo anunció Eduardo Izaguirre, ministro de Agricultura.
Para aquello, organizaron una rueda de prensa la mañana de este lunes 19 de junio de 2023 donde hicieron conocer su inconformidad, pues a ellos les compraron el producto a un costo inferior al que se vende en el mercado.
“Aquí estamos reunidos los verdaderos agricultores, los que de verdad laboramos la tierra; estamos preocupados porque vemos que se le está vendiendo al pueblo un arroz muy caro que llega hasta los 50 dólares cuando no debe ser así, a nosotros los industriales en el mes de abril y mayo nos pagaron a 30 dólares, dónde están las autoridades que controlen esto, deben ir a los silos a Daule, por ejemplo, que están llenos de arroz y quieren explotar al pueblo”, sostuvo Ángel Calero, uno de los participantes.
Javier Vargas, otro de los agricultores, dio a conocer que ya tienen sembrada la nueva producción de verano, por lo cual tienen arroz suficiente y no están de acuerdo con la importación que se pretende hacer desde el Gobierno Central.
“Tenemos producción suficiente, hace un mes terminamos con la cosecha de invierno y tenemos ya la de verano, todos los años nos hablan de un excedente de arroz de 200 mil toneladas
‘‘Ellos son los que tiene ahorita el arroz en bodegas, no nosotros; todo esto es una estrategia para que les den el permiso de importación”, mencionó Vargas.
Los asistentes también hicieron un llamado a Guillermo Lasso, presidente de la República del Ecuador, para que no se permita la compra de la gramínea al exterior pues esto les perjudicaría; también que recorran los campos para que conozcan lo que en verdad sucede.
Decomisos y clausuras
Por otra parte, continúan los operativos por parte de la Gobernación de Los Ríos a través de la Intendencia, hasta la fecha se han clausurado 10 establecimientos por especulación en el precio del arroz y otros 25 fueron suspendidos por el mismo motivo.
De igual forma, en Ventanas se retiraron tres quintales en diferentes denominaciones (libras) y 420 libras de cebolla; así mismo se detuvo a una persona por no justificar los motivos por los cuales vendía el arroz a un costo elevado. (DG)
EL DATO
Según los agricultores, hace un mes vendieron la saca de arroz de 240 libras a $32 dólares, cuando el precio oficial es de $34.50.
7 MIL
hectáreas de arroz tienen sembrados los agrcicultores en las 11 mil hectáreas que existen en el proyecto Cedege (abarca Babahoyo y parte de Montalvo).
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 I LOS RÍOS 11
Indican que no hay escasez y que el producto está en los silos. Siguen controles para evitar la subida de precios.
LABOR. Locales comerciales en Los Ríos son visitados por las autoridades para verificar peso y precio.
Inicia la campaña anticipada
Los conductores tomaron vías alternas para movilizarse por el centro de la ciudad.
Todavía no inicia legalmente la campaña electoral que corresponde al próximo sufragio, pero los mitin políticos ya se toman las calles de Santo Domingo para promocionar a diferentes candidatos.
La concentración de simpatizantes ocasiona el bloqueo de varias intersecciones viales, principalmente en la zona céntrica, y esto congestiona el tránsito vehicular.
Ayer, lunes 19 de junio, hubo problemas de movilidad en las avenidas principales de Santo Domingo . La novedad se presentó porque un binomio presidencial protagonizó una caravana y horas más tarde replicó la misma actividad en el cantón La Concordia. La Policía Nacional confirmó que los ocupantes del carro accidentado e incinerado en la cooperativa 15 de Septiembre planificaban el asalto a una gasolinera.
La presencia de personas en las calles generó el malestar de los transportistas , quienes fueron desviados por rutas alternas y tuvieron retrasos para llegar a sus destinos. Los comerciantes y quienes laboran en instituciones ubicadas en los alrededores del parque Zaracay también mostraron su inconformidad, en este pun-
Policía frustró asalto
Detalles.
Los uniformados se dieron cuenta a tiempo e iniciaron la persecución por varios tramos de Santo Domingo, acción que terminó con el siniestro del carro particular y de un patrullero
Los sospechosos perdieron el control del automóvil y, producto del impacto, se produjo el flagelo, situación que requirió la intervención del Cuerpo de Bomberos.
Lenín Peralta, jefe subrogante de la Subzona Santo Domingo de los Tsáchilas, dijo que neutralizaron tres mayores de edad y dos adolescentes.
Según el uniformado, estas personas harían un robo. Sin embargo, se presume que lanzaron las armas durante la persecución para no ser atrapados con evidencias.
Peralta también reveló que el automóvil marca Chevrolet Sail estaba reportado como robado y la carrocería incinerada fue trasladada a los patios de la Policía Judicial para que continúen las
to fue la concentración final y existió mucha bulla causada por los militantes.
Sin autorización
INCUMPLIMIENTO. Todavía no entra en vigencia la campaña electoral. EL DATO Agentes civiles de tránsito bloquearon varias intersecciones para dar paso a los militantes.
Yovany Quiroz, presidente de la Junta Provincial Electoral (JPE) de Santo Domingo de los Tsáchilas, confirmó que este tipo de acciones todavía no están permitidas por la norma y confirmó que hay
un equipo designado para el levantamiento de información.
El funcionario calificó a estas actividades como campaña anticipada y advirtió que posteriormente se presentarán los informes para adjudicar la financiación económica al gasto electoral de cada organización política. (JD)
Calendario electoral
° Según las fechas oficiales, falta un mes y medio para que los partidos inicien la respectiva campaña, que durará 10 días. La fecha autorizada es desde el martes 8 al jueves 17 de agosto.
ACCIONAR. Los uniformados confirmaron que hay menores de edad involucrados. investigaciones. Los aprehendidos quedaron a órdenes de las autoridades competentes. El patrullero resultó con daños en la parte frontal. (JD)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO I QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 SANTO DOMINGO 12
Empresas mineras abandonaron Gualel, habitantes esperan regreso para laborar
El presidente de la parroquia no se pronuncia, un grupo de habitantes piden el regreso de las empresas. Otros están en contra de la minería.
En la parroquia Gualel del cantón Loja, la gente continúa con diversidad de criterios, frente a la explotación minera, unos piden que las empresas continúen con la exploración y otros, con marchas y reuniones exigen la declaratoria de Loja libre de minería. Por ahora solo una empresa está en territorio, pero únicamente dos o tres personas de la zona estarían trabajando.
EL DATO
El alcalde, Franco Quezada, ofreció luchar para que no haya concesiones y se respeten las cuencas hídricas.
nal de la zona abandonó, luego de las controversias y la pugna de los comités antimineros que rechazan estas actividades. “Esta empresa llamada Sol-Gold se fue por falta de la seguridad interna, lo que ocasionó que más de 80 familias se quedaran sin trabajo. La reactivación económica en la parroquia no se da, debido a que no hay recursos en más del 90% de la población”, dijo.
DIVISIÓN.
controversias en Gualel, unos piden regreso de empresas, otros se niegan a recibirlas.
los trabajos y esas familias quedaron sin la oportunidad laboral, y por lo tanto siguen en un nivel bajo de pobreza y desunión familiar, porque algunos jefes de hogar han salido a buscar trabajo en otras ciudades, relató.
Pedidos Johana Mejicano, integrante del Comité Pro-Desarrollo de Gualel, manifestó que la situación económica en la parroquia es crítica, debido a que una de las empresas que estaba laborando con perso-
Actualmente, en la parroquia la única empresa que continúa es Guayacán-Gold. A inicios de este año alrededor de 200 y 300 personas de la zona estaban a punto de ser contratadas por las mineras, pero un grupo de antimineros se opusieron a
Seguridad
Aseguró que se solicitó seguridad a las autoridades y así se pueda dar aperturas al diálogo para retomar el trabajo con gente de la zona, dinamizando así la economía local con la activación de las
tiendas, restaurantes, incluso los propios productores, quienes vendían verduras y granos a las empresas. Actualmente, personas de Saraguro y antimineros continúan custodiando la zona, por lo que esperan que la Gobernación, Municipio, Policía Nacional, presten las garantías para reactivarse y devolver el empleo y desarrollo a la parroquia.
Oposición
Mientras un grupo pide el regreso de las empresas, otros
ciudadanos de la parroquia defienden los recursos naturales como la flora, fauna y el agua del cerro de Fierro Urco. “Por más de 13 años venimos trabajando en la defensa de la vida, por lo que ahora más que nunca seguimos luchando para que los recursos naturales de Gualel no se topen. Pedimos al Alcalde y Concejales que ratifique la resolución de agosto 2019, donde se declaró al cantón Loja libre de minería metálica”, alegó Rodrigo Tene, defensor del agua.
Fin de semana con muertes y accidentes de tránsito
Según las estadísticas de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT), durante la semana del 12 al 18 de junio se llevaron a cabo 38 operativos de tránsito en el cantón, resultando en la detención de dos personas por conducir bajo los efectos del alcohol. Lamentablemente, se registraron también varios accidentes de tránsito con víctimas mortales en la ciudad.
Resultados
TOME NOTA
Durante el fin de semana también se presentó una muerte violenta en el barrio Menfis
ros o mercancías. En total, se emitieron 543 citaciones por diferentes infracciones. Una recomendación clave es el uso del cinturón de seguridad en todo momento al ingresar y movilizarse en un vehículo, ya que esto reduce el riesgo de fatalidades en más del 40%.
Bajo, donde una mujer habría sido asesinada por su expareja.
Además de las dos personas detenidas, se retuvieron 42 vehículos debido a diversas infracciones, de los cuales 14 estaban involucrados en transporte ilegal de pasaje-
Durante el fin de semana, ocurrió un trágico accidente que resultó en la pérdida de dos vidas. Dos jóvenes, de 23 y 25 años de edad y provenientes de Loja y Gonzanamá, respectivamente, circulaban en una motocicleta cuando fueron impactados por una camioneta doble cabina de color concho de vino en la intersección de las calles Juan
José Peña y Rocafuerte. Ambos jóvenes eran estudiantes universitarios y también trabajaban en un local de comida.
Provincia
En cambio, la noche del domingo 18 de junio en la parroquia Jimbura del cantón Espíndola, se registró otro trágico incidente en el cual una persona perdió la vida. El accidente ocurrió cuando el conductor, identificado como Walter T. J. de 24 años, aparentemente perdió el control del vehículo y se precipitó unos 400 metros hacia un abismo. Según las primeras investigaciones, se sospecha que conducía en estado de embriaguez.
Controles
Durante la semana del 11 al
17 de junio la Intendencia General de Policía ejecutó 667 operativos en la provincia, de los cuales se establecieron 826 inspecciones a locales comerciales, 201 operativos de control y peso
de los productos de primera necesidad. También constataron la presencia de 495 libadores, y dos locales, una cancha y un negocio incumplieron las normativas por lo que fueron clausurados.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO | MARTES 20/JUNIO/2023 I LOJA 13
Siguen las
CONTROL. Fin de semana con una serie de accidentes de tránsito.
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Museo abre sus puertas a la valentía y esperanza de Ana Frank
El museo Memoria y Tolerancia, en Ciudad de México, abre sus puertas a una muestra que busca preservar la valentía y la esperanza que Ana Frank simboliza, recordando su legado y promoviendo la tolerancia en la sociedad actual. EFE
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO MARTES 20 DE JUNIO DE 2023
Ecuador
DEBIDO PROCESO PARA LA DECLARATORIA DE PRESCRIPCIÓN DE LA PENA
CONSULTA PENAL
¿Cuándo no procede la acumulación en casos de contradenuncias en infracciones de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar?
Autor: Yandry M. Loor Loor. 1
Iniciaremos el presente artículo haciendo un recuento de la norma jurídica, tanto de la suprema – Constitución del Ecuador – como también de la norma procesal – Código Orgánico Integral Penal – para con ello de manera categórica señalar como aspecto relevan-
te y trascendental las reglas para la declaratoria de la prescripción de la pena en los aspectos jurídicos, legales, dogmáticos y jurisprudenciales.
Dicho ello, es menester traer a colación como primera parte del presente, citando lo que la norma suprema que nos rige a la fecha de publicación del presente artículo nos mani -
fiesta en cuanto al goce de los derechos políticos y otros, es así que tengamos que:
El Art. 64.- determina: “El goce de los derechos políticos se suspenderá, además de los casos que determine la ley, por las razones siguientes:
2.Sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad, mientras ésta sub -
RESPUESTA
En el caso en que exista una contra denuncia, o conforme se ha propuesto en otras consultas, existan “lesiones mutuas”, no cabe acumulación de los expedientes pues en definitiva las causas resultan incompatibles ya que o no existe identidad de víctima y procesado, o las pretensiones resultan distintas, o más aún para el caso de las lesiones contra la mujer estamos frente a un delito con enfoque de género y en el caso de las lesiones contra el agresor no. Las acciones judiciales que resultan de lesiones en el cuerpo de los agresores fruto de la legítima defensa de las mujeres víctimas de violencia, deben conforme al caso concreto, ser juzgadas inmediatamente, teniendo en cuenta lo que prescribe el artículo 30 del COIP, cuidando además en no revictimizar a la víctima de violencia.
sista.”
De ahí que tengamos como base procesal que uno de los aspectos sancionatorios de las penas privativas de la libertad es la sanción a uno de los bienes jurídicos más sagrados que tiene el ser humano aparte de la vida, como la libertad personal, de tránsito y demás, y por ende que tengamos como
Las y los profesionales del derecho deben estar sujetos a sus deberes en el patrocinio de las causas, conforme al COFJ, so pena de los procedimientos y sanciones que la ley trae debido a su violación.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com MARTES, 20 DE JUNIO DE 2023 C1
base fáctica que ella traiga consigo la privación de otros derechos como detalladamente ha quedado establecido.
De ahí que tengamos como parte de ese “castigo” por infringir la norma, el hecho de que de acuerdo a la norma antes invocada podamos establecer que:
“Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:
1.Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.”
Dicho ello, es necesario que tengamos en cuenta que desde el año 2014 en nuestro sistema procesal ecuatoriano contamos con el ya conocido por muchos y estudiado por pocos Código Orgánico Integral Penal, ello trae consigo una serie de cambios en las penas, procedimientos y en los aspectos relevantes de dicho texto legal, ante ello es necesario que tengamos como base firme a fin de entender a posterior lo que se detallara en sus líneas, lo que contiene nuestro:
Art. 72.- Formas de extinción. - La pena se extingue por cualquiera de las siguientes causas:
6.Prescripción.
Y siguiendo ese mismo lineamiento procesal, tengamos también como mecanismo suficiente y eficaz el hecho de que:
Art. 75.- Prescripción de la pena. - La pena se considera prescrita de conformidad con las siguientes reglas:
1.Las penas restrictivas de libertad prescribirán en el tiempo máximo de la pena privativa de libertad prevista en el tipo penal más el cincuenta por ciento.
La prescripción de la pena comenzará a correr desde el día en que la sentencia quede ejecutoriada.
Una vez dicho ello, es necesario entrar al análisis medular dentro del presente artículo, es así que la Constitución
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000140001061001
Cliente GANGOTENA GONZALEZ
SANTIAGO EMILIO Cédula de Ciudadanía Nro. 1702081769 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
de la República del Ecuador, en sus artículos 1, 11.3.4.5.6.7.8, 75, 82, 167, entre otros, diseña y desarrolla un Estado constitucional de derechos y justicia, tal como lo he dejado definido en varios de mis artículos previamente publicados en este mismo espacio jurídico, así como el que es el máximo deber del Estado respetar y hacer respetar los derechos humanos, garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, imparcial y expedita; al debido proceso; a ser juzgado por un juez competente; a impugnar las decisiones judiciales; a la seguridad jurídica; a que las resoluciones provenientes de toda autoridad pública deben estar motivadas; y, a los principios que garantizan que: a)
La potestad de administrar justicia emana del pueblo, quien la ejerce a través de los órganos de la Función Judicial y otras autoridades legítimas; b) El proceso penal es un medio para la realización de la justicia que debe atender a principios fundamentales como el de legalidad y mínima intervención penal.
Es por ello, que desde el as-
pecto dogmático y jurídico entendemos por debido proceso el que se inicia, se desarrolla y concluye respetando y haciendo efectivos los presupuestos, los principios y las normas constitucionales, legales e internacionales aprobados previamente, así como los principios generales que informan el Derecho Procesal Penal, con la finalidad de alcanzar una justa administración de Justicia, provocando como efecto inmediato la protección integral de la seguridad jurídica del ciudadano, reconocida constitucionalmente como un derecho.
El debido proceso dentro de nuestro marco constitucional de derechos y justicia, juega un papel preponderante al momento de juzgar a una persona, ya que el operador de justicia está en la obligación de respetar los principios, derechos y garantías básicas que lo configuran.
La Constitución de la República garantiza el debido proceso, que implica entre otros derechos: Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones
TÍTULO EXTRAVIADO
Queda anulado el titulo de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 2879 No. de acciones: 2 Propietario: FRANCISCO ARTURO NUÑEZ SOTOMAYOR El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados.
Quito, 20 de junio de 2023
CLUB DEPORTIVO BASICO PARROQUIAL “CRUZEIRO DE SAN PEDRO DE TABOADA”
Acuerdo Ministerial Nro: 1477 del 15 de Agosto del 2013 Rumiñahui-San Pedro de Taboada-Pichincha
Rumiñahui: 20 de junio del 2023
CONVOCATORIA
Se convoca a los socios del Club Deportivo Básico Parroquial “CRUZEIRO DE SAN PEDRO DE TABOADA” , a la asamblea general extraordinaria de Elecciones (periodo 2023-2027) que se realizará el día 8 de julio del 2023 a las 19h00; y, a la asamblea general extraordinaria para Reforma Integral del Estatuto que se realizará el día 9 de julio del 2023 a las 19h00.
Lugar: Av. Mariana de Jesús y Manuel Pomboza, Parroquia de San Pedro de Taboada del Cantón Rumiñahui Provincia de Pichincha.
de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:
1.Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes…
3.Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no esté tipificado en la ley como infracción penal, administrativa o de otra naturaleza; ni se le aplicará una sanción no prevista por la Constitución o la ley. Solo se podrá juzgar a una persona ante un juez o autoridad competente y con observancia del trámite propio de cada procedimiento.
Principio de legalidad Sobre el principio de legalidad, la Corte Constitucional del Ecuador para el período de transición, en sentencia
031-10-SEP-CC, en el caso 0649-09-EP, señaló: La Constitución de la República, al establecer las garantías básicas del debido proceso, determina en el artículo 76, numeral 3 que “… solo se podrá juzgar a una persona ante un juez o autoridad competente y con observancia del trámite propio de cada procedimiento.”
Esta disposición convalida la vigencia de la seguridad jurídica que se establece en la carta suprema en el artículo 82, al mencionar que esta seguridad se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.
Tanto el derecho al debido proceso, así como el principio de legalidad, tienen estricta relación con la prescripción de la acción, debido a que esta institución jurídica impide que la potestad punitiva del
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA INDUSTRIA LICORERA VILLA S.A. ILVISA EN LIQUIDACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo décimo cuarto del estatuto social de la compañía INDUSTRIA LICORERA VILLA S.A. ILVISA EN LIQUIDACIÓN, convoco a los accionistas a la Junta General Extraordinaria que se realizará de manera presencial, el 30 de junio del 2023 a las 10:00, en la sede social de la compañía, ubicada en las calles Rosario Borja, Lote 23 y Luis García, en esta ciudad de Quito, con el fin de tratar el siguiente orden del día:
1. Informe sobre los avances del proceso de liquidación.
2. Informe para realizar el activo y extinguir los pasivos.
Se convoca especial e individualmente a la comisaria de la compañía, señora Ligia Johana Tuarez Cobeña.
Los informes estarán a disposición de los accionistas, en las oficinas de la compañía, para su conocimiento y estudio por lo menos cinco días antes de la fecha de reunión de la junta general que deba conocerlos.
Se deja a salvo el derecho de los accionistas a solicitar información y a incluir puntos en el orden del día hasta por lo menos cinco días antes de la fecha de reunión de la junta general.
En el caso de representaciones, se deberá presentar el instrumento público o privado original por medio del cual el accionista encargue a otra persona que lo represente en la junta general.
Quito, 20 de junio del 2023.
Francisco Rolando Villa Jara Liquidador
MARTES 20 DE JUNIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
ANUNCIO
HABERSE EXTRAVIADO, QUEDAN ANULADOS LOS TÍTULOS DE ACCIONES No 11087 1256 12630 14230 176 177 2058 3355 462 4673 6034 771 8163 829 9580 DEL CONJUNTO CLINICO NACIONAL – CONCLINA C.A., DE PROPIEDAD DE MURILLO ORTIZ ZOILA CUMANDÁ 001-003-3296
POR
001-003-3301 001-004-3255
001-003-3302
001-003-3303
Maria Morales Presidenta/e Jairo Quillupangui. Secretaria/o
Estado se extienda indefinidamente en el tiempo, de modo que la persona procesada y/o investigada no sea sometida a un proceso penal que puede afectar considerablemente sus derechos fundamentales la libertad, por ejemplo, sin una limitación temporal, que debe estar legalmente prevista.
Prescripción
Nuestro Código Orgánico Integral penal entre otros aspectos tenemos, que regula la prescripción de la acción penal.
Así es que, en consecuencia, se concluye que la prescripción es un castigo procesal que puede ser invocado por los sujetos del proceso penal, en caso de que los jueces y tribunales no lo tramiten en los plazos determinados por la ley. De igual manera, puede ser declarada de oficio por los juzgadores, por constituir un derecho de los procesados, siempre que se cumpla con los requisitos previstos en la norma penal pertinente; pues, el respeto de este derecho constituye una garantía del debido proceso, conforme lo dispuesto en el artículo 76.1, de la Constitución de la República del Ecuador
En esta línea, como acertadamente enseña Luigi Ferrajoli, el modelo normativo designa el sistema adecuado de garantías procesales para satisfacer la tutela de los bienes y los derechos fundamentales de los sujetos perjudicados y de los imputados, contra el arbitrio judicial y contra los excesos y arbitrariedades. Por ello, este autor sostiene que el garantismo que él pregona ha sido definido como la “la ley del más débil”. Sobre esto último, considera que existen tres momentos diferentes en los cuales la víctima o el imputado pasa a ser el más débil: en el momento del delito es la parte ofendida; en el momento del proceso es el imputado; y en el momento de la ejecución es el detenido. 2
Bajo este contexto, tomamos las palabras del juez constitucional Ramiro Avila, quien dentro de su voto concurrente en la sentencia 8-20-CN/21 manifestó: “El garantismo que está en la Constitución… no es una cuestión aislada del Ecuador, sino que hay un consenso global sobre la necesidad de reconocer y proteger los derechos de las personas cuando tienen riesgo de perder su libertad por parte del Estado”.
Es así entonces, que la Constitución del Ecuador, así como el bloque de constitucionalidad garantiza ciertos derechos al investigado o procesado, de tal forma que exista un contrapeso respecto de las actuaciones del órgano sustanciador y el Estado en general. Estas garantías se encuentran reconocidas principalmente
en los artículos 76 y 77 de la CRE y entre los más relevantes encontramos: la presunción de inocencia; el principio de legalidad; el principio de favorabilidad; el derecho a la defensa. Estas garantías son las encargadas de minimizar el poder judicial y reducir al máximo los márgenes del arbitrio judicial.
CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO “ DE FUTBOL SAN PEDRO DE CAYAMBE” Cayambe, Ecuador
Cayambe, 20 de junio del 2023
C O N V O C A T O R I A
De conformidad con lo que dispone el Art. 16 del Reglamento Sustitutivo de la Ley del Deporte y nuestro propio Estatuto, el Club Deportivo Especializado Formativo San Pedro de Cayambe convoca a todos los socios, a la Asamblea General Extraordinaria de elección de la Directiva para el período 2023 – 2027, que se realizará el día miércoles 5 de julio del 2023 a las 10: h00 (10H de la mañana), en la sede del Club ubicada: en la parroquia Cayambe cantón CAYAMBE, calle Teran y Vargas, provincia de PICHINCHA, para tratar y resolver el siguiente orden del día:
1.- Constatación del quórum
2.- Elección de la Directiva del Club para el período 2023 - 2027
3.-Toma del Juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del cargo del nuevo directorio.
Atentamente
Araujo Jacome Diego Mauricio Guerra Villalba Diego PRESIDENTE SECRETARIO C.I. 1715575823
ANULACION DE COMPROBANTES PROVISIONALES DE DEPOSITO
“CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIALS.A”
Informa al público en general que los comprobantes Provisionales de depósitos “CPD” de la siguiente numeración, quedan anulados por haberse extraviado:
793015-793026-793027
“CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIALS.A” no se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle a los documentos antes señalados.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANODE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. COGEP
CITACIÓN JUDICIAL A:
COMPAÑÍA OIL & ENERGY CORP SERV O&E CIA. LTDA.
REPRESENTANTE LEGAL JORGE ENRIQUE ESPIN ESPIN
JUICIO: MONITORIO (FACTURAS O DOCUMENTOS ART. 356 NUM 2)
NUMERO: 17230-2021-15320
ACTOR: EQUIPO PETROLERO S.A. EQUIPETROL
DEMANDADO: COMPAÑÍA OIL & ENERGY CORP SERV O&E CIA. LTDA.
REPRESENTANTE LEGAL JORGE ENRIQUE ESPIN ESPIN
FECHA DE INICIO: 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2021
CUANTIA: US $ 19.973,31
OBJETO: SE ORDENE EL PAGO DEL SALDO INSOLUTO DE LAS FACTURAS, MÁS EL INTERÉS LEGAL
DOMICILIO JUDICIAL: AB. MANUEL ANTONIO CEVALLOS PARRA. CASILLA JUDICIAL 4037
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 25 de octubre del 2021, a las 15h45. VISTOS: En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado se considera: PRIMERO.- En lo principal, la demanda presentada por MANUEL ANTONIO CEVALLOS PARRA, en calidad de Procurador Judicial de la compañía EQUIPO PETROLERO S.A. EQUIPETROL, reúne los requisitos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el Art. 356 ibídem; en consecuencia, se la califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO MONITORIO. SEGUNDO.- MANDAMIENTO DE PAGO: En virtud de lo expuesto y al tenor del Art. 358 del COGEP, se ordena que la parte demandada compañía OIL & ENERGY CORP SERV O&E CIA.LTDA., representada por el señor JORGE ENRIQUE ESPIN ESPIN, en su calidad de Gerente General y como tal Representante Legal, pague al actor la obligación demandada, esto es, el valor de DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 31/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRCIA (USD. $ 19.273,31), más el máximo interés convencional y de mora legalmente permitido por el organismo regulador monetario y financiero correspondiente, que se genere a partir de la citación hasta el cumplimiento total de la obligación, conforme lo previsto en el Art. 360 ibídem, rubros que se liquidarán pericialmente; o, presente oposición; para tal efecto, se le concede el término de quince días contados a partir de la citación.- En caso de incumplimiento, se aplicará lo dispuesto en el inciso tercero de la norma precitada que establece “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución”. TERCERO.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto de pago al accionado compañía OIL & ENERGY CORP SERV O&E CIA.LTDA., representada por el señor JORGE ENRIQUE ESPIN ESPIN, en su calidad de Gerente General y como tal Representante Legal, en el lugar que se indica en el libelo inicial, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones y el actor por medio del Archivo de la Unidad Judicial facilite las copias necesarias. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado y conforme lo determinado en el inciso último del Art. 53 del COGEP, se ordena que se le haga conocer al demandado por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Actos que deberán practicarse en el momento oportuno. CUARTO.- Considérese el anuncio de prueba realizado en la demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición. QUINTO.- Tómese en cuenta la cuantía fijada por el accionante en el escrito que antecede. SEXTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora conforme la documentación habilitante que adjunta. Regístrese el casillero judicial y correos electrónicos señalados por el actor para sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 12 de junio del 2023, a las 15h48. Agréguese al proceso el escrito con documentos adjuntos presentados. En atención a lo solicitado se dispone: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de fecha 21 de septiembre del 2022, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte accionada, se dispone: CÍTESE, a la parte accionada COMPAÑÍA OIL & ENERGY CORP SERV O&E CIA. LTDA. REPRESENTANTE LEGAL JORGE ENRIQUE ESPIN ESPIN, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Para el efecto, por Secretaría elabórese el extracto correspondiente. La parte actora concurra ante ésta Judicatura a fin de que se le entregue el referido extracto judicial, para los fines de ley consiguientes.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE. f) FUENTES LOPEZ CARLOS FRANCISCO. JUEZ
Previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para futuras notificaciones.
MARTES 20 DE JUNIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C3 001-003-3306
001-003-3298
001-003-3305
C.I. 1709563462 001-003-3311
El Estado ecuatoriano coloca a la persona en un lugar nuclear de la vida social, como titular de derechos y garantías. Al reconocer esa titularidad, sobre los derechos a la libertad personal, a la vida, a la integridad física, al buen vivir, a la tutela judicial efectiva y a la seguridad jurídica, entre otros, fortalece la configuración del sistema procesal como un medio para la realización de la justicia; y, al mismo tiempo, el acceso a ella a partir de principios constitucionales que garantizan la igualdad y la no discriminación.
Es por ello que tenemos; “Al respecto, la jurisprudencia de la Corte ya ha referido que estos recursos no solo deben existir formalmente en la legislación, sino que deben ser efectivos. Dado que el principio de efectividad (effet utile) es transversal a la protección debida de todos los derechos reconocidos en ese instrumento, la Corte considera tal como lo ha hecho en otras oportunidades que, en aplicación del principio iura novit curia, del cual se ha valido reiteradamente la jurisprudencia internacional en el sentido de que el juzgador posee la facultad, e inclusive el deber, de aplicar las disposiciones jurídicas pertinentes en una causa, aun cuando las partes no las invoquen expresamente, corresponde analizar los alegatos relacionados con la efectividad de las acciones(…)” 3
No obstante, el ejercicio de la acción penal es limitada, pues dentro del procedimiento se establecen causas por las cuales se declara su extinción: muerte del reo, amnistía, prescripción, y otros.
La Corte Constitucional del Ecuador para el período de transición, en sentencia 020-10-SCN-CC, dentro del caso 030-10-CN, publicada en el Primer Suplemento del Registro Oficial 294, de 6 de octubre del 2010, hace referencia al tratadista Ferrer Sama 4 sobre la institución de la prescripción: “… Es sabido que la prescripción en materia penal, como en las demás ramas del derecho, obedece al fenómeno uniforme reconocido de la influencia del tiempo en las relaciones humanas, y consiste en la cesación de la potestad represiva del Estado por el transcurso de un determinado tiempo espacio de tiempo, en ciertas condiciones, sin que el delito haya sido perseguido o sin que la pena haya sido eje -
cutoriada. Su fundamento hay que buscarlo en la necesidad social de eliminar un estado de incertidumbre en las relaciones jurídico penales entre el delincuente y el Estado” 5
El poder punitivo penal se activa a través de la acción penal, con ello se reconoce la existencia de un procedimiento dotado de garantías básicas que busca el reconocimiento de la vulneración de un bien jurídico, siendo de interés público su protección, a través de un proceso penal, a pesar de que su ejercicio puede ser particular.
Es así que opera esta clase de extinción, cuando se han cumplido los plazos establecidos, por el propio Estado para el ejercicio de la pretensión punitiva, esta importancia, constitucional y legal, de la que se reviste comporta una sanción a la inactividad de la administración de justicia, pero también como en los delitos de acción privada la inacción por parte del querellante.
Ante todo se garantiza su acceso sin dilaciones innecesarias y dentro de plazos razonables, la instauración de estos preceptos se basan en la afirmación “Sólo se podrá juzgar a una persona […] con observancia del trámite propio de cada procedimiento” , que convierte la prescripción en una garantía procesal, sobre el plazo razonable, vinculada con la seguridad jurídica y tutela judicial efectiva, pues una persona no puede ser sometida a un proceso penal de manera indefinida, y bajo este supuesto se puede declarar la prescripción de la acción de oficio o a petición de parte.
Es así que, para el caso de análisis dentro del presente artículo, tenemos que se establecen los tiempos computables para declarar la prescripción de la acción, existiendo reglas diversas tanto para ejercicio público como para el privado conforme se detalla a continuación:
a)Ejercicio para perseguir la acción: refiere al tiempo para activar la acción penal, que corre desde la fecha de comisión del ilícito, diferenciándose los plazos para la acción pública y privada. 6
b)Ejercicio de la acción propiamente dicha: el tiempo previsto para su ejercicio corre desde el inicio de instrucción fiscal en los delitos de acción pública y se contabilizan en atención a los plazos 7 y
c)Como excepción a las re-
glas generales descritas, la Constitución de la República, ha previsto las acciones cuya persecución no contempla tiempos límite, por la afectación social que ocasionan, es decir, que estas acciones son imprescriptibles. 8
Por último, es necesario identificar que La Constitución de la República del Ecuador establece la autoridad competente y la observancia del trámite propio de cada procedimiento como garantía del derecho al debido proceso (76.3 CRE). Esta norma constitucional establece que, tanto la determinación de la autoridad como el trámite aplicable a un asunto, se regula mediante ley.
Desde una perspectiva general, la jurisprudencia constitucional ha dicho que “la legislación procesal está llamada a configurar el derecho al debido proceso y de sus garantías en el marco de los distintos tipos de procedimiento, a través de un conjunto de reglas de trámite” 9 (énfasis me corresponde); y, de ello se deriva que, las normas los actos procesales se encuentran regulados por leyes procesales.
Es por ello que el más alto tribunal de interpretación de la norma Constitucional ecuatoriana ha precisado que la garantía de observancia del trámite propio “procura garantizar a cualquier persona inmersa dentro de un proceso jurisdiccional, que sus intereses, pretensiones y/o estado, sean conocidos y tutelados por una autoridad independiente, imparcial y competente, cuyas facultades jurisdiccionales estén reconocidas previamente en la ley, y en obediencia al trámite procesal correspondiente.” . 10
De esta forma se establece una vinculación a la ley y la aplicación de un trámite regulado; y, ello tiene El Art. 426 de la Constitución que señala: Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución. Las Juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, aplicaran directamente las normas constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean más favorables a las establecidas en la Constitución, aunque las partes no la invoquen expresamente. No podrá alegarse falta de ley o desconocimiento de las normas para justificar la vulneración de los derechos
y garantías establecidos en la Constitución para desechar la acción interpuesta en su defensa, ni para negar el reconocimiento de tales derechos.
Derecho a la defensa
Por otra parte, tenemos que la CADH, en el Art. 8 nos refiere de las Garantías en su defensa, ni para negar el reconocimiento de tales derechos. “ Art. 8 de las garantías judiciales, de la Convención Americana de los Derechos Humanos ( Pacto de San José), señala 1.- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.” Para el caso de nuestra legislación penal y procesal cuenta con bases de principios reconocidos en los Tratados y Convenios Internacionales, por ende, en el Código Orgánico Integral.
Por otra parte, debemos señalar que la Constitución de la República, dentro de los principios que rigen la administración de justicia, determina que la sustanciación de los procesos se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y dispositivo (Art. 168.6 CRE). La propia ley ha determinado que “las juezas y jueces resolverán de conformidad con lo fijado por las partes como objeto del proceso […]” (Art. 19 COFJ). El principio dispositivo impone una carga al recurrente, en relación a expresar argumentos o cuestiones a resolver. En aplicación de la garantía de trámite propio de cada procedimiento (Art. 76.3 CRE), deben aplicarse las normas procesales que regulan la forma que debe sustanciarse cada asunto.
La Constitución de la República establece como garantía del derecho al debido proceso que las personas solo pueden ser juzgadas con observancia del trámite propio de cada procedimiento (76.3 CRE).
Si bien, el principio de legalidad ha sido desarrollado de forma preponderante respecto de la determinación de sanciones e infracciones, pretendiendo la imposición de límites al
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poder discrecional de diferentes agentes para ejercer el poder punitivo; sin embargo, esta norma constitucional también prevé que para determinar los derechos u obligaciones de cualquier orden debe hacerse conforme un procedimiento establecido o regulado, observando sus requisitos y cumpliendo sus presupuestos. Es de ello que se desprenda que el altísimo órgano de interpretación y administración de justicia Constitucional del Ecuador haya señalado, desde una perspectiva general, que “la legislación procesal está llamada a configurar el derecho al debido proceso y de sus garantías en el marco de los distintos tipos de procedimiento, a través de un conjunto de reglas de trámite” 11 ; y, también ha precisado que, en virtud este principio “se procura garantizar a cualquier persona inmersa dentro de un proceso jurisdiccional, que sus intereses, pretensiones y/o estado, sean conocidos y tutelados por una autoridad independiente, imparcial y competente, cuyas facultades jurisdiccionales estén reconocidas previamente en la ley, y en obediencia al trámite procesal correspondiente.” 12 . Por lo tanto, el ordenamiento procesal, tiene como función otorgar certeza a los justiciables del trámite aplicable para resolver su situación jurídica; y, remite a las leyes procesales la determinación de las cuestiones que corresponde resolver a cada orden jurisdiccional. En ese sentido, para conocer, sustanciar y resolver un proceso, juezas y jueces deben de observar y aplicar la regulación procesal, pues ésta normas tiene como finalidad otorgar confianza al justiciable respecto de los actos procesales.
Por otra parte, la competencia del juzgador, implica que la ley reconoce a un órgano jurisdiccional la facultad que tiene para conocer y resolver un aspecto concreto, lo cual constituye un asunto de trascendencia constitucional.
Por consiguiente, La Constitución de la República, dentro de los principios que rigen la administración de justicia, determina que la sustanciación de los procesos se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y dispositivo (Art. 168.6 CRE). Aunque el sistema oral constituye una forma de desarrollo del proceso ju-
dicial, en aplicación del principio de legalidad del procedimiento, la forma concreta de sustanciación del proceso depende de la regulación legislativa. En ese sentido, resulta oportuno indicar que no deben confundirse la naturaleza de las normas constitucionales previstas al establecer la estructura y organización institucional con las normas que reconocen derechos. Así, tanto los actos procesales de las partes y las decisiones del juez pueden expresarse de forma oral o por escrito. En realidad, en ningún sistema procesal, la oralidad tiene el carácter de absoluto, precisamente porque se trata de una forma de desarrollo del proceso. Cuando se dice que el proceso se rige por el sistema oral, lo que se está indicando es que predominan los actos orales frente a los escritos; no obstante, esto no excluye que existan decisiones y actos procesales que deban reducirse por escrito.
La garantía de trámite propio comprende “una dimensión objetiva, atinente a la conservación de la estructura del proceso.”, así como una vinculación a las “normas adjetivas, en cuanto son aquellas las que regulan la forma en que las autoridades participan de la jurisdicción, y el trámite de los distintos procesos que dichas autoridades conocen” .
Esta garantía constitucional determina dos cuestiones: por una parte, que la jurisdicción sea ejercida por una autoridad a la que materialmente le corresponde juzgar; y, por otra parte, que la sustanciación del asunto se haga cumpliendo los actos regulados. Ambas cuestiones son reguladas mediante ley, siendo las dinamizadoras de la actividad procesal. Las normas procesales cumplen la función de otorgar certeza a los justiciables sobre la autoridad y el trámite aplicable para resolver un asunto. La observancia del trámite propio de cada procedimiento y del juez competente (Art. 76.3 CRE), determinan la vinculación del juez ordinario a la aplicación de la ley en la regulación de requisitos y presupuestos procesales.
Yandry M. Loor Loor Socio Director de estudio jurídico Yandry Loor & Asociados Yandrylooryl_97@hotmail.com
1 Ex Representante estudiantil en la comisi ó n
acad é mica dela carrera de Derecho de la Universidad Laica Eloy Alfaro , ex Ayudante de c á tedra de la materia de metodolog í a de la investigaci ó n de la carrera de Derecho de la Universidad Laica Eloy Alfaro, ex Representante estudiantil en la asociaci ó n escuela de Derecho de la Facultad de jurisprudencia de la Uleam, ex miembro Principal del Honorable Consejo de Facultad de la Facultad de jurisprudencia de la Uleam, Miembro de Lat í n Iuris Ecuador, Representante para Ecuador de la sociedad de filosof í a y Derecho constitucional Ápex Iuris de Per ú , Articulista permanente de la secci ó n jur í dica del Diario la Hora, Coautor en el libro ¿Covid-19 estuvimos listos ? Publicado por la Universidad de Otavalo, Abogado de los juzgados y tribunales de la Rep ú blica del Ecuador por la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manab í , Socio director en Yandry Loor & Asociados firma jur í dica, Conferencista Internacional, autor de m á s de 40 art í culos jur í dicos, director del á rea de Derecho Constitucional, penal y violencia inter familiar en Yandry Loor & Asociados firma jur í dica, Co-autor en el Tratado de Derecho Constitucional. El derecho Contemporá neo comparado y la juridicidad del orbe Publicado por Editorial Adrus Per ú y Ediciones Olejnik Chile.
2 Luigi Ferrajoli, Garantismo Penal (M éxico, Universidad Nacional Autó noma de M éxico, 2006) 56.
3 La Corte Interamericana de derechos humanos, en el Caso Rochac Hern á ndez y otros Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de octubre de 2014. Serie C No. 285
4 Dentro de las obras m á s destacadas de este jurista cuya vida fue de 1913 a 1986 tiene importantes obras jur í dicas en materia penal, entre las que destacan El error en Derecho Penal, Murcia, 1941, La tentativa como especial tipo penal, Madrid, 1941, Problemas de Derecho Penal para su resoluci ó n en C á tedra, Murcia, 1942, La llamada crisis del Derecho Penal y sus causas, 1943, El delito de apropiaci ó n indebida, Murcia, 1945, El delito de abandono de familia, Discurso le í do en la apertura del curso 1946-1947, Murcia, Noci ó n y caracter í sticas del delito de bigamia, en ADP, 1948, El dolo como delito de falsedad, Madrid, 1957, El delito de acusaci ó n y denuncia falsas, Madrid, 1959 y m á s.
5 Corte Nacional De Justicia Sala De Lo Penal Resoluci ó n: No. 636- 2012 - Sala Penal, Dentro Del Juicio Penal: No. 691- 2011-L. N
6 Presidencia De La Corte Nacional De La Corte Provincial De Justicia Del Carchi Oficio: 043-Cpjc-P-2018 14 De Febrero De 2018 Disponible En Https://Www.Cortenacional.Gob. Ec/Cnj/Images/Pdf/Consultas_Absueltas/ Penales/Pgeneral/003.Pdf
7 Ib í dem
8 ib í dem
9 Sentencia No. 740-12-EP/20 (Garant í as propias e impropias del derecho al debido proceso) Juez ponente: Al í Lozada Prado Quito, D.M., 07 de octubre de 2020
10 Sentencia No. 363-15-EP/21 Jueza ponente: Teresa Nuques Mart í nez, D.M. 02 de junio de 2021 CASO No. 363-15-EP
11 Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 546-12-EP/20, de 08 de julio de 2020, p á rr. 23.
12 Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 363-15-EP/21, de 2 de junio de 2021
ANULACION DE COMPROBANTES PROVISIONALES DE DEPOSITO “CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A”
Informa al público en general que los comprobantes Provisionales de depósitos “CPD” de la siguiente numeración, quedan anulados por haberse extraviado:
721796-721797-721798
721799-721800-921767
“CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIALS.A” no se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle a los documentos antes señalados.
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000140000935001
Cliente LOZADA CANTOS MALENA CAROLA Cédula de Ciudadanía Nro. 1705377206 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-3309
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000140000936001
Cliente LOZADA CANTOS MALENA CAROLA Cédula de Ciudadanía Nro. 1705377206 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-3310
20 de junio del 2023 CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DEL CLUB “LA CANTERA DE PASTAZA”
De conformidad con las disposiciones estatutarias, se convoca a los socios del CLUB “LA CANTERA DE PASTAZA”, aprobado mediante Acuerdo Nro. 0117 de 22 de enero de 2019, a la Asamblea General de Elecciones que se celebrará el día 06 de julio de 2023, a partir de las 18:00 horas en la sede del Club ubicada en la dirección: Vía Tarqui y los Helechos barrio el Recreo, de la ciudad del Puyo, provincia de Pastaza, para tratar el siguiente Orden del día:
1.- Constatación de Quórum.
2.- Elección del directorio del CLUB “LA CANTERA DE PASTAZA” para el período 2023-2027
3.- Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
4.- Aprobación del Acta de Asamblea.
Armando Mercado Rosales Adriana Raquel Calderón Castillo C.I. 171319448-6 C.I. 172228580-4 Presidente Provisional Secretaria Provisional
CONVOCATORIA
SE CONVOCA A LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTES 2000 S.A. TRANSDOSMIL
De conformidad con el artículo 236 de la Ley de Compañías y el estatuto de la empresa, se convoca a la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Compañía Transportes 2000 S.A., que tendrá lugar el día Lunes 10 de julio del 2023 a las 17h00, ubicada en Sangolquí, Selva Alegre: calle Juan de Salinas No 1086 y Nicolás Peña, con el siguiente Orden del día.
1. Convocase para: conocer, debatir y aprobar el proyecto de reforma de la constitución, estatuto y reglamento de la Compañía Transportes 2000 S.A.(Cambio de Objeto social)
Se convoca expresamente al comisario principal señor Alquinga Morales Celiano Bernabé con C.L. 1712075314. Los documentos para considerar en la junta se encuentran a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la Compañía.
Sr. Jaime Valladares GERENTE GENERAL
001-003-3304
001-003-3307
001-003-3308 MARTES 20 DE JUNIO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5