Policías de Carchi y Nariño se juntan contra el crimen
Las distintas unidades policiales de Ecuador y Colombia mantienen reuniones para cotejar información que permita combatir delitos conjuntamente en el límite fronterizo.
Investigación para erradicar el dengue se aplicará en Lita 3
Desconocimiento aleja a los ecuatorianos de los créditos 6
Fiscalía allana Municipio de Patate por obra con sobreprecio 9
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK JUEVES 02 DE MARZO DE 2023
- Carchi
Imbabura
ECONOMÍA
TUNGURAHUA Los efectos de que un menor vea pornografía 7 SOCIEDAD
3
NORTE
PAÍS
Inicia el viacrucis del presidente Guillermo Lasso 4 - 5
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
MATÍAS DÁVILA @matiasdavilau
Nos la deben
Paraquienes somos de los setenta y fuimos criados con la imagen del Che Guevara, el discurso de la redistribución de la riqueza y sobre todo la música protesta, la izquierda no era solo un movimiento político sino una razón para vivir. El arte lo inundaba todo. La izquierda tenía poetas que le cantaban a la vida, a esas cosas que para la derecha eran irrelevantes, como la esperanza, por ejemplo. ¿A qué esperanza podía cantarle un muchacho que tenía su futuro económico resuelto? ¡A ninguna! Para las clases medias y marginales —en cambio— el canto era el llamado a la lucha por igualar las oportunidades, los derechos, los recursos… el llamado a democratizar los sueños. La izquierda le ponía colores al mundo . No solo había cantantes y trovadores de la talla de Silvio Rodríguez o Mercedes Sosa, sino también literatos como Galeano y García Márquez. Guayasamín y toda una corriente de indigenistas nos enseñaba el sufrimiento del ‘indio’ y en cada cuadro nos invitaban a la resistencia en contra del sistema, ese mismo sistema que a él (a Guayasamín) lo había hecho rico.
La izquierda pintaba de colores las calles con grafitis que nos dejaban pensando . Ponía de moda frases y costumbres, llevaba guitarras a las protestas callejeras y le ponía canciones a los malestares cotidianos.
La izquierda tenía ese barroco tan fascinante. Ese que mezclaba la moda hippie que venía del ‘imperio’, la marihuana y los libros de Cort ázar. Todos de a shigra, todos de a pelos largos y todos de a barbas abultadas… eso era ser de izquierda.
Hasta que llegó el día en que despertó la América Latina entera. El continente se vistió de rojo, se vistió de fiesta. Los pueblos entendieron que la izquierda era la única salida: la única… ¿y qué pasó después? Que se perdió la más contundente de las oportunidades. Que los apetitos fueron más fuertes que los sueños. Que descubrimos con tristeza, que no había que ser de derecha para ser un hijo de puta.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com
La higiene mental y la edad
En la actualidad se habla mucho del envejecimiento de la población. Las personas de mayor edad van en aumento mientras el número de jóvenes disminuye. La estructura de la sociedad va cambiando, en cuanto al número de hijos por
EDITORIAL
Independiente del Valle: el triunfo de la gestión
Enel pasado, el fútbol ecuatoriano ponía sus esperanzas de éxito en el azar y en el talento en bruto; confiaba en que aunque no se hiciera mucho, cada cierto tiempo surgirían —por las leyes de la probabilidad—, jugadores inusualmente brillantes y circunstancias afortunadas que derivarían en conquistas. Esa actitud condujo a una gestión cortoplacista y llena de altibajos del balompié y de las personas que participaban en él; al auge de cada nueva estrella le seguían una o varias tragedias humanas. Sin embargo, hoy el éxito de Independiente del Valle demuestra que sí es posible romper ese ciclo y nos recuerda lo mucho que se puede lograr cuando se conjuga método, trabajo e inversión paciente.
Independiente del Valle está cosechando los frutos de casi tres décadas de labor sostenida. Desde
un inicio, confiaron en el abundante recurso humano que ofrecía el país y lo pulieron pacientemente, apelando a métodos mundialmente probados de entrenamiento, gestión deportiva y administración de empresas. Le apostaron a un modelo a largo plazo, que generara resultados de forma sostenida y ofreciera una base a partir de la cual prosperar a todos quienes tomaban parte en él.
En lugar de manejar el equipo como una lotería —a la espera de un golpe de suerte que permitiera lucrar al extremo y luego liquidar todo—, crearon una cultura que se preocupa en formar deportistas desde sus inicios, pero también en educarlos y en transformar a sus familias. Su rendimiento regular, por más de una década, y la pulcritud de su administración, evidencian su éxito, del que ahora hasta el Maracaná es testigo.
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net
Después del carnaval
Elcambiar actividades, dejar la rutina diaria, parar durante las fiestas, es necesario y hasta terapéutico. Esa función cumplen los feriados. El carnaval tiene diversas formas de celebración, pero ninguna debería caer en lo grotesco, en lo “desenfrenado, vandálico y caótico”, tal como ha sido calificado por los medios de comunicación el carnaval de Salinas, balneario ecuatoriano que sufrió la avalancha de muchedumbres desenfrenadas que no representan lo mejor que tiene el Ecuador. Eso no le hace favor al turismo interno y de los extranjeros, que no quieren pasar ratos como los vividos en Salinas durante el último carnaval.
Pero también luego de esta pausa, debemos reflexionar en lo que nos espera en el futuro. Un futuro que en el caso ecuatoriano aparece con nubarrones listos a descargar toda su furia sobre la ciudadanía. Por ello han empezado a aparecer voces que se alzan contra una posible paralización del Ecuador, que dejaría muy costosas consecuencias para todos quienes vivimos en este hermoso país.
La normativa legal del Ecuador reconoce el derecho a la protesta y muchos querremos ejercerla, pero en lo que no podemos estar de acuerdo es en la violencia, en la marcha destructora de bienes públicos y privados, en la paralización de los estudios y de las actividades económicas, haciendo que el país retroceda.
Por ello hay que exigir el retorno de la cordura y la condena de la violencia, porque el Ecuador no puede permitirse el lujo de que cada cierto tiempo vayamos en reversa de todo lo que significa desarrollo y prosperidad.
¿Quién gana con las paralizaciones? Definitivamente no es el pueblo, ni siquiera quienes participan en las marchas. Nada mejora con estas paralizaciones. Los únicos que resultan beneficiarios son los líderes violentos que se imponen por terror y por miedo sobre las voluntades de su propio pueblo.
matrimonio, en relación a las décadas anteriores. Los centros de salud atienden a más pacientes de mayor de edad que jóvenes, y las políticas de salud poco o nada se preocupan de esta realidad nacional.
¿Será que todos se sienten jóvenes hasta que el cambio generacional les obliga a dar un paso al costado?
Una simple pregunta a una persona de la tercera edad y una contestación sencilla debería poner a pensar a todos quienes tienen que ver con la seguridad social de los ecuatorianos: ¿Qué hace usted
como jubilado? —el día me consumo y por la noche duermo—. La inactividad es una enfermedad crónica, se asemeja al hecho de vegetar, es decir, se pierde el deseo de dar sentido a la existencia. La monotonía y el vacío en el ámbito de los sentimientos tiene efectos negativos en el cuerpo y en la mente de todo ser humano, impidiendo encontrar un objetivo en la vida y un contenido a la existencia. Es importante entonces dar oportunidades a las personas que se han visto
obligadas a apartarse de la vida profesional o laboral, a permanecer activas; que ocupen el tiempo libre y eviten su deterioro físico y mental con actividades en el hogar y en centros de atención física, ocupacional y recreacional, para que permanezcan con entusiasmo realizando trabajos beneficiosos para la colectividad. El hecho de ser útil y tener una existencia digna de ser vivida es fundamental y de importancia psicológica para todos. La neurosis del desempleo provoca estados
depresivos totalmente comprensibles que son tratables y previenen enfermedades. Es obligación del Ministerio de Salud e Inclusión Social, del IESS, de los organismos sindicales y más instituciones encargadas del bienestar de la población, atender estas necesidades ocupacionales para evitar la nociva influencia que tiene el desempleo en la vida psíquica de las personas. Hace 300 años, Pascal decía: “No hay nada tan insoportable para el hombre como el no tener una tarea, un objetivo”.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Los escritos de
colaboradores
a
autores
reflejan
pensamiento
se expresa en su Editorial. OPINIÓN 02 O QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023
Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XL No. 13581
los
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Policías de Ecuador y Colombia organizan operativos en la zona norte
Los mandos policiales de Carchi y Nariño, regiones fronterizas de ambos países, se reunieron para coordinar acciones conjuntas.
TULCÁN.- Combatir las “nuevas manifestaciones delictivas de la frontera” es el objetivo de las acciones conjuntas que planifica la Policía Nacional del Ecuador con su par de Colombia.
En la última reunión que mantuvieron los representantes de ambos cuerpos policiales, en la ciudad de Tulcán , capital de la provincia ecuatoriana de Carchi , se concretaron acuerdos para trabajar de cara a tres principales delitos que aquejan a poblaciones
de línea de frontera.
Darío Montenegro, jefe policial colombiano encargado del departamento de Nariño, señaló que los delitos más importantes en las zonas fronterizas son el contrabando, tráfico de estupefacientes y tráfico ilícito de personas, por lo que se coordinan operativos que permitan combatirlos.
“Estamos identificando a los actores criminales de los dos países, porque tenemos personal ecuatoriano que se traslada hacia el
Municipio de Ipiales a cometer delitos y tenemos a colombianos que se trasladan hasta Ecuador también a realizar lo mismo”, dijo.
Información compartida Norman Cano, comandante de la Policía de Ecuador acantonada en Carchi, expuso que la finalidad de esta reunión, que no será la única en este año, fue poder compartir información en cada una de las áreas para coordinar acciones conjuntas entre las dos policías.
“Tal es así que Antinarcóticos, tanto de Colombia como de Ecuador, cruzaron alguna información que tienen como para que se pueda actuar en los dos territorios. La Policía Judicial , con su similar del vecino país, también así lo hizo, con información de vehículos robados acá en Carchi y en el país, recibiendo también información de vehículos robados en territorio colombiano”, dijo. Agregó que se hicieron pedidos específicos de personas que cometieron delitos en Carchi y que se encuentran en el departamento de Nariño, Colombia. La Policía de Colombia también solicitó información de ese tipo: además, los representantes de ambos países decidieron dar mantenimiento y uso a la línea de radio directa que tienen entre las prevenciones policiales de Ipiales y Tulcán.
Según Cano, las coordinaciones directas con los jefes policiales colombianos permitieron crear grupos de chats para difundir información inmediata y tener una respuesta objetiva.
“Con esto se pudo conocer cuál es la realidad de los delitos que están aquejando a la zona sur de Colombia y se brindó también la información de los delitos que están prevaleciendo en Carchi. Todas estas coordinaciones se realizan con el fin de tener un canal directo de comunicación entre las dos policías , lo que ayuda a toda la población que vive en línea de frontera”, señaló. (FV)
Lita será parte de proyecto piloto para erradicar el dengue en Ecuador
IMBABURA.- El Instituto de Salud Pública de Ecuador liberará mosquitos estériles al ambiente para evitar la proliferación del Aedes aegypti, el vector que propaga dengue, zika y chikungunya, informó este 1 de marzo de 2023 la Vicepresidencia de la República.
El Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública (Inspi) ha desarrollado un proyecto piloto de “esterilización por irradiación del mosquito Aedes aegypti”, responsable de la transmisión de dichas enfermedades.
El proyecto prevé iniciar la estrategia piloto en la isla Santa Cruz, en Galápagos, así como
en Esmeraldas, Manta y en la parroquia de Lita, en la provincia de Imbabura.
“El proyecto es un esfuerzo nacional y regional que tiene el apoyo de organismos internacionales, los resultados se evidencian en la eficacia de la producción de mosquitos en laboratorio”, explicó la subsecretaria de Fortalecimiento al Sistema Nacional de Salud de la Vicepresidencia de la República, Karla Flores.
Varsovia Cevallos, investigadora del Inspi, dijo que el proyecto se encuentra “en la fase de experimentación en campo” para comprobar su eficacia.
El proceso inició en las islas
Galápagos, con la recogida de larvas y huevos de mosquitos para ser llevados al laboratorio en Quito, “donde se inició la adaptación y cría para evitar problemas de compatibilidad y garantizar los resultados”.
“Los que se liberarán son descendientes de la colonia silvestre de las islas; y luego de esta fase se tiene previsto iniciar también con la liberación en Lita, el segundo punto del plan piloto”, comentó Patricio Ponce, otro de los investigadores. EFE
(Clic aquí para leer el reporte completo)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK NORTE 03 QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023 I
EL DATO
Una próxima reunión se realizará en el próximo semestre en territorio colombiano.
PROCESO. La adaptación y cría de los mosquitos se da en Quito, en un laboratorio del Inspi.
TRABAJO. El 28 de febrero de 2023 mantuvieron una reunión en Carchi. En seis meses habrá otra, en Colombia.
Juicio contra Lasso se plantea por ‘delitos contra la seguridad del Estado’
En medio del debate de la comisión ocasional de este 1 de marzo de 2023 se eliminó la causal de traición a la Patria. El informe de la comisión ocasional será conocido el 4 de marzo en el Pleno de la Asamblea a partir de las 08:00.
“Este informe solo responde a un sesgo que busca construir una fábula porque, al final del día, investigación no hay”.
JUAN FERNANDO FLORES, LEGISLADOR OFICIALISTA
cas ligadas al sector eléctrico y que estaría encabezada por Danilo Carrera, cuñado del jefe del Estado.
Basados en esas motivaciones, los asambleístas dicen que Lasso interfirió en el proceso investigativo que desarrollaba la Fiscalía al permitir que, desde el Ministerio del Interior, se facilite el traslado de 37 agentes policiales – investigadores que coordinaban acciones con la Fiscalía.
“El Presidente omitió su deber de denunciar, lo cual constituye un delito. Presionar para que se cierren las investigaciones policiales y la posible injerencia en el archivo de la causa ante los órganos judiciales competentes violentó el artículo 147.1 de la Constitución que ordena al primer mandatario el deber primordial de respetar y hacer respetar la Constitución y la ley”.
Sin embargo, en la última sesión de la comisión de este 1 de marzo, Pedro Zapata (PSC) planteó eliminar del informe esta figura que se sustentaba en la tesis de que Lasso, al supuestamente ocultar el informe que vinculada a Rubén Cherres, con la presunta “mafia albanesa” que tendría conexión con redes de narcotráfico cometió el delito de traición a la patria.
La moción planteada por el PSC proponía eliminar estos textos, pero dejar en firme la acusación de delitos en contra de la seguridad interna del Estado. La propuesta del PSC logró cinco votos a favor, por lo que quedó fuera de propuesta.
Viacrucis político
Viviana Veloz, de la bancada correísta Unión por la Esperanza (UNES); Pedro Zapata, del Partido Social Cristiano (PSC); Diego Esparza del Partido Socialista Ecuatoriano (PSE); Rodrigo Fajardo, de la Izquierda Democrática (ID), Mireya Pazmiño, de Pachakutik (PK) y, Augusto Guamán (independiente), recomendaron al
Pleno de la Asamblea Nacional, este 1 de marzo de 2023, iniciar un juicio político en contra del presidente de la República, Guillermo Lasso.
Los representantes de estas agrupaciones políticas en la comisión ocasional que investigó la trama ‘El gran padrino’, argumentaron como causales de interpela-
Corte Constitucional debe revisar requisitos de forma y de fondo
° Una vez que el presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, remita a la Corte Constitucional el expediente con las argumentaciones de juicio político para que se emita un dictamen de admisibilidad, los jueces se reunirán en una sesión de Pleno, y el expediente se sorteará a un juez ponente.
En un plazo de tres días, el magistrado deberá revisar el expediente para verificar que se cumplan los requisitos de forma y fondo de la solicitud y, a su vez, emitir un proyecto que será conocido por el Pleno.
Esteban Ron, constitucionalista y decano de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad Internacional SEK, explicó que el procedimiento está determinado en los artículos 148 y
ción al jefe de Estado el cometimiento de delitos contra la seguridad del Estado estipulado en el numeral 1 del artículo 129 de la Constitución, y además contra la administración pública.
“El gran padrino” gira alrededor de una denuncia del medio digital La Posta sobre una presunta red corrupción en las empresas públi-
La comisión también concluyó que existió “un contubernio” para ocultar la verdad de los acontecimientos, bloquear la investigación parlamentaria y garantizar la impunidad de los posibles responsables.
¿Y la traición a la Patria?
En el informe borrador que elaboró durante 42 días esta mesa legislativa, se señaló como causal para el juicio el presunto cometimiento del delito de “traición a la Patria”.
149 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales. El juez ponente deberá verificar si la solicitud ha seguido el trámite previsto en el artículo 129 de la Constitución y en el 88 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL); entre ellos que se reúnan las firmas que respalden el juicio.
También deberá verificar si en el pedido de juicio se singulariza efectivamente la infracción, es decir, si en el expediente se llega a la conclusión de que el Presidente de la República, presuntamente, ha cometido las infracciones que se le imputan. Además, debe verificarse si los delitos que se le imputan al mandatario forman o no parte del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y como consecuencia de ellos iniciar o no el juicio. Luego de culminados los tres días para que el juez ponente verifique los requisitos, el Pleno de la CC debe convocarse en un plazo de 24 horas, y emitir su dictamen en 48 horas. Finalmente, el pronunciamiento de la CC debe ser remitido a la Asamblea Nacional.
El presidente Lasso está en medio de un viacrucis político y debe sortear obstáculos en al menos cinco frentes. Leonardo Cortázar es la fuente de los audios difundidos por el medio digital La Posta en los que se detalla una presunta red de corrupción en las empresas públicas, que involucra directamente a su cuñado Danilo Carrera. El caso fue denominado ‘El Gran Padrino’ y después bautizado por la Fiscalía General del Estado (FGE) como ‘Caso Encuentro’.
Con la decisión que tomó este miércoles la comisión ocasional de la Asamblea, y si el Pleno del Parlamento acoge la recomendación de iniciarle un juicio, uno o varios asambleístas podrían iniciar la recolección de firmas (46 necesarias) para dar paso a la interpelación que, previamente deberá contar con un informe de admisibilidad que emitan los jueces de la Corte Constitucional (CC).
‘Lasso no va a renunciar’
El ministro de Gobierno, Henry Cucalón, se refirió al pronunciamiento de la Conaie, que en el consejo ampliado del 24 de febrero le pidió a Lasso que renuncie al cargo. El funcionario dijo que “cualquier persona le puede pedir que renuncie, pero el presidente no va a renunciar; a ellos (Conaie) les gusta ir a la pelea, pero que el rival esté amarrado”, expresó. (SC)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO POLÍTICA 04 I QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023
PRESIDENTE Guillermo Lasso debe sortear obstáculos en varios frentes
Dirigentes indígenas plantean un pacto ampliado para superar la crisis
El excandidato
Yaku Pérez y el dirigente amazónico Cristóbal Kasent exigen al Gobierno realizar un cambio de 180 grados en su manera de encarar los problemas que aquejan a la nación.
En las últimas semanas el fantasma de la convocatoria de un paro nacional ronda en las calles y conversaciones de las familias ecuatorianas, pero en el movimiento indígena hay voces que llaman a la mesura y a la creación de un espacio que permita superar la crisis sin “desestabilizar”
Los dirigentes Yaku Pérez y Cristóbal Kasent coinciden en la necesidad de establecer un pacto entre todos los sectores para crear un plan que solucione los problemas de la nación.
El excandidato presidencial, Yaku Pérez, confirmó a LA HORA que el paro nacional no es viable en este momento. “Hay una crisis severa el día que no se trabaja no se come”, dijo al aclarar que no puede descartar un estallido “si las condiciones se vuelven insostenibles”
En ese contexto, Pérez exigió al Gobierno Guillermo Lasso “cambiar en 180 grados su for-
ma de gobernar el país”.
Al ser consultado sobre la resolución de la Conaie que cierra la puerta a la ‘muerte cruzada’, se mostró contrario a las violencia y señaló que la inestabilidad política genera inestabilidad económica.
Agregó que “la salida constitucional puede ser la muerte cruzada o la destitución”.
Puntualizó que el Gobierno debe ejecutar medidas que permitan reactivar la economía. Así, en lugar de tener $10 mil millones en la reserva monetaria, planteó que se destine un rubro importante a mover el aparato productivo, crear fuentes de empleo y dinamizar la economía.
Por su parte, el dirigente amazónico y politólogo, Cristóbal Kasent, rechazó que se use al movimiento indígena con fines chantajistas.
“
el derecho constitucional. No puede chantajear al Gobierno para lucro personal. Eso no va más con nosotros”, sentenció.
Pacto por el país Kasent señaló que debe abrirse un espacio de encuentro “multidisciplinario” para la elaboración de un proyecto y una agenda de ruta para dar solución a la crisis.
“Nosotros tenemos un plan y un modelo de gobierno, un plan regional amazónico y un proyecto estratégico para poder trabajar en el bienestar social y económico de los ecuatorianos”, recalcó.
Por su parte, Pérez, hizo un llamado a la madurez política y a poner fin al sectarismo, indicando que la generación de un pacto social amplio establecerá las líneas para salir adelante.
Los que encabezan el paro, el señor Iza, tienen un pacto con el correísmo, ya lo conocemos. Él no puede usurpar
El dirigente dejó claro que “la salida para hacer frente, no solo al correísmo, sino a la crisis que vive el Estado
Hay dirigentes que están acostumbrados a chantajear al Gobierno de turno”.
EL DATO
El presidente de la Conaie, Leonidas Iza, indicó que si el presidente Guillermo Lasso aplica la muerte cruzada habrá un nuevo paro nacional.
ecuatoriano, es la firma de un pacto ético social entre las organizaciones sociales, políticas y ciudadanas del país”.
Precisó que este acuerdo debe trazar las principales líneas de acción para conformar una propuesta de gobierno, “con profundos cambios estructurales. Creo que es nuestra responsabilidad generar esto. En las próximas semanas el país conocerá una propuesta que estamos elaborando y que vamos a llevar a todos los sectores políticos y sociales, lo más amplio posible, sin exclusión”, adelantó.
Cable a tierra Ambos dirigentes exigieron al régimen avanzar en el desarrollo de un escenario de diálogo y acuerdo nacional.
“El Gobierno debe abrir un escenario político nacio-
nal, para buscar la unidad de los ecuatorianos, de esa forma cada sector, cada nacionalidad tendrá que presentar sus propuestas, tal como nosotros lo hemos planteado”, apuntó Kasent.
A su juicio, el país debe trabajar en estándares que le permitan potenciar y dar valor a toda la riqueza y recursos que existen en Ecuador.
Pérez, en cambio, fue tajante sobre la posición del Gobierno: “está en las nebulosas, no aterriza, no hay un cable a tierra”.
También precisó que el Gobierno debió aprovechar cuando tenía todo el escenario para llegar a acuerdos. “Lo está desperdiciando, porque sigue sin lograr justicia social y sigue con arrogancia”.
Diversidad e intereses
Al analizar la coyuntura del movimiento indígena, la visión de ambos dirigentes se separa. Para Kasent existe un gran componente de mezquindad y chantajismo por parte de algunos dirigentes, mientras Pérez recuerda que el movimiento siempre se ha caracterizado por la diversidad de opinión. Kasent puntualizó que hay líderes que se mueven por intereses personales, que siempre han sido oportunistas y otros que piensan diferente. “Por eso tenemos que abrir un escenario de diálogo serio, frontal y con el compromiso de todos”.
Pérez admitió que el movimiento indígena tiene sus complejidades y que quizás lo que les une a todos es un “desgobierno que no ha logrado dar un giro de 180 grados en su política y eso va en desmedro del pueblo”. (ILS)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
PERSONAJE. Yaku Pérez Guartambel fue candidato presidencial en 2021.
CRISTÓBAL KASENT, DIRIGENTE AMAZÓNICO Y POLITÓLOGO.
QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023 I PAÍS 05
Brasil volverá a aplicar impuestos a la gasolina y el etanol
El Gobierno brasileño volverá a aplicar impuestos a la gasolina y el etanol, que habían sido suspendidos el año pasado, con la meta de mejorar la recaudación e impedir un mayor desequilibrio fiscal, informó el Ministerio de Hacienda. El Gobierno explicó que la medida deberá permitir este año la recaudación de unos 28.800 millones
reales (5.760 millones de dólares), equivalentes a cerca del 1,5 % del Producto Interno Bruto (PIB). El gigante sudamericano, además, aplicará una tasa de exportación del 9,2% al petróleo bruto durante 4 meses, recaudar unos 6.600 millones de reales (1.260 millones de dólares). (JS)
Los mitos y el desconocimiento complican acceso a créditos
Las dudas sobre el score y el buró de crédito complican el acceso al financiamiento formal.
La mitad de las barreras que impiden que más ecuatorianos tengan una cuenta financiera, o soliciten un préstamo, están relacionadas con el desconocimiento de requisitos y los mitos sobre el sistema financiero.
Norma León, economista e investigadora en temas de finanzas personales, explicó que gran cantidad de ecuatorianos, ni siquiera hacen el intento de aplicar a un crédito. Consideran que “eso es solo para gente con dinero y la posibilidad está completamente cerrada”.
Uno de los mitos es que para solicitar financiamiento se necesita tener un score o puntaje crediticio alto, que incluso supere los 900 puntos.
Al respecto, Marco Rodríguez, presidente ejecutivo de la Asociación Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), puntualizó que para acceder a un crédito no se requiere tener un puntaje mínimo en el score, como lo
Sin techos a las tasas de interés, se daría más crédito
° En el país hay gente que está necesitando financiamiento, pero que no está accediendo al crédito debido a las restricciones normativas ligadas a la existencia de techos a las tasas de interés. Es decir, si existiera un sistema más flexible, en el que se pueda modificar la tasa de interés de acuerdo con el riesgo de cada cliente, más microempresarios podrían tener financiamiento mucho más barato que el hasta 1.200% anual que cobran los chulqueros. Incluso, se podría prestar a más gente que no tiene historial crediticio, pero que con una tasa de interés más alta (pero aun así menor a la de los préstamos informales) se podría cubrir el riesgo adicional.
A todo esto, según Marco Rodríguez, presidente ejecutivo de la Asociación Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), se debe sumar que desde la política se depure y reduzca la tramitología que se impone a bancos y cooperativas al momento de entregar créditos.
Si solo el 23% de los adultos ecuatorianos accede al préstamo formal, se debe cambiar las lógicas. El fin es cambiar realidades como que, ante una emergencia financiera, la mayoría de los ecuatorianos quedan a merced de amigos y familiares o el chulco.
demuestra el tercer reporte de la Radiografía del Crédito. “En 2022, ese reporte establece que nuevos clientes accedieron a un crédito en el sistema bancario por primera vez. Esos clientes no tenían un historial crediticio”, dijo.
Durante 2022, el sistema financiero dio nuevos créditos a 945.508 ecuatorianos. De ese total, 106.168 fueron clientes que accedieron por primera vez a financiamiento. Es decir, no tenían historial ni score con alto puntaje, pero aun así recibieron un total de $431 millones. Un gran porcentaje llegó al empren-
dimiento.
Así, 6 de cada 10 dólares entregados en préstamos a jóvenes de hasta 25 años fueron directamente al financiamiento de proyectos productivos bajo la modalidad de microcrédito.
Score e historial crediticio
El score es un puntaje cuyo valor va de 1 a 999 y lo que identifica es la probabilidad de que la persona tenga un incumplimiento en su crédito de más de 60 días en los próximos 12 meses.
Mientras más alto sea el puntaje del score, la probabilidad de incumplimiento es menor y
Recomendaciones para el primer crédito
1 .- No se debe mentir en los formularios de solicitud. Es importante contar con los documentos necesarios que demuestren los ingresos para cubrir los pagos, como, por ejemplo, tener una cuenta bancaria activa de la cual se puedan obtener los extractos mensuales.
2 .- Realizar un plan de pagos según los ingresos mensuales y el monto de dinero a solicitar. Se deben evaluar los gastos fijos como alimentación, transporte, entre otros, y ver si el monto restante puede cubrir las cuotas.
EL DATO
Casi el 40% de los ecuatorianos que acceden al crédito tienen ingresos promedio de $800 mensuales, según estudio de Equifax.
mientras más se acerca a 1, esta probabilidad es mayor.
El score es un indicador estadístico que considera una serie de variables, entre ellas el comportamiento de pago de los últimos 36 meses. Es decir que, con base al comportamiento crediticio histórico de cada persona, se predice el comportamiento futuro en los siguientes 12 meses.
Sin embargo, no tener esta información, o que el score no sea el más alto, no significa que la puerta del financiamiento esté cerrada.
David Castellanos, líder de Data y Analítica de Equifax Ecuador, recalcó que el buró de crédito (institución privada que calcula el score crediticio) no aprueba ni niega los créditos. Solo las entidades financieras y comerciales tienen la potestad de decidir sobre el otorgamiento en función de sus propias políticas y su apetito de riesgo. Es decir, cada entidad mide el riesgo que puede correr con cada cliente y decide entregar o no un crédito. No es lo mismo el perfil de riesgo de un gran banco que el de una cooperativa.
“La información del score no es determinante para la obtención de un crédito, es una de las variables que las entidades financieras y comerciales toman en cuenta”, afirmó Castellanos. Rodríguez acotó que otros factores que se analizan antes de dar financiamiento incluyen: el entorno de cada persona, la garantía, el plazo del crédito, la amortización y el destino del crédito, los sustentos del proyecto productivo, entre otros.
3
.- Es muy importante explorar diferentes opciones de entidades crediticias. Cuando se trata del primer crédito es recomendable no solo fijarse en los grandes bancos.
4
.- Pagar el primer crédito de la mejor forma es importante para acceder más fácilmente a créditos de mayores montos.
Lo recomendable es ir construyendo un historial a través, por ejemplo, de iniciar con financiamientos pequeños, como una compra en una casa comercial; para luego pasar a préstamos mayores. (JS)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ECONOMÍA 06 I QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023
HECHO. Ecuador necesita que más personas tengan financiamiento formal.
No es cierto que se necesita tener un alto puntaje crediticio para solicitar y obtener un préstamo.
¿Cómo saber si un niño ve pornografía?
VULNERABLES. Los niños tienen una exposición no deseada a las imágenes pornográficas mientras usan internet.
La exposición a redes sociales sin control permite a los pequeños ver imágenes o videos de sexo explícito. Además de cambios en el comportamiento, pueden ser más vulnerables a ser contactados por delincuentes.
¿Acaso saben los padres todo lo que sus hijos ven en internet? Aunque es muy probable que los niños busquen contenido afín a su edad, también hay un alto riesgo de que tengan la facilidad para encontrar páginas que contengan imágenes de violencia o contenido sexual explícitos.
Sonia Alcívar, psicóloga educativa, señala que no se puede batallar contra la tecnología, porque es el mundo en el que ahora se desarrollan los niños y adolescentes. “Pero sí se puede tener control parental”.
La psicóloga señala que los niños que consumen pornografía afectan su desarrollo neurológico y su comportamiento sexual. Según datos de la Universidad de Boston y el Benenson Strategy Group (BSG) cerca del 15% de los adolescentes dicen que vieron pornografía por primera vez antes de los 11 años, ya sea por accidente o a propósito.
Mientras que ‘Save The Children’ establece que a
los 8 años es la edad promedio en la que los niños empiezan a ver pornografía online. “Ese primer contacto se hace por curiosidad, casualidad o presión de sus iguales en las escuelas”.
Esto lo ratifica Alcívar, quien ha tenido pacientes que no solo hablan de tener acceso, sino de haber creado el hábito de ver pornografía . “Se trata de contenidos que son gratuitos y asequibles. Ni siquiera tienes que demostrar que eres mayor de edad para verlos”, agrega.
Identificar conductas
Es importante prestar atención a las conductas de los menores. Empiezan a tener conductas hipersexuales, que no son acordes a su desarrollo físico y socioemocional. Fantasean o hacen referencias al sexo todo el tiempo”.
Alertas ante peligros
Cuando hay acceso a pornografía a edades tempranas se despierta la curiosidad
Peligros Redes sociales
Ciberbullying: Acoso mediante redes sociales, hostigamiento, exposición de los menores en redes sin su consentimiento.
Grooming: Un adulto se hace pasar por un adolescente para acosar sexualmente a un menor.
Sextorsión: Extorsión sexual, una forma de explotación sexual, en la cual una persona es inducida o chantajeada con una imagen o vídeo de sí misma desnuda o realizando actos sexuales.
Aplicaciones Cuidado parental Redes sociales
Bark
uMobix
Qustodio
FamiSafe
ClevGuard
WebWatcher
NextDNS
*Pueden descargarse en los teléfonos otras aplicaciones similares.
sexual, lo que hace que los menores naturalicen iniciar, antes de tiempo, en una etapa que no corresponde a su edad y desarrollo socioemocional.
Es así que estos niños son aún más vulnerables ante peligros en las redes sociales, como redes de pedófilos o de pornografía infantil.
“Un niño que ha tenido
lahora.com.ec
GOBIERNO Ministro Cucalón: ‘El Presidente no va a renunciar’
PAÍS
Contratistas incumplidos y falta controles desnudan mal manejo de Cnel
exposición a este contenido, empieza a fantasear de manera constante con el sexo y eso no le permitirá sorprenderse, incomódarse o sentir alerta ante un adulto que le propone tener un encuentro o que le pida imágenes como fotos o videos”, detalla Alcívar.
El reciente caso de la influencer, Luisa Espinoza, quien mantiene prisión preventiva por el posible delito de pornografía infantil revela el modo en el que estas redes operan.
El subdirector Nacional de Investigación contra la Violencia de Género de la Policía, Jorge Borja, señaló que Espinoza captaba a los menores de edad a través de sus cuentas en redes sociales.
La también modelo tenía un celular con varias imágenes de menores y se le incautaron dispositivos electrónicos con cerca de 10.000 videos con imágenes explícitas de niñas, niños y adolescentes (NNA) en actos sexuales.
El temprano inicio a la sexualidad “condicionarán poco a poco las relaciones y conducta de un niños”, detalla la psicóloga. Por eso, es importante que los padres no limiten el acceso al internet, pero sí controlen los sitios que sus hijos visitan. Es así que existen herramientas de control parental (ver recuadro). (AVV)
ECONOMÍA Petroecuador reinició el bombeo de crudo por el SOTE
PRODUCCIÓN Falta de incentivos e inseguridad reducen competitividad de sector exportador
SOCIEDAD Niño ecuatoriano de 4 años recibió trasplante de médula ósea, en España
GLOBAL Castillo puede ser condenado a 31 años por corrupción
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
EN LA WEB
SOCIEDAD 07 QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023 I
ONU reclama a gobiernos un tratado que salve los océanos
Garantizar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina son temas que líderes mundiales discuten en Nueva York.
NACIONES UNIDAS. El secretario general de la ONU, António Guterres, reclamó este 1 de marzo de 2023 a los Gobiernos de todo el mundo que pacten un tratado que permita salvar los océanos ante la “emergencia” que sufren actualmente.
Guterres pidió “flexibilidad y perseverancia” a las delegaciones que actualmente negocian en Nueva York ese instrumento jurídico en una última ronda de discusiones que debería cerrarse este 3 de marzo.
“Pueden lograr un resultado que ayude a garantizar que nuestros océanos sean más saludables, más resistentes y más productivos, para beneficio de nuestro planeta y la humanidad”, dijo el jefe de Naciones Unidas en un mensaje dirigido a los participantes en las negociaciones.
Según Guterres, el mundo ya no puede ignorar más “la emergencia del océano” y debe acordar un marco que proteja el alta mar ante los
Negociaciones finales
° La ONU abrió el 27 de febrero de 2023 con “voluntad de llegar a la meta final” una última ronda de negociaciones para tratar de pactar un tratado internacional que proteja los océanos, discusiones que se prolongarán hasta mañana, 3 de marzo. El objetivo de esta conferencia intergubernamental es concretar un nuevo tratado sobre la alta mar que garantice la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en las áreas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales.
La ONU sigue así con las negociaciones del quinto periodo de sesiones de agosto de 2022, cuando a los Gobiernos se les acabó el tiempo para cerrar un acuerdo que estaba ya muy avanzado.
impactos de la crisis climática, la pérdida de biodiversidad y la contaminación.
“En los albores de la quinta década desde la aprobación de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, ustedes tienen la oportunidad de seguir construyendo sobre su legado. Pueden demostrar que la Convención puede adaptarse para hacer frente a los desafíos cambiantes y demostrar la fortaleza y la promesa constantes del multilateralismo”, insistió.
Lo que está en juego
Los países de la ONU llevan años discutiendo el establecimiento de un nuevo tratado sobre la alta mar que garantice la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en las áreas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales.
Tras varias rondas de negociaciones, el pasado 20 de febrero se abrió en Nueva York la fase final, que se espera concluya con un acuerdo sobre el texto este próximo vier-
EL DATO
La alta mar, que cubre la mitad de la Tierra, sustenta vibrantes ecosistemas marinos, formas de vida fundamentales para el suministro mundial de alimentos y el sistema climático del planeta.
nes, aunque por ahora no hay un consenso definitivo. En los últimos días, las organizaciones ecologistas han advertido del riesgo de que el proceso fracase y algunas de ellas habían pedido a Guterres que emitiera un mensaje claro para los países. EFE
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO GLOBAL 08 I QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023
PROBLEMA. La explotación no sostenible afecta a los océanos.
Fiscalía allana Municipio de Patate
Una obra con presuntas anomalías desde su concepción documental hasta su construcción, así como inconvenientes en el sistema de catastros motivaron las diligencias desarrolladas en la entidad.
La mañana de ayer, miércoles 1 de marzo de 2023, personal policial y de la Fiscalía allanaron las oficinas de la Municipalidad de Patate.
A través del Twitter, de la dependencia judicial, se conoció sobre la intervención determinada como un “acto urgente con el fin de recabar computadores, documentos y todo lo relacionado a la construcción de una obra con presunto sobreprecio e inhabilitada desde 2020”, rezaba el comunicado.
Un perjuicio aproximado de 1 millón de dólares es el que bordean estas indagaciones, así como “una presunta vulneración interna al sistema informático de la entidad”, es lo que divulgó en la red social la entidad.
El problema
Fue Bolívar Punguil, alcalde de Patate quien, a través de la Procuraduría Síndica de la municipalidad, impulsó las causas que hoy se investigan.
“Al inicio de la administración vimos la necesidad de dar seguimiento a procesos como el del parque Acuático, preocupados por esta obra que se propuso en administraciones anteriores y que debió culminar en 2018, pero en el transcurso detectamos inconsistencias”, aseguró el funcionario.
De ahí que la denuncia fue oficializada en Fiscalía en 2021, “y hemos venido trabajando con ellos desde entonces siempre dispuestos para colaborar con la investigación”, agregó Punguil.
CIFRA
1 MILLÓN
De dólares es el perjuicio económico que bordea a la Municipalidad de Patate por estos hechos.
En este contexto, el Alcalde hizo énfasis en que la obra no ha podido ser inaugurada, precisamente por estos inconvenientes detectados, y sobre todo “para precautelar el bienestar de la ciudadanía, por las falencias de construcción que existen”, sostuvo la autoridad.
Otro caso
A esto se suma también las investigaciones desar rolladas a la Unidad de Catastros, en donde “la Contraloría dictó responsabilidades”, aseguró Punguil.
Desde 2015 , a decir del Alcalde, son los inconvenientes en este caso, “pues el cantón tuvo falencias y esto no puede quedar impune, tenemos la necesidad de resguardar los intereses de la ciudadanía y por eso acudimos a la Fiscalía General del Estado”, sostuvo el funcionario.
A esto se suma la negativa que, a decir de Punguil, recibieron por parte de algunos funcionarios a la hora de facilitar información a los peritos, por lo que se de-
Tenemos la necesidad de resguardar los intereses de la ciudadanía y por eso acudimos a la Fiscalía General del Estado”
BOLÍVAR PUNGUIL ALCALDE DE PATATE
sarrolló la diligencia.
“Esto es en relación al sistema informático que se manejó en catastro para el cobro de impuestos donde detectamos falencias, no podemos dejar pasar esto, porque si como autoridades no lo reportamos caemos también en el delito omisión”, sostuvo el Alcalde.
Además, fue enfático en recalcar que “en el transcurso se verá si hay o no la existencia de alguna infracción. Hay que esperar el resultado de las investigaciones para determinar y señalar responsables”, enfatizó el alcalde.
Procedimiento
Gerardo Badillo, teniente coronel de Policía y jefe del Distrito Patate – Pelileo, aseguró que por parte de la entidad uniformada se prestó todo el contingente nece-
cortesía)
A la nueva administración
° Bolívar Punguil, alcalde de Patate, aseguró que estos procedimientos judiciales serán puestos en contexto a la nueva administración que asumirá funciones el 14 de mayo de 2023.
El funcionario dijo que hay una reunión “con el compañero Alcalde entrante para al momento de la transición dejarle todo claro y el trabajo que se ha venido desarrollando con la autoridad competente, de mi parte, hasta el último día seguiré trabajando”.
sario.
El oficial sostuvo que alrededor de 20 policías de las diferentes dependencias como Criminalística, Policía Judicial, Servicio Preventivo, fueron parte de los agentes delegados para este proceso, toda vez que también se realizó el acompañamiento a Fiscalía a manera de seguridad. (MAG)
CIFRA
20 POLICÍAS De dependencias como Criminalística, Policía Judicial, Servicio Preventivo resguardaron el operativo.
A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA RECREATIVOS PELILEO AIDILECK CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN De conformidad con lo previsto en el artículo 393 de la Ley de Compañías, la Compañía RECREATIVOS PELILEO AIDILECK CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, NOTIFICA a los posibles acreedores que cuenten con los documentos de sorporte y justificativos, para que acrediten sus derechos en el término de veinte (20) días, contado desde la última publicación de este aviso, acercarse a la oficina ubicada en Av. Confraternidad s/n y Velasco Ibarra en la ciudad de Pelileo Provincia de Tungurahua, podrán comunicarse también al correo electrónico walterllerena2@hotmail.com, y a los teléfonos 032830727 o 0991107399
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK TUNGURAHUA 09 QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023 I
LIQUIDADOR RECREATIVOS
WALTER RAUL LLERENA LLERENA
PELILEO AIDILECK CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN
EJECUCIÓN. Personal policial y de la Fiscalía en las instalaciones de la municipalidad durante el procedimiento. (Foto
Grupos delictivos se ‘adueñan’ de los ejes viales en Quevedo
Grupos delictivos operan en las entradas a la ‘Ciudad del Río’, incluso están equipados con radios de comunicación.
El problema de robos en varios tramos y ejes viales en la vía a San Carlos, Buena Fe, Valencia y El Empalme (Guayas), pareciera no terminarse nunca.
Amado Z., la tarde del martes fue víctima del robo de su camioneta, cuando circulaba por la vía a San Carlos. Al llegar a la Ruta Ecológica fue interceptado por otro automotor, de donde se bajaron cuatro sujetos, lo amedrentaron y le quitaron las llaves de su carro.
Luego de golpearlo en la cabeza, intentaron llevársele su automotor, pero al parecer, algo pasó y no pudieron cumplir su cometido.
Esta es una de las tantas historias que se viven recurrentemente en las vías adyacentes a la ciudad de Quevedo.
Para el jefe de la Policía en Quevedo, Erick Carrera, los antisociales aprovechan la más mínima oportunidad para atacar a sus víctimas. Recomendó que se debe estar pendiente en tramos desolados para no ser víctimas de robos y así poder llegar al destino sin mayores novedades.
Atrapados flagrante
El pasado jueves, la Policía le ‘echó mano’ a una presunta
organización delincuencial, que se dedicaba al robo de vehículos, específicamente en el intercambiador de tráfico, en el tramo San Carlos.
Los mismos que se sustrajeron un camión tipo mula, color blanco de placas CAA-2171, en esta misma dirección.
Los implicados se habrían bajado de un auto, y según el reporte policial estaban todos armados, unos con fusil y los otros con armas cortas, procediendo a secuestrar al conductor.
Los sospechosos del robo se internaron entre la maleza, donde la Policía logró localizarlos, y posteriormente detenerlos en delito flagrante.
El jefe de la Policía subrogante, Darwin Guevara, indicó que el modus operandi de los antisociales es pedir
recompensa por los automotores sustraídos.
Frente a esta situación, agregó que es necesario colocar las respectivas denuncias, para que de esta manera se efectivice el tra-
bajo policial, y así no elevar el índice de ‘cifras negras’ que se levantan cuando no se oficializa en Fiscalía. En cuanto el tema de vacunas, informó que han detenido a varios infractores
de la ley, y que al momento existe un proceso judicial que debe seguir su curso, para que las personas que han cometido este tipo de delitos respondan ante la justicia. (VV)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LOS RÍOS 10 I QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023
TEMOR. Así de desolados permanecen varios tramos del Anillo Vial, por causa de la delincuencia.
Lluvias se intensifican en marzo
La magnitud de las precipitaciones es irregular, se recomienda estar alerta a las proyecciones del Inamhi.
Santo Domingo de los Tsáchilas presentará lluvias con episodios de moderada a fuerte intensidad a partir del viernes 3 de marzo, así lo pronostica el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inamhi).
Vladimir Arreaga, director de Pronósticos y Alertas, indicó que, según los análisis que han efectuado, las precipitaciones se intensificarán en la región del Litoral , incluida la provincia.
Se prevé que llueva un promedio de 50 a 60 milímetros, que se pueden registrar de forma diaria. Hacen un llamado para que las autoridades y la ciudadanía tomen las debidas precauciones, ya que son cifras consideradas de mayor intensidad.
de la presencia de humedad, que es uno de los factores para que los estragos sean más fuertes.
Según los promedios mensuales de precipitaciones que maneja el Inamhi, en febrero en Santo Domingo fueron de 517 milímetros, al finalizar el mes se encontraron que había caído un total de 450, que equivale al 90% de lo que normalmente llueve.
EL DATO Santo Domingo, Los Ríos y Esmeraldas son las provincias donde hay más precipitaciones a nivel del país.
Sin embargo, se registraron días que los aguaceros fueron bastante intensos, como, por ejemplo, el 16 de febrero, en donde hubo una acumulación de 170.5 milímetros.
Detalló que las condiciones orográficas o posición que tiene la provincia hace susceptible a que se presente eventos intensos, además
Para marzo las proyecciones son de 493, pero se recomienda estar alertas por la intensificación de las lluvias.
Puntos de riesgo
Por su parte, Hugo Parra, jefe del Cuerpo de Bomberos, co-
Asociación ‘Luz y Sombra’ conmemora aniversario
Los integrantes de la asociación ‘Luz y Sombra’, celebran su decimonoveno aniversario hoy, jueves 2 de marzo, con una caminata que iniciará a las 10:00.
La concentración será en las calles 29 de Mayo y Tulcán , recorrerán la San Miguel y Quito, culminan en el parque Zaracay , donde festejarán con artistas y recibirán una charla de sensibilización.
con discapacidad visual se unan para poder luchar por sus derechos y coordinar actividades.
mentó que hasta el momento han identificado 14 puntos de riesgo con las últimas lluvias que cayeron en el cantón Santo Domingo, por lo que están haciendo trabajos de mitigación como el desazolve de los ríos Pove y Code, para evitar futuros problemas.
Demandó a la ciudadanía
evitar lanzar basura a los ríos, esteros o quebradas, porque son los que ocasionan taponamientos y en corto plazo desbordamientos de los afluentes.
Asimismo, mencionó que maquinaria municipal está activa para cualquier tipo de emergencia. (CT)
Pronóstico
° Según el Inamhi, en la primera quincena de marzo las lluvias serán permanentes e intensas. A partir de la segunda y en abril las precipitaciones disminuirán. En mayo el invierno irá declinando.
EL DATO
Las instalaciones de la asociación se encuentran en la exescuela Caracas. Hay 60 socios activos.
Ricardo Reyna, presidente de la asociación, indicó que la organización se creó un 4 de febrero de 2004, con la idea que las personas
Explicó que han demorado en festejar el aniversario por situaciones de logística, pero con ayuda del Consejo Cantonal de Protección de Derechos han logrado concretarlo.
Inclusión
Para Sofía Herrera, quien posee discapacidad visual, a la ciudadanía aún le falta ser más empática con las personas con discapacidad. Indicó que son pocos los santodomingueños que les tienden una mano
PRECAUCIÓN. Participarán de la caminata junto a un acompañante.
cuando los ven en una situación de peligro Explicó que las veredas están ocupadas por coches de comida o ponen parasoles que a ellos les perjudican en su movilidad. Además, los robos de las tapas de alcan-
tarillas han provocado que en varias ocasiones sufran caídas. Manifestó que también se les ha presentado varias oportunidades de crecimiento personal, como participar de capacitaciones.
Cuentan con deportistas que han participado en campeonatos organizados por la Federación Ecuatoriana de Deportes para personas con Discapacidad Visual (Fedediv), obteniendo medallas. (CT)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK SANTO DOMINGO 11 QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023 I
TRABAJOS. Las autoridades realizan obras de mitigación en zonas susceptibles al invierno.
En la última elección se evidenció que mujeres no respaldan a su género en las urnas
Colectivos de mujeres siguen luchando por la participación y la equidad en la provincia. En el país, de 221 alcaldías, solo 32 serán ocupadas por mujeres.
Pese a las constantes luchas de los colectivos, organizaciones y movimientos de mujeres, por la equidad, la participación e igualdad, en la provincia de Loja no han logrado su objetivo y siguen teniendo un espacio mínimo en el poder. Incluso en las últimas elecciones, del pasado 5 de febrero, pese a tener candidatas mujeres, no lograron mayor respaldo y únicamente consiguieron que una llegue a la Alcaldía en Catamayo, y una a la concejalía del cantón Loja.
EL DATO
Según las cifras, en el país la baja representatividad en las alcaldías es evidente, de un total de 221 alcaldías, solo 32 serán ocupadas por mujeres en mayo próximo, lo que presenta apenas el 19%.
Representación
En la provincia, la Alcaldesa mujer electa en Catamayo
es Janeth Guerrero; mientras que en el cantón Loja, la única concejal mujer que logró ganar en las urnas es Diana Guayanay. En el resto de cantones hay otras concejalas electas, pero el número es mínimo, pese a que en estos lugares la mayoría de electores son mujeres, como el caso del cantón Loja: 100.803 mujeres y 93.140 varones; Catamayo: 13.929 mujeres y 13.787 varones; Saraguro: 13.998 mujeres y 12.916 varones electores.
TOME NOTA
En el caso de las prefecturas en el país, el porcentaje alcanza al 30%, es decir, únicamente siete mujeres ganaron las elecciones para esta dignidad.
candidata a la Alcaldía de Loja, en el cantón Loja ha bajado la representatividad, de tres concejales que ganaron las elecciones en el 2019, ahora únicamente logró una mujer llegar al Cabildo. “Yo creo que esto debe analizar la organización de mujeres en un debate, sobre lo que significó el último proceso electoral. Ahora es evidente un retroceso y en ese sentido las organizaciones deben unirse para hacer una propuesta de carácter electoral sobre la participación política de la mujer y qué mejor en este mes”, reveló.
Violencia política
de las femeninas fue mínimo.
Para Ligia Rodríguez, ex-
Según algunas representantes, en las elecciones pasadas pudieron evidenciar violencia política de las propias mujeres, y ya no solo de los hombres, por lo que el resultado electoral a favor
“Las mujeres en esta ciudad y en el país entero venimos de una formación y vivimos en una sociedad patriarcal y machista. Todavía no hemos derribado esas barreras donde se dice que el mundo público es para los hombres, porque cuando vemos que una
de nuestras mujeres incursiona en la política, ponemos resistencia”, relató Nívea Vélez, exviceprefecta de Loja. Para Vélez, hay que tener claro que no todas las mujeres las representan, ni todas las mujeres se identifican con la agenda de la mujer en este mes de marzo, Día Internacional de la Mujer.
Loja tiene su primer Centro de atención integral para mujeres
El Centro de Atención Integral Violeta “Acción Feminista”, destinado a atender a las mujeres violentadas de Loja, está ubicado en las inmediaciones del alma mater lojana. Ayer, fue inaugurado por parte del colectivo “Acción Feminista por la Paz” y la Universidad Nacional de Loja (UNL).
Inauguración
ner acceso a un abogado para que las defienda”, dijo.
Coordinación
EL DATO
Este centro también contará con los estudiantes de Derecho, Psicología y Trabajo Social, donde harán sus prácticas.
Lorena Rodríguez, presidenta de Acción Feminista por la Paz, manifestó que este es un espacio para toda la comunidad, sociedad y, principalmente, para las mujeres que no tienen voz y que por años han sido maltratadas. “Este centro es para aquellas femeninas que por falta de recursos económicos no han podido denunciar y te-
Indicó que esta lucha inició hace algunos años golpeando algunas puertas y ahora ya es una realidad, gracias a la universidad. Aquí funcionarán algunas áreas de atención y abordaje como: Atención Jurídica, Psicológica, Social, Médica y Administrativa.
TOME NOTA
El Centro se encuentra en el ex Cater de la UNL, en una casa patrimonial que ha sido recuperada y transformada por la actual administración universitaria.
Está destinada para todas las mujeres que sufren violencia en el cantón y provincia, donde podrán visitar y recibir la atención profesional de manera gratuita.
Nikolay Aguirre, rector de la UNL, agregó que como universidad pública están respondiendo al pueblo frente a las necesidades de la sociedad. “Junto a la agrupación Acción Feminista por la Paz, mediante convenio interinstitucional, ponemos a disposición de Loja y el país, un Centro de Atención Integral Violeta, para que las mujeres víctimas de violencia psicológica, intrafamiliar, sexual, de género y política, puedan recibir ayuda profesional”, recalcó.
“El aporte de la universidad a la mujer lojana es entregarles por el lapso de cinco años este espacio físico, donde recibirán
atención psicológica, jurídica, médica y de trabajo social”, recalcó. Además, la institución también se hará cargo de la seguridad durante las 24 horas, al igual que cubrirá los costos de los servicios básicos como: agua, internet, energía eléctri-
ca y más inmobiliaria. Importante
- Iniciativa pionera en la región sur del país.
- Atención psicológica, médica, jurídica y trabajo social.
- Ubicado en el ex Cater de la UNL.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO LOJA 12 I QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023
EQUIDAD. Las mujeres no lograron mayor representatividad política en las últimas elecciones.
DERECHO. Grupo de mujeres de Loja junto a la UNL inauguraron Centro de Atención Integral Violeta.
Reto Same continúa al rescate de las tortugas marinas
Reto Same es una fundación que se encarga del cuidado y conservación de las tortugas que anidan en la playa de Same, la cuales le dan seguimiento y cuidado hasta el día del nacimiento de estas especies.
Entre las cinco especies de tortugas marinas que anidan en las playas de Ecuador están la Carey, que se encuentran en peligro de extinción, la Laúd (también en peligro de extinción), la verde, la golfina y la caguama. Cuatro de estas especies llegan hasta playa de Same. Las tortugas marinas son los animales más amenazados del planeta. Esto se debe a factores como la captura ilegal, la pesca accidental, la destrucción de sus hábitats, la basura en el mar, accidentes con hélices de botes.
Para ayudar en la conservación de las especies que anidan en la playa de Same está la fundación ‘Reto Same’, la cual requiere de ayuda para su constitución legal y de esa forma continuar ayudando con la conservación y reproducción de las tortugas.
Pastor Rodríguez, miembro de la fundación Reto Same’, se ha encargado de la protección de tortugas que llegan hasta la playa de Same a depositar sus huevos. Explica que en un tiempo aproximado de 50 a 60 días ocurre un espectáculo único. Ahí es cuando los huevos eclosionan y las
tortugas salen de sus nidos en la arena para luego dirigirse hasta el mar, donde se desarrollarán y seguirán su proceso de crecimiento y reproducción.
La labor de la fundación empezó en septiembre del 2017 cuando personas que se dedicaban a actividades turísticas decidieron cuidar las zonas de anidación. Lo hicieron debido a que el turismo crecía con rapidez. Los visitantes realizaban fogatas, ingresaban a la playa con vehículos, colocaban carpas, sillas y hasta construían en dichos sitios.
A partir de 2020, los voluntarios empezaron a cuidar y proteger a las tortugas marinas y a sus nidos con el nombre de ‘Reto Same’ (Rescate tortuga)
Desde esa época se empieza a cuidar los nidos de otra manera donde se inicia a marcar los nidos, limpieza de playas con un equipo de trabajo de más de 15 personas.
Sus integrantes indican que no reciben ningún tipo de ayuda de parte del Municipio del cantón, ni por parte del Ministerio del Ambiente.
Robos de mallas
Para proteger los nidos se usa una protección de varilla electrosoldada. Esto evita que los perros ingresen a las zonas de anidación. En lo que va del año se ha de-
tectado que estos animales callejeros han destruido más de 80 nidos.
Otro problema es que personas pasan y se llevan este las mallas que protegen los nidos. Lo cual causa un perjuicio porque la fundación carece de los recursos para elaborarlas en todo momento.
Same es una playa turística. con una extensión de entre 5 y 6 km, pero la mitad de este territorio es destinado para las tortugas marinas en su ciclo de anidación.
La labor de la fundación se ve afectada por la presencia de perros callejeros y de las personas que destruyen los nidos de estas especies.
Los voluntarios no recibe ningún tipo de apoyo de parte del Estado. Sus integrantes hacen un llamado para que la población colabore con herramientas materiales e insumos que se
requieren para proteger las zonas de anidación.
Ellos trabajan con guantes quirúrgicos, mascarillas, linternas, grapas y carpas. También cuentan con un cuadron que está en malas condiciones y requiere un cambio o mantenimiento.
El veh{iculo se usa en los recorridos que se hacen en la mañana para revisarn los nidos. También sirve para las labores de rescate, cuando las personas que están en la playa les alertan de que algún perro está dañando o que una tortuga está colocando sus huevos.
Los voluntarios reciben apoyo de la oenegé Wildaid, que les dota de vestuarios, materiales para la protección de los voluntarios y así puedan realizar de la mejor manera su labor.
CONTINÚA EN LA PÁGINA 14
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK ESMERALDAS 13 QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023 I
MURALES. En los murales se pueden observar las especies de las tortugas que llegan a anidar a esta playa.
VIDA. En los murales se pueden observar las especies de las tortugas que llegan a anidar a esta playa.
VIENE DE LA PÁGINA 13
Este grupo de personas se dedican a proteger y conservar a las tortugas marinas que mantienen sus nidos, Alan Miranda, de la Fundación Reto Same, estudiante se dedica a examinar y estudiar las especies de tortugas que llegan hasta la playa.
Nidos protegidos y existentes
La temporada de anidación en las tortugas de Same inicia en el mes de junio a mayo, Falta fortalecer la vinculación de niños desde las escuelas en la actividad de conservación marina
Entre los años 2020 –2021 se tuvieron 319 nidos
En la temporada 2021 –2022 hubo 352 nidos
En la actual temporada 2022 – 2023 existen 287 nidos
¿Qué puedo hacer para protegerlas?
Si encuentras una tortuga anidando no te acerques a menos de 20 metros ni camines frente a ella. Si la tortuga está herida Comunícate con el ecu 911 de inmediato para reportar lo sucedido, hasta que lleguen los especialistas coloca una toalla mojada sobre el caparazón.
Las tortugas anidan en la arena seca, cuando estés en la playa caminando hazlo solo hasta donde llegan las olas, no hagas fogatas, ni claves parasoles en la zona de anidación.
Si encuentras tortugas recién nacidas no las toques, cuídalas de perros y depredadores, y no uses luces que
las puedan confundir y evitar que lleguen al mar.
Si encuentras una tortuga anidando por la noche, haz silencio y no te acerques ni uses luces, podría interrumpir el proceso de anidación
Si realizas paseos por el mar pide al capitán, que tenga mucha precaución con las tortugas nunca compres artesanías hechas con caparazones de tortugas.
EL DATO
Para contactarse con la fundación “Reto Same” lo puede hacer a los números telefónicos 0985093122
-0984281540 o en redes sociales @Reto.
Same
Murales con la temática
En varios sitios aledaños a Same como en la escuela del lugar y en la escuela de la parroquia Tonchigüe, se han realizado murales con la temática de las especies marinas como las tortugas en el mar o de otras especies, atardeceres y demás.
Murales que le dan realce a los lugares donde se encuentran estos, mostrando así a quienes transitan por el lugar la belleza del medio ambiente y de las propiedades y vida que en este se encuentra.
Necesita vida jurídica
Los integrantes de la fundación nos comentan que uno
de sus principales obstáculos es el no tener su vida jurídica y la fundación legalmente constituida, pero eso no les impide continuar dando el cuidado a las tortugas.
Necesidades actuales
Este grupo de voluntarios que se dedican a la protección y conservación de las tortugas no recibe ningún tipo de apoyo de parte del estado. Sus integrantes hacen un llamado a la población para quienes deseen colaborar con herramientas materiales e insumos necesarios para que ellos puedan continuar desarrollando su actividad.
Herramientas como son: guantes quirúrgicos, mascarillas, linternas, grapas y carpas Y demás, también cuentan con un cuadron el cual está en malas condiciones y requiere un cambio o mantenimiento el cual utilizan para realizar sus recorridos todos los días.
Los recorridos se hacen en la mañana donde se revisan cada uno de los nidos y se observa si en caso hay nuevos nidos, también se sale al rescate de los mismos nidos cuando las personas que están en la playa les envían la alerta que de algún perro está dañando, o de una nueva tortuga está colocando sus huevos.
Con el apoyo de la ONG Waldaid con el programa marino quienes le dotan de vestuarios, materiales para la protección de los voluntarios y así puedan realizar de la mejor manera la protección de las tortugas.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK QUITO ESMERALDAS 14 I QUITO | JUEVES 02/MARZO/2023
NIDOS. Los voluntarios de Reto Same son los encargados de la protección de los nidos de las tortugas en la playa de Same.
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Festival de flores en el parque Epcot de Disney
La primavera se adelantó en el parque Epcot de Disney en Orlando (Florida), donde este 1 de marzo de 2023 comenzó el Festival Internacional de Flores y Jardines con más de 230.000 plantas añadidas a las existentes y nuevos topiarios de figuras de filmes animados. EFE
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 Ecuador
LA PRUEBA EN EL CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO
CONSULTA CIVIL
Es necesario que partamos del entendimiento de lo que es la prueba, la cual en palabras de Caravantes, la etimología de la prueba, procede del adverbio “PROBE” que significa honradamente, por considerarse que obra con honradez quien prueba lo que pretende; y, dice también que según otros procede de “PROBANDUM”, que se relaciona con los verbos recomendar, aprobar, experimentar, patentizar, hacer fe según varias leyes del Derecho Romano.
Concepto que para Sentis Melendo, deriva del término latin probatio o probationis, que a su vez procede del vocablo probus que significa: bueno, por tanto lo que resulta probado es bueno y se ajusta a la realidad; de lo que se infiere, que probar consiste en verificar o demostrar la autenticidad de una cosa.2
Lo cual para Díaz de León, se
traduce en la necesidad ineludible de demostración, de verificación o investigación de la verdad de aquello que se ha afirmado en el proceso,3 lo que nos conlleva delimitar la trascendencia de la prueba en todo proceso, sea este en vía administrativa o jurisdiccional.
Es decir, el vocablo prueba, dentro del Derecho Procesal, se utiliza para indicar los diversos elementos de juicio, debido a que la prueba constituye, una herramienta necesaria para la comprobación de las circunstancias, que nos permitirán determinar ya sea la responsabilidad respecto a un hecho, o su vez lograr la ratificación del estado de inocencia de una persona.
En donde debemos aprender a distinguir que la valoración de la prueba dentro del proceso, nunca debe ser apreciada bajo los intereses, pasiones o impulsos, sino más bien de una manera objetiva, ya que la acción
de probar debe ser entendida como aquella actividad que deben desplegar las partes y a menudo el mismo órgano jurisdiccional, tendiente a acreditar la existencia de los hechos, siendo necesario que profundicemos el análisis de la aplicabilidad o no de la prueba.
Carga de la prueba
Según Micheli, el fenómeno de la carga de la prueba consiste en que “la ley en determinados casos atribuye al sujeto el poder de dar vida a la condición (necesaria y suficiente) para la obtención de un efecto jurídico considerado favorable para dicho sujeto.”4
Concepto que en palabras del jurista Devis Echandía establece que en sentido amplio “prueba es lo que confirma o desvirtúa una hipótesis o una afirmación precedente”5,lo cual nos lleva a inferir que la prueba no es sino aquella actividad,
llevada por cualquiera de las partes que intervienen en un proceso, y que es encaminada a acreditar y/o demostrar hechos que lleven a la convicción plena de la psiquis del sancionador sobre los mismos.
Por lo que la actividad probatoria ha de desarrollarse mediante un procedimiento reglado que se somete a principios y derechos del imputado cobijados por el principio de presunción de inocencia, que si nos enfocamos en nuestro sistema, en el que la actividad probatoria debería recaer sobre el sancionador; sin embargo, como se evidencia en lo referido en el artículo 137 y exclusivamente en el artículo 197 del Código Orgánico Administrativo parecería que la misma recae más bien en el Instructor.
Valoración de la prueba
Lo cual de por sí podría vulnerar el principio de la contra-
¿En
qué consiste la figura de trabajador sustituto?
RESPUESTA
Las personas pueden acceder a un puesto laboral como beneficio que establece la Ley Orgánica de Discapacidades de acceso al trabajo bajo la figura de trabajador sustituto, por tener bajo su responsabilidad o cuidado a una persona con discapacidad severa, debiendo ser calificados por la Ley como sustitutos, así lo establece el artículo 48 de la referida Ley. Para acceder a los derechos y beneficios que confiere la Ley Orgánica de Discapacidades, es necesario que la persona, previamente, haya sido calificada y registrada, ya sea como discapacitada en condición discapacitante o como la persona bajo cuya responsabilidad y cuidado esté la persona discapacitada por la autoridad sanitaria competente del Sistema Nacional de Salud. Por tanto, en el caso de la persona que sea responsable y se encargue del cuidado de una persona discapacitada, para que pueda acceder al beneficio de acceso al trabajo por inclusión laboral en calidad de sustituta, se requiere, por mandato legal, que esté debidamente registrada. Por lo tanto, si una persona ha accedido a un puesto de trabajo en calidad de trabajador sustituto de un discapacitado, lo que ocurre es que está ocupando uno de los cupos que obligatoriamente las empresas deben otorgar a una persona con discapacidad. De ser este el caso, entonces es evidente que el empleador conoce la situación del trabajador sustituto y que aquel está ocupando un puesto de trabajo en remplazo de la persona discapacitada.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK REVISTA JUDICIAL C00 LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com JUEVES, 02 DE MARZO DE 2023 C1
AUTOR: AB. JOSÉ SEBASTIÁN CORNEJO AGUIAR.
Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
VENDO FINCA ECOLÓGICA
EN SANTO DOMINGO 10 HAS.
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dicción entre dos participantes: uno que acusa y otro que defiende, lo cual nos conlleva a plantearnos; ¿si todos los hechos necesitan ser probados?
La cual la respuesta gira en torno a que solo mediante las pruebas introducidas legalmente, el órgano competente podrá tomar en consideración para efectuar su valoración, tomando en cuenta sin lugar a dudas los siguientes elementos que le ayudarán a realizar una correcta valoración de la prueba y permitirle dictar una resolución de acuerdo a la conducta cometida como son:
a) Hechos directamente importantes que son aquellos que cuentan con todas las circunstancias que fundamentan por si mismas la responsabilidad;
b) Indicios que permiten extraer una conclusión de un hecho importante; o
c) Hechos que ayudan a la prueba, permitiendo extraer una conclusión, ejemplo la veracidad de la memoria de un testigo.
Cabe señalar que era común escuchar que la carga de la prueba recaía sobre quien afirmaba un hecho y no sobre quien lo negaba. Hoy se sostiene que la carga de la prueba no es otra cosa que la necesidad de probar para vencer un litigio. Es por ello que la carga de la prueba según el Código Orgánico Administrativo, es obligación de la Administración Pública, el probar los hechos que ha propuesto afirmativamente en el auto de inicio de procedimiento administrativo sancionador y que ha negado el administrado en su contestación.
Debiendo señalar que las principales pruebas que podrían solicitarse serían por ejemplo pruebas testimoniales; que consisten en la declaración que rinde una de las partes o un tercero, en donde la o el sancio-
TÍTULO EXTRAVIADO
Queda anulado los titulos de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A.
No. 2936 No. de acciones: 1
No. 504 No. de acciones: 1.000
Propietario: JORGE PALLARES PAEZ
El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados.
Quito, 1 de marzo de 2023.
nador debería poder pedir aclaración sobre un tema puntual de considerarlo indispensable; Pruebas documentales, que son todo documento público o privado que recoja, contenga o represente algún hecho o declare, constituya o incorpore un derecho; y, pruebas periciales, que se tratan de aquella que un especialista en una cierta materia analiza sobre el caso en cuestión, informándole sus conclusiones, es decir dentro de la prueba pericial, es necesario delimitar que el perito es la persona natural o jurídica que por razón de sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos, prácticos o profesionales está en condiciones de informar sobre algún hecho o circunstancia relacionado con la materia de la controversia.
Solicitud de pruebas que una vez recibidas las alegaciones o transcurrido el término de diez
días, el órgano instructor evacuará la prueba que haya admitido hasta el cierre del período de instrucción, destacando que los hechos probados por resoluciones judiciales firmes vinculan a la administración pública con respecto a los procedimientos sancionadores que tramiten.
Dictamen del Instructor
La autoridad instructora de la que resulta competente para conocer la situación que resultaría en el caso de los procedimientos sancionadores y que considere existen elementos de convicción suficientes deberá emitir un dictamen en el cual recogerá los aspectos más relevantes del acto que lo promovió, así como un resumen del contenido de la instrucción, análisis de la prueba instruida, a fin de que el funcionario encargado de resolver pueda o no emitir resolución en
A LOS ACREEDORES DE ALIREH ALIMENTOS CIA LTDA. EN LIQUIDACIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 380 de la Ley de Compañías, la Compañía ALIREH ALIMENTOS CIA LTDA. EN LIQUIDACIÓN, NOTIFICA a los posibles acreedores que cuenten con los documentos de soporte y justificativos, para que acrediten sus derechos en el término de (69) días, a contactarse desde la última fecha de publicación de esta comunicación, con el suscrito liquidador Juan Francisco Rehpani M,. en la oficina del Liquidador ubicado en Av. Amazonas N32-139 y La Granja Edif. El Ejecutivo 5º piso of. 503, podrán comunicarse también al correo electrónico: auirreyasociados@live.com; y a los teléfonos 022251278 o 0992754543 de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.
Sr. Juan Francisco Rehpani M. LIQUIDADOR
ALIREH
ALIMENTOS CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN
CONVOCATORIA
Se convoca a accionistas de BIOSISTEMAS S.A. a la Junta General Ordinaria para el día 13 de marzo de 2023 a las 10am en sus instalaciones.
Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el Banco Internacional S.A. N.- 53101921 por el valor de US $ 60.000 con vencimiento al 26 de enero de 2023 se está procediendo a su anulación.
Quien creyeran tener derecho sobre este certificado, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los próximos 15 días contados desde la última publicación de este aviso.
consonancia con lo expresado por la autoridad instructora.
Tomando en consideración los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, serán realizados de oficio por la autoridad a cuyo cargo se tramita el procedimiento, sin perjuicio del derecho de los administrados a proponer actuaciones probatorias, conforme ya se ha indicado en el comentario al artículo 256 del Código Orgánico Administrativo.
Es por ello que antes del vencimiento del plazo de la fase de instrucción el instructor debe verificar que las personas interesadas, no hayan manifestado su decisión de no pre-
sentar alegaciones ni aportar documentos o justificaciones, que no hayan sido despachadas dentro del expediente aún.
En este sentido, y a fin de garantizar el procedimiento conforme lo señala el art. 248, al presunto responsable se le debe notificar de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales hechos puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se le pueda imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya tal competencia. Esta garantía procesal conlleva que el procedimiento sancionador se inicie y formalice con un acto administrativo expedido por el órgano instructor, conforme ya lo hemos indicado no
CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE PEÑA ALUCHO OVIDIO WASHINGTON
EXTRACTO DE LA DEMANDA
JUICIO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA
CAUSA No: 17981-2022-03238
CUANTIA: INDETERMINADA
PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO
FUNDAMENTO LEGAL: ART. 297, 285 Y 418 DEL CÓDIGO CIVIL, ART. 334, NUMERAL DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS.
SOLICITANTE: PEÑA MILAN NEICER VLADIMIR, MILAN YAUQUI LUZ MARIA
AUTO DE CALIFICACIÓN
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de diciembre del 2022, a las 16h06. VISTOS: En lo principal: Atenta al acta de audiencia llevada a cabo el día 15 de diciembre de 2022, y luego de que la peticionaria MILAN YAUQUI LUZ MARIA ha dado cumplimiento a lo que dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CÍTESE a los herederos DESCONOCIDOS del causante PEÑA ALUCHO OVIDIO WASHINGTON, CC No. 0201510831, de conformidad a lo previsto en el artículo 58 ibidem, mediante tres publicaciones que se realzarán en tres fechas distintas, a través de uno de los diarios de mayor circulación nacional, cuya publicación contendrá el extracto de la demanda y el presente auto de admisibilidad, de lo cual por Secretaria se dejará constancia en el sistema. Las publicaciones integras agréguense al proceso una vez realizadas.- Por Secretaria concédase el extracto de demanda y auto de calificación para la publicación correspondiente.- CUMPLASE, NOTIFIQUESE.-
JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C2
001-004-2627
P-244959-MIG
001-004-2620
001-005-1604
001-003-2635
001-003-2636
obstante en el mismo sentido la emisión del dictamen debe contener ciertos elementos específicos como son: La determinación de la infracción, con todas sus circunstancias; Nombres y apellidos de la o el inculpado; Los elementos en los que se funda la instrucción; La disposición legal que sanciona el acto por el que se le inculpa; La sanción que se pretende imponer; y, Las medidas cautelares adoptadas.
Lo cual implica que el instructor realice una relación lógica entre: (i) la descripción de la conducta y la sanción preestablecidas por el legislador en
la ley, y (ii) la conducta de los hechos investigados en el proceso, ya que en razón de ello si la conducta propia de los hechos del proceso no encaja o se ajusta a la descripción de la conducta hecha por el legislador en la norma invocada como sustento de la decisión de la autoridad administrativa sancionatoria, el resultado del juicio de tipicidad será que la conducta es atípica. Por el contrario, si la conducta se ajusta o encaja completamente en la descripción normativa invocada en el proceso, el resultado del juicio de tipicidad será que la conducta es típica y por
ende plenamente sancionable. Hay que destacar que si no existen los elementos suficientes para seguir con el trámite del procedimiento sancionador, el órgano instructor podrá determinar en su dictamen la inexistencia de responsabilidad, sin embargo de igual manera deberá remitir al órgano competente para resolver el procedimiento, junto con todos los documentos, alegaciones e información que obren en el mismo, siendo esto un tanto ilógico ya que si no existen elementos suficientes que permitan sostener una imputación,
se debería crear una especie de archivo preliminar realizado directamente por el funcionario instructor a fin de garantizar el derecho al debido proceso, celeridad y economía procesal. Es pertinente destacar que respecto a las medidas cautelares adoptadas dentro de la fase de instrucción, estas son como aquellas providencias que persiguen evitar que el tiempo que conlleva el proceso o procedimiento frustre el derecho
del peticionario, asegurando el eventual cumplimiento de la decisión final que se adopte. En mayor o menor medida, las leyes que se promulgan recientemente prescriben un catálogo abierto de medidas cautelares conforme se evidencia en el artículo 189 del Código Orgánico Administrativo, dependiendo de la clase de proceso o procedimiento. Ahora bien, las medidas cautelares no pueden aplicarse automáticamente, ni
A LOS ACREEDORES DE KIREI PHARMA S.A. EN LIQUIDACIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 380 de la Ley de Compañías, la Compañía KIREI PHARMA S.A. EN LIQUIDACIÓN, NOTIFICA a los posibles acreedores que cuenten con los documentos de soporte y justificativos para que acrediten sus derechos en el término de (69) días, a contactarse desde la última fecha de publicación de esta comunicación, con el suscrito liquidador Juan Francisco Rehpani B,. en la oficina del Liquidador ubicado en Av. Amazonas N32-139 y La Granja Edif. El Ejecutivo 5º piso of. 503, podrán comunicarse también al correo electrónico: auirreyasociados@live.com; y a los teléfonos 022251278 o 0992754543 de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.
Sr. Juan Francisco Rehpani B
LIQUIDADOR
KIREI PHARMA S.A. EN LIQUIDACIÓN
San Rafael, 2 de marzo del 2023
CONVOCATORIA
Convocase a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Cia. Transportur S.A. para el 10 de Marzo del presente año a las 11:00hrs, a realizarse en la Sede de la misma ubicada en la Av. Gral. Rumiñahui 528 e Isla San Cristóbal de la ciudad de San Rafael, de acuerdo al siguiente orden del día:
1. Constatación de Quorum.
2. Aprobación Balances año 2022.
3. Informe de Gerente.
4. Informe de Comisario.
5. Ratificar Nombramiento Gerente.
6. Nombrar a Presidente/a.
7. Nombrar a Comisario/a.
8. Varios.
Atentamente,
EDUARDO RUIZ LAZO
GERENTE GENERAL TRANSPORTUR S.A.
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001-003-2630
001-004-2619
su adopción puede considerarse como una etapa procesal forzosa dentro del procedimiento, pues decretarlas sin fundamento puede degenerar su naturaleza y convertirlas en instrumentos de satisfacción anticipada del fondo de la controversia. En efecto, solo podrán adoptarse cuando el solicitante justifique y pruebe fehacientemente que las mismas son indispensables para la protección de su derecho, por existir peligro de lesión o frustración del mismo por la demora natural de cualquier procedimiento administrativo, en el sentido de que sin su inmediata adopción, la decisión final que eventualmente se dictare estimando su derecho, sería de imposible o muy difícil ejecución criterios que deben ser valorados por el instructor el momento de la consideración de la aplicación de las mismas.
Lo anterior implica, entre otras cosas, que si bien en un proceso puede existir habilitación para decretar una medida cautelar inmediatamente después de presentada una denuncia, esto debe ser así cuando se presenten elementos de convicción sufi cientes que vayan más allá de la simple declaración subjetiva del demandante; de modo inverso, se estaría instrumentalizando la justicia y emitiendo resoluciones que afectan una realidad existen te, sobre la base de consideracio nes estrictamente subjetivas.
En efecto, el análisis de las medidas cautelares en los proce sos deben, por un lado, conside rar las condiciones que rodean el caso, lo cual se logra con el aná lisis previo del expediente admi nistrativo donde se emitieron los actos y con la posición de todos los involucrados; y, por otro lado, considerar que para su adopción se deben hacer valoraciones de los criterios de la autoridad ad ministrativa para la adopción del acto, criterios que de igual ma nera deben ser valorados por el funcionario sancionador puesto que en el caso en que este reciba un proceso en cuyo dictamen ya se encuentra la adopción de una medida cautelar deberá deter minar si es necesario levantar la medida cautelar de manera in mediata o no.
Modificación de los hechos, calificación, sanción o res ponsabilidad
En caso de apreciar la exis tencia de otra infracción o res ponsabilidad, durante la fase de instrucción, el órgano instructor habrá de fijar de forma motiva da los hechos y su calificación jurídica, la infracción que en su
caso constituya y la persona o personas que resulten responsables, especificando la presunta sanción que se propone que se imponga, para lo cual deberá aperturar el procedimiento administrativo sancionador que corresponda.
Esta situación de modifica-
ción de los hechos, calificación, sanción o responsabilidad, establece varios estándares para que el cambio de nomen iuris o de infracción acusada, siempre que esta no violente el principio de congruencia, es decir que el funcionario en este caso el instructor mantenga sin variación
CONVOCATORIA
De conformidad con el Estatuto Social de la Empresa, y la pertinente Ley, se convoca a los Socios de la Compañía AMERICAN PIPES & INSTRUMENTS AMEPIPE CIA. LTDA., a la Junta General Ordinaria de Socios que se celebrará el viernes 17 de marzo de 2023 a las 18H00 en el domicilio de la compañía, ubicado en las calles Francisco García N70-74 y Sebastián Moreno.
La Junta convocada deberá conocer, resolver y aprobar los siguientes puntos:
1. Informe Anual del Gerente General.
2. Conocimiento de Cuentas y Estados Financieros correspondientes al ejercicio económico del año 2022.
3. Puntos varios.
El Balance General, el Estado de Ganancias y Pérdidas y sus Anexos, están a disposición de los señores Socios en las oficinas de la Compañía.
Hernán Jaramillo Arévalo Gerente General
Quito, 1 de marzo de 2023.
alguna los hechos en los que basa su imputación, pudiendo variar únicamente la calificación jurídica de la infracción; y, que el
presunto responsable cuente con tiempo suficiente para preparar su defensa sobre la nueva infracción administrativa.
Quito, DM, 02 de marzo de 2023
CONVOCATORIA
Se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transporte en Taxi Ejecutivo Transdelipiales S.A., y, especialmente a los señores comisarios Dr. Wilmer Rosales y Sra. Cristina Caisaguano, a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, la misma que se llevará a efecto el día jueves 09 de marzo de 2023 a las 17h00 en las instalaciones de la Compañía, ubicado en el sector de la Libertad, calle Río Pilaton Oe11-100 y Río Cinto; a fin de tratar el siguiente orden del día:
1. Informe del proceso de subsanación
2. Información acerca del sistema GPS
3. Informe económico
Sin más por el momento me suscribo ante ustedes.
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001-003-2649
001-003-2644
Todo esto en razón de que la calificación jurídica, puede ser modificada durante el proceso por el órgano instructor, sin que ello atente contra el derecho de defensa, cuando se mantengan sin variación los hechos mismos y se observen las garantías procesales previstas en la ley para llevar a cabo la nueva calificación. Es por ello que en materia de aplicación del principio de congruencia se tiene que: se trata de un principio cardinal que orienta las relaciones existentes entre la formulación de la acusación y la resolución; su aplicación se extiende al vínculo existente entre la imputación y la responsabilidad.
Además, el sancionador tiene prohibido sancionar al administrado por un acto que pudiendo ser típico, antijurídico, culpable, punible, no haya sido sustanciado por ello ya que se desprende claramente del proceso, que la infracción a ser sancionada no haya sido materia de acusación.
En tal sentido, este artículo es trascendental ya que garantiza de manera adecuada el debido proceso del administrado que se encuentre sometido a un procedimiento administrativo sancionador.
1 Abogado, conferencista y escritor. Correo: scor1719@hotmail.com
2 Sentis Melendo, Santiago “Que es la Prueba” Naturaleza de la prueba ( Buenos Aires- Argentina: Revista derecho Procesal Iberoamericana 1973).;
pág. 15
3 Díaz de León, Marco Antonio: Tratado Sobre las Pruebas. (Buenos Aires: Rubinzal-Culzoni, 2002);
pág 12.
4 Micheli, Gian Antonio: La Carga de la Prueba, (Buenos Aires- Argentina: Editorial EJEA, 1961);
pág. 26.
5 Echandía, Davis. Teoría general de la prueba judicial. (Madrid- España: Aguilar S.A., 1966.); pág. 121.
Quito, 2 DE FEBRERO DE 2023 EXTRACTO
NOTARIA QUINTA DEL CANTÓN QUITO: Pongo en conocimiento dcl público que mediante escritura pública, otorgada ante mí Doctor Wilmer Rogelio Campaña Chávez, Notario Quinto del Cantón Quito, el 2 de febrero de 2023, la señora CLAUDIA MARCELA AMOROSO CRESPO, casada, de nacionalidad ecuatoriana, con número de cedula de ciudadanía 0102200037, por sus propios y personales derechos el señor JUAN FERNANDO UGALDE LANDÍVAR, casado, de nacionalidad ecuatoriana. con número de cedula de ciudadanía 0102287828, por sus propios y personales derechos, ambos con domicilio en la calle José Plaza N 1-199 y Gonzalo Pizarro, Urbanización Vina del Chiche, Lote 8.J, parroquia de Tumbaco, de la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, con teléfono número 0998590750; procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal. Por ACTA NOTARIAL DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, celebrada en la Notaría Quinta del cantón Quito, de fecha 13 de septiembre de 2022, se declara LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL entre: CLAUDIA MARCELA AMOROSO CRESPO Y JUAN FERNANDO UGALDE LANDÍVAR. - Inscrita en Cuenca, el 6 de septiembre de 2022 Documento archivado con el número 03-316. NUT 2022272306, en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de los bienes de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de los bienes de la sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación y partición extrajudicial del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores CLAUDIA MARCELA AMOROSO CRESPO Y JUAN FERNANDO UGALDE LANDÍVAR, otorgada mediante escritura pública de trece de septiembre del año dos mil veintidós, ante el suscrito Doctor Wilmer Rogelio Campaña Chávez, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.
NOTARIA PÚBLICA TERCERA DEL CANTON RUMIÑAHUI
Dr. Marcelo Pazmiño Ballesteros
C.C. River Mall Av. Luis Cordero 377 y Av. General Enríquez, Telf. 2338696. Sangolquí – Ecuador
EXTRACTO
NOTARÍA TERCERA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante la Doctor Marcelo Pazmiño Ballesteros, Notario Público Tercero del Cantón Rumiñahui, el catorce de Febrero del 2023, los señores JORGE ALBERTO ALVARADO ROJAS Y LORENA DEL PILAR DELGADO ESPINOZA, procediendo a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal.
La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria de la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad y Mercantil, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, la publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JORGE ALBERTO ALVARADO ROJAS Y LORENA DEL PILAR DELGADO ESPINOZA, otorgada mediante escritura pública el catorce de Febrero del 2023, ante la suscrita Dr. Marcelo Pazmiño Ballesteros, Notario Público Tercero del Cantón Rumiñahui, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan
JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C5
001-004-2624
001-003-2639
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EXTRACTO JUDICIAL DE CITACION
SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL.
JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL
NO. 23201-2022-02577
CUANTÍA: INDETERMINADA
ACTORES: AGUILAR MONTENEGRO MAGALY ELIZABETH.
DEMANDADO: MARCATOMA MOROCHO CARLOS VICENTE.
JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL: DR. NERYS ORIOL ZAMBRANO VERA.
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL: AB. MAYRA ALEJANDRA CUMBICUS TIPAS.
Juicio No. 23201-2022-02577
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES
INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS. Santo Domingo, miércoles 23 de noviembre del 2022, las 10h59. VISTOS: Dr. Nerys Zambrano Vera, en mi calidad de Juez Subrogante de esta Judicial, mediante acción de personal No. DP23-CJ-2030-2022-UPTH, de fecha 21 de noviembre del 2022, avoco conocimiento dentro de la presente causa.- Una vez la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto que antecede, En lo principal.- La demanda de DIVORCIO presentada por AGUILAR MONTENEGRO MAGALY ELIZABETH, en contra de MARCATOMA MOROCHO CARLOS VICENTE, que antecede por reunir los requisitos de ley determinados en el Art. 142 de la Codificación al Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara, precisa, completa, por lo que se la acepta a trámite respectivo bajo el procedimiento SUMARIO conforme prescribe el Art. 332 y 333 Ibídem. Por lo que se dispone: 1.- En mérito a la afirmación y juramento realizado por el actor de que le ha sido imposible determinar la individualidad y residencia de la demandada y de conformidad con lo contemplado en el Art. 56 del Código de General de Procesos se dispone que se realice la citación por la prensa al demandado señor MARCATOMA MOROCHO CARLOS VICENTE, mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Santo Domingo y por cuanto de la inscripción de matrimonio se desprende que el mismo se efectuó en el Cantón San Miguel de los Bancos, Provincia de Pichincha, de conformidad al Art. 119 del Código Civil, se dispone también que se realice la citación por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación del Cantón Quito, capital de la Provincia de Pichincha, para el efecto se elaborará el extracto judicial correspondiente, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Santo Domingo para recibir notificaciones que le corresponda, quien adjuntará copia de la cédula de ciudadanía, además poniendo en su conocimiento lo determinado en el Numeral 3 del Art. 333 en concordancia con lo dispuesto en el Art. 151 de la misma normativa procedimental antes referida.. 2.- Tómese en cuenta la casilla judicial señalada POR LA PARTE ACTORA para recibir notificaciones que le correspondan y la autorización que le confiere a su abogado defensor. 3.- ANUNCIACION DE MEDIOS PROBATORIOS:
3.1.- Téngase en cuenta la documentación que adjunta la parte accionante, la cual será motivo de análisis en el momento procesal oportuno de ser procedente.- 3.2.- Téngase en cuenta la nómina de testigos anunciados, los cuales depondrán el día y hora a señalarse la diligencia de audiencia única en la presente causa, teniendo en cuenta que deberá estar asistido de una defensa técnica según así lo determina el Art. 177 del Código Orgánico General de Procesos a quienes se les notificará en legal y debida forma con anticipación en el casillero judicial de la parte actora, a fin de que comparezcan a la audiencia a señalarse bajo prevenciones de los dispuesto en el Art. 191 Ibídem.- 3.3.- Ofíciese conforme se solicita.- 4.- En virtud de lo manifestado por la parte accionante en el libelo de la presente demanda y ya que no existen hijos habidos dentro del matrimonio, no es necesario que se nombre curador Ad-Litem, ni fijación de alimentos, ni régimen de visitas, en esta causa. 5.- Se dispone que el señor Secretario en forma inmediata cumpla con lo que se ha dispuesto. 6.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLIQUE.-
Lo que comunico a usted para los fines de ley.
MAYRA ALEJANDRA CUMBICUS TIPAS
SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOELSCENCIA DE SANTO DOMINGO.
Quito, 27 de FEBRERO del 2023 CONVOCATORIA
JUNTA GENERAL ORDINARIA
Se convoca, a la junta general ordinaria que se realizará el día viernes 31de marzo del presente año a las 16:00 pm, en la oficina ubicada en la av. Mariscal Sucre, Pasaje SN46Y diagonal a la ex lavadora Danielito.
ORDEN DEL DÍA
1. SALUDO Y BIENVENIDA A LOS SOCIOS POR PARTE DEL SEÑOR PRESIDENTE
2. CONSTATACION DEL COORUM
3. LECTURA Y APROBACION DE LOS ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA COMTRAVOLAN S.A
ATENTAMENTE
CONVOCATORIA
De acuerdo al Art. 1 1, 16 y 17 de los Estatutos Sociales, y los Art. 118 literal c, 230 y 237 de la Ley de Compañías, y los Art. 15, 43 de la Ley De Modernización De La Ley De Compañías, se convoca a los señores accionistas de la compañía de transporte en taxis Ejecutivos URGENTAXI S.A, A la Junta General ordinaria PRESENCIAL, que se llevará a cabo el día Lunes 13 de Marzo del 2023, a las 08:30 horas, en la sede de la institución, ubicada en la Ciudad de Quito, Parroquia La Ferroviaria, calle E9D Pacamoro LT 321, S9D Muisne N60D, para tratar el siguiente orden del día:
1.- Constatación del Quórum e instalación de la Junta;
2.- Informe del Sr. Presidente por el ejercicio económico 2022;
3.- Informe del Sr. Gerente General por el ejercicio económico 2022;
5.- Conocimiento y resolución sobre la Razonabilidad y dictamen de los Estados Financieros del 2022 emitido por el comisario;
6.- Conocimiento y resolución sobre el Balance, Anexos y Estados Financieros del Ejercicio Económico de 2022;
7.- Conocimiento y Resolución sobre el Estado de Resultados del Ejercicio Económico de 2022;
8.- Conocimiento y Resolución sobre El Presupuesto, Plan de Gestión, Cronograma de Actividades para el año 2023;
9.- Lectura y resolución sobre esta misma acta de junta general.
En caso de no existir quórum necesario a la hora señalada, se esperará hasta treinta minutos, y de no completarse el quórum, se entenderá por no realizada, y el Sr. Secretario dejará constancia escrita de este particular, procediéndose a convocar por segunda ocasión, de conformidad con el Art. 7 del Reglamento de juntas generales emitido por la SUPERCIAS.
Nota: Se convoca de manera especial, personal e individualmente al Sr. Collaguazo German Comisario principal de la Cía., y, se ruega a los socios puntual asistencia. Los informes a tratarse en la junta se enviará vía CORREO ELECTRÓNICOWHATSAPP adjunto a la convocatoria; y sus resoluciones serán obligatorias para todos los accionistas.
JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C6
Hay firma P-244974-MIG 001-004-2616
001-003-2637
001-003-2643
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE TEXTILES TEXSA S.A
De conformidad con los estatutos de la sociedad Textiles Texsa. S.A convocamos a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria de accionistas, para el día jueves 16 de Marzo del 2023, a las 10:00 horas en el local de la empresa, calle Teodoro Gómez de la Torre S11-840 y Pujilí. Los puntos a tratarse en la junta serán los siguientes:
1. Lectura y aprobación del informe del Gerente General.
2. Conocimiento y resolución del informe de Comisario.
3. Conocimiento y resolución del informe del Auditor Externo.
4. Conocimiento y aprobación el Balance General y Estado de Resultados correspondientes al ejercicio económico 2022.
5. Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio 2022.
6. Aumento de Capital
7. Nombramiento de Auditor Externo para el ejercicio económico 2023.
8. Fijar las remuneraciones del Comisario, Auditor Externo y Administradores.
Todos los documentos de los puntos a tratarse en la presente Junta General, se encuentran a disposición de los señores accionistas, en las oficinas de la compañía.
Además se ha convocado expresamente, al señor Eco. Gustavo Bravo R. Comisario principal de la Compañía.
Jose Maria Ponce Misle Gerente General
Quito, 2 de marzo de 2023. 001-003-2640
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA BRISMAR BRISAS DEL MAR S. A.
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca a los señores accionistas de la compañía Brismar Brisas del Mar S. A., a la Junta General de Accionistas que tendrá lugar en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, el día 13 de marzo del 2023, a las 17h00, en las oficinas de la Compañía ubicada en el Pasaje Sena #138 y Avenida de los Shyris, con el objeto de conocer y resolver sobre el siguiente orden del día:
1. Conocimiento y resolución sobre el Informe del Gerente General sobre el ejercicio económico del año 2022.
2. Conocimiento y resolución sobre el Informe del Comisario y del Auditor con relación al ejercicio económico del año 2022.
3. Conocimiento y resolución sobre el estado de situación financiera y estado de resultados correspondientes al ejercicio económico del año 2022.
4. Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico del año 2022.
5. Nombramiento del Auditor Externo y Comisario para el ejercicio 2023.
Se convoca de manera especial e individual al Comisario de la empresa Ingeniera Mayra Alejandra Bravo Altamirano, según lo estipulado en el art. 242 de la Ley de Compañías, quien además ha sido personalmente convocada por escrito en su dirección ubicada en Muñoz Vernaza y Tarqui.
Quito, 01 de Marzo del 2023
Juicio N.-. 17230202009757 Nombre Litigante: SALAZAR QUINTANA ELISABETH MARGARITA
REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL
Juicio N.- 17230202009757, SEGUNDA INSTANCIA, número de ingreso 1
Casillero Judicial N.- 3481
Casillero Judicial Electrónico N.- 1100432085
Fecha de Notificación: 09 de febrero de 2023
A: SALAZAR QUINTANA ELISABETH MARGARITA
Dr./ AB: MARCO BOLÍVAR JUMBO ROMERO
En el Juicio N.- 171230202009757, hay lo siguiente:
Agréguese a los autos los escritos presentados por los accionados y accionante, para los fines consiguientes y se dispone: 1) Del escrito presentado por la demandada VILMA ROCIO DEL PILAR GUERRERO TORRES, se desprende, que en su acápite I, inciso segundo determina los nombres de los herederos conocidos. 2. De fojas 18 a 19 del cuaderno de segunda instancia, comparece el Ab. Luis Fabián Guerrero Torres, Patricia Azucena Guerrero Torres y Vilma Rocío Del Pilar Guerrero Torres, quienes manifiestan que son herederos de la causante TORRES ARCE ELCIA MELANIA MARIA, señalando casillero judicial y correo electrónico, para sus notificaciones.3. Debiendo aclarar que el Ab. Luis Fabián Guerrero Torres, comparece como heredero de la causante y como abogado patrocinador dentro de la presente causa. 4. Del escrito constante de fs. 23 a 24 del cuaderno de segundo nivel, la accionante indica que los herederos conocidos responden a los nombre de LUIS FABIAN GUERRERO TORRES, PATRICIA AZUCENA GUERRERO TORRES y VILMA ROCIO DEL PILAR GUERRERO TORRES, ya que no conoce otros. 5. Atenta al acta de juramento rendido por la accionante ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA y accionada VILMA ROCIO DEL PILAR GUERRERO TORRES en el que mencionan, que pese a que han realizado todas las diligencias necesarias, y las múltiples averiguaciones que han realizado ha sido imposible determinar la individualidad el domicilio o residencia, de los presuntos y desconocidos herederos de la causante ELCIA MELANIA MARIA TORRES ARCE, por lo que bajo juramento declaran que no conocen domicilio alguno. 6. Una vez que han dado cumplimiento a lo dispuesto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena NOTIFICAR a los herederos presuntos y desconocidos de la causante ELCIA MELANIA MARIA TORRES ARCE, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, por una sola vez. 7. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 5092 y 3481 y correos electrónicos guerrerofl@hotmail.com y marcojumbo6@gmail.com, designado por la parte actora y demandada, para que reciban sus notificaciones, en su orden respectivo. Notifíquese.
f: CARRANZA BARONA CARLO, JUEZ
Lo que comunico a usted para los fines de ley
GUAPI OBANDO GUILLERMO SECRETARIO RELATOR 001-003-2641
001-003-2642
JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C7
DIRECCION ZONAL 8 NAPO.- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SECTOR UBICADO EN DEBAJO DEL CONTROL, EN LA PROVINCIA DE NAPO, CANTÓN EL CHACO, PARROQUIA OYACACHI
CARTEL
ACTOR: Manuel Santos Pilataxi Farinango con la cedula N-1711086395 y Luis Ernesto Quishpe Tufillo con cedula N-1724297690, quienes comparecen en calidad de Presidente de la Junta de Riego el Quijuar de Guachalá y Presidente de la Comunidad “Quijuar de Guachalá”
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de uso y aprovechamiento de las aguas para uso Doméstico y Abrevadero de Animales, en un caudal de 16 l/s.
Proceso DZ8N-OT-TE-2023-2077-AUA.
DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO.- MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN
ECOLÓGICA.- Tena 27 de febrero del 2023.- Las 10H08 minutos.- (Proceso DZ8N-OT-TE-2023-2077-AUA).- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite, en mi calidad de Director Zonal 8 Napo del Ministerio del Ambiente, Agua Y Transición Ecológica. - En lo principal, por cuanto la solicitud de autorización de uso y aprovechamiento del agua para Uso Doméstico y Abrevadero de Animales, de las fuentes hídricas sin nombre estas están de baja del Control Guayco una vertiente 1 que constituye un caudal de 10 l/s esta aproximadamente a una cota de 3.753 m.s.n.m, vertiente 2 caudal de 4 l/s esta aproximadamente a una cota de 3.729 m.s.n.m, vertiente 3 un caudal de 2 l/s esta aproximadamente a una cota de 3.721 m.s.n.m, estos son los remanentes que no están concesionados a las vertientes de Yurac Paccha de la Junta Guanguilqui y Porotog, este recurso hídrico se encuentra ubicado en debajo del Control, en la Provincia de Napo, Cantón el Chaco, Parroquia Oyacachi, dicha petición fue presentada por los señores Manuel Santos Pilataxi Farinango con la cedula N-1711086395 y Luis Emesto Quishpe Tutillo con cedula N-1724297690, quienes comparecen en calidad de Presidente de la Junta de Riego el Quijuar de Guachalá y Presidente de la Comunidad “Quijuar de Guachalá”, respectivamente, los mismos que han cumplido con los requisitos necesarios para proceder con el tramite pertinente de acuerdo a lo estipulado en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos. Usos y Aprovechamiento del Agua, Reglamento e Instructivo por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Se dispone se fijen carteles en tres de los parajes más frecuentados de la fuente hídrica denominada sin nombre la misma que se encuentra ubicado en la Provincia de Napo, Cantón el Chaco, Parroquia Oyacachi, los mismos que permanecerán fijos por el tiempo de diez días para lo cual envíese atenta comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Oyacachi, del Cantón Chaco, Provincia de Napo, para que dé cumplimiento una vez que se cumpla con lo solicitado deberá remitir un informe de si existió o no personas que no estén de acuerdo con el uso del recurso hídrico, 2.- Adicional el peticionario deberá realizar 3 publicaciones en la prensa del lugar. para lo cual una vez culminada dicha diligencia deberán realizar los recortes de las fechas, periódico y extracto en el cual demuestren que dieren cumplimento a los dispuesto por esta autoridad. 3.- Oportunamente se designará un Perito (técnico) para que realce el Estudio Técnico de lo solicitado. 4.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña 5.- Tómese en cuenta los números 0996882184, 0989952845 y los correos electrónicos quispe-luis@hotmail.com. manuelsantospilataxi@gmail.com, para posteriores notificaciones.Actúe en la presente causa el Abg. Oscar Javier Arcos Villarroel, en calidad de Secretario Ad-hoc.-NOTIFíQUESE...f). Ing. Fiodor Nicolay Mena Quintana Director Zonal 8 Napo.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA CITACIÓN JUDICIAL
EXTRACTO
CITACION DIRIGIDA A AL SEÑORA: APOLO BONE MARJORIE LILIANA
ACTOR: BAUTISTA CHALAR LECDER IVAN
DEMANDADA: APOLO BONE MARJORIE LILIANA
TRÁMITE: SUMARIO
ASUNTO: DENTRO DEL CUAL SE HA PRESENTADO UN INCIDENTE DE DISMINUCION DE PENSION ALIMENTICIA
CAUSA Nro. 10203-2013-7297
CUANTIA: La cuantía se la fija en la cantidad de $ 1.517.64 USD
DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: correo electrónico rommel.gonzalez7@hotmail.com, rommelabogado7@gmail.com, asesorialegal1975@hotmail.com perteneciente a su defensa técnica.
JUEZ: Msc. Alexis Fabian Simbaña Portilla
SECRETARIA: Ab. Delia Ruby Cuastumal Guatemal
EXTRACTO DE LA DEMANDA. FUNDAMENTO DE HECHO: “ En la actualidad han variado las circunstancias y hechos que sirvieron de base para fijar la pensión alimenticia, en virtud de que posee cuatro cargas familiares a saber; de 14 años, de 11 años, de 09 años, de 1 año, conforme lo demuestro con las partidas de nacimiento”
PRETENSION CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: “Solicito en virtud de que han variado las circunstancias y hechos que sirvieron de base para fijar la pensión alimenticia para Bautista Apolo Luis Ismael de 09 de años de edad, se disponga la rebaja conforme a la tabla de pensiones alimenticias, mis cuatro cargas familiares y el sueldo que percibo en calidad de Militar en Servicio Activo”
AUTO DE CALIFICACIÓN
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA DE IMBABURA. Ibarra, viernes 12 de febrero del 2021, a las 09:32. VISTOS: Agréguese al proceso el formulario único para demanda-disminución de pensión alimenticia, presentada por el señor LECDER IVÁN BAUTISTA CHALAR, así como la documentación que adjunta. En lo principal se dispone lo siguiente: 1).- CALIFICACIÓN Y TRÁMITE.- La demanda de rebaja de la pensión alimenticia presentada, cumple con los requisitos de validez previstos por el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica como clara y precisa conforme lo establece el Art. 146 inciso primero ibídem, se la acepta al trámite SUMARIO que le corresponde de conformidad con el Art. 332 del cuerpo legal antes señalado.
2).- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, esta providencia y el anuncio de prueba a la señora MARJORIE LILIANA APOLO BONE, en la dirección que indica en el formulario de demanda, mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, remitiéndose el despacho suficiente, quienes deberán observar lo previsto en los Arts. 54 y 78 del Código Orgánico General de Procesos, esto es “Se cumplirá con la entrega personal a la o el demandado… en cualquier lugar día y hora” y ”son horas hábiles las que corresponden al horario de trabajo fijado por el Consejo de la Judicatura” bajo prevenciones a la demandada que tiene 10 días para comparecer al proceso, contestar la demanda y anunciar los medios probatorios, conforme lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos y que de no comparecer se continuará con la sustanciación de la causa, conforme lo previsto en el art. 157 del Código Orgánico General de Procesos. 3).- FIJACIÓN DE PENSIÓN PROVISIONAL.- Por tratarse de un incidente no se fija pensión provisional 4).- PRUEBA ANUNCIADA POR EL ACTOR.- La prueba anunciada por la parte actora, se atenderá de conformidad con lo dispuesto en el art. 160 del COGEP, teniéndose en cuenta: Copia de Cédula de Ciudadanía y certificado de votación, cuatro certificados de nacimiento, un certificado. 5).- IMPULSO PROCESAL. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala que: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” se dispone que la parte actora, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. 6).- CUANTÍA Y NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía señalada, casillero judicial y correo electrónico señalado, así como la designación y autorización que realiza a su Defensor Técnico para posteriores actuaciones y notificaciones.- NOTIFÍQUESE. Fdo) Msc. Alexis Fabian Simbaña Portilla - Juez
OTRO AUTO
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA DE IMBABURA. Ibarra, martes 27 de septiembre del 2022, a las 08:53. VISTOS: En lo principal, vista el acta de desconocimiento de domicilio de fecha viernes 09 de septiembre del 2022, a las 09h35, en la que el señor LECDER IVAN BAUTISTA CHALAR, manifiesta desconocimiento del domicilio, residencia, vecindad, lugar de trabajo e individualidad de la señora MARJORIE LILIANA APOLO BONE, pese a las investigaciones realizadas en los registros públicos, cítese con el extracto de la demanda de disminución, auto de calificación de fojas 243 y este auto a la señora MARJORIE LILIANA APOLO BONE, mediante tres publicaciones realizadas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Ibarra, de conformidad con lo que dispone los Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en esta ciudad y electrónico para sus notificaciones. NOTIFIQUESE. Fdo) Msc. Alexis Fabian Simbaña Portilla - Juez Lo que CITO a usted señora APOLO BONE MARJORIE LILIANA, advirtiéndole de la obligación de señalar defensa técnica, casillero judicial y/o correo electrónico dentro del perímetro legal de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores con sede en el cantón Ibarra, de Imbabura. Bajo el principio de publicidad, se pone a disposición de las partes procesales el expediente, a efectos de que puedan revisarlo detenidamente u obtener copia de algún documento de ser el caso, bajo estricta observancia de la reglamentación pertinente. CERTIFICO
Ibarra, 11 de octubre de 2022
001-003-2648
001-003-2647 JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C8
EXTRACTO
Pongo en conocimiento del público en general que mediante escritura pública, otorgada ante la Doctora María Elena Altamirano Palacios, Notaria Septuagésima Primera del Cantón Quito, el día veinte y tres de febrero del dos mil veinte y tres, los ex cónyuges JORGE EDUARDO CADENA VIZUETE Y CLARA DE LAS MERCEDES CASTRO VEGA, procedieron a la liquidación, partición y adjudicación extrajudicial de bienes de la sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta por sentencia del Juez Vigésimo Tercero de lo Civil, de veinte y ocho de enero de dos mil dos, marginada el treinta y uno de octubre de dos mil tres, la adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación, partición y adjudicación extrajudicial de bienes de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo dieciocho Numeral veinte y tres de la Ley Notarial que faculta al Notario: Disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad, la escritura de liquidación, partición y adjudicación extrajudicial de bienes de la sociedad conyugal previo al trámite, previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los ex cónyuges señores JORGE EDUARDO CADENA VIZUETE Y CLARA DE LAS MERCEDES CASTRO VEGA , por el-término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los efectos legales pertinentes.
Quito, a veinte y tres de febrero del dos mil veinte y tres.
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑA QUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO
Casillero No. 4298
CITACIÓN A: SEÑORA LARREA HERRERA KAREN JOANN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE PROPIETARIA DE TALLERES FACONZA
Juicio de Trabajo Sumario: Nº 17371-2022-00542
Actor: ACOSTA ROMO JESUS EDUARDO
Demandados: SEÑORA LARREA HERRERA KAREN JOANN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE PROPIETARIA DE TALLERES FACONZA
Cuantía: USD $ 6.506,75
Inicio: 9 DE MARZO DEL 2022
Defensor: Ab. Manuel Francisco Cajo
Casillero: 4298
Juez: DR. VICENTE TAPIA
Secretario: DRA. LORENA BORJA
PROVIDENCIA:
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 23 de febrero del 2023, a las 12h39. VISTOS: Atento a lo manifestado por la actora en sus escritos que anteceden que obran de autos; y, a la declaración bajo juramento obra a fojas 118; y, con fundamento en el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CITESE, a la parte demandada SEÑORA LARREA HERRERA KAREN JOANN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE PROPIETARIA DE TALLERES FACONZA, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 15 días, concordantemente con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem.- Hecho que fuere se señalara día y hora para la audiencia única.- Adjunto sírvase encontrar el extracto correspondiente para los fines legales pertinentes.- Cítese y Notifíquese.
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 15 de marzo del 2022, a las 08h39. VISTOS: Dr. Vicente Tapia Zapata avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta unidad. En lo principal, se dispone: 1) CALIFICACIÓN: La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la califica acorde a lo señalado en el artículo 146 ibídem, y se dispone se trámite conforme al procedimiento sumario, tal como señala el artículo 575 del Código del Trabajo, en concordancia con el artículo 333 del COGEP. 2) CITACIÓN: Al amparo de lo estipulado en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena citar a: SEÑOR ALEX DAVID AGUILAR DUQUE POR SUS PROPIOS DERECHOS Y LOS QUE REPRESENTA EN CALIDAD DE PROPIETARIO DEL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO “TALLERES FACONZA”, en el lugar señalado para el efecto, para lo cual al amparo de lo dispuesto en el Art. 76 del COGEP, se confiere el término de cinco días para citar a la parte demandada, al que se le prevendrá de su deber procesal de comparecer a esta causa designando abogado patrocinador, el mismo que debe cumplir con lo establecido en el numeral 3 del artículo 324 del Código Orgánico de la Función Judicial, casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal, para sus respectivas notificaciones, tal como lo prescribe el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. Para la práctica de dicha diligencia procesal, envíese las copias necesarias a la OFICINA DE CITACIONES, a fin de que se cumpla con la diligencia de citación en legal y debida forma.
3) CONTESTACIÓN
A LA DEMANDA: Conforme lo señala el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con el artículo 151 del COGEP, se concede el termino de 15 días a la parte demandada una vez que haya sido citada, a fin de que conteste a la demanda en la forma que determinan las normas señaladas, la parte demandada deberá pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora y anuncie la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem;
4) ANUNCIO DE PRUEBAS: De conformidad con el Art. 146 del COGEP, diligenciando el anuncio de pruebas de la parte actora se dispone: Incorpórese a los autos los documentos mencionados en los numerales 6.1.1, 6.1.2 y 6.1.3 de su anuncio de prueba documental. En AUDIENCIA ÚNICA recéptese el JURAMENTO DEFERIDO solicitado en el numeral 6.2 de su anuncio de prueba testimonial. Recéptese la DECLARACION DE PARTE DEL DEMANDADO solicitado en el numeral 6.3 de su anuncio de prueba testimonial. Recéptese la DECLARACIÓN DE LOS TESTIGOS conforme lo solicitado en el numeral 6.4 de su anuncio de prueba testimonial, a quienes se les notificara en el casillero judicial del Defensor del actor. Todas las pruebas previa admisibilidad en conformidad con el Art. 160 del COGEP. La parte demandada tiene la obligación de señalar casilla judicial dentro del perímetro legal y/o correo electrónico. Tómese en cuenta el casillero judicial No. 4298 y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus notificaciones que le corresponda, señalados por la parte actora para sus notificaciones que le corresponda, así como la designación a su defensor; a la audiencia única concurrirán las partes en forma personal o por intermedio de Procurador Judicial, con poder especial amplio y suficiente, para transigir, al tenor del Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 130 numeral 11 del Código Orgánico de la Función Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE f).- DR. VICENTE TAPIA.- f) DRA.
LORENA BORJA.- Secretaria que Certifica.-
Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico.-
DRA. LORENA BORJA SECRETARIA
001-003-2645
001-003-2446 JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR C9
Juicio No. 15301-2022-00449
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, viernes 10 de febrero del 2023, a las 17h11.
EXTRACTO JUDICIAL
CITACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA
A: ALTAMIRANO PALACIOS CARLOS ENRIQUE
ACTORES: ARMAS YANEZ SILVA YOLANDA Y VELOZ PAZMIÑO VICTOR HUGO
DEMANDADOS: ALTAMIRANO PALACIOS CARLOS ENRIQUE, ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN TENA, MAG NAPO
JUICIO: ORDINARIO
No. 15301-2022-000449
ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO
JUEZA : ABG. ERIKA PAOLA KUÁSQUER PEÑAFIEL
Tena, lunes 18 de julio del 2022, las 15h20, VISTOS. Por haberse dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior se dispone. En lo principal. -PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada por la parte actora ARMAS YANEZ SILVIA YOLANDA y VELOZ PAZMIÑO VICTOR HUGO cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se la ADMITE a trámite en Procedimiento Ordinario, establecido en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO. - Cítese a la parte demandada señor ALTAMIRANO PALACIOS CARLOS ENRIQUE, con cédula de ciudadanía Número 0500488085, a quien se citará mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional con el contenido de este auto, para lo cual remítase el extracto correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico.- - 2.2 ) Cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Archidona, Provincia del Napo, se los citará con una copia de la demanda, y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Cuéntese con el Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG -NAPO, a quienes se les notificará en el lugar señalado; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina de Citaciones de la Corte provincial de Justicia de Napo, encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, proveer de las copias necesarias para elaborar el despacho correspondiente.- TERCERO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días, concordantemente con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso tercero del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia única, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso , previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Cúmplase con la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 53 del COGEP.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón ARCHIDONA, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón ARCHIDONA, a fin de que cumpla con lo dispuesto.SEXTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe como secretario el Ab. Carlos Cajas Moya. - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.
Tena, miércoles 31 de agosto del 2022, a las 16h48. VISTOS: En lo principal: 1.- Por mandato del numeral 1, literales a) y b) del numeral 7 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, así como de los numerales 1, 2 y 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial; a la suscrita como Autoridad Judicial le corresponde garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes procesales, de oficio se convalida el auto de calificación de la demanda de fecha lunes 18 de julio del 2022, las 15h20, ya que por un lapsus calami se ha hecho constar en su ordinal QUINTO lo siguiente: “QUINTO. INSCRIPCI ÓN. Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón ARCHIDONA, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón ARCHIDONA, a fin de que cumpla con lo dispuesto; cuando lo correcto es: QUINTO. INSCRIPCI ÓN. Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón TENA, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón TENA. En todo lo demás, las partes procesales estén a lo dispuesto en el auto que se convalida. NOTIFÍQUESE.-
Tena, lunes 5 de diciembre del 2022, a las 16h36. VISTOS: En lo principal: 1.- Por mandato del numeral 1, literales a) y b) del numeral 7 del Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, así como de los numerales 1, 2 y 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial; a la suscrita como Autoridad Judicial le corresponde garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes procesales, de oficio se convalida el auto de calificación de la demanda de fecha lunes 18 de julio del 2022, las 15h20, ya que por un lapsus calami se ha hecho constar en el numeral 2.2 de su ordinal segundo lo siguiente: “2.2 Cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Archidona, Provincia del Napo, se los citará con una copia de la demanda, y este auto inicial...” cuando lo correcto es: 2.2 Cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Tena, Provincia del Napo, se los citará con una copia de la demanda, y este auto inicial. En todo lo demás las partes procesales estén a lo dispuesto en el auto que se convalida. NOTIFÍQUESE.-
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones. Certifico. -
Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO
001-004-2628 JUEVES 02 DE MARZO DE 2023 La Hora, ECUADOR 10