Loja: 07 de julio, 2023

Page 1

LOJA ENFRENTA GRAVE CRISIS POR LA BASURA

A pesar de la falta de vehículos recolectores de basura, la ciudad intenta mantener su imagen de limpieza y orden. Aunque la recolección se encuentra colapsada, el personal continúa trabajando en horarios habituales para mantener parques y calles impecables. 3

UTPL evalúa el trasporte público 6 CIUDAD
Minería sin controles en Macará
4
MINERÍA Zamora Chinchipe, cuna del cacao
4
VIERNES 07 DE JULIO DE 2023
CACAO
Loja - Zamora lojalahora @ lojalahora

De borregos y estrategias

La inteligencia artificial en los últimos días a través de las redes sociales nos ha regalado unos pintorescos y muy simpáticos borreguitos que a simple vista parecen mascotitas de casa y que se adaptan a todo tipo de actividades, profesiones y preferencias deportivas. Los expertos en marketing señalan que la campaña que se pensaba en un principio desprestigiaría a sus mentores, tuvo un efecto contrario, logró posicionarla. Lo que antes era percibido como un epíteto peyorativo, ahora se ha convertido en un elogio digno de demostrar y comunicar.

En este contexto animalesco, cuyo mentor es el caudillo de Bélgica, se me viene a la mente el libro la Rebelión en la Granja de George Orwell, cuya historia versa en la sublevación que un grupo de animales liderados por un puerco, que se rebela contra el hombre, contra su amo, para empezar a obedecer a sus congéneres, es decir, a otros animales, que pasan a ser líderes y ponen sus propias reglas. Las ovejas y borregos, dada su naturaleza empiezan a obedecer las órdenes de los perros y los cerdos que, a través de estrategias, los manipulan.

Nada más similar en nuestro caso, la analogía no es por quien da las órdenes, sino por quien las obedece. Los borregos sumisos y obedientes ciegos ante lo que su amo les dice. Que deben de decir, a quien deben elegir y repetir una y mil veces que, con el seudomesías estábamos mejor.

Hay que rescatar que la estrategia ha logrado posicionarse en los medios, están muy bien asesorados, hay dinero para ello. Lo que no nos asegura es que su peculiaridad incremente la intención de voto de los ciudadanos. Se calificará el impacto de la estrategia con el resultado de las elecciones. Seguro se quedará así, como una bonita estrategia.

El nuevo chivo expiatorio

El presidente Guillermo Lasso está sufriendo una despiadada arremetida desde todos los frentes. Todos los candidatos, hasta los que parecían afnes, se distancian de él; organizaciones que apoyaban sus políticas, ahora las critican sin tregua; de hasta debajo de las piedras aparecen expertos en economía, seguridad o política a decir que todo lo hizo mal. De poco le sirvió no presentarse a elecciones; quieren convertirlo en el chivo expiatorio para, por lo menos, el próximo lustro.

Además de injusto, este proceder es contraproducente. Poner la culpa en una sola persona distrae a la ciudadanía de los problemas estructurales e institucionales, la verdadera raíz de todo. Esa serie de anomalías —el défcit fscal ,

Brahms retornó a la plaza

Ineficacia jurídica

Amenos que ‘ambientalistas’ coaligados amañen procesos jurídicos, al Gobierno no le debería preocupar el resultado de la consulta popular. El eventual triunfo del ‘sí’ no tendría efecto jurídico, no solo porque los nombres de los campos no constan en

las barreras constitucionales, la crisis de la seguridad social, el codigo laboral

la deuda ,

ella, también porque tampoco menciona al petróleo, las letras mayúsculas “ITT” no tienen identidad, el “bloque 43” está vacío; la estructura es ilógica, reforzada por la omisión de ubicación geográfica.

¿En qué circunstancias fue elaborada y certificada la pregunta?

Pese a ello se entrecruzan polémicas, no sobre lo literal de la interrogante, sino sobre el Parque Nacional Yasuní, campos petroleros Ishpingo, Tambococha, Tiputini, extractivismo, ambienta -

obsoleto

— también le aguardan al nuevo mandatario. Si desde ya, su único argumento ante estos desafíos va a ser culpar a su predecesor, no logrará movilizar el apoyo político y ciudadano necesarios para corregirlos.

El presidente Lasso cometió la equivocación de creerse más fuerte que el sistema y de pensar que el problema eran apenas un par de rivales . Se convenció de que podía arreglar el país en ‘minutos’, gobernar sin Legislativo ni alianzas, y que apuntar con el dedo a culpables le conquistaría la clemencia ciudadana. Su popularidad y autoridad se pulverizaron ante el choque con la realidad de las estructuras. Los nuevos candidatos y los líderes de opinión no deberían repetir ese terror. Deben conducir la atención de la gente hacia la raíz del problema, en lugar de crear villanos o venderse como héroes.

Para celebrar el solsticio de verano, el Teatro Sucre abrió sus puertas con un concierto de la Orquesta Sinfónica Nacional dirigido por la conocida y afamada directora Andrea Vela, hecho que convocó a un público diverso, amantes de la música culta, a la vez que volvió la alegría al centro histórico de la ciudad que, por las percepciones sociopatológicas, anda algo olvidado del público. Para los más viejos esas calles están llenas de recuerdos de todo orden, desde serenatas románticas en las noches bohemias y el sabor de los caldos de ‘Mama Miche’ hasta las broncas de las jorgas y los solitarios borrachos; escenario que no volverá y que los X, millennials y zetas nunca vivirán. Quizá ni siquiera lleguen a conocer, sentir y vivir esos centenarios lugares cargados de historias y luchas redentoras.

Pese a las complicaciones que significa el viaje al viejo ‘centro’, el teatro estuvo lleno y entusiasmado con la interpretación que hizo la Sinfónica Nacional, bajo la motivadora y técnica dirección de Andrea Vela, que extrajo todo el vigor de las armonías sonoras que ofrecen las potentes creaciones musicales de los consagrados: Brahms, Sibelius y Haydn, que el público aplaudió con entusiasmo. Fue un grato evento para iniciar una temporada musical en ese histórico lugar, esta vez con Andrea Vela como directora invitada, a quien juzgamos que debería ser la directora titular por el trabajo demostrado y el enorme currículo que detenta. Es así como debemos ir construyendo país, con los y las mejores profesionales de todo orden, salvando discrepancias pasionales que en ocasiones distorsionan nuestro pensamiento. Así podremos avanzar rápidos y oportunos en un mundo velozmente cambiante, que necesita arte de todos los matices para mejorarnos, unirnos y evolucionar.

lismo, avifauna, pueblos no contactados, que no constan en ella, pero con grado de suposiciones.

Así está configurado un proceso engañoso, que riñe con la normativa específica, que carece de precisión y transparencia, que semeja a discursos de ciertos candidatos, para las máximas dignidades políticas ecuatorianas, sospechosos, caracterizados por oponerse a procesos de bienestar. Posible es que el populismo ambiental tenga su respuesta apetecida, pero jurídicamente

sería inaplicable, aunque sus padrinos pretenderían ejecutarla, forzando amparo en sus motivaciones o en el informe de la Corte Constitucional, lo que sería grotesco porque la consulta es solo sobre el texto publicado, el viernes 23 de junio de 2023, en medios de comunicación, por el Consejo Nacional Electoral. ¿Tendrá la Corte facultad para interpretar una decisión popular?

El organismo electoral notificará los resultados de la consulta con la pregunta. ¿Cuál será la respuesta del Gobierno,

si esta no menciona petróleo, menos los campos donde se extrae, ni su ubicación geográfica? El mandato sería defectuoso, inaplicable, porque en derecho público solo se puede hacer lo que está expresa y claramente definido y permitido. ¿Entramaron la consulta? ¿Quién asume los millonarios costos de la consulta impuesta? ¿Habrá acciones legales que derivarían en recursos de repetición para que ‘organizaciones sociales’ y entidades estatales no bartoleen con los altos intereses nacionales?

Medio
OPINIÓN 02 O LOJA VIERNES 07/JULIO/2023
de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editora Regional: Mishelle Calva Jiménez Publicidad: loja@lahora.com.ec Año: XXVIII Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
EDUARDO F. NARANJO C. EDITORIAL eduardofnaranjoc@gmail.com
WELLINGTON TOAPANTA Columnista invitado

Loja continúa como ciudad culta y limpia, el problema de basura es por falta de vehículos

Hay crisis sanitaria en el Municipio de Loja, actualmente trabajan con plan de contingencia. Ciudadanía continúa siendo ordenada y limpia.

A pesar de los serios problemas que atraviesa el Municipio de Loja, por la falta de vehículos recolectores de basura, la ciudad continúa manteniendo el slogan de ciudad limpia y ordenada, ante las buenas prácticas de reciclaje de sus habitantes. El barrido y la limpieza de los parques y calles no se han frenado, el personal continúa trabajando en los horarios habituales, lo que ha colapsado es la recolección, ante la falta de vehículos recolectores, debido a que cumplieron su vida útil.

Limpieza

Sandra Merchán, ciudadana, manifestó que Loja siempre ha estado como ejemplo para otras ciudades , sin embargo, en las últimas administraciones la falta de recolección de basura en los horarios y rutas estableci -

das, ha conllevado a que se dé un mal concepto al tema de higiene. En los espacios públicos no hay residuos tirada y si la hay de inmediato es limpiada por el personal de Higiene, el problema se torna en los barrios y parroquias, donde no llegan los vehículos recolectores y muestran una mala imagen, reveló.

El problema de la basura en Loja (recolección) surgió desde finales de 2021, y hasta la fecha las autoridades no han podido dar solución a la falta de vehículos para su recolección. Eso ha hecho que circulen videos y fotografías de basura en los barrios y parroquias que no ha sido recogida por los vehículos recolectores, debido a que no todos están funcionando, unos están deteriorados por falta de mantenimiento y otros han cumplido su vida

útil mecánicamente.

Trabajo

Carlos Espinoza, director de Higiene del Municipio de Loja, manifestó que en la recolección de basura trabajan en turnos que empiezan desde las 03:00. “Recorremos el centro con un camión en la parte urbana. Pero, a partir de las 07:00, en cambio realizamos el recorrido para cubrir 8 sectores de los 11 existentes, es decir salen los vehículos de carga posterior a toda la ciudad. En cambio, el retiro de la basura de los contenedores se efectúa, a partir de las 05:00”, dijo.

En la tarde, a partir de las 13:00, recorren con los camiones a los tres sectores restantes de los 11 existentes. “Actualmente, la ciudadanía sabe que tenemos horarios alterados por la crisis sanita-

Bajan tiempos para turnos en cedulación

De dos y hasta tres meses, los tiempos para optar por un turno en el Registro Civil ahora han bajado a una y dos semanas. Todo el proceso para cedulación y pasaportes se realiza en la página web de la institución ingresando a www.registrocivil.gob.ec. La atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00.

Atención

Crusenka Almida Garnica, coordinadora Zonal 7 del Registro Civil, manifestó que la institución ha tomado decisiones concretas para reducir los tiempos, ahora adoptarán nuevas acciones durante los meses de julio y agosto, con el ánimo de atender la entrega de cédulas, principalmente,

en jornadas especiales para las elecciones anticipadas que se aproximan el 20 de agosto.

Indicó que la atención es eficiente, los tiempos de espera también han disminuido, en lo concerniente a la ciudad tienen un tiempo de espera de una a dos semanas y en las agencias cantonales para el mismo día.

“Hemos mejorado progresivamente, se han aumentado turnos sin alterar o saturar la prestación del servicio. Actualmente, existe un incremento en la demanda de cedulación, debido a que se acercan las elecciones y porque la resolución de seguir

haciendo uso de las cédulas caducas feneció en el mes de junio”, reveló.

Servicios

Señaló, que la vigencia de extender el plazo para cédulas caducas feneció el 30 de junio, sin embargo, eso no limita por ejemplo acceder a las elecciones en agosto con un documento que ya haya expirado. “Llamamos a los ciudadanos a informarse y no limitarse de acceder a las urnas por una cédula caducada, y en caso que lo requieran para otros trámites personales pueden acercarse agendando el turno en cualquier fecha y en cualquier agencia”, dijo.

ria, pero lo fundamental es recolectar los residuos a la hora que sea, y poco a poco ir normalizando el servicio. De los 12 vehículos únicamente estamos con siete para todo el proceso”, reveló.

Adquisición

Señaló que en esta o la próxima semana llegará a Loja el nuevo vehículo recolector de basura de carga posterior de 25 yardas cúbicas, para normalizar de a poco el servicio. De igual manera iniciaron el proceso para la adquisición de dos vehículos carga posterior que se sumarán a la

EL DATO

Autoridades piden que la basura se clasifique en los tachos verdes y negros, según corresponda.

flota de vehículos desde los siguientes meses. El plan de contingencia sigue vigente con el uso de volquetes, camiones y camionetas, hasta tener todos los vehículos adecuados y específicos para la actividad en marcha.

los tiempos de espera para los servicios de cedulación y pasaportes.

Actualmente, de manera diaria se están atendiendo entre 100 y 120 personas, la mayoría serían por renovación, cuyo costo es de 16 dólares. El horario de atención, previo obtenido el turno, es de 08:00 a 17:00 de manera

ininterrumpida. En el caso de los pasaportes de igual manera tienen un tiempo de espera de dos y tres semanas, pero la atención es oportuna y con bastante demanda, ya que las personas necesitan para viajar a otros países.

CIUDAD 03 LOJA VIERNES 7/JULIO/2023 I
LIMPIEZA. Loja todavía se mantiene como una ciudad limpia, el Municipio adquiere nuevos vehículos recolectores. CÉDULA. Registro Civil bajó Los horarios de atención son de lunes a viernes de 08:00 a 17:00. El requisito principal es tomar el turno en la página web. TOME NOTA

Zamora promociona al cacao como producto estrella de la Amazonía

Autoridades zamoranas realizaron la presentación oficial de la Feria Provincial del cacao. Uno de los cantones que más produce es Palanda.

La Prefectura de la provincia de Zamora Chinchipe, en la ciudad de Loja, realizó la presentación oficial de la “Feria Provincial del Cacao Zamora Chinchipe 2023”, a cumplirse del 11 al 16 de julio en los cantones de Palanda y El Pangui

Encuentro

Margarita Salinas, vicealcaldesa de Palanda, expresó que como palandenses se sienten orgullosos de ser el punto de origen del cacao, uno de los productos estrella en la zona. “Desde el año anterior tenemos ese slogan de Palanda el semillero del cacao, principalmente en Santa Ana-La Florida, donde se encontró el producto por primera vez. Tenemos programado una feria para que todos puedan visitar y deleitarse de los derivados de este producto único en la Amazonía”, dijo.

En Palanda, la feria se cumplirá el 11 de julio, donde se contará con la participación de expositores y del arqueólogo, Francisco Valdez. El programa arranca con un recorrido al sitio donde se descubrió el cacao por primera vez. En cambio, en El Pangui se realizará el 16 de julio, de igual manera con participación de productores, artesanos y emprendimientos que exhibirán los derivados del cacao como el chocolate, bebidas y más.

Ferias

Víctor Sarango, viceprefecto de Zamora Chinchipe, agregó han preparado un ciclo de conferencias en todos los cantones de la Amazonía.

“Lo que queremos es incentivar a los productores a que sigan sembrando, cosechando y haciendo del cacao algunos productos, gracias a las manos hábiles de los

Macará plagado de minería, según habitantes

El cantón Macará, zona fronteriza, a parte del contrabando de los productos desde el Perú, también desde algunos años enfrenta el problema de la minería artesanal y con maquinaria. En varios operativos realizados anteriormente se han decomisado máquinas y artículos destinados para el trabajo minero. Ciudadanos piden mayor control.

Minería

De acuerdo a las estadísticas, Macará tiene 59 mil hectáreas, de las cuales 29 mil hectáreas han sido declaradas como zona de protección, pero el restante cerca de 30 mil hectáreas es decir el 50% de Macará está concesionada a la minería. Esto ha conllevado a partir del 2020, es decir, luego de la pandemia y la crisis económica que atraviesan las personas, a que familias del lugar, ante la falta de trabajo, opten por el oro, incluso han llegado gente de otros lados en busca de minas.

Desde hace algunos meses, el cantón se ha convertido en el primero de la provincia en tener más gente trabajando en actividades mineras, unos de manera artesanal e ilegal y otros con concesiones dadas desde el propio Gobierno. Pese a los controles y decomisos de retroexcavadoras, generadores eléctricos, bombas de succión, soldadoras, combustible y otros, no ha habido disminución y la gente sigue realizando actividades en la zona. Incluso

en una entrevista con el exalcalde, anteriormente, señaló que lastimosamente al cantón lo han vendido a la minería, el 49% del territorio está concesionado, incluso una microcuenca donde nace el sistema de agua potable para el cantón también correría el riesgo de ser explotado

Trabajos

Julio N., nombre protegido, oriundo del cantón, manifestó que lamentablemente desde hace algunos años Macará vive en la zozobra por el tema de la minería. Ante la necesidad han llegado gente de algunas provincias a trabajar, en el río y en las quebradas hay gente de la Costa, de Perú, algunos colombianos y venezolanos. Aquí el problema se ha incrementado y no solo es minería, sino también aumento del consumo de alcohol, drogadicción, prostitución y más, sino como se explica las muertes violentas que ha habido en los últimos tiempos, todo está encadenado con la minería, denunció. “Nosotros como habitantes no podemos decir nada, porque corremos el riesgo de terminar como los últimos tres hombres fallecidos. Mi pedido en general es a las autoridades a poner una mayor mirada a Macará y su frontera, porque caso contrario los problemas serán mayores”, mencionó. Tanto el alcalde de ese cantón, como la Jefa Política no se han pronunciado acerca de estos problemas en la frontera

CENTRO VASCULAR

DRA . MARIANA ESPINOSA LARA

artesanos. Invitamos a que participen de las diferentes actividades, habrán caminatas, conferencias y exposición de varios artículos”, concluyó.

Origen

Cristian Cabrera, líder Zonal del Ministerio de Turismo, manifestó que desde el 2022, mediante Acuerdo Ministerial, el cacao es declarado como actividad de interés turístico a nivel nacional e introduce al producto dentro de las actividades de promoción turística a nivel nacional e internacio-

EL DATO

Palanda es el cantón de la provincia de Zamora donde se descubrió el mejor cacao.

nal. Sus orígenes nacen desde Palanda hace 5.500 años atrás. Como Ministerio han promocionado el producto mediante videos, línea gráfica, marcas y más acciones para fortalecer esta actividad y dinamizar la economía de los productores.

Cirujana Vascular

- Atención en enfermedades ar teriales, venosas y linfáticas mediante el uso de Eco Doppler Color

- Tratamiento de várices mediante Esclerosamiento (inyecciones)

- Tratamiento de arañas vasculares con Termocoagulación por radiofrecuencia y Microcirugía de várices sin hospitalización.

-Tratamiento de úlceras y pie diabético

-Distribuimos medias antivárices.

Atención de Lunes a Viernes en jornada continua de 8:30 a 18:00

Sábado previa cita

Seguimos todos los protocolos de Bio Seguridad.

Dirección: Olmedo 195-39 entre Colón e Imbabura

Teléfonos Consultorio (07) 2724797 * Domicilio (07) 2724774

Celular : 0999654674

Página: https: //www.aiyellow/centrovascular/

Facebook: Centro Vascular Dra. Mariana Espinosa

CIUDAD 04 I LOJA VIERNES 07/JULIO/2023
FERIA. Autoridades difunden actividades para fortalecer el sembrío del cacao en Zamora.

organización de este tipo de eventos. Rocío Buele, representante de la Asociación de Música e Intérpretes de Loja (ASAPLO), destacó la importancia de fortalecer los espacios destinados a los artistas locales y felicitó la iniciativa de la Feria por tomarlos en cuenta.

Omid Forootan, artista y promotor cultural, hizo hincapié en la necesidad de llegar a un consenso entre los artistas para establecer precios justos y acordes al valor del trabajo artístico. Además, mencionó la posibilidad de ampliar la participación para que más personas puedan postular sus propuestas.

Socializan concesión de Noches de Feria con empresarios lojanos

La Corporación de Ferias de Loja se reunió con empresarios, artistas y representantes de los medios para aclarar dudas sobre el proceso de concesión de Noches de Feria, en la próxima edición.

La Corporación de Ferias de Loja (CFL) llevó a cabo un conversatorio con empresarios musicales, representantes de gremios artísticos, artistas lojanos y medios de comunicación con el objetivo de aclarar todas las dudas en torno al proceso de con-

cesión de Noches de Feria. Esta iniciativa busca brindar todas las facilidades a los promotores artísticos para que propongan el desarrollo de conciertos en la explanada del recinto ferial durante la edición 194 de la Feria de Loja.

Orquesta Sinfónica de Loja presenta ‘Por los que amas’

En su XVIII Concierto de Temporada ‘Por los que amas’, la Orquesta Sinfónica de Loja presenta un fantástico repertorio con la dirección del maestro Iñigo Pirfano, en calidad de director invitado. El evento se realizará este viernes 7 de julio, a las 20:00, en el Teatro Universitario Bolívar, con ingreso libre.

La noche iniciará con la Obertura ‘El Murciélago’ considerada la obra maestra de Johann Strauss hijo, quien, en tan sólo seis semanas, elaboró la partitura para la opereta que fue estrenada, en el Theater an der Wien de Viena el 5 de abril de 1874, bajo el título de Die Fledermaus y ha formado parte del repertorio

regular de opereta desde entonces.

Luego, se estrenará el pasillo ‘Por los que amas’ de Norman Cuesta Vega, obra dedicada a la familia, al calor del hogar y que fue ganadora del primer lugar en el Concurso Internacional de Composición “Creadores del Mundo en la categoría académica” en su versión para piano. El compositor muestra una clara ruptura en la concepción tradicional de la forma, la armonía e incluso de instrumentación y orquestación logrando presentar un género tradicional de manera innovadora y diversa. Rompe también con la estructura tradicional de forma canción añadiendo variaciones mediante pro -

Desde el 15 de junio hasta el 16 de julio, cualquier promotor artístico podrá presentar propuestas y participar en la convocatoria, siempre y cuando cumpla con los términos de referencia establecidos. La CFL se compromete a facilitar la

cesos de instrumentación y orquestación. Concluye el concierto con la Sinfonía Nro. 4 en Si B Mayor Opus 60 compuesta por Ludwig van Beethoven en 1806. Es la cuarta de sus nueve sinfonías, que se estrenó en marzo de 1807 en un concierto privado que tuvo lugar en la residencia vienesa del príncipe Joseph Franz von Lobkowitz. La dedicatoria que fgura en la partitura impresa es para el «noble silesiano conde Franz von Oppersdorf». Varios autores insinúan que las sinfonías de número impar de Beethoven son majestuosas, mientras que las pares son tranquilas. Éste es el caso especial de la Sinfonía n.º 4 en si bemol mayor, que contrasta con la inmensamente heroica Sinfonía n.º 3 en mi bemol mayor y la trágica Sinfonía n.º 5 en do menor.

presencia de artistas nacionales e internacionales en el evento.

La fnalidad de esta convocatoria es promover la participación de empresarios e interesados en el ámbito artístico y cultural, fomentando su involucramiento en la

Por su parte, Mario Mancino, presidente de la CFL, propuso fexibilizar los términos de referencia para que los promotores o artistas jóvenes sin experiencia pero con los conocimientos o recursos necesarios puedan participar en el proceso de concesión.

Diego Lara León, director ejecutivo de la FCL, resaltó que en los últimos años ha habido un aumento significativo en la participación de talentos locales en la Feria de Loja. Entre 2015 y 2022, se presentaron 779 músicos lojanos en 44 conciertos, lo que demuestra la importancia de impulsar la participación de los talentos locales en este evento ferial.

CIUDAD 05 LOJA VIERNES 07/JULIO/2023 I
EVENTO. Esta noche gran concierto de la Orquesta Sinfónica de Loja. ESPACIO. En la reunión se destacó la importancia de brindar espacios para los artistas locales en la Feria de Loja.

UTPL evalúa necesidades de usuarios vulnerables en el transporte público

La Universidad busca identificar oportunidades de mejora y garantizar una movilidad inclusiva y segura.

La carrera de Ingeniería Civil de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) ha llevado a cabo un estudio cualitativo enfocado en evaluar las necesidades de los usuarios vulnerables en el transporte público de la ciudad de Loja, con la finalidad de identificar oportunidades de mejora y garantizar una movilidad inclusiva.

El investigador Yasmany García Ramírez, del Departamento de Ingeniería Civil de la UTPL, explica que esta propuesta se originó a partir de investigaciones realizadas por el Banco Interamericano de Desarrollo en ciudades

como Bogotá, Santiago de Chile y Brasilia. Estas investigaciones se enfocaron en valorar las experiencias personales de cada usuario, y se adoptó esta metodología para aplicarla en el transporte público de Loja, trabajando de cerca con padres de familia y usuarios con limitaciones físicas y visuales.

Con el apoyo de estudiantes se llevó a cabo un intenso trabajo de recolección de información utilizando la metodología del mapa de viaje del cliente. Esta metodología permitió evaluar el proceso de preparación, la experiencia del trayecto y el retorno

de los usuarios. Los resultados obtenidos fueron valiosos y se espera compartirlos con diferentes autoridades y entidades encargadas de la toma de decisiones en este ámbito.

La investigación, que tuvo una duración de ocho meses, se centró en acompañar de cerca a 12 personas, entre padres de familia y usuarios con discapacidad. Durante este tiempo, se recolectaron impresiones y necesidades de los usuarios del transporte público local.

Entre los principales resultados del estudio, se identificó la falta de infraes-

tructura adecuada en las paradas de autobús, la deficiente capacitación de los conductores para garantizar una movilidad segura y la ausencia de alertas sonoras para personas con discapacidad visual. También se determinó que los estudiantes no cuentan con espacios adecuados para las personas con limitaciones físicas y que falta una cultura de solidaridad entre los usuarios. A partir de los resultados obtenidos, se ha trabajado en la elaboración de un docu-

mento académico y se busca que la investigación sea considerada para su publicación en una revista científica indexada. Además, se planea la publicación de un libro de experiencias para compartir los resultados con el Municipio de Loja, colectivos relacionados con la movilidad, el Ministerio de Educación y otras entidades. Actualmente, se busca ampliar la investigación para incluir una mayor diversidad de usuarios del transporte público de Loja.

LOS COMPAÑEROS QUE INTEGRAMOS LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y LA UNIDAD JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Profundamente consternados por el sensible fallecimientode quien en vida fue distinguida Señora:

María Graciela Córdova Ramírez

Expresamos nuestra más sentida nota de condolencia y nos solidarizamos con el dolor que embarga a toda su distinguida familia por tan irreparable pérdida, de manera especial con su hija Mgtr. Monica García Córdova, apreciada amiga y compañera nuestra

Dra. Blanca Mendoza Guzmán

Dr. Crosbyn Valarezo Tandazo

Dra. Glenda Castillo Ordoñez

Dr. Luis Samaniego Muñoz

Dra. María Belén Guzman Gómez

Dr. Pablo Muñoz Abarca

Dr. Patricio Jaramillo Reyes

Dra. Sandra Vidal Rodríguez

Dr. Víctor Burneo Herrera

Dr. Víctor Santín Salazar

Dr. Yhelenna Loján Armijos

Dra. Janeth Pardo Montero

Dra. Juana Elizabeth Cañar Vega

Dra. Litha Paola Carpio Ochoa

Dra. Verónica Ruilova Prieto

Dr. Paúl Velepucha Espinosa

Dr. Patricio Quito Sanmartín

Dr. Jaime Riofrío Tacuri

Dr. Pablo Ojeda

Dr. José Simancas Merino

Dr. Pedro Ruíz Reinoso

Econ. Fanny Neira Cueva

Ing. Bethys Solano Moreno

Dra. Alba Torres Guerrero

Ing. Yadira Morillo Rodríguez

Dra. Carmen Alvarado

Mgtr. Kerly Ocampo Romero

Dra. Carmen Paladines Criollo

Dra. Karina Torres Maldonado

Dra. Nuvia Flores Ruiz

Dra. Magdalena Ramirez

Abg. Glenda Izquierdo

Abg. Alberto Yaguana Soto

Dr. Juan Carlos Mateus

Abg. Krupzkaya Campoverde

Dra. Gabriela Altamirano Salcedo

Abg. Patricia Jaramillo

Abg. José Pablo Marquez

Abg. Patricio Sotomayor

Abg. Anibal Merchán

Abg. Ernesto Marín

Abg. Danny Velasquez

Dr. Ramiro Arevalo Malo

Dra. Martha Jaramillo Jumbo

Dr. Franco Carrión Paz

Dra. Thalía Maldonado Castro

Dra. Geovanna Chango Maldonado

Dr. Vinicio Bravo Merchán

Dra. Sara Tandazo Valarezo

Dr. Fernando Bryanes Lima

Dr. Gonzalo Aguirre Valdivieso

Dra. Oliva Espinosa Montaño

Dra. Lina Luzuriaga Maldonado

Dr. Paúl Solórzano Cueva

Dr. Juan Jiménez Ramirez

Dr. Fabricio López Luzuriaga

Dra. Andrea López González

Dra. Tanya Apolo Galarza

Dra. Nuvia Apolo Pinza

Dr. Pablo Erique Moncada

Dr. Germán Guerrero Mora

CIUDAD 06 I LOJA VIERNES 07/JULIO/2023
ESPACIO. La UTPL promueve la investigación sobre la movilidad y el transporte público en Loja.

En los últimos años, la educación ha sido testigo de una revolución sin precedentes impulsada por la Inteligencia Artificial (IA) y las nuevas tecnologías. Estos avances están transformando la forma en que se imparte el conocimiento en las aulas, abriendo un mundo de posibilidades para estudiantes y docentes por igual.

Ana María Beltrán, experta en educación, y docente de la Universidad Técnica Particular de Loja, dentro del área de capacitación y alfabetización mediática,expresa que se han trabajado proyectos de índole nacional y local, esto con la finalidad de mejorar las oportunidades educativas y minimizar la brecha digital y educativa que el país afronta actualmente.

Una de las áreas en las que la IA ha dejado una huella notable es el aprendizaje adaptativo. A través de plataformas y programas de IA, los estudiantes ecuatorianos pueden acceder a contenido educativo personalizado y adaptado a sus necesidades individuales. Estas herramientas utilizan algoritmos avanzados para evaluar el progreso y el rendimiento de cada estudiante, lo que permite a los docentes y padres intervenir de manera más precisa y oportuna para brindar apoyo adicional cuando sea necesario.

Según el Ministerio de Educación, en la plataforma Me Capacito, el 30% de docentes aducen estar capacitados en el manejo de tecnologías. Lo que, según estudios e investigaciones, representa una media muy baja para la realidad que se vive en la educación.

Ana Beltrán, sostiene que “no estamos preparados para mezclar pedagogía con medios tecnológicos” lo que perjudica notoriamente la educación en diferentes niveles.

Como una realidad en Ecuador el panorama no es catastrófico, más bien es importante conocer la forma en que los colectivos están manejando las nuevas tecnologías en el marco académico educativo. A nivel mundial siempre han ido dependiendo del contexto en el que se desarrollan.

Lourdes Quezada, docente universitaria y productora de radio UTPL, señala a la tecnología como un factor clave de adaptación de docentes, en el cual sostiene que las capa-

¿SE REEMPLAZARÁN LOS DOCENTES CON LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL?

La educación en Ecuador es fundamental y constante tanto para los estudiantes como para los docentes. Ante las nuevas tecnologías que permiten la creación de una amplia variedad de contenido para las nuevas generaciones, surge la pregunta: ¿están los docentes debidamente preparados?

ñanza.

El problema

• La brecha digital es muy amplia en todo el país.

• Los docentes con varios años de experiencia no modernizan su modelo de enseñanza

Las consecuencias

• Si la enseñanza del docente no es la adecuada, y la información no se presenta como debería; existirían bulos, situaciones económicas preocupantes, carencia de salud, escases de Alfabetización Mediática.

Reto

• Formar una política pública en educación, así como hay para otros temas sociales, económicos y políticos.

• Crear la agenda digital sobre alfabetizaciones mediáticas en el país y ubicar esta problemática en la primera línea de acción.

• Capacitaciones en pensamiento crítico.

Pensamiento Crítico Crear tanto en los estudiantes como en los docentes la capacidad de contextualizar y argumentar sus opiniones, su información y plantear retos educativos afianzados a las nuevas tecnologías. Optando como recursos a la IA y a las nuevas plataformas educativas y sociales. Como un aporte fundamental, Ana justifica la presencia de los docentes en las aulas como un requisito fundamental “La tecnología no lo es todo, primero el profesor se sitúa en la realidad, fortalece en herramientas que den la capacidad de ser educador y es capaz de innovar combinando las metodologías”.

Para ser un docente del siglo XXI debe tener los siguientes puntos clave Pensamiento crítico Participación en capacitaciones innovadoras Profesor estratega

citaciones en diferentes índoles mejoran las habilidades de enseñanza – aprendizaje, de igual forma toma en cuenta la brecha digital que existe solamente con el uso de la tecnología.

Lo que resulta alarmante para las generaciones que llevan varios años en el sistema educativo, es la presencia de la Inteligencia Artificial, misma que ha mejorado o empeorado el

modelo educativo. Para Ana Beltrán y Lourdes Quezada, esta innovación de este último año no significa mayor riesgo educativo, afirman que es cuestión de adaptar la IA a los modelos de ense-

El docente tiene gestión de capacidades esenciales del ser humano y capacidad de ser autodidactas y acercador de las posibilidades. El docente es el curador de la información.

REPORTAJE 07 LOJA VIERNES 05/JULIO/2023 I
DOCENCIA. Ana María Beltran Flandoli, docente de departamento de Comunicación de UTPL
1 2 3
EXPERTA. Lourdes Quezada, docente UTPL- Productora de Radio UTPL.

¿Las encuestas son necesarias para generar un voto útil?

El plazo para la entrega de solicitudes de inscripción de personas naturales y jurídicas que quieran realizar pronósticos electorales vence el 22 de julio.

PROCESO. Promueven el voto informado para las elecciones del 20 de agosto.

En 45 días, los 13.4 millones de ecuatorianos habilitados para sufragar volverán a las urnas para designar, en una elección anticipada, Presidente y Vicepresidente de la República, y 137 asambleístas. ¿Qué fuentes de información tiene el electorado para decidir su voto?

En las elecciones del 20 de agosto de 2023, no solo habrá varios cargos en juego, sino también un gran número de candidaturas, y una diversidad de proyectos de gobierno.

Frente a las diversas fuentes de información y desinformación, que sobre todo se originan en redes sociales como ‘fake news’, las encuestas de opinión ayudan a informar para generar un voto útil (de premio o castigo) de los electores sobre

las estrategias de partidos y candidatos.

Los sondeos de opinión pueden afectar las intenciones de voto de las personas porque ofrecen información sobre el desempeño de partidos y candidaturas. Además, pueden infuir en la percepción del electorado.

Francis Romero Cordero, director de la frma Click Research

, dice que el trabajo de las empresas encuestadoras es importante en un proceso electoral.

No solo se utilizan para conocer cómo está la carrera o cuál es la intención del voto. Según explica, es una radiografía necesaria para que el elector pueda tomar la mejor decisión posible en el próximo proceso.

Sobre la base de los sondeos, el elector puede identi-

En dos semanas vence el plazo

° Perfiles de Opinión tampoco entregó el nombre del representante legal, ni el listado de profesionales que trabajarán con el personal de encuestadores.

La firma Seglab-Emergency incumplió requisitos similares, y en las próximas horas presentarían al CNE la documentación requerida.

El plazo para la entrega de solicitudes de inscripción de personas naturales y jurídicas que quieran realizar pronósticos electorales vence el 22 de julio de 2023.

fcar elementos que son vitales al momento de razonar su voto: entender cuál es la realidad y tener una percepción del país para seleccionar de mejor manera su candidato.

A través de las encuestas que se plantean, el elector también puede formarse una idea del estado de ánimo de los candidatos, expectativas, problemas y necesidades de una ciudad, cantón o provincia.

Romero, sin embargo, recomienda a las personas que no se dejen guiar por empresas encuestadoras que sean desconocidas o no sean certifcadas.

Entregan nueva información

El 27 de junio de 2023, el Consejo Nacional Electoral (CNE) negó la inscripción y registro de tres empresas encuestadoras para realizar pronósticos electorales para los comicios del 20 de agosto de 2023. Las autoridades justifcaron su resolución en que las frmas incumplieron los requisitos previstos en el artículo 6 del reglamento sobre personas que realicen pronósticos electorales.

Se trata de las compa -

ñías

Click Research representada legalmente por Francis Romero; Perfiles de Opinión , de Paulina Recalde, y Compañía Consultora Seglab-Emergency , representada por Rocío Jiménez.

En esa ocasión, el representante de Click no había entregado al CNE copias de la escritura de constitución de la persona jurídica debidamente inscrita en el Registro Mercantil, ni copias certifcadas del nombramiento del representante legal de la persona jurídica.

Tampoco el listado de profesionales que trabajarán con el personal de encuestadores, mismo que debía ser acompañado de documentación que acredite experiencia académica en las áreas de investigación social, mercadeo y opinión pública.

Esos

requerimientos ya fueron subsanados por Click Research. Romero ingresó el 6 de julio de 2023 al CNE nueva documentación y está a la espera de una respuesta a su pedido.

Entre los documentos que presentó consta una

solicitud para realizar, tanto para pronósticos electorales y para encuestas a boca de urna o exit poll.

Asimismo, adjuntó la escritura de constitución de la empresa, y un listado de 120 personas que trabajarán en pronósticos electorales a escala nacional, y para el exit poll 350 más.

“Con la subsanación de estos requerimientos, creo que ya no tendría ninguna observación por parte del CNE”, señaló Romero. (SC)

EL DATO

EN LA WEB PAÍS

lahora.com.ec

Instituciones públicas sin servicio de guardería deberán pagar $93 mensuales de compensación a sus empleados BOLSILLO Arroz y cebolla paiteña entre los productos con más alza de precios

NEGOCIOS

POLÍTICA 08 I LOJA VIERNES 07/JULIO/2023
en junio de 2023
El parque automotor aumentó 11% en 2023 de la mano de los vehículos chinos
JUSTICIA Contraloría confirma glosas por $51 millones contra compañía de servicios petroleros y la extinta Petroamazonas
En agosto, el país conocerá si las encuestas pronosticaron adecuadamente el resultado electoral.

Ingenios azucareros apuntan a importar azúcar para evitar escasez

El gremio de los ingenios azucareros (Fenazúcar) analiza dos medidas frente al riesgo que pueden generar las fuertes lluvias que, hasta el momento, han impedido que la zafra inicie en junio. Una primera acción, cuando las condiciones climáticas lo permitan, es intensificar la cosecha, a fin de procesar la mayor cantidad de

materia prima en el menor tiempo posible. Adicionalmente, de acuerdo con la evolución de los eventos climáticos, los ingenios no descartan importar azúcar blanca, con la autorización y en estrecha coordinación con el Ministerio de Agricultura y Ganadería, y únicamente para cubrir los déficits y lograr el abastecimiento. (JS)

Inestabilidad política desplomó la Inversión Extranjera Directa

El resultado entre enero y marzo de 2023 es el más bajo registrado de los últimos años. El ‘shock de inversiones’ que ofreció el Gobierno no tomó vuelo.

En su momento, como candidato y presidente electo, Guillermo Lasso ofreció un “shock de inversiones”, que le diera un impulso a la economía ecuatoriana.

La estrategia de Ecuador Open for Business tuvo un inicio auspicioso a fnales de 2021. Sin embargo, los planes del Gobierno que, según el exministro de Producción, Julio José Prado, iba en la línea de romper con una historia de fracasos en la atracción de inversiones durante 15 años, no tomaron vuelo.

De la mano de la inestabilidad política y la incertidumbre, la entrada neta de Inversión Extranjera Directa (IED) apenas sumó $17,18 millones entre enero y marzo de 2023. Este monto es el más bajo registrado durante el primer trimestre de los últimos 8 años, en donde la IED promedió los $200 millones.

Según María Victoria Izurieta, economista y consultora para organismos multilaterales, el bloqueo político en la Asamblea, una burocracia paralizada por el enemigo interno, las consecuencias del paro de junio de 2022 y los acuerdos frmados, entre otros temas, le dieron el “tiro de gracia” a la estrategia del Gobierno.

“Ecuador es visto como un país poco serio para respetar contratos y mantener las reglas del juego jurídicas, políticas y económicas. En un principio, el discurso de Lasso, junto al del Ministro Julio José Prado, despertaron expectativas y entusiasmo. Pero, lamentablemente, la realidad de un país bloqueado minó todo ese impulso inicial”, dijo.

Sectores como la minería, que han sido uno de los mo-

Franquicias internacionales de ropa sí le han apostado a Ecuador

en la estrategia de frma de acuerdos comerciales, recalcó que, a pesar de la compleja situación, se lograron frmar 240 contratos de inversión por alrededor de $7.000 millones en 26 meses.

Sin embargo, en primer lugar, esos contratos no son solo por Inversión Extranjera Directa. En segundo lugar, Prado aseveró que los resultados y las inversiones se van a sentir de manera gradual a lo largo de los próximos 10 años.

tores de la inversión, apenas movieron unos $5 millones en el primer trimestre de 2023, e incluso se retiraron inversiones por más de $101 millones en el último trimestre de 2022, es decir, sacaron más dinero del que trajeron al país como inversión.

Esto último sobre todo para pagar préstamos a las casas matrices de las empresas mineras con proyectos en marcha en el país. Actualmente, Ecuador solo tiene dos minas a gran escala, mientras cientos de proyectos esperan licencias ambientales y otros permisos.

Sin resultados inmediatos

El 3 de julio de 2023, durante su última rueda de prensa como ministro ,

Prado reconoció que la meta del Gobierno era duplicar o triplicar la IED; pero aseguró que el objetivo no se logró por trabas como “el boicot político de la Asamblea y el alto riesgo país.

“Con ese boicot político, los inversionistas fueron mucho más atentos, más reacios a venir a invertir en Ecuador como hubiésemos querido. Hicimos la agenda de atracción de inversiones más completa que ha habido

° A pesar de los bajos niveles de Inversión Extranjera Directa (IED), un sector que sí le ha apostado a Ecuador, dentro del comercio, es el de las franquicias internacionales de ropa. Marcas, como H&M, GAP, Old Navy, American Eagle, Vans, LC Waikiki, Bath and Body Works, Usaflex, Under Armour, Tendam, Chevignon, BAS, Jorge Bischof y otras, han establecido puntos de ventas en varios centros comerciales del país.

en Ecuador, Ecuador Open for Business, con eventos aquí y 13 eventos a nivel internacional”, puntualizó.

Además, el ahora exfuncionario, que sí tuvo éxito

Meta inconclusa

El Gobierno de Lasso buscaba atraer al menos $1.000 millones de Inversión Extranjera Directa (IED) durante 2022. Sin embargo, a pesar del trabajo desarrollado desde la Secretaría de Inversiones Público- Privadas y de lo desarrollado en el Ministerio de Producción, la cifra no superó los $829 millones.

Los sectores que más han aportado con IED durante el actual periodo, desde la última parte de 2021 hasta marzo de 2023, son: Servicios prestados a empresas ($801,16 millones); industria manufacturera ($133,84 millones); comercio ($100,13 millones).

Para 2025, el Gobierno busca llegar a un monto anual de al menos $1.800 millones; pero, según Izurieta, esa meta se vuelve poco probable con un nuevo Gobierno desde noviembre de 2023.

“Las dudas son muy grandes. Los problemas fscales,

con más défcit fscal , ponen todos los incentivos para que el próximo Presidente se vaya por poner más impuestos y trabas antes que impulsar la inversión”, añadió Izurieta. (JS)

Según un análisis de Fidel Jaramillo, economista y actual secretario general del FLAR, apunta a que esto se debe a cuatro factores. Por un lado, luego de años de desincentivos a la inversión foránea, el discurso de Lasso sí convenció a ciertas empresas que ya tenía interés en el mercado ecuatoriano. Asimismo, la recuperación pospandemia y la dolarización también influyeron. Por último, ciertas empresas extranjeras han desarrollado resiliencia ante la inestabilidad política. Saben que hay riesgos, pero igual dan el paso para invertir.

Por su parte, Francisco Briones, director del Servicio de Rentas Internas (SRI), aseguró que las marcas de ropa han llegado por la eliminación de medidas proteccionistas. Por ejemplo, se eliminó la norma técnica del INEN que obligaba a que en Aduana y a mano se ponga una etiqueta extra a cada prenda importada.

ECONOMÍA 09 LOJA VIERNES 07/JULIO/2023 I
Año 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 Año 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 Monto 199,77 183,78 332,10 209,24 273,34 249,03 135,57 17,18 Monto 764,17 629,57 1.389,07 979,05 1.094,68 647,30 829,04 Evolución Inversión Extranjera Directa Primer trimestre de cada año USD millones Evolución Inversión Extranjera Directa Monto total anual USD millones
NEGOCIOS. Las expectativas generadas por el Ecuador Open for Business no se han concretado.

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: TOAPANTA FIALLOS KASANDRA RUBALI

DEMANDADO: OTTO NAPOLEON GUZMAN ARROYO

JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA

JUICIO: 15951-2023-00103

CAUSA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO

TRAMITE: ORDINARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora TOAPANTA FIALLOS KASANDRA RUBALI, ha presentado una demanda de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO, cuyo extracto es como sig ue: “…Tena, viernes 10 de febrero del 2023, a las 15h11. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y la documentación adjunta que anteceden. En lo principal y en base la razón sentada por la señora secretaria de esta Unidad Judicial y al sorteo de ley.- PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y TRAMITE.- Conozco de la demanda de Declaratoria de Unión de Hecho presentada por la señora: TOAPANTA FIALLOS KASANDRA RUBALI contra de GUZMAN ARROYO OTTO NAPOLEON por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP en concordancia con el artículo 289 ibídem, en consecuencia se la admite a trámite ORDINARIO. SEGUNDO.- CITACIÓN. - Al demandado señor GUZMAN ARROYO OTTO NAPOLEON, se le citara en la dirección consignada en la demanda, en esta ciudad de Tena, provincia de Napo, conforme al croquis adjunto. Una vez que sea citado el demandado se le concede el término de TREINTA días para que, de contestación a la demanda, proponga excepciones previas y presente sus anuncios probatorios de conformidad con los artículos 151, 152 y 153 COGEP, bajo prevenciones de tramitarse la causa en la forma prevista en el número 2 del artículo 87 COGEP. TERCERO.- PRUEBAS.- En cuanto a los anuncios probatorios presentados por la actora, constantes en su escrito de demanda, en el día de la audiencia única, se dispondrá lo que en derecho corresponda, así también la parte demandada, ejerza el derecho a la contradicción, respecto a la prueba anunciada por la contra parte, esto es: Prueba Documental, la Prueba Testimonial, Prueba Pericial y la Declaración de Parte serán consideradas en su momento procesal oportuno, debiendo los testigos nominados señores: Carlos Efraín Salazar Pulluquitin; Teresa de Jesús Yolanda Vaca Valle, Oñate Haro Luis Fabricio; María José Andrade Choez y Jhoana Valeria Zambrano Pérez, comparecer en legal y debida forma, para cuyo efecto se les notifcará en los casilleros electrónicos y correos electrónicos señalado por la actora. CUARTO.- RAZÓN ACTUARIAL.- Precluído que sea el término concedido al demandado, el Actuario de la Judicatura sentará razón respecto si el demandado ha comparecido a juicio y han hado contestación a la demanda dentro del término concedido para el efecto.- QUINTO.- INTERVENCION DEL EQUIPO TECNICO.-Atendiendo el pedido de la accionante, señora TOAPANTA FIALLOS KASANDRA RUBALI, por medio de la señorita Trabajadora Social de esta Unidad Judicial, Lic. Sandra Largo y una vez que se encuentre citado el demandado en legal y debida forma, realice un Informe de Entorno Social respecto de pedido que solicita la actora en el numeral 7.8 de su demanda, para cuyo efecto se le concede el término de VEINTE días, de ser pertinente deberá comparecer a la Audiencia de Juicio para sustentar su Informe, de conformidad al artículo 222 y siguientes del COGEP. SEXTO.AUTORIZACIÓN Y PATROCINIO.- Tómese en cuenta la autorización conferida por la actora a su patrocinadora Abogada Rosana Muñoz Tuza, para que le represente en esta instancia.-SEPTIMO.- NOTIFICACIONES.- Agréguese al proceso toda la documentación adjunta y correo electrónico, señalado por la compareciente, para recibir futuras notifcaciones.”. “VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y la documentación adjunta presentados por la compareciente TOAPANTA FIALLOS KASANDRA RUBALI, como también el acta de juramento constante a fojas 53 de los autos (…) Por cuanto la actora ha declarado bajo juramento el desconocer la individualidad y el domicilio o residencia del demandado OTTO NAPOLEON GUZMAN ARROYO en atención a lo previsto en el artículo 56 COGEP respecto de la citación a través de uno de los medios de comunicación indica que a la persona cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se ordena que se cite al mencionado ciudadano, con el contenido de la demanda, anuncio probatorio y este auto de califcación mediante tres publicaciones que deberán ser efectuadas en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional en tres días hábiles y en distintas fechas, esto es en el diario “La Hora”. Transcurridos VEINTE DÍAS desde la última publicación o transmisión del mensaje radial, a los herederos presuntos y desconocidos se les concede el término de TREINTA días para que den contestación a la demanda, propongan excepciones previas y presente sus anuncios probatorios de conformidad con los artículos 151, 152 y 153 COGEP, bajo prevenciones de tramitarse la causa en la forma prevista en el número 2 del artículo 87 COGEP para lo cual, la señorita actuaria de la Judicatura deberá conferir el extracto correspondiente, con la demanda y esta providencia. Se CONVALIDA el manifesto error en los términos indicados, esto es que se tendrá como demandado en esta causa al señor: GUZMAN ARROYO OTTO NAPOLEON, portador de la cedula 1002430922… Cítese y Notifíquese.-”

Decreto presidencial busca aliviar deudas educativas

6.254 créditos educativos vencieron entre 2010 y 2023. Con el decreto de ley anunciado por el Gobierno se propone condonar los intereses. ¿Quiénes serían beneficiarios?

El nuevo decreto de ley emitido por el presidente de la República, Guillermo Lasso, pretende dar un alivio fnanciero a quienes obtuvieron un crédito educativo que luego se transformó en una pesada carga.

Es el caso de Ricardo Gómez (27 años), quien sacó un crédito educativo de $24.150 para hacer un posgrado en pedagogía, pero deberá pagar más de $21.000 por los intereses durante 15 años. Al fnal, sus estudios costarán $45.300, es decir, casi el doble de lo que le prestaron para especializarse.

Con los créditos educativos, quien se especializa y logra tener un empleo adecuado debe destinar más del 43% de sus ingresos para saldar esa ayuda. El problema es que quienes no logran cubrir las cuotas generan una deuda que con el tiempo crece como una bola de nieve.

Actualmente, en Ecuador hay 6.254 personas que tienen deudas por créditos educativos que se obtuvieron desde 2010.

La nueva ayuda Según lo previsto, el decreto ley permitirá que quienes obtuvieron un crédito educativo puedan “insertarse en la vida productiva sin tener una coactiva en sus espaldas. No solo benefciamos a

los jóvenes estudiantes, sino también a las madres y padres de familia”, dijo Lasso. Así, el decreto emite medidas como la condonación

Beneficios de la ley

El decreto ley plantea seis medidas:

1Condonar intereses, además de los recargos, como multas, costes y gastos administrativos a todos los deudores de Senescyt con créditos vencidos.

2Permitir que unas 3.922 personas con deudas educativas vencidas, que no podían acceder a acuerdos de pago, puedan solicitarlos.

3Otorgar un período de gracia de seis meses en las cuotas para los deudores que estén desempleados.

4Condonar la totalidad de la deuda vencida o en convenio de pago a los clientes o sus cargas familiares que tengan una discapacidad igual o mayor al 76%.

5Las deudas que entren en acuerdos de pago no se reportaron en el buró de crédito.

6Flexibilizar las garantías exigidas a los deudores con acuerdos de pago vigentes y para los que quieran firmarlos por primera vez.

de intereses y recargos para estos deudores con créditos en mora, así como la condonación total de deudas vencidas para personas con discapacidad

También plantea mejorar las condiciones para la firma de convenios de pago de créditos educativos en mora. En total, la ayuda a los benefciarios representaría cerca de $21 millones.

Tasa de morosidad

Desde 2020, con la pandemia por COVID-19, el empleo adecuado bajó y, desde entonces, la morosidad en créditos educativos se ha cuadruplicado: la tasa en la banca privada, desde ese año hasta 2023 es de 11,2%. Mientras que la tasa de créditos es de 3,3%.

¿Quiénes se beneficiarían?

Los beneficios del Decreto no se aplicarán a todos, sino a quienes son

deudores (créditos vencidos o coactivas) de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt).

Los benefciarios serían personas que se endeudaron cuando todavía existía el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas (IECE), que dejó de funcionar en 2015. Desde entonces, esa cartera es competencia de la Senescyt. (AVV)

SOCIEDAD 10 I LOJA VIERNES 07/JULIO/2023
001-004-3286
MEDIDA. Guillermo Lasso anunció, el 4 de julio de 2023, que el decreto ley emite medidas para la condonación de intereses y recargos para deudores con créditos educativos en mora.

Eldefenestrado Parlamento apenas contaba con un apoyo del 4%. Su agenda se mostró divorciada de las necesidades de los ciudadanos y luego de la muerte cruzada algunos de sus integrantes buscan regresar a sus curules.

Este es el caso de Bruno Segovia, quien encabeza la lista de asambleístas nacionales de la Alianza Claro que se puede (2- 17- 22), que apoya la postulación presidencial de Yaku Pérez.

Segovia llegó a la Asamblea Nacional pasada de la mano de Pachakutik, pero luego se separó de la organización tras la salida de Pérez. El exparlamentario destaca que la opción de Pérez está aglutinando a importantes sectores del país, gracias a su “propuesta inclusiva”, que buscará dar soluciones a los problemas de los ecuatorianos, transparentando la democracia y recuperando los valores y la honestidad.

Segovia conversó con LA HORA para adelantar parte de lo que será la agenda legislativa de su bancada y la necesidad de lograr “acuerdos mínimos” para salir de la crisis.

P ¿Cuáles son las propuestas que lleva Alianza Claro que se Puede para apoyar a su candidato Yaku Pérez? Presentamos en la Asamblea Nacional pasada ocho proyectos de ley, uno de ellos es la Ley Orgánica de Educación Superior para garantizar el ingreso a la universidad . Lastimosamente no se aprobó por la oposición del bloque correísta y del Gobierno. Vamos a insistir en este proyecto. Presentamos además la reforma a la Ley Orgánica de Minería para preservar las fuentes de agua, que actualmente se encuentra en el Consejo de Administración Legislativa(CAL) y en la Comisión de Biodiversidad.

También presentamos la ley reformatoria de la Ley de Víctimas de la Humanidad, que estaba en la Comisión de Relaciones Internacionales que ya se tramitó en la Comisión. Habíamos presentado una ley para que Internet sea considerado como un derecho humano, y garantizar el acceso a Internet de las comunidades urbanas, marginales y rurales, y, sobre todo, la gratuidad de In-

‘LLEGAREMOS PARA CAMBIAR LA ASAMBLEA NACIONAL’

Bruno Segovia encabeza la lista de asambleístas nacionales de la Alianza Claro que se Puede (2- 17- 22), que apoya la candidatura presidencial del líder indígena Yaku Pérez.

tores del pueblo Montubio, Pachakutik y cada vez se irán sumando más sectores.

P.- ¿Cuántos asambleístas esperan lograr en estas elecciones?

ternet en las escuelas. La ley de Consulta Previa, Libre e Informada.

P ¿Cuál es el objetivo de su agenda legislativa para estos 18 meses?

Lo que buscamos es articular el programa de gobierno que está presentando Yaku

Pérez, sobre todo en materia de seguridad, de generación de empleo, de atención en la salud . Vamos a presentar proyectos para hacer reformas, como por ejemplo a la Ley de Contratación Pública, porque el 20% de los contratos que realiza el Estado se va a la corrupción. Esto se va a digitalizar y obviamente necesitamos reformas. Para combatir la inseguridad necesitamos reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), a la ley Orgánica de las Fuerzas Armadas porque tiene que haber una depuración. También, para reactivar la economía y generar empleo, sin duda, se necesitan reformas, además de leyes específcas, que los asambleístas de cada provincia están trabajando en este momento.

P ¿Cuál será su labor en la nueva Asamblea?

Continuar con las labores de fiscalización, hicimos una labor muy aceptable. Creo que la ciudadanía reconoce la labor de la Comisión de Fiscalización, pero nosotros no lo hacemos de forma efectiva. Todos los casos de corrupción pertenezcan al gobierno que sea, sin mirar nombres o apellidos. Apoyamos todos los procesos de fiscalización en la que estaba inmiscuido el correísmo y exigimos la fiscalización también para el Gobierno de Moreno y de Lasso, que ya desde la Comisión se obstaculizó el juicio político, incluso se convirtieron en abogados defensores del Gobierno, desde el Presidente de la Comisión de Fiscalización. Esa labor de legislar y fscalizar la vamos a retomar, pero ya no vamos a hacer como nos tocó este período, quién les habla, una golondrina intentando hacer verano. Vamos a tener un bloque importantísimo que va a llegar a cambiar la Asamblea cuestionada, sin duda alguna, porque es el centro de debate

político ideológico. Lastimosamente, hubo corrupción, compra de conciencias de parte del Gobierno y tranzaban votos, puestos o por dinero realizado por el mismo Presidente.

P ¿Quiénes los acompañan como candidatos a la Asamblea Nacional?

Esta vez va a llegar gente de la academia, rectores de las universidades, profesores universitarios, profesionales distinguidos de todas las ramas. Además de quien les habla está Elsa Guerra, que es la segunda de la lista nacional. Ella es profesora en la Universidad Central de Ecuador. Francisco Vergara, es el tercero en la lista, es ingeniero y presidente de la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria de Pichincha. Tenemos un proyecto inclusivo, una propuesta de país que nos benefcia a todos los sectores. Yaku Pérez ha logrado aglutinar en su candidatura a

Democracia Sí, Unidad Popular, a Izquierda Democrática, al Partido Socialista Ecuatoriano, al Movimiento Somos Agua, movimientos sociales como el FUT, sec-

Nosotros estamos recorriendo el país con optimismo, vemos que hay un respaldo mayoritario, la gente dice, emocionada, que esta vez no nos roban, que esta vez nos toca Esperamos tener por lo menos 40 asambleístas, pero un bloque sólido, de gente honesta y transparente, que va a cambiar esta Asamblea, lastimosamente desprestigiada. Vamos a llegar con Susy Mendoza en Manabí, una abogada muy conocida, una persona honesta, transparente. Con Luis Muñoz, quien es un dirigente de los funcionarios judiciales. O sea, tenemos gente de la más amplia formación que va a cambiar este país. Creo que vamos a tener más de 40 asambleístas que vamos a trabajar, vamos a cambiar a la Asamblea. Entiendo la frustración de la gente, el rechazo por las actitudes de algunos de los asambleístas, pero nosotros no hemos sido cómplices. Quién les habla denunció a la expresidenta por intentar comprar carros de alta gama y por tráfco de infuencias. Sí se escogen 40 personas, seremos 40 gotitas de agua que vamos a estar allí para cambiar esta Asamblea, recuperar la dignidad e inaugurar la honestidad. Eso es lo que aspiramos y estamos seguros que lo vamos a lograr el 20 de agosto.

P Las encues tas hablan de un fraccionamiento en la Asamblea, ¿Cómo esperan lograr la gobernabilidad?

¿Podría lograrse una mayoría absoluta?

De ninguna manera, no habrá mayorías absolutas. Eso solamente en época de Febres Cordero y en los mejores tiempos del correísmo. Esto es democracia y tenemos que vivir en democracia, hay pesos y contrapesos. La Asamblea es el equilibrio del poder Ejecutivo, generalmente ha estado presente una tendencia y la Asamblea está dispersa en varios movimientos políticos. (ILS)

PAÍS 11 LOJA VIERNES 07/JULIO/2023 I
Ingrese a nuestra web: www.lahora.com.ec
DIALOGAR. Bruno Segovia asegura que el gobierno de Yaku Pérez tendrá la capacidad de dialogar y alcanzar acuerdos mínimos.

GINEBRA. La Organización Meteorológica Mundial (OMM) advirtió este 6 de julio de 2023 de que puede esperarse que las temperaturas sigan subiendo, tras el récord del pasado mes como el junio más caliente de la historia de la que se tiene registros y dos récords de temperatura media diaria esta semana. “El calenta-

miento excepcional en junio y el inicio de julio han ocurrido cuando empieza a desarrollarse el fenómeno de El Niño, que se prevé que aumente el calor tanto en la tierra como en los océanos y lleve a temperaturas más extremas y olas de calor marino”, dijo el director de Servicios del Clima de la OMM, Chris Hewitt. EFE

Acceso al agua también marca la desigualdad para millones de mujeres Gobierno colombiano y ELN cesan sus ofensivas

Mujeres y niñas son responsables de buscar agua en 7 de cada 10 hogares sin suministro, según Unicef y OMS.

BOGOTÁ. El Gobierno colombiano y el Ejército de Liberación Nacional (ELN) suspendieron desde este 6 de julio de 2023 las operaciones ofensivas contra la otra parte, casi un mes antes del inicio formal del cese el fuego bilateral de 180 días, y ante

un incremento de acciones violentas de la guerrilla.

El presidente colombiano, Gustavo Petro, firmó el 5 de julio el decreto de cese al fuego bilateral nacional que regirá desde el 3 de agosto hasta el 29 de enero de 2024, pero que incluye la “suspensión de las operaciones ofensivas de la fuerza pública” a partir de este 6 de julio “en contra de los integrantes del ELN”.

Los científicos afirman que seguirá la subida de temperaturas, tras dos récord esta semana de julio hasta las 00 horas del 3 de agosto de 2023, las estructuras del ELN deben cesar todas las acciones militares ofensivas contra las Fuerzas Militares y de Policía en todo el territorio nacional, incluyendo las acciones de inteligencia”. EFE

REALIDAD. Una niña y su abuela con falta de suministro de agua en el distrito de Long Phu, provincia de Soc Trang (Vietnam). Foto: Unicef

MADRID. Las mujeres y las niñas son las responsables de buscar agua en 7 de cada 10 hogares del mundo sin instalaciones de suministro , según un nuevo informe publicado este jueves por Unicef y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

“Cada paso que una niña da para recoger agua es un paso que

la aleja de la educación, el juego y la seguridad. El agua insegura, los baños y el lavado de manos en casa privan a las niñas de posibilidades, comprometen su bienestar y perpetúan los ciclos de pobreza. Responder a las necesidades de las niñas en el diseño e implementación de programas de agua, saneamiento e higiene es

fundamental para lograr el acceso universal al agua y el saneamiento, y lograr la igualdad de género y el empoderamiento”, comentó la directora de Unicef de Agua, Saneamiento e Higiene, así como de Clima, Medio Ambiente, Ener-

gía y Reducción de Riesgos de Desastres, Cecilia Sharp. Según el informe, a nivel mundial unos 1.800 millones de personas viven en hogares sin suministro de agua en las instalaciones

Las mujeres y las niñas de 15 años o más son las principales responsables de la recogida de agua en 7 de cada 10 hogares de este tipo, frente a 3 de cada 10 hogares para sus pares masculinos.

Expuestas a riesgos

Las menores de 15 años (el 7%) también tienen más probabilidades que los niños de la misma franja de edad (4%) de ir a buscar agua. En la mayoría de los casos, las mujeres y las niñas hacen viajes más largos para recoger agua, perdiendo tiempo de educación, trabajo y ocio, y expuestas al

riesgo de sufrir lesiones físicas y peligros en el camino

El estudio muestra además que más de 500 millones de personas aún com-

parten instalaciones de saneamiento con otros hogares, lo que compromete la privacidad, la dignidad y la seguridad. Encuestas recientes en 22 países revelan que, entre los hogares con baños compartidos, las mujeres y las niñas tienen más probabilidades que hombres y niños de sentirse inseguras al caminar solas por la noche y se enfrentan a acoso sexual y otros riesgos.

El informe apunta que los servicios de agua, saneamiento e higiene inadecuados aumentan los riesgos para la salud de las mujeres y las niñas, y limitan su capacidad para “manejar su menstruación de manera segura y privada”. Entre los 51 países con datos disponibles, las mujeres y las adolescentes de los hogares más pobres y las personas con discapacidad son las que tienen más probabilidades de carecer de un lugar privado para lavarse y cambiarse.

Asimismo, el Comando Central (Coce) de la guerrilla ordenó el martes que “a partir de las 00 horas del 6

GLOBAL 12 I LOJA VIERNES 07/JULIO/2023
ACTO. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, firmó el decreto del cese al fuego.
EUROPA PRESS

Amenaza legal marca el inicio de la red social Threads

Twitter amenazó con emprender medidas legales contra Meta por su nueva red.

EL DATO

A diferencia de otros competidores de Twitter, Meta cuenta con un gran capital y con una buena base de usuarios.

NUEVA YORK. Twitter amenazó con emprender medidas legales contra Meta por su nueva red social de texto, Threads, y acusa al gigante de las redes sociales de hacerse con los servicios de sus antiguos empleados para crear una copia de su aplicación.

El 5 de julio de 2023, Meta (matriz de Facebook, Insta-

gram, WhatsApp y Messenger) lanzó Threads -aplicación móvil que ya cuenta con 30 millones de descargas- y a las pocas horas, un abogado de Twitter, Alex Spiro, envió una carta al director ejecutivo de Meta, Mark Zuckerberg, acusando a la empresa de participar en una “apropiación indebida sistemática, delibe-

CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO No. REGN-EPFLP-05-2023

rada e ilegal de los secretos comerciales y otras propiedades intelectuales de Twitter”.

“Twitter tiene la intención de hacer cumplir estrictamente sus derechos de propiedad intelectual y exige que Meta tome medidas inmediatas para dejar de usar cualquier secreto comercial de Twitter u otra información altamente

Habiéndose la EP FLOPEC acogido al REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO DE LA EP FLOPEC, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 55 del Reglamento ibídem, se convoca para la prestación de trabajos y servicios para la CONTRATACION DE SERVICIOS DE CARENAMIENTO DEL BT ZARUMA CORRESPONDIENTE AL TERCER DIQUE INTERMEDIO, para que presenten su oferta técnica y económica conforme las especifcaciones técnicas constantes en el informe de necesidad.

El presupuesto referencial es de USD. 2.309.112,24, (DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL CIENTO DOCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA con 24/100) y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de 43 días calendario aproximadamente, contados a partir del ingreso a las instalaciones del BT Zaruma.

Las condiciones generales de este concurso son las siguientes:

1. El informe de necesidad estará disponible, sin ningún costo, en el portal empresarial www.fopec.com.ec, sección noticias con el código: No. REGNEPFLP-05-2023 INFORME DE NECESIDAD CONTRATACION DE SERVICIOS DE CARENAMIENTO DEL BT ZARUMA CORRESPONDIENTE AL TERCER DIQUE INTERMEDIO.

2. La oferta se presentará ÚNICAMENTE por Correo electrónico, la misma será enviada a la siguiente dirección electrónica eteran@fopec.com.ec En el caso de exceder el tamaño de capacidad de envió, las ofertas deberán remitirse mediante https://wetransfer.com y el link enviado al correo indicado

3. Los pagos se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la EP FLOPEC.

4. El procedimiento de contratación se ceñirá a las disposiciones contenidas en el REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL GIRO ESPECÍFICO DEL NEGOCIO DE LA EP FLOPEC. El cronograma del procedimiento es el siguiente:

confdencial”, escribió Spiro en una carta publicada este 6 de julio por el medio especializado Semafor.

Los argumentos

Spiro acusó a Meta de contratar a decenas de exempleados de Twitter que “tenían y siguen teniendo acceso a los secretos comer-

ciales de Twitter”. Además, alegó que Meta asignó a esos empleados la tarea de desarrollar “la aplicación ‘Threads’ imitadora de Meta con la intención específca de que usen los secretos comerciales de Twitter y otras propiedades intelectuales para acelerar el desarrollo de la aplicación competidora de Meta, en violación de las leyes estatales y federales, así como las obligaciones continuas de esos empleados con Twitter”. Las palabras de Sapiro fueron contestadas por Meta, uno de cuyos responsables dijo a Semafor que las acusaciones de Twitter son infundadas y que “nadie en el equipo de ingeniería de Threads es un antiguo empleado de Twitter” (Musk despidió a miles de empleados tras su compra de Twitter). EFE

Ocho países se preparan para Cumbre Amazónica

BOGOTÁ. Los ocho países de la cuenca amazónica se reúnen desde este 6 de julio de 2023 en la selvática Leticia para empezar el “camino a la Cumbre Amazónica”, un encuentro preparatorio de la cita que se celebrará en agosto en Belén do Pará y al cual se sumarán el 8 de julio los presidentes de Colombia, Gustavo Petro, y Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva.

Si la Comisión Técnica, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores sujetos a convalidación, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efecto de que convaliden los errores notifcados, para lo cual, se tomará en cuenta el siguiente cronograma que contemplará una nueva fecha de adjudicación:

El encuentro de este fin de semana en Leticia, capital del departamento colombiano de Amazonas, situada en la triple frontera con Brasil y Perú, será para discutir los puntos que se tratarán en la cumbre de agosto, con el fin de producir insumos técnico-científicos necesarios para poder llegar a acuerdos.

Esmeraldas, 06 de julio de 2023

“Nuestro objetivo es avanzar en la definición

de una agenda común basada en la ciencia, el conocimiento ancestral y social que contribuya decididamente a los desafíos del bioma amazónico ”, indicó la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia, Susana Muhamad. Bajo esa premisa los ministros de Ambiente de los ocho países amazónicos -

Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela - se reunirán los próximos 8 y 9 de agosto en la ciudad brasileña de Belén do Pará con el fin de “rescatar” los principios del Tratado de Cooperación Amazónica de 1978.

De ese acuerdo nació en 1995 la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA), cuya última cumbre fue realizada en 2009. EFE

GLOBAL 13 LOJA VIERNES 07/JULIO/2023 I
Ing. Cristian Panchi PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA EP FLOPEC 000000000 ETAPA FECHA HORA Fecha máxima de publicación 07-07-2023 12:00 Fecha de límite de preguntas 10-07-2023 13:00 Fecha de límite de respuestas o aclaraciones 12-07-2023 13:00 Fecha límite de entrega de ofertas 17-07-2023 13:00 Fecha de apertura de ofertas 17-07-2023 14:00 Fecha límite de califcación 18-07-2023 13:00 Fecha estimada de adjudicación 18-07-2023 17:00 ETAPA FECHA HORA Fecha límite para solicitar convalidación de errores 18-07-2023 13:00 Fecha límite para convalidar errores 20-07-2023 13:00 Fecha estimada de adjudicación 20-07-2023 17:00
CONTROVERSIA. Imagen de archivo de una persona mirando el movil con el logo de Twitter. EFE

Robots e inteligencias artificiales muestran su lado más humano

Una serie de robots e inteligencias artificiales de última generación se reúnen este 6 y 7 de julio de 2023 en una cumbre promovida por Naciones Unidas para mostrar que estas tecnologías pueden cumplir tareas de enfermería, cuidado de bebés, atención al público, creación artística e interacción con personas mayores o con necesidades especiales. EFE

Da clic para estar siempre informado

VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
Loja - Zamora

REPARACIÓN INTEGRAL EN MATERIA CONSTITUCIONAL

CONSULTA CIVIL

AUTOR: YANDRY M. LOOR LOOR.

Históricamente hemos conocido que la reparación integral ha buscado que aquel derecho que ha sido menoscabado o vulnerado vuelva a su estado original (en la medida de lo posible), siendo esto – sobre todo en materia penal, una tarea muchas veces difícil de cumplir – pero ante ello tenemos la contraposición (por así denominarla) que es la reparación integral en materia Constitucional, ya que está a diferencia de la reparación integral en materia penal en la mayoría de casos si logra volver a su estado natural del derecho vulnerado, toda vez que lo que se impugna mediante las acciones jurisdiccionales son

aquellos actos emanados de la administración pública que han dado como consecuencia el menoscabo y detrimento de alguno de los derechos consagrados en nuestro ordenamiento jurídico y en especial de la Constitución que nos rige a partir del 2008, muchos de estos derechos nacen del Sistema Interamericano de Derecho Humanos, adopción que se hace históricamente y que va marcada del progreso de índole jurisprudencial que ha venido teniendo la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que en diversas sentencias ha determinado la restitutio in integrum o reparación integral, tal como se la conoce hoy en día dentro del ordenamiento jurídico.

Pero, ¿cómo opera la reparación integral en materia Constitucional?, y sobre todo ¿dónde aparecen las primeras sentencias que dan lugar a la misma?, pues bien, al respecto tenemos que la figura de reparación integral tiene sus primeras apariciones post segunda guerra mundial este contexto se da cuando los tribunales de Nüremberg y Tokio se encontraban con que los Estados en muchas ocasiones fueron responsables del abuso y exceso en el uso de las fuerzas bélicas que dio como consecuencia pérdida de vidas, desapariciones y otros crímenes más, de ahí que nace esta necesidad de otorgar a las víctimas así como a sus familiares un derecho que restituya aquella

afectación, puesto que se procedía con reparaciones de manera económica por el daño material causado a las mismas. Sin embargo, no es hasta el año 2000 aproximadamente, cuando la ONU, emite una serie de criterios mediante resoluciones para darle un giro a las reparaciones integrales, toda vez que se avecinaba un nuevo siglo como tal, en estas se pronunciaba y a su vez hacia un llamamiento a los Estados para que estos puedan incluir dentro de su ordenamiento jurídico los nuevos estándares y mecanismos de reparación, ya que se había demostrado que el daño no solamente es material, sino que también es inmaterial o subjetivo en la víctima, puesto que al afec-

RESPUESTA

El Art. 169 del COGEP establece los principios de la carga de la prueba, y en su inciso tercero dispone que las partes tienen la obligación de poner con anticipación suficiente a disposición de la contraparte las pruebas de las que disponga. Esto se refiere al principio de contradicción de la prueba al que también hace mención el Art. 165 ibídem. Para hacer respetar este principio la norma dispone que la o el juzgador vigile se cumpla este presupuesto, incluso con la potestad de ordenar de oficio se cumpla en el caso de derechos de niñas, niños, adolescentes, familia y derechos del trabajador.

El Art. 159 del COGEP dispone que la prueba que esté a disposición de las partes debe ser presentada con la demanda, contestación a la demanda, reconvención, contestación a la reconvención; y si no ha sido posible acceder a cierta prueba deberá al menos ser anunciada.

El Art. 166 del COGEP contempla el caso de la prueba no anunciada, la que podrá ser anunciada antes de la convocatoria audiencia de juicio, pero siempre que se justifique que no fue de conocimiento de la parte a la que beneficia o que no se pudo disponer de aquella. La norma establece que se lo hará antes de la convocatoria a la audiencia de juicio, pero como en el proceso sumario, la fase de juicio se desarrolla en la audiencia única, es de entender que para tales procesos, se interpretará que podrá ser solicitada antes de que se convoque a la audiencia única.

La norma del Art. 169 inciso tercero del COGEP, debe hacerse respetar por la o el juzgador aun en el juicio sumario donde no existe la audiencia preliminar, pues se trata de precautelar el derecho al debido proceso, derecho a la defensa de actuar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
JUDICIAL C00
EDICIÓN DE DIARIO LA
http//www.derechoecuador.com
,
REVISTA
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR La Hora LOJA, ECUADOR ES UNA
HORA
VIERNES
07 DE JULIO DE 2023
¿En qué consiste la carga de la prueba dentro de los procesos laborales?

tar un derecho – indistintamente de cual fuere – esto trae consigo la afectación de otros derechos, y consecuentemente el daño se amplia de manera tal que no solo se reclama por el derecho en principio afectado, sino también por los otros derechos.

Reparación Integral

El concepto de Reparación integral esta derivado del artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos1, misma que abarca la acreditación de daños en la esfera material e inmaterial tal como lo señalábamos en líneas anteriores,2 y con la demostración de ello – el daño causado- nace el otorgamiento de medidas tales como: a) la investigación de los hechos; b) la restitución de derechos, bienes y libertades; c) la rehabilitación física, psicológica o social; d) la satisfacción, mediante actos en beneficio de las víctimas; e) las garantías de no repetición de las violaciones, y f ) la indemnización compensatoria por daño material e inmaterial.

En nuestra esfera jurídica, ya en la Constitución de 1998 teníamos que la misma recogía de manera breve las formas de determinar las afectaciones a Derechos de índole Constitucional y por ende sus formas de reparación, sin embargo no es sino hasta la entrada en vigencia de la Constitución de 2008 cuando ya se determinan nuevas formas para establecer las afectaciones y por ende para reparar las mismas es así que en materia jurisdiccional, es así que en nuestra Constitución tenemos que en el Art. 86 en su numeral 3 nos especifica lo referente a la reparación integral y las disposiciones que se basaran en lo siguiente:

“Art. 86.- Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones:

Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública, y en cualquier momento del proceso podrá ordenar la práctica de pruebas y designar comisiones para recabarlas. Se presumirán ciertos los fundamentos alegados por la persona accionante cuando la entidad pública requerida no demuestre lo contrario o no suministre información. La jueza o juez resolverá la causa mediante sentencia, y en caso de constatarse la vulneración de derechos, deberá declararla, ordenar la reparación integral, material e inmaterial, y especificar e individualizar las obligaciones, positivas y negativas, a cargo del destinatario de la decisión judicial, y las circunstancias en que deban cumplirse.”

Por otra parte, tenemos también que, a partir del 2009 con la entrada en vigencia de la LOGJCC, dentro del Art. 18 de referido cuerpo normativo, bajo el principio jurídico Iura Novit Curia, ya que es el administrador de justicia quien está en la capacidad de reconocer cuando existe un derecho Constitucional vulnerado de ahí que del referido cuerpo legal tenemos que el Art. 18 nos indica lo siguiente: “Art. 18.- Reparación integral. - En caso de declararse la vulneración de derechos se ordenará la reparación integral por el daño material e inmaterial. La reparación integral procurará que la persona o personas titulares del derecho violado gocen y disfruten el derecho de la manera más adecuada posible y que se restablezca a la situación anterior a la violación. La reparación podrá incluir, entre otras formas, la restitución del derecho, la compensación económica o patrimonial, la rehabilitación, la satisfacción, las garantías de que el hecho no se repita, la obligación de remitir a la autoridad competente para investigar y sancionar, las medidas de reconocimiento, las disculpas públicas, la prestación de servicios públicos, la atención de salud.

La reparación por el daño material comprenderá la compensación por la pérdida o detrimento de los ingresos de las personas afectadas, los gastos efectuados con motivo de los hechos y las consecuencias de carácter pecuniario que tengan un nexo causal con los hechos del caso.

La reparación por el daño inmaterial comprenderá la compensación, mediante el pago de una cantidad de dinero o la entrega de bienes o servicios apreciables en dinero, por los sufrimientos y las aflicciones causadas a la persona afectada directa y a sus allegados, el menoscabo de valores muy significativos para las personas, así como las alteraciones, de carácter no pecuniario, en las condiciones de existencia del afectado o su familia.

La reparación se realizará en función del tipo de violación, las circunstancias del caso, las consecuencias de los hechos y la afectación al proyecto de vida.

En la sentencia o acuerdo reparatorio deberá constar expresa mención de las obligaciones individualizadas, positivas y negativas, a cargo del destinatario de la decisión judicial y las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que deben cumplirse, salvo la reparación económica que debe tramitarse de conformidad con el

artículo siguiente. La persona titular o titulares del derecho violado deberán ser necesariamente escuchadas para determinar la reparación, de ser posible en la misma audiencia. Si la jueza o juez considera pertinente podrá convocar a nueva audiencia para tratar exclusivamente sobre la reparación, que deberá realizarse dentro del término de ocho días.”– las negritas me pertenecen–. Ahora bien, por otra parte, tenemos que la Corte Constitucional mediante Sentencia N.˚ 004-13-SAN-CC, respecto a la reparación integral señala lo siguiente:

“[…] la reparación integral en el ordenamiento ecuatoriano constituye un verdadero derecho constitucional, cuyo titular es toda persona que se considere afectada por la vulneración de sus derechos reconocidos en la Constitución. Adicionalmente, es un principio orientador que complementa y perfecciona la garantía de derechos; así, esta institución jurídica se halla inmersa en todo el ordenamiento constitucional ecuatoriano, siendo transversal al ejercicio de los derechos. De esta forma, se logra que las garantías constitucionales no sean vistas como simples mecanismos judiciales, sino como verdaderos instrumentos con que cuentan todas las personas para obtener del Estado una protección integral de sus derechos”

Es así que dentro del Estado ecuatoriano, está en manos de los administradores de justicia generar los mecanismos necesarios, pertinentes y necesarios para llegar a la restitutio in integrum de las violaciones declaradas y daños acreditados, y que mediante el procedimiento oportuno y eficiente han sido declaradas y aceptadas como legitimas en cuanto a su reclamación sin embargo cuando esto no fuese posible, es decir de reparar aquel daño y regresarlo a su estado natural, será el mismo juzgador que pueda determinar nuevas formas y mecanismos aplicables para tales efectos, ya que como veremos más adelante, estos podrán determinar mediante la norma y a su vez el criterio del juzgador los mecanismos eficientes y eficaces para las referidas reparaciones. Cuando la afectación viene de parte del Estado, y se logra comprobar que existió dicha vulneración. Resulta indispensable comprender la reparación del daño con una doble dimensión:

1) como obligación del Estado derivado de su responsabilidad, y

2) como derecho fundamental de las víctimas de recibir una reparación acorde al daño causado al

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA

Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales dentro del proceso de extinción de la pensión alimenticia, a Yssan Josué Barbecho Malla, que en extracto es como sigue:

ACTOR: LUIS HUMBERTO BARBECHO LLIVISACA.

DEMANDADO: YSSAN JOSUÉ BARBECHO MALLA. OBJETO DE LA DEMANDA: EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA.

CUANTÍA: INDETERMINADA.

JUICIO: NRO. 11951-2004-0333.

JUEZ: DR. VICTOR ALBERTO BURNEO HERRERA.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 21 de junio del 2023, a las 14h33. Con el pedido de extinción de pensión, que pretende el alimentante Luis Humberto Barbecho Llivisaca, de fojas 419 y 420, se corre traslado al alimentario Yssan Josué Barbecho Malla; a quien, en orden a garantizar el derecho a la defensa consagrado en los artículos 75 y 76.7 de la Constitución de la República; en armonía con el principio de inversión de la prueba, y de conformidad con lo establecido en el Art. 76 del Código Orgánico General de Procesos, se le concede el término de cinco días para que justifique si se encuentra en alguna de las circunstancias a las que se refiere el Art. Inn. 4, ordinales 2 y 3 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; publicada en el Reg. Of. 643 del 28 de julio de 2009; es decir, si se encuentra estudiando, o si acaso padece de alguna discapacidad o sus circunstancias físicas o mentales le impidan o dificulten procurarse los medios para subsistir por sí mismo. Una vez que el señor Luis Humberto Barbecho Llivisaca, ha declarado bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad del domicilio o residencia de Yssan Josué Barbecho Malla, por lo que, se dispone citar a Yssan Josué Barbecho Malla, conforme lo establecido en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Para el efecto, confiérase el extracto pertinente. El presente auto se dicta sustentado en el criterio expuesto por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, mediante oficio No. 00605-P-CNJ-2018 de fecha 24 de abril del 2018.- NOTIFÍQUESE.-

Loja, 21 de junio del 2023.

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA

VIERNES 07 DE JULIO DE 2023 La Hora, LOJA, ECUADOR C2
Ab. Jaime Francisco Riofrío Tacuri.

respecto, dichas dimensiones tenemos que las mismas se reflejan en su nacimiento – y posterior desarrollo dentro del derecho internacional público – ya que podemos apreciar que la exigencia en reparar las consecuencias del ilícito cometido por parte de entidades estatales recae en los Estados, quienes en la mayoría de las veces deberán de compensar la violación que se les acuso y que por ende se demostró que existió. En ese marco el SIDH3 por muchos años se trataron casos donde se evidenciaba la vulneración a derechos por parte de los Estados y en donde se determinaba que debía de otorgarse una responsabilidad y de la derivación de dicha responsabilidad nace una reparación a favor. A su vez la CIDH determinó en diversos Informes de Fondo que de las violaciones acreditadas nace una serie de recomendaciones a los Estados para el caso concreto. No obstante, dichas recomendaciones, si bien tenían un alcance general de los puntos discutidos en el caso, no contaban con un análisis pormenorizado de los daños ocasionados y las medidas adecuadas para reparar dichos daños. Por lo que la disposición genérica recomendada por la CIDH recaía en que el Estado brindará una reparación a las víctimas, tal como se evidencia actualmente en las sentencias de los juzgadores, así como de diversas sentencias emitidas de parte de la Corte Constitucional.

Participación de las víctimas

Por otro lado, tenemos el desarrollo de participación de las víctimas en el proceso ante la Corte IDH, esto se da sobre todo a partir de la reforma Reglamentaria de 1996, ya que se formaliza la oportunidad de los representantes de las víctimas de demostrar sus afectaciones, y consecuentemente demandar las medidas más apropiadas para su reparación.

Esto a su vez repercutió inevitablemente en que los jueces de todas las instancias – tanto de cortes nacionales como de cortes internacionales – procedan a realizar el análisis y acreditación de los daños, así como el debate en cuanto a las mejores formas de reparar el mismo y sus consecuencias.

Desde esta perspectiva podemos afirmar que, lo anterior configuró la consideración de la segunda dimensión en cuanto a derecho de las víctimas a recibir reparación, la cual debe de ser oportuna, eficaz, pero sobre todo proporcional al

daño causado de parte del Estado si es el caso o de aquella persona que haya causado un daño y que diera lugar a la afectación de un derecho de tipo Constitucional, es decir haya lesionado el mismo. Tipos de reparación integral

Por último tenemos que dentro de los tipos de reparación integral tenemos la Codificación del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, la cual desde su puesta en vigencia en el 2015 mediante Registro Oficial Nro. 613 tenemos que en el Art. 98 nos define el conjunto de medidas de reparación integral, así como también a quienes va dirigida dicha reparación lo cual lo encontramos en el Art. 99 mismos que textualmente nos establece lo siguiente:

“Art. 98.- Tipos de medidas de reparación integral. - La reparación integral es el conjunto de medidas tendientes a hacer desaparecer o remediar los daños de las vulneraciones a derechos constitucionales o derechos humanos. Entre las medidas de reparación integral se encuentran las siguientes:

1. Restitución: Esta medida de reparación integral comprende la restitución del derecho que fue menoscabado o vulnerado a una persona; con este tipo de medida se pretende que la víctima sea restablecida a la situación anterior a la vulneración.

2. Rehabilitación: La rehabilitación comprende aquellas medidas reparatorias que toman en consideración las aflicciones tanto físicas como psicológicas de las víctimas de una vulneración de derechos constitucionales. Estas medidas deben establecerse de forma proporcional con las circunstancias de cada

caso.

3. Satisfacción: Se refieren a la verificación de los hechos, conocimiento público de la verdad y la ejecución de actos de desagravio; el establecimiento de sanciones contra los perpetradores de la vulneración de derechos, y la conmemoración y tributo a las víctimas o afectados. Dentro de las medidas de reparación satisfacción se desprenden las medidas de reparación de carácter simbólico, las cuales buscan la preservación y honra de la memoria de las víctimas de vulneraciones de derechos. Este tipo de medidas pueden incluir: actos de homenaje y dignificación, construcción de lugares o monumentos de memoria, colocación de placas, disculpas públicas, entre otros.

4. Garantías de no repetición: Son medidas de tipo estructural que tienen como finalidad que, ante la vulneración de derechos constitucionales por un determinado acto u omisión, se asegure que estos hechos no vuelvan a generarse en el futuro.

5. Obligación de investigar los hechos, determinar los responsables y sancionar: Mediante el establecimiento de estas medidas de reparación se genera una obligación por parte de los responsables de la vulneración de derechos constitucionales, para establecer quiénes provocaron la vulneración, ya sea por acción u omisión, con el objetivo de determinar las respectivas sanciones a las que hubiere lugar.

6. Reparación económica: Este tipo de reparación se relaciona con la compensación económica que se otorgue a la víctima o a sus familiares, por las afectaciones de tipo económicas que los hechos del caso concreto ocasionaron.”

VENDO TERRENO

Sector San Pedro de Vilcabamba (Cararango)

Nivel alto

Espectacular vista, al valle de Malacatos. Excelente clima y naturaleza

Área 4516 m2.

Valor $50mil (NEGOCIABLE).

Posee medidor de agua y energía eléctrica Y, vías de acceso. Exuberantes árboles nativos y frutales. Impor tante área y sector, para desarrollar proyecto turístico, agrícola o familiar

Contacto: 0991754422.

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE

LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA

EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales dentro del juicio de inventarios de bienes sucesorios a los herederos presuntos y desconocidos del causante en virtud del fallecimiento del señor FRANKLIN CELI ORZAY que en extracto es como sigue:

ACTORES: presentada por RUTH ENRIQUETA ATARIHUANA CARRION en calidad de cónyuge sobreviviente; y, los señores: FRANKLIN OMAR CELI ATARIHUANA, KAREN VANESSA CELI ATARIHUANA y MAX LEONARDO CELI ATARIHUANA, y

DEMANDADOS: EXTINTO SEÑOR FRANKLIN CELI ORZAY

OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS.

TRAMITE: VOLUNTARIO.

CUANTÍA: INDETERMINADA.

JUICIO: NRO. 11203-2023-01255

JUEZ: DRA. YHELENNA ANGELICA LOJÁN ARMIJOS.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, martes 20 de junio del 2023, a las 16h11. Agréguese los escritos presentados por la parte actora.- VISTOS: La solicitud de ALISTAMIENTO Y AVALUO DE LOS BIENES DEL EXTINTO SR. FRANKLIN CELI ORZAY, presentada por RUTH ENRIQUETA ATARIHUANA CARRION en calidad de cónyuge sobreviviente; y, los señores: FRANKLIN OMAR CELI ATARIHUANA, KAREN VANESSA CELI ATARIHUANA y MAX LEONARDO CELI ATARIHUANA, en calidad de hijos; es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite al trámite voluntario.- Cuéntese con las accionantes en calidad de interesadas.UNO: Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del EXTINTO SR. FRANKLIN CELI ORZAY, de conformidad a lo previsto en el Art. 56 numeral 1ero.- DOS: Tómese en cuenta el anuncio probatorio detallado así como los documentos agregados.- TRES.- Se designa como PROCURADORA COMÚN a la señora RUTH ENRIQUETA ATARIHUANA CARRIÓN.- Agotado el sorteo de ley, designase en calidad de perito Dra. MERCHÁN CARRIÓN FLOR MARÍA con domicilio en esta ciudad, con teléfono celular 0985246022 para que intervenga en la diligencia de inventario y avalúo de los bienes del extinto, regulándosele la cantidad de $.500,oo (quinientos dólares) por concepto de honorarios profesionales, valores que deberán ser entregados directamente a la perito y ésta a su vez entregará la factura tributaria correspondiente para que luego sea agregada una copia al expediente. 2).- El prenombrado profesional (perito) de aceptar la designación comparecerá a posesionarse el día VIERNES 28 DE JULIO DE 2023 A LAS 09H00 EN LAS SALA NRO. 5; a quien además se le recuerda su obligación de asistir a la audiencia oral que se convoque, conforme lo previsto en el Art. 345 del COGEP.- 3).- Una vez cumplido el acto de citación por la prensa y fenecido el término de 20 días contados desde la fecha de la última publicación, se señalará día y hora de la diligencia de alistamiento, con la intervención de la perito designada y los interesados, conforme a lo previsto en el Art. 341 y 342 del COGEP.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- LOJÁN ARMIJOS YHELENNA ANGELICA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL(PONENTE)

Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 23 de junio de 2023.

VIERNES 07 DE JULIO DE 2023 La Hora, LOJA, ECUADOR C3
Dra.

“Art. 99.- Determinación de las medidas de reparación integral. - En el caso en que el Pleno de la Corte Constitucional dicte nuevas medidas de reparación integral, estas deberán contener la siguiente información:

1. Determinación de la persona beneficiaria de la medida de reparación integral.

2. Determinación del sujeto o sujetos obligados al cumplimiento.

3. Descripción detallada de la medida de reparación.

4. Forma en la que el sujeto obligado debe ejecutar la medida de reparación integral.

5. Determinación de un plazo razonable dentro del cual se deberá ejecuta r la medida de reparación.

6. Determinación de un plazo razonable dentro del cual el sujeto obligado deberá informar al Pleno de la Corte Constitucional acerca de la ejecución integral de la medida de reparación.”

En relación a este último artículo, tenemos que a más de las reparaciones contenidas en el Art. 98 de la Codificación del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, estas reparaciones no constituyen una guía esencial y que deba de aplicarse como regla general a todos los procesos, es decir no son una camisa de fuerza que el juez este obligado a cumplir, o que en su defecto no pueda considerar otras más para el contexto de reparación, ya que la Corte Constitucional ha señalado mediante su sentencia N.˚ 146-14-SEP-CC que:

“[…]los jueces constitucionales se encuentran en la obligación de ser creativos al momento de determinar las medidas de reparación integral que dentro de cada caso puesto a su conocimiento deban ser establecidas, a fin de que la garantía jurisdiccional sea efectiva y cumpla su objetivo constitucional, evitando vincular únicamente a la reparación integral con una reparación reducida a lo económico, ya que su naturaleza es distinta. Por esta razón, dicha determinación deberá ser proporcional y racional con relación a la función del tipo de violación, las circunstancias del caso, las consecuencias de los hechos y la afectación del proyecto de vida de la persona.”

En definitiva, es esta reparación integral que devolverá consigo no solo el goce de los derechos que hayan sido vulnerados, sino que también traerán consigo una serie de consecuencias jurídicas favorables, ya que al sentarse

jurisprudencia sobre un caso, esto conllevara a que los jueces puedan adoptar el mismo para la resolución de casos análogos, indistintamente de las medidas de reparación integral adoptadas pues como hemos observado las mismas serán consideradas de manera diversas y estará a discreción del juez y de su creatividad adoptar otras medidas de reparación a más de las contempladas en la norma.

Conclusiones:

Las acciones jurisdiccionales dan lugar a que los derechos que hayan sido vulnerados sean considerados como tal, dando lugar a su vez a nuevas formas de proteger dichos derechos y como consecuencia de ello a establecer medidas de reparación integral que sean eficaces y eficientes que eviten que ese bien jurídico protegido por el estado sea nuevamente lesionado o afectado.

Es la reparación integral el modus más eficiente y necesario para en la medida de lo posible buscar que el derecho que haya sido afectado vuelva a su estado natural, dando lugar a que este ya no sea nuevamente afectado, y evitando así que otros derechos se sigan lesionando como consecuencia de la afectación del primero.

La Revista Judicial considera muy bien tratado el tema anterior pero quiere dejar constancia de la mala práctica que está adoptando la actual Corte Constitucional, cuando la reparación integral la limita simplemente a la expedición de la Sentencia correspondiente y si bien no es conveniente establecer siempre indemnizaciones de carácter pecuniarios si es indispensable que expida sanciones y suspensión de derecho políticos a Magistrados, Jueces y mas autoridades que hayan cometido actos y resoluciones violatorios de los derechos constitucionales en contra de los ciudadanos. No puede seguir un sistema de impunidades para quienes hacen del abuso una práctica.

1.El artículo 63.1 de la CADH dispone que “cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados. Dispondrá, asimismo, si ello fuera procedente, que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada”.

2.La Corte IDH reconoce daños inmateriales tales como los daños psicológicos, morales, al proyecto de vida, colectivos y daños materiales como el daño emergente, perjuicio y patrimonio familia.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL

Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante HECTOR MANUEL RAMÓN LEÓN; y a los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos señores EFRÉN SAMANIEGO RAMÓN LEÓN, EDMUNDO WILSON RAMÓN LEÓN y LUIS ANTONIO ARMIJOS ARMIJOS, que en extracto es como sigue:

ACTOR: OLGA MARÍA LEÓN Y OTROS

DEMANDADOS:

OBJETO: Inventario de bienes sucesorios.

TRAMITE: Voluntario

CUANTÍA: Indeterminada

JUICIO: Nro. 11313-2023-00126

JUEZ: Dr. Diego Fabricio Tixi Torres

AUTO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SARAGURO, PROVINCIA DE LOJA.- Saraguro, jueves 4 de mayo del 2023, a las 14h37. Vistos: Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Saraguro, por haber correspondido al suscrito por sorteo de ley. Calificación: En lo principal, por cumplir con las exigencias señaladas en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se considera que la demanda de inventarios que antecede propuesta por OLGA MARÍA LEÓN, MANUEL OCTAVIO RAMÓN LEÓN, IVÁN REYLOVA RAMÓN LEÓN, GLADYS BEATRIZ RAMÓN LEÓN, y en calidad de herederos conocidos por el señor EFRÉN SAMANIEGO RAMÓN LEÓN los señores JOHANNA DEL CARMEN RAMÓN CALVA y los herederos conocidos de EDMUNDO WILSON RAMÓN LEÓN los señores JHOFFER FERNANDO RAMÓN VILLAVICENCIO, CRISTIAN GEOVANNY RAMÓN VILLAVICENCIO y JEANNETH ALEXANDRA RAMÓN VILLAVICENCIO, es clara y completa, por lo que se la califica y se la admite al trámite del PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO establecido en el Art. 335 del indicado Cuerpo de Leyes; por lo tanto se declara abierta la sucesión intestada de los bienes hereditarios de quien en vida se llamó HECTOR MANUEL RAMÓN LEÓN, bienes de los cuales se formará el correspondiente inventario y avalúo de los mismos, a través del perito o peritos que resulten nombrados para el efecto conforme lo dispone el art 341 del COGEP. Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes. Cuéntese también con LUIS ANTONIO ARMIJOS ARMIJOS y que por su fallecimiento se cuente con su cónyuge ESPERANZA MÉLIDA GONZÁLEZ PINEDA, DORIS DEL CARMEN ARMIJOS GONZÁLEZ, LAURA MARÍA ARMIJOS GONZÁLEZ, LUIS ABRAHAN ARMIJOS GONZÁLEZ y PEDRO ORLANDO ARMIJOS GONZÁLEZ. Como también cuéntese con los herederos presuntos y desconocidos del causante HECTOR MANUEL RAMÓN LEÓN y de los señores fallecidos de nombres EFREN SAMANIEGO RAMON LEON, EDMUNDO WILSON RAMON LEON y LUIS ANTONIO ARMIJOS ARMIJOS, así como también con el señor Alcalde del cantón Saraguro, como también con el procurador síndico del mencionado GAD Municipal y con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja. Citación: a) A los herederos presuntos y desconocidos del causante HECTOR MANUEL RAMÓN LEÓN, y a los herederos presuntos y desconocidos de los señores EFREN SAMANIEGO RAMÓN LEÓN, EDMUNDO WILSON RAMÓN LEÓN y LUIS ANTONIO ARMIJOS ARMIJOS y posibles interesados en la pretensión de esta demanda se dispone citarlos a través de publicaciones que se efectuarán en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, por no contar con este medio en esta ciudad, en la forma prevista en el Art. 56 del COGEP; b) A los demandados ESPERANZA MELIDA GONZÁLEZ PINEDA, DORIS DEL CARMEN ARMIJOS GONZÁLEZ, LAURA MARÍA ARMIJOS GONZÁLEZ, LUIS ABRAHAN ARMIJOS GONZÁLEZ y PEDRO ORLANDO ARMIJOS GONZÁLEZ se los citará en la dirección establecida en la demanda por intermedio de deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja; c) Al señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Saraguro, se los citará en las direcciones del GAD Municipal, por intermedio del funcionario de citaciones de esta unidad judicial; d) Al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, será citado mediante deprecatorio a enviarse a uno de los señores Jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Loja, ofreciéndole reciprocidad en casos similares, en las direcciones de dicha entidad. Oposición: A todos los demandados y a quienes se les ha ordenado citar se les previene la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta unidad judicial para sus notificaciones. Se tendrá en cuenta para realizar la oposición respectiva conforme lo previsto en la misma norma legal indicada, artículo 336 y 346 COGEP. Anuncio de prueba: Téngase en cuenta la prueba que anuncian los accionantes para la audiencia respectiva. Procurador común: Se nombra como procuradora común a la señora GLADYS BEATRIZ RAMÓN LEÓN, conforme lo dispone el artículo 37 del COGEP. Notificaciones: Tómese en cuenta también el domicilio judicial que señalan para recibir notificaciones, y la autorización que confiere a su defensor. Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados. Cítese y Notifíquese. Particular que dejo constancia para los fines legales consiguientes. Saraguro, 26 de junio del 2023.

VIERNES 07 DE JULIO DE 2023 La Hora, LOJA, ECUADOR C4

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN YANTZAZA

CITACIÓN JUDICIAL

CITACIÓN: Con el contenido en autos y demás constancias procesales a los demandados EDISON PAUL GUALAN AGUILAR, MARIA DONICIA

AGUILAR ANDRADE y HENRY ADRIAN RAMON MOROCHO.

OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO

ACTOR : COOP. SARAGUROS

DEMANDADO : EDISON PAUL GUALAN AGUILAR Y OTROS

CUANTÍA :

NRO. DEL JUICIO : 19331-2022-00658

JUEZ : AB. LENIN RIOFRIO MANTILLA

AUTO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE YANTZAZA

Yantzaza, lunes 14 de noviembre del 2022, las 17h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentada por ANA MERCEDES QUIZHPE ANDRADE, Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito SARAGUROS SARACOOP” Ltda., en contra de AGUILAR ANDRADE MARIA DONICIA, en calidad de deudora principal y GUALAN AGUILAR EDISON PAUL y

RAMON MOROCHO HENRY ADRIAN, en calidad de deudores solidarios, es clara, y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en PAGARÉ A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se dispone la citación de los demandados AGUILAR ANDRADE MARIA

DONICIA, GUALAN AGUILAR EDISON PAUL y RAMON MOROCHO HENRY ADRIAN, en el domicilio señalado en la demanda, en la forma que señalan los Arts. 53 y 63 del Código Orgánico General de Procesos, para la CITACIÓN Se COMISIONA al Teniente Político de la parroquia Chicaña. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 4, numeral 4.2 de la Resolución Nro. 061-2020 de fecha 10 de junio del 2020, a través de la cual el Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió: EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE CITACIONES JUDICIALES, se dispone que la parte accionante en el término de tres días, obtenga tres ejemplares, para la elaboración de las boletas de citaciones. “Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días, deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al “formulario de entrega de copias para citación. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el correo electrónico señalado. Actué la Dra. Salomé Quizhpe en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial. - NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

OTRA PROVIDENCIA.- En la continuación del trámite del proceso se dispone: PRIMERO.- Cumplido que se encuentra el reconocimiento de firma y rubrica bajo juramento por parte de la señora gerenta de la entidad accionante y realizada todas las diligencias necesarias para poder determinar el domicilio de los demandados; EDISON PAUL GUALAN

AGUILAR, MARIA DONICIA AGUILAR ANDRADE y HENRY ADRIAN RAMON MOROCHO por lo tanto, dando cumplimiento a lo determinado en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con lo ordenado en el Art. 5 de la resolución de Nro.- 07-2018 de la Corte Nacional de Justicia es procedente ordenar la citación de los demandados antes indicados por la prensa en uno de los periódicos de la ciudad de Yantzaza, con amplia circulación en la provincia, y, de igual forma por mensajes que se trasmitirán en tres fechas distintas y continuas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de esta localidad, referido mensaje contendrá un extracto de la demanda y solicitud pertinente, razón por la cual por intermedio de la actuaria del despacho confiera el extracto respectivo.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.

Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley.Yantzaza, 28 de junio del 2023.

Dra. Salomé Quizhpe Ocampo

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN YANTZAZ

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA

CITACIÓN JUDICIAL

CITO con el contenido del extracto de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a la señora MIREYA CUMANDÁ BAUTISTA VALDIVIESO, de conformidad con lo previsto en los Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es como sigue:

Actor: José Vicente Puchaicela Valdivieso

Demandado: Mireya Cumandá Bautista Valdivieso

Objeto de la demanda: Cobro de letra de cambio

Trámite de la demanda: Ejecutivo

Juicio Nro. 11333-2022-04338

Cuantía: $5.287,60

Juez: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima

AUTOS: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA.- AUTO INICIAL: Loja, lunes 19 de diciembre del 2022, a las 12h03. VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil de Loja. En lo principal, la demanda que antecede incoada por el señor JOSE VICENTE PUCHAICELA VALDIVIESO, en contra de la señora MIREYA CUMANDA BAUTISTA VALDIVIESO, la misma que por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento EJECUTIVO, que le corresponde y solicita. Por lo tanto se dispone que la demandada dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, pague la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formule la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determina los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Tómese en cuenta los medios de prueba que anuncia la parte actora en el libelo de demanda. Por lo tanto téngase en cuenta su prueba documental. 1.1. De ser admitida como prueba recíbase de parte del accionante señor José Vicente Puchaicela Valdivieso. 1.2. De la misma manera de ser admitida como prueba recíbase el testimonio de los señores Fanny Esperanza Sinche Pucha y Maribel Isabel Puchaicela Sinche testigos llamados a declarar en el día y hora señalados para la audiencia única; debiendo ser notificado de conformidad a lo dispuesto en el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos. 1.3. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a conocimiento de la demandada cuya admisibilidad será resuelta en la audiencia única. DOS: Agréguese a los autos los documentos adjuntados a la demanda. TRES: Cítese a la demandada señora Mireya Cumandá Bautista Valdivieso, con la copia de la demanda, información adicional o anexos, documentos adjuntos y el presente auto en el lugar indicado en la demanda, para lo cual se dispone deprecar al señor Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, a quien se le enviará despacho suficiente y en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. CUATRO: Se advierte a la demandada la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. CINCO: Previo a dictar la medida solicitada, la parte accionante debe adjuntar el certificado único vehicular de tránsito. SEIS: Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por el actor. Intervenga al Ab. René Fabricio Agila Guamán en calidad de Secretario Titular, mediante acción de personal No. 7437-DNTH-2015-SC, de fecha 19 de mayo de 2015.- Hágase saber. Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Loja. OTRO AUTO: Loja, lunes 9 de enero del 2023, a las 14h43. Vista la petición que antecede, se deja sin efecto lo señalado en el ordinal CINCO del auto inicial de fecha 19 de diciembre del 2022, a las 12h03, por haberse hecho constar de manera involuntaria, en lo demás el auto permacerá inalterable.Hágase saber.-Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Loja; OTRO AUTO: Loja, martes 6 de junio del 2023, a las 16h48. Atento a las observaciones presentada por la parte accionante en la petición que antecede y toda vez que el accionante ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto de fecha viernes 19 de mayo del 2023, a las 16h06, se dispone:

1) Citar a la demandada señora MIREYA CUMANDÁ BAUTISTA VALDIVIESO conforme lo determina el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos por un medio de un periódico de amplia circulación del cantón Cuenca, provincia del Azuay, toda vez que se ha justificado que este es el último domicilio en el cual la accionada ha hecho constar como asiento principal de sus negocios, para el efecto, por medio de Secretaría de la Unidad Judicial confiérase un nuevo extracto; 2) No se atiende la solicitud de oficio que se hace constar en la parte final del escrito que se despacha, en virtud de lo ordenado en el auto de fecha 09 de enero del 2023, a las 14h43.- Hágase saber.- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Loja.

Loja, 16 de junio del 2023.

AGILA GUAMÁN RENÉ FABRICIO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL
VIERNES 07 DE JULIO DE 2023 La Hora, LOJA, ECUADOR C5

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.