Inició la romería de la Virgen del Cisne con miles de caminantes
JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2023 Loja - Zamora lojalahora @ lojalahora
CIUDAD La imagen de la Virgen del Cisne inició su peregrinaje desde el Santuario de El Cisne hacia la ciudad de Loja, bajo resguardo policial y con la presencia de autoridades en un emotivo evento que reúne a miles de feligreses ansiosos por expresar su devoción. 4 Humberto Tapia, un nuevo rostro a la Asamblea 3 CIUDAD Avances en rehabilitación de puentes en el IV Eje Vial 9 El Gobierno de Lasso Explotará el ITT pese a consulta 12 ECONOMÍA
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net
¿Y si hablamos de educación?
Unade las falencias, entre varias, que tuvo el debate presidencial de primera vuelta, en el que participaron los 7 candidatos, ya que el reemplazo de Fernando Villavicencio no tuvo todavía la posibilidad de hacerlo, fue la nula o muy escasa referencia a los temas relacionados con la educación.
Por ello mi propuesta de que, en este segundo tiempo, es decir hasta la segunda vuelta en las elecciones presidenciales, se hable de educación, se la tenga como uno de los ejes fundamentales del debate de los candidatos finalistas y también del debate público, a nivel de los medios de comunicación, de las redes sociales, de las entrevistas.
Hablar de educación puede ser refrescante y también muy útil para el país, porque ya es conocido que de la calidad de educación que tengamos, depende el futuro de las personas y de los pueblos.
En este sentido, habría que preguntarles a los candidatos ¿cuál es su visión respecto del tema de la educación, se tomará en cuenta el tema de valores? ¿Habrá énfasis en la educación técnica? ¿Cuál será la relación Estado y universidades? En fin, hay infinidad de preguntas que deberían hacerles a los candidatos en referencia a la educación que debe impartirse en el país.
Vale la pena también reflexionar que
la educación está también estrechamente ligada con otros temas como salud, empleo, ambiente, porque siempre habrá que pensar en educación para la salud, educación como mecanismo para acceder y mejorar la calidad del empleo, educación ambiental, entre otras.
Solo recordar que en Fidal se hace la parte correspondiente, al premiar y estimular a los maestros a través del Concurso Nacional e Iberoamericano de Excelencia Educativa, la premiación de la XV edición será este 24 de agosto, a las seis de la tarde, en el Palacio de Cristal, en la ciudad de Guayaquil, en un evento al que todos están invitados.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com
Ceder ante el miedo
Todostenemos una personalidad, por muy compleja y confusa que ésta sea. Sus expresiones, la combinación de tendencias, creencias, modo de pensar y de cómo comportarse en la sociedad, demuestran claramente
EDITORIAL
Nueve meses después, el reglamento a la Ley de Comunicación
Esabsurdo regular a la prensa solo cuando esta deja de servir a la agenda distractora del Gobierno. La receta se repite: un misterioso tuit, seguido de una masiva cobertura de los ‘nuevos’ medios construidos sobre los escombros de los tradicionales en los que nuestra democracia se asentó en el pasado. A ello, le sigue una reacción gubernamental, seguida de supuestas medidas, que concluye con la cobertura de aquellos mismos medios temerarios y descorteses. ‘Linchamiento mediático’ osaron llamarlo, cuando se aplicaba en su contra.
Más que una conspiración, es una cortina de ruido, producto de la prisa y la codicia, que no deja que la ciudadanía se concentre en lo importante.
Los vicios de la comunicación no se remedian con controles burocráticos, imposibles de implementar equitativamente con la tecnología de hoy; esa receta ya se aplicó, destruyó el orden, el respeto y la decencia, y
¿Inversiones?
arrasó con medios de comunicación y periodistas.
Es un error concentrarse en problemas de percepciones, como el complejo de persecución y de víctimas de muchos funcionarios públicos. El nuevo reglamento a la Ley de Comunicación
cumple con imaginarse el tan ofrecido Mecanismo de Protección a Periodistas, pero infla la burocracia de control de manera irresponsable y ambigua.
Proteger al periodista y su oficio se logra sólo con funcionarios que han seguimiento de amenazas que no se explican ni definen; se requiere fortalecer el ecosistema de medios, facilitando su operación y supervivencia -material, legal y financiera- para que sean estos los que asistan en la formación y protección de sus equipos.
Desde la efímera comodidad del poder, olvidaron los abusos que se cometen desde los medios públicos y la forma arbitraria y conveniente de manejar la publicidad oficial.
que se trata de una combinación de todos los procesos mentales sofisticados y avanzados para los que los seres humanos parecemos estar capacitados.
Detenerse sin motivo, no saber qué hacer, qué decir ni a donde ir, es de gente temerosa, insegura, que nunca se ha preparado para ejercer una función ni resolver problemas. Una persona que no está dispuesta para enfrentar dificultades o asumir responsabilidades es un ser audaz e irresponsable que no merece la confianza de nadie, es gente
que no hace ningún esfuerzo por desarrollar su pensamiento y que tampoco encuentra motivos para razonar o producir ideas; el éxito les llega por palanqueo o medios ilegítimos, por lo que son seres insignificantes.
La diferencia entre un triunfador y un mediocre está en lo que cada uno piensa de sí mismo. No todas las decisiones que tomamos son las más adecuadas o acertadas; si algo falló, habrá que repetirlo e intentarlo nuevamente, nadie puede darse por vencido.
Si alguien se detiene, abandona la lucha y acepta la derrota es porque la apatía obnubila su pensamiento, es mediocre o tiene miedo al fracaso. Hay gente que nunca arriesga nada en la vida por su bienestar, el de su familia o su país. Se trata de gente que piensa que no vale nada y se acostumbraron a que les den pensando y resolviendo sus problemas. No entienden lo que es honor, dignidad y libertad puesto que llevan consigo el síndrome del miedo al fracaso. Son conformistas, solo esperan ayuda,
Sorpresas.
En Quito promueven inversiones por casi $2.000 millones para ejecutar proyectos en movilidad, del Metro, medio ambiente, desarrollo urbano, producción turística; anuncian que “existen empresarios interesados en hacerlo”. El Gobierno debe estar inquieto porque su promoción, en foros nacionales e internacionales, de su portafolio de proyectos, por más de $30.000 millones, tuvo reacciones leves, esencialmente por inseguridad jurídica y tenso ambiente político en Ecuador. Sorprende que los promotores de los $2.000 millones sean los mismos desafectos a la inversión privada, “sustentada” entre 2007 y 2017, enfatizada en su Plan Nacional de Desarrollo 2007-2010, en cuyo Objetivo 11: Establecer un sistema económico solidario y sostenible, omitieron “inversiones” en las 27 políticas establecidas.
Los nuevos promotores sustentan que “sin trabajo no hay capital”, pese a que el trabajo y el capital son íntimos, no existe el uno sin el otro. Si un pequeño productor agrícola no invierte ni trabaja no tiene rendimientos, igual ocurre con el abacero.
Empero, la promoción, hecha pública, se espera concretar en 2024; se desconoce el marco legal de negociación y operación que proponen; ¿mixta (pública y privada), de concesión? Es un enigma.
En el mencionado Plan, la ‘revolución ciudadana’ aludió que para “propiciar el empleo emergente y dinamizar la economía” potenciarían a “pequeños productores locales, pequeños emprendimientos, compras estatales, fortalecimiento y creación de microempresas locales”, “mi primer trabajo”.
Por ello, la “iniciativa municipal” causa sorpresa. Induce a pensar que a estas alturas se habrían producido mutaciones profundas en sus enraizadas concepciones de desarrollo y generación de bienestar humano.
Surgen inquietudes sobre la eventual promoción y participación de personas naturales y jurídicas. ¿Cuál será el marco jurídico?, ¿quiénes serán los contratistas? Por ahora, el contrato sobre el Metro sugiere respuestas.
dádivas, regalos; les gusta el esfuerzo ajeno, el relajo y la mentira.
El temor al fracaso les inmoviliza y conduce a la inacción, son presa fácil de charlatanes y mentirosos, son proclives a la corrupción porque su autoestima está en el suelo.
La personalidad es el patrón de pensamientos, sentimientos y comportamientos que distingue a una persona de otra y que persiste a lo largo del tiempo y de situaciones diversas. Quienes nunca hacen nada para superar sus deficiencias son irresponsables e inconscientes.
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de
Derechos Humanos,
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editora Regional: Mishelle Calva Jiménez Publicidad: loja@lahora.com.ec Año: XXVIII Los
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los
el Estado de Derecho y la Democracia.
escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
WELLINGTON TOAPANTA Columnista invitado
¿Qué proyectos impulsará Humberto Tapia en la Asamblea?
El asambleísta electo, respaldado por el movimiento Construye, trabajará en proyectos clave como ‘Construye un Ecuador Seguro’ y la revisión del Código Orgánico de Salud.
Tras las Elecciones Anticipadas 2023, Humberto Tapia, quien logró convertirse en Asambleísta por la provincia de Loja, bajo el respaldo del movimiento Construye, ha dejado claro que su llegada a la arena política no será pasiva.
Agradecido por el respaldo en las urnas, a pesar de su perfil ajeno al mundo político, Tapia se lanza a una nueva etapa con un plan que promete impulsar proyectos y cambios en diversos frentes.
“A pesar de que soy una persona que no pertenezco al mundo político, manifiesto mi agradecimiento a todo Loja por honrarme con esta designación. Valoro el esfuerzo del equipo de trabajo para lograr llegar a la ciudadanía con las propuestas, mi compromiso de devolver esa confianza recibida”, señaló.
El tiempo, según Tapia, es un recurso valioso que debe ser aprovechado al máximo, por ende, enfatiza
Humberto Tapia logró la segunda curul para representar a Loja con el 19,86%, equivalente a 51.834.
que 570 días serán suficientes para sentar las bases de nuevos proyectos y reformas , siempre y cuando haya la voluntad política necesaria tanto en el nuevo ejecutivo como en el resto de legisladores.
Proyectos
Uno de los puntos principales en su agenda es el programa ‘Construye un Ecuador Seguro’, una iniciativa liderada por Fernando Villavicencio (+) que abarca la seguridad ciudadana, alimentaria, sanitaria, financiera y ambiental . Aseguró que mantendrá el enfoque original de este programa, impulsándolo a tra-
vés de una agenda legislativa adecuada
“Nada se ha cambiado, todo se mantendrá como fue planteado, lo impulsaremos y respaldaremos a través de la debida agenda legislativa”, expresó.
Además, se enfocará en el rescate del Código Orgánico de Salud a nivel local, buscando mejoras sustanciales en el sistema de salud. También se propone impulsar la Ley de Seguridad en el Trabajo, la tarifa diferenciada para energías limpias y una nueva Ley de Turismo.
“No vamos a partir de cero, el tiempo alcanza, tal vez alguna se demore como la de Turismo porque vamos a construir desde la iniciativa y la participación de cada uno de los gestores”, sentenció.
La Ley de Desarrollo Fronterizo también ha sido considerada, con la finalidad de garantizar mejores resultados para varios cantones de la provincia de Loja.
Brigada de Cancillería se encuentra en Loja para legalización de documentos
Desde la Zonal 7 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana se ha coordinado, junto con la Gobernación de Loja, el desplazamiento de un equipo de funcionarios de esta entidad hacia la ciudad, con el propósito de atender la alta demanda de ciudadanos que necesitan realizar la legalización y apostillamiento de documentos para trámites de carácter académico, profesional y personal.
Servicio
Durante los días 23 y 24 de
agosto, en la Gobernación de Loja, ubicada en las calles 10 de Agosto entre Bolívar y Bernardo Valdivieso, se brindan brindando diferentes servicios como legalizaciones y apostillas, así mismo, explicarán a la ciudadanía los servicios que ofrece la Cancillería.
Atención
El equipo periodístico de LA HORA acudió hasta esta dependencia donde se observó gran concurrencia de personas realizando estos trámites. La atención se desa-
rrolla con total normalidad. Así mismo, los funcionarios explicaron que no estaban autorizados para brindar declaraciones.
Ciudadanía
Carlos Estrella, estudiante universitario, aprovechó el servicio para realizar un apostillamiento de su título de tercer nivel. “Nos atendieron rápido, ya tengo listo mi trámite para presentarme en la universidad de España, donde voy a realizar mis estudios de cuarto nivel”, recalcó. Delfín Villarreal, comen-
Apoyo
En su compromiso con los sectores vulnerables, Tapia resalta que a través del Código de Salud se buscarán mejores condiciones para personas con enfermedades catastróficas. Además, se impulsarán clínicas de rehabilitación y programas de salud mental La equidad de género y la lucha contra la violencia hacia las mujeres también ocupan un lugar fundamental en su agenda.
“Será clave el apoyo ciudadano para que nos hagan sus propuestas para construir leyes eficientes para el país”, destacó.
Segunda vuelta
En cuanto a la segunda vuelta electoral, explicó la importancia de la acción inmediata por parte de los candidatos. La demora o la falta de voluntad para abordar temas clave podría resultar en un rechazo ciudadano. Tapia también adelanta que su movimiento evaluará detenidamente las propuestas de los candidatos presidenciales Luisa González y Daniel Noboa para determinar si brindarán su respaldo a alguna de las candidaturas en los próximos días.
ta que es importante contar con una oficina en Loja para atender las altas demandas ciudadanas que buscan estos servicios. “Espero que las autoridades nacionales cumplan el ofrecimiento de
algún tiempo atrás para tener nuevamente una oficina en la ciudad, ya que no es viable viajar hasta a Machala o a otras provincias únicamente por estos trámites”, señaló.
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EL
DATO
GESTIÓN. Humberto Tapia, asambleísta electo por Loja, asegura su enfoque en la acción y la transformación para marcar una diferencia en un corto período de tiempo.
TRÁMITE. Brigada móvil se encuentra en Loja para legalización y apostillamiento de documentos.
UNL posesionó a su Rector y Vicerrectora
La Universidad Nacional de Loja posesionó al rector y vicerrectora que estarán al frente de la institución durante el periodo 2023 – 2028.
En un acto solemne que congregó a la comunidad universitaria en el Teatro Nacional Benjamín Carrión Mora, la Universidad Nacional de Loja (UNL) dio la bienvenida a sus nuevas autoridades. Nikolay Aguirre, quien recibió el respaldo unánime de la comunidad, fue reelecto para liderar la institución en un segundo periodo como rector. A su lado, asume el cargo de vicerrectora Académica Elvia Zhapa , formando un equipo que buscará fortalecer la excelencia y el desarrollo de la alma mater.
Acto
El evento, que contó con la presencia de personal administrativo, docentes, estudiantes, trabajadores y miembros de la comunidad, marcó el acto público de las autoridades universitarias recién elegidas en el proceso electoral interno que tuvo lugar el pasado 2 de junio Yovany Salazar, decano de
la Facultad de Educación, el Arte y la Comunicación, realizó el discurso de bienvenida, donde resaltó la importancia de seguir trabajando para mejorar la oferta formativa en diversos niveles y modalidades.
“Debemos consolidar la oferta y trabajar en la implementación del nivel técnico tecnológico de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. Así mismo, debemos trabajar en ampliar la oferta de nuevos programas de maestría, así mismo buscar acuerdos con universidades internacionales para implementación de programas de doctorado y nuevas maestrías en el campo del Derecho, Educación, Ciencias Biológicas, entre otras”, destacó.
Agregó que, es importante trabajar en potenciar la investigación institucional en diferentes áreas del conocimiento, mejorar la infraestructura y recuperar espa-
Romería de la Virgen del Cisne empieza con
de sus feligreses
La tradicional romería en honor a la Virgen del Cisne comenzó con una emotiva misa en el Santario de El Cisne la mañana del 23 de agosto de 2023. La icónica Imagen de la Virgen emprendió su peregrinaje desde este emblemático lugar hacia la ciudad de Loja, en un evento que reúne a miles de feligreses deseo-
devoción
sos de expresar su devoción.
Primer Tramo
Monseñor Walter Heras realizó la entrega del Decreto al coronel Manuel Gómez, comandante de la Subzona N°11 Loja, y al coronel Edgar Campoverde, jefe del Distrito Loja, para el cuidado y protección de la ‘Churonita ’ durante
cios como el Teatro Bolívar.
Embestidura
Natasha Samaniego, integrante del Órgano Académico Superior (OCAS) efectúo la investidura a las nuevas autoridades de la UNL, indicó que la confianza de la comunidad universitaria deberá ser ratificada con trabajo y decisiones que lleven al desarrollo de la institución.
“Con la colocación de las insignias al rector y a la vicerrectora, permítanme expresar mis mejores deseos para que este nuevo periodo de trabajo, quede inscrito en la historia y en la vida académica de nuestro tiempo”, puntualizó.
Juramento
Karla Cueva, en calidad de presidenta de la Federación de Estudiantes Universitarios (FEUE), filial Loja, realizó la toma de juramento a
todo el trayecto de romería. Bajo un fuerte contingente policial y en presencia de autoridades parroquiales, provinciales, cantonales, así como el acompañamiento de miles de romeriantes, la ‘patrona de los lojanos’ salió desde El Cisne hacia San Pedro de la Bendita.
Eucaristía
La Imagen arribó a la Hacienda La Bendita, aproximadamente a las 11:30, donde el Presbítero Eduardo Delgado, párroco de la parroquia San Pedro de la Bendita, celebró la misa para los
las autoridades que estarán al frente de la Universidad Nacional de Loja por el periodo 2023 – 2028.
“En representación de los casi 15 mil alumnos que nos formamos en la UNL, realizo esta toma de juramento. Señores: rector y vicerrectora académica, prometen defender el estudio superior, como las directrices y reglamentos de nuestra alma máter, así mismo, cumplir fielmente con sus cargos encomendados durante este nuevo periodo de funciones”, expresó.
Seguidamente, las autoridades contestaron a la toma de juramento, donde asumen el compromiso de llevar a la universidad por el camino de la excelencia, desarrollo, progreso y mejora académica.
Discurso
Nikolay Aguirre, rector reelecto de la Universidad
Nacional de Loja, expresó que el compromiso no es únicamente con la comunidad universitaria, también lo es con la provincia, ya que la UNL representa el presente y futuro de Loja.
“Hemos avanzado mucho en nuestro primer periodo, hoy asumimos otro quinquenio donde se nos presentará nuevas oportunidades y desafíos para convertir a la universidad en un orgullo de todos los lojanos”, manifestó.
Agregó que el propósito no es quedarse con 47 carreras, sino implementar nuevas como Arquitectura Sostenible, Biotecnología y otras más, para incrementar el número de cupos y generar plazas de trabajo en corto tiempo. “Nuestros retos serán construir una nueva Unidad Académica y la creación de la Facultad de las Artes”, subrayó.
fieles que vienen acompañando a la Generalísima.
La llegada de la Virgen del Cisne al parque central de la parroquia de San Pedro, fue aproximadamente a las 14:30, donde descansó para
continuar con su travesía hacia el cantón Catamayo el 24 de agosto
El cierre de vías para este segundo tramo se realizará desde las 04:00 hasta las 14:30.
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CEREMONIA. Nikolay Aguirre y Elvia Zhapa fueron posesionados como rector y vicerrectora para el periodo 2023 – 2028.
ROMERÍA. Virgen del Cisne inició su peregrinaje hacia Loja.
3.525 infantes y mujeres gestantes son parte ‘Creciendo con Nuestros Hijos’
En una iniciativa que busca fortalecer el bienestar de las futuras generaciones, el programa ‘Creciendo con Nuestros Hijos’ (CNH) del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) está marcando una diferencia significativa en la vida de 3.525 niñas, niños y mujeres gestantes pertenecientes a siete cantones del Ecuador.
Los cantones Calvas, Gonzanamá, Sozoranga, Quilanga, Espíndola, Macará y Zapotillo conforman el distrito Calvas, donde este programa ha encontrado un terreno fértil para florecer.
La directora del MIES distrito Calvas, Jenny Aguinsaca, compartió que este servicio se está implementando de manera directa, a través de consejerías familiares individuales y grupales. Los beneficiarios de este programa son niñas y niños en la etapa crítica de 0 a 36 meses, así como mujeres gestantes, quienes reciben orientación y apoyo para un comienzo saludable en la vida.
Pamela Quilumba Panamito, residente del barrio 4 de Noviembre en el cantón Zapotillo y en su cuarto mes de gestación, compartió su experiencia con entusiasmo. Ella señaló cómo la modalidad CNH la ha ayudado a crecer y adquirir nuevos conocimientos en preparación para la llegada de su bebé.
El MIES proporciona servicios de desarrollo infantil a través del programa CNH en el distrito Calvas, beneficiando a miles de familias en distintos cantones.
también habló sobre los impactantes resultados del programa. Laura notó cómo su hija ha desarrollado habilidades de manera más efectiva gracias a las consejerías y al enfoque del programa CNH.
“A diferencia de mis hijos anteriores que no accedieron a este servicio, veo que ella interactúa más y ha desarrollado mejor sus destrezas”, compartió Laura. Marleny Castillo, educadora familiar, describió el proceso de planificación que precede a las actividades dirigidas a las niñas, niños y mujeres gestantes que forman parte del programa. Esta planificación se traduce en visitas semanales a las familias participantes, con el objetivo de brindar un seguimiento continuo al desarrollo infantil y asegurarse de que cada paso en el camino esté siendo atendido.
“Estamos ansiosos por conocerlo”, expresó Pamela, reflejando la anticipación y
Avanzan trabajos en vía
Sauces Norte – Jimbilla
En el marco del proyecto de asfaltado de la vía Sauces Norte – Jimbilla, que abarca una extensión de 17.28 kilómetros en el cantón Loja, la Prefectura de la provincia ha confirmado que los trabajos avanzan de acuerdo con el plan establecido. La ejecución de este proyecto, importante para la conectividad y desarrollo de la región, está a cargo del Consorcio SaucesJimbilla.
Carlos Espinoza, direc -
tor de Vías Asfaltadas de la Prefectura, informó sobre el progreso significativo que ha tenido el proyecto hasta la fecha. Se han llevado a cabo diversas tareas esenciales para la adecuada preparación del terreno, incluyendo desbroces, remoción de tubería de ármico, demolición de hormigones, excavaciones, transporte de materiales, relleno de estructuras y otros procesos f undamentales.
la emoción que rodea este momento trascendental. Otra beneficiaria, Laura
Un aspecto crucial del desarrollo de este proyecto ha sido la interacción con la comunidad local. Espinoza destacó que se han llevado a cabo socializaciones y charlas para coordinar con la población los horarios en los que se realizarán interrupciones en el tráfico. Esto es vital para garantizar la seguridad de peatones y transportistas, así como para cumplir con el cronograma y asegurar el progreso constante de la obra.
Cronograma de circulación Para minimizar las molestias ocasionadas por las inte-
Loor Zamora, madre de Luciana Cuenca, quien tiene 2 años y 5 meses de edad,
rrupciones en la circulación vehicular, se han establecido cronogramas específicos. Por ejemplo, se ha anunciado que, del 21 al 27 de agosto, habrá restricciones para vehículos pesados en horarios específicos: de 10:30 a 11:00 y de 12:40 a 13:40, así como de 18:00 a 07:00 del día siguiente. Durante estos horarios, la circulación estará permitida solo para vehículos livianos bajo control.
La Prefectura hace un llamado a los usuarios de la vía para que comprendan la necesidad de estas medidas temporales y las posibles molestias que puedan causar.
En total, más de 4.000 niñas y niños en el distrito Calvas se benefician de los servicios de desarrollo infantil del MIES, a través de las modalidades CNH y Centros de Desarrollo Infantil. Esta inversión en el futuro de la comunidad demuestra cómo el compromiso con el bienestar de las nuevas generaciones puede marcar una diferencia real y duradera en el desarrollo del país.
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PROGRAMA. La iniciativa busca asegurar un comienzo saludable en la vida de los más jóvenes y fortalecer a las familias de la región.
VIALIDAD. Los trabajos de asfaltado en la vía Sauces Norte – Jimbilla avanzan de acuerdo al cronograma, con la coordinación.
Docente UTPL obtuvo el primer lugar en la Feria de Innovación Sinergia III
Edwin Duque Yaguache, docente de la carrera de Ingeniería Civil de la UTPL, destacó en el certamen organizado por la Escuela Politécnica Nacional.
Edwin Duque Yaguache, docente de la carrera de Ingeniería Civil de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL), obtuvo el primer lugar en la Feria de Innovación Sinergia III, organizada por la Escuela Politécnica Nacional. El catedrático presentó un dispositivo único en su tipo, concebido en el Laboratorio de Estructuras de la UTPL, que forma parte del Parque Científico y Tecnológico, como resultado de la propuesta planteada por Pamela Romero Maldonado y Henrry Rojas Asuero, UTPL Alumni de la carrera de Ingeniería Civil.
El 22 de noviembre de 2021, se presentó la solicitud de patente ante el SENADI. Luego de una evaluación por parte de especialistas y un análisis técnico, la propuesta fue aprobada. Este ingenioso
dispositivo permite la generación de energía eléctrica a partir del tráfico vehicular en puentes y carreteras. Según explicó Duque, este novedoso artefacto transforma la energía cinética (asociada a los cuerpos en movimiento) del tráfico vehicular en electricidad.
“Este dispositivo funciona mediante un sistema de cremallera-piñón que se activa con la fuerza de los vehículos al transitar por una superficie determinada. Dicho mecanismo provoca rotación e impulsa un generador eléctrico. Su versatilidad permite adaptarlo en cualquier entorno vehicular, por lo que es perfecto para alimentar sistemas de iluminación, semáforos y señales, especialmente en zonas remotas sin acceso a la red eléctrica”, señaló Duque.
El docente universitario indicó que esta propuesta se presenta como una alternativa energética segura, sostenible y autosuficiente. En la actualidad, existen diversos mecanismos hidráulicos que utilizan este principio; sin embargo, el factor que diferencia al invento de Duque se centra en la capacidad para centralizar y generar energía de manera estable, sin depender de otros factores como la luz del sol o la intensidad del viento.
Entre las principales ventajas de este invento, el docente destaca algunos aspectos:
° Eficiencia energética: aprovecha al máximo la energía producida por los vehículos durante el tráfico.
° Diseño versátil: su estructura de fácil construcción y mantenimiento permite el uso de diversos materiales, por lo que se ajusta a diversas necesidades.
° Portabilidad: su tamaño reducido facilita su traslado e instalación en diferentes lugares. Además, no inter -
fiere con el tráfico y garantiza la seguridad de los conductores al no representar un obstáculo.
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La Jefatura de Investigación Antidrogas de Loja identificó, el 22 de agosto de 2023, aproximadamente a las 20:00, a un ciudadano quien se estaría dedicando al expendio de sustancias sujetas a fiscalización, para el consumo interno en el sector Esteban Godoy, perteneciente al circuito Chonta Cruz.
Durante el operativo denominado “Noche Fría”, lograron aprehender en delito flagrante al ciudadano J.G. Yaguachi Castillo, de 27 años de edad, de nacionalidad ecuatoriana y que no posee antecedentes, quien tenía en su posesión 3 teléfonos celulares y 200 dosis de una sustancia blanquecina, la misma que tras las pruebas químicas respectivas dieron positivo para cocaína.
ROMERÍA DE LA VIRGEN DE EL CISNE
Del 23 al 26 de agosto de 2023
A través de las redes sociales de:
El ciudadano fue llevado a un centro de salud para la valoración médica respectiva y luego puesto a órdenes de las autoridades competentes, mientras que las evidencias fueron entregadas en cadena de custodia, conforme al procedimiento de ley.
“Con María hacemos lo que Jesús nos dice”
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TRIUNFO. Edwin Duque Yaguache, docente de la carrera de Ingeniería Civil de la UTPL.
Detenido por posesión de sustancias sujetas a fiscalización
ACCIÓN. Detención de J.G. Yaguachi Castillo, de 27 años, por posesión de sustancias ilícitas.
Reinician los trabajos en cuatro puentes del IV Eje Vial
Las labores de construcción en el IV Eje Vial en Zamora Chinchipe retomaron su curso, enfocándose en la rehabilitación de cuatro puentes esenciales para la conectividad de la región. Los puentes Quebrada Honda, Palanda, Agua Dulce y Palanumá, situados en el tramo I del Eje Vial (Vilcabamba - Palanda - Bellavista), están siendo objeto de una inversión que supera los 5.3 millones de dólares. En esta etapa de avance, se ha completado la construcción de estribos y se ha finalizado la fabricación de
vigas para estos puentes. Los números son notables: nueve vigas para el puente Quebrada Honda, seis para el puente Palanda, cinco para Agua Dulce y seis para el puente Palanumá, este último además contemplando la edificación de cuatro pilas centrales.
Las próximas etapas se concentrarán en la construc-
ción de 10 vigas de hormigón armado específicamente para el puente Palanumá. Asimismo, se llevarán a cabo la colocación de losetas prefabricadas, la construcción y armado de la losa de hormigón, la creación de accesos viales y la instalación de la capa de rodadura de hormigón asfáltico. Un total de 80 empleos
directos y más de 150 indirectos han surgido como resultado de la construcción y rehabilitación. Además más de 200 mil habitantes esperan ser beneficiados con la mejora de la infraestructura al fortalecer la conectividad en la zona suroriental de Ecuador, así como hacia el vecino país, Perú, a través del Eje Vial Binacional.
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Puentes esenciales como Quebrada Honda, Palanda, Agua Dulce y Palanumá son objeto de inversión beneficiando a más de 200,000 habitantes en la zona suroriental de Ecuador y su conexión con Perú a través del Eje Vial Binacional.
CONSTRUCCIÓN. Los trabajos superan la inversión de 5.3 millones de dólares.
GESTIÓN. La rehabilitación de puentes en el IV Eje Vial avanza, fortaleciendo la conectividad regional y generando empleo.
municipio de loja festival de baile moderno y danza folclÓrica
El Municipio de Loja, con el auspicio de la Academia de Baile Fuego, realizaron el Festival de Baile Moderno y Danza Folclórica. Una noche donde el público pudo ver las habilidades y movimientos renovados de los estudiantes de la academia y de grupos de baile in-
El evento se realizó en el Teatro Bolívar con la participación del grupo de infantes, niños y jóvenes de la Academia de Baile Fuego.
Elenco del grupo de infantes de la academia Fuego, realizando una presentación con temática de pijamas.
Participación del elenco de jóvenes de la academia Fuego, al ritmo de música urbana.
Participación del grupo de danza folclórica Tarikapuy.
El festival también se llevó a cabo como el cierre de los cursos vacacionales que la academia ofrece a la ciudadanía.
Familiares, amigos y público en general asistieron a la noche de baile que la Academia de Baile Fuego preparó para el Festival de Baile Moderno.
Participación del elenco de baile del grupo Tropicana, al ritmo de salsa y bachata.
Presentación del grupo de baile Bluedance de Vilcabamba.
Menos empleo en América latina por el bajo crecimiento económico
El bajo crecimiento económico complica el empleo en América Latina, según la Organización de Naciones Unidas (ONU), este 22 de agosto de 2023.
Un informe de ese organismointernacional apunta a que la región no crecerá más de 1,2% en este 2023; y la situación será similar durante
2024.
Esto impactará en la disminución de los empleos formales frente a un nuevo aumento de la informalidad.
Luego de la pandemia, los sectores donde más empleo se había recuperado eran los servicios, la manufactura y la construcción. (JS)
Apagado del ITT quedará en manos del nuevo presidente
Cerrar todos los pozos y desmontar la infraestructura del ITT será una empresa costosa y larga. El actual Gobierno informó que solo dejará los estudios.
El ministro de Energía y Minas, Fernando Santos Alvite, informó que hasta el fnal del periodo presidencial de Guillermo Lasso se seguirá explotando de manera normal el bloque petrolero ITT, ubicado en la provincia amazónica de Orellana. Es decir, no se reducirá un barril de los casi 60.000 barriles diarios que actualmente se explotan ahí.
La aplicación del resultado de la consulta popular, donde más del 58% de ecuatorianos decidieron que el petróleo de ese bloque se quede indefnidamente en tierra y ya no se explote más, quedará en manos del próximo presidente.
“La situación es muy difícil, muy complicada y delicada. Nosotros haremos los estudios y daremos alternativas al nuevo Gobierno para que se tome la decisión correspondiente. Mientras el Gobierno del presidente Lasso esté en ejercicio, seguiremos operando normalmente el ITT, solo haremos los estudios para el desmantelamiento de la infraestructura y el cierre de los pozos”, puntualizó Santos Alvite.
El ministro explicó que el apagado y desmontaje de un bloque petrolero en producción es una empresa que no se ha hecho en el mundo; y no es lo mismo que apagar la luz de una habitación.
Proceso costoso y largo “Desmantelar la infraestructura requiere ser muy cuidadoso. Usted tiene que sacar la tubería de debajo de la tierra, con todo cuidado porque una pequeña ruptura produciría un derrame y un terrible daño ambiental. Es una infraestructura que produce 60.000 barriles por día. Esto es una cosa inmensa”, aseveró San-
EL DATO
Solo hasta 2025, el cierre del ITT causaría una pérdida de al menos 107.000 empleos formales, según el Banco Central.
mente Petroecuador ni siquiera tiene dinero sufciente para invertir en sus propias operaciones.
“Cerrar el ITT es una pérdida por partida triple. Se pierde ingresos petroleros, se desperdicia una inversión millonaria y se crea un gasto sin fnanciamiento. Se podría buscar deuda o tomar decisiones difíciles en temas de gasto público”, afrmó Brito.
LA HORA publicó que, solo en lo referente a cubrir la pérdida de ingresos petroleros, el actual ministro de Economía, Pablo Arosemena, ve dos opciones viables: O subir impuestos o reducir sustancialmente el subsidio a los combustibles.
tos Alvite
El ministro de Energía consideró que un año es un periodo exageradamente corto para cerrar completamente el ITT. Cálculos preliminares de Petroecuador apuntan a por lo menos 4 años de trabajos.
Por eso, Santos Alvite cree que el próximo Gobierno tendrá que hacer una consulta a
la Corte Constitucional para pedir una extensión en el plazo de 1 año.
Además, el nuevo presidente deberá buscar cómo fnanciar un desmontaje que costará al menos entre $500 y $600 millones. Esto sin tomar en cuenta los más de $250 millones por compensaciones y terminación anticipada de
Ecuador está en riesgo de caer al sótano en la calificación crediticia
° Hace menos de una semana, la calificadora de riesgos Fitch Rating había bajado la calificación crediticia del Ecuador de B- a CCC+.
Ahora, con los resultados de la consulta popular del ITT, Fitch ha anunciado que está evaluando bajar aún más la calificación ecuatoriana.
Es decir, el país podría caer a D o al sótano de las economías más riesgosas del mundo para invertir y recibir financiamiento.
Ficht concluyó que el nuevo presidente “enfrentará importantes desafíos económicos, fiscales y de liquidez externa”, debido a una Asamblea fragmentada y la consulta popular que dispone mantener el crudo bajo el subsuelo en el campo ITT del Parque Nacional Yasuní.
La situación fiscal ya cerraría 2023 con un déficit de más de $4.000 millones y 2024 se presenta e incluso más complejo y con menos ingresos para el próximo Gobierno.
ciertos contratos.
Petroecuador, al igual que el sector público en su conjunto, no tiene disponibilidad de recursos para fnanciar el cierre de una infraestructura que ha costado más de $2.000 millones y más de 10 años de trabajo poner en marcha.
Andrés Brito, ingeniero petrolero, explicó que actual-
Alternativas expuestas por los Yasunidos como electrifcar el transporte público, hacer canjes de deuda por conservación como se hizo para las Galápagos, o pedir aportes internacionales, son inviables a corto plazo, en el mejor de los casos, y generaría muchos menos ingresos de los que se necesitan. (JS)
¿Podría revertirse la decisión de no explotar el ITT?
° El ministro de Energía, Fernando Santos Alvite, explicó que, además de dejar estudios para el desmantelamiento del ITT, el actual Gobierno también trabajará en un método para poder consultar a las comunidades cercanas al proyecto si dan su consentimiento para que todo se cierre.
“Así como se pidió su consentimiento para el inicio de las operaciones petroleras en la provincia de Orellana, se tendrá que pedir el mismo consentimiento para desmantelar la infraestructura”, dijo.
Santos Alvite recordó que el no ganó con el 57% en Orellana y que los directos involucrados en la operación del ITT no están de acuerdo con dejar el petróleo en tierra. “El artículo 57 numeral 7 de la Constitución es muy claro. Quién debe decidir sobre operaciones petroleras, sobre su inicio o terminación, son los pueblos y las comunidades donde está situado el petróleo. La Corte Constitucional deberá resolver este problema”, concluyó.
ECONOMÍA 12 I LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023
AMBIENTE. Fernando Santos Alvite, considera que desmontar el ITT costará mucho tiempo y dinero.
Judicatura defiende decisión de destituir a Walter Macías
El juez Walter Macías había fijado para el 25 de agosto de 2023 la audiencia preparatoria de juicio en contra de Maribel Barreno y Juan José Morillo, vocales del Consejo de la Judicatura (CJ).
EL DATO
El Consejo de la Judicatura pidió a la Fiscalía no llevar sus acusaciones a las redes sociales y presentarlas ante los juzgados y tribunales de la República.
El Consejo de la Judicatura (CJ) defendió la resolución con la que hace casi una semana destituyó a Walter Macías, juez de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) por una presunta actuación irregular mientras se sustanciaba el caso Las Torres.
“El Consejo de la Judicatura rechaza la campaña de desinformación que se ha desplegado en torno a la aprobación del expediente disciplinario que involucra al juez nacional destituido”, dijo el CJ en un comunicado este 23 de agosto de 2023. En la misiva también aseguró que la decisión adoptada el 19 de agosto se enmarca dentro de la legalidad.
“Las actuaciones de esta institución
siempre estarán basadas en la Ley y en el respeto al debido proceso”,
remarcó la Judicatura.
El pronunciamiento del CJ se produjo horas después de que el juez de la CNJ destituido presentó una acción de protección con pedido de medida cautelar en contra del representante legal de la Judicatura , David Guzmán, “para preservar la independencia judicial de los servidores de la función” y para que “cese la amenaza de violación de un derecho”, dice el escrito en el que fundamenta su solicitud de acción de protección.
tuir a un Juez de la Corte Nacional de Justicia, que es de al menos tres votos”.
Sin embargo, el CJ aseguró que
sí hubo mayoría para defenestrarlo del cargo. “De los tres vocales pre-
sentes, dos votaron a favor, y uno se abstuvo”, se aseguró en el CJ.
Paralelamente a esta decisión, se conoció que el Pleno de la CNJ sesionará en las próximas horas para avocar
‘Atenta contra la seguridad jurídica’
° El 19 de agosto de 2023, cuando el CJ destituyó a Macías, la Fiscalía mostró su inconformidad y preocupación por un acto que “atenta” contra la seguridad jurídica del país.
“La Fiscalía considera que estas actuaciones son represalias por parte del CJ a las actuaciones -apegadas a derecho- cumplidas por el magistrado (Macías) dentro de este caso”, refirió la Fiscalía en un comunicado.
conocimiento del expediente disciplinario aprobado por la Judicatura en contra de Macías.
Proceso contra Barreno y Morillo
El proceso en contra de Walter Macías mueve los cimientos de la función judicial. Es que, días antes de ser destituido por el Consejo de la Judicatura, este juez resolvió, el 15 de agosto de 2023, fjar para el viernes 25 de agosto la audiencia preparatoria de juicio en contra de los vocales del CJ Maribel Barreno y Juan José Morillo. Además, el 17 de agosto califcó la acusación particular que presentó la Procuraduría General del Estado como parte procesal en el juicio.
querella de 25 páginas, presentada ante la jueza Martha Cecilia Vimos , de la Unidad Judicial de la Familia, Walter Macías argumenta que hubo una “evidente vulneración al derecho a la seguridad jurídica pues el Consejo de la Judicatura no respetó el número de votos necesarios para desti-
En su
Y enfatizó que esta instancia sustenta su trabajo en el principio de objetividad y el debido proceso, por lo que hizo un llamado para que cada una de las entidades que forman parte del sector justicia actúe de la misma manera.
Tras la argumentación de la Fiscalía, enseguida llegó la respuesta de la Judicatura. “Nos genera preocupación que la Fiscalía se pronuncie respecto a una atribución que ni legal, ni constitucionalmente le corresponde”, le increpó el CJ, también, en un escrito.
Y añadió que su mensaje vulnera el principio de transparencia e independencia.
La Fiscalía General del Estado (FGE) investiga a Barreno y Morillo por el presunto delito de tráfico de influencias.
La confrontación generada entre jueces y fscales también se produce en momentos en que la Judicatura lleva a cabo un concurso público de oposición y merecimientos para nombrar a siete nuevos jueces de la Corte Nacional. (SC)
JUSTICIA 13 LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023 I
AUTORIDADES. Wilman Terán, presidente del Consejo de la Judicatura y Walter Macías, juez de la Corte Nacional de Justicia.
Comunicación: Reglamento se firmó con celebración y dudas
El instrumento es recibido por el sector como un paso importante para blindar la libertad de expresión, aunque advierten sobre vacíos y dudas en el texto.
Tras una larga espera, el presidente de la República, Guillermo Lasso, emitió ayer el decreto 850 que da forma al Reglamento de la Ley Orgánica de Comunicación. El mandatario, durante el acto realizado en el Palacio de Carondelet, celebró la acción y la
calificó como una medida para “blindar” el ejercicio de la libertad de expresión en Ecuador.
La Ley de Comunicación fue promulgada por el propio Lasso,
el 11 de noviembre de 2022, y desde ese momento se esperaba la expedición de su reglamento para dar forma a los mecanismos de protección de la libertad de expresión, de los periodistas y de los medios de comunicación.
El instrumento, a pesar de ser celebrado por su expedición, genera dudas dentro del sector al existir importantes vacíos que no fueron abordados en el texto, lo que obligará al Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación a desarrollar mecanismos para clarifcar estos ‘huecos’.
UNP celebra protección
° El presidente de la Unión Nacional de Periodistas (UNP), Cristóbal Peñafiel, destacó la creación del mecanismo de prevención y protección que obligará a las instituciones del Estado que lo conforman a prestar mayor atención en el resguardo de la labor periodística.
“Esto es importante porque hasta hace un tiempo el Ministerio de Defensa no le daba mayor importancia a su responsabilidad en la protección de los periodistas, pero ahora el reglamento se lo exige”, remarcó Peñafiel.
El presidente de la UNP advirtió que uno de los vacíos fundamentales es la falta de presupuesto con el que nacen las nuevas instancias.
Dejó claro que “está muy bien la ley, la obra y el reglamento, pero el presupuesto, una ley sin presupuesto, un reglamento sin presupuesto es claramente una ley con vacíos”.
No hubo consenso
rrolla la prevención, protección y monitoreo de las amenazas a la labor periodística en Ecuador.
“
el acto para la frma del reglamento, Lasso destacó que “este es un paso importante para el país en la necesidad de blindar la democracia, para garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos, en cuanto a la libertad de expresión”.
Durante
Recordó que el texto aprobado por la Asamblea Nacional recibió un veto parcial de su parte, y
fue enviado a la Corte Constitucional para que ésta revisará 17 artículos que estaban en contra del contenido de la Constitución y de los tratados internacionales que han sido suscritos por Ecuador.
Aciertos y dudas
El director ejecutivo de Fundamedios, César Ricaurte, celebró la frma del Reglamento gracias a que desa-
Le da un papel muy importante a la participación de periodistas, medios de comunicación y la sociedad civil en la conformación del mecanismo de prevención y protección”, puntualizó Ricaurte.
A su juicio, el texto recoge la mayoría de las recomendaciones que surgieron de la sociedad civil e indicó que es necesario poner en acción los mecanismos previstos “en el menor tiempo posible”.
Detalló que “hay aspectos que el reglamento no los desarrolla y quedan vacíos. Ahora el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación debe y puede emitir reglamentos secundarios”.
Hay avances
Desde la academia, Juan David Bernal, decano de
la Facultad de Comunicación de la Universidad de los Hemisferios, apuntó que los mecanismos de regulación en el tema de la libertad de expresión siempre generan problemas y debates.
“Yo creo que la mejor Ley de Comunicación es la que no existe, creo que hay avances en algunos temas de derechos y protección a los periodistas” , recordando que el anterior instrumento que regulaba las comunicaciones tenía un carácter sancionatorio y complicado para el ejercicio del periodismo.
A su juicio todo instrumento regulatorio, “busca controlar la libertad de expresión y de prensa por mecanismos estatales y esto va en contravía del artículo 13 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos , que habla de garantizar la libertad del ejercicio periodístico”.
A su juicio hay importantes vacíos “
en el tema de los medios digitales siguen en un limbo jurídico, en un limbo de control que perjudica a los medios tradicionales , que ya están golpeados en su modelo de negocio”.
Advirtió que los medios digitales no tienen control, ni regulación, lo que perjudica a los medios tradicionales en la lucha por las audiencias del espacio digital. “Ahora regular el contenido es problemático, porque de alguna forma puede derivar en autocensura”, precisó . Agregó que el reglamento llega tarde, porque fue prometido hace más de un año y las “amenazas a periodistas se han disparado por la presencia de los grupos del crimen organizado y el narcotráfico”.
Finalizó indicando que otro punto que no fue desarrollado por el reglamento, es el tema de los medios universitarios. (ILS)
° El académico y experto en temas televisivos, Roberto Manciati, señaló que el Reglamento tiene aciertos e inconsistencias. Advirtió que “este documento, habló de los dos gremios de televisión, no lo hemos conocido, absolutamente nada, y para un tema tan importante si era lógico que el Gobierno escuchara el criterio de todos”. Manifestó que dentro de los aciertos debe señalarse el tema de las agresiones y la protección a los periodistas, los trabajadores y medios de comunicación. “Es un gran acierto para que se mantenga el respeto a los medios, periodistas y comunicadores, no solo por la Libertad de Expresión, sino porque es una función fundamental de cualquier Estado democrático”, apuntó. Dentro de las inconsistencias, cuestionó la falta de claridad sobre el acceso a las personas con discapacidad.
PAÍS 14 I LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023
PROTECCIÓN. Celebran mecanismos de protección a la labor periodística. Foto: Presidencia
Funciones de la primera dama carecen de normativa
De cara a un nuevo Gobierno, Ecuador podría tener una nueva primera dama, un primer caballero o no tenerlo. Este es un cargo no establecido en la ley.
Al darse una segunda vuelta electoral , en Ecuador, la mirada de la opinión pública también se posa sobre quién asumiría el rol de primera dama o primer caballero. Esto aunque esta es una fgura que no está normada por la ley, es decir, que es opcional. Sin embargo, a nivel social y político las parejas de los mandatarios también son califcadas por la gente.
Sonia Altamirano, antropóloga, dice que la figura de la primera dama en los últimos años ha sido cuestionada porque “lamentablemente sigue reforzando estereotipos”.
“Te asignan un rol solo por ser la esposa de. Y las funciones las delega el esposo (Presidente), que casi siempre son trabajos en áreas sociales y de cuidados, porque claro, como mujer, lo que mejor sabes hacer son cosas ligadas a los cuidado”, ironiza Altamirano.
Candidatos solteros
En Ecuador, Daniel Noboa, uno de los candidatos a la
Presidencia de la República, está casado con Lavinia Valbonesi, una joven de 25 años, conocida en redes sociales, donde da consejos sobre vida sana.
Por otro lado, Luisa González, candidata del correísmo, es soltera. En este caso, ella podría designar, si así lo quiere, a un familiar: primo, hermano, padre… a tener el rol de primer caballero.
Pero tanto Noboa, como González podrían prescindir de esa figura.
Funciones
Al no ser un cargo electo ni nombrado, la primera dama o el primer caballero no tienen funciones ni responsabilidades asignadas. Tampoco cuentan con una autoridad sobre otras personas, ni tienen sueldo o compensación.
Altamirano dice que es una fgura más protocolar y acompaña al jefe de Estado a viajes o recepciones ofciales y participa activamente en instituciones de Gobierno.
“En Latinoamérica esta imagen está muy enquista-
da en el pensamiento social, porque representa la imagen de familia que aún suma votos”, dice Altamirano, quien resalta que pese a que la norma no determina qué debe hacer la primera dama, quien asuma ese rol tiene un gran poder mediático.
“Lamentablemente, la gente casi que exige que haya una primera dama, que se la vea presente, que trabaje en algún proyecto, también las convierten casi que en líderes de opinión, por lo que no es menor este cargo protocolar y quien
EL DATO
El término “primera dama” surge en Estados Unidos, cuando la periodista María Ames definió a Lucy Webb Hayes, esposa del presidente Rutherford B. Hayes, como “la primera dama de la Tierra”.
lo asuma debe estar preparada o preparado”, agrega.
Cambios en la región
En Latinoamérica, en los últimos años, existe un debate sobre la primera dama, inclusive hay quienes han cambiado el término. Es el caso de Venezuela donde Nicolás Maduro, al ganar las elecciones presidenciales de 2013, denominó a su esposa con el término “primera combatiente”. Desde entonces, las instituciones y el partido de Gobierno la llaman así.
En 2018, en México, Beatriz Gutiérrez Müller, esposa de Andrés Manuel López Obrador, dijo en un mitin político que no usaría tal título. “Para la verdadera transformación de la vida pública de México, tenemos que comenzar a pensar y actuar diferente. Pongamos fn a la idea de la primera dama. En México no queremos que haya mujeres de primera ni de segunda”, afrmó ante la multitud. “Con todo respeto a las mujeres que han estado antes en ese papel, decir primera dama es algo clasista”, sostuvo. (AVV)
lahora.com.ec
EN LA WEB POLÍTICA
Daniel Noboa asegura que no habrá impunidad en caso de Fernando Villavicencio
ASAMBLEA
Movimiento Revolución
Ciudadana suma 53 puestos en la Asamblea; le sigue Construye con 29
ECONOMÍA
Solo existen dos opciones para compensar las pérdidas por dejar de explotar el ITT, según Ministro de Economía
AGENDA ¿Qué hacer este fin de semana en Quito? Conoce nuestra guía de actividades
SOCIEDAD 15 LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023 I
PROTOCOLO. La primera dama no está facultada para realizar cualquier tipo de contratación, supervisión o manejo de personal.
001-004-3400
Pérdida de póliza a plazo fjo No. 10DPF000702526 de la Coop. PPNN a nombre de Erika E. Mora M.
23 países de América analizan los retos de la crisis migratoria
El objetivo es intercambiar información y establecer estrategias para enfrentar el ‘desafío regional’ del siglo.
Juicio No. 17230-2021-05946
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de julio del 2023, a las 15h03.
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL)
EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A: CORTEZ ANDRADE MARIA IRENE
CAUSA NO. 17230-2021-05946
ACTOR: CORPORACIÓN DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS S.A.
CORDIALSA
TRAMITE: EJECUCIÓN
CUANTIA: 53.244.16
CIUDAD DE PANAMÁ. Representantes de 2 3 países de América se únen desde este 23 de agosto de 2023 en Panamá para analizar la crisis migratoria e intercambiar información para abordar este “desafío regional del siglo XXI” de manera efciente y humana, afrmó la anftriona de la cita y canciller panameña, Janaina Tewaney.
Se trata de la IV Reunión Plenaria de la
Conferencia Regional sobre Migración y la Conferencia Suramericana sobre Migraciones, que congrega a “representantes y delegados de los 23 países miembros” de los organismos, así como delegados de entes internacionales, dijo la ministra de Relaciones Exteriores al inaugurar esta cita.
El objetivo del encuentro es “
garantizar que todos los estados intercambiemos información y data que
nos permitan abordar este tema de manera eficiente y humana”, agregó la canciller de Panamá, que destacó que su país “ha puesto de relieve la migración como un tema de Estado”.
Movilidad segura
Panamá se propone como “constructor de diálogo para abordar la migración regu-
Temas en agenda
° Se espera que en esta reunión se aborde el asunto del Observatorio de Movilidad Humana, la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, la migración irregular regional y extrarregional y el fortalecimiento de capacidades de gobiernos locales en temas de migración y movilidad humana, entre otros.
lar, segura y ordenada”, condiciones que son “imprescindibles” para evitar que estas personas sean “víctimas del crimen organizado”.
“Es un derecho la movilidad y brindar la debida atención humanitaria un deber”, dijo la canciller de Panamá, un país de tránsito del éxodo americano que ha recibido y ofrecido servicios médicos y de alimentación este año a alrededor de 300.000 migrantes que se dirigen a Norteamérica, una cifra récord que deja atrás los 248.284 de 2022 y los 133.726 de 2021.
Este flujo migratorio transita por la inhóspita jungla del Darién , un parque nacional que es la frontera natural con Colombia, a merced de los rigores del entorno salvaje y también de grupos criminales que cometen asaltos y violaciones. No se sabe cuántos mueren allí. EFE
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 21 de abril del 2021, a las 12h19. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa. Por lo que se dispone: 1) La solicitud de ejecución de Acta Transaccional formulada por CORPORACION DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS S.A. CORDIALSA, por intermedio de Gerente General y por ende Representante Legal señor Juan Camilo Ortega Mesa, es clara y contiene los requisitos previstos por el Art. 142, 143 y 370 del Código Orgánico General de Procesos; por haberse fundamentado en el Acta Transaccional, que constituye título de ejecución al tenor de lo previsto en el artículo 363 numeral 7 del COGEP, se admite la demanda a trámite mediante PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN previsto en el Libro V, Título I del Código Orgánico General de Procesos. 2) Previo a designar un perito para la liquidación de capital, intereses y costas, conforme lo determina el artículo 371 del COGEP, en el término de cinco días el accionante presente todos los documentos que respalden los gastos realizados en relación a lo acordado en el título de ejecución aparejado a la demanda. 3) Téngase en cuenta la cuantía fjada, el casillero judicial y el casillero electrónico señalados por el actor para posteriores notifcaciones y la autorización que confere a su defensor técnico. Actúe en calidad de secretario encargado de este despacho el Ab. Santiago Chango. NOTIFIQUESE y CUMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 3 de julio del 2023, a las 16h32. Agréguese al proceso el escrito y anexo que antecede. En atención al escrito presentado por la parte actora, una vez que adjunta la procuración judicial a favor de Gabriel López Córdova, se dispone, en atención al juramento realizado el día 10 de mayo de 2023 y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada, CORTEZ ANDRADE MARIA IRENE, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por medio de Secretaría, entréguese el correspondiente extracto de la demanda, debiendo la parte actora agregar al proceso las publicaciones íntegras. NOTIFÍQUESE f)
MARTINEZ SALAZAR KARINA ALEJANDRA, JUEZA. Lo que se C I T A para los fnes de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura.
GLOBAL 16 I LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023
001-004-3439
SITUACIÓN. Migrantes son transportados en canoas en el sector de Lajas Blancas en el Darién. EFE
Ambato registra el aumento de cuadros de ansiedad y depresión
Adolescentes y jóvenes, entre 13 y 29 años, son quienes más atención reciben en las entidades de salud pública del cantón.
Entre enero y junio de 2023 fueron mil 923 personas las que
fueron diagnosticadas con cuadros de
depresión y ansiedad en Ambato.
A este mismo tiempo en 2022, fueron mil 712 los pacientes tratados por estas mismas patologías en esta ciudad. El indicador muestra 211 casos más de los que se contabilizaron hasta el año pasado.
Estos datos corresponden a las atenciones y diagnósticos dados desde los centros de salud y hospitales del Ministerio de Salud Pública (MSP).
David Garcés, psicólogo clínico y responsable Distrital de Salud Mental del MSP, aseguró que
“la sintomatología de la ansiedad y la depresión son multicausales, existen muchos detonantes que desencadenan estos trastornos”.
A decir del especialista, el aumento de estos cuadros tiene mucho que ver con la pandemia. Problemas familiares, pérdida de empleos, entre otras situaciones generaron este fenómeno como secuela de la emergencia sanitaria registrada por el COVID-19.
Injerencias sociales
personas se acercan cuando está avanzado el problema y ya hay que recetar fármacos”, explicó el funcionario.
La depresión
José Luis Pantoja, psicólogo clínico, sostuvo que “primero hay que conocer que existen varios tipos de depresión que van desde aquellos síntomas que
infringen la capacidad de dormir, trabajar, estudiar, comer, que duran hasta mínimo dos semanas; hasta aquellos más graves que pueden prolongarse por más tiempo y durar años”.
EL DATO
La línea 171, opción 6 brinda asistencia psicológica las 24 horas los 365 días del año.
“Entre los síntomas más frecuentes está el sentimiento de tristeza, desesperanza, irritabilidad, frustración, fatiga, dificultad para concentrarse o tomar decisiones, insomnio, cambios en el apetito o peso sin haberlo planeado, dolores de cabeza, calambres, problemas digestivos su aparente causa que ni con medicamento se alivia y lo más complicado, intentos autolíticos”, manifestó el profesional.
díaco, hiperventilación o respiración acelerada, sudoración, temblores, por citar algo básico”, dijo el experto.
A decir de Pantoja, varios son los tipos de trastorno de ansiedad y que únicamente un profesional de la salud mental está capacitado para diagnosticarlo y tomar las acciones del caso para brindar la ayuda adecuada.
“Por lo general la ansiedad
y la depresión van de la mano. Consultar a un profesional es fundamental cuando esos pensamientos catastróficos o sentimientos de tristeza llegan a ser difíciles de controlar y su interferencia en la vida diaria se torna complicada, más aún si existen intentos suicidas, que es donde hay que intervenir de manera urgente”, fnali ó Pantoja. (MAG)
° Antonio Muenala, sociólogo y docente universitario, aseguró que “factores como el desempleo, la situación actual del país y ahora hasta el nivel de inseguridad, debe ser el aporte negativo para que las cifras de personas con este tipo de padecimientos hoy sean más altas” “Lo grave del asunto es que, además, vivimos en una sociedad donde solo la mujer parece tener permitido expresar sus sentimientos o llorar, mientras que para los hombres aún sigue siendo un signo de debilidad el afrontar alguna situación que pudiera mostrar su tristeza o temores”. Explicó que el decirles a los hijos “pórtate como varón o pareces niña”, cuando estos desean ser expresivos o generar un vínculo de confianza, anula por completo su capacidad de entender que su tristeza es completamente normal, “que llorar en los hombres está permitido”.
“Esto es preocupante, hasta 2022, según el Observatorio Social del Ecuador, dos o tres suicidios sucedían a diario en el país, los picos de ese año a este si bien no se han disparado, pero sí van en aumento”, dijo Muenala.
Sin embargo, para Garcés, las estadísticas que maneja el MSP podrían no ser las únicas, pues sostuvo que por la cultura de no darle la importancia que amerita a la salud mental se escondería una posible ‘
cifra negra’ que aumentaría la lista de los cuadros ya registrados por la entidad.
“Por la limitación del alcance del servicio, desconocimiento,
o por ese estigma ante la salud mental, las personas no se acercan y cuando estos cuadros no se atienden su sintomatología aumenta. Por lo general las
Pantoja dijo que la ansiedad “puede presentarse de manera ocasional en la vida de una persona y esto está dentro de lo normal, pero quienes han desencadenado en un trastorno ansioso,
por lo regular tienen preocupaciones y miedos tan intensos y persistentes donde su cabeza los lleva a escenarios catastrófcos inminentes”.
“Entre los síntomas más comunes para determinar si uno u otra persona padece de este trastorno, está el detectar sensaciones de nerviosismo, agitación, aumento del ritmo car-
TUNGURAHUA 17 LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023 I
ILUSTRACIÓN. Las personas con sintomatologías ansiedad o depresión, deben recibir ayuda oportuna.
Inteligencia Artificial llega a la industria musical
YouTube ha anunciado recientemente un emocionante proyecto llamado Music AI Incubator, que tiene como objetivo establecer una nueva forma de colaboración con sellos discográficos y artistas en el ámbito de la inteligencia artificial (IA) y el aprendizaje automático. Esta iniciativa tiene como objetivo compensar a los titulares de derechos por el uso de su música en el entrenamiento de sistemas de IA.
En asociación con Universal Music Group (UMG), YouTube ha reunido a destacadas personalidades de la industria musical para formar parte de este proyecto innovador. Entre los participantes se encuentran la cantante brasileña Anitta, los herederos de Frank Sinatra, Ryan Tedder de OneRepublic y el compositor Max Richter, entre otros.
El objetivo de Music AI Incubator es crear un ecosistema musical y de video seguro, responsable y rentable en el que los artistas y compositores puedan preservar su integridad creativa y recibir una compensación justa por su trabajo. Esta colaboración entre YouTube y UMG demuestra el compromiso de
ambas compañías con la protección de los derechos de autor y el fomento de la innovación en la industria musical.
Según Lucian Grainge, CEO de UMG: “Nos proponemos crear un ecosistema de música y video seguro, responsable y rentable en el que los artistas y compositores puedan preservar su integridad creativa y recibir una compensación justa”.
Inversiones en Content ID y herramientas de IA
Además del lanzamiento de Music AI Incubator, YouTube también ha anunciado planes de inversión continua en su sistema de gestión de contenido Content ID y en herramientas de IA en general. La plataforma planea
implementar próximamente herramientas de IA para detectar videos que violen las normas de la plataforma, lo que contribuirá a mejorar la protección de los derechos de autor y combatir la desinformación.
Neil Mohan, CEO de YouTube, comentó:
“Si bien las redes neuronales pueden agravar problemas actuales, como las infracciones de derechos de autor y la desinformación, también pueden ser utilizadas para identificar este tipo de contenido. Seguiremos invirtiendo en tecnología basada en IA que nos ayude a proteger a los espectadores, creadores de contenido, artistas y compositores”.
Equilibrio entre la protec-
ción de derechos de autor y la innovación Si bien YouTube no ha revelado detalles específicos sobre el alcance y la magnitud de las inversiones planificadas, la compañía se compromete a encontrar un equilibrio entre la protección de derechos de autor y la implementación de innovaciones. Esto incluye explorar formas de monetizar el contenido generado por IA, lo que podría representar nuevas oportunidades para los artistas y compositores.
El proyecto Music AI Incubator de YouTube representa un paso importante en la colaboración entre la
plataforma de video y la industria musical. A través de la implementación de IA y el aprendizaje automático, se espera que se alcancen avances significativos en la identificación y protección de derechos de autor, al tiempo que se fomenta la creatividad y la innovación en el ámbito musical.
Con la participación de reconocidos artistas y sellos discográficos, este proyecto promete impulsar el desarrollo de nuevas soluciones tecnológicas que beneficien a toda la industria de la música. (JNG)
ESMERALDAS 18 I LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023
Finaliza escrutinios en la provincia Tsáchila
De acuerdo al cronograma oficial, la entrega de credenciales a nuevas autoridades está prevista para el 26 de octubre.
La Junta Provincial Electoral (JPE) de Santo Domingo de los Tsáchilas se ubicó entre las cinco primeras del país que
Unidades educativas son repotenciadas
concluyeron satisfactoriamente con el conteo de votos.
Hasta la tarde del lunes 21 de agosto, se escrutó el 100% de las actas y solo un mínimo porcentaje
presentó inconsistencias, pero fueron verificadas en poco tiempo.
Representantes de la dirección del Consejo Nacional Electoral y de la JPE
confirmaron que el proceso culminó con éxito y aseguraron que los resultados parciales ya fueron enviados a planta central.
Versiones
Yovani Quiroz, presidente de la JPE, dijo que no hubo variaciones en lo que respecta a los asambleístas provinciales , los mismos que representan a diferentes bancadas políticas
A pesar que ya es de conocimiento público las identidades de los triunfadores, prefieren no nombrarlos hasta que se asignen los respectivos escaños.
“Los resultados finales, por cuestiones administrativas, los entregaremos cuando hayamos resuelto los inconvenientes que se generen y subsanado todos los recursos que se puedan entregar por parte de las organizaciones políticas”, detalló Quiroz.
Detalles
Según la normativa, 24 horas después de clausurarse la sesión permanente se tiene que notificar los resultados a las agrupaciones políticas. Posteriormente, rigen dos días para objeciones y en caso de existir la JPE tendrá cuatro días para resolverlas.
Hasta la próxima semana se asignarían los escaños . (JD)
EL
Mejoramiento de infraestructuras, adquisición de pupitres, adecuación de baños, entre otras necesidades tienen varias unidades educativas de Santo Domingo de los Tsáchilas. Muchos de estos problemas en ocasiones son solucionados por los padres de familia para que sus hijos continúen con la jornada escolar.
Julia López, coordinadora zonal de Educación, visitó la provincia para inspeccionar varios planteles e iniciar obras de mantenimiento integral. Indicó que se realiza el proceso de mejoramiento de infraestructura educativa con una inversión
de casi cinco millones de dólares Informo que, hasta el momento, han intervenido en 44 unidades educativas , de las cuales 27 ya han completado las mejoras, mientras que los 17 restantes se encuentran en proceso.
Entre las intervenidas están: Rosita Paredes Jumbo, Beatriz Taylor Ramos, Nueva Concordia, entre otras.
Las direcciones distritales son las encargadas de realizar informes para solicitar la repotenciación. sanitarios.
López explicó que las obras se adaptan a las necesidades específicas de cada plantel e incluyen mejoras en aulas, instalaciones sanitarias, áreas recreativas, sistemas eléctricos y
CONSTRUCCIÓN. De aulas, baterías sanitarias y mantenimiento integral se realizan en los planteles.
Nancy Morán, rectora de la unidad educativa Beatriz Taylor Ramos, mani -
festó que los trabajos generan un impacto positivo en el proceso de enseñanza, al proporcionar mayor
comodidad, además de un entorno más propicio para educadores y estudiantes. (CT)
SANTO DOMINGO 19 LOJA JUEVES 24/AGOSTO/2023 I
DATO
PRONUNCIAMIENTO. Representantes del CNE y JPE califican al proceso como exitoso.
EL DATO Solo 250 actas presentaron inconsistencias.
La magia del Gran Circo Acrobático de China
Imagen del Gran Circo Acrobático de China, que actualmente se presenta en España y que presenta un espectáculo que incluye más de 30 artistas en escena, con medallistas olímpicos y algunos procedentes del Cirque du Soleil. El show se centra en las aventuras de un niño soñador que entra en un mundo desconocido de fantasía en el que descubre a una hermosa hada fénix que puede volar sobre el mar. EFE
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JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2023
Loja - Zamora
ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
CONSULTA CIVIL
¿Cuál es el trámite para el pago del décimo cuarto en pensiones alimenticias?
RESPUESTA
La norma tiene un fin constitucional válido para promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes y la maternidad y paternidad responsables, por lo que el pago de las pensiones adicionales por el mismo monto de la pensión fijada por el juez, es una medida necesaria a favor del desarrollo integral de ese grupo de atención prioritaria.
El Estado ecuatoriano se encuentra conformado por la Función Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral, y, Participación Ciudadana y Control Social. Esta distribución tuvo como finalidad satisfacer los derechos fundamentales de los/as ciudadanos/ as y hacer respetar los fines del Estado. Fue realizada a partir del 20 de octubre de 2008, fecha de promulgación de la Constitución de la República del Ecuador. Si bien es cierto que cada función guarda independencia, incluso diferentes objetivos, puesto que, el Consejo Nacional Electoral –Función Electoral– busca fortalecer la democracia del país, por otro lado, el Consejo de la Judicatura –Función Judicial– busca fortalecer la justicia; empero, tienen algo en común entre ellas, entre otras cosas, generan actividad administrativa.1 Es preciso señalar que, las funciones del
Estado ecuatoriano derivan del consentimiento de sus ciudadanos, debiéndose buscar un equilibro entre las atribuciones otorgadas y los derechos de las personas. Así pues, ministros, directores, ejecutivos, legisladores, alcaldes, ejecutivos, jueces y demás servidores que gocen de un cargo público les corresponden rendir cuenta permanentemente de su ejercicio, el mismo que deberá englobarse en el mayor deber del Estado, garantizar sin discriminación el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, artículo 3.1. del cuerpo legal mencionado.
La Administración a través de tareas de orden fáctico dan cumplimiento a sus competencias previstas en la Norma Suprema y a sus atribuciones legales de asuntos que inciden directamente con las necesidades de la sociedad. De tal forma, la actividad administrativa se realiza diariamente, de forma permanente y
se plasma de manera variada; sin embargo, la Administración también actúa en el derecho privado, como los actos jurídicos de derecho público que deben acoplarse con los actos jurídicos de derecho privado de la Administración, así lo prevé el inciso final del artículo 89 del Código Orgánico Administrativo, esto no obsta la separación entre una actividad administrativa y las demás dentro del Estado, como la legislativa o política. Por ello, las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal deberán actuar bajo un criterio finalista, esto es, buscar un objetivo práctico, canalizado en su actividad. Estas actuaciones se manifiestan dentro del marco jurídico entre la Administración y el administrado, pero, solo puede actuar en el marco sus respectivas competencias legales, para entender aquello basta leer el artículo 226 de la
Constitución de la República del Ecuador que contiene el principio de la legalidad administrativa o de la vinculación positiva de la Administración. Debe tenerse en cuenta que la Administración no solo necesita una norma para actuar, sino que, debe ser previa, clara y pública, acorde a los ítems dados por el artículo 82 del cuerpo legal ibídem (principio de seguridad jurídica).
Entonces la Administración está condicionada por el principio de ‘‘habilitación legal previa’’ y únicamente realizará actividad administrativa cuando se cumpla los presupuestos de hecho que la norma prevé, pero, esto no significa que la Administración se encuentre estrictamente sujeta a la ley, como un imperativo categórico, ya que, debemos tomar en cuenta que no precisamente el Derecho Administrativo y la Administración han venido juntos, incluso, podemos precisar que la Administración se enfrenta a problemas y necesidades sociales
Por lo tanto, el pago de las pensiones adicionales, décimo tercera y décimo cuarta, debe ser en aplicación de lo que establece la norma del Art. 16.2 del Código de la Niñez y Adolescencia, por un valor igual a la pensión alimenticia fijada judicialmente; y cualquier cambio en el sentido de que tenga como límite el valor de la remuneración básica unificada para el trabajador en general y que además pueda dividirse entre todos los alimentarios, requiere de una reforma legal.
Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
que el Derecho Administrativo y el ordenamiento jurídico no han plasmado o han previsto de diferente manera. Sin menoscabo de lo mencionado, la Administración tiene el objetivo de precautelar el interés general, por ello, hoy por hoy, se le ha otorgado al
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JUDICIAL
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QUITO
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VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694
Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Editor FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Dirección: Arenas y 10 de Agosto, Edif. Vivanco, 5to. piso | Teléfonos: 2551-552/2555-431/2500-245/2552-135 | E-mail: judicial@derechoecuador.com
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com La Hora LOJA, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
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JUEVES, 24 DE AGOSTO DE 2023
AUTOR: MGS. MARLON A. RON ZAMBRANO.
principio de legalidad un mayor alcance, incluso, la Corte Constitucional del Ecuador2 indicó que este principio contiene un alcance ampliado y que lo podemos definir como el principio de estricta legalidad o juridicidad, el mismo que se configura en el artículo 14 del Código antes descrito, que en su último inciso define que la Administración goza de la discrecionalidad en su actividad administrativa.
Como se aprecia, el legislador definió que la actividad administrativa fuera de las atribuciones de la institución emisora vulneraría el núcleo esencial del principio de legalidad y la facultad de competencia (acto ilegítimo), mientras que, cualquier acción contra legem o prater legem (contra ley o fuera de ley) no se ajustaría al principio de juridicidad (acto arbitrario), consonante al artículo 18 del Código Orgánico Administrativo. Dicho de forma anexa, cada actuación administrativa se configura estrictamente en la órbita de las funciones legales otorgadas y en apego al ordenamiento jurídico vigente. Líneas ratificadas por el jurista Juan Colombo Campbell, en su obra “Funciones del derecho procesal constitucional”, en Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano 2002, Montevideo: Fundación Konrad Adenauer, 2002, p. 137. No cabe duda, en el marco del buen funcionamiento de la Administración, la actividad administrativa sirve al interés general y deberá emitirse con el pleno sometimiento al ordenamiento jurídico aplicable, en cuanto este está orientado a la promoción de la dignidad humana.
Como puede observarse, la actividad administrativa se encuentra regulado bajo principios, además de los ya mencionados, podemos manifestar que la Administración deberá actuar acorde a los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia, evaluación, confianza legítima, responsabilidad y proporcionalidad, artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador y artículo
2 y ss. del Código Orgánico Administrativo. Entre tanto, la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos también prevé, en su artículo 3, ciertos principios que la Administración debe acatar, como: celeridad; consolidación; control posterior; pro administrado, gratuidad, simplicidad, veracidad, no duplicidad, mejora continua
y tecnología de la información. En estas mismas líneas, la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública declara que la Administración deberá actuar conforme a los principios de eficacia, seguridad jurídica, buena fe, racionalidad, igualdad de trato y economía.
Aunado a lo anterior, podemos estatuir que la Administración para cumplir con sus objetivos realiza actividad administrativa -al amparo del cumplimiento de ley y del interés general- la misma que, el legislador, mediante el artículo 98 del Código ut supra, la dividió en cinco actuaciones: 1) Acto administrativo; 2) Acto de simple administración; 3) Contrato administrativo; 4) Hecho administrativo; y, 5) Acto normativo de carácter administrativo.
Acto administrativo
Aproximadamente en 1795 cuando se aplicó la separación de los Poderes/Funciones del Estado, se estableció que toda actividad administrativa deberá sujetarse a lo prescrito en el ordenamiento jurídico, así pues, se dejó atrás que no para todo trámite administrativo y procedimiento administrativo resultará en una mera actividad técnica, sino, existirán casos que deberán emitirse una declaración formal de la voluntad.3
El artículo 98 del Código Orgánico Administrativo estatuye: ‘‘Acto administrativo es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo’’.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, en Resolución Nro. 0504-2014, emitida en el Juicio Nro. 0122-2011, postuló: ‘‘El acto administrativo es una declaración. Se trata de una declaración intelectual y, en consecuencia, un acto jurídico que excluye los actos de pura ejecución o actos materiales que puede realizar la Administración Pública”; el jurista Mario Santofino Gamboa, en su obra ‘‘Tratado de Derecho Administrativo’’, el acto administrativo es: ‘‘(…) toda manifestación unilateral, por regla general de voluntad, de quienes ejercen funciones administrativas, tendientes a la producción de efectos jurídicos’’ (2003, p. 131); y,
por otro lado, el tratadista ecuatoriano Marco Morales Tobar, en su libro ‘‘El Acto Administrativo. En: Derecho Constitucional para fortalecer la democracia’’, definió al acto administrativo como una declaración de voluntad de autoridad competente, que versa sobre asuntos de la administración pública y que tienes efectos jurídicos de orden particular o general, ambas concepciones se encuentran en apego a lo avizorado
en el artículo 98 del Código Orgánico Administrativo que señala: ‘‘es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo’’, para Jorge Moreno Yanes,
en su artículo ‘‘Breves reflexiones sobre el Código Orgánico Administrativo’’ 4 asevera que la definición dada por el Código en mención es la adecuada y la correcta, puesto que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ‘‘ERJAFE’’ y el Código Orgánico de Organización Territorial ‘‘COOTAD’’ en donde se establecía que el acto administrativo es: ‘‘toda declaración’’, lo cual traía
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL
Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el proceso civil nro. 11333-2017-02290 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CACPE ZAMORA LTDA. cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CACPE ZAMORA LTDA.
DEMANDADO: GARCIA PALOMINO JULIO y otros
OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO
CUANTIA: $4425.10
JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 7 de agosto del 2017, las 16h22. V I S T O S: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, la demanda presentada por el Dr. NIXON DARIO GONZALEZ SILVA, en su calidad de Gerente y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LA PEQUEÑA EMPRESA “CACPEZAMORA LTDA.”, en contra de VERONICA PATRICIA MOROCHO MOROCHO y BYRON MANUEL GUARNIZO CHIRIBOGA, deudores principales y ELSA PIEDAD CHIRIBOGA VANEGAS y JULIO GARCIA PALOMINO, deudores solidarios, cumple los requisitos legales previstos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los arts. 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califca y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. Cítese a los demandados VERONICA PATRICIA MOROCHO MOROCHO y BYRON MANUEL GUARNIZO CHIRIBOGA, deudores principales y ELSA PIEDAD CHIROBOGA VANEGAS y JULIO GARCIA PALOMINO, en el domicilio señalado. En aplicación del Art. 54 y de los de los arts. 333, numeral 3 y 355 del COGEP, se concede a dicho demandado el término de quince (15) días, para que propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del Código citado. Del certifcado del Registro de la Propiedad del cantón Loja, se dispone la PROHIBICION DE ENAJENAR del 100% que le corresponde del inmueble de propiedad de los demandados ELSA PIEDAD CHIROBOGA VANEGAS y JULIO GARCIA PALOMINO, consistente en un lote No. 1, ubicado en el sitio de la antigua Hacienda la Concepción, perteneciente a la parroquia El Valle de esta ciudad, con la inscripción No. 000091 del Registro de la Propiedad del Cantón Loja, del 9 de enero del 2004, debiéndose notifcar a la Registradora de la Propiedad de Loja. Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado y la autorización que le concede al abogado patrocinador. Pasen los autos a la ofcina de citaciones. Con el fn de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora, facilite las copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia. Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: VISTOS: En lo principal, toda vez que la DRA. AMPARO SOLEDAD MEDINA MEDINA en calidad de procurador judicial de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CACPE ZAMORA LTDA. , ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada GARCIA PALOMINO JULIO, se dispone la citación por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico, el mismo que será retirado en la ventanilla de información de esta Unidad Judicial.- Hágase Saber.Loja, 17 de agosto de 2023
CARRIÓN GERRERO VERÓNICA TALIA SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL
JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2023 La Hora, LOJA, ECUADOR C2
consigo una gran confusión que incluía no solo al acto administrativo en razón a la actividad administrativa, sino también al referente a la actividad legisladora o política. Mientras que, para otros autores como Agustín Gordillo, en su obra ‘‘Tratado del Derecho Administrativo’’, Tomo III, p. 193, sostiene que la noción de “acto administrativo” cumple una función metodológica y sistematizadora dentro del Derecho Administrativo, figura jurídica que está desprovista de caracteres dogmáticos que exijan arribar a una definición determinada como única válida y verdadera. Sin duda alguna, el concepto dado por varios tratadistas y por la norma para establecer el alcance de ‘‘acto administrativo’’, en algún momento será ambiguo o no responderá a la praxis, un claro ejemplo de ello es la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicación ‘‘TIC’s’’ y de la Inteligencia Artificial ‘‘IA’’ en la administración pública, que para ciertos trámites administrativos la Administración emitirá un acto administrativo que no englobe –en su totalidad– la definición actual. Más allá de esto, sin duda, el acto administrativo deberá cumplir con ciertas características básicas determinadas en el artículo 99 del Código Orgánico Administrativo, tales como:
1) Competencia; 2) Objeto; 3) Voluntad; 4) Procedimiento; y, 5) Motivación; en tal virtud, si el acto administrativo no cumple con los parámetros antes descritos el acto administrativo no tendrá validez, por ende, no producirá efectos jurídicos.
Acto de simple administración
El artículo 120 del Código Orgánico Administrativo prevé que este tipo de acto cumple con ciertos requisitos que cumple el acto administrativo, como: la voluntad, unilateralidad y efectos jurídicos individuales. No obstante, el acto de simple administración también debe cumplir con el parámetro de la motivación, conforme a lo determinado por la Corte Constitucional del Ecuador en la Sentencia 1158-17EP/21 de 20 de octubre de 2021, emitida en el caso 1158-17-EP, que mencionó: ‘‘(…) todo acto del poder público debe contar con una motivación correcta’’ (párr. 22). Por otra parte, también guarda consigo características propias como: la declaración unilateral puede ser interna o entre órganos de la administración y también puede producir efectos jurídicos de forma indirecta. Jorge Moreno Yanes, en su artículo ci-
tado en el párrafo anterior, menciona que el acto de simple administración ‘‘ayuda con el criterio técnico, económico, o jurídico a la autoridad que debe emanar el acto principal’.’5
En doctrina, varios autores como Hugo Caldera Delgado, divide este tipo de actos en: actos complejos y actos simples. Los primeros son elaborados por dos o más órganos de la Administración, entre los cuales no existe una relación de jerarquía. Mientras que, los segundos son emanados por una sola entidad, o entre dos o más pero donde si existe una vinculación jerárquica. Esta división se debe a la doctrina italiana, pero, actualmente, solo presenta un mero interés histórico, los mismos que ahora se conocen como actos de simple administración. Sin perjuicio de la tesis antes descrita, los actos de simple administración pueden llegar hacer instrucción, orden de servicio, sumilla, actos de opinión, actos de dictamen y demás actos que materializan el acto administrativo. La Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, en el Juicio nro. 2003-20746, manifestó: “Los actos de simple administración por su naturaleza consultiva y preparatoria a la manifestación de la voluntad administrativa no son propiamente impugnables. Ello sin perjuicio del derecho a impugnar el acto administrativo que omitió un dictamen o informe cuando ellos eran necesarios o cuando se sustentó en un informe o dictamen erróneo” (p. 5603).
Hecho administrativo
Existen actos registrales, certificatorios, operativos o terminales que se engloban dentro de la actividad administrativa de la Administración como un hecho administrativo. Este tipo de actuación son meramente técnicos y producen efectos jurídicos directos o indirectos, además, no tiene la necesidad que exista o no un acto administrativo previo. Pueden ser realizados operaciones técnicas o actuaciones físicas.
Las decisiones de la Administración no se agotan únicamente con la emisión del acto administrativo, sino que existe una operación material de carácter administrativo para la ejecución voluntaria o forzosa del mismo, por ejemplo: La Agencia Metropolitana de Control (AMC), institución adscrita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Quito, tiene la competencia de
ejecutar los actos administrativos emitidos en los procedimientos administrativos sancionadores –esta ejecución puede cumplirse de forma voluntaria por la persona interesada o de manera forzosa por la Administración–.
En su calidad de ente de control, la AMC emite actos con diferentes obligaciones (pecuniaria y de hacer), entre las cuales, podemos considerar la orden de derrocar lo ilegalmente construido, cuando el obligado no ha cumplido con el derrocamiento la Agencia procede con la ejecución sustitutoria como medio de ejecución forzosa como lo prevé el artículo 239 del Código Orgánico Administrativo. De tal forma, para derrocar la Administración necesita la participación de sus funcionarios y de maquinaria idónea para dicha actuación material, que al final dicho derrocamiento como un hecho administrativo. Es preciso indicar que, la etapa de ejecución de un administrativo es más complejo de lo descrito en líneas anteriores, puesto que, para esclarecer y entender de mejor manera se procedió a ejemplificar de forma sencilla y breve. Algo similar sucedió en el Juicio nro. 183-2008, sustanciado por la Sala de lo Civil y Mercantil, en el cual se impugnó el hecho administrativo realizado por el Alcalde del Municipio de Puerto Quito.
Para finalizar, debemos indicar que las personas afectadas por hechos administrativos pueden impugnar las actuaciones de las administraciones públicas mediante reclamación o requerir las reparaciones a las que tengan derecho.
Contrato administrativo
Además del cambio de paradigma de las funciones del Estado que trajo la Constitución de la República del Ecuador, a partir del 2008, existió un cambio radical debido a la introducción de un sistema nacional para las contrataciones que necesiten las instituciones gubernamentales. El Sistema de Contratación Pública fue creado para articular y armonizar todas las instancias para la planificación, control, administración, presupuesto de las adquisiciones de bienes y servicios que realicen las instituciones estatales.
Este cambio se otorga con la finalidad que la Administración pueda cumplir con sus objetivos, ya que, en muchos casos necesitan de la colaboración y parti-
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL
Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el proceso civil nro. 11333-2017-02291 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CACPE ZAMORA LTDA. cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CACPE ZAMORA LTDA.
DEMANDADO: CHIRIBOGA VANEGAS ELSA PIEDAD Y OTROS
OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO
CUANTIA: $4425.10
JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 7 de agosto del 2017, las 16h04. V I S T O S: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, la demanda presentada por el Dr. NIXON DARIO GONZALEZ SILVA, en su calidad de Gerente y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LA PEQUEÑA EMPRESA “CACPEZAMORA LTDA.”, en contra de FREDY FLORESMILO TORRES PARDO y MICHELLE EMPERATRIZ QUIZHPE CHIRIBOGA, deudores principales y ELSA PIEDAD CHIROBOGA VANEGAS y JULIO GARCIA PALOMINO, deudores solidarios, cumple los requisitos legales previstos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los arts. 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califca y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. Cítese a las demandados FREDY FLORESMILO TORRES PARDO y MICHELLE EMPERATRIZ QUIZHPE CHIRIBOGA, ELSA PIEDAD CHIROBOGA VANEGAS y JULIO GARCIA PALOMINO, en el domicilio señalado. En aplicación del Art. 54 y de los de los arts. 333, numeral 3 y 355 del COGEP, se concede a dicho demandado el término de quince (15) días, para que propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del Código citado. Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado y la autorización que le concede al abogado patrocinador. Pasen los autos a la ofcina de citaciones. Con el fn de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora, facilite las copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia. Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: VISTOS: En lo principal, toda vez que la DRA. AMPARO SOLEDAD MEDINA MEDINA en calidad de procurador judicial de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CACPE ZAMORA LTDA., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada CHIRIBOGA VANEGAS ELSA PIEDAD, se dispone la citación por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico, el mismo que será retirado en la ventanilla de información de esta Unidad Judicial.- Hágase Saber.Loja, 17 de agosto de 2023.
CARRIÓN GUERRERO VERÓNICA TALIA SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL
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cipación de los/as ciudadanos/ as, esto puede darse por falta de estructura, material, personal o económico: en consecuencia, el contrato administrativo se configura como uno de los mecanismos que tiene la Administración para cumplir con sus competencias.
En palabras del gran tratadista Roberto Dromi, en su libro ‘‘Derecho Administrativo’’, el contrato administrativo es: “declaración bilateral o de voluntad común, productora de efectos jurídicos entre dos personas de las cuales una está en ejercicio de la función administrativa’’ (1997, p. 326). De manera similar, para el Jurista Juan Carlos Cassagne, en su obra ‘‘El Contrato Administrativo’’, señaló: ‘‘“todo acuerdo de voluntades generadoras de obligaciones, celebradas por un órgano estatal en ejercicio de la función administrativa, caracterizado por un régimen exorbitante del Derecho Privado, susceptible de producir efectos, con relación a terceros” (p. 66).
Para varios tratadistas como aquellos de la corriente anglosajona huyen de la existencia del contrato administrativo, puesto que, niegan la separación del contrato común y el contrato administrativo, sostienen que la única diferencia existente son simples modalidades o matices previstos de forma cualitativa de los intereses comprometidos. En esta misma línea, la falta de existencia de los contratos resulta por la falta de vínculos contractuales, la actividad administrativa de la Administración que se expresa de modo unilateral. Fuera de cualquier debate, en nuestra legislación se prevé la existencia del contrato administrativo que acorde al artículo 125 del Código Orgánico Administrativo es el acuerdo de voluntades entre dos o más sujetos de derecho, de los cuales uno de ellos debe ejercer una función administrativa. Los contratos administrativos producen efectos jurídicos y se rigen por un ordenamiento jurídico específico. Esta definición va de la mano con lo estatuido en el cuerpo legal mencionado. Juan Carlos Cassagne en su obra ‘‘El contrato administrativo’’, definió: ‘‘(…) responde a la idea de que los particulares colaboren con la misión que persigue la administración mediante la institución contractual que, correlativamente, le garantiza al contratista privado la intangibilidad de sus derechos económicos’’ (2005, p. 191).
Acto normativo de carácter administrativo
La Administración, a través de las máximas autoridades administrativas de la correspondiente entidad pública ejerce la competencia normativa de carácter administrativo para regular sus asuntos internos. Es necesario indicar que, esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley; sin embargo, en muchos casos la ley prevé dicha competencia a la máxima autoridad legislativa de una administración pública, acorde a lo estatuido en el artículo 130 del Código Orgánico Administrativo.
Si bien es cierto que, este tipo de acto es para regulación interna, también puede emitirse para regular las actuaciones de las personas, pero, dicha atribución debe estar expresamente prevista en el ordenamiento jurídico, no obstante, este tipo de actos que regulen o establezca requisitos para las administrados, entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial, conforme lo determina el artículo 16 de la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos. Aunque, esta potestad legislativa otorgada a las administraciones cuenta con sus propios límites/ prohibiciones, las mismas que se encuentra previstas en el artículo 131 del Código ibídem, por ejemplo, no podrá a través de un acto normativo de carácter administrativo: restringir los derechos y garantías constitucionales; regular materias reservadas a la ley; solicitar requisitos adicionales para el ejercicio de derechos y garantías distintos a los previstos en la ley; regular materias asignadas a la competencia de otras Administraciones; delegar la competencia normativa de carácter administrativo; y, emitir actos normativos de carácter administrativo sin competencia legal o constitucional.
Por otro lado, en razón a este tipo de actividad, el Presidente de la República goza de una potestad reglamentaria en relación a las leyes formales, es decir, podrá expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, potestad que se ampara a lo consagrado en el artículo 147.13 de la Constitución de la República. Empero, el ejercicio de esta potestad es diferente a la competencia normativa de carácter administrativo, puesto que, la última se ejerce en relación con el conjunto de la administra-
EXTRACTO DE CITACIÓN – PRENSA
A: ANGEL ROGELIO VIZHÑAY CAMAS
SE LES HACE SABER: Que en la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Santa Cruz-Galápagos, se ha presentado una demanda de DIVORCIO POR CAUSAL conforme al extracto de la providencia que sigue:
Juicio Nro. 20332-2020-00332
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA CRUZ.- Santa Cruz, lunes 17 de agosto del 2020, las 08h17, VISTOS: Yo, Dr. Milton Rodolfo Bojorque Bojorque AVOCO CONOCIMIENTO de esta causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Cruz, mediante Acción de Personal Nro. 169-DP20-UTPH-2015, expedida por el Consejo de la Judicatura de Galápagos; y, por el SORTEO LEGAL realizado.
CALIFICACIÓN: La DEMANDA de “DIVORCIO POR CAUSAL”, presentada por JHENNY ALEXANDRA ANGUINSACA PAUTA en contra de: ANGEL ROGELIO VIZHÑAY CAMAS, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califca y admite a trámite mediante Procedimiento Sumario., conforme al Art. 334, Nro. 3 del COGEP.
CURADOR AD LITEM: De conformidad con los Artículos 397 y 398 del Código Civil, en relación con el Art. 32 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), provéase a la hija menor del matrimonio: Sebastián Matías Vizhñay Anguinsaca (5 años), de un(a) Curador(a) Ad litem, que le represente en este juicio, a través de Audiencia de parientes y/o personas honorables; la misma que se llevará a cabo el día de la celebración de la audiencia única en forma previa; y, en el mismo acto será posesionado(a) el (la) curador(a) que sea designado(a).
SITUACIÓN PROVISIONAL HIJO MENOR: En aplicación del Art. 332, Nro. 4, del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), los Artículos Innumerados (9) y (10) de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia; en relación con la Resolución No. 001-CNNA-2013 emitida por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, publicada en el Registro Ofcial Suplemento No. 877 de 23 de Enero de 2013; por imperativo legal, en esta causa el Juez debe velar por el cumplimiento de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, por lo que se dispone:
TENENCIA PROVISIONAL: Se la otorga a la madre señora JHENNY ALEXANDRA ANGUINSACA PAUTA.
RÉGIMEN VISITAS PROVISIONAL: A favor del padre ANGEL ROGELIO VIZHÑAY CAMAS, se la establece provisionalmente en forma ABRIERTA y de común acuerdo entre los progenitores.
PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL: En aplicación del Art. 146, Inc. 3; Art. 332, Nro. 4, del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se fja la pensión alimenticia provisional que deberá pagar el señor ALEJANDRO EDISON MUÑIZ ARTEAGA, a favor del menor: Sebastián Matías Vizhñay Anguinsaca, en la suma de: CIENTO NOVENTA Y TRES DÓLARES (USD $ 193,00), más las pensiones adicionales; benefcios legales e indexaciones anuales que corresponden por Ley. La pensión se fja considerando que: el Salario Básico Unifcado del Trabajador en General (SBU2020) más el incremento (80%) para la Provincia de Galápagos (Lugar de residencia del Benefciario y Alimentante), es la cantidad de USD $ 720,00 (NIVEL UNO); con el descuento de aportación al IESS (9,45%); y, el valor fjado corresponde al 29,50% (Un hijo mayor de 3 años). Pensión alimenticia que deberá pagar a partir del: 11 de Agosto del 2020, fecha de presentación de la demanda.
CONTESTACIÓN: Se concede al Demandado el término de QUINCE (15) DÍAS, para que conteste la demanda de conformidad a lo establecido en el Art. 333, Nro. 3, del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones legales.
PRUEBA PARTE ACTORA: De acuerdo con la normativa vigente el Juez está prohibido de pronunciarse sobre el anuncio de medios probatorios (Art. 146, Inc. 4 COGEP); sin embargo, deben disponerse las diligencias necesarias para el cumplimiento de los medios probatorios anunciados, y que requieren la actuación judicial, por lo que se dispone:
Prueba Testimonial: En cuenta la prueba testimonial de las personas que se nominan, quienes deberán ser notifcadas de conformidad con los Artículos 190 y 191 del COGEP, siendo de cuenta y cargo de la parte que solicita, la comparecencia de los testigos a la audiencia.
Declaración de Parte: La Actora: JHENNY ALEXANDRA ANGUINSACA PAUTA comparecerá personalmente a la audiencia a rendir su declaración de parte, bajo prevenciones legales en caso de incumplimiento.
Se previene a los citados de su obligación de comparecer a juicio a fn de que ejerciten su derecho Constitucional a la defensa, bajo prevenciones legales.
Ab. Melissa Paladines Ramírez SECRETARIA
JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2023 La Hora, ECUADOR C4
ción pública central, así como los que convengan a la buena marcha de la administración.
Bibliografía
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Santofimio Gamboa Jaime Orlando, Tratado de Derecho Administrativo: Introducción a los conceptos de administración pública y el derecho administrativo: Colombia.
1.Es menester indicar que, cuando hablamos en el presente estudio sobre actividad administrativa, nos estamos refiriendo a cualquier tarea que la Administración realiza para cumplir sus objetivos, llámense estos actuaciones administrativas o actividades de la administración pública. Sin embargo, debemos exceptuar los trámites administrativos para referirnos a la actividad administrativa, puesto que, estos es el conjunto de requisitos, actividades, diligencias, actuaciones y procedimientos que realizan las personas ante la Administración Pública o ésta de oficio, con el fin de cumplir una obligación.
2.Sentencia nro. 37-19-IN/21 de 21 de diciembre de 2021, emitida en el Caso nro. 37-19-IN
3.Véase a Nicolás Granja Galindo, en su obra ‘‘Fundamentos del Derecho Administrativo’’, Ed. Universidad Particular de Loja, 2005, p. 296.
4.Publicado por Juan Pablo Aguilar y Verónica Chiriboga en su obra ‘‘Estudios sobre el Código Orgánico Administrativo’’, Ed. Cevallos: 2019, p. 91-113.
5.Óp. Cit.
NRO. 11203-2023-00616
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL
Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y o desconocidos del heredero fallecido señor SAMUEL GONZALEZ GONZALEZ, que en extracto es como sigue:
ACTORES: CARLOS HUMBERTO GONZALEZ GONZALEZ Y OTROS
DEMANDADOS: Herederos presuntos y o desconocidos del heredero fallecido señor SAMUEL GONZALEZ GONZALEZ
OBJETO: INVENTARIO
TRÁMITE: VOLUNTARIO
JUICIO: NRO. 11203-2023-00616
JUEZA: Dra. Glenda Del Carmen Castillo Ordoñez
EXTRACTO DEMANDA. - Loja, jueves 30 de marzo del 2023, a las 15h38.
VISTOS: DRA.GLENDA CASTILLO ORDOÑEZ, Jueza de Primer Nivel designada mediante Resolución No.300-2014, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 21 de noviembre del 2014; actualmente Jueza de Familia, con Acción de Personal No.1476–DP11–2021–FA de fecha 12 de agosto del 0221, en funciones desde el 1 septiembre del 2021.
Avoco conocimiento y competencia de la presente causa con los escritos que anteceden y se atienden. - En lo principal: la demanda de inventarios de bienes sucesorios presentada por LUIS ALFREDO GONZALEZ GONZALEZ, CARLOS HUMBERTO GONZALEZ GONZALEZ, MELVA VICTORIA GONZALEZ GONZALEZ, HORTENCIA MARIA GONZALEZ GONZALEZ, GONZALO GONZALEZ GONZALEZ, LINDER ALFREDO GONZALEZ GONZALEZ, LUIS AURELIO GONZALEZ GONZALEZ Y LUZ VICTORIA GONZALEZ GONZALEZ; también por la mortuoria de SAMUEL GONZALEZ GONZALEZ comparecen sus hijos SARA VICTORIA GONZALEZ CARTUCHE, XIOMARA STEFANIA GONZALEZ CARTUCHE, ALVARO ISRAEL GONZALEZ CARTUCHE, JORGE LUIS GONZALEZ CARTUCHE, OMAR SAMUEL GONZALEZ CARTUCHE, SALOME CATALINA GONZALEZ CARTUCHE, RICHARD ROLANDO GONZALEZ CARTUCHE, MARIA VANESSA GONZALEZ CARTUCHE, se la califca y admite a trámite, por cumplir con los requisitos del Art.142 del Código Orgánico General de Procesos, mediante el procedimiento voluntario, determinado en el Art.334.4 del mismo cuerpo normativo.- En tal virtud por advertirse del fallecimiento del señor LUIS AURELIO GONZALEZ ESPINOZA Y LUZ VICTORIA GONZALEZ Y LUZ VICTORIA GONZALEZ MEJIA, acaecido con fecha 22 de noviembre del año 2011 y del 11 de abril del año 2018 conforme se justifca con la inscripción de su defunción que obran a fojas 24 y 25 del proceso; sin dejar testamento alguno, quedando como sus herederos, sus hijos herederos universales y por representación; por lo anterior, por advertirse sus fallecimientos, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su respectivo fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art.341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por mi Autoridad, al efecto se dispone lo siguiente: PRIMERO: Cuéntese en este proceso, con los siguientes interesados: 1.1. Con los herederos universales: LUIS ALFREO GONZALEZ GONZALEZ, CARLOS HUMBERTO GONZALEZ GONZALEZ, MELVA VICTORIA GONZALEZ GONZALEZ, HORTENCIA MARIA GONZALEZ GONZALEZ, GONZALO GONZALEZ GONZALEZ, LINDER ALFREDO GONZALEZ GONZALEZ, LUIS AURELIO GONZALEZ GONZALEZ Y LUZ VICTORIA GONZALEZ GONZALEZ; 1.2. Con los herederos por representación o estirpe SAMUEL GONZALEZ GONZALEZ comparecen sus hijos SARA VICTORIA GONZALEZ CARTUCHE, XIOMARA STEFANIA GONZALEZ CARTUCHE, ALVARO ISRAEL GONZALEZ CARTUCHE, JORGE LUIS GONZALEZ CARTUCHE, OMAR SAMUEL GONZALEZ CARTUCHE, SALOME CATALINA GONZALEZ CARTUCHE, RICHARD ROLANDO GONZALEZ CARTUCHE, MARIA VANESSA GONZALEZ CARTUCHE. 1.3. Téngase en cuenta que no se dispone citación a domicilio personal alguno por su comparecencia de todos los interesados como accionantes de esta causa. SEGUNDO: Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes LUIS AURELIO GONZALEZ ESPINOZA Y LUZ VICTORIA GONZALEZ MEJIA, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1), del Código Orgánico General de Procesos.- Conférase el extracto respectivo; TERCERO: Téngase en cuenta la prueba que anuncian y presentan con su demanda, cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será califcada en la audiencia a convocarse.- Vista la naturaleza del proceso, no es necesario contar con las entidades requeridas.- Agréguese al proceso y téngase en cuenta la documentación acompañada a la demanda. CUARTO: Téngase en cuenta la cuantía de la acción. QUINTO: se toma en cuenta el casillero judicial y/o dirección de correo electrónico señalados por los demandantes y la autorización que le conferen a su Procuradora.- SEXTO: Vista a petición de parte se designa PROCURADOR COMUN a CARLOS HUMBERTO GONZALEZ GONZALEZ, para representar en esta causa a su hermana Sandra Patricia Seminario Macas. SÉPTIMO: Téngase en cuenta la cuantía; el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora, así como la autorización que le concede a su abogado defensor.- Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda.- Actúe la Dra. Carmen Paladines Criollo, en calidad de Secretaria titular de esta judicatura. Hágase saber.OTRA PROVIDENCIA.- Loja, martes 18 de julio del 2023, a las 09h57. De la revisión de las constancias procesales, se advierte que en el libelo de la demanda, los peticionarios han solicitado la citación a los herederos presuntos y/ o desconocidos del heredero fallecido SAMUEL GONZALEZ GONZALEZ, conforme a la partida de defunción que obra a fojas 26 del proceso, que se ha omitido en el auto inicial, y que en este auto se dispone y se cumpla con lo previsto Art.56.1 en consonancia a lo establecido en el Art. 58 del COGEP, se dispone citar a los herederos presuntos y/ o desconocidos del heredero fallecido SAMUEL GONZALEZ GONZALEZ y no sea alegue vulneración de derechos y del debido proceso, citaciones a realizarse por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico escrito de amplia circulación de esta ciudad y provincia Loja, para lo cual emítase el extracto correspondiente para el efecto.- Hágase saber.-
Loja, 21 de julio del 2023.
Dra. Carmen Luisa Paladines SECRETARIA
JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2023 La Hora, ECUADOR
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