Judicial,quito viernes 18 de diciembre del 2015

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DIVORCIOS UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO EXTRACTO JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL No. 2015-1260-PSF AC TOR: PABLO BERNARDO ZAMBRANO DELGADO DEMANDADA: MARIA DEL CARMEN ESPINOSA GANGUILA TRAMITE: VERBAL SUMARIO SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 18 de septiembre del 2015, las 16h32 . Una vez remitido el juramento de ley, se dispone CITAR a la señora MARIA DEL CARMEN ESPINOSA GANGUILA , mediante tres publicaciones en un periodico de amplia circulacion del Canton Quito conforme lo señalado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil del Código de Procedimiento Civil, en armonia con el Art. 119 del Código Civil. Confierase el correspondiente extracto, el mismo que será remitido a la casilla judicial No. 4454. Tengase en cuenta la casilla judicial para posteriores notificaciones y la autorización que le confiere su abogada patrocinadora. Notifiquese por ultima vez al abogado sustituido en la defensa. HÁGASE SABER. F) DRA. PATRICIA SEGARRA FAGGIONI.- JUEZA.Lo que comunico a Uds. para los fines de Ley, previniendoles de la obligación que tienen de señalar casillas judicial y electronica para futuras notificaciones, Certifico.DRA. AMPARO TAPIA REINOSO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO Hay firma y sello PAC105391fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRAC TO – DIVORCIO POR CAUSAL AC TOR: PAUCAR QUISHPE LUIS DARIO DEMANDADO: CUSHICONDOR PAUCAR MARIA ISABEL JUICIO No.: 2015 - 12729 TRAMITE: VERBAL SUMARIO C UA N T I A : I N D E T E R M I N A DA FUNDAMENTO LEGAL: Ar t. 110 numeral 9 del Código Civil vigente. CASILLA JUDICIAL: No. 5846 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO. Quito, martes 24 de noviembre del 2015, las 12h19. VISTOS: Por cumplido lo dispuesto en providencia anterior.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO.- CÍTESE con el contenido de la demanda y este auto recaído en ella a la demandada señora MARIA ISABEL CUSHICONDOR PAUCAR, de conformidad con lo que dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, mediando entre una y otra publicación ocho días, para lo cual se entregará el respectivo extracto,

bajo prevenciones que de comparecer a juicio la causa continuará en rebeldía.- Agréguese a los autos los documentos que acompañan.- Téngase en cuenta el casillero judicial No.- 5846 y correo electrónico indicado para notificaciones de la parte actora.- CITESE Y NOTIFIQUESE DRA. TERESA C A S T E LO SECRETARIA DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC105390fa

EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A MOLINA CUMBAJIN MONICA HAIDE, DEL JUICIO EJECUTIVO, PROPUESTO EN SU CONTRA POR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR - PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR - PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: MOLINA CUMBAJIN MONICA HAIDE JUICIO: No. 2014-2205-VR. TRAMITE: Ejecutivo CUANTIA: 10.000,oo FECHA DE INICIACION: 3 de febrero del 2015 U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 3 de febrero del 2015, las 09h55.VISTOS: En virtud de la nota sentada por la Oficina de Sorteos. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la Resolución 191-2014 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, La demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite ejecutivo.- En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, la demandada MOLINA CUMBAJIN MONICA HAIDE por sus propios y personales derechos, pague a la parte actora la cantidad demandada en el término de tres días o proponga excepciones dentro del mismo término y a quien se le citará en el lugar que se indica, para lo cual envíese suficiente despacho a la sala de citaciones.- Tómese en cuenta el correo electrónico, la casilla judicial señalada por la parte actora y autorización concedida a su abogado defensor. Agréguese la documentación adjunta.- Actúa la Dra. Rosa Guerrero en calidad de secretaria, mediante Acción de personal - 9307-DP-UPTH — 16/12/2014.- Notifíquese.- f ) Dr. Gustavo Salazar. Juez.OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 26 de octubre del 2015, las 09h02.- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la señora MOLINA CUMBAJIN MONICA HAIDE, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.Notifíquese. 1) Dr. Gustavo Salazar. Juez.Particular que llevo a su cono-

cimiento par los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones.Dr. Ivan Sandoval SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC105377fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A, JOSÉ VICENTE PORRAS MUÑOZ JUICIO No. 17320-2014-0123 ACTORA: Dra. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALC AZAR PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: JOSÉ VICENTE PORRAS MUÑOZ TRAMITE: EJECUTIVO C UA N T L 4 : 12.000 U S D. DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA. OBJETO: CITACIÓN JUDICIAL Se le hace conocer el extracto, y las providencias que a continuación sigue: PROVIDENCIAS: JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 7 de mayo del 2014, las 11h43. VISTOS: En virtud del sorteo correspondiente y en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura avoco conocimiento de la presente causa- En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia, que el demandado señor. JOSE VICENTE PORRAS MUÑOZ, cumpla con la obligación demandada o propongan las excepciones en el término legal de tres días Cítese a la demandada en el lugar que se indica para tal efecto.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalada por el actor.- Cuéntese con la Dra. Mercy Criollo en calidad de secretaria.- Notifiquese.- Lo enmendado Porras.- Vale.U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de agosto del 2015, las 11h14. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal, en mérito del juramento rendido por la actora en la calidad que obra de autos, sobre la imposibilidad de determinar la residencia, paradero o domicilio del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado señor José Vicente Porras Muñoz, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.-NOTIFIQUES .LO QUE LLE VO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO PREVINIENDOLE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PA R A POSTERIORES NOTIFICACIONES Hay firma y sello PAC105378fa LA R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL

De conformidad con lo establecido en el Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a los acreedores de la compañía TRACTORIENTE Cía. Ltda. “EN LIQUIDACIÓN” para que en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de esta notificación presenten los documentos que acrediten su derecho en las oficinas de la compañía ubicadas en la calle Jorge Juan N33-54 y Av. Atahualpa, piso 3, de esta ciudad de Quito. Quito, 11 de diciembre de 2015. Diego Burbano Arrellano, Liquidador P AR/101663/AG

Todo llega para el que sabe esperar. H e n r y W a d s o n r t h L o n g f e llo w . Poeta EE.UU.

A: RIC ARDO ALE JANDR O GALLARDO FLOR ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALC AZAR PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: RICARDO ALEJANDRO GALLARDO FLOR JUICIO EJECUTIVO No. 172302014-0478 — DRA. JACKELINE PATRICIA MEZA MERA CUANTIA: $ 5.000,oo U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de noviembre del 2014, las 14h12. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito y de conformidad con la Resolución No. 191 -2014 del 17 de Septiembre del 2014 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura y en virtud del sorteo de Ley.- La demanda que antecede es clara, completa, y reúne los requisitos determinados por la ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite EjecutivoEn consecuencia, el demandado Ricardo Alejandro Gallardo Flor, pague a la parte actora la cantidad adeudada o proponga excepciones dentro del término de tres días de citado.- Cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado en la dirección señalada para el efecto, en esta ciudad de Quito.- Agréguese al proceso la documentación adjunta.-Tomese en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado por la parte actora para sus notificaciones.CITESE Y NOTIFIQUESE.- F) DRA, VERONICA JARAMILLO HUILCAPI - JUEZA. U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 4 de noviembre del 2014, las 13h47. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil, mediante acción de Personal No. 8707-DNTH-2015-SBS, de fecha 23 de junio de 2015, suscrito por la Ing. María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano ( E) y la Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura-En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art.-56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado Ricardo Alejandro Gallardo Flor, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.- F) DRA. JACKELINE PATRICIA MEZA MERA, JUEZA. Lo que le comunico y CITO previniéndole la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. – CERTIFICO Dr. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO Hay firma y sello PAC105379fa

Se notifica la pérdida de placa No. PCE7241 del vehículo marca NISSAN XTRAIL CLASSIC TM 2,5 5P 4X4 color PLATEADO perteneciente MARIA GENOVEVA DIAZ BAUTISTA P AR/101679/AG

REMATEs REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE CARTEL AVISO JUDICIAL DE REMATE AL PUBLICO EN GENERAL Se pone en conocimiento del público en general que el día VIERNES QUINCE DE ENERO DEL DOS MIL DIEZ Y SEIS , a partir de las trece horas hasta las diecisiete en la Secretaría de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE, ubicado en la PANAMERICANA NORTE KM 1 ½ AYORA (LA REMONTA), se llevará a cabo el REMATE del bien inmueble embargado, cuyas características se detallan a continuación: JUICIO EJECUTIVO N° 173142014-0282 G.S. CARACTERISTICAS DEL INMUEBLE: El inmueble consta, además, de una vivienda de 52.50 metros cuadrados de superficie, en una sola planta, con las siguientes características: Estructura: Paredes soportantes Pisos: Cemento Paredes interiores: Bloque Paredes Exteriores: Bloque y Tapial Cubierta: Zinc Cielo Razo: Madera y Malla enlucida Pintura Interior: Si tiene Pintura Exterior: Si tiene Ventanas: Hierro Puertas: Madera Instalaciones Eléctricas: Empotradas Instalaciones Sanitarias: Empotradas Sanitarios: Económicos Grifería: Económicos Años de Construcción: 8 años CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA DE EMPLAZAMIENTO: • Lugares de interés en el Ve c i n d a r i o : Ed u c a c i ó n y Recreación por la cercanía a la Escuela Abelardo Muñoz, además el predio se halla contiguo a la Carretera de Monjas Alto a la que se accede por un tramo en tierra. • Zonificación del predio: Zona Rural • Infraestructura: Agua entubada y Energía Eléctrica. • Vía de acceso: Tierra • Pendiente del predio: Pronunciada • Cultivos: Maíz y Pasto • Clasificación de Plusvalía: BAJA COSTOS UNITARIOS PARA LA DEFINICIÓN DEL AVALÚO COMERCIAL: El avalúo catastral municipal, está en $ 0.34 (TREINTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR) por cada metro cuadrado de terreno, como se deduce de los valores constantes en el literal d), de este informe. Para el cálculo del avalúo comercial, dadas las condiciones y características del predio, se establece en $ 0.60 (SESENTA CENTAVOS DE DÓLAR) cada metro cuadrado de terreno. Dadas las condiciones y características de la vivienda existente, el avalúo comercial, se lo calcula en base a un valor unitario de 150.00 (CIENTO CINCUENTA DÓLARES 00/100), por cada metro cuadrado de construcción. LINDEROS: Norte: Río Monjas en una extensión de 79.44 metros laterales; Sur: Propiedad de Carlos Túquerres en una longitud de 76.00 metros lineales; Oriente: Propiedad de Juan Túquerres, en una longitud de 240.00 metros lineales; Occidente: Propiedad de Juan Túquerres, en una longitud de 240.00 metros lineales. CONCLUSIONES: a) El avalúo comercial del predio es de $ 8,835.00 (OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO DÓLARES 00/100) b) El avalúo comercial de la vivienda es de $ 7,875.00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO DÓLARES 00/100) c) El Avalúo Comercial Total es de $ 16,710.00 (DIECISEIS MIL SETECIENTOS DIEZ DÓLARES 00/100) Por tratarse del segundo seña-

lamiento se recibirán las posturas que cubran el cincuenta por ciento del avalúo total aprobado, debiendo adjuntar el diez por ciento de su oferta en sobre cerrado, en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre de la Unidad Judicial Civil del cantón Cayambe Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes. Dr. Rafael Gustavo Cisneros SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CAYAMBE Hay firma y sello P AR/101599/AG

VARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA C I TA C I Ó N JUDICIAL AL DEMANDADO COMPAÑÍA AUTO PICHINCHA I M P O R TA D O R A S.A. APISA, EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE Y R E P R E S E N TA N T E LEGAL SEÑOR RODRIGO FELIPE GALLEGOS BANDERAS Juicio No.: 2037 -2014 ACTOR: SUMBANA CHAMBA JOSE ANTONIO DEMANDADOS: Compañía AUTO PICHINCHA IMPORTADORA S.A. APISA, propietaria del Edificio Auto Pichincha, en las personas de su Presidente y representante legal RODRIGO FELIPE GALLEGOS BANDERAS, y de su apoderado general, ALBERTO GALLEGOS SANDOVAL; al señor, ENRIQUE EFRAIN JIJON ESPINOSA, como administrador del Edificio Auto Pichincha. CUANTÍA: $30.000.00 PROVIDENCIAS: CO R T E PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 02 de junio del 2014, las 09h26.- VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora.- En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite oral, de conformidad con el artículo 575 del Código del Trabajo.- Cítese con el contenido de la demanda, escritos precedentes y esta providencia a la parte demandada: Compañía AUTO PICHINCHA IMPORTADORA S.A. APISA, propietaria del Edificio Auto Pichincha, en las personas de su Presidente y representante legal RODRIGO FELIPE GALLEGOS BANDERAS, y de su apoderado general, ALBERTO GALLEGOS SANDOVAL; al señor, ENRIQUE EFRAIN JIJON ESPINOSA, como administrador del Edificio Auto Pichincha; y a éstos por sus propios y personales derechos, como obligados solidarios, en el domicilio señalado para el efecto, envíese el despacho suficiente y cúmplase con la diligencia en el término de cinco días, previsto en el inciso segundo del artículo 576 ibídem, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico dentro del perímetro legal de esta ciudad.- Hecho que fuere, convocase para audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas, el día 15 de julio de 2014 a las 15h00, a la que comparecerán las partes en forma personal acompañados de sus abogados defensores o por medio de procurador judicial dotado de poder suficiente para transigir, de conformidad con el numeral 11 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con lo establecido en el Art. 44 del Código de Procedimiento Civil.- Sin perjuicio de su exposición oral, el demandado deberá presentar su contestación de forma escrita.Téngase en cuenta la cuantía fijada en esta causa.- Agréguese al proceso los documentos presentados por la parte actora.- De ser posible en el momento de la diligencia la parte actora, proporcione en medio digital la demanda.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.f ).- Ab. Gustavo Corral, Juez; f ) Dra. Mónica Flores Cevallos., Secretaria que Certifica.UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.-Quito, lunes 14 de diciembre del 2015, las 09h31.-

Revista judicial VIERNES 18de DICIEMBRE de2015 La Hora Quito, ecuador Agréguese al proceso el escrito y así como el oficio remitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores que antecede.- En mérito del escrito de fecha: 15 de octubre del 2015, se dispone: Toda vez que la actora manifiesta con juramento desconocer el domicilio de la demandada y una vez reconocido la firma y rubrica de dicho pedido, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena: CITESE a la demandada señora: COMPAÑÍA AUTO PICHINCHA I M P O R TA D O R A S.A. APISA, EN LA PERSONA DE SU PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL SEÑOR RODRIGO FELIPE GALLEGOS BANDERAS, en la calidad determinada en la demanda, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- En lo principal se señala PARA EL DÍA 26 DE FEBRERO DEL 2016, A LAS 08H00, a fin de que tenga lugar la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas.- En lo demás, las partes estarán a lo dispuesto en auto inicial de fecha 02 de junio del 2014, las 09h26, y esta providencia.Adjunto sírvase en contractar el extracto respectivo para la publicación por la prensa.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f ).CORRAL CALDERON GUSTAVO, JUEZ; Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico.Quito, 14 de diciembre de 2015 AB. PAULINA FONSECA SECRE TARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay sello P AR/101664/AG EXTRACTO CITACIÓN PRENSA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Jueza Ponente Dra. Lizbeth Marisol Ron Cadena EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES: EUGENIO RACINES CEVALLOS Y BLANCA AZUCENA SALAS JARRÍN JUICIO: Ordinario.-N° 201509303 ACTOR: LUIS VICENTE RACINES SALAS OBJETO: CITACIÓN por la PRENSA Art. 58 del Código General de Procesos Se hace conocer el extracto y providencia emitida PROVIDENCIA U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de julio del 2015, las 08h12. Vistos.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de jueza titular de esta judicatura, y en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara completa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia córrase traslado con la misma a la demandada MARCO PATRICIO RACINES SALAS, PABLO ANIBAL RACINES SALAS Y MONICA ELIZABETH RACINES SALAS, Y LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES EUGENIO RACINES CEVALLOS BLANCA AZUCENA SALAS JARRIN, por el término de quince días bajo apercibimiento en rebeldía, a fin que propongan las excepciones dilatorias y perentorias en las que se creyeren asistidos.Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón. Cuéntese en le presente causa con el Ilustre Municipio de Quito, a quienes se los citará en el lugar señalado para el efecto. En mérito al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con lo dispuesto en el los Arts. 82 y 83 del Código de

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Procedimiento Civil, cítese a la parte demandada HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES EUGENIO RACINES CEVALLOS BLANCA AZUCENA SALAS JARRIN, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el correspondiente extracto. Para el resto de demandados remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado. Agréguese la documentación acompañada.- Notifíquese. f ) Dra. Lizbeth Marisol Ron Cadena La que COMUNICO Y CITO, para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación de señalar domicilio legal para posteriores notificaciones. Quito, 18 de noviembre del 2015 Dr. Paúl Andrés Tapia SECRETARIO Hay firma y sello P AR/101662/AG R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUICIO DE TRABAJO ORAL Nº 02317-2015 AC TOR: VILLACIS CARRILLO DIEGO FRANCISCO D E M A N DA D O : MANCHENO VILLACRESES RUBEN PATRICIO, POR SUS PROPIOS DERECHOS Y EN CALIDAD DE GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA RUBEN MANCHENO RM CONSTRUCTORES CIA. LTDA CUANTÍA: USD $ 100.000, oo CIEN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA INICIO: 7 de Mayo de 2015 DEFENSOR: A B. C A R LO S MANOSALVAS CASILLERO: 572 JUEZ: DRA. MARIA DOMINGUEZ S E C R E TA R I O : DR. JORGE PRECIADO PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS: Abg. Cristina Chango, en mi calidad de Juez Encargada de la Unidad Judicial Primera Especializada de Trabajo del Cantón Quito, mediante acción de personal No. 3239-DP-UPTH de 06 de mayo del 2015, avoco conocimiento de la presente causa.- en virtud del sorteo realizado.-, en lo Principal, dando cumplimiento a lo ordenado en el Art. 575 del Código del Trabajo, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite oral.- Dispònese que se cite a la parte demandada: MANCHENO VILLACRESES RUBEN PATRICIO, por sus propios derechos y en calidad de Gerente y Representante Legal de la compañía RUBEN MANCHENO RM CONSTRUCTORES CIA. LTDA, en el domicilio señalado para el efecto, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, así como el correo electrónico para que en lo posterior reciba las respectivas notificaciones dentro del presente juicio, hasta que dicha dirección electrónica sea remplazada por el Consejo de la Judicatura a través del Foro de Abogados. La citación se realizara en el término de cinco días, como lo dispone el inciso segundo del Art. 576 del Código del Trabajo.Convocase a las partes, a audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas las mismas que deberán presentar por escrito, el día 10 de julio del 2015 a las 09:00 horas; diligencia a la que comparecerán las partes con sus abogados defensores o sus procuradores judiciales debidamente acreditados con poder que contenga cláusula para transigir, conforme lo dispone el numeral 11 del Art. 130, del Código Orgánico de la Función Judicial.- Tómese en cuenta la cuantía fijada, el casillero judicial N° 572 y la autorización otorgada para su defensa al Ab. Carlos Manosalvas Silva Email carlos.manosalvas@quevedo-ponce. com.- Actúa en la presente causa como Secretaria Encargada la Ab. Verónica Mena, conforme a la Acción de Personal No.- 0721- DP-UPTH, de

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