Edición impresa Revista Judicial del 7 de enero de 2013

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de la Constitución permanente y complejo y esto lo hacen todas las funciones del Estado y su seguimiento puntual es una tarea complicada (...)”. El tratadista antes mencionado también manifiesta que: “El neoconstitucionalismo transformador es un camino por construir y por recorrer, que toma tiempo, compromiso, diálogo intercultural y auténtica participación. Las posibilidades de innovación y adaptación que ofrece la Constitución son enormes. Mencionemos algunos retos

el distinguido tratadista ecuatoriano Ramiro Ávila Santamaría, señala: “(...) que la transición de un Estado nacional y un derecho formal a un Estado plurinacional y a un derecho transformador no es fácil ni tampoco es rápido, los primeros pasos son decisivos, de tal modo que hay que modificar la cultura jurídica de carácter privatista/civilista, que impide comprender el texto constitucional incluso en esferas gubernamentales y en la gran mayoría de escuelas de derecho, toda vez que hay un desarrollo normativo

PODERES SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS EXTRACTO DE LOS DOCUMENTOS EN BASE A LOS CUALES SE CONCEDE EL PERMISO PARA OPERAR EN EL ECUADOR A LA COMPAÑÍA EXTRANJERA DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA, INGENIERIA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A. Se comunica al público que la compañía extranjera de nacionalidad española, INGENIERIA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A., se domicilió en la República del Ecuador, mediante dos protocolizaciones efectuadas el 10 y dos del 26 de diciembre del 2012, ante el Notario Décimo del Distrito Metropolitano de Quito. Fue autorizada por la Superintendencia de Compañías para establecer una sucursal en el Ecuador y operar en el país mediante Resolución No. SC.IJ. DJCPTE.Q.12.6846 de 28 de diciembre de 2012 y se la inscribió en el Registro Mercantil del

Distrito Metropolitano de Quito, el 4 de enero de 2013. 1. Nacionalidad: Española. 2. Domicilio de la Sucursal en el Ecuador: Distrito Metropolitano de Quito. 3. Actividad de la compañía extranjera: El ejercicio de las actividades, la prestación de servicios, contratación y ejecución de trabajos de ingeniería,... 4. Capital Asignado: USD $ 15.000,00 de los Estados Unidos de América. 5. Representante en el Ecuador: Señor Pablo Alejandro Naranjo Silva, de nacionalidad ecuatoriana, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito. NOTARÍA DÉCIMA, Doctor Diego J. Almeida Monter, Notario Suplente - (E) DI 4 COPIAS Quito 10 de diciembre del 2012 PROTOCOLIZACIÓN Documentos relativos a la compañía española Ingeniería Estudios y Proyectos NIP, S.A. – Quito 10 de diciembre del 2012 Dr. Diego Javier Almeida Montero Notario Suplente, (E) de la Notaría Décima

RP&C Abogados NOTARÍA DÉCIMA DEL CANTÓN QUITO Por medio de la presente solicito a usted se sirva protocolizar y agregar en el registro de escrituras públicas a su cargo, los documentos relativos a la compañía española INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A., tales como: Declaración del Consejero Delegado sobre la apertura de una sucursal en el exterior (República del Ecuador); Poder General otorgado a favor del señor Pablo Alejandro Naranjo Silva para que represente a la compañía española en el Ecuador y el respectivo nombramiento del Representante Legal de INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A. (consejero Delegado), documentos que se encuentran debidamente apostillados conforme a la Convención de la Haya. De la mencionada protocolización solicito se me otorgue cuatro copias certificadas. Ab. Jaime Mejía Mat. 12086 C.A.P. INGENIERÍA, ESTUDIOS Y

que hay que afrontar y que desarrollamos a continuación. 1. La inevitable ilegitimidad de una Constitución fuertemente materializada. 2. Los vínculos que hay que construir con los movimientos sociales, en lo particular con el movimiento indígena; 3. La interrelación que debe generarse entre el Estado y la sociedad; 4. La democratización intercultural del poder; 5. La construcción orgánica de la plurinacionalidad;

Hacer con soltura lo que es difícil a los demás, he ahí la señal del talento; hacer lo que es imposible al talento, he ahí el signo del genio. A M I E L , H E N RY F. PROYECTOS NIP, S.A. Consulado General del ecuador en Madrid Calle Comandante Azcárraga s/n 28016 Madrid Por medio de la presente, yo, Don Cristóbal Gonzalez de Aguilar Alonso Urquijo como consejero Delegado de la empresa INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A. Confirmo que: INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A., de acuerdo con el artículo 3 de sus Estatutos de Constitución, tiene capacidad para negociar internacionalmente y abrir sucursales en

REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS

REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS

EXTRACTO

EXTRACTO

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA PEKKYBERRY HELADERIA S.A.

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TACITRANS CIA. LTDA.

La compañía PEKKYBERRY HELADERIA S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Cuarto del Cantón, el 20 de Noviembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC. Q.12.006790 de 27 de Diciembre de 2012.

La compañía COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TACITRANS CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, el 23 de Noviembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.000037 de 03 de Enero de 2013.

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: COMPRA, VENTA, ALQUILER, ARRENDAMIENTO, IMPORTACION, EXPORTACION, DISTRIBUCION, CONSIGNACION Y REPRESENTACION DE TODO TIPO DE PRODUCTOS DE HELADERIA....” Quito, 27 de Diciembre de 2012.

1.- DOMICILIO: Cantón MEJIA, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA COMPAÑÍA SE DEDICARÁ EXCLUSIVAMENTE AL TRANSPORTE DE CARGA PESADA A NIVEL NACIONAL.... Quito, 03 de Enero de 2013.

Dr. Eddy Viteri Garcés. ESPECIALISTA JURlDICO SUPERVISOR

Dr. Eddy Viteri Garcés ESPECIALISTA JURIDICO SUPERVISOR AC/89296/tf

6. Seguir pensando y fuerte”. Así lo señala, en su obra el Neoconstitucionalismo Transformador. El Estado y Derecho en la Constitución de 2008. Termina manifestando: “La mencionada Ley de la Función Judicial (se refiere al Código Orgánico de la Función Judicial), ajustada a los principios de la Constitución, ofrece herramientas adecuadas para la transformación de la justicia: profesionalización de los servidores judiciales a través de evaluaciones cons-

el exterior. Sin otro particular, firmo la presente declaración en Madrid a fecha 19 de noviembre de 2012. INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A. Cristóbal González de Aguilar Alonso-Urquijo Consejero Delegado INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A. LEGITIMACIÓN DE FOTOCOPIA Yo Carlos Rives Gracia, Notario del Ilustre colegio notarial de Madrid, con residencia en la capital, doy fe: que la presente fotocopia, en papel de los Colegios notariales de España, es reproducción fiel y exacta de las páginas número: 2 y 3 de su original, con la que he cotejado que he tenido presente y devuelvo. Madrid, a tres de diciembre de dos mil doce TOMO INDICADOR IX No. 2811 APOSTILLE NÚMERO: DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES EN MADRID A 27 DE NOVIEMBRE DEL 2012. Ante mí, CARLOS RIVES GRACIA, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en esta Capital, COMPARECE: Don Cristóbal González de Aguilar Alonso-Urquijo, mayor de edad, casado, vecino de Madrid, con domicilio en la calle Núñez de Balboa, número 98 y con D.N.I. número 1.397.142-F INTERVIENE En nombre y representación, como Consejero Delegado, de la Sociedad (INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A.), domiciliada en Madrid en la calle Javier Ferrero no. 10, con C.I.F. número A-28/457984; constituida por tiempo indefinido, mediante escritura autorizada por el Notario que fue de Madrid, Don miguel Mestanza Fraguero, el día 23 de diciembre de 1976, con el número 723 de su protocolo, que se inscribió en el Registro mercantil de Madrid, al tomo 4423 General, 3621 de la Sección 3a del libro de sociedades, folio 20, hoja No. 34810, inscripción 1a; modificada por otras y adoptados sus estatutos

a la Ley 19/1989 de 25 de Julio en escritura autorizada por el citado Notario de esta Capital Señor Mestanza Fraguero, el día 1 de febrero de 1990, con el número 377 de su protocolo. Tiene por objeto social: 1.- Trabajos de consultoría, asistencia técnica, comercial, profesional e informática incluyéndose entre otras actividades la realización de estudios, informes, proyectos, auditorías, toma de datos y encuestas, tipografía y cartografía, supervisión y dirección de obra, elaboración de censos e inventarios, servicios de mantenimiento, elaboración de manuales y edición de documentos, y en general cualquier otra análoga realizada por profesionales propios o contratados por la sociedad; 2; la ejecución y mantenimiento de obras e instalaciones previamente proyectados por el a y por otros, así como la fabricación y suministro de material informático, eléctrico, electrónico y de equipos industriales de fabricación propia ajena; 3; la intervención y elaboración de informes y consultoría en prevención de riesgos laborales así como la investigación y asesoramiento técnico en dicha materia. LA formación en materia de seguridad y salud así como su coordinación en fase de proyectos y ejecución de obra y la redacción de estudios al respecto.- 4.- Servicios de comunicación de voz y o datos, alquiles de circuitos para la transmisión de voz y o datos, la provisión de los medios técnicos y humanos necesarios para que los usuarios finales de las redes de telecomunicaciones accedan y tengan presencia en internet y otros servicios de valor añadido sobre redes de telecomunicaciones 5.Trabajos asociados a la puesta en funcionamiento, el seguimiento, la gestión y control de equipos y sistemas informáticos y de las infraestructuras telemáticas, necesarias para la adecuada explotación de programas de aplicaciones informáticas. Ostenta dicha representación en virtud de su expresado cargo, que asegura ejercer para el que fue reelegido Consejero y asimismo Consejero Delegado de la Sociedad, por el plazo de 5 años, por acuerdos de la Junta General universal de Accionistas y del Consejo de Administración de la Compañía en su reunión celebrada el 21 de Mayo del 2010 y elevadas a público mediante escritura otorgada el 10 de junio de 2010, ante el Notario de Madrid Don Carlos Rives Gracia y

REVISTA JUDICIAL LUNES 7 DE ENERO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR

tantes y de la escuela judicial, y mecanismos de selección en base a méritos (...)”. Dr. José García Falconí Docente, Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Central del Ecuador Correo: josegarciafalconi@gmail.com

con el Número 1.836 de orden de protocolo, a quien se le delegó las facultades delegables legalmente correspondientes al Consejo de Administración que se encuentran recogidas en el artículo 13 de los Estatutos Sociales. Copia de la cual, que causó la inscripción 160a en el Registro Mercantil de Madrid, tengo a la vista, y yo, el Notario, estimo bajo mi responsabilidad, que dicho señor resulta suficientemente facultado para el apoderamiento que se instrumenta en esta escritura. Manifiesta el señor compareciente que las facultades a su favor conferidas no han sido revocadas, suspendidas, restringidas ni limitadas en forma alguna, que no ha sufrido alteración ni modificación la existencia y capacidad jurídica de la sociedad que representa y que el domicilio y objetos sociales están vigentes. Con relación a la sociedad, yo, el Notario, hago constar expresamente que he cumplido la obligación de identificación del titular real q que impone la Ley 10/2012 de 28 de Abril, cuyo resultado es: por manifestación del compareciente que no existe “titular real”, por cuanto ningún socio de la sociedad ostenta un porcentaje superior al 25% del capital social. Lo que declara a todos los efectos legales, referidos en la citada Ley. Así mismo ha quedado incorporado a los archivos informáticos de la notaría la imagen escaneada del Documento de Identidad del Compareciente. Tiene a mi juicio, la capacidad legal necesaria para formalizar la presente escritura de APODERAMIENTO, al efecto OTORGA: Que, en la representación que ostenta, confiere Poder general, amplio y suficiente el cual en derecho se requiere a favor de Don Pablo Alejandro Naranjo Silva, portador de cédula de ciudadanía ecuatoriana 1713692539, domiciliado en la ciudad de Quito; para que actúe, como representante legal de la Compañía INGENIERÍA, ESTUDIOS Y PROYECTOS NIP, S.A, en Ecuador, para que pueda contestar demandas y cumplir las obligaciones contraídas. En general, para que actúe a nombre de la sociedad con las siguientes atribuciones: 1) Actuar individualmente como Apoderado General de la Sucursal en la República del Ecuador y ante sus entidades públicas y privadas, cortes legales con poder amplio y suficiente para cumplir con todas y cada una de las leyes

AVISO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA REZESA RECICLAJES ZEUS S.A. De conformidad con los dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías, y en mi calidad de Liquidadora de la Compañía REZESA RECICLAJES ZEUS S.A. en liquidación, realizó la presente notificación pública a los acreedores de mi representada, para que en el término de veinte días contados desde la última publicación de este aviso, presenten ante mi, en el inmueble ubicado en las calles Leonidas Proaño S/N y calle San José, Barrio Calderón, parroquia Calderón Carapungo, cantón Quito, teléfono 2827835, los documentos que acrediten su derecho. Transcurrido ese término, solamente se tomará en cuenta a los acreedores que haya probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación.. Quito, 4 de Enero del 2013. CPA. VERÓNICA KATHERINE TAMAYO GUEVARA LIQUIDADORA

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del Ecuador. 2) Efectuar todos los actos y asuntos que tengan lugar en el Ecuador, con poder amplio y suficiente, especialmente, la capacidad de responder toda demanda y cumplir con todas y cada una de las obligaciones que se generen en la República del Ecuador. 3) Suscribir y presentar ante instituciones públicas o privadas, propuestas y ofertas para la prestación de los servicios de las Sucursal de la Compañía en la República del Ecuador, y cualquier clase de documento precontractual. 4) Suscribir cualquier clase de contratos tales como civiles, mercantiles, laborales entre otros, a fin de facilitar la operación de la Sucursal de la Compañía en Ecuador, incluyendo pero sin limitarse a la suscripción de contratos con el sector público en la República del Ecuador, sea ante entidades públicas o privadas, obligando legalmente a la Sucursal de la Compañía en Ecuador conforme cada contrato sea acordado. 5) Realizar ante el Servicio de Rentas Internas todas las gestiones y actos necesarios así como suscribir y presentar todos los documentos requeridos para el cabal cumplimiento de las obligaciones tributarias a que hubiere lugar. 6 Presentar peticiones reclamos y recursos de carácter administrativo, ante la administración tributaria nacional o seccional. 7) Realizar ante el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social todas las gestiones y actos necesarios así como suscribir y presentar todos los documentos requeridos para el cabal cumplimiento de las obligaciones patronales a que hubiere lugar. El Apoderado General se encuentra facultado para para intervenir en su actuación con amplias facultades, por lo que no se podrá alegar falta de insuficiencia de atribuciones a efectos de que el Apoderado General realice y ejecute el mandato a él conferido en virtud del presente instrumento. Este poder incluye las facultades contenidas en el Artículo 415 de la Ley de Compañías, consecuentemente el Apoderado tendrán todas las facultades para realizar todos los actos y negocios que van a tener lugar en Ecuador. La vigencia del presente Poder General es hasta que sea expresamente revocado. Yo, el Notario, hago las oportunas advertencias al respecto. PROTECCIÓN DE DATOS INFORMATICOS.- Los datos recabados formarán parte de los ficheros existentes en la Notaria. Su finalidad es realizar la formalización de la presente, su facturación y seguimiento posterior, la realización de remisiones del obligado cumplimiento y las funciones propias de la actividad notarial, por lo que su aportación es obligatoria. Los datos serán tratados y protegidos según la legislación notarial y la LO. 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter Personal. El titular de los mismos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Notaria del Notario autorizante, sita en la calle general Arrando, número 19, Bajo Madrid. Así lo dice y otorga el compa-

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