Edición impresa Revista Judicial del 6 de noviembre de 2012

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

REVISTA JUDICIAL C6

MARTES 6 DE NOVIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR

MARIA CECILIA ACHI SANCHEZ.ACTOR JAIME FABIAN ESPINOSA BAGUA.- DEMANDADO: MARIA CECILIA ACHI SANCHEZ.- TRAMITE: VERBAL SUMARIO.- CUANTIA: INDETERMINADA.- FUNDAMENTOS DE DERECHO: EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 110 NUMERAL 11 INCISO SEGUNDO, DEL CODIGO CIVIL.- ASUNTO: DISOLUCION VINCULO M AT R I M O N I A L ( M AT R I M O N I O C E L E B RA D O EN CALDERON, PROVINCIA DE PICHINCHA EL SEIS DE MAYO DEL DOS MIL, HAN PROCREADO UN HIJO: OSWALDO DANIEL ESPINOSA ACHI, MENOR DE EDAD, NO HAN ADQUIRIDO BIENES DE NINGUNA NATURALEZA.- FECHA DE INICIACION DEL JUICIO: 14 DE MAYO DEL 2011. NUMERO DE CAUSA: 0624-2011.GP.- DOMICILIO LEGAL.- CASILLA JUDICIAL NO. 4754 DRA. SONIA SHUGULI PROVIDENCIA JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito. Jueves 26 de Mayo del 2012, las 16h00.- VISTOS.La competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura mediante el sorteo respectivo, por lo tanto, avoco conocimiento de la misma. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, se la admite al trámite Verbal Sumario. En mérito al juramento rendido y de acuerdo a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil cítese a la demandada señora MARIA CECILIA ACHI SANCHEZ por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito, en conformidad a lo establecido en el Art. 119 del Código Civil, para los fines legales pertinentes. Entréguese el extracto respectivo. Téngase en cuenta la insinuación de curador ad-litem, hecha en la demanda. Agréguese la documentación acompañada. Tómese nota del domicilio judicial señalado. Notifíquese. f) Dr. Armando Aceldo Gualli, Juez. Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.- CERTIFICO. AB. HENNY BELTRÁN SECRETARIA (E) Hay un sello A.C./88395 JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDGAR GUSTAVO MOLINA RECALDE EXTRACTO JUICIO: PA G O POR CONSIGNACIÓN ACTOR: BEATRIZ DEL CISNE ORDOÑEZ BERZOZA D E M A N DA DA : H E R E D E RO S PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDGAR GUSTAVO MOLINA RECALDE TRAMITE: ESPECIAL CAUSA No. 713-2012-AL CUANTIA.: DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO DÓLARES “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA., Quito, lunes 24 de septiembre del 2012, las 14h29 “VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia anterior se dispone: La demanda presentada es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos de ley por lo que se la admite a trámite.- En consecuencia, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 807 del Código de Procedimiento Civil, dispónese que los demandados, se presenten a recibir la cosa ofrecida, dentro del tercer día de citados, en horas hábiles.- Cítese a los señores Vanessa Carolina Molina Galves y Edgar David Molina Galves, herederos conocidos del causante señor Edgar Gustavo Molina Recalde en el lugar indicado, para el efecto, la parte actora proporcione las copias suficientes a fin de elaborar las boletas respectivas. En virtud del juramento rendido conforme determina el Art. 82 inciso tercero del Código Adjetivo Civil se dispone citar a los herederos presuntos y desconocidos del señor Edgar Gustavo Molina Recalde por medio de tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito, debiendo entregarse el extracto correspondiente.Agréguese la documentación adjunta. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización a su abogado defensor.- Notifíquese” Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.Atentamente, DR. WASHINGTON TORRES SECRETARIO ENCARGADO Hay firma y sello AC/88368/tf

REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 50797-2012-MR ACTOR: OMAR OLIVAS RUIZ (C O M PA Ñ Í A ELABORADOS CÁRNICOS S.A. ECARNI ) ACCIONADO: JOHAN MANUEL RICAURTE MURILLO CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 50797-2012-MR. que sigue el (a) señor (a) OMAR OLIVAS RUIZ, Representante Legal de la COMPAÑÍA ELABORADOS CÁRNICOS S.A. ECARNI, en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) JOHAN MANUEL RICAURTE MURILLO, en su calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito. 26 de octubre del 2012, a las 08H34.Agréguese al expediente el escrito presentado por la parte accionante, atendiendo al mismo se dispone lo siguiente: 1) Agréguese al trámite la Declaración Juramentada, presentada mediante escrito de fecha 24 de octubre del 2012 a las 16h13 minutos, misma que esta celebrada ante Notario Público por la parte actora indicando que desconoce el domicilio del accionado (a), por lo que en aplicación al Art. 183,545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifiquese al trabajador señor JOHAN MANUEL RICAURTE MURILLO, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado (a), a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro de los diez días siguientes, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Miriam Rodríguez. Lo que comunico para los fines de Ley INSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHA 87764

EXTRACTO REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO DE GARANTIAS PENALES DE PICHINCHA Extracto de Juicio Nro.- 2012-0020DC Acusador particular: NUBIA LORENA PAZMIÑO VARGAS Procesada: MARIA EUGENIA BOLAÑOS PASPUEL OBJETO.- De la resolución emitida por este Juzgado con fecha 17 de Julio del 2012, las 16h41, respecto a la Audiencia de Suspensión Condicional del Procedimiento en la cual la procesada MARIA EUGENIA BOLAÑOS PASPUEL admite su participación en el hecho fáctico y solicita acogerse a la suspensión condicional del Procedimiento dispuesto en el art. 37.2 del Código de Procedimiento Penal. Domicilio Legal: a NUBIA LORENA PAZMIÑO VARGAS en la Casilla 5544, MARIA EUGENIA BOLAÑOS PASPUEL, en la casilla 4558, del Dr./ Ab SANTELICES ITURRA WALDO SALVADOR DEFENSORIA PUBLICA PENAL, En la casilla 5711 DEFENSORIA PUBLICA PENAL en la casilla 5387; Dra. SYLVIA XIMENA SÁNCHEZ INSUASTY, FISCAL DE PICHINCHA, FISCALIA ESPECIALIZADA DE PERSONAS Y GARANTIAS, en la casilla 3519; UNIDAD DE GESTION DE AUDIENCIAS en la casilla 5957. Causa 0020-2012. D.C Fecha de iniciación del Juicio: 20 de Mayo del 2012 Tramita: DIEGO CARVAJAL MURILLO AUTO.- “...VISTOS.- Se acepta la Suspensión Condicional de Procedimiento, a favor de la procesada BOLAÑOS PASPUEL MARÍA EUGENIA, por cuanto ha admitido el delito investigado y por existir previo acuerdo entre las partes procesales bajo las siguientes condiciones: De cumplimiento a los literales b) esto es que se abstenga de frecuentar al lugar de trabajo o domicilio de la acusadora particular NUBIA LORENA PAZMIÑO VARGAS; c) que continúe el tratamiento psicológico la acusada María Eugenia Bolaños Paspuel en el Centro Integral de la Familia de esta ciudad de Quito por el tiempo de 8 meses a partir de la presente resolución ; f) reparar los daños a favor de la acusadora particular NUBIA LORENA PAZMIÑO VARGAS; así

JUDICIAL QUITO

como reparación se establece que la acusada MARIA EUGENIA BOLAÑOS PASPUEL, elimine las cuentas de correo electrónico que constan en el proceso de la cuenta del correo electrónico caritoromero1@hotmail. com, y de la red social FACEBOOK la creada a nombre de NUBIA PAZMIÑO, de la cuenta impuesta a la acusadora particular; se elimine las cuentas de correo electrónico lorenasifuentes1@hormail. com; caritoromero1@hotmail.es y nubiapazmi23@hotmail.com; h).Se continúe presentándose la acusada MARIA EUGENIA BOLAÑOS PASPUEL, ante esta judicatura por el tiempo de 6 meses a partir de notificación; y; i) no tener instrucción fiscal por nuevo delito. Actúe la Dra. Paola Armas, en calidad de Secretaria Encargada de esta Judicatura quien certifica.- Notifíquese...” DRA. PAOLA ARMAS SANTANA SECRETARIA JUZGADO DÉCIMO DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA Existe firma y sello. A.R./888913/k.m.

ANULACIONES

BANCO PICHINCHA QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 797 al 797 de la Cta. Cte. No. 3455228104 perteneciente a GUAMBO YUQUILEMA VICENTE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (1) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 813 al 839 de la Cta. Cte. No. 3465299104 perteneciente a ALCIVAR ACEBO KAREN GABRIELA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (2) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 87977 al 87977 valor $ 76,27 de la Cta. Cte. No. 3008733804 perteneciente a TARJEAL CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (3) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 7 al 30 de la Cta. Cte. No. 2100016095 perteneciente a FIGUEROA ZAMBRANO SIMON AGUSTIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la

Si no te equivocas de vez en cuando, es que no lo intentas. W O O DY A L L E N

última publicación. AC/ (4) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 4826 al 4826 valor $ 2000.00 de la Cta. Cte. No. 3081020604 perteneciente a OJEDA CARRERA GONZALO FERNANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (5) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5969 al 5969 de la Cta. Cte. No. 3253595004 perteneciente a ALLQUALITY S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (6) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1508 al 1508 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (7) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3719 al 3723 de la Cta. Cte. No. 3122276104 perteneciente a CORONEL OROZCO ELSA AUSTRABERTA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (8) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 432 al 432 de la Cta. Cte. No. 3517183304 perteneciente a ALARCON LOPEZ RUBEN MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (9) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1485 al 1485 de la Cta. Cte. No. 3031444804 perteneciente a GARCIA GARCIA YULI OCTAVIANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (10) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma

del Cheque No 7108 al 7110 de la Cta. Cte. No. 3331449504 perteneciente a AGROINPLA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (11) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 444 al 460 de la Cta. Cte. No. 3046425104 perteneciente a BONILLA ROMAN ANGEL GABRIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (12) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4669 al 4669 de la Cta. Cte. No. 3147254404 perteneciente a DOMINGUEZ SILVA JORGE ENRIQUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (13) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 3077 al 3077 de la Cta. Cte. No. 3395770104 perteneciente a HUAYAMAVE ESPINOZA BEATRIZ ELIZABETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (14) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 8 al 8 de la Cta. Cte. No. 2100016721 perteneciente a GALARZA BUSTAMANTE MARIA ANGELA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (15) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1448 al 1448 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (16) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 339 al 339 de la Cta. Cte. No. 3170744704 perteneciente a KOHLS FERRIN SILVIA ELENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de

los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (17) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1685 al 1770 de la Cta. Cte. No. 3340350704 perteneciente a FUENTES CAMPOVERDE DARWIN GUSTAVO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (18) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 348 al 348 de la Cta. Cte. No. 3517183304 perteneciente a ALARCON LOPEZ RUBEN MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (19) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1623 al 1623 de la Cta. Cte. No. 3158488104 perteneciente a BRAVO SERVICIOS MARITIMOS BRASEMAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (20) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6941 al 6941 de la Cta. Cte. No. 3331449504 perteneciente a AGROINPLA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (21) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1563 al 1563 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (22) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 870 al 870 de la Cta. Cte. No. 3394614504 perteneciente a CHUGCHILAN VEGA MARIA ELENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (23) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 806 al 806 de la Cta. Cte. No. 3455228104 perteneciente a GUAMBO YUQUILEMA VICENTE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (24) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 340 al 340 valor $ 180.00 de la Cta. Cte. No. 3499589104 perteneciente a DOMINGUEZ ZULCA NANCY MIREYA del Banco Pichincha. Quien

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO

EXTRACTO

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA LOVEMARKFACTORY DISEÑO Y COMUNICACION CIA. LTDA..

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ECUACTUARIA S.A..

2&) %"JO&PF&) LOVEMARKFACTORY DISEÑO Y COMUNICACION CIA. LTDA. se %"#'VIV@SW) O"B) ('%BIV@B&) OlDAI%&) "V"Bd&E&) ante el Notario Noveno del Distrito MeVB"O"AIV&#")E()U@IV"L)el 09 de Octubre de 2012, fue aprobada por la Superintenden%I&) E() !"JO&PF&'L) J(EI&#V() 1('"A@%IW#) 7!=6+=5+!=U=)GK=HH^rKe)E()KM)E()4%V@DB() E()KHGK=

2&) %"JO&PF&) ECUACTUARIA S.A. se %"#'VIV@SW) O"B) ('%BIV@B&) OlDAI%&) "V"Bd&da ante el Notario Vigésimo Cuarto del 5I'VBIV") 8(VB"O"AIV&#") E() U@IV"L) el 24 de Septiembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante 1('"A@%IW#) 7!=6+=5+!=U=GK=HH^^KM) E() KY) E()4%V@DB()E()KHGK=

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de U@IV"L)OB"$I#%I&)E()96!_6-!_*= 2.- CAPITAL])7@'%BIV"),7p)RHHLHH)-lJ(B") E()9&BVI%IO&%I"#(')RHH)\&A"B),7p)GLHH 3.- OBJETO:)0A)"Dm(V")E()A&)%"JO&PF&)(']) i*[) !4-7,2.416*7) 50) 801!*504L) h1*-56-/) 089107*16*2) q) 90174-*2=)h[)5670:4L)9145,!!64-)q)56<,764-)50)!48,-6!*!64-====j

tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (25) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 440 al 440 de la Cta. Cte. No. 3479353104 perteneciente a QUIJIJE BRIONES SILVIA MARITZA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (26) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 10 al 11 de la Cta. Cte. No. 2100016721 perteneciente a GALARZA BUSTAMANTE MARIA ANGELA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (27) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1530 al 1530 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (28) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 808 al 808 de la Cta. Cte. No. 3455228104 perteneciente a GUAMBO YUQUILEMA VICENTE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (29) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1302 al 1302 valor $ 5500.00 de la Cta. Cte. No. 3168764104 perteneciente a PRADO SEVILLA SEGUNDO RAMON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (30) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 813 al 813 de la Cta. Cte. No. 3445876104 perteneciente a DIAZ LOPEZ KERWIN JACK del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (31) NR ====== QUEDA ANULADO

Por Robo del Cheque No 472 al 472 valor $ 500.00 de la Cta. Cte. No. 3461725604 perteneciente a OJEDA FLORES PABLO GUILLERMO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (32) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3207 al 3225 de la Cta. Cte. No. 3141315904 perteneciente a SALAZAR CORRALES NELSON GERARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (33) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 334 al 334 de la Cta. Cte. No. 3465635304 perteneciente a MARURI CRUZ JAVIER ALFONSO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (34) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1568 al 1568 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (35) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1582 al 1582 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (36) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 791 al 791 de la Cta. Cte. No. 3489983904 perteneciente a CARRENO SALAZAR MARIELA MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (37) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 12921 al 12921 valor $ 425.00 de la Cta. Cte. No. 3362820704 perteneciente a COMUNIDAD KICHWA ANANGU del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA AMPHORUS EVENTOS S.A.. 2&) %"JO&PF&) AMPHORUS EVENTOS S.A.)'()%"#'VIV@SW)O"B)('%BIV@B&)OlDAI%&) otorgada ante el Notario Cuadragésimo)E(A)5I'VBIV")8(VB"O"AIV&#")E()U@IV"L) el 11 de Octubre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de ComO&PF&'L) J(EI&#V() 1('"A@%IW#) 7!=6+= 5+!=U=GK=HH^rHH)E()KM)E()4%V@DB()E() KHGK= 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano E()U@IV"L)OB"$I#%I&)E()96!_6-!_*= 2.- CAPITAL:)7@'%BIV"),7p)nHHLHH)-lJ(B")E()*%%I"#(')nHH)\&A"B),7p)GLHH

3.- OBJETO:)0A)"Dm(V")E()A&)%"JO&PF&)(']) i701\6!647)50)!4-7,2.416*L)*707416*)q)742,!64-07)*!.,*16*207L)8*.08*.6!*7===j

3.- OBJETO: El objeto de la compañía (']) ih16-5*1) 701\6!647) 50) h*1L) !*<0.01;*L) 107.*,1*-.07) qo4) !4865*) 1k965*=) 9451k) *508k7) 5056!*170)*)2*7)76/,60-.07)*!.6\65*507])*[)2*)68941.*!6b-L)03941.*!6b-L) !4801!6*26T*!6b-L) 1091070-.*!6b-)q)9145,!!6b-) 50) *2680-.47) 7086) qo4) .4.*280-.0)02*h41*547===j

Quito, 23 de Octubre de 2012.

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1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de U@IV"L)OB"$I#%I&)E()96!_6-!_*= 2.- CAPITAL:)7@'%BIV"),7p)nHHLHH)-lJ(B") E()*%%I"#(')nHH)\&A"B),7p)GLHH

U@IV"L)KM)E()4%V@DB()E()KHGK= Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURIDICO *=1=onnMHHov=J=

Dr. Eddy Viteri Garcés ESPECIALISTA JURIDICO SUPERVISOR *=1=onnMH^ov=J=

Dr. Eddy Viteri Garcés ESPECIALISTA JURIDICO SUPERVISOR *=1=onnMGeov=J=


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