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REVISTA JUDICIAL C00
MARTES 29 DE ENERO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 10226
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO
Editora LCDA. NATHALY SALAZAR BRITO
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Análisis sociológico y jurídico sobre el bullying o acoso escolar El problema social que representa el hostigamiento escolar ha sido un tema tabú en nuestro país; de hecho, no es sino hasta hace muy poco tiempo que se comienza a tratar públicamente y a contemplar la posibilidad de reformas legales que definan, prevengan y sancionen esta forma de violencia AUTOR: DR. JOSÉ GARCÍA FALCONÍ
INTRODUCCIÓN Producto de la circunstancia de invisibilización en torno al hostigamiento escolar, es el hecho de que no se cuente con datos estadísticos que evidencien, de forma contundente, la gravedad de este problema en nuestro país y en los del resto del mundo. Dada la escaza información que existe sobre el hostigamiento escolar, las víctimas carecen de elementos para poder identificarlo y denunciarlo; igualmente los centros educativos han evidenciado que sus estructuras y reglamentación interna se encuentran poco preparadas para el análisis que requiere la especial naturaleza de esta situación. La prensa nacional e internacional, se ha hecho eco de varios hechos sucedidos en los Estados Unidos de América en relación
especialmente a situaciones de efectos, en los casos sobre el acoso escolar que sufren varios estudiantes, y que como consecuencia de ello se producen trastornos físicos y psíquicos en las víctimas, las cuales reaccionan o suicidándose o atentando contra la vida de sus compañeros; y lamentablemente en nuestro ordenamiento jurídico no se encuentra regulada esta figura jurídica, razón por la cual es necesario que el Asambleísta Nacional, tipifique y sancione esta clase de conductas ya sea en el proyecto del Código Orgánico Integral Penal que se está socializando por casi dos años, o ya en reformas al Código de la Niñez y Adolescencia; y además se analice esta clase de conductas en la Ley de Educación Intercultural y en la Ley Orgánica de Educación Superior, manifestando que hace falta capacitación en los maestros, para evitar esta clase de agresiones físicas, psíquicas y verbales. Aclaro que bullying es el acto, y mientras que el bully es el acosador. ¿QUÉ ES EL BULLYING? En inglés se llama bully acosador escolar, y bullying al acto, el cual va desde la agresión verbal hasta el rechazo con bromas pesadas y la exclusión deliberada del grupo para crear malestar, a veces también hay violencia física, pero el acoso suele ser silencioso, psicológico y los adultos no se percatan de él hasta que cobra fuerza y se hace evidente; lo cual ocasiona graves traumas psicológicos en los niños, niñas y ado-
lescentes que sufren esta clase de acoso escolar, y el problema surge cuando dicho acoso se vuelve constante y afecta a la estabilidad de nuestros hijos; más aún recordemos que en el Estado constitucional de derechos y justicia, una de las principales características es el respeto a la dignidad del ser humano, y la convivencia en paz y tranquilidad social.
¿CÓMO DETECTAR EL BULLYING? La Revista Selecciones de Reader’s Diggest, del mes de marzo de 2011, señala que algunos de los primeros síntomas de abuso son: tristeza, irritabilidad, cambio repentinos en el sueño o el apetito, dolores de cabeza o de estómago y vómitos; además pueden haber rasguños y moretones
que los niños atribuyen a caídas o accidentes menores, por lo que es menester aconsejar a nuestros hijos que eviten discutir con las personas que le agreden, y que usen frases como: ¡basta! ¡ya está bien!, ¡eso no es gracioso! o ¿te gustaría que alguien te hiciera lo mismo?; y que luego deben apartarse del agresor sin responder con más agresividad, por lo que la comunicación es esencial en la vida de todos los miembros de la familia, tanto por lo que se dice como por lo que se calla; por eso, es necesario generar confianza en los niños para que se expresen sin temor de ser cuestionados. Para concluir la Revista antes mencionada aconseja, que si se sospecha o se está seguro de que un hijo nuestro es víctima del bully, hay que acudir a la escuela para dar aviso y tomar medidas correctivas; esto es hablar con el director, con los maestros y con otros padres a fin de encontrar juntos una buena solución, pues hoy, más que nunca, la escuela y la familia deben aliarse para prevenir o resolver un problema que compartan por igual. Recordemos, que en nuestro ordenamiento jurídico la familia es la base de la sociedad ecuatoriana, de tal modo que como señala el Art. 67 de la Constitución de la República, la familia merece toda la atención por parte del Estado, a fin de que cumpla el importante papel de saber educar a sus miembros integrantes dentro de los parámetros que señala nuestro ordenamiento jurídico; por esta razón, actualmente se está redactando el proyecto de Código Orgánico de la Familia, esto es separando el primer libro del Código Civil, en un cuerpo autónomo; además como es de conocimiento general hace aproximadamente tres meses se encuentran funcionando las juezas y jueces de la familia, niñez y adolescencia que conocen lo regulado en su mayor parte en los Libros Primero y Tercero del Código Civil, y cuyas funciones están reguladas en el Código Orgánico de la Función Judicial. También debo señalar que, es CONTINUA EN LA PÁGINA - C2
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