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Revista judicial C00
MIÉRCOLES 11 de ABRIL de 2012 La Hora Quito, ecuador revista no: 9933
LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador
Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
es una edición de diario la hora
Editor AB. Francisco López Murillo
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el 4 de septiembre de 2002, se celebró en la ciudad de Johannesburgo (Suráfrica) la Cumbre Mundial de la Tierra, también conocida como Río+10. Por: Cámara de Industrias y Producción
Es un sistema orgánico de normas, que protege o tutela los sistemas naturales que hacen posible la vida; es decir, el aire, el agua y el suelo. Tiene como finalidad prevenir y subsanar las perturbaciones que alteran los equilibrios naturales, producidos por los seres humanos y sus actividades, individuales o colectivas; lo cual se lleva a cabo mediante la regulación de tales actividades humanas. “El derecho ambiental surge como una forma de protección al ambiente” Principios jurídicos ambientales Constituyen los pilares desde los que se desarrolla el Derecho Ambiental. Son referentes esenciales en materia ambiental, donde el ordenamiento jurídico presenta aún muchos aspectos por cubrir, ya sea por su naturaleza reciente o por las particularidades del ámbito medioambiental. La Constitución del Ecuador en su Art. 395 señala los principios ambientales enfocados a un modelo sustentable de desarrollo con políticas de gestión ambiental transversales, participación activa de comunidades afectadas y adicionalmente señala en caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. La ley de gestión ambiental en su Art. 2 indica que la gestión ambiental se sujeta a los principios de: - Solidaridad. - Corresponsabilidad. - Cooperación. - Coordinación. - Reciclaje y reutilización de desechos. - Utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables.
Derecho ambiental - Respeto a las culturas y prácticas tradicionales. En la Ordenanza 213 “De la Prevención y Control del Medio Ambiente” del DMQ, en su Art. 11.381.1, describe los siguientes principios: - Principio de precaución - Principio de quien contamina paga. - Principio de reducción en la fuente. - Principio de responsabilidad integral. - Principio de Gradualidad. Algunos Principios jurídico ambientales empleados en derecho ambiental internacional son: - La acción sostenible. - La analogía. - El condicionamiento de las leyes naturales. - La conjunción de aspectos colectivos e individuales. - La conservación de las condiciones naturales. - La incorporación de la variable ambiental. - El mantenimiento del capital natural. - El nivel de acción más adecuado.
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La prevención o precaución. La realidad. La reducción. La regulación jurídica integral. Las responsabilidades compartidas (aspecto subsidiario). La solidaridad. La transpersonalización de las disposiciones jurídicas. El tratamiento de causas y síntomas. La unidad de gestión. El uso más conveniente.
Principales convenios y declaraciones ambientales internacionales Conferencia de Estocolmo El 5 de junio de 1972 se inició la Conferencia de Estocolmo de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente, también denominada Conferencia sobre el Medio Humano. En respuesta a la Conferencia de Estocolmo, se crea el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). La 1a cumbre de la tierra (1992) Se celebró en junio de 1992, en
Río de Janeiro (Brasil), donde se crearon: - Convenio marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático. - Convenio sobre la diversidad biológica. - Declaración de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo sustentable. - Declaración de principios relativos a los bosques. - Agenda 21. La 2a cumbre de la tierra (1997) Se celebró en Nueva York en junio de 1997, para revisar los compromisos adquiridos en Río, en particular la Agenda 21. Esta Cumbre se caracterizó por la escasez de acuerdos y, más que una reunión para revisar resultados, se convirtió en un reconocimiento del bajo grado de cumplimiento de los compromisos que se habían adquirido cinco años antes. Cumbre de Johannesburgo (2002) Desde el día 26 de agosto y hasta
Acuerdos y compromisos Desde el día 28 de noviembre hasta el 9 de diciembre de 2005 tuvo lugar en Montreal (Canadá) la primera conferencia de los 157 países firmantes del Protocolo de Kioto, el gran pacto mundial que entró en vigor en febrero de 2005 para frenar la emisión de los gases de efecto invernadero y combatir el cambio climático. Su objetivo básico es reducir en un 5,2% las emisiones de gases de efecto invernadero globales sobre los niveles de 1990 para el período 2008-2012. Se constituyó una plataforma para compaginar los Protocolos de Montreal (enfocado a la conservación de la capa de ozono) y de Kioto (enfocado hacia los efectos de los gases invernadero). Convenios de interés ambiental: - Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora (CITES). (Vigente desde 1975) - Convención Ramsar relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas. (Entró en vigor en 1975) - El Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono (1985) - Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación. (Entró en vigor en 1992) - Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional. (Entró en vigor en febrero 2004) - Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes. (Entró en vigor el 17 de mayo del 2004). Respecto al calentamiento global, el principal organismo para CONTINUA EN la página - c2
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