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Revista judicial C00
VIERNES 8 de JUNIO de 2012 La Hora Quito, ecuador revista no: 9991
LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador
Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
Por: Dr. José García Falconí
Efectos de la droga y las sustancias psicotrópicas: Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) “El nombre de droga resulta aplicable a toda sustancia terapéutica o no, que introducida en el cuerpo por cualquiera de los mecanismos clásicos (inhalación de vapores o humos, ingestión, fricciones, etc.,) o nuevos (administración parental, endovenosa, etc.), de administración de los medicamentos, es capaz de actuar sobre el sistema nervioso central sobre humanos hasta provocar una alteración física o intelectual, la experimentación de nuevas sensaciones o la modificación de su estado psíquico. Conforme señala el maestro de la Universidad Central del Ecuador, Edgar Samaniego, son sustancias naturales o sintéticas que producen alucinaciones, es decir percepciones imaginarias sin causa o estímulo exterior, no obstante, que el sujeto suele distinguir claramente entre sus visiones y la realidad y casi siempre es perfectamente consciente de que dichas visiones se deben a la acción del producto”. En cambio sustancias psicotrópicas son aquellas que alteran en alguna forma la mente humana, es decir que producen efectos en el estado anímico. Dependencia, tolerancia y adicción: Por dependencia se entiende el estado psíquico y a veces físico debido a la integración entre un organismo vivo y una sustancia que se caracteriza por las modificaciones en el comportamiento y por otras reacciones entre las que siempre se encuentra una pulsión a ingerir por distintas vías esta sustancia, con objeto de volver a experimentar sus efectos psíquicos. La tolerancia es por el contrario, un efecto eminentemente caracterizado por la necesidad biológica de aumentar en la mente, la cantidad necesaria para obtener el efecto deseado;
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El consumo de drogas
el delito es una estructura muy compleja, una estructura mental incluso; pues el delito está compuesto de tres elementos básicos: el elemento material, el elemento que los tratadistas llaman moral y el elemento jurídico; El delito es una acción u omisión humana, típica, antijurídica, culpable y sancionado con una pena; y el primer requisito es la tipicidad, es decir la necesaria, indispensable adecuación integral de la conducta concreta de un sujeto con la previsión abstracta de una de las figuras de la parte especial del Código Penal, de tal modo que si no es posible esa adecuación precisa no puede hablarse de tipicidad ni tampoco puede hablarse de delito.
Las drogas se han constituido en un problema mundial, tanto por los daños a la salud de la población que las consumen, cuanto por los efectos colaterales negativos en la propia institucionalidad de los Estados; y es así que en 1988 se celebró la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en Viena Austria, donde se expresó la profunda preocupación “Por la magnitud y la tendencia creciente de la producción, la demanda y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, que representa una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos y menoscaban las bases económicas, culturales y políticas de la sociedad. aclarando que todas las drogas se caracterizan por la creación de dependencia; pero no todas ellas causan dependencia. Por último la adicción, supone un estado caracterizado por la necesidad física, imprescindible de una adecuada cantidad de droga en el organismo para el mantenimiento de la normalidad del mismo, llegando a la dependencia hasta tal punto, que la ausencia de la droga provoca en el mismo una serie de trastornos físicos y mentales. De todo lo anotado se desprende que el consumidor adicto es una persona que debido al
consumo de una u otra droga, puede ir creando una situación de dependencia hacia ésta o éstas circunstancias, que pueden llevar al individuo a una alteración del comportamiento, de los valores y a la pérdida de capacidad en último término; aclarando que la doctrina reconoce varias clases de consumidores como: experimental, recreativo/utilitario, ocasional, habitual, compulsivo e intensificado; Despenalización del uso y consumo de drogas: El uso y consumo de drogas se despenalizó, en la ley 25 publicada en el Segundo Suplemento de
Registro Oficial No.173 de 15 de octubre de 1997, destacando que se realizaron algunos cambios importantes, pero el principal fue la despenalización de la tenencia de sustancias controladas para su propio consumo, o sea que los consumidores dejaron de ser trasgresores de dicha ley, aclarando que la mencionada ley se codifico en el Registro Oficial No. 490 de 27 de diciembre de 2004; La responsabilidad penal está condicionada a la existencia de un delito, y como es de conocimiento general, un delito no es simplemente un hecho material,
Diferencias entre tráfico y consumo de drogas: Conforme señala la doctrina, el adicto es un problema de salud; mientras que el traficante es un delincuente, por esta razón es menester distinguir entre tráfico y consumo de drogas, pues si bien ambos están estrechamente relacionados, sin embargo las acciones eficaces para reducir uno y otro son distintas, ya que mientras el tráfico ilícito de drogas es un problema penal, la drogadicción es un problema de salud, pues mientras los trasgresores penales son perseguidos y traídos coactivamente a la justicia, el único tratamiento eficaz para recuperar a los adictos consiste en lograr, por parte de ellos, el reconocimiento de su enfermedad y su consiguiente voluntariedad para someterse a la terapia, por lo que es indispensable la fluida comunicación con el adicto y que éste perciba la posibilidad de recibir por medio de los funcionarios del Estado la asistencia que necesita, y nunca la amenaza penal. Como bien lo señala el mexicano Ernesto López Portillo, hay que alertar sobre los peligros del consumo de drogas a los jóvenes y a sus padres y aumentar las investigaciones sobre las medicinas que consumen indebidamente; y, en un artículo publicado en CONTINUA EN la página - c2
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