Edicion impresa Judicial del 05 de junio de 2012

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sales y honorarios profesionales o propongan excepciones. Cítese a Los demandados en el lugar indicado para el efecto, a cuyo objeto el peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación respectiva. Téngase en cuenta el Casillero Judicial señalado y la calidad en la que comparece el señor DR. CALIXTO REGALADO conforme lo acredita el documento acompañado. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Actúen el Dr. Luis Ron Villavicencio y Dr. Jaime Torres como Secretario y Oficial Mayor encargados respectivamente, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Nacional de la Judicatura mediante Of. No. 226-07-CRH-CNJ-ES de 5 de Marzo del 2007. – Notifíquese. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 22 de Mayo del 2012, las 10h58- En atención al juramento rendido por el actor y conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito a los señores NORMA MARLENE ASQUI PILCO y HUMBERTO ARTURO NEIRA CADENA. Notifíquese.. f).- DRA. MARIA MERCEDES PORTILLA, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. DR. LUIS RON VILLAVICENCIO SECRETARIO (E) Hay firma y sello AC/86109/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL Citese con el siguiente extracto d la demanda Ejecutiva al: señor JOSE ERNESTO

MONCAYO MOSQUERA, cuyo tenor es el siguiente: E X T R AC TO DE LA DEMANDA A C TO R : FRANCISCO ESTEBAN CARRERA DURAN DEMANDADO: JOSE E R N E S TO M O N C AYO MOSQUERA CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO No. 0419-2011-NC TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD $ 30.000,00 OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO PROVIDENCIA JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 5 de abril del 2011, las 08h12.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado , mediante oficio N0.2696-DPDPP de fecha 3 de Diciembre del 2010.- VISTOS.- La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta al trámite respectivo, en juicio Ejecutivo, en consecuencia se dispone que el demandado JOSE ERNESTO MONCAYO MOSQUERA en el término de tres días cumpla con la obligación demandada ó propongan excepciones en igual término.- Cítese al demandado Josè Ernesto Moncayo Mosquera, en el domicilio señalado en la presente acción.- Agréguese los documentos que se acompañan.Téngase en cuenta el casillero judicial Nro. 431 señalado por el actor.- NOTIFIQUESE.DR. FABRICIO SEGOVIA BETANCOURT JUEZ ENCARGADO JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, martes 24 de abril del 2012, las 08h19.- Vistos: Considerándose el pedido efectuado por la parte actora; y por afirmarse desconocer la residencia o domicilio del demandado JOSE ERNESTO MONCAYO MOSQUERA, y atento al juramento rendido y de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Còdigo

SEGUNDA CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA BYCHERSA PLATINUM REAL STATE PROMOTOTORES INMOBILIARIOS CIA. LTDA. De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y los Estatutos Sociales de la compañía, se convoca a los socios de BYCHERSA PLATINUM REAL STATE PROMOTOTORES INMOBILIARIOS CIA. LTDA., a la reunión de Junta General Extraordinaria de Socios, que se celebrará en la ciudad de Quito, el día miércoles 6 de junio de 2012, a las 11h30, en las oficinas de la empresa ubicadas en la Av. Occidental N50-26 y Manuel Valdivieso, con el objeto de que dicha Junta conozca y resuelva el siguiente asunto: 1. Disolución de la compañía y distribución de activos entre socios. Quito, 5 de junio de 2012. Gonzalo Hernán Salgado Jijón Gerente General AR/87092/cc

de procedimiento Civil, cìtese a la demandada en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito.Notifiquese. DR. FABRICIO SEGOVIA BETANCOURT JUEZ ENCARGADO Lo que comunico y les cito a ustedes para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. – CERTIFICO DR. JUAN GALLARDO SECRETARIO Hay firma y sello AC/86094/tf R del E. EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

NOTIFICACION A LOS HEREDEROS PRESUNTOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE MARIANA DE JESÚS BEDÓN ANDRADE ACTORA: Victoria María Suntaxi Montalvo. DEMANDADOS: Nelson Figueroa y Herederos presuntos conocidos y desconocidos de Mariana de Jesús Bedón Andrade. JUICIO: Ejecutivo Nro. 14722009-w.z. JUEZ: Dr. Armando Aceldo Gualli ( Suplente) SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Ocho mil dólares americanos AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 09 de Noviembre del 2009. Vistos: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Suplente de esta Judicatura, mediante Oficio Nro. DDP-JAR-1144., de 11 de Julio del 2007 y en virtud del sorteo realizado.- Actúe el Dr. Francisco Justicia Salgado, en calidad de Secretario Titular de la Judicatura, mediante Acción de Personal Nro. 642-DNP, de 09 de Abril del 2009.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.Los demandados Mariana de Jesús Bedón Andrade y Nelson Figueroa, cumplan con la obligación o propongan excepciones en el término de tres días de citados.- En mérito del certificado de gravámenes que se acompaña y con fundamento en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la prohibición de enajenar del bien inmueble cuyas características constan del documento antes referido; para tal objeto notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito.Cítese a Mariana de Jesús Bedón Andrade y Nelson Figueroa, en el lugar que se

Si es un de­ber res­pe­tar los de­re­chos de los de­más, es tam­bien un de­ber res­pe­tar los pro­pios. indica.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Dejándose copia certificada en autos, desglósese el documento que se solicita.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y la autorización concedida a la abogada defensora.- Notifíquese. f). Dr. Armando Aceldo Gualli. Juez Suplente. PROVIDENCIA: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 10 de mayo del 2012, las 15h22. Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, cítese a los herederos presuntos conocidos y desconocidos de la causante Mariana de Jesús Bedón Andrade, por medio de la prensa y en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, por cuanto bajo juramento se manifiesta imposible determinar sus individualidades o residencias.- Notifíquese. f). Dr. Armando Aceldo Gualli. Juez Suplente. Lo que comunico a Uds., para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO Hay firma y sello AC/86020/tf JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A: EDISON STALIN ESPINOSA ONTANEDA, Se les hace conocer el EXTRACTO, de la demanda EJECUTIVA y PROVIDENCIA, que a continuación siguen: EXTRACTO: ACTOR: GALO GREGORIO QUIZANGA AGUIRRE.DEMANDADO: EDISON S TA L I N ESPINOSA ONTANEDA.- ASUNTO: Que previo el trámite pertinente, en sentencia se condene al demandado al pago del capital (constante en las letras de cambio ), intereses de mora, impuestos, costas procésales , gastos judiciales y honorarios del Abogado Defensor.TRAMITE: E j e c u t i v o. CUANTIA.- USD $ 30.651.54FECHA DE INICIACIÓN: 29 de enero del 2010.DEFENSOR: Dr. Ángel del Pozo.- No. de casillero 4405. JUICIO EJECUTIVO No. 1252010(PCH.) PROVIDENCIA: JUZGADO CUARTO DE

LO CIVIL DE PICHINCHA.QUITO, 09 de Febrero del 2010, las 16h29.- VISTOS.La competencia de esta causa se ha radicado en esta judicatura mediante el sorteo realizado, por lo tanto avoco conocimiento de la misma en virtud del oficio N. 914DP-DDP-JAR-07 de 03 de Diciembre del 2007 en mi calidad de Juez Suplente. En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le admite a trámite Ejecutivo. En consecuencia los demandados señores EDISON STALIN ESPINOSA ONTANEDA y EDUARDO DAVID PEREZ JAYA, dentro del término de tres días paguen al actor la cantidad constante en las letras de cambio adjuntas, más los intereses respectivos o dentro del mismo término propongan excepciones bajo prevenciones de Ley. Atenta la información Sumaria acompañada y de conformidad a lo que dispone el Art. 422 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el secuestro de los bienes muebles de propiedad de los demandados, que se dice los tienen en el local ubicado en la calle Reina Victoria N. 2355 y Baquedano, sector La Mariscal, de esta ciudad de Quito. Para la práctica de esta diligencia, se contará con el auxilio de la Policía Nacional y con el señor Depositario Judicial respectivo, quienes llevarán a cabo la diligencia, en un monto igual al demandado, más un 10% del mismo, al efecto ofíciese a la Oficina de sorteos y al señor Comandante de Policía del Distrito Metropolitano de Quito. Cítese a los demandados en el lugar indicado para el efecto. Téngase en cuenta la casilla judicial señalada. Agréguese al proceso la documentación acompañada. NOTIFIQUESE.DR. EDWIN ARGOTI REYES. JUEZ (E) JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 22 de marzo del 2012, las 10h54.- En mérito al juramento rendido y de acuerdo a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil cítese al demandado señor EDISON STALIN ESPINOSA ONTANEDA por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines legales pertinentes.

LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES DE ACICALARSA DE LIMPIEZA CIA. LTDA. EN LIQUIDACION De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías se realiza el llamamiento a todos los acreedores de la compañía ACICALARSA DE LIMPIEZA CIA. LTDA. EN LIQUIDACION para que en el termino de 20 días contados a partir de esta publicación se acerquen a las oficinas de la compañía, ubicadas en las calles De Los Viñedos N44-206 y De Los Ángeles, para que ejerzan sus derechos, presentando los documentos que lo acrediten como acreedor. Quito, D.M . Junio 4 de 2012. Dñdor. María Augusta Osorio LIQUIDADORA AP/53180/tf

Entréguese el extracto respectivo. Notifíquese DR. EDWIN ARGOTI REYES. JUEZ ENCARGADO Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial del Palacio de Justicia de esta ciudad de Quito, para recibir futuras notificaciones. Dra. Elizabeth Cedeño Moreira SECRETARIA Hay firma y sello AC/86010/tf R. del E. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA E XTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL PARA: IBIS PATRICIA ZAMBRANO BARRIGA J UICIO : 0672-2009-C.I. EJECUTIVO ACTOR : DR. GOMER CALIXTO REGALADO LÓPEZ, en su calidad de Procurador Judicial del señor Aurelio Fernando Pozo Crespo, Gerente General y Representante Legal del Banco del Pichincha C.A. DEMANDADA : IBIS PATRICIA ZAMBRANO BARRIGA OBJETO : Con fundamento en lo dispuesto en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil , se demanda en Juicio Ejecutivo a la señora Ibis Patricia Zambrano Barriga. TRAMITE : EJECUTIVO CUANTIA : TRES MIL DÓLARES AMERICANOS ABOGADO PATROCINADOR: Dr. Gomer Calixto Regalado López CASILLERO : CASILLA No. 3728 - Mat. Prof. 6151 del C.A.P. PROVIDENCIA.JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, 27 de Mayo del 2009, las 14h04.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en calidad de Juez Suplente mediante Oficio Nro. 012DDP-JAR del 24/01/2005.La demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se le admite a tramite propuesto.- En consecuencia se dispone citar con el contenido de la demanda y presente providencia en el lugar señalado a la señora IBIS PATRICIA ZAMBRANO BARRIGA, a fin de que pague lo adeudado o proponga excepciones dentro del termino legal de tres días.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos.Tómese en cuenta la cuantía y casillero judicial señalado por el compareciente para sus futuras notificaciones.CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Dr. Reinaldo Flor Alvarado. Juez (S) (...Sigue la notificación).AMPLIACIÓN: JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 13 de abril del 2012, las 16h13.- Reasumo la competencia de la presente causa en calidad de Juez Suplente de esta Judicatura.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, en mérito del juramento rendido por el Actor, en calidad de Procurador Judicial del señor AURELIO FERNANDO POZO CRESPO, Gerente General y Representante Legal del Banco Pichincha C.A., sobre la imposibilidad

Revista judicial MARTES 5 de JUNIO de 2012 La Hora Quito, ecuador de determinar la individualidad y residencia de la demandada, cítese a la demandada señora IBIS PATRICIA ZAMBRANO BARRIGA por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad y en la forma determinada por el Art. 119 del Código Civil.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de Secretario encargado de esta Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Reinaldo Flor Alvarado. Juez (S) (... Sigue la notificación).- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus notificaciones.- CERTIFICO. DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO ENCARGADO Hay firma y sello AC/86072/tf R. del E. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

Citación Judicial A EDGAR J U ST I N O M E D I AV I L L A NASIMBA, se le hace saber que en esta Judicatura se ha presentado la siguiente acción: ACTOR: Segundo Filomentor Vega Alegría DEMANDADO: Edgar Justino Mediavilla Nasimba. ASUNTO: Cobro Letra de Cambio TRAMITE: Ejecutivo CAUSA: 1618 -2011 EMT CUANTIA: Quince mil dólares Americanos JUEZ SUPLENTE: Dr. Armando Aceldo Gualli SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado TRAMITA: Ab. Efraín Martínez Tapia PROVIDENCIA: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, 5 de marzo del 2012, las 09h58.- VISTOS: - Por cumplida la providencia de 3 de enero del 2012, las 10h43, se dispone: La demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia, dése a la misma el trámite Ejecutivo, conforme lo dispone el Art. 410 del Código de Comercio en concordancia con lo dispuesto en los Arts. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil.- El señor EDGAR J U ST I N O M E D I AV I L L A NASIMBA, en el término de tres días, cumpla con sus obligaciones o proponga las excepciones a las que se crea asistido.- En vista del juramento expreso del actor, por el que afirma sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia actual del señor EDGAR JUSTINO MEDIAVILLA NASIMBA, CITE, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Adjúntese la documentación presentada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado.- Notifíquese y Cítese. f).- Dr. Armando Aceldo Gualli. JUEZ. Lo que comunico a usted para

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los fines de ley. Previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial conforme a ley, para futuras notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./86003 EXTRACTO

CITACION JUDICIAL A LOS SEÑORES RAUL HERRERA REINOSO y ROBERTO GUEVARA RUBIO JUICIO : EJECUTIVO No. 1321/2.009.ECS. ACTOR : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANCIACION FAMILIAR” DEMANDADO: RAUL HERRERA REINOSO y ROBERTO GUEVARA RUBIO DOMICILIO JUDICIAL : DR. CARLOS REYES REYES CUANTIA : US$ 4.000,oo OBJETO :CON FUNDAMENTO EN LO PREVISTO EN LOS ARTS. 419 Y 421 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEMANDA EN JUICIO EJECUTIVO A LOS SEÑORES RAUL HERRERA REINOSO y ROBERTO GUEVARA RUBIO, EL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO, LOS INTERESES DE MORA, ADICIONAL, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS. JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 04 de Diciembre del 2.007, las 10h12.-VISTOS.- En virtud del sorteo que antecede avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda es clara y precisa, por lo que se la acepta al trámite ejecutivo.- Cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días los demandados señores RAUL HERRERA REINOSO y ROBERTO GUEVARA RUBIO.Cítese a los demandados por la prensa, en la forma prevista por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta el domicilio y casillero judicial designados.Agréguese la documentación presentada.- Notifíquese.-f). Dr. Jaime Canseco Guerrero ( Juez ). Lo que comunico a Ud. para los fines de ley, previniéndole designe su domicilio en el Juzgado Noveno de lo Civil y dentro del perímetro legal.DR. JULIO MUÑOZ SECRETARIO JUZGADO NOVENO CIVIL PICHINCHA Hay un sello A.C./86037

ORDINARIOS EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS ALBERTO ALCÍVAR ARTEAGA Y NORMA DOLORES NAVARRETE COBEÑA ACTOR: MIRIAM NARCISA ALCÍVAR ARTEAGA D E M A N DA D O S : LU I S ALBERTO ALCÍVAR ARTEAGA Y NORMA DOLORES NAVARRETE COBEÑA JUICIO: No. 203-2012-HCH.

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