La Hora Imbabura 18 septiembre 2013

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judIcIAl REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA CIVIL DE MERCANTIL DE IBARRA DE LA PROVINCIA DE IMBABURA CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO Se le hace saber a la señora LAURA ELVIRA LÓPEZ LEÓN y a los herederos conocidos del señor FEDERICO EDMUNDO

ACOSTA JARRÍN, sus hijos: LAURA ANGELINA ACOSTA LÓPEZ, GLADYS FABIOLA ACOSTA LÓPEZ, ANA MIREYA ACOSTA LÓPEZ, FEDERICO EDMUNDO ACOSTA LÓPEZ, FRANCISCO FABIÁN ACOSTA LÓPEZ, EDUARDO PATRICIO ACOSTA LÓPEZ, MARÍA MERCEDES ACOSTA LÓPEZ, GUIDO FERNANDO ACOSTA LÓPEZ, MÓNICA CECILIA ACOSTA LÓPEZ, MYRIAM PAULINA ACOSTA LÓPEZ, FAUSTO MARCELO ACOSTA LÓPEZ, CARLOS ALBERTO ACOSTA LÓPEZ; y de quienes se crean con derechos reales sobre el inmueble declarado de utilidad pública, que en

esta Unidad se ha planteado la siguiente demanda. DEMANDANTE:- DRA. KATYA ANDRADE VALLEJO ( Coordinadora General de Asesoría de la Secretaria de Gestión Inmobiliaria del Sector Publico “INMOBILIAR”). DEMANDADOS:- LAURA ELVIRA LÓPEZ LEÓN y a los herederos conocidos del señor FEDERICO EDMUNDO ACOSTA JARRÍN, sus hijos: LAURA ANGELINA ACOSTA LÓPEZ, GLADYS FABIOLA ACOSTA LÓPEZ, ANA MIREYA ACOSTA LÓPEZ, FEDERICO EDMUNDO ACOSTA LÓPEZ, FRANCISCO FABIÁN ACOSTA LÓPEZ, EDUARDO PATRICIO

CONVOCATORIA A JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA INKA´S RENT A CAR S.A. GRUPO WAY

A todos los socios de la Compañía INKA ́S RENT A CAR S.A. GROUP WAY, para que asistan a sesión extraordinaria, para el día 30 de septiembre del 2013, a las 09h00; y, tratar el siguiente orden del día: 1.Reforma de estatutos de la compañía; 2.Cambio de domicilio principal de la compañía.

tará su informe dentro de quince días de vencido el término de contestar la demanda. Cítese con el contenido de la demanda y este auto a los demandados señores: LAURA ELVIRA LÓPEZ LEÓN y a los herederos conocidos del señor FEDERICO EDMUNDO ACOSTA JARRÍN, sus hijos: LAURA ANGELINA ACOSTA LÓPEZ, GLADYS FABIOLA ACOSTA LÓPEZ, ANA MIREYA ACOSTA LÓPEZ, FEDERICO EDMUNDO ACOSTA LÓPEZ, FRANCISCO FABIÁN ACOSTA LÓPEZ, EDUARDO PATRICIO ACOSTA LÓPEZ, MARÍA MERCEDES ACOSTA LÓPEZ, GUIDO FERNANDO ACOSTA LÓPEZ, MÓNICA CECILIA ACOSTA LÓPEZ, MYRIAM PAULINA ACOSTA LÓPEZ, FAUSTO MARCELO ACOSTA LÓPEZ, CARLOS ALBERTO ACOSTA LÓPEZ, como propietarios, en el domicilio indicado en la demanda, ubicado en la parroquia y cantón Urcuquí, mediante comisión al señor Comisario Nacional del referido cantón, librando el correspondiente despacho en forma y a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor FEDERICO EDMUNDO ACOSTA JARRÍN, por la prensa, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de Imbabura, conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y en el Registro Oficial conforme a lo determinado en el Art. 784 del mismo Código, a fin de que contesten la demanda en el término de quince días y señalen domicilio judicial y correo electrónico

para sus notificaciones. Conforme a lo dispuesto en el literal c) del Art. 5 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, cuéntese en esta causa con el señor Procurador General del Estado, a quien se le citará en el lugar indicado en escrito de fs. 31 en la ciudad de Quito, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil y Mercantil de Quito, librando el correspondiente despacho en forma. De conformidad con lo que dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Urcuquí, así mismo mediante comisión al señor Comisario Nacional de esta Jurisdicción Cantonal. En atención a lo que dispone el Art. 797 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto la entidad actora ha depositado en la Cuenta de esta Unidad Judicial, Juez “B” en el Banco Nacional de Fomento Sucursal Ibarra, el precio que a juicio de la demandante y que ha sido fijado en el Catastro Municipal del cantón San Miguel de Urcuquí, conforme consta la copia del comprobante de transacción adjunto de fecha 17 de junio del año 2013, con Depósito No. 400122013000167, debe pagarse por lo expropiado a los demandados, el valor de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE DÓLARES DE NORTEAMÉRICA, CON SESENTA CENTAVOS DE DÓLAR ($1`244.659,60 USD), se ordena la inmediata ocupación del referido inmueble, ubicado en la

P.A.P/57431/p.n

Compañía de Transporte en Taxis

“Los Pupos” S.A. CONVOCATORIA

Tulcán, 17 de Septiembre del 2013

De acuerdo al Art. Décimo Octavo y Vigésimo Segundo del Estatuto de la Compañía y el Art. 236 de la Ley de Compañías me permito en CONVOCAR a todos y cada uno de los accionistas que conforman la compañía de Taxis ¨ LOS PUPOS S.A.¨ a Junta General Ordinaria a realizarse el día Viernes 27 de Septiembre del 2013 a las 19:00 (siete de la noche) en las oficinas de la Institución ubicadas en la calle Carabobo y Las Lagunas, para tratar el siguiente orden del día:

1.- Constatación del quórum e Instalación de la Junta 2.- Lectura y Aprobación del Acta Anterior 3.- Informe del Sr. Presidente de la Compañía 4.- Informe del Sr. Gerente de la Compañía 5.- Informe del Sr. Comisario de la Compañía 6.- Elección de la Nueva Directiva de la Compañía Período Octubre 2013 a Octubre 2015 Presidente, Gerente, Comisario Principal y Suplente, Secretario y Directorio Principales y Suplentes. 7.- Asuntos Varios 8.- Clausura Nota.- Se convoca de manera especial al Sr. Arturo Isacaz COMISARIO principal de la Compañía para dicha junta.

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ATUNTAQUI CITY CLUB S.A POR EL DE NAYON XTREME VALLEY NAXTREVAL S.A., CAMBIO DE DOMICILIO DEL CANTÓN ANTONIO ANTE AL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS. 1. ANTECEDENTES.- La compañía ATUNTAQUI CITY CLUB S.A, se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Cuadragésimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 10 de julio de 2003, aprobada mediante Resolución No. 3045 de 15 de agosto de 2003, e inscrita en el Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Antonio Ante el 25 de Agosto de 2003.

3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, el señor HENRY FABIAN MERINO NARANJO en su calidad de GERENTE GENERAL, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado. 4. CAMBIO DE NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ATUNTAQUI CITY CLUB S.A POR EL DE NAYON XTREME VALLEY NAXTREVAL S.A., CAMBIO DE DOMICILIO DEL CANTÓN ANTONIO ANTE AL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.13.004522 de 09 de septiembre de 2013 aprobó el cambio de nombre de la compañía ATUNTAQUI CITY CLUB S.A. por el de NAYON XTREME VALLEY NAXTREVAL S.A., cambio de domicilio del cantón Antonio Ante al Distrito Metropolitano de Quito, modificación del objeto social y reforma de estatutos, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de nombre y domicilio referidos, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN,- Se pone en conocimiento del público el cambio de nombre de la compañía ATUNTAQUI CITY CLUB S.A. por el de NAYON XTREME VALLEY NAXTREVAL S.A. y el cambio de domicilio del cantón Antonio Ante al Distrito Metropolitano de Quito de ATUNTAQUI CITY CLUB S.A. a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. En virtud de la mencionada escritura la compañía reforma, los artículos primero, segundo, tercero, del Estatuto Social, de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN Y DURACIÓN: La compañía se denominara NAYON XTREME VALLEY NAXTREVAL S.A. y durara (50) cincuenta años.” “ARTÍCULOS SEGUNDO.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO La compañía es de nacionalidad ecuatoriana y su domicilio es la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha,...” “ARTÍCULO TERCERO.- OBJETO SOCIAL.- La compañía tendrá por objeto social: a) La explotación del turismo en todas las formas contempladas en la Ley de Turismo; prioritariamente se dedicará al turismo receptivo...” LA COMPAÑÍA NO PODRÁ REALIZAR LA PROVISIÓN DE PERSONAL A TERCEROS POR PROHIBICIÓN DEL MANDATO CONSTITUYENTE N° 8.

Atentamente, POR LA JUSTICIA Y EL DERECHO AL TRABAJO

Quito, 09 de septiembre de 2013. Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS

Sr. Julio Eche GERENTE P14509/AT

JuDIcIALES P

miércoles 18 DE SEPTIEMBRE 2013 la Hora IMBABuRA-cARchI

parroquia Urcuquí, cantón Urcuq uí, provincia de Imbabura en el día y hora que oportunamente se señalará. Agréguese al proceso el escrito por el cual se completa la demanda, la procuración judicial conferida a la actora Dra. Katya Andrade Vallejo y todos los documentos que se han acompañado a la demanda, así como el depósito realizado a la cuenta de esta Unidad Judicial a órdenes del suscrito Juez “B”. Presentes la cuantía de la demanda y el Casillero Judicial señalado por la actora Dra. Katya Andrade Vallejo en calidad de Procuradora Judicial del Dr. Klever Arturo Mejía Granizo, Secretario de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR, así como la facultad conferida para los Abogados y funcionarios de INMOBILIAR. Cítese y notifíquese.- F) Dr. Vicente Guerra Carranco, Juez. Lo que CITO a Uds. Para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en la ciudad de Ibarra para posteriores notificaciones. Ibarra, 02 de agosto del 2013. Ab. Tatiana Yépez V. SECRETARIA ( E)/ANALISTA JURIDICO 2 Hay firma y sello P29919/ai

REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS

2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de nombre de la compañía ATUNTAQUI CITY CLUB S.A por el de NAYON XTREME VALLEY NAXTREVAL S.A., cambio de domicilio del cantón Antonio Ante al Distrito Metropolitano de Quito, modificación del objeto social y reforma de estatutos otorgada el 16 de abril de 2013 ante el Notario Trigésimo del Distrito Metropolitano de Quito, actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.13.004522.

Atentamente, La Gerente General.

Sr. Iván Hernández PRESIDENTE

ACOSTA LÓPEZ, MARÍA MERCEDES ACOSTA LÓPEZ, GUIDO FERNANDO ACOSTA LÓPEZ, MÓNICA CECILIA ACOSTA LÓPEZ, MYRIAM PAULINA ACOSTA LÓPEZ, FAUSTO MARCELO ACOSTA LÓPEZ, CARLOS ALBERTO ACOSTA LÓPEZ. JUICIO.- Especial No. 652-2013 OBJETO:- Expropiación CUANTÍA:- USD $1,244.659,00 DOMICILIO DE LA ACTORA:Casillero Judicial No. 288 del Dr. Romel Omar Viteri Terán. JUEZ.- Dr. Vicente Guerra Carranco SECRETARIA (E) /ANALISTA JURIDICO 2:- Ab. Tatiana Yépez V. PROVIDENCIAS:- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE IMBABURA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA CIVIL Y MERCANTIL DE IBARRA DE LA PROVINCIA DE IMBABURA.- Ibarra, miércoles 17 de julio del 2013, las 09h05.- VISTOS.Atenta la razón del sorteo avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular “B” de esta Unidad. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite sumario especial de expropiación que le corresponde.- Nombrase como perito para el avalúo del fundo materia de la expropiación al Arq. Luis Marcelo Andrade Godoy, perito acreditado en el Consejo de la Judicatura, de conformidad con lo que dispone el Art. 252 del Código de Procedimiento Civil, quién se posesionará del cargo dentro de cinco días y previa notificación legal, y presen-

P AC/96484/tf

AVISO JUDICIAL DE REMATE EXTRACTO JUICIO EJECUTIVO No 012-2012 Se pone en conocimiento del público en general, que en la Sala del Juzgado Primero de lo Civil de Ibarra, desde las 13h00 hasta las 17h00 del día Martes veintinueve de octubre del dos mil trece, tendrá lugar la diligencia de REMATE en pública subasta del 50% de los derechos y acciones fincados en los bienes inmuebles cuyas características y más especificaciones constan en el informe del Perito, mismas que se detallan a continuación: 3.1.1.-Descripción de la Propiedad.- Lote de terreno de la superficie de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS, ubicado en el centro poblado de la parroquia La Merced de Buenos Aires, Cantón Urcuquí, Provincia de Imbabura, demarcado dentro de los siguientes linderos, NORTE: propiedad del Colegio Buenos Aires, SUR: propiedad de Ángel Trujillo, ORIENTE: propiedad de Manuel Manosalvas, y OCCIDENTE: calle 25 de junio. 3.2.- VÍAS.- Las vías de su entorno son carrozables de tercer orden adoquinadas y peatonales de cuarto orden, de tierra y lastre afirmado, con mantenimiento. 3.3.- Infraestructura básica y equipamiento comunal.- el sector posee los servicios de infraestructura básica (agua potable y alcantarillado), energía eléctrica, el lote de terreno no cuenta con acometida de energía eléctrica. 3.4.- Linderos y dimensiones de las dos propiedades delimitadas en sitio y cotejadas con el certificado del Registro de la Propiedad. LOTE NRO. l NORTE: Propiedad del Colegio Buenos Aires, SUR: Propiedad de Ángel Trujillo, ORIENTE: Propiedad de Manuel Manosalvas, y OCCIDENTE: Calle 25 de Junio. ÁREA: 1.289.34m2. 3.5.- Detalle del terreno: El terreno es de forma irregular, con pocas pendientes topográficas descendentes, del orden del 15%40% de Oeste-Este, con respecto a la calle “25 de junio”, en donde tiene su acceso al lote, a través de una puerta improvisada de hierro, con cerramientos en todos sus lados de árboles de pingho y de aluman, entrelazados de alambres de púas. Con presencia de hierba kikuyo. 3.6.- AVALÚO DEL BIEN INMUEBLE: ÁREA REAL DE LOS TERRENOS: 1.289,34 m2 VALOR UNITARIO POR M2 DE TERRENO: $ 3.00 VALOR TOTAL DEL 100% DEL TERRENO: $ 3.868,02 LOTE No. 2 4.1..1.- Descripción de la Propiedad.- Lote de terreno de la superficie de doce hectáreas ocho mil doscientos veinte y cuatro metros cuadrados, más o menos, ubicado en el punto denominado “Lita Alto” sector rural de la parroquia La Merced de Buenos Aires, Cantón Urcuquí, Provincia de Imbabura, demarcado dentro de los siguientes linderos, NORTE y OCCIDENTE: propiedad Manuel Arciniega, SUR: propiedad de Herederos de Rafael Tirira, ORIENTE: Río Tupiza. GRAVAMEN.- el 21 de octubre del 2004, bajo las partidas 67 y 66, se encuentra inscrita una escritura de hipote-

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ca abierta al Banco Nacional de Fomento, sobre la totalidad del inmueble. 4.2.- VÍAS.- Las vías de su entorno son de cuarto orden, camino de asemila de tierra y lastre afirmado, sin mantenimiento. 4.3.- Infraestructura básica y equipamiento comunal.- el sector NO posee los servicios de infraestructura básica (agua potable y alcantarillado), energía eléctrica. 4.4.- Linderos y dimensiones de las dos propiedades delimitadas en sitio y cotejadas con el certificado del Registro de la Propiedad. LOTE NRO.2 NORTE Y OCCIDENTE: Propiedad Manuel Arciniega, SUR: Propiedad de Herederos de Rafael Tirira, ORIENTE: Río Tupiza. ÁREA: 12 hectáreas 8.224, 00m2. 4.5.-Detalle del terreno: El terreno es de forma irregular, con altas pendientes topográficas descendentes, del orden del 10-40% de Norte-Sur, y de 15%-40% de Oeste-Este, el lote tiene acceso desde el lote tiene acceso desde su lindero Sur, el terreno tiene presencia de pasto miel en 1 hectárea aproximadamente, y unas 8 hectáreas de pasto kikuyo y árboles de la zona, y el restante porcentaje de árboles de zuro, matorrales, y pasta raigrás, el lote de terreno tiene delimitaciones en sus linderos de árboles de la zona con alambres de púas, y en sus lados Norte y sur, con la quebrada y río Tupiza. 4.- AVALÚO DEL BIEN INMUEBLE: ÁREA REAL DE LOS TERRENOS: 128.224,00 m2 VALOR UNITARIO POR M2 DE TERRENO: $ 0.08 VALOR TOTAL DEL 100% DEL TERRENO: 10.257,92 A la suma de SIETE MIL SESENTA Y DOS DÓLARES CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS, asciende el avalúo del 50% de los bienes inmuebles a rematarse, por lo que se aceptarán posturas que cubran por lo menos el 50% del avalúo, por tratarse de segundo señalamiento, a las que se acompañará el diez por ciento de conformidad con la ley, en dinero en efectivo o cheque certificado a nombre del Juzgado; debiéndose observar lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil. Dr. Raúl R. Rosales R. Secretario Hay firma y sello P29869/ai

ANulAcIONES

BANCO INTERNACIONAL Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 9810705875 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. fp/ad/ai

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Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 980077344-5 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. fp/ad/ai

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Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 9810723008 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. fp/ad/ai

ANulAcIONES VARIAS Se pone en conocimiento del público que se ha extraviado la libreta de ahorros No. 278017898 de la Mutualista Pichincha perteneciente a Castro Oviedo Inés Lucía, por lo que se procede a su anulación. P29979/ai


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