Esmeraldas martes 29 octubre 2024

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29 DE OCTUBRE DE 2024

La saga de Terminator ya cumple 40 años 11

Ganaderos proponen estrategias contra el abigeato

En el Auditorio de Elssos, ubicado en la provincia de Esmeraldas, se llevó a cabo una importante reunión entre productores ganaderos y representantes de diversas instituciones para abordar el grave problema del abigeato. 5

Encuestadoras ‘atadas de manos’ por reglas del CNE 7

Duras críticas a Ecuador en Ginebra 8

¿Por quién se inclinarán los latinos en EE.UU.? 12

A menos luz, más sexo y nuevos bebés 10

GLOBAL
RESERVORIO. Presa Salve Faccha en Papallacta. Foto: Epmaps

MILDRED MOLINEROS

Empresas familiares: mejorar el marco legal

Las empresas familiares son un pilar fundamental de la economía ecuatoriana, representando casi el 91% del tejido empresarial. Sin embargo, a pesar de su crucial aporte al empleo y al PIB, enfrentan serias dificultades debido a la falta de un marco normativo específico y el escaso apoyo institucional. A diferencia de otros países, donde los gobiernos han implementado políticas favorables, en Ecuador no existe una legislación que atienda sus necesidades. En varios países, se implementan programas de asesoría y capacitación para empresas familiares, con talleres de gestión, sucesión y liderazgo. Además, ofrecen incentivos fiscales, financiamiento a bajo interés y subvenciones para fomentar la expansión. Redes y asociaciones promueven buenas prácticas y aseguran que las leyes tributarias no obstaculicen la sucesión. Algunos ejemplos incluyen a Alemania con programas de formación, Italia con beneficios fiscales, Estados Unidos con recursos y financiamiento a través de la SBA, y el Reino Unido con guías de planificación. En América Latina, Brasil y México también avanzan en marcos regulatorios y protección de estas empresas.

A pesar de este panorama alentador en otras naciones, en Ecuador las empresas familiares operan bajo la misma normativa que todas las empresas, sin regulaciones que aborden sus desafíos particulares, como la sucesión generacional. La falta de incentivos tributarios y de leyes fiscales diseñadas para facilitar la transferencia de negocios limita su crecimiento y sostenibilidad. Afortunadamente, la Alianza Ecuatoriana de Familias Empresarias (Aliefe) está cobrando impulso, convirtiéndose en la voz de la empresa familiar y promoviendo políticas que favorezcan este sector vital.

Es necesario establecer una normativa que beneficie a un sector tan crucial para el futuro del país. La creación de un marco normativo que considere las particularidades de las empresas familiares garantizaría su sostenibilidad y fortalecería la economía nacional. La falta de apoyo afecta tanto a las empresas como a la generación de empleo y al desarrollo económico de nuestro país. Es hora de que la sociedad civil y los legisladores se unan para exigir cambios que fortalezcan a este sector vital de nuestra economía.

Mujeres que lideran

La semana pasada, tuve el honor de dirigirme sobre el poder de la educación ante un salón con más de 250 mujeres líderes en Manta. Se trataba de un Congreso de Mujeres: un encuentro de empresarias, artesanas, académicas, emprendedoras y profesionales de diversas áreas que se reunieron en un ambiente cuya intensidad era tan palpable como inspiradora.

EDITORIAL

Alivios urgentes para la crisis energética

La crisis energética deja grandes pérdidas. Las proyecciones estiman que, en los 30 primeros días de los apagones, ya alcanzan los $2.000 millones. Y esto ha creado una cadena de dificultades que trabajadores y empresas, de todos los tamaños, sienten a diario.

Aquellos visionarios que se prepararon, hoy no pueden huir de los apagones ya que los generadores empiezan a presentar fallas por las largas jornadas de uso. Otras empresas e industrias enfrentan el enorme gasto de combustible para generación de electricidad que además no se podrá compensar con ventas, pues estas han caído.

A muchos les preocupa incumplir sus obligaciones con bancos y cooperativas, pese al diferimiento de cuotas que anunció la banca privada. Incluso, ya se registra un aumento de despidos.

Es evidente que necesitan de ayuda. El presidente Daniel Noboa, en su entrevista del domingo por la noche, se refirió a algunos alivios. Aunque dijo que una rebaja del IVA es “difícil”, está a favor de créditos para pequeños comerciantes y agricultores, reducción tributaria por ahorro energético a los grandes contribuyentes y condonación de deudas. Pero esto no sería suficiente.

La suspensión de la jornada laboral del 31 de octubre lastima al sector privado, por lo que ayuda significativa vendría de la mano de que no sea obligatoria, pues esto encarece tanto el día productivo, que muchos no lo aprovecharán para cuidar sus costos. Es necesario que se establezcan medidas para que las empresas, especialmente aquellas con pocos empleados, puedan sostener sus nóminas y no llegar a requerir despidos.

Desde el primer momento, sentí que no estaba ante un evento ordinario, sino frente a un encuentro donde el empoderamiento femenino se vivía en su expresión más auténtica: una fuerza capaz de transformar. El evento fue liderado por Martha Cedeño, una mujer que ha sabido conectar a lideresas de todo Ecuador. Aunque no se trataba de un encuentro político, la reflexión es inevitable: ¿puede haber acto más político que ver a mujeres liderando el desarrollo de sus comunidades e imaginando un mejor país? Porque, en última instancia, más allá de las siglas o los discursos, la política en su forma más genuina es la construcción del bien

común. Y eso es, precisamente, lo que estas mujeres encarnaban con su liderazgo.

El Congreso fue un poderoso recordatorio de los desafíos que aún enfrentamos: la inequidad en el acceso a oportunidades, la subrepresentación en posiciones de liderazgo y las diversas barreras que persisten en el ámbito profesional. Sin embargo, las mujeres presentes no se limitaron a señalar estos obstáculos; compartieron estrategias concretas y propuestas sólidas, fundamentadas en su experiencia y creatividad. Es imposible no reflexionar sobre lo vital que resulta seguir brindando

¿Preparado para gobernar?

Con un lenguaje bastante ordinario y poco efectivo, precisamente en un momento en el cual el país necesita de un estadista y de un discurso sobrio y formal, el señor Presidente logró, de una vez por todas, confirmar que no está en capacidad de resolver el problema de los apagones. Es más, el Presidente nos ha dicho que los técnicos no tienen empatía y que por eso no les hace caso.

Moraleja: se toman las decisiones con el estómago y por cálculos electorales, confiando en San Pedro, que es el único, junto a las termoeléctricas e hidroeléctricas gestionadas en el Gobierno de hace 10 años, que podrá rescatarnos.

El Ecuador vive una verdadera conmoción social a la cual nos urge encontrar prontas soluciones, puesto que vivimos una economía de guerra que fácilmente puede compararse con la de la época del covid, cuando negocios y empresas quebraron.

El mandatario nos dice que es empático, pero no está dispuesto a bajar el IVA ni a devolver los subsidios a los combustibles, lo que evidencia más empatía con el querido FMI que con el pueblo, que es el único que paga todas las consecuencias de la inacción e indolencia del Gobierno de turno, sin poder dormir a causa de las deudas y falta de oportunidades

La verdad es que el Presidente está perdiendo credibilidad pero, sobre todo, está perdiendo la guerra en el ámbito energético, económico, de seguridad y en el de la salud, donde también necesitaríamos más empatía y solvencia. No hay liderazgo y no hay ninguna otra voluntad que no sea la de quedarse apegado al poder y ganar las próximas elecciones a cualquier costo, y eso solo podrá empeorar la situación y llevarnos a vivir situaciones más dramáticas; el actual Ejecutivo evidencia falta de preparación para gobernar a todo nivel.

herramientas para que más mujeres puedan prosperar en todos los ámbitos. La formación constante, el acceso al financiamiento y la participación activa en espacios de toma de decisiones no son solo demandas, sino condiciones esenciales para un desarrollo equitativo. Cada conversación apuntaba en la misma dirección: el futuro será inclusivo si entendemos que empoderar a las mujeres es una inversión estratégica y moral. Al despedirme del evento, no podía dejar de pensar que Ecuador tiene en sus mujeres el recurso más valioso para su transformación. El liderazgo femenino no solo res-

ponde a la necesidad de justicia social, sino que también aporta una diversidad de perspectivas imprescindible para resolver los complejos desafíos de nuestra época. Las mujeres de Manta lo dejaron claro: no se conforman con espacios limitados ni roles secundarios. Aspiran a liderar, a decidir, a innovar. Salir de ese congreso fue como despertar de un sueño, en el que lo posible se vuelve alcanzable gracias a la fuerza compartida. Comprendí que estos espacios no son el fin, sino el principio del proyecto que nos convoca a todos: un Ecuador que camina hacia adelante, con mujeres en primera línea.

Autoridades articulan un feriado seguro

Autoridades locales y policiales han coordinado una serie de medidas de seguridad en preparación para las celebraciones del 177 aniversario de su provincialización, que se celebrarán desde el próximo viernes 1 de noviembre.

La reunión, donde participó el gobernador Javier Buitrón junto con altos mandos de la Policía Nacional, se enfocó en establecer un plan integral que asegure la seguridad de los habitantes y visitantes durante las festividades.

Macro-Coordinación

La sesión de trabajo incluyó a representantes de diversas entidades como el Ejecutivo desconcentrado, la Secretaría de Turismo, la Cruz Roja, la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos,

la Alcaldía, la Prefectura, ESVIAL, ECU 911, la Dirección de Salud y el Cuerpo de Bomberos. Este esfuerzo conjunto se centró en la planificación de logística y seguridad para los eventos programados, asegurando que todos los aspectos de la seguridad pública estén cubiertos. Entre las estrategias discutidas, se destacó la importancia de la prevención y la respuesta rápida ante cualquier eventualidad. La policía ha establecido puntos es-

tratégicos de control, donde se aplicarán medidas como la activación de botones de seguridad, contacto directo con la ciudadanía, visitas preventivas a comercios y la vigilancia especial durante el traslado de valores. Estas acciones no solo buscan garantizar la tranquilidad durante las festividades sino también fortalecer la relación entre la comunidad y las fuerzas de seguridad.

Presencia comunitaria La coordinación prevé la implementación de opera-

tivos en el sector productivo de Esmeraldas, donde la comunidad y la Policía Nacional trabajan codo a codo para asegurar una presencia constante y visible. Estas intervenciones comunitarias incluyen patrullajes conjuntos, charlas educativas sobre seguridad, y la promoción de la denuncia ciudadana, lo que se espera reduzca la incidencia delictiva y mejore la percepción de seguridad en la zona. El objetivo es que los actos conmemorativos transcurran sin incidentes, permitiendo que los esmeraldeños

y turistas disfruten de la rica cultura y las festividades de la provincia sin preocupaciones. Con estas medidas, Esmeraldas busca presentar una imagen de seguridad y hospitalidad, invitando a todos a participar en la celebración de su historia y patrimonio cultural.

El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE

Extracto de publicación De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA

La planificación detallada y la cooperación interinstitucional reflejan el compromiso de las autoridades de Esmeraldas por ofrecer un ambiente seguro y festivo durante este significativo feriado.(DLH)

SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. REGISTRO OFICIAL No. 979 de fecha 27 de julio 2023

Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 56010100901400000000, Ubicado en el Sector: CABO SAN FRANSISCO, Parroquia: CABO SAN FRANSISCO, Cantón: MUISNE, Provincia: ESMERALDAS, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: al NORTE: 15.00 m2 CON REINA MORENO PEDRO PABLO SUR 15.00m2 CON LEMA ROCHA JOSE , ESTE: 10.00m2 CON CALLE SIN NOMBRE,OESTE:10.00m2 CON LEON REYNA JOSE NIMITE , con una Superficie total de 150.00M2, a favor de GRACIA LEON BRYAN TAREK Lo comunico para los fines de Ley

Master Yuri Colorado Márquez ALCALDESA DEL GADMC MUISNE

Ganaderos proponen estrategias contra el abigeato

En el Auditorio de Elssos, ubicado en la provincia de Esmeraldas, se llevó a cabo una importante reunión entre productores ganaderos y representantes de diversas instituciones para abordar el grave problema del abigeato.

El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a través de su Dirección Distrital en Esmeraldas, organizó este encuentro con el objetivo de articular acciones que beneficien a un sector vital para la economía local. La reunión contó con la participación de representantes de la Corporación de Ganaderos (CORPOGAN), la Gobernación, asambleístas locales, AGROCALIDAD, el Servicio de Rentas Internas, y la Policía Nacional, además de un nutrido grupo de medianos y pequeños productores ganaderos de la región. El foco principal de la discusión fue encontrar soluciones efectivas para combatir el abigeato, un delito que ha afectado significativamente a la ganadería de Esmeraldas.

Estrategias y desafíos Durante el encuentro, se dis-

cutieron varias estrategias. Los ganaderos propusieron el incremento de controles en las vías como una medida preventiva directa. Asimismo, solicitaron a la Unidad de Investigación contra el Delito de Abigeato (UICA) que se agilizaran las investigaciones y se proporcionaran respuestas más rápidas a las denuncias presentadas. Otro punto crucial fue la necesidad de contar con datos precisos sobre los afectados por este delito en la provincia, para poder diseñar estrategias más específicas y efectivas. Patricia Cabrera, representante de CORPOGAN, enfatizó la importancia del trabajo coordinado entre todas las instituciones para enfrentar este desafío.

Por su parte, Pablo Vera Morán, Director Distrital de Esmeraldas del MAG, resaltó el

compromiso del ministerio con los pequeños y medianos productores, asegurando que solo a través de un esfuerzo conjunto se puede lograr un impacto significativo en la prevención del abigeato.

Al finalizar la reunión, se acordó la elaboración de una hoja de ruta para analizar y solucionar las peticiones presentadas por el sector ganadero. Se programaron futuras reuniones para dar seguimiento a las acciones acordadas y revisar los avances en la implementación de las estrategias contra el abigeato. Este compromiso interinstitucional refleja la determinación de todos los involucrados en proteger y fortalecer la ganadería en Esmeraldas, una actividad económica fundamental para la región.(DLH)

Capturado con 1.900 gramos de marihuana en Tonsupa

En un operativo denominado “Cielo Verde”, la Policía Nacional de Ecuador, a través de su Unidad de Investigación Antidrogas de Esmeraldas, logró la captura de un individuo y el decomiso de una significativa cantidad de marihuana en la vía troncal del Pacífico, en la parroquia de Tonsupa.

Esta acción forma parte de los esfuerzos continuos para combatir el tráfico de estupefacientes en la región. El operativo se realizó durante la inspección de un autobús de transporte público que circulaba entre Esmeraldas y Atacames. Los agentes policiales, mediante técnicas de observación y perfilamiento, identificaron a un pasajero que mostraba signos de nerviosismo y comportamiento evasivo. Este comportamiento levantó sospechas, lo que llevó a los agentes a realizar una revisión más exhaustiva.

Decomiso

El individuo, identificado como Carlos Luis B., de 42 años y de nacionalidad ecuatoriana, llevaba en su mochila dos paquetes que contenían una sustancia vegetal.

Posteriormente, las pruebas de campo confirmaron que se trataba de marihuana, con un peso total de 1.900 gramos. Además, se encontraron 202 dólares en efectivo, presumiblemente producto de actividades relacionadas con el narcotráfico. El decomiso de esta cantidad de droga representa la eliminación de aproximadamente 3.800 dosis de marihuana del mercado ilícito, un golpe importante contra el microtráfico en la región. Este operativo no solo previene la distribución de drogas sino que también envía un mensaje claro sobre la vigilancia constante y la acción decidida de las fuerzas del orden.

En manos de la justicia Carlos Luis B. fue trasladado inmediatamente, junto con

la evidencia, a las instancias judiciales competentes para iniciar el proceso legal correspondiente. La Policía Nacional de Ecuador reforzó así su compromiso con la seguridad ciudadana, mostrando que no tolerará el tráfico de drogas en ninguna de sus formas.

Este suceso subraya la importancia de los controles y operativos policiales en las vías principales del país, zonas que a menudo son utilizadas por los traficantes para el transporte de sustancias ilegales. La operación “Cielo Verde” no solo ha detenido a un presunto delincuente sino que también ha contribuido a la seguridad de la comunidad, protegiendo especialmente a los jóvenes de las consecuencias del consumo y tráfico de drogas.(DLH)

El Comité de DD.HH. de la

ONU cuestiona a Ecuador

La delegación de Ecuador presentó el informe del país sobre los avances de los derechos humanos en el período 2017-2024. El país vive las consecuencias de la época del correísmo y las respuestas insuficientes para avanzar.

Durante los días 28 y 29 de octubre de 2024, el Gobierno de Ecuador presenta el VII Informe periódico del país ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU para revisar el cumplimiento de los objetivos del pacto por el respeto a los derechos humanos. En esta ocasión, el Gobierno del presidente Daniel

Noboa envió una comisión de alto nivel a Ginebra para presentar los resultados de los últimos siete años, en los que incluye los avances desde los gobiernos de Lenín Moreno, Guillermo Lasso y su gestión a lo largo de este año. La delegación está encabezada por el procurador General del Estado , Juan Carlos Larrea; la ministra de la Mujer y Derechos Humanos, Arianna Tanca; y otros funcionarios de alto nivel. Ellos, además de presentar el informe, deberán responder a los cuestionamientos sobre las acciones y la falta de información.

Estados de excepción El Procurador presentó el informe y relató los avances

durante la gestión de Noboa. También detalló los logros en la legislación durante los gobiernos de Moreno y Lasso Larrea reiteró el compromiso de Ecuador con el cumplimiento al pacto por los Derechos Humanos. “Ecuador ha demostrado ampliamente su compromiso por la promoción y protección de los DD.HH”, destacó.

Por su parte, los integrantes del Comité de Derechos Humanos de la ONU realizaron observaciones y cuestionamientos al accionar del Estado ecuatoriano, aunque valoraron la disposición del país a participar activamente en los mecanismos de seguimiento.

Dentro de los cuestionamientos el Comité preguntó

LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL SAN FERNANDO DE AMBATO

CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE APROBACIÓN DEL ESTATUTO DE LA LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL “SAN FERNANDO DE AMBATO” De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, se convoca a los clubes deportivos básicos parroquiales, fundadores de la Liga Deportiva Parroquial “San Fernando de Ambato”, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en la sede de la Liga ubicada en la calle San Fernando y Guayaquil Interior del estadio Central, perteneciente a la parroquia San Fernando cantón Ambato provincia Tungurahua el jueves 14 de noviembre del año 2024 a partir de las 20H00 con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del quórum.

2. Aprobación del Estatuto del Club de Liga Deportiva Parroquial “San Fernando de Ambato” San Fernando, 29 de octubre del 2024

sobre la actual situación de la Defensoría del Pueblo , las dificultades del concurso para su designación y los recursos que deben ser asignados a la autoridad.

También criticaron los estados de excepción como una política reiterada , teniendo como base el conflicto armado interno , fundamento que ya ha sido negado en dos ocasiones por la Corte Constitucional Ante esto pidieron información sobre la vigencia de los estados de excepción para la atención de la crisis carcelaria , y sí existe un plan para garantizar el retiro gradual de las Fuerzas Armadas de las cárceles.

Llamaron la atención sobre la apertura de investigaciones ante los 31 casos de presunta tortura y más de 226 acciones de abuso de autoridad por parte de los funcionarios de las fuerzas de seguridad del Estado.

También hicieron un llamado para conocer detalles sobre las más de 35.000 detenciones realizadas durante los operativos de los llamados bloques de seguridad , bajo el presunto delito de terrorismo , solicitando información sobre cuántas de estas detenciones han culminado en causas judiciales.

Respuestas insuficientes

El director de Fundamedios, César Ricaurte, quien se encuentra en Ginebra como parte de la delegación de las organizaciones sociales que también participan en el examen de derechos humanos del país, indicó que las respuestas de Ecuador han sido insuficientes. Explicó que el examen que realiza el Comité revisa un período de siete años, “no solo a este Gobierno y es importante poner en contexto la carencia en derechos humanos que dejó el gobierno de Rafael Correa”.

Recordó que la herencia del régimen de Correa fue “nefasta”, con medios cerrados y periodistas perseguidos.

Precisó que el Comité de Derechos Humanos debe evaluar un contexto de crisis en los últimos tres gobiernos “y frente a eso las respuestas son absolutamente insuficientes”. (ILS)

EXÁMEN. El procurador Juan Carlos Larrea y la ministra de la Mujer y Derechos Humanos, Arianna Tanca, encabezan la delegación en Ginebra. Foto: Fundamedios

Reglamento para encuestadoras impone sanciones que son cuestionadas

Los sondeos de opinión son utilizados para medir el grado de apoyo o rechazo a un partido, a un candidato. En Ecuador, a menos de cuatro meses de las elecciones, los electores van a ciegas. Hay ausencia de mediciones.

DECISIÓN. Autoridades

Los sondeos de opinión, en el ámbito político, permiten medir el grado de apoyo o rechazo a un partido, a un candidato , o una propuesta. Pueden influir en la opinión pública, al generar tendencias, ayudar a conocer las demandas, expectativas y preocupaciones de los ciudadanos.

En Ecuador, a menos de cuatro meses de las elecciones presidenciales y legislativas de febrero de 2025, la población aún no tiene claro el escenario electoral y todavía no puede formarse una idea sobre las diversas opciones debido a la inexistencia de mediciones.

Una de las últimas encuestas fue divulgada en agosto por Cedatos. Esta reveló la incertidumbre en los electores y ubicó en el 75,1% el nivel de indecisión sobre las candidaturas a elegir. La firma atribuyó esta apatía a factores como el alto desconocimiento sobre quiénes son los candidatos, cuáles son los grupos políticos o los partidos a los que representan. Hasta agosto, los ‘camisetazos ’ (cambio de partidos), también fueron observados por el electorado antes de tomar una decisión. La falta de información desde las firmas encuestadoras coincidió con la de -

cisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) el 5 de septiembre de 2024, cuando aprobó un reglamento sobre personas naturales o jurídicas que realicen pronósticos electorales que regirá para los comicios de febrero. La norma se actualizó a los cuatro años, pues la que estaba vigente era del 17 de agosto de 2020, e incluyó nuevas reglas.

Una de ellas está en el artículo 10, en el acápite. ‘Incumplimiento de la inscripción ’, y señala que las personas naturales o jurídicas que realicen actividades relacionadas con encuestas y pronósticos electorales, y que no se hayan inscrito y registrado previamente en el CNE, serán denunciadas ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE); para lo cual, la Dirección Nacional de Estadística remitirá a la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica, un informe técnico sobre la presunta infracción adjuntando la documentación habilitante.

Para el abogado constitucionalista, Xavier Palacios, esta disposición tiene una constitucionalidad restringida. “Si es para entregarle un insumo al CNE me parece bien, porque deben estar acreditadas ante el ente de control para evitar especula-

ciones en los resultados”. Pero señaló que el registro del CNE a las encuestadoras debería ser bastante sencillo, porque si la intención es poner trabas, podría limitar o poner en tela de duda la transparencia de las elecciones.

Cree que la decisión del CNE es constitucional, siempre y cuando sea para efectos de registro, pero si invade y califica o no, si se puede o no realizar la encuesta, parecería que podría haber una restricción o un principio democrático más aún en elecciones.

Palacios defiende la idea de que no puede haber restricción, y que la información tiene que ser pública, independientemente de qué candidato esté primero en las encuestas. Las encuestas son una herramienta electoral y de trabajo para quienes están en campaña.

“La maximización de las encuestas es lo mejor que puede pasar porque así la ciudadanía tiene un poco claro el escenario electoral; es un derecho ciudadano poder acceder a esa información más aún en países como el Ecuador donde el voto es obligatorio. “Las encuestas no pueden ser manejadas por el árbitro electoral, en este caso el CNE”, dijo.

El CNE solo debe ser un

discrecional de la información o de qué encuesta se autoriza su publicación. “Si el CNE por A o B razón empieza a censurar la información de qué encuesta pública, por supuesto hay una censura de información”.

Su colega Fabián Andrade, no ve mal que se establezcan reglas porque en el tema de las encuestas lo que hacen, en algunas ocasiones, es incorporar información inexistente. “Constitucionalmente, la discusión es si alcanza la competencia en los procesos electorales para regular este tipo de actividades, y en mi concepto sí es posible”.

Cree, sin embargo, que si al final de las elecciones, algún sector se siente perjudicado por lo que se ha determinado en el reglamento podría plantear una alegación de inconstitucionalidad puntualizando cuál es la norma que considera que ha sido vulnerada.

ente de regulación. Si, por ejemplo, hay cinco encuestadoras registradas, y otras cinco no, igualmente en redes sociales pueden publicar resultados y no le resta validez, pero el CNE no puede convertirse en un organismo

Encuestadoras consultadas por LA HORA han asegurado que prefieren no hacer estudios por la ambigüedad del reglamento y otras deberán esperar por la luz verde del CNE para difundir sus estudios. (SC)

EXTRACTO

ACCIÒN: VISTO BUENO NÚMERO: 335315

SOLICITANTE: FARMAENLACE CIA. LTDA- Sr Jorge Roberto Ortiz Cevallos

EN CONTRA DE: Sra Gelin del Rocio Pacheco

INSPECTOR: ABG. DAVID JOSUE PEREZ ESCOBAR.

Se le hace saber.Dentro del trámite de Visto Bueno No. 335315 se dispone lo siguiente:

INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE TUNGURAHUA - Ambato, 25 de octubre del 2024, a las 15H20 -VISTOS: En mi calidad de Inspector de Trabajo de Tungurahua y en mérito del sorteo manual realizado en la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Ambato el día 24 de octubre del 2024 a las 09h00 avoco conocimiento de la solicitud de Visto Bueno No. 335315, presentado por a ACCIONANTEEMPLEADORA Sr. Jorge Roberto Ortiz Cevallos con ci: 1001400470 en calidad de representante legal de FARMAENLACE CIA. LTDA con RUC 1791984722001 en contra de ACCIONADO-TRABAJADOR Sra. Gelin del Roció Pacheco con ci: 1802769180 , solicitud que es clara, completa y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 5 y 6 del Acuerdo Ministerial MDT-2021-219, por lo cual se dispone: 1).- Se CALIFICA la solicitud de visto bueno y se ADMITE a trámite mediante procedimiento establecido en el Art. 621 del Código de Trabajo, 2).- Agréguese al expediente la documentación adjuntada con la petición inicial como medio probatorio y la misma será tomada en cuenta en el momento procesal oportuno según los principios de valoración probatoria previstos en los Art. 193 y siguientes del COGEP como norma supletoria para este tipo de trámite, 3).- Por cuanto la parte accionante, ha adjuntando la declaración juramentada de “la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o le demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias para ubicar a quien se pide citar”; Que con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la ACCIONADATRABAJADORA Sra. Gelin del Roció Pacheco, mediante una sola publicación en un periódico de amplia circulación. En virtud de que el empleador manifiesta que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la accionada y solicita sea notificado por la prensa, a fin de que una vez transcurrido el termino previsto desde la publicación, conteste dentro del término de dos días; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial o correo electrónico, con su contestación o sin ella realícese las investigaciones de Ley. 4).- Se Confiere y adjunta a la presente el extracto correspondiente a fin de que se cumpla con la notificación (Instructivo terminación de relación laboral mediante Visto Bueno CÓDIGO: IN-GRT-01-02-01) 5).- Tómese en cuenta el correo electrónico anaandrade@farmaenlace.com ; valeriapalacios@farmaenlace.com ; mperezv@farmaenlace.com thaliamieles@farmaenlace.com agregado por el accionante. NOTIFIQUESE. - f) Abg. David Pérez Escobar. Lo que comunico a usted para los fines de ley.Abg. David Pérez Escobar. INSPECTOR DE TRABAJO DE TUNGURAHUA ESCOBAR

del Consejo Nacional Electoral (Foto CNE).

Equipo de Gobierno es clave para que un presidente tenga éxito

Los aspirantes a ser el próximo presidente de Ecuador desde 2025 deben mostrar todas sus cartas y dejar que los ciudadanos sepan con qué equipo cuentan para gestionar un país en crisis.

den aplazar en campos laboral, seguridad social, inversiones, entre otros.

¿Por que el equipo es importante?

Se debe mostrar un plan real de Gobierno

°El exministro de Economía, Simón Cueva, ha dicho que es muy complicado aconsejar al nuevo Gobierno que asumirá en 2025, pero lo primero que deberían hacer, en términos económicos, es un análisis de corto plazo de la caja, de las necesidades y requerimientos de la caja fiscal para los próximos meses, ver fuentes posibles de financiamiento y alternativas de cómo hacerlo. En ese proceso puede haber tentaciones como usar la plata del Banco Central. “Eso no sería responsable con el país”, acotó Cueva. La segunda prioridad debería ser pensar que cualquier mecanismo para ir mejorando la situación fiscal debe proteger a los sectores más vulnerables en Ecuador.  “El Ecuador es un país muy desigual y por lo tanto es sano que en cualquier proceso se proteja a los de más abajo, que son los que la tienen más difícil en épocas de incertidumbre,porque no tienen ahorros ni otras alternativas”, añadió Cueva.

HECHO. La silla de Carondelet está en juego y se necesita un presidente, con un buen equipo de Gobierno En febrero de 2025, los ecuatorianos no solo van a escoger a un presidente de la República, sino a un equipo de Gobierno que lidiará con una crisis económica y de empleo en las familias y empresas; además de una crisis fiscal que amenaza con complicar hasta los pagos más básicos del próximo año.

“La situación del país es tan compleja, y se necesita urgentemente un plan claro y realizable de Gobierno, que los e cuatorianos no nos podemos dar el lujo de ir a votar a ciegas, sin saber quienes acompañarán al nuevo presidente en los próximo cuatr6 años”, acotó Andrea Rodríguez, economista.

El peor error que puede cometer Ecuador es no asegurarse que el nuevo mandatario tiene un equipo (al menos el mínimo) para impulsar medidas y reformas complejas que ya no se pue-

Según el estudio ‘Supervivencia Ministerial y la Eficacia del Liderazgo’, elaborado por Amanda B. Edgell, los ministros experimentados y técnicamente capacitados son un factor crítico para el éxito de la gestión presidencial.

En países con instituciones en desarrollo (como Ecuador), el equipo de gobierno juega un papel vital en la implementación de políticas y en la estabilidad del régimen.

La alta rotación en los gabinetes afecta negativamente la implementación de políticas, pues introduce discontinuidades que erosionan el progreso de los proyectos.

Los efectos de esto último

se ven en los constantes cambios de ministro de Energía y Minas que ha tenido, por ejemplo, el Gobierno de Daniel Noboa en menos de un año (dos ministros titulares y dos encargados).

Un caso más extremo es el del viceministerio de Minas , que desde 2020 ha tenido más de 20 titulares, mientras los grupos de delincuencia organizada han seguido ganando terreno con la minería ilegal

Por otro lado, el estudio ti-

EL DATO

Además de un buen gabinete, quien llegue a Carondelet necesita entre 3.000 y 4.000 funcionarios, entre mandos medios y otros, para tener real control del Estado.

tulado ‘La presidencialización de la Política’, elaborado por Thomas Poguntke y Paul Webb , apunta a que los presidentes con equipos ministeriales de alto perfil y autonomía relativa logran mejores resultados.

Los presidentes que delegan en ministros competentes pueden enfocarse en el liderazgo estratégico mientras los ministros implementan políticas con mayor precisión y eficiencia. También destacan que un gabinete confiable refuerza la legitimidad del presidente ante la ciudadanía y ante el sistema político. Así, todas las evidencias se dirigen a que no es suficiente con un líder en la Presidencia, por más buenas características que tenga, para realizar un Gobierno realmente exitoso y que logre cambios estructurales en un país en crisis como Ecuador. (JS)

En tercer lugar, se debe pensar cómo asegurar un buen equilibrio entre evitar ahogar completamente a la economía en el corto plazo, pero sí dar señales claras y creíbles, hacia el mundo entero, incluyendo a los inversionistas nacionales o extranjeros, de que el país sí quiere ir por la senda seria y sostenible. En resumen, buscar más liquidez de corto plazo; hacer que cualquier programa o cualquier decisión pública tenga en cuenta las iniquidades fuertes que tiene el país; y que, ya sean ajustes lentos o rápidos, las decisiones muestren que se va en la dirección correcta y que se tiene el objetivo claro de ir fortaleciendo las finanzas públicas.

Por su parte, el exministro de Economía, Mauricio Pozo, ha dicho que “no es lo mismo el discurso de campaña que estar gobernando y estar atentos todos los días y todos los meses para pagar nómina, cubrir subsidios, hacer transferencias a gobiernos seccionales” Según Pozo, el espacio fiscal que tenga el próximo Gobierno dependerá de qué programa económico realmente apliquen cuando lleguen a Carondelet. Si se trabaja en eficiencia del gasto, se podrá generar recursos para invertir; pero se necesita tener claro lo que se quiere hacer.

¿Pueden haber más embarazos por los apagones?

Generación ‘off’ se le llama a quienes nacen debido a apagones. El fenómeno ya sucedió en España y otros lugares. ¿Pueden los cortes de energía eléctrica provocar más embarazos en Ecuador?

“Es que antes no había televisión”, es la respuesta que dan las generaciones que tuvieron entre 7 y 12 hijos.

Ahora, en Ecuador, hay televisión, pero no electricidad. Por lo que cabe preguntarse ¿Pueden los cortes de luz provocar un aumento en los embarazos?

Existen antecedentes sobre cómo la falta de electricidad impacta en la natalidad de una población. Por ejemplo, en 2008, España vivió apagones en julio y – nueve meses después– los hospitales reportaron un incremento del 7% en el número de nacimientos, respecto a la media semanal de ese año. “Puede ser que sin el apagón no hubiese nacido Isabela”, indicó en ese entonces un hombre de 33 años, al diario español 20 Minutos.

A los niños nacidos en este periodo se los conoce como ‘generación del gran apagón’ o la ‘generación off’.

Sin luz hay menos ocio y más sexo

Desde abril de 2024, Ecuador experimenta una serie de apagones que comenzaron con jornadas de cinco horas sin luz y que, para este octubre, aumentó a un promedio de 14 horas diarias.

Amanda Tapia, socióloga, señala que los comportamientos humanos evolucionan acorde al entorno en el que las personas se desarro-

llan. “A más tecnología, más problemas como nomofobia (adicción al celular), cosas que no se experimentaban antes”.

Sobre los apagones, Tapia dice que hay una regla simple que responde a la dependencia humana a la luz y la tecnología. “No solo el trabajo gira en torno a la electricidad, sino también el ocio”, por lo tanto: sin electricidad hay menos ocio y más probabilidades de tener sexo.

“Solo hay que preguntar cuántas parejas se quedan dormidas viendo una serie. Pues ahora, sin series, sin luz para la televisión o para oir música; sin internet para revisar redes sociales, con la misma frecuencia, no es ajeno pensar que aumentarán las relaciones sexuales”, manifiesta, aunque dice que, por ahora, esto es más “una apreciación que una certeza”.

Un reportaje de la BBC señala que la televisión es vista, desde el mundo científico, como un anticonceptivo. “Los que tienen televisión en casa gozan de una distracción que los previene de procrear una y otra vez”, señala el medio, y destaca los estudios de expertos sobre la correlación entre el índice de natalidad y la instalación de televisores en diferentes lugares del mundo.

La revista ‘GeoCurrents’ de la Universidad de Stanford demostró (con un método de cartografía en el que se com-

paran mapas de tasa de natalidad con mapas de otros indicadores), que la televisión pudo haber sido unos de los factores más significativos en la bajada de la natalidad en varios sectores de India.

Apagones y uso de condón Una encuesta de ‘Click Research’ señala que un 53,84% de ecuatorianos ha tenido, al menos, una relación sexual en los últimos siete días. La frecuencia para tener sexo depende de cada persona o pareja. Sin embargo, en épocas sin luz puede aumentar, lo que –dentro de los siguientes meses– se podrá constatar en base al número de embarazos que se registren.

El posible aumento de embarazos no solo respondería a los apagones, sino a la falta de uso de métodos anticonceptivos, que es un problema de salud pública en el país.

Aunque el condón es el único método que previene enfermedades de transmisión sexual, su uso es mínimo en Ecuador. Solo el 9,2% de la población sexualmente activa lo utiliza, según un estudio de la revista científica británica ‘The Lancet’. Mientras que ‘Click Research’ señala que 6 de cada 10 hombres afirman no usar preservativos.

La medición determina que Ecuador es el segundo país de la región donde el uso de preservativos es mínimo. El primer país con esta problemática es Venezuela, mientras que Argentina, Perú y Brasil tienen los niveles más altos de uso de condón.

Al buscar métodos anticonceptivos, según el Ministerio de Salud Pública, la brecha entre mujeres y hombres es inmensa. Solo un 10% de varones busca cuidarse en una relación sexual, pese a que los condones son más seguros y menos invasivos para el cuerpo a diferencia de otros

si la electricidad puede ser relevante al generar políticas de planificación familiar. “Es importante estudiar de qué forma factores cotidianos afectan a la frecuencia con la que se tiene sexo”.

anticonceptivos.

Adrián Mendoza, estadista, dice que sería interesante dar seguimiento a los cambios sociales a partir de los cortes de luz y así poder determinar

Pero Tapia dice que el aumento de relaciones íntimas no se daría solo por los apagones, sino porque la incertidumbre “en la que vivimos actualmente, nos puede volver más propensos a generar relaciones y apegos de manera más rápida”, ya que “estamos, la mayoría de ecuatorianos, experimentando sentimientos similares”. (AVV)

Juicio No. 17320-2009-1348

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 10 de octubre del 2024, a las 10h13. -E X T R A C T O JUDICIAL-

SE HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO DE INSOLVENCIA  No. 17320-2009-1348 en el que se ha dispuesto hacer conocer de la posible rehabilitación de la demandada , con los siguientes datos:

JUICIO:                                      17320-2009-1348-INSOLVENCIA

ACTOR:                                      FRANCISCO JAVIER CALBETO FERRER

DEMANDADO                          JACQUELINE ELIZABETH VEGA VACA .

OBJETO:                                    De conformidad con lo dispuesto en el Art. 507, 508 Y 519 se demanda declarar con lugar el concurso de acreedores de la deudora Jacqueline Elizabeth Vega Vaca.

TRAMITE:                                 ESPECIAL

CUANTIA:                                 INDETERMINADA

PROVIDENCIA.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 31 de mayo del 2024, a las 10h39. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito metropolitano de Quito. Agréguese a los autos la copia y escritos que anteceden. En lo principal téngase en cuenta la comparecencia de la demandada autorización que confiere a su abogada defensora, casillero y correo electrónico para sus posteriores notificaciones. Previamente atento a lo solicitado y sin perjuicio de proveer lo que en derecho corresponde se considera: 1) El Art. 602 del Código de Procedimiento Civil, a su letra señala: “Rehabilitación por suspensión del juicio.También se rehabilitará el fallido, persona natural, contra quien se hubiere seguido el juicio, si este se hubiere suspendido por más de diez años, siempre que no se haya dado antes la declaración de fraudulencia.- En este caso se procederá previo aviso al público; y, los acreedores pondrán oponerse únicamente con la prueba de que ha continuado el juicio dentro de los últimos diez años o de que existe declaración ejecutoriada de culpabilidad o fraudulencia de parte del fallido”. 2) .- En esta virtud, previo a proveer lo que en derecho corresponda y para los efectos de la norma transcrita, y a costa del accionado, procédase con el aviso al público en general, de la posible rehabilitación del presunto insolvente JACQUELINE ELIZABETH VEGA VACA, por la falta de impulso procesal por más de diez años. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma referida en la presente actuación judicial. NOTIFÍQUESE. f) Dra. Luz Elisa del Salto Dávila. Juez.- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones de ser el caso.-Certifico.

40 años de la saga ‘The Terminator’

‘¡Hasta la vista, baby!’, la popular frase pronunciada por Arnold Schwarzenegger en 1991, tiene su origen siete años antes, en el inicio de la saga ‘Terminator’, que llegó a los cines el 26 de octubre de 1984 para popularizar al personaje, junto a la aguerrida Sarah Connor, y que hoy es una exitosa franquicia cinematográfica de cuarenta años.

Acción – Ciencia ficción

Estreno 26 de octubre de 1984

Duración 107 minutos

‘Terminator’, una millonaria saga de cuatro décadas Cronología

mundial

'The Terminator' (1984)

Presupuesto para el filme

‘Terminator 2: Judgment Day’ (1991)

‘Terminator 3: Rise of the Machines’ (2003)

‘Terminator Salvation’ (2009)

‘Terminator: Genisys’ (2015)

La décima película más taquillera de 1984 Recaudación mundial

‘Indiana Jones and the Temple of Doom’

‘Beverly Hills Cop’

‘Ghostbusters’

‘Grand Canyon: The Hidden Secrets’

‘Gremlins’

‘The Karate Kid’

‘Romancing the Stone’

‘Police

Las películas más taquilleras de Schwarzenegger Mayor recaudación mundial

Taquilla
‘Terminator: Dark Fate’ (2019)
Hamilton

Voto latino será más determinante que nunca en EE.UU.

El apoyo de los hispanos será más decisivo que nunca en Estados Unidos, sobre todo en Nevada, Arizona o Pensilvania.

MADRID. Sin un favorito claro entre Kamala Harris y Donald Trump, y con las encuestas manejando cifras en un frágil equilibrio, las inminentes elecciones presidenciales en Estados Unidos pueden decidirse una vez más por un puñado de votos y los de la comunidad latina, que representa un 15% del electorado, pueden resultar clave.

Más de 36 millones de latinos, de los 65 millones que viven en Estados Unidos, están habilitados para participar en estas presidenciales. Son el grupo racial y étnico con mayor crecimiento desde las últimas elecciones, siendo así que cada año alrededor de 1,4 millones de hispanos obtienen el derecho

El impacto de los mensajes racistas

° El evidente interés por atraer al electorado latino no ha evitado declaraciones de tinte racista como los pronunciadas por humorista Tony Hinchcliffe, conocido como Kill Tony, quien en un mitin de campaña de Trump en Nueva York se refirió a Puerto Rico como esa “flotante isla de basura” y reprochó a los latinos de forma soez el hecho de que les encante tener bebés. Por su parte, de la campaña de la vicepresidenta y candidata demócrata, Kamala Harris, se extraen más mensajes apelando al sentido de

identidad de esta comunidad y la vicepresidenta ha prometido mejorar la situación laboral de los millones de trabajadores latinos, entre ellos los que se encuentran en situación irregular y que trabajan especialmente en labores agrícolas.

Del mismo modo, ha identificado la falta de acceso a oportunidades entre los latinos como uno los principales factores de discriminación. Para ello, ha prometido nuevas ayudas a emprendedores, para tener acceso a la vivienda, e incluso eliminar como uno de los requisitos para poder optar a más de 500.000 puestos públicos el hecho de contar con título universitario.

a votar.

Se trata de un grupo de votantes muy disputado, al igual que muy heterogéneo, que se concentran principalmente en los estados de California, Texas, Nevada, Florida, Nueva York, Pensilvania y Arizona, si bien es en Nuevo México donde se alcanza el mayor porcentaje de electores latinos, con el 45%.

Tradicionalmente, los ciudadanos de origen latino han votado sobre todo demócrata, si bien en los últimos años se han reducido esas distancias y el expresidente y candidato republicano, Donald Trump, ganó terreno en 2020 entre esta parte del electorado.

Sin embargo, el electorado latino cuenta también con menores tasas de participación que otros grupos, debido, entre otros factores, a que se trata de una población que es demasiado joven para votar, o bien no cuentan todavía con la ciudadanía estadounidense para poder hacerlo.

Dos maneras de captar el voto latino

Existe una gran diversidad entre los intereses y aspiraciones de la comunidad latina de Estados Unidos, por lo que dividir el voto por grupos étni-

EL DATO

En las presidenciales de 2020, el 59% de los hispanos votó por Joe Biden.

cos es para muchos una forma errónea de establecer dinámicas entre los votantes, que en el caso de los hispanos, suelen votar en línea con el sentir popular del resto del estado.

Es el caso, por ejemplo, de la comunidad cubana en Florida, que al igual que el resto del estado se decanta por los republicanos, o en California, donde los hispanos, principalmente de Centroamérica, suelen votar demócrata como el resto.

En ese sentido, la retórica antinmigración de Trump no le ha privado de conseguir cada vez más el apoyo de los latinos, en especial el de los hombres, según un estudio de ‘The New York Times’ que establece que el apoyo hacia el Partido Republicano ha crecido en comparación a otras elecciones.

Trump no ha variado sus ideas, ni ha concedido gestos a los latinos, a quienes confía seducir como al resto, con promesas de fortalecer la economía estadounidense con medidas proteccionistas, desregularizando el mercado, bajando impuestos y persiguiendo el crimen, al que en muchas ocasiones vincula precisamente con la inmigración.

Según las encuestas, la principal preocupación de los votantes latinos es la economía, al igual que la gran mayoría del resto del electorado, por lo que la campaña de Trump no se ha molestado en dirigirse a ellos en otros términos, incluida la escasa presencia del español durante la campaña. EUROPA PRESS

Con Gabriela Vivanco

CONTIENDA. Los candidatos a la presidencia de Estados Unidos, el expresidente Donald Trump y a la actual vicepresidenta, Kamala Harris. EFE

Morales pide procesar a dos ministros por ataque en su contra

Evo Morales pidió al presidente Luis Arce que procese a sus ministros de Defensa y de Gobierno.

COCHABAMBA (BOLIVIA).

El expresidente de Bolivia Evo Morales pidió al presidente de Bolivia, Luis Arce, que destituya y procese a dos ministros a los que acusa de intentar “matarlo” en un ataque armado el 27 de octubre de 2024.

“Si Luis Arce no dio las órdenes de matarnos debe destituir y procesar de inmediato a sus ministros de Defensa y de Gobierno, Edmundo Novillo y Eduardo Del Castillo “, escribió Morales en la red social X.

El actual líder del oficialista Movimiento al Socialismo (MAS) denunció que el vehículo donde se transportaba recibió 14 impactos de bala y que su chófer resultó herido en la cabeza.

Morales acusó en la víspera a Luis Arce del presunto atentado y en una entrevista anterior aseguró que el Gobierno tenía cuatro planes para evitar que sea candidato presidencial, entre estos “matarlo”.

El ataque contra el vehículo de Morales se produjo en medio de los bloqueos de carreteras de sus seguidores en el centro del país. Por su parte, Arce, quien está alejado de Morales desde 2021 por una pugna por controlar al MAS y el Ejecutivo, ordenó una investigación de los hechos.

También informó que “ante la denuncia del expresidente Morales de un presunto atentado contra su vida” instruyó “una inmediata y minuciosa investigación”.

El líder del MAS insistió en que hay un plan para evitar que sea candidato, a pesar de una prohibición constitucional sobre la reelección indefinida en Bolivia (EFE)

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 09h00, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral

1 del artículo 26, e íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Tiro Olímpico.

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Tiro Olímpico, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NRO. Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE0107 de fecha 18 de agosto de 2021.

6. Clausura.

Abg. Rocío Recuenco O. INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO

PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 11h00, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral 1 del artículo 26, e íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura.

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Ecuestre.

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Ecuestre, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NRO. Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto de 2021.

6. Clausura

Abg. Rocío Recuenco O. INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 16h30, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral 1 del artículo 26, íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura.

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Gimnasia.

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Gimnasia, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NR O. Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto de 2021.

6. Clausura.

Abg. Rocío Recuenco O.

INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO

PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: 1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

INTERVENCIÓN MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL NRO. 1594 Riobamba, 29 de octubre de 2024 CONVOCATORIA

En virtud de la Resolución Nro. MD-DM-2024-1595-R de 04 de septiembre de 2024, emitida por el Mgs. Romel Leonardo González Orlando, Coordinador de Servicios al Sistema Deportivo, y conforme a las facultades que la Ley y la Normativa le otorgan, se convoca a ASAMBLEA GENERAL O CONGRESO DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS, a llevarse a cabo el día jueves 14 de noviembre de 2024 a las 14h30, en la Sala de Sesiones ubicada en la Avda. Unidad Nacional y Carlos Zambrano de la ciudad de Riobamba; Asamblea que se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia con el numeral 1 del artículo 26, e íbidem del Estatuto reformado de Federación Deportiva de Chimborazo con el objetivo de tratar el siguiente orden del día:

1. Apertura.

2. Calificación de credenciales

3. Constatación del quórum de la Asamblea General de elecciones de la disciplina de Levantamiento de Pesas .

4. Instalación de la Asamblea.

5. Elección de un deportista o ex deportista de la disciplina de Levantamiento de Pesas, como lo establece el Art. 26.1 del estatuto reformado mediante RESOLUCIÓN NRO. Nro. MD-CZ32021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto de 2021.

6. Clausura.

Abg. Rocío Recuenco O.

INTERVENTOR DE FEDERACIÓN DEPORTIVA DE CHIMBORAZO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DEPORTISTAS Y EX DEPORTISTAS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES O CONGRESOS DE ELECCIONES POR DISCIPLINAS DEPORTIVAS ACTIVAS DE FEDERACION DEPORTIVA DE CHIMBORAZO SE DEBERA CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

1. Según Art. 26.1 de la Resolución Nro. MD-CZ3-2021-PJ-RE-0107 de fecha 18 de agosto del 2021, con la Reforma al Estatuto y ratificación de Personería Jurídica de Federación Deportiva de Chimborazo, que establece: a) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, los deportistas y ex deportistas que practiquen y/o hubieren practicado una disciplina deportiva que se encuentre activa al momento de la elección, se considerarán disciplinas deportivas activas, aquellas disciplinas deportivas que hayan participado en eventos oficiales nacionales e internaciones con el aval de Federación Deportiva de Chimborazo, durante los dos últimos años anteriores a la fecha de la elección; los deportistas y ex deportistas para acreditar su participación en el proceso eleccionario deberán obligatoriamente encontrarse inscritos en sus respectivas Ligas Deportivas Cantonales; Asociaciones Deportivas Provinciales por Deporte y deberán encontrarse legalmente Federados en Federación Deportiva de Chimborazo; además podrán participar en el proceso eleccionario los deportistas y ex deportistas que hayan sido federados en forma directa por F.D.CH; b) Podrán participar en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas con derecho a voz y voto los deportistas y ex deportistas mayores de 16 años de edad cumplidos a la fecha de la asamblea y que consten en la certificación que emitirá la Dirección Técnica Metodológica de F.D.CH., por cada disciplina deportiva activa; y,c) Para ser electo como representante de los deportistas o ex deportistas por disciplina deportiva en la Asamblea General o Congreso de elecciones por disciplinas deportivas, el candidato de forma obligatoria deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en el Art. 26.2.1 del presente estatuto.

UN DESFILE DE CATRINAS

Como parte de las tradicionales celebraciones por el Día de Muertos, cientos de mexicanos y turistas participaron y presenciaron la Mega Procesión de las Catrinas, un desfile de esqueletos que sirve como antesala del Día de Muertos los días 1 y 2 de noviembre. EFE

MARTES 29 DE OCTUBRE DE 2024
Esmeraldas
Esmeraldaslahora
@ Esmeraldaslahora

REVISTA JUDICIAL

ACCIÓN DE PROTECCIÓN: IMPROCEDENCIA

AUTORES: YANDRY M. LOOR LOOR & NORIEL BENÍTEZ

La Acción de Protección es improcedente cuando:

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales.

Cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de reparación.

Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o

legalidad del acto u omisión, que no conlleven la violación de derechos.

Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz.

Cuando la pretensión del accionante sea la declaración de un derecho.

Cuando se trate de providencias judiciales.

Cuando el acto u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso

Electoral .1

Trámite y las medidas de reparación integral derivadas de la acción de protección:

El tramite a seguir o que se debe de tener en cuenta, en los procesos jurisdiccionales de acción de protección que se sigan, se deberán de tener en consideración las siguientes características respectivamente:

a) No se requiere el patrocinio de un abogado o abogada para la presentación de la acción de protección ni para su apelación.

b) Presentada la acción, la jueza o juez la calificará dentro de las 24 horas siguientes a su presentación y convocará inmediatamente a una audiencia pública, en la que podrán intervenir la persona afectada y la accionante si no fueren la misma persona; y, la persona o entidad accionada o demandada.

c) En cualquier momento del proceso el juez podrá ordenar la práctica de pruebas y designar comisiones para recabarlas.

CONSULTA CIVIL

¿Cuál

es el procedimiento sobre la partición y autorización de venta de bienes de niñas, niños y adolescentes?

RESPUESTA

El procedimiento voluntario está claramente determinado en el Art. 335 del COGEP, se inicia con la solicitud que debe contener los mismos requisitos de la demanda. La o el juzgador tiene que calificar dicha solicitud y si la admite debe disponer la citación a las personas que indique la parte actora, así como a todos los interesados en el asunto. Una vez practicada la citación, la parte demandada o quien tenga interés jurídico en el asunto puede oponerse al procedimiento voluntario hasta antes de que se convoque a la audiencia. Si no existe oposición la jueza o juez debe convocar a la audiencia del procedimiento voluntario dentro de los términos que se señala en la norma legal mencionada, diligencia en la que se escuchará a los concurrentes y se practicarán las pruebas pertinentes para resolver en la misma audiencia aprobando o negando lo solicitado, con lo que concluye el procedimiento voluntario.

Como vemos existe un procedimiento voluntario claramente establecido para los casos de partición y autorización de venta de bienes de niñas, niños y adolescentes, así como de las personas sometidas a guarda. No puede existir confusión de normas, puesto que la partición y autorización de venta, a más de las normas generales no tienen normas específicas, y aun si lo tuvieran, se debe tener en cuenta que en las normas generales se establece el procedimiento para todos los procesos voluntarios. El procedimiento voluntario está claramente establecido para el caso de partición de bienes y la autorización para la venta de bienes de niños, niñas y adolescentes.

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
MARTES, 29 DE OCTUBRE DE 2024

d) La falta o ausencia de la parte accionante podrá considerarse como desistimiento.

e) La falta o ausencia de la parte accionada o demandada no impedirá que la audiencia se realice.

f) Las afirmaciones alegadas por la persona accionante se presumirán ciertas, cuando la entidad pública requerida no demuestre lo contrario o no suministre información.

g) La causa se resolverá mediante sentencia.

h) Cuando exista vulneración de derechos, la sentencia la declarará, ordenará la reparación integral por el daño material e inmaterial. Además, especificará las obligaciones positivas y negativas, que debe cumplir el demandado y las circunstancias en que deben cumplirse.

i) La acción de protección solo finalizará

con la ejecución integral de la sentencia.

j) Cualquiera de las partes podrán presentar apelación ante la Corte Provincial de Justicia correspondiente. La apelación se podrá presentar en la misma audiencia o hasta tres días hábiles después de haber sido notificados por escrito por el juez o jueza. La apelación no suspende la ejecución de la sentencia cuando el apelante fuere la persona o entidad demandada.

De ahí que este recurso se convierte en un recurso totalmente eficaz, sobre todo y teniendo en cuenta lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en reiteradas sentencias ha señalado, en cuanto a los resultados que deben de producir estas acciones, teniendo en cuenta que las mismas fueron creadas para obtener aquello que se ha afectado – el reconocimiento del dere-

cho – por lo que son los Estados quienes tienen la responsabilidad y obligación de crear normas que permitan el goce efectivo de derechos y la exigibilidad de los mismos, recursos efectivos, y garantías de un debido proceso, tal como lo hemos hecho ver en líneas anteriores. Por otro lado, de la misma forma tenemos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, también ha señalado “que la función de esos recursos, dentro del sistema del derecho interno, sea idónea para proteger la situación jurídica infringida. En todos los ordenamientos internos existen múltiples recursos, pero no todos son aplicables en todas las circunstancias. Si, en un caso específico, el recurso no es adecuado, es obvio que no hay que agotarlo. Así lo indica el principio de que la norma está encaminada a producir un efecto y no puede

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA ARRENDAMIENTOS LAS VIOLETAS CÍA. LTDA.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, en el Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, Comandita por Acciones y Economía Mixta y en el Estatuto Social de ARRENDAMIENTOS LAS VIOLETAS CÍA. LTDA., se convoca a los señores y señoras socios a la Junta General Extraordinaria de Socios que tendrá lugar el día 12 de noviembre de 2024 a las 11H00, en las instalaciones de la compañía, en la ciudad de Quito, ubicadas en Av. de la Prensa N70-121 y Pablo Picasso; sin perjuicio de poder asistir a la misma de forma telemática, a través de la aplicación electrónica MICROSOFT TEAMS, mediante enlace que se enviara oportunamente al correo electrónico de cada socio, a fin de conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día:

1. Autorización a la Gerencia General para la suscripción de un contrato de mutuo o préstamo de consumo con la compañía TEJIDOS PINTEX S.A.

Cualquier socio podrá solicitar información que requiriere respecto al orden del día previo a la celebración de la Junta General.

Los votos de quienes participen a distancia se emitirán de viva voz a través del medio telemático y se remitirán además por escrito al correo electrónico arrendamientoslasvioletas@yahoo.com.

Cualquier delegación deberá ser remitida de manera previa a la instalación de la Junta General al correo electrónico anteriormente mencionado.

Quito, 29 de octubre de 2024.

Elena Pinto Mancheno GERENTE GENERAL ARRENDAMIENTOS LAS VIOLETAS CÍA. LTDA.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA AGRICOLA PIÑAN S.A.

barra, 19 de octubre del 2024

Se convoca a los señores accionistas de la Compañía Agricola Piñan S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que tendrá lugar el día 30 de Octubre del 2024 a las 14h30, en el Hotel Ajavi, Av. Mariano Acosta, de la ciudad de Ibarra, para tratar el siguiente Orden del Día:

ORDEN DEL DÍA:

1. Nombramiento de los nuevos administradores de la Compañía Agricola Piñan S.A. (Representante Legal y Presidente)

2. Conocer y aprobar el tratamiento administrativo que se necesita implantar en la Compañía Agricola Piñan S.A.

3. Otros asuntos importantes.

interpretarse en el sentido de que no produzca ninguno o su resultado sea manifiestamente absurdo o irrazonable.”2

Tal como lo hacíamos constar en el texto introductorio a este análisis jurídico, tenemos que al momento de un juez determinar una reparación integral por concepto de la acción de protección, esta será amplia e incluso quedará a criterio del juez si aplica otras medidas que no estén contempladas pero que a su criterio puedan generar un Estado más equitativo y justo.

Medidas de Reparación Integral

Es así que la misma Corte Constitucional se ha pronunciado mediante sentencia de fecha 09 de junio de 2020 al respecto manifestando que “La acción de protección se ha convertido en aquel

Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el extravío del certificado de depósito a plazo N° 05101DPV006056-8 emitido por el Banco Bolivariano

C.A. con vencimiento 13/01/2021

SE ANULA POR PERDIDA

TITULO DE UNIDAD

No 14195 Y 14196, DEL CAMPOSANTO MONTEOLIVO

001-004-4927

mecanismo procesal judicial al alcance de todos los ciudadanos, para que en caso de que sus derechos hayan sido vulnerados por una autoridad pública o persona privada, estos puedan obtener sus restablecimiento y posterior reparación del daño causado”3

De ahí que, el Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional en sus Art. 98 nos define el conjunto de medidas de reparación integral, así como también a quienes va dirigida dicha reparación esto en su Art. 99 mismos que textualmente nos establece lo siguiente:

“Art. 98.- Tipos de medidas de reparación integral. - La reparación integral es el conjunto de medidas ten-

dientes a hacer desaparecer o remediar los daños de las vulneraciones a derechos constitucionales o derechos humanos. Entre las medidas de reparación integral se encuentran las siguientes:

1. Restitución: Esta medida de reparación integral comprende la restitución del derecho que fue menoscabado o vulnerado a una persona; con este tipo de medida se pretende que la víctima sea restablecida a la situación anterior a la vulneración.

2. Rehabilitación: La rehabilitación comprende aquellas medidas reparatorias que toman en consideración las aflicciones tanto físicas como psicológicas de las víctimas de una vulneración de derechos constitucionales. Estas medidas deben establecerse de forma proporcional con las circuns-

Quito, 21 de octubre de 2024

CONVOCATORIA

001-005-2307

Se ha extraviado en al Cuidad de Sangolqui un Certificado de Plazo Fijo de la Cooperativa Kullki Wasi Dcto: 102024071979 Cliente Clemencia Ñacata Cédula 1700092743

001-004-4920

Se convoca a todos los señores accionistas del de la Compañía de Taxi Ejecutivo Carapunjr S.A, a la Asamblea General de Accionistas a efectuarse el día miércoles 30 de octubre del presente año a las 15:00 pm, en la sede de la Compañía, ubicada en la Av. Cacha y de los Fundadores diagonal al Colegio Mauricie Ravel.

ORDEN DEL DÍA

1. Constatación del Quorum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Informe de cuentas cobradas a los socios por parte del señor Gerente.

4. Presentación a la Asamblea de las listas inscritas para las dignidades de Gerente, Presidente, Comisario Administrativo y Comisario de Frecuencia año 2025 – 2026.

5. Presentación de planes de trabajo de las listas inscritas.

6. Elecciones por parte de los Accionistas a las dignidades del directorio de la Compañía de Taxis Ejecutivo Carapunjr S.A.

7. Elección Comisario Fiscalizador.

8. Elección Comisión Asuntos Sociales.

9. Elección Comisión Deportes.

Atentamente, Sr.

tancias de cada caso.

3. Satisfacción: Se refieren a la verificación de los hechos, conocimiento público de la verdad y la ejecución de actos de desagravio; el establecimiento de sanciones contra los perpetradores de la vulneración de derechos, y la conmemoración y tributo a las víctimas o afectados. Dentro de las medidas de reparación satisfacción se desprenden las medidas de reparación de carácter simbólico, las cuales buscan la preservación y honra de la memoria de las víctimas de vulneraciones de derechos.

Este tipo de medidas pueden incluir: actos de homenaje y dignificación, construcción

de lugares o monumentos de memoria, colocación de placas, disculpas públicas, entre otros.

4. Garantías de no repetición: Son medidas de tipo estructural que tienen como finalidad que, ante la vulneración de derechos constitucionales por un determinado acto u omisión, se asegure que estos hechos no vuelvan a generarse en el futuro.

5. Obligación de investigar los hechos, determinar los responsables y sancionar: Mediante el establecimiento de estas medidas de reparación se genera una obligación por parte de los responsables de la vulne -

Quito, 28 de octubre del 2024

CONVOCATORIA

Se convoca a los accionistas de la OPERADORA DE TRANSPORTE PUBLICO RUTA VIVA RUTVITRANSA S.A., a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se realizará el día 12 de noviembre del 2024 a las 10:30 AM, en la sede de la compañía ubicada en la calle Vicente Rocafuerte y Álava.

Para la conexión telemática el enlace en la plataforma zoom. https://us04web.zoom.us/j/79576189500?pwd=Y7AMZ8U801SqmsWYigZ eENb05cngyD.1

ID de reunión 795 7618 9500 Código de acceso 5u35MJ

Para la votación de los asistentes a la reunión por vía telemática lo deben hacer al correo electrónico ciaruvitransa2017@hotmail.com indicando sus nombres, apellidos, número de cedula y su votación, hasta dos horas después de finalizada la junta general.

Con la finalidad de tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quorum

2. Conocimiento y Aprobación de cambio de Presidente

3. Nombramiento de Presidente

4. Conocimiento y Aprobación de la renuncia presentada por el Sr. Jefe de Operación

5. Nombramiento de Jefe de Operación

6. Aprobación del Acta

Se convoca de manera especial e individual a la señora Wilma Jeanette Sánchez Catota portadora de la cédula de ciudadanía No. 1710356013, comisaria de la Compañía, al tenor de lo dispuesto en el Art. 242 de la Ley de Compañías y del Art. 3 del Reglamento de Juntas de Accionitras Nota. - Convocatoria que se la realiza bajo las prevenciones legales contempladas en el art. 14 del Estatuto Social, en concordancia con el art. 237 de la Ley de Compañías, en tal razón, la Junta se instalará puntualmente a la fecha y hora señalada.

ATENTAMENTE,

Beatriz Marlene Cuascota Hipo

Gerente General RUTVITRANSA S.A.

ración de derechos constitucionales, para establecer quiénes provocaron la vulneración, ya sea por acción u omisión, con el objetivo de determinar las respectivas sanciones a las que hubiere lugar.

6. Reparación económica: Este tipo de reparación se relaciona con la compensación económica que se otorgue a la víctima o a sus familiares, por las afectaciones de tipo económicas que los hechos del caso concreto ocasionaron.” (RSPCCC, 2015)

“Art. 99.- Determinación de las medidas de reparación integral. - En el caso en que el Pleno de la Corte Constitucional dicte nuevas medidas de reparación integral, estas deberán contener la siguiente información:

1. Determinación de la persona beneficiaria de la medida de reparación integral.

2. Determinación del sujeto o sujetos obligados al cumplimiento.

3. Descripción detallada de la medida de reparación.

4. Forma en la que el sujeto obligado debe ejecutar la medida de reparación integral.

5. Determinación de un plazo razonable dentro del cual se deberá ejecutar la medida de reparación.

6. Determinación de un plazo razonable dentro del cual el sujeto obligado deberá informar al Pleno de la Corte Constitucional acerca de la ejecución integral de la medida de reparación.”

De ahí la importancia de esta garantía jurisdiccional, que busca preservar derechos consti-

tucionales, así como de generar un avance constante de los Derechos.

Conclusiones

Para ejercer los derechos jurisdiccionales, sobre todo de acción de protección no siempre es necesario agotar la vía administrativa, puesto que el objeto de esta acción es la protección eficaz, eficiente e inmediata de aquel derecho que se está vulnerando o se pretende vulnerar, evitando así, que pueda existir una especie de daño que en su momento sea irreparable, o que no permita al Estado tener la suficiente estructura para poder ejercer el resarcimiento de dicho derecho, a pesar de que se debe de efectuar la misma.

La protección inmediata y eficiente se da a través de las acciones jurisdiccionales siendo la acción de protección el mecanismo ideal y más idóneo para aquello.

La reparación integral generada de las acciones de protección a más de ser las contenidas en el Reglamento de la Corte, pueden ser otras, ya que se otorga al juez aquella libertad ponderativa y argumentativa para poder determinar qué medidas pueden ser las más eficaces y eficientes a la hora de determinar acerca de los daños y otros.

Autores: Yandry M. Loor Loor & Noriel Benítez

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSMORESAL TRANSPORTE DE CARGA PESADA MORENO SALAZAR MOROCHO S.A.

1.Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Registro Oficial Suplemento 52 de 22-oct-2009,Art. 42

2.https://www.corteidh.or.cr/tablas/R22020.pdf

3.http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/ alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/f4842c10f5f3-4565-89f1-7ee498f50fcf/demanda_0021-18ep.pdf?guest=true

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y el Estatuto Social se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA TRANSMORESAL TRANSPORTE PESADO MORENO SALAZAR MOROCHO S.A., a Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse el día 8 de Noviembre del 2024 a las 08H00 am, en la oficina de la compañía ubicada en el barrio El Cortijo Iritiyacu S/N Cantón Rumiñahui para tratar el siguiente orden del día:

1.- Constatación del Quórum

2.- Elección del Gerente General

3.- Elección del Presidente

Se convoca de manera individual y especial a la Señora Yajaira Ayala Comisaria Principal de la compañía, domiciliado en la ciudad de Quito, Barrio Guamani Alto la Plazoleta calle Mariscal Sucre y Lucía Albán lote 181

Atentamente;

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA AGRICOLA PITURA S.A.

barra, 19 de octubre del 2024

Se convoca a los señores accionistas de la Compañía Agrícola Pitura S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que tendrá lugar el día Miércoles, de Octubre del 2024 a las 14h30, en el Hotel Ajavi, Av. Mariano Acosta, de la ciudad de Ibarra, para tratar el siguiente Orden del Día:

ORDEN DEL DÍA:

1. Nombramiento de los nuevos administradores de la Compañía Agricola Pitura S.A. (Repre sentante Legal y Presidente)

2. Conocer y aprobar el tratamiento administrativo que se necesita implantar en la Compañía Agricola Pitura S.A.

3. Otros asuntos importantes.

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO - INTERDICCION DEFINITVA

ACTOR: TRUJILLO SOLORZANO MIRNA EDITH

DEMANDADO : SOLORZANO ESTRELLA MARIA BEATRIZ

CAUSA No. 17981-2021-00877

TRAMITE: INTERDICCION

CUANTÍA: INDETERMINADA

JUEZ : AB. VICTOR PAUL LITUMA CARRILLO

SECRETARIA: AB. MARCELA BENALCAZAR VILLACRESES

ASUNTO: Se declare la INTERDICCION DEFINITIVA a la señora SOLORZANO ESTRELLA MARIA BEATRIZ y se nombre como CURADORA INTERINA a su hija TRUJILLO SOLORZANO MIRNA EDITH

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 27 de septiembre del 2024, a las 12h53. VISTOS: En mi calidad de Juez ponente de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. En lo principal, dentro de la causa de interdicción No. 17981202100877, agotado el procedimiento sumario previsto en la Ley, e igualmente anunciado el fallo de forma oral, procedo a dar cumplimiento a lo dispuesto en los Arts. 93 y 95 del Código Orgánico General de Procesos para lo cual realizo las siguientes consideraciones: 1. IDENTIFICACIÓN DE LOS COMPARECIENTES: 1.1. ACTOR: MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO. 1.2. DEMANDADA: MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA. 2. ENUNCIACIÓN BREVE DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA DEMANDA: 2.1 Comparece al órgano jurisdiccional la señora MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO, luego de consignar sus generales de ley, al amparo de lo dispuesto en los Arts. 367, 371, 381, 478, 479, 481, 482, 483, 448 del Código Civil, solicita de declare la interdicción provisional y posteriormente la definitiva de su madre la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA. 2.2 En sus fundamentos de hecho el actor manifiesta: “a) Del certificado de nacimiento que me permito incorporar vendrá a su conocimiento que mi madre la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA, con cédula de ciudadanía 1700501800, nació el 10 de mayo de 1925 en la provincia de Pichincha, parroquia González Suárez, del cantón Quito; y, actualmente tiene 95 años de edad. b) Del certificado de nacimiento que me permito incorporar vendrá a su conocimiento que la compareciente MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO, es hija de la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA. c) Del certificado médico otorgado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social “IESS” vendrá a su conocimiento el diagnóstico médico de mi madre la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA, mismo que es el siguiente “CIE H401 GLAUCOMA PRIMARIO DE ÁNGULO ABIERTO, E109 DIABETES MELLITUS INSULINODEPENDIENTE, E08 OTROS HIPOTIROIDISMOS ESPECIFICADOS, I10 HIPERTENSIÓN ESENCIAL PRIMARIA”. d) Por la condición física de mi madre y su avanzada edad recibe atención trimestral y medicación habitual, conforme justifico con los certificados médicos que incorporo a la presente demanda. e) Por su avanzada edad mi madre MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA, ha deteriorado sus funciones y facultades psíquicas y físicas, pues depende totalmente de otra persona para realizar sus actos manifestando estados de Demencia Senil. f) La compareciente MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO, desde hace 3 años atrás se ha hecho cargo del cuidado y protección de su madre y debido a la situación actual de su madre han acordado con sus hermanos solicitar la interdicción de su madre a favor de la compareciente”. 2.3 Por encontrarse reunidos los requisitos previstos en el Art. 142 y 143 del COGEP, y en atención a lo previsto en los Arts. 332 numeral 5 y 333 ibidem, entre otras cosas, se calificó la demanda, aceptándose a TRÁMITE SUMARIO, se dispuso se proceda a citar de manera inmediata a la parte demandada, así como se ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 27 y 271 del Código Civil, esto es, se ha citado a los parientes de la parte demandada, se ha nombrado además a los dos facultativos conforme lo determina el Art. 482 del Código Civil. 3. DECISION SOBRE LAS EXCEPCIONES PRESENTADAS: La parte demandada no ha presentado excepciones previas ni ha señalado que haya vicios de procedimiento. 4. RELACIÓN DE LOS HECHOS PROBADOS, RELEVANTES PARA LA RESOLUCIÓN: 4.1 Para acreditar la relación parental consta del expediente, la copia de la cedula de ciudadanía de la señora MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO (fj. 2) y el certificado de nacimiento de la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA (fs. 1), y ha probado la relación filial y el derecho que le asiste para plantear esta acción. 4.2 A fojas 17 del proceso consta la certificación de citación a la parte demandada. 4.3 La parte demandada no comparece a juicio, ni señala casillero judicial. 4.4. Así también se ha notificado a los parientes enunciados en el libelo de la demanda, con quienes se realizó la audiencia de parientes conforme consta en autos a fojas 40 y se emitió el auto interlocutorio correspondiente en la que se declara la interdicción provisional conforme obra a fojas (51 a 83). 4.5. Obra del expediente el auto de sustanciación en el cual con fundamento en el Art. 333. 4 del COGEP se señala día y hora, a fin de que se lleve a cabo la audiencia única para resolver la acción presentada. 4.6 Al efecto en el día y hora señalada comparece la parte actora señora MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO, en compañía de su defensor técnico. 4.7 En dicha audiencia la parte manifestó que no existen vicios de procedimiento que alegar, por lo que se declaró la validez del proceso. 4.8 El objeto de la controversia fijado, fue resolver sobre la DECLARATORIA DE INTERDICCIÓN DE LA SEÑORA MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA. 4.9 Evacuada la audiencia única, y puesta en conocimiento del compareciente la resolución de manera oral, cuya acta resumen consta en autos; (…) este Auto se motiva de la siguiente manera: 5.1.COMPETENCIA. El suscrito Juez es competente para conocer y resolver la presente causa de conformidad con lo establecido en el Art. 175 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los Art. 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; y por el sorteo de ley. 5.2.- VALIDEZ PROCESAL. No se advierte omisión de ritualismo o solemnidad sustancial que pueda influir en la decisión de la causa, por lo que se declaró su validez procesal. 5.3.- LEGITIMACIÓN ACTIVA Y PASIVA. La legitimación de las partes se encuentra justificada legalmente de autos con la copia de la cédula de ciudadanía a fojas 2, el certificado de nacimiento a fojas 1, del proceso, con lo cual la parte accionante justifica la calidad en la que comparece y la calidad de la parte demandada dentro de la presente causa. 6.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES y LEGALES. (…) Los presupuestos procesales en el presente asunto se encuentran acreditados a plenitud. La capacidad legal de una persona es la facultad que tiene para ejercer sus derechos y administrar sus bienes, sin que para ello se requiera la intervención de otra. 7.- ASPECTOS DOCTRINARIOS SOBRE LA PRUEBA: 7.1.- Con relación a la prueba que trata la norma contenida en el Art. 158 del Código Orgánico General de Procesos, esta debe cumplir con los principios de oportunidad, pertinencia, utilidad y conducencia; (…) entonces la resolución del juez será el resultado de lo alegado, probado o no probado por el titular de la carga de la prueba. (…)7.5.-VALORACIÓN DE LA PRUEBA.- De acuerdo a la doctrina la prueba tiene como finalidad lograr el convencimiento del juzgador acerca de la realidad de los hechos alegados por las partes procesales.- La valoración de la prueba constituye pues un conjunto de operaciones que se desarrollan en el ámbito psicológico del juzgador mediante las cuales se obtiene tal convencimiento, así en la presente causa la parte actora dentro de la fase de prueba presentó y practicó como prueba a su favor PRUEBA DOCUMENTAL: 1.- Certificado de nacimiento de la señora María Beatriz Solórzano Estrella. PRUEBA PERICIAL: a) Dr. Jaime Augusto Aroca Chaguaro, en el capítulo de conclusiones, señala: “a).- DIAGNÓSTICO – PRONÓSTICO: El diagnóstico de la enfermedad que padece la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA es compatible con DEMENCIA SENIL. La enfermedad va a ir progresando paulatinamente, las secuelas serán permanentes e irreversibles por lo que no podrá recuperar sus funciones cerebrales perdidas… al momento de la evaluación no responde de manera correcta al interrogatorio que le hago. No reconoce por su nombre a los familiares presentes. Se encuentra desorientada en el tiempo y espacio…”; y, b) Psi. Gabriel Estalin Osorio Vizcaíno, en su capítulo conclusiones, refiere: “…en relación al test psicométrico administrado presenta un porcentaje correspondiente a un deterioro cognitivo de moderado a grave. Es decir, presenta complicación en relación a distintas funciones en los procesos cognitivos, como: memoria de trabajo, memoria a corto plazo, mediano y largo plazo, en el lenguaje, comprensión matemática, funciones psíquicas superiores y funciones ejecutivas. En toda la entrevista no emite ninguna articulación de palabras, solamente realiza movimiento facial repentinos… en relación a sus funciones psíquicas superiores no se encuentra consiente ni alerta ante los estímulos, no se presenta orientada en tiempo, persona ni espacio. No presenta alteraciones sensoperceptivas. Existe alteración de la memoria semántica y episódica. Su voluntad y atención dispersa. No se puede avaluar el funcionamiento del curso y contenido del pensamiento. Su lenguaje no está acorde a su edad, educación ni cultura, ya que no emite mayor articulación de palabras…”. Por lo que aplicando las reglas de la sana crítica que constituye aplicar la lógica jurídica, se ha demostrado y justificar el estado en que se encuentra la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA, siendo muy grave, por lo cual es necesario que cuente con un curador que la represente en los actos públicos y privados que realice. 8. DECISIÓN:(i) Por lo expuesto y en aplicación a los principios de simplificación, eficacia, celeridad y economía procesal consagrados en el art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador en plena concordancia con el principio de celeridad procesal contemplado en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y de conformidad con el Art. 478, 479, 481, 484, del Código Civil y el propio examen que ha hecho esta autoridad a la parte demandada ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y, POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA 1.- Se declara definitiva la Interdicción de la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA de estado civil viuda, con cédula de ciudadanía No. 1700501800, de 96 años de edad, ciudadana ecuatoriana, domiciliada en esta ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha. 2.- Se nombra curador general a su hija MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO, con cédula de ciudadanía No. 1709800047, ecuatoriana, de estado civil casada, domiciliada en esta ciudad y cantón Quito, quien la representará o autorizará para los actos jurídicos, exceptuándose solamente los de carácter personal, por ejemplo, otorgar testamento. 3- La inscripción y notificación. Con fundamento en el Art. 468 del Código Civil, Art. 27 de la Ley de Registro, inscríbase el presente fallo en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad de este cantón; y, notifíquese al público por un periódico del cantón Quito y por carteles que se fijarán en tres al menos de los parajes más frecuentados de esta ciudad de Quito, expresando que la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA con cédula de ciudadanía No. 1700501800, de 96 años de edad, contados a la fecha que se falla, ciudadana ecuatoriana, domiciliada en esta ciudad de Quito, no tiene la libre administración de sus bienes; hecho que sea, incorporen al proceso las publicaciones e inscripción. 4.- Ejecutoriada que se encuentre esta sentencia, confiéranse copias certificadas necesarias para que se cumpla con lo estatuido en el Art. 10 número 23 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, a fin de que este fallo sea asentado en el Registro Personal Único de la señora MARÍA BEATRIZ SOLÓRZANO ESTRELLA, debiendo el accionante dejar constancia en autos del cumplimiento de este requisito. 5.- Ejecutoriada que se encuentre esta sentencia, la curadora general designada señora MIRNA EDITH TRUJILLO SOLÓRZANO, con cédula de ciudadanía No. 1709800047 comparecerá a esta Unidad Judicial por sus propios y personales derechos con sus documentos de identidad a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 398 del Código Civil, (acta de posesión y discernimiento) hecho que sea confiérase copias certificadas suficientes para que los protocolice en una de las Notarías del país y les sirva de habitante en sus gestiones y administración posterior (…). CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- LITUMA CARRILLO VICTOR PAUL JUEZ(PONENTE)

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