Esmeraldas

Esmeraldas
Las playas y balnearios de Esmeraldas, conocidos por sus atractivos turísticos, juegan un papel crucial en la temporada de vacaciones, las festividades podrían ser una catapulta para mejorar la imagen de la ciudad y superar la percepción de inseguridad que ha afectado a la población. 3
Alcaldía de Muisne y Prefectura priorizan la vialidad rural 4
Atletas con discapacidad intelectual viajan a selectivo nacional 5
hay voluntad política
Las masacres ocurridas en un bus interprovincial o en una vivienda de Machala, o los asesinatos de padre e hijo en Quito, nos demuestran que la violencia en el país no solo no se ha detenido, sino que se ha agravado. A todo esto debemos añadir los múltiples casos de secuestro exprés, las extorsiones y los asaltos en todas las carreteras. Es evidente que la fase 1 del Plan Fénix ha terminado con un rotundo fracaso. Y hoy, con la fase 2, probablemente debemos esperar más muertes y más impotencia estatal.
Además del supuesto plan, nadie nos ha dado los resultados y no sabemos, por ende, en qué hemos mejorado, pero sí vemos cómo hemos empeorado. Es evidente que no hay voluntad política para combatir la delincuencia y la violencia en el país.
Nos contaron que se tomaron Durán y que en Manta había 0 muertes, pero todo eso hoy resulta tan risible que parecería más bien que nos están tomando el pelo. Repito que no hay voluntad política para acabar con este cáncer, ya que hoy en día hay recursos tecnológicos que podríamos fácilmente adoptar, pero la plata del IVA o de la eliminación de los subsidios no sabemos dónde va a parar, pues las inversiones no se ven. Hay tecnología de sobra para poder obtener resultados a cortísimo plazo, como por cámaras que además de hacer reconocimiento facial pueden reconocer las placas de los carros para darles seguimiento y saber si están involucrados en delitos. Ni hablar de las motos que tienen las placas adulteradas.
Además, hay instrumentos que pueden interceptar aquellas llamadas y aquellos mensajes que se refieren a delitos y averiguar quién estaba en el lugar de los hechos a la hora de un asesinato gracias a un sistema que se engancha a los teléfonos celulares.
En fin, hay muchos recursos para explotar pero cero voluntad para hacerlo. O les conviene así o estamos en las manos de gente que con su impreparación se ha vuelto cómplice indirecta de los delincuentes.
Vocación y empleabilidad
qué carrera estudiar es una tarea compleja y trascendental tanto para los jóvenes como para sus familias. En Ecuador, los estudiantes enfrentan la constante paradoja entre seguir su vocación y considerar la emplea-
Hace un año fue asesinado el alcalde de Manta, Agustín Intriago. El crimen constituyó un anuncio de los tiempos aciagos que se cernían sobre el país, con magnicidios, masacres y estallidos de un calibre antes impensable. Algunos coautores materiales del crimen fueron procesados y sentenciados, pero el autor de los disparos sigue prófugo. No se ha podido tampoco determinar a ciencia cierta quién fue el mentalizador del hecho ni cómo se llevó a cabo la coordinación con los asesinos. Algunos meses después del crimen, salió a la luz el caso Metástasis. Conversaciones electrónicas y declaraciones de algunos acusados revelaron presuntos nexos entre Intriago y el crimen organizado. Sin embargo, el asesinato dista aún mucho de estar plenamente esclarecido . Preocupa, justamente, que muchas veces el
hallazgo de una supuesta mácula en el historial de una víctima se emplee como pretexto para apurar conclusiones y dejar de buscar la verdad de los hechos. Esa es una de las principales causas de la impunidad reinante con respecto al 95% de los asesinatos en Ecuador, pese a que la gran mayoría de las víctimas no registran antecedentes penales.
Ni el caso de Intriago, ni ningún otro, puede cerrarse en base a supuestos o rumores. La justicia solo termina su trabajo una vez que todos los responsables han sido debidamente sancionados y que la sociedad ha conseguido conocer la verdad . El país necesita policías, fiscales y jueces plenamente comprometidos con el completo esclarecimiento de los crímenes; intolerable es querer barrer la ola de violencia bajo la alfombra.
bilidad futura. Sin embargo, a menudo carecen de la información necesaria para tomar una decisión fundamentada. Aunque los tests vocacionales son herramientas útiles para identificar habilidades y destrezas individuales, es igualmente importante conocer las carreras con mayor tasa de empleabilidad a escala nacional y regional. Elegir una carrera basada en la vocación ofrece ventajas notables, como una mayor fortaleza ante dificultades, adaptación más fluida, y una mayor
pasión y motivación. En contraste, optar por una carrera con alta empleabilidad puede ofrecer estabilidad laboral y una remuneración atractiva. Por ello, es crucial que los aspirantes a la educación superior cuenten con reportes detallados sobre el estado del mercado laboral y las proyecciones del sector productivo a 5, 10 y 15 años. Estos informes deben reflejar las tendencias emergentes y en declive en el mercado, identificando las habilidades y profesiones que ganarán relevancia y aquellas
La desinformación prospera, la democracia muere Nishant Lalwani, Maha Taki y James Deane
El año pasado, los países de la OCDE asignaron colectivamente más de $220 mil millones en asistencia oficial para el desarrollo (AOD). Pero una creciente ola de desinformación está socavando la eficacia de estas inversiones. Lo que es más preocupante es que la desinformación amenaza no solo el desarrollo, sino también la democracia misma. Mientras las organizaciones de noticias luchan por sobrevivir en un panorama mediático complejo y en rápida evolución, los abusos de poder político y corporativo no se controlan. El periodismo independiente es uno de los baluartes más baratos y eficaces contra el autoritarismo De hecho, es tan efectivo que los autócratas están gastando miles de millones de dólares cada año para socavarlo influyendo en las narrativas de los medios nacionales y extranjeros, como lo mues- tra el informe de Freedom House sobre la influencia global de los medios de China.Y, sin embargo, mientras los regímenes autocráticos invierten miles de millones en desinformación, los países occidentales están haciendo poco para abordar el problema. Sin duda, los formuladores de políticas y los políticos enfatizan el papel vital de la libertad de prensa en discursos, informes de desinformación y conferencias sobre democracia. Pero la inversión gubernamental mundial en periodismo de interés público sigue siendo sorprendentemente baja.
Durante la última década, el porcentaje de la población mundial que vive bajo un gobierno autocrático ha aumentado del 49% al 70% , la desinformación ha aumentado en todos los países y las amenazas financieras que enfrentan los medios independientes se han vuelto existenciales. Pero el apoyo a los medios ha permanecido estancado: 38 países de la OCDE gastan un total de alrededor de $500 millones al año, o alrededor de un tercio del presupuesto estimado de propaganda de Rusia. Esto representa menos del 0,2% de la AOD total en 2022.
*DirectoresdelFondoInternacional para Medios de Interés Público.
©Project Syndicate, 2024. TAGS: Periodismo independiente, Libertad de expresión https://one.oecd.org/document/DCD/DAC(2024)15/ FINAL/en/pdf
que podrían volverse obsoletas. Además, es necesario que el Gobierno fomente sinergias entre los sectores académico y productivo para asegurar que los programas de estudio se ajusten a las necesidades del mercado.
Con información adecuada, los aspirantes podrán tomar decisiones informadas y ajustar sus elecciones en función de las demandas del mercado. Si se opta por una carrera con baja empleabilidad, es crucial estar consciente de esta realidad y desarrollar estrategias para
manejar dicha elección, como adquirir habilidades complementarias o explorar nichos especializados. Este enfoque facilita una planificación efectiva y maximiza las oportunidades profesionales futuras. Elegir una carrera es más que una decisión académica; es un paso fundamental que influirá en el desarrollo personal y profesional. Alcanzar un equilibrio entre la pasión y el pragmatismo es clave para asegurar que la elección de carrera ofrezca una experiencia enriquecedora y satisfactoria a lo largo de la vida.
Las playas y balnearios de Esmeraldas, conocidos por sus atractivos turísticos, juegan un papel crucial en la temporada de vacaciones, las festividades podrían ser una catapulta para mejorar la imagen de la ciudad y superar la percepción de inseguridad que ha afectado a la población.
Esmeraldas se prepara para sus fiestas de independencia con la esperanza de revitalizar la economía local. Aunque la situación ha mejorado con patrullajes constantes, aún existen zonas donde la inseguridad persiste.
Medidas de seguridad
El lunes 22 de julio, en Quito, se presentó la agenda de las fiestas de independencia de Esmeraldas , que incluyen actividades gastronómicas, danzas y campeonatos deportivos. Jonathan Farías, director de Cultura y Patrimonio de la Alcaldía de Esmeraldas, explicó que se han realizado tres mesas de seguridad con la Fuerza de Tarea Conjunta, la Policía Nacional y otros organismos para garantizar la seguridad en todos los eventos.
Farías señaló que la ciudad
cuenta con efectivos de la Policía Turística, quienes han articulado varias acciones para garantizar la seguridad de los visitantes. La presencia de la Policía Turística ha sido fortalecida gracias a la coordinación con el Ministerio de Turismo, que ha revitalizado la formación especializada de estos efectivos. Además, se han mantenido reuniones con gremios turísticos para generar precios justos en alojamientos y restaurantes , asegurando una experiencia positiva para los turistas.
Impacto Económico y Esperanza de Recuperación
El presupuesto para las fiestas de independencia asciende a aproximadamente $500,000, y se estima que cerca de 3,000 familias estarán involucradas en el de-
sarrollo de las festividades. La Alcaldía de Esmeraldas prevé que el retorno económico podría alcanzar los dos millones de dólares, lo que representaría un significativo impulso para la reactivación de la ciudad.
Carlos Tapia, subsecretario de Competitividad y Fomento Turístico del Ministerio de Turismo, indicó que la colaboración con la Policía Turística y el fortalecimiento de la seguridad son claves para atraer turistas y apoyar
la economía local. Farías concluyó que, más allá de la promoción turística, es esencial crear un ambiente de seguridad para garantizar el éxito de las festividades y la recuperación económica de Esmeraldas.(DLH)
En un esfuerzo conjunto por abordar las deficiencias viales que afectan a las comunidades rurales del cantón Muisne, la alcaldesa Yuri Colorado Márquez y la prefecta Roberta Zambrano Ortiz han acordado firma un convenio: que conlleva a las autoridades locales y provinciales intervenir en 87 puntos críticos de la red vial rural, brindando soluciones duraderas a los obstáculos que han dificultado la movilidad de los habitantes.
Progreso vial
El lunes 22 de julio, un encuentro de suma importancia tuvo lugar en las instalaciones de la Prefectura de Esmeraldas. En esta reunión, líderes comunitarios de las parroquias Galera, Quingue, Cabo San Francisco, San Gregorio, Bolívar, Daule, Sálima y Chamanga se reunieron con las autoridades para analizar los detalles del inminente convenio. Aproximadamente 60 representantes de estas localidades rurales participaron activamente en el diálogo, aportando sus perspectivas y necesidades específicas.
Durante el encuentro, Colorado Márquez y Zambrano Ortiz, junto con los líderes comunitarios, exa-
minaron minuciosamente la planificación relativa a la intervención que realizarán las maquinarias del Gobierno Provincial y del GAD Municipal de Muisne. El objetivo principal es abordar las vías que se han visto gravemente afectadas, especialmente debido a las intensas lluvias que han azotado la región.
Voces de los líderes comunitarios
Los representantes de las parroquias rurales expresaron su entusiasmo y respaldo a esta iniciativa conjunta. Fernando Estrada, presidente del GAD Parroquial de Daule, elogió el cronograma de intervención vial, que contempla atender a todas las parro-
quias de manera planificada hasta julio de 2025. Por su parte, Gina Ríos, líder del GAD Parroquial de Galera, hizo un llamado al diálogo y la unidad entre los dirigentes, con el fin de encontrar soluciones efectivas a las necesidades de la zona rural de Muisne.
Este nuevo convenio no solo reforzará la relación administrativa y política entre la Alcaldía y la Prefectura, sino que también consolidará la unidad de las poblaciones que conforman el territorio muisneño. La vialidad rural es un aspecto primordial para garantizar la movilización de cientos de personas que estudian y trabajan diariamente en diversos puntos del cantón.
Maquinaria y equipos
En su discurso, la alcaldesa Yuri Colorado Márquez reveló que se están gestionando fondos adicionales por un millón de dólares ante el Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE). Este financiamiento tiene como objetivo adquirir un equipo caminero complementario, que se sumará a los esfuerzos de la Prefectura por obtener 14 maquinarias adicionales. Con este refuerzo de recursos, se espera abordar de manera más eficiente los trabajos de mejoramiento vial en cada sector del cantón, en estrecha colaboración con los líderes comunitarios. La ejecución exitosa de este convenio traerá consigo numerosos beneficios
para las comunidades rurales de Muisne. Además de mejorar la accesibilidad y la conectividad entre las localidades, se prevé un impacto positivo en áreas clave como la educación y el empleo. Al contar con vías en mejores condiciones, los estudiantes y trabajadores podrán desplazarse con mayor facilidad y seguridad hacia sus destinos diarios. Uno de los pilares fundamentales de este proyecto es la participación activa de las comunidades beneficiarias. A través de consultas periódicas y la difusión de información transparente, se busca mantener a los habitantes informados sobre los avances y desafíos que se presenten durante la ejecución del convenio.(DLH)
La Federación Ecuatoriana de Deporte para Personas con Discapacidad Intelectual (FEDEI) se prepara para llevar a cabo el “Selectivo Nacional de Para Atletismo para Deportistas con Discapacidad Intelectual 2024”. Este importante evento deportivo, que se desarrollará del 22 al 24 de julio en la pista atlética “Los Chasquis” de Concentración Deportiva de Pichincha en Quito, reúne a atletas de todo el país con el objetivo
de evaluar y seleccionar a los mejores competidores para los próximos Juegos Nacionales Adaptados y los Juegos Nacionales Prejuveniles 2024.
Desarrollo Deportivo FEDEI, consciente de su responsabilidad hacia la niñez y juventud deportiva con discapacidad intelectual en Ecuador, organiza este evento bajo el patrocinio del Ministerio del Deporte y el auspicio del Comité
Paralímpico Ecuatoriano. La federación invita a todos los clubes paralímpicos, instituciones de educación especial tanto públicas como privadas, federaciones deportivas provinciales, ligas cantonales y barriales de las 24 provincias del país a participar en este selectivo nacional.
El propósito de este evento no solo es seleccionar a los tres primeros lugares en las competencias, sino también observar el desarrollo
y las capacidades competitivas de los atletas. Durante el selectivo, se evaluarán las condiciones físicas, tácticas, técnicas y psicológicas de los deportistas, aspectos cruciales para su preparación en futuras competencias nacionales e internacionales.
Entre los talentosos atletas que participarán en el selectivo nacional se encuentran:Conde Guagua Najeska Majensy, Hurtado Arroyo Alexandra Jassu,
González Burbano Hillary Yara, Zabala Nazareno Lennin Didier, Castillo Acosta Gregori Josué, Barros Hernández Cristhopher Gabriel, Arroyo Mina Sheiner Joandry, Hurtado Arroyo Joseph Adrián, Vernaza Montaño Joseph Jasmany, Ayovi Cabeza Wladimir José, Lugo Lugo John Piero, Eguez Coronel Juan Isaac y Nazareno Caicedo Luis Mario.
Entrenadora: Ing. Daniela Portocarrero Caicedo.
El futbolista Moisés Caicedo en colaboración con el Ministerio del Deporte de Ecuador y la Fundación “Niño Moi 23” firmaron un convenio estratégico destinado a potenciar el impacto del deporte en comunidades vulnerables del país.
El Ministro Guschmer resaltó la importancia de esta alianza: “El fútbol cambia vidas y Moisés es el ejemplo viviente de una vida sana, en familia, un ciudadano ejemplar que conserva la misma sencillez, calidez y humildad de siempre. Esto no quedará en un papel, es un compromiso permanente desarrollar programas que fortalezcan el deporte. Desde este Ministerio vamos a seguir apoyando iniciativas a favor de nuestros jóvenes”.
Educación y salud
El convenio firmado también tiene como objetivo apoyar la educación y la salud en comunidades de escasos recursos. Marco Caicedo, presidente de la Fundación y hermano del jugador, expresó: “Más que una firma, es un compromiso con la sociedad, con los sitios vulnerables y con los niños de escasos recursos. Creemos que el deporte puede cambiar el país entero. Principalmente en Santo Domingo de los Tsáchilas, se sumarán Esmeraldas, Tungurahua, Pichincha y posteriormente en la Amazonía”.
La Fundación “Niño Moi 23” se dedica a promover el apoyo social para el crecimiento integral de grupos de atención prioritaria y vulnerables. Con proyectos que van desde la promoción del deporte hasta el apoyo a la educación y la salud, la fundación busca ofrecer a los jóvenes las herramientas necesarias para un futuro mejor. Moisés Caicedo, seleccionado nacional y estrella del Chelsea, compartió su
emoción por esta iniciativa: “Me llena de mucha alegría y emoción compartir con ustedes mi sueño que se está cumpliendo gracias a Dios. Seguro haremos muchas más cosas juntos”.
Colaboración gubernamental y civi
La firma de esta carta compromiso es una muestra clara de cómo la colaboración entre el Gobierno Nacional y la sociedad civil puede generar un impacto significativo. Este convenio permitirá establecer un marco formal de colaboración, optimizando el uso de recursos públicos y generando un mayor impacto en las comunidades beneficiadas.
El ministro Guschmer concluyó: “No vamos a parar ni un solo segundo en nuestro esfuerzo por crear espacios seguros y de desarrollo para todos nuestros jóvenes. Estamos convencidos de que, juntos, podemos lograr un cambio significativo en el deporte y en nuestra sociedad”. (DLH)
La Parroquia Tonchigüe, ubicada en el cantón Atacames de la provincia de Esmeraldas, es un destino turístico impresionante que ofrece una amplia gama de atracciones.
Sus hermosas playas, rica fauna marina y encanto cultural hacen de Tonchigüe un lugar único que atrae tanto a turistas nacionales como extranjeros.
Tonchigüe se enorgullece de sus playas arenosas, que se extienden a lo largo de aproximadamente 4 kilómetros de costa. Estas playas son perfectas para descansar y relajarse, así como para disfrutar de diversas actividades acuáticas debido a las fuertes olas que caracterizan sus costas. Los visitantes pueden disfrutar de paseos en lancha, buceo y recorridos por los alrededores, entre otras opciones.
La playa de Tonchigüe se divide en dos sectores claramente diferenciados.
El área desde el retén Naval hasta la desembocadura del río es considerada zona de bañistas, mientras que en el otro sector, conocido como área de pesca, se encuentran más de 300 embarcaciones atracadas en la orilla. Los turistas tienen la oportunidad de acercarse a las embarcaciones y observar la diversidad de especies que son capturadas por los valientes pescadores. Además, los visitantes pueden deleitarse con la variedad de productos marinos frescos que se desembarcan en este puerto y disfrutar de la deliciosa gastronomía local.
Patrimonio Cultural y Arqueológico
Tonchigüe también se destaca por su riqueza arqueológica y cultural. En
esta parroquia, se pueden encontrar construcciones históricas en Casa Blanca y Same, que revelan la importancia de Tonchigüe en la región. Estos sitios arqueológicos han despertado el interés de los inversionistas en el desarrollo turístico de la zona.
Además, Tonchigüe es un centro artesanal donde se pueden adquirir diversos productos elaborados por los talentosos artesanos locales. Estos productos son una muestra de la tradición y la cultura de la comunidad de Tonchigüe.
Fauna y Flora Exuberante Tonchigüe es el hogar de una comunidad faunística única, que depende de la producción primaria del mar. En las playas areno -
turístico, Tonchigüe enfrenta desafíos en términos de infraestructura y servicios adecuados para los turistas. La parroquia cuenta con una capacidad hotelera limitada, principalmente concentrada en el conjunto residencial Casa Blanca y Same. Es necesario desarrollar una infraestructura hotelera más amplia y diversa para satisfacer la demanda turística creciente.
El malecón de Tonchigüe es un lugar destacado en la cabecera parroquial, pero requiere mejoras para brindar un mejor servicio a los turistas.
Temporadas Turísticas
Las épocas de mayor afluencia turística en Tonchigüe son los feriados de carnaval, Semana Santa, los meses de vacación escolar de la sierra (julio y agosto) y el fin de año. Durante estas temporadas, Tonchigüe recibe un gran número de visitantes que buscan disfrutar de las playas, el sol radiante y la posibilidad de avistar ballenas. Es importante destacar que el gobierno también establece días puente como feriados, lo que incrementa aún más el turismo en la parroquia.
sas, se pueden encontrar numerosos microorganismos que sirven de alimento a otros animales más grandes. La costa de Tonchigüe es una de las másricas en especies marinas, gracias a la influencia de la corriente cálida del Niño y la corriente fría de Humboldt. Esto crea un ambiente propicio para la diversidad de flora y fauna marina.
Infraestructura y Servicios Turísticos
A pesar de su atractivo
Tonchigüe, en la provincia de Esmeraldas, es un lugar turístico impresionante con hermosas playas, una rica fauna marina y un encanto cultural único. A pesar de los desafíos en términos de infraestructura y servicios turísticos, Tonchigüe tiene un gran potencial para desarrollarse como un destino turístico destacado en la región. Con un plan de desarrollo turístico adecuado y la colaboración de la comunidad, Tonchigüe puede convertirse en un lugar de visita obligada para los amantes de la naturaleza, la cultura y el turismo en general. (JNG)
Inaugurado en 2006, el Estadio Maximino Puertas se ha consolidado como un centro multiusos de vital importancia para la comunidad de Pedernales, en la provincia de Manabí.
Con una capacidad para 3,000 espectadores, este estadio no solo alberga eventos deportivos, sino también culturales, artísticos y musicales, posicionándose como un punto de encuentro esencial para los habitantes de la ciudad.
Un bastión del fútbol local El Estadio Maximino Puertas juega un rol crucial en el desarrollo del fútbol local. Ha sido el hogar de clubes pedernalences como el Club Deportivo Ciudad de Pedernales, que participa en el Campeonato Provincial de Segunda Categoría de Manabí. Este escenario deportivo no solo permite a los equipos locales disputar sus partidos, sino que también es sede de campeonatos escolares de fútbol en diversas categorías, fomentando el talento joven y promoviendo la actividad física entre los estudiantes. Ubicado en la calle Jaime Roldós, el Es-
tadio Maximino Puertas cuenta con instalaciones modernas que ofrecen una experiencia cómoda y segura tanto para los jugadores como para los aficionados. Entre sus características destacan camerinos bien equipados para árbitros y equipos locales y visitantes, una zona de calentamiento, cabinas de prensa y una sala de prensa, garantizando que todos los eventos se desarrollen con altos estándares de calidad.
Versatilidad Además de ser un epicentro para el fútbol, el estadio se adapta a una variedad de eventos. Los campeonatos intercolegiales de fútbol encuentran en este recinto el lugar ideal para su desarrollo, promoviendo el deporte entre los jóvenes de la región. Asimismo, el estadio se utiliza para entrenamientos de disciplinas como el fútbol y el atletismo, proporcionando
un espacio adecuado para la preparación de los atletas locales.
La versatilidad del Estadio Maximino Puertas también lo convierte en un escenario idóneo para eventos culturales y artísticos, ampliando su impacto en la comunidad. Conciertos, presentaciones y festivales encuentran aquí un espacio propicio, contribuyendo a la vida cultural de Pedernales y ofreciendo a sus habitantes diversas formas de entretenimiento y esparcimiento.
Un símbolo de desarrollo y unidad
El Estadio Maximino Puertas no solo es un espacio deportivo; es un símbolo del desarrollo y la unidad de Pedernales. Su presencia en la ciudad ha fortalecido el espíritu comunitario y ha proporcionado un lugar donde las personas pueden reunirse, disfrutar de eventos y celebrar juntos. Su capacidad para albergar una amplia gama de actividades lo convierte en un activo invaluable para la ciudad, promoviendo tanto el deporte como la cultura.(JNG)
Las Fuerzas Armadas del Ecuador informaron a través de su cuenta de Twitter que la noche del pasado 20 de julio, personal de la Capitanía del Puerto de Esmeraldas, por medio de la Unidad de Vigilancia Marítima (UVM) de Atacames, logró repeler un intento de robo a una embarcación.
Elvis Corozo, un guardia de seguridad privada, falleció trágicamente el domingo 21 de julio en un siniestro de tránsito ocurrido en la carretera E-15 sur EsmeraldasAtacames. Corozo se desplazaba en su motocicleta cuando se impactó contra un vehículo que circulaba en sentido contrario.
El incidente tuvo lugar en el kilómetro 10, en el sector Los Samanes. Según testigos, el impacto fue tan fuerte que Corozo quedó inerte en medio de los cuatro carriles, mientras que su motocicleta terminó destruida a pocos metros de su cuerpo.
Las autoridades, incluyendo agentes de tránsito de Esvial EP y del Servicio de Investigación de Accidentes
de Tránsito (SIAT), acudieron rápidamente al lugar para tomar procedimiento del caso. Una mujer, que conducía el vehículo involucrado en el accidente, fue detenida para verificar su posible responsabilidad en el siniestro.
Elvis Corozo trabajaba como guardia privado en una empresa de seguridad y estaba asignado a una agencia bancaria estatal en la ciudad de Esmeraldas. Su muerte ha generado conmoción entre sus compañeros de trabajo y la comunidad local.
Recomendaciones de seguridad para motociclistas En respuesta a este trágico incidente, los agentes
de Tránsito y la Policía de Esmeraldas han reiterado la importancia de que los motociclistas utilicen casco de protección y conduzcan dentro de los límites de velocidad establecidos. Estas medidas son esenciales para prevenir accidentes y salvar vidas en las carreteras.
Este siniestro se suma a otros accidentes recientes en la región, resaltando la necesidad de una mayor conciencia y cumplimiento de las normas de seguridad vial. Las autoridades continúan investigando el caso para determinar las circunstancias exactas del accidente y tomar las acciones necesarias para evitar futuros incidentes similares.
Abogado asesinado a tiros en el
En la madrugada de este sábado, el barrio Voluntad de Dios, en la zona sur de la ciudad de Esmeraldas, fue escenario de un trágico suceso. Marlon Guillermo Borja Caicedo, un respetado abogado y exjuez, fue asesinado a tiros presuntamente al resistirse a un intento de robo. El crimen ocurrió mientras Borja Caicedo se dirigía a su casa y fue sorprendido por delincuentes no identificados. La noticia ha conmocionado a los vecinos de Voluntad de Dios, quienes recuerdan a Borja Caicedo como un ser humano ejemplar y solidario con su comunidad.
Marlon Guillermo Borja
Caicedo, oriundo de la parroquia Concepción, en la zona norte de la provincia de Esmeraldas, tuvo una destacada carrera en el ámbito judicial. Se desempeñó como juez y en otros cargos públicos antes de dedicarse al ejercicio libre de la abogacía. Su muerte deja un vacío profundo entre sus familiares, amigos y colegas. Las autoridades locales han iniciado una investigación para identificar y capturar a los responsables de este atroz crimen. La comunidad esmeraldeña clama por justicia y mayores medidas de seguridad para prevenir más actos de violencia en la ciudad.
Un adolescente de 16 años fue herido de bala y golpeado en el rostro en el barrio Abdón Calderón, en Esmeraldas. El ataque ocurrió el jueves 18 de julio, alrededor de las 18:00, cuando el estudiante caminaba por las calles Abdón Calderón y Octava con su uniforme escolar y una mochila. El joven fue baleado por desconocidos que se movilizaban en una motocicleta. Además de los impactos de
bala en el tórax y el brazo izquierdo, el adolescente sufrió golpes en la cara, posiblemente con puños o algún objeto. El estudiante fue trasladado de emergencia al hospital Básico del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), cercano al lugar del incidente. Posteriormente, con resguardo policial, fue llevado a otra casa de salud para continuar su tratamiento. Hasta la tarde del viernes
19 de julio, se confirmó que las balas no comprometieron órganos vitales.
Las autoridades escolares no se han pronunciado sobre el ataque, pero se informó que el estudiante recibirá clases con tareas dirigidas durante su recuperación.
Este es el segundo incidente violento contra estudiantes en Esmeraldas en los últimos años. En noviembre de 2022, otro estudiante de 17 años fue asesinado cerca
de su escuela. La comunidad educativa y las autoridades están coordinando acciones
para reforzar la seguridad en los planteles a través del proyecto Escuela Segura.
A partir de septiembre de 2024, los nuevos alumnos deberán utilizar dispositivos básicos Nokia en lugar de sus modernos teléfonos multifuncionales.
Eton College, uno de los internados privados más reconocidos a nivel mundial, ha decidido implementar una nueva política que prohíbe el uso de teléfonos inteligentes entre sus estudiantes. Esta medida, en respuesta a las directrices del gobierno del Reino Unido, busca reducir las distracciones y fomentar un entorno de aprendizaje más enfocado.
Cambio de Enfoque Tecnológico
La política de Eton College anteriormente exigía que los estudiantes de primer año entregaran sus teléfonos inteligentes durante la noche. Sin embargo, la nueva norma es más e stricta, obligando a los alumnos a dejar sus smartphones en casa y transferir sus tarjetas SIM a teléfonos Nokia sin conexión, proporcionados por la escuela. Estos dispositivos solo permiten realizar llamadas y enviar
mensajes de texto simples, marcando un contraste significativo con los teléfonos inteligentes a los que la mayoría de los estudiantes están acostumbrados. Esta decisión representa un cambio significativo en el enfoque de la institución hacia la tecnología. Eton, conocido por haber educado a figuras prominentes como los príncipes William y Harry, el novelista George Orwell y los actores Eddie Redmayne y Tom Hiddleston, está tomando medidas para equilibrar los beneficios y desafíos tecnológicos en el entorno educativo.
Fomento de la Concentración Académica Además del teléfono “ladrillo” para uso fuera del horario escolar, los estudiantes que ingresen al 9º año, equivalente al primer año de secundaria en los Estados Unidos, recibirán un iPad proporcionado por la escuela para apoyar su trabajo académico. Esta iniciativa busca asegurar que los estudiantes tengan acceso a herramientas tecnológicas útiles para su educación mientras se minimizan las distracciones causadas por los teléfonos inteligentes.
Según Ofcom, el organismo regulador de las comunicaciones del Reino Unido, el 97% de los niños tienen su propio teléfono móvil a los 12 años . Esta estadística subraya la omnipresencia de los dispositivos móviles entre los jóvenes, lo que ha llevado a Eton a implementar esta política para crear un ambiente más centrado en el aprendizaje.
Una medida controversial pero necesaria
Aunque la medida puede parecer una degradación para muchos estudiantes acostumbrados a los teléfonos inteligentes modernos, Eton College cree que es un paso necesario para mejorar la experiencia educativa. La escuela ha indicado que continuará evaluando y ajustando sus políticas tecnológicas para proporcionar el mejor entorno de aprendizaje posible. En última instancia, Eton College espera que esta nueva política ayude a sus estudiantes a mantenerse más concentrados y menos distraídos, alineándose con las tendencias educativas que buscan limitar el impacto de la tecnología durante el horario escolar. Esta iniciativa refleja un compromiso continuo con la excelencia académica y el bienestar de sus alumnos, preparando a los futuros líderes para enfrentar los desafíos del mundo moderno con una base educativa sólida y bien equilibrada.
(JNG)
Este 28 de julio de 2024, Nicolás Maduro buscará por todos los medios garantizar la continuidad del Socialismo del Siglo XXI en la Presidencia de Venezuela, mientras la oposición encabezada por Edmundo González Urrutia y María Corina Machado recorren el país para seguir llamando a la participación de la ciudadanía
La continuidad de Maduro en la Presidencia, es una de las grandes preocupaciones para los sectores democráticos en América Latina, que observan y califican a Venezuela como el “epicentro de la criminalidad” en el continente, al permitir el accionar de los grupos del crimen organizado y del narcotráfico en su territorio.
En las últimas semanas, las alarmas han vuelto a encenderse tras las detenciones arbitrarias a colaboradores del candidato González Urrutía y de Machado en cada región donde la oposición realiza sus actividades, así como los discursos de violencia que han supuesto fuertes críticas a Maduro, incluso de sus colaboradores.
El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, aliado del modelo del Socialismo del Siglo XXI, ha señalado que el gobernante venezolano, “necesita aprender que cuando ganas, te quedas Cuando pierdes, te vas”.
Dentro de las dudas que se muestran sobre el proceso de elecciones, está la falta de observadores internacionales de credibilidad, luego que el Consejo Nacional Electoral de Venezuela controlado por Maduro “desinvitó” a la representación de la Unión Europea. Es importante indicar que, a pesar de los diversos señalamientos que ha hecho Maduro sobre el presidente de la República de Ecuador, Daniel Noboa , desde la Cancillería y el Palacio de Carondelet hasta el momento no han dado respuesta al gobernante venezolano.
Impunidad y criminalidad
Analistas y dirigentes demócratas en América La-
La continuidad de Nicolás Maduro o la transformación de Venezuela se decidirá este 28 de julio de 2024. Los venezolanos están convocados a las urnas. La esperanza de un cambio puede ser el punto de partida para debilitar las estructuras criminales en América Latina.
tina han denunciado y exigido que los gobiernos de la región expresen su rechazo a las acciones de Maduro en Venezuela. El exvicepresidente de Colombia, Francisco Santos , en una entrevista con LA HORA puntualizó que la criminalidad en América Latina está ligada a la impunidad que ha generado el régimen venezolano, al permitir que las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), sus disidencias y el Ejército de Liberación Nacional (ELN), actúen sin control desde el territorio venezolano.
Para Santos, “Venezue -
la se ha convertido en el epicentro de la criminalidad de las FARC y el ELN”.
Puedes escuchar la entrevista a Francisco Santos, exvicepresidente de Colombia aquí https://youtu.be/ pWHukwh_mP0
Detalló que “si Venezuela no se arregla, si no vuelve la democracia a Venezuela y no se cambia ese modelo mafioso, la situación en Colombia y Ecuador será muy difícil”.
Santos apuntó que los índices de migración tanto a Colombia, como Ecuador y en Estados Unidos podrían incrementarse si no se respetan los resultados elec -
Venezuela no nos sea ajena, la crisis de Venezuela ha producido una migración de más de siete millones de refugiados, es la mayor crisis de refugiados en la historia de la humanidad, no es una exageración”.
IMPUNIDAD. El régimen de Nicolás Maduro es un riesgo para la región por la impunidad de los grupos criminales.
Foto: EFE
Para Romo, la continuidad de Maduro, “es una amenaza para toda la región”, no solo por la migración, sino por el fortalecimiento de “las organizaciones criminales venezolanas que se han extendido a lo largo de todo el continente. El tren de Aragua está desde Nueva York hasta Chile. No es un asunto de principios, esto repercute en cada uno de nuestros países”.
El escenario
E l excandidato presidencial y uno de los líderes de la oposición venezolana, Henrique Capriles, durante una entrevista a la emisora Unión Radio en Caracas , puntualizó que uno de los grandes desafíos del proceso será la observación.
Explicó que en todas las encuestas se observa una alta intención de participación en el proceso, “el mayor desafío que vamos a tener el domingo es la observación y para los partidos hacer una gran contraloría sobre los testigos”.
Recordó que, durante su segunda participación en las elecciones presidenciales contra Maduro, uno de los problemas fue la ausencia de testigos y miembros de mesas , quienes fueron sacados de los centros de votación con violencia
torales, puntualizando que en Venezuela se ha logrado incrementar la esperanza de triunfo de la oposición.
Por su parte, la líder del Movimiento Construye , María Paula Romo, señaló la importancia que tendrá para la región el resultado de las elecciones presidenciales en Venezuela.
Recordó que el proceso venezolano “ha sido cuesta arriba, se impidió la participación de la principal figura de la oposición María Corina Machado”, y se trató de impedir una candidatura en la plataforma unitaria venezolana
Acotó que “la realidad de
“Estamos en otro país, son otras condiciones. Tenemos personas que ya han trabajado en otros procesos electorales y de la experiencia uno aprende, ya están preparados para dar un parado”, dijo.
Agregó que luego de revisar todos los escenarios de participación que se pueden dar en Venezuela, “ en ninguno gana Maduro. La gran pregunta es ¿qué va a hacer Maduro ? ¿Qué debería hacer Maduro?, pues respetar la voluntad del pueblo”.
Para Capriles la elección que está por ocurrir en Venezuela, “es la mejor oportunidad de la oposición en los últimos 25 años”. (ILS)
OPOSICIÓN. El candidato a la Presidencia de Venezuela, Edmundo González (c), junto a la líder opositora María Corina Machado (2-d). EFE
Las elecciones en Venezuela tienen el potencial de redefinir el panorama político internacional.
REDACCIÓN AMÉRICA. Las elecciones presidenciales en Venezuela del 28 de julio de 2024 tienen el potencial de redefinir el panorama geopolítico en múltiples regiones del mundo. La red de relaciones internacionales tejida por Caracas está en juego, y su futuro dependerá en gran medida del resultado de esta crucial votación.
Las consecuencias de estos comicios se sentirán profundamente, desde La Habana hasta Washington, pasando por Brasilia, Bruselas, Moscú y Pekín.
La política exterior de Estados Unidos hacia Venezuela, por ejemplo se ha centrado en sanciones y presiones diplomáticas para promover un cambio de régimen.
Lula se “asustó” con el “baño de sangre”
Un cambio en el liderazgo venezolano podría alterar la dinámica de estas relacio -
nes, relajando las sanciones si se percibe un cambio hacia la democracia o intensificándolas si hay una continuación del chavismo.
Una mejora en la situación política y económica de Venezuela podría reducir la migración hacia Estados Unidos , mientras que una situación adversa tendería a incrementarla.
La situación en América Latina Si se llegara a producir un cambio de Gobierno en Venezuela, es probable que se reconfigurasen las alianzas regionales y se intensifiquen las negociaciones sobre temas como migración, comercio y seguridad.
Además, un nuevo liderazgo en Venezuela podría afectar la dinámica de organismos regionales como la CELAC y la OEA, y generar un impacto en las economías vecinas, especialmente la colombiana, debido a posibles cambios en la política energética y comercial.
A rgentina, Costa Rica, Guatemala, Paraguay y Uruguay emitieron el 19 de julio su preocupación por el proceso electoral en Venezuela.El presidente de Chi-
le, Gabriel Boric, asimismo, ha sido una de las voces más críticas con Nicolás Maduro desde su llegada al poder en marzo de 2022. Del otro lado está el presidente colombiano, Gustavo Petro, quien mantiene una relación cercana con su homólogo venezolano, Nicolás Maduro. El presidente Luiz Inácio Lula da Silva, en cambio, ha pedido que los comicios se realicen en “plena normalidad democrática” y ha abogado por
una amplia presencia de observadores internacionales. México ha mantenido una postura de no interferencia en los asuntos venezolanos. En estas elecciones también está en juego la red de relaciones internacionales que Caracas ha forjado desde la llegada del chavismo a Venezuela, de la Alianza Bolivariana de los Pueblos de Nuestra América (ALBA) a Petrocaribe, porque la espina dorsal de todas ellas es la afinidad política. (EFE)
BRASILIA. El presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, confesó este 22 de julio de 2024 que se “asustó” cuando su homólogo venezolano, Nicolás Maduro, dijo que si pierde las elecciones del 28 de julio en su país, habrá “un baño de sangre”.
“Me asusté con esa declaración”, dijo Lula en una entrevista con corresponsales extranjeros, en la que reveló que conversó dos veces con Maduro para advertirle que “si quiere contribuir a resolver el problema de crecimiento de Venezuela y la vuelta de los que se fueron, tiene que respetar el proceso democrático”.
Lula agregó que, en democracia, “el que pierde se lleva un baño de votos, no un baño de sangre”, y que “Maduro tiene que aprender que cuando uno gana se queda, y cuando pierde se va y se prepara para otras elecciones”.
Según el mandatario brasileño, las elecciones del próximo domingo serán “la única oportunidad” para que Venezuela “vuelva a la normalidad” y que el país se reintegre a la comunidad regional e internacional. (EFE)
EN LA WEB
En el Cpccs pronto se podría empezar a evidenciar una nueva lucha de poder en procura de conseguir con los votos para aprobar un reglamento para el concurso a nuevo Fiscal General del Estado. lahora.com.ec
ACCIONES. En los próximos días el Pleno del Cpccs podría empezar a tomar decisiones sobre el reglamento del concurso a nuevo Fiscal General. (Foto archivo).
En el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) se podría gestar una nueva lucha de poder entre mayorías y minorías.
Dos borradores de reglamento que todavía se debaten para designar al Fiscal General del Estado que reemplazará a Diana Salazar, quien culminará sus funciones de seis años en abril de 2025. Al momento se perfilan dos facciones del Cpccs que deberán lograr los votos que encaminen el proceso a través de un concurso de oposición y merecimientos.
La nueva mayoría, integrada por los consejeros Augusto Verduga y Yadira Saltos y las vocales Nicole Bonifaz y Johanna Verdezoto, se consolidó el 10 de julio de 2024, cuando se designó al presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Mario Godoy.
La minoría está conformada por el presidente del Cpccs, Andrés Fantoni, y la vicepresidenta del organismo, Mishell Calvache.
Uno de los votos sueltos corresponde al del consejero Juan Esteban Guarderas ,
quien eventualmente podría sumarse al grupo de minoría.
Aunque su adhesión no tendría mucho peso, Guarderas sí estaría obligado a buscar acercamientos con Fantoni, Calvache e incluso con Verdezoto, para lograr el respaldo a su propuesta de reglamento borrador para designar al nuevo Fiscal.
Su planteamiento aún no se ha hecho público. Sin embargo, el 17 de julio, después de la Sesión Ordinaria No.29, Fantoni adelantó que los asesores de los despachos de los consejeros ya analizan las
propuestas de Guarderas y de Augusto Verduga.
“Trabajaremos por los mejores y rigurosos reglamentos para avanzar en las reglas de juego de concurso; se pulirá y se verificará cada propuesta que le haga bien al Ecuador; la población lo que necesita es tener las mejores autoridades de control, que sean independientes y que tengan las credenciales y todos los filtros necesarios”, dijo Fantoni.
La propuesta de Verduga El proyecto borrador del
°La Corporación Participación Ciudadana (CPC), en un comunicado, señaló que tras el polémico nombramiento del presidente del Consejo de la Judicatura, se debe retomar el debate sobre la eliminación del Cpccs, o restringir sus funciones de organizar los concursos públicos de oposición y méritos para la selección de determinadas autoridades de control.
“Por sus delicadas funciones, el Cpccs es objeto de cooptación por parte de intereses políticos que buscan intervenir en la designación de los órganos de control, situación que contradice el espíritu de su creación, que fue el de quitar de manos políticas la designación de las autoridades del país”, indicó la Corporación.
consejero que circula en el Cpccs tiene 16 páginas: Exige probidad notoria. No incluye una prueba oral; se establece una prueba de méritos con veeduría e impugnación ciudadana.
Los postulantes deberán ser ecuatorianos, estar en goce de los derechos políticos, tener título de tercer nivel en derecho, y conocimiento de gestión administrativa.
Haber ejercido con idoneidad la profesión de abogado, la Judicatura o la docencia universitaria en materia penal por un lapso mínimo de diez años.
En el concurso no se podrá imputar falta de probidad notoria en el ejercicio de la profesión, Judicatura o docencia universitaria, contra ningún postulante por la simple presentación de denuncias que no posean una resolución administrativa en firme o sentencias judiciales ejecutoriadas.
Sobre la publicidad de la información, el reglamento dice que las sesiones, mesas de trabajo y cualquier reunión de la comisión de selección, y los eventos en los cuales los postulantes rindan la prueba de oposición serán transmitidas en vivo por la plataforma del Cpccs.
Una veeduría vigilará todas las etapas del proceso.
De oficio o a pedido del Pleno, la comisión ciudadana de selección podrá descalificar al postulante en cualquier fase del proceso, de encontrar que presentó documento falso. Se garantizará el debido proceso del postulante en término de dos días y la comisión resolverá en dos días.
Se calificará sobre un total de 100 puntos, 50 de los cuales corresponderán a méritos y 50 puntos a la oposición o prueba escrita.
Habrá un sorteo público en caso de empate. (SC)
PAÍS Lucha contra la criminalidad será “titánica y de resistencia” en la región: Francisco Santos
POLÍTICA
Inexperiencia del gobierno de Daniel Noboa le ha salido cara a Ecuador: María Paula Romo
PREVENCIÓN ¿Cómo evitar caer en estafas sobre ofertas de trabajo en Estados Unidos?
TRABAJO
Feria virtual de empleo se realizará del 24 al 28 de julio de 2024
QUITO En el sur la venta de drogas se camufla en peluquerías y este 2024 se registran 32 sicariatos
Desde el Gobierno se asegura que el primer semestre de 2024 se tomaron las medidas para tener más dinero y reactivar la economía en el segundo semestre. ¿Será posible?
RECESIÓN. El presidente de la República, Daniel Noboa, asegura que los sacrificios hechos hasta junio permitirán más gastos en la segunda mitad de 2024
Cuando una economía entra en recesión , hay menos dinero circulando; menos trabajo disponible; aumentan los despidos y se resienten los salarios.
Además, cae el flujo de caja de las empresas y disminuye la rentabilidad. También suelen congelarse proyectos de inversión y, en algunos casos, capitales se fugan en busca de mejores rendimientos en otros países.
Según el Banco Central de Ecuador (BCE) , Ecuador entró en recesión desde el primer trimestre de 2024, y la tendencia es que continúe así.
El exministro de Economía, Fausto Ortiz, explicó que tres indicadores que el Fondo Monetario Internacional (FMI) llama de “alta frecuencia” están en franco deterioro en los últimos trimestres: crédito en el sistema financiero privado, venta de vehículos y ventas locales.
“Van marcando la tendencia declinante de la economía en 2024. Medio complicado acompañar el discurso de vamos bien”, dijo.
¿Se reactivará la economía este 2024?
Según Daniel Falconí. viceministro de Finanzas , la primera parte de 2024 se hizo un “proceso intenso” para tener más ingresos y abrir la posibilidad de desembolsos internacionales.
“Con ese financiamiento, por seguro vamos a tener una segunda parte del año con más dinamismo, que la economía tenga mayor cantidad de recursos, que el Plan Anual de Inversiones se reactive, que lleguen más recursos a los gobiernos locales para que puedan hacer más obras”, afirmó.
Así, el Gobierno apuesta a que los mayores ingresos vía subida de impuestos y retenciones; además de los créditos de organismos multilaterales, sirvan para
más los $115 millones, es decir, $315 millones que, según el viceministro Falconí, servirán para asignar recursos a proyectos de inversión.
Además, se espera recibir al menos $2.500 millones adicionales en otros créditos de multilaterales hasta finales de año, con lo que el apoyo internacional total sería de entre $4.000 millones y $4.500 millones durante todo 2024.
“Esperamos que en la segunda parte del año exista más capacidad para que la inversión pública genere crecimiento en la economía. Un crecimiento relativamente bajo, pero un segundo semestre mejor que el primero”, acotó Falconí.
Sin embargo, de acuerdo con Carlos Rodríguez, economista, los créditos externos realmente van a servir para cubrir parte del déficit fiscal y aliviar la abultada cuenta de atrasos, que todavía supera los $4.000 millones.
millones a $10.281 millones. De esta cifra recaudada hasta junio, al presupuesto estatal realmente llegaron solo $8.246 millones, luego de descontar las notas de crédito, compensaciones y devoluciones de impuestos.
De IVA , ya con la subida del 15% ingresando desde mayo, se recaudó $3.776 millones (5,5% más que en 2023); pero al presupuesto estatal llegaron $3.006 millones. De renta, con el impulso de las autorretenciones, se recaudó $4.500 millones (10% más que en 2023), pero al presupuesto llegaron $3.186 millones
reactivar la economía, a través de más gasto e inversión pública
En este contexto, la pregunta es si eso será posible.
¿Y desembolsos de los multilaterales?
Los $800 millones de un crédito a corto plazo del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) se utilizaron en dos fines. Por un lado, $235 millones a proyectos de inversión en temas como equipamiento para la Policía y el Ejército , becas del Senescyt y vivienda. Por otro lado, $450 millones (más del 56% del crédito) se fueron a pagar vencimientos de deuda externa. Quedó un remanente de $115 millones.
A inicios de junio llegó el primer desembolso de $1.000 millones del FMI. De ese total, $800 millones fueron a precancelar el crédito de corto plazo de la CAF. Así, el Gobierno se quedó con $200 millones del primer desembolso del FMI
“Se impide una mayor crisis, pero no salva a la economía de la recesión. El dinero de los multilaterales permitirá pagar los vencimientos de deuda, reducir en algo los atrasos y mover algo de la inversión que, hasta junio de 2024, tenía una ejecución bajísima del 15%”, puntualizó.
En el mejor de los casos, se cerrará 2024 con entre $2.000 millones y $3.000 millones de déficit y atrasos por más de $3.000 millones adicionales.
El peso de los impuestos
En 2023, los tributos que ingresaron al Presupuesto General del Estado (PGE) sumaron $14.300 millones. Eso solo alcanzó para pagar sueldos, intereses de deuda y bonos sociales.
Para el resto de gasto corriente, como el 40 % de aporte estatal al IESS, se echó mano de la menguante renta petrolera y se debió recurrir a deuda pública.
Para las obras ya no llegan impuestos y necesita nuevamente más deuda.
Durante el primer semestre de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció una recaudación récord con un crecimiento del 7%, pasando de $9.609
Los $8.246 millones de ingresos tributarios efectivos ni siquiera cubrieron los $9.569 millones de gasto corriente total durante el primer semestre de 2024. Se pagaron sueldos por $4.666 millones, $489 millones en compras públicas , $1.902 millones en transferencias a la seguridad social , gobiernos locales y bonos sociales , más de $1.000 millones en intereses de la deuda.
Se acumularon atrasos adicionales por $1.203 millones que no se cubrieron ni con impuestos ni con el decreciente ingreso petrolero .
Hasta finales de 2024, el Gobierno recientemente ha actualizado la recaudación neta final (restando devoluciones, exoneraciones y compensaciones) de $15.908 millones, que de acuerdo con el exministro Ortiz podría llegar hasta los $16.000 millones.
En otras palabras, en el mejor de los casos, se tendría entre $1.600 millones y $1.700 millones más que el ingreso tributario total de $14.300 millones en 2023. Eso solo alcanzaría para pagar nuevamente sueldos, intereses de deuda, bonos sociales y parte de las transferencias corrientes.
“Esta mayor recaudación no ayuda a salir del estancamiento que se siente. Se le quita al sector privado y no regresa en forma de gasto al ubicarse muy por debajo de lo que se hacía un año atrás. Que el segundo semestre será distinto. Veremos”, concluyó Ortiz. (JS)
El 30% de las mujeres detenidas o vinculadas al crimen organizado se dedica al lavado de activos. Ellas no son solo parejas sentimentales, su rol es importante para la administración del dinero ilícito con el que se financian las bandas criminales. Un ejemplo son las esposas y novias de ‘Fito’ y ‘JR’.
DELINCUENCIA. Las mujeres representan el 6,3% de la población carcelaria del país
Leidi R. y Liseth H., fueron novias del excabecilla de los Choneros, Junior Roldán, alias ‘JR’. Cuando él fue asesinado, sus exparejas sentimentales continuaron trabajando juntas y liderando una organización delictiva dedicada al delito de lavado de activos en las provincias de Guayas y Los Ríos.
Ellas no son las únicas que comparten el amor y los negocios. Inda P., esposa de Adolfo Macías, alias ‘Fito’; y Verónica B., novia de ‘Fito’, están en la mira de la Policía Nacional pues se determinó que ellas trabajan juntas en una organización dedicada a la creación de empresas fachada o de papel con las que habrían lavado cerca de $23 millones. Sin embargo, la esposa de ‘Fito’ está en libertad. Mientras que Verónica B., cumple prisión preventiva.
Las mujeres y el lavado de activos
Según el censo penitenciario, de los 31.321 presos del país, 6,3% son mujeres. Si bien, el delito por el que más sentencias recibe la población penitenciaria femenina es el tráfico de drogas, la Policía Nacional detalla que se ha identificado que el 30% de mujeres vinculadas a actividades ilícitas o miembros de bandas criminales está al
frente de estructuras dedicadas al lavado de activos, con el que se financian las narcoroganizaciones.
“El rol de las mujeres va más allá de ser parejas sentimentales, como la cultura machista intenta posicionar. Ellas, no solo en Ecuador, sino en el mundo, tienen un rol importante en la gestión financiera del crimen organizado”,
señala una funcionaria de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), quien prefiere mantener su nombre en reserva.
Mujeres y su rol en las redes criminales
° Los estereotipos sociales siempre han mostrado al crimen organizado como “un tema de hombres”. Algo que juega a favor de las mujeres quienes “se ganan más rápido la confianza de inversionistas o para captar a gente”, dice una exfuncionaria de la UAFE, cuyo nombre es reservado.
La ‘Pantera’: una líderesa que financiaba bandas
°Entre 2012 y 2013 se habló mucho de Argénesis Solarte, mujer conocida como la ‘Pantera’ y quien habría llegado al Ecuador para financiar y captar bandas delincuenciales dedicadas al narcotráfico.
Cuando fue detenida tenía una cédula falsa en la que decía que su nacionalidad era ecuatoriana y que se llamaba Jessica Mercedes Solórzano Arteaga.
Lo cierto es que la ‘Pantera’ nació en Colombia y fue detenida en Ecuador, país en el que protagonizó un escape de película. Hoy se desconoce su paradero.
Inteligencia policial determinó que ella era una pieza importante de un cartel de Cali-Colombia y era enviada a otros países para que supervise los envíos de droga.
El Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado (OECO) publicó (2024) un estudio que destaca que siete de cada 10 casos investigados por lavado de activos no indicó el origen o procedencia de los activos. El 10% restante está vinculado a delitos contra la administración pública y esquemas de corrupción; mientras el 20% se distribuye en casos vinculados a afectaciones al sistema financiero, defraudación tributaria y tráfico de drogas. También indica que 16 de las 24 provincias del país registraron (entre 2020 y 2022) al menos un caso de lavado de activos. “Esto representa un incremento de cuatro provincias en comparación con el periodo de enero de 2016 a marzo de 2020” (AVV)
InSight Crime destaca que en las organizaciones dedicadas al tráfico de drogas, las mujeres realizan trabajos “que requieren un nivel de profesionalización más alto, como llevar las cuentas de las ganancias, organizar la logística de los envíos de droga y encargarse del lavado de dinero. Estos trabajos son vitales para el funcionamiento de los grupos criminales, pues están ubicados en los eslabones más delicados de la cadena, donde se requieren altos grados de confiabilidad”. Un ejemplo de liderar la logística criminal es Laura Castillo, sentenciada por el asesinato de Fernando Villavicencio. La mujer de 24 años fue identificada como cabecilla de una estructura aliada a la banda los Lobos en Quito. La teoría fiscal señala que ella se encargó de la logística para matar al entonces candidato presidencial.
Provincias con más causas por lavado de activos a escala nacional
1. Guayas: 10 causas (22%).
2. Carchi 7: causas (15,5%)
3. Pichincha: 6 causas (13%)
Fuente: Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado (OECO)
Si el Partido Demócrata ratifica a Kamala Harris en la contienda presidencial dará un paso contra los problemas latentes en la política de EE.UU.
CONTIENDA. El expresidente de los Estados Unidos, Donald Trump, y a la vicepresidenta de los Estados Unidos, Kamala Harris. EFE
WASHINGTON. El Partido Demócrata podría apostar por la vicepresidenta Kamala Harris como candidata frente al expresidente Donald Trump en las elecciones de noviembre, en un arriesgado intento por superar el racismo y el sexismo que aún persisten en algunos sectores de Estados Unidos y que Trump
ha sabido explotar en su beneficio.
Harris debe primero consolidar su apoyo dentro del partido, donde la opinión de exdirigentes y líderes del Congreso será crucial. Sin embargo, el caucus afroamericano del Congreso, que agrupa a los miembros de esa minoría, ya se ha lanzado a respaldar a la
vicepresidenta, de origen jamaicano e indio.
Algunos de sus miembros, como el influyente James Clyburn de Carolina del Sur, han dejado claro que verían como una traición cualquier intento del partido por marginar a Harris, dado que tanto las mujeres como los afroamericanos constituyen pilares
fundamentales de la base demócrata.
Al anunciar este domingo el fin de su campaña, el presidente estadounidense, Joe Biden , declaró que ofrecía su “apoyo total” a Harris para ser la nominada del partido para las elecciones de noviembre. “Demócratas, es hora de unirnos y vencer a Trump. Hagámoslo”, pedía.
Sin embargo, destacadas figuras del partido, como el expresidente Barack Obama , la expresidenta de la Cámara Baja Nancy Pelosi o el líder de la mayoría demócrata del Senado, Chuck Schumer, aún no han manifestado su respaldo a Harris ni a ningún otro candidato.
Un techo por romper
La realidad es que Harris se enfrenta a un desafío histórico . En toda la historia de Estados Unidos, los votantes solo han elegido a un presidente afroamericano: Barack Obama (2009-2017).
El propio Trump, entonces un magnate inmobiliario y estrella de la televisión, llegó a difundir teorías conspiratorias cuestionando la legitimidad de Obama como presidente, al poner en duda su lugar de nacimiento, ya que la Constitución exige que el mandatario sea ciudadano nacido en EE.UU.
Estados Unidos tampoco ha elegido antes a una mujer como presidenta. En las elecciones de 2016, la
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demócrata Hillary Clinton fue la primera nominada a la Presidencia por uno de los dos principales partidos políticos del país, pero perdió frente a Trump, que la llamaba “Corrupta Hillary”.
Como ya ocurrió en las elecciones de 2016 con Clinton y en los dos anteriores ciclos electorales con Obama en 2012 y 2008, la raza y el género serán parte central de la campaña si Harris acaba siendo la candidata.
Esto se verá acentuado porque enfrente de Harris está Trump, quien “tiene un discurso populista marcado por el racismo, la xenofobia y el odio hacia el otro, es decir, todo aquel que no es un hombre blanco”, dijo a EFE la analista Yamila Pino.
Trump ya ha dejado entrever en su mitin del sábado en Grand Rapids (Michigan) cómo atacará a Harris, a quien definió como “ Risas Kamala ”. “Se puede decir mucho por su risa. Está loca; le falta un tornillo”, añadió en tono despectivo. (EFE)
Cúmpleme poner en conocimiento del público en general que en breve publicaré el libro Eloy Alfaro escrito por Wilfrido Loor Moreira, a fin de que las personas que tuvieran interés sobre este particular, es decir los herederos presuntos y desconocidos del causante puedan presentar su oposición fundamentada. Contacto: Xavier Michelena paradisoeditoresecuador@ gmail.com. 001-004-4641
George Davoutian, profesional de BMX, realiza una acrobacia en una rampa instalada en el mar durante un evento organizado porGutlessbmx Crew, celebrando el Día Mundial del BMX, este 20 de julio de 2024 en Mati (Grecia). EFE
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AUTOR: MSC. JOSÉ
SEBASTIÁN CORNEJO
AGUIAR
PRINCIPIO DE ESPECIFICIDAD
Este principio “(…) ha sido proclamado, casi invariablemente, por la doctrina y la jurisprudencia. Por consiguiente, no se admite la nulidad si no se expresa la causa legal en que se funda. Según esta regla, podrá decretarse la nulidad de los actos procesales únicamente por las causales expresa y claramente consagradas por tal fin por el legislador, es decir, sólo se consideran motivos generadores de invalidez los que de antemano han sido elevados a tal categoría.” 1
Este concepto nos permite entender que no es posible decretar nulidades procesales por fuera de las causales contempladas en la ley, a fin de garantizar la seguridad jurídica, es por ello que el juzgador debe velar por el cumplimiento de los derechos de las partes.
Nulidad
Para Eduardo Couture, este principio se basa del aforismo francés de “pas de nullité sans texte”, no hay nulidad sin texto.2 Se sabe que no es posible prever todas las situaciones por lo que la doctrina ha ampliado este principio con la introducción de una serie de complementos, como son:
a) Primer complemento: “ nulidades implícitas, que son aquellas que proceden cuando el acto carece de requisitos indispensables para obtener su fin o cuando se violan formalidades o requisitos esenciales. Para algunos autores las nulidades implícitas podrán ser decretadas cuando el acto viciado “vulnera alguna de las garantías fundamentales del proceso, cual es la bilateralidad del mismo, que hace a un debido proceso”3
b) Segundo complemento: “nulidades virtuales, que son las que se producen cuando se viola una ley imperativa o prohibitiva. En donde por ejemplo sería posi-
ble plantear la nulidad de todo lo actuado en un proceso en el cual una de las partes hubiera estado patrocinada por una persona que no es abogado, a pesar de no existir norma que conmine expresamente la nulidad en estos casos.”4
e) Tercer complemento: nulidades provenientes de vicios del consentimiento. Para Oscar J. Martínez, “(…) existen tres razones que explican que no se haya prestado la debida atención a todo lo relativo a los vicios del consentimiento en el acto procesal: 1) el hiperdesarrollo de la teoría de la cosa juzgada, que ha extremado el principio de la intangibilidad de la sentencia; 2) la seguridad jurídica e, incluso, razones que se vinculan con los principios de celeridad y economía; y 3) la actuación desmedida del principio procesal de convalidación.”5
d) Cuarto complemento: nulidades no formales, estas consisten en que: “ No podrá pronunciarse la nulidad por in-
observancia de formas de ningún acto del proceso. Cuando la nulidad no esté conminada por la ley”.6 Principio de Trascendencia
En palabras de Eduardo Couture, este principio se basa en que: “No hay nulidad de forma, si la desviación no tiene trascendencia sobre las garantías esenciales de defensa en juicio (…) Sería incurrir en una excesiva solemnidad y en un formalismo vacío, sancionar con nulidad todos los apartamientos del texto legal, aun aquellos que no provocan perjuicio alguno. El proceso sería, como se dijo de sus primeros tiempos, una misa jurídica, ajena a sus actuales necesidades.”7 Lo cual nos podría dar a entender que éste principio implica que la nulidad no existe por la simple violación a la forma, sino que debe existir un verdadero perjuicio a las garantías de los sujetos procesales; es decir que el vicio genere
¿Qué sucede si un sentenciado a pena de trabajo comunitario, incumple la pena, debería o no iniciarse un proceso penal por el cometimiento del delito descrito en el artículo 282 del COIP?
En cumplimiento de la disposición transitoria décimo segunda del Código Orgánico Integral Penal, se sancionó el Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social del Ministerio de Justicia, Derecho Humanos y Cultos, el cual en su artículo 109 regula la ejecución de las penas no privativas de la libertad. La ejecución de las penas no privativas de libertad, está a cargo del organismo técnico (artículo 688 COIP), el cual es parte del sistema nacional de rehabilitación social, las atribuciones globales de dicho organismo se encuentran reguladas en el artículo 674 del COIP.
En la construcción típica contenida en el primer inciso del artículo 282 del COIP, es amplia, se requiere que la orden que incumpla el sujeto pasivo sea una emitida por la autoridad competente en uso de sus facultades, es decir que tiene que ser legal y constitucionalmente dada. Es un tipo penal abierto, correspondiendo a los jueces determinar la adecuación de determinada conducta a este delito. El incumplimiento de una pena no privativa de la libertad acarrea responsabilidades civiles, penales y administrativas a los funcionarios que no cumplieron con sus funciones.
En cuanto a la posibilidad de aplicar el artículo 282 del COIP, el mismo será aplicable siempre que la conducta del sujeto activo se ajuste a la descrita en el tipo, por lo que si el juez evidencia que dichos elementos se cumplen deberá informar con la noticia del delito a la Fiscalía General del Estado para que de la investigación correspondiente.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
una vulneración al derecho fundamental al debido proceso contemplado de manera clara en la norma constitucional.
Vicios o irregularidades procedimentales
Lo cual implica que el principio de trascendencia está inmerso incluso en los vicios que están referidos a la aportación o formación de las pruebas, o a cuestiones de ilicitud de las mismas, ya que está directamente vinculado con la formación del mérito del proceso, tal es así que se centra en la capacidad del vicio para incidir en lo dispositivo del fallo. Tal es así que existen varias dimensiones que giran en torno a este principio entre las cuales se destacan las siguientes:
“Una primera dimensión del principio de trascendencia es aquella aplicable a los vicios o irregularidades procedimentales que importen infracción a un derecho o garantía que se traduzca en la pérdida o merma concreta de una oportunidad o inmunidad, situación o expectativa procesal, con tal que sea comprobable y que en consecuencia pueda considerarse un detrimento concreto al derecho de defensa. Vale decir, en este caso la trascendencia es la concreta indefensión para la parte afectada.”8
B) La segunda dimensión se hace cargo de un supuesto bien distinto, esto es, cuando
el error in procedendo está referido a la formación del acervo probatorio, sea por exceso o por defecto, en cuyo caso la trascendencia de aquel no puede medirse sino por su poder para llegar a incidir en el juicio fáctico, medida en función de su capacidad para introducir información al proceso (…)”
Lo cual en síntesis evidencia que el principio de trascendencia, exige tener presente la naturaleza de los vicios denunciables sean por errores in iudicando o en errores in procedendo.
Principio de Congruencia
Devis Echandía, define a la Congruencia como: “El principio normativo que exige la identidad jurídica entre lo resuelto, en cualquier sentido, por el Juez en la sentencia y las pretensiones y excepciones planteadas por las partes (…)”.9
Mientras que para Tarigo estudia la congruencia dentro de los requisitos formales de la sentencia, entendiendo a la misma como la correspondencia entre la pretensión y la sentencia, a tal punto que afirma que esta es: “(…)una relación entre dos términos: uno de los cuales es la sentencia misma y, más concretamente, su fallo o parte dispositiva, y otro el objeto procesal en sentido riguroso; no, por lo tanto la demanda, ni las cuestiones, ni el debate, ni las alegaciones y las pruebas, sino la pretensión procesal y la oposición a la misma en cuanto la delimita o acota, teniendo en cuenta todos los elementos
individualizantes de tal objeto: los sujetos que en él figuran, la materia sobre que recae y el título que jurídicamente lo perfila.”10
Mientras que para Vescovi, este principio “(…) de congruencia es de base constitucional, configura una aplicación directa del principio dispositivo y, a la vez, constituye una de las garantías del debido proceso en la medida en que se convierte en el límite que se le impone a la judicatura de no introducir cuestiones de hecho, respecto de las cuales las partes no hayan podido ejercer su plena y oportuna defensa”
De estos conceptos podemos concluir que la congruencia hace referencia a la actividad del juez sobre algunos puntos planteados, como una manifestación de los deberes inherentes a la actividad jurisdiccional, toda vez que la relación existente entre la congruencia y la jurisdicción es un derecho-deber del Estado, que surge con los derechos de acción y contradicción dentro del proceso, buscando tutelar y garantizar los derechos de las partes de la mejor forma, tal es así que incluso existen ciertos tipos como son: a. En Relación al Objeto: Para Barreiro siguiendo a Guasp, la incongruencia respecto al objeto, se manifiesta en tres modalidades, “será positiva, cuando se falle sobre más de lo previsto, negativa, cuando se pronuncie sobre menos de lo requerido y mixta cuando se pronuncia sobre algo distinto de lo pedido.”11
a.1. Incongruencia por Ultra Petita: Consiste en la distorsión entre lo pedido por las partes, ya sea en la demanda o en la defensa y lo otorgado en el dispositivo del fallo.12
a.2. Incongruencia por Extra Petita: Esta consiste en la sustitución de una pretensión del actor por otra; cuando, además de lo pretendido se concede algo adicional; cuando se otorga lo pedido pero fundando en una causa distinta a la planteada; y cuando se condena a un sujeto que no fue demandado.13
a.3. Incongruencia por Citra Petita: Esta consiste cuando el juez omite pronunciarse sobre una cuestión sometida a su decisión (sea una pretensión o una excepción)14
b. En Relación a los Sujetos: Para De Los Santos esta se denomina como: “incongruencia subjetiva”, manifestando que
Quito, D.M. 23 de julio del 2024
existe cuando: “La decisión jurisdiccional condena a quienes no son parte juntamente con quiénes sí lo son (incongruencia subjetiva por exceso), u olvida condenar a quién corresponde hacerlo (incongruencia subjetiva por defecto) o condena una persona distinta de la demandada (incongruencia mixta)”15
c. En Relación a la Causa Petendi: Para Castro Rivera, esta se define como: “el motivo, la razón, los acontecimientos de hecho que fundan y delimitan la pretensión alegada en juicio, el estado de hecho contrario al estado de derecho, que da lugar a la demanda y cuya modificación ésta persigue”16
1.Sanabria, Henry: Nulidades en el proceso civil, Bogotá, Editorial Universidad externado de Colombia, 2005, p. 284. 2.Couture, Eduardo, Fundamentos del Derecho Procesal Civil, España-Marcial Pons, 2005. 3.Giovannoni, Adrio, “Los Vicios Formales en la
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL “INDEPENDIENTE SANTA TERESITA DEL VALLE”
Se convoca a los señores representantes de los clubes filiales de la Liga Deportiva Barrial “INDEPENDIENTE SANTA TERESITA DEL VALLE”, a la Asamblea General de Elecciones, que se celebrará el 09 de agosto del 2024, a partir de las 19:00 horas, en Nuestra sede está ubicada en las calles Antonio Flores Jijón y Emilio Estrada, Barrio Santa Teresita del Valle Parroquia Conocoto, Cantón Quito, Distrito Metropolitano, Provincia de Pichincha para tratar el siguiente orden del día:
1.- Constatación del Quórum.
2.- Elección del Directorio de Liga Deportiva Barrial “INDEPENDIENTE SANTA TERESITA DEL VALLE”, para el período 09 de agosto de 2024 hasta 09 de agosto de 2028.
3.- Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
ATENTAMENTE
SEGUNDA CONVOCATORIA
Sangolquí, 23 de Julio 2024
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ARASHATOURS S.A.
SE CONVOCA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, para el jueves 01 de agosto del presente año a las 14horas, en las oficinas de la compañía ubicada en el cantón Rumiñahui en las calles Antonio Taipe Lt 2 Y Gaspar Lema para tratar el siguiente orden del día.
1. Constatación del quórum.
2. Conocer y resolver sobre la reforma del estatuto social de la compañía en lo referente a los artículos 12,14, 25 y 26
3. Autorizar al gerente general para el otorgamiento de documentos privados referente a la reforma parcial del estatuto social de la compañía.
4. Resoluciones.
NOTA. Se enviará electrónicamente a los correos registrados de los accionistas. La junta se dará inicio a la hora señalada y sus resoluciones serán de estricto cumplimiento para todos los accionistas.
Atentamente.
Realización del Acto Procesal”. en Estudios de Nulidades Procesales, p. 7 5.
4.Ibíd., pág. 76
5.Martínez. Oscar, “Los Vicios del Consentimiento en la Realización del Acto Procesal”, en Estudios de Nulidades Procesales, pp. 57-58.
6.Ibíd., pág. 58
7.Couture, Eduardo, Fundamentos del Derecho Procesal Civil, España-Marcial Pons, 2005., pág. 318-319
8.Alsina, Hugo, Las nulidades en el proceso civil. Concepto y función de las formas procesales, Lima: ARA editores, 2006, pp. 65-66
9.Devis Echandía, Hernando. Teoría General del Proceso, t. 1. Editorial Universidad, s/f., pág. 49.
10.Tarigo, Enrique. Lecciones de Derecho Procesal Civil, t. II, 2ª ed. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria, 1998, pág. 186
11.Barreiro, “Principio de Congruencia: Su violación como causal de Casación. Los poderes del órgano de casación”, in: AA.VV: XIII Jornadas Nacionales de Derecho Procesal, pág. 156.
12.Devis Echandía, Hernando. Teoría General del Proceso, t. 1. Editorial Universidad, s/f., pág. 89. 13.Vescovi & Colaboradores, Código General del
Proceso. Comentado, anotado y concordado. t. VI, pág.91
14.Greif, “El Principio de Congruencia en el Ámbito Civil y algunas variaciones de la Congruencia Penal”, in: AA.VV: XIII Jornadas Nacionales de Derecho Procesal, pág. 255.
15.De Los Santos, “La Flexibilización de la Congruencia”, in: AA.VV: XIII Jornadas Nacionales de Derecho Procesal, pág. 190
16.Castro Rivera & Reyes Oehninger, “Algo más sobre la Congruencia en el Código General del Proceso”, Revista Uruguaya de Derecho Procesal, t. 2/1999, pág. 260.
Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el extravío del certificado de depósito a plazo N° 05601DPV011166-7 emitido por el Banco Bolivariano C.A. con vencimiento 07/03/2024”.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARAIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRAESINCALDERON S.A.
En virtud de lo establecido en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social, se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA TRAESINCALDERON S.A., a Junta General Extraordinaria, la misma que se llevará a cabo el día viernes 26 de julio del 2024, a las 19:00, en la oficina y domicilio principal de la compañía (calle Manuel Aguinada N66-18 y Cesar Endara), con la finalidad de elegir a la nueva directiva 2024-2026
Atentamente
Nely Jiménez GERENTE GENERAL
CONVOCATORIA
A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA PRADOS DEL VALLE TAXVALL S.A. De conformidad con lo establecido en el Art. 236 de la Ley de Compañías, se convoca a los señores Accionistas a la Junta General Ordinaria; la misma que se llevará a cabo el día lunes 29 de julio del 2024 a las 8 a.m. en las oficinas de la Compañía ubicada en Sangolquí calle 8 de febrero lote 1-A y Atahualpa con el siguiente orden del día:
1.- Constatación del Quórum reglamentario.
2.- Informe del señor GERENTE.
3.- Informe del PRESIDENTE
4.- Informe del COMISARIO
5.- Aprobación del Balance General y de Resultados correspondientes al periodo económico del año 2023
4.- Resoluciones.
NOTA: SE CONVOCA DE MANERA ESPECIAL AL SEÑOR CARLOS BOHÓRQUEZ COMISARIO DE LA CIA.
LIGA DEPORTIVA BARRIAL GENERAL RUMIÑAHUI
FILIAL DE LA FEDERACION DE LIGAS BARRIALES Y PARROQUIAS DEL CANTON QUITO
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE LIGA DEPORTIVA BARRIAL GENERAL RUMIÑAHUI
De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, se convoca a los clubes filiales DE LIGA DEPORTIVA BARRIAL “GENERAL RUMIÑAHUI” de Elecciones que se celebrará en la sede de la Liga ubicada en el Ciudadela El Rosario calle Tyarcos S/N y Av. Del Maestro Parroquia Cotocollao, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, el día 08 de agosto de 2024 a partir de las 19H00 horas con el objeto de conocer el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum.
2. Lectura de la Convocatoria
3. Elección del directorio de LIGA DEPORTIVA BARRIAL “GENERAL RUMIÑAHUI” para el periodo 2024-2028.
4. Toma del juramento y posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
Quito, 23 de julio del 2024
Quito D.M.Q. lunes, 22 de julio de 2024
Señores
Waldo Fernando Manrique Cáceres
James Vinicio Saritama Naula
Antonio Villafuerte León
Jaime Carranco Asanza
Ulman Quishpe Cueva
Francisco Torres Cordero
Jorge Washington Clavijo Alarcón
Marcelo Aquiles Basantes Núñez
EX SOCIOS DEL CLUB DE VOLUNTARIOS DE LA FUERZA TERRESTRE
“CABO NICANOR QUIROZ SALAZAR”
Presente.-
De mi consideración:
Oficio No. CVFT-G-2024-07-22-001-OF
Ing. Doris Cristina Villacís Villacís, en mi calidad de Gerente y Representante Legal del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar” (CVFT), me dirijo a ustedes respetuosamente y manifiesto: 1.- En reiteradas ocasiones de manera fundamentada, con respaldo en resoluciones legítimas dictadas en el ámbito administrativo y judicial por Autoridades competentes, se ha requerido a ustedes, entreguen las instalaciones del CVFT que mantienen invadidas y usurpadas; peticiones formales y oficiales que han sido notificadas en debida y legal forma, de lo cual existe los registros pertinentes, sin embargo, con un accionar violento, doloso e ilegítimo, permanecen ilegalmente tomadas por la fuerza el Complejo Recreacional Granilandia y Hotel La Marimba, negándose a entregar sus instalaciones, bienes, registros, archivos, documentos a las Autoridades legalmente reconocidas y que se encuentran en funciones legítimas, lo cual ahonda la crisis institucional y genera inestabilidad e inseguridad, que impiden y limitan el desarrollo de las actividades propias de la Organización; particularmente en Granilandia, lugar donde lamentablemente han protagonizado incidentes violentos, injustificados, en contra de socios, directivos, autoridades y empleados, quienes hemos sido víctimas de todo tipo de agresiones, amenazas, insultos, descréditos, intimidaciones, que implican una evidente vulneración de los derechos y perjudica gravemente a la estructura organizacional del Club y su patrimonio. 2.- Es de su pleno conocimiento que las Autoridades legítimas en funciones del CVFT se encuentran legalmente electas, designadas, posesionadas, registradas y cuentan con el reconocimiento pertinente, con el aval y sustento documental, para el periodo 27 de septiembre de 2023 a 27 de septiembre de 2025, conforme se acredita con la documentación siguiente:
2.1. Resolución No. CE-CVFT-011-2023 de fecha 18 de septiembre de 2023, suscrito por los señores miembros del Comité Electoral del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar”, que en lo pertinente resuelve aprobar, oficializar y proclamar los resultados definitivos del proceso electoral periodo 2023-2025, a través del cual se eligió a los Organismos de Directorio y Comité de Vigilancia del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar”, cuyo sufragio de se efectuó el 02 de septiembre de 2023.
2.2. Acta de posesión del Directorio y Comité de Vigilancia de fecha 27 de septiembre de 2023, correspondiente al periodo 2023-2025.
2.3. Oficio No. MDT-DRTSPQ-2023-18844-O de fecha 29 de diciembre de 2023, suscrito la Mgs. María Lorena Figueroa Costa, Directora Regional de Trabajo y Servicio Público de Quito, mediante el cual se registra la Directiva del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre para el periodo 27 de septiembre de 2023 a 27 de septiembre de 2025, Directorio presidido por el señor Guido Hernán Vera Campelo.
2.4. Resolución de fecha 29 de abril de 2024, mediante la cual la Subsecretaría de Trabajo, ratifica a la Directiva, niega el recurso de apelación, cuya pretensión infundada fue que se deje sin efecto el registro de la Directiva y que obra del expediente administrativo MDT-ST-DMLRA-RA-2024-027 (2191).
2.5. Oficio No. MDT-DRTSPQ-2024-3490-O de fecha 07 de febrero de 2024, suscrito por la MGs. Teresa Milagros Arbieto Chiriboga, Directora Regional de Trabajo y Servicio Público de Quito, que, en lo principal, se PROCEDE con el registro de nombramiento de GERENTE GENERAL del CLUB DE VOLUNTARIOS DE LA FUERZA TERRESTRE “CABO NICANOR Quiroz Salazar” para el periodo de DOS AÑOS, conforme a la duración del periodo del Directorio, esto es, desde el 29 de septiembre de 2023 hasta el 27 de septiembre de 2025.
2.6. Resolución de fecha 16 de julio de 2024, a las 09H30, dictada dentro del expediente MDT-ST-DMLRA-RA-2024-074 (8696) mediante la cual la Subsecretaría de Trabajo, ratifica el registro de Gerente del CVFT y resuelve negar el recurso de apelación propuesto, debido a que se ha respetado la normativa legal vigente que regula su registro, por lo que no se verifica la vulneración de los preceptos constitucionales establecidos en los Arts. 76 y 82 de la Constitución de la República.
3.- La Administración en funciones legítimas y la gran mayoría de socios, rechazan y repudian las acciones infundadas, irresponsables, violentas, ilegales e ilegítimas que son encabezadas y promovidas por ustedes, exsocios del CVFT en asociación con otras personas, quienes mantienen tomadas por la fuerza las instalaciones de Granilandia y Hotel La Marimba; y, de manera dolosa generan incidentes violentos y actos inmotivados que atentan contra la integridad, la vida y más derechos de los socios, Autoridades y trabajadores del CVFT; lamentablemente con estas acciones contrarias al ordenamiento jurídico, en forma abusiva, absurda e ilegal impiden el normal desarrollo de las actividades, que ha ocasionado graves perjuicios al Club y sus socios, de lo cual se cuenta con evidencias documentales, testimoniales, periciales, registros , informes y contenidos de audio y video, y serán las Autoridades administrativas y judiciales competentes las que determinen las responsabilidades correspondientes y lo que en derecho corresponda. 4.- Se recalca, que múltiples oportunidades de manera fundamentada se ha requerido a usted(es) y a sus colaboradores entreguen la administración, filiales, bienes, registros, documentación y archivos a las Autoridades que se encuentran en legítimas funciones y cuentan con reconocimiento legal y administrativo; no obstante, de manera injustificada han hecho caso omiso a esta legal petición.
Su accionar ilegal e irresponsable, ejercido sin representación ni competencia, al mantener por la fuerza, indebidamente el control operativo del Centro Recreacional Granilandia, que es el domicilio legal del Club, y el Hotel La Marimba, filial del Club, se encuentra asociado a una evidente usurpación que genera afectaciones financieras, económicas, contables, tributarias, laborales, legales y administrativas que pone en serio peligro a la estabilidad institucional, lo cual ha motivado que el Club inicie e impulse las acciones legales pertinentes.
5.- Luego de instaurados procesos administrativos en observancia del debido proceso, por el cometimiento de faltas graves comprobadas en derecho, fueron sancionados y expulsados definitivamente del Club, exclusión que fue registrada legalmente en el Ministerio de Trabajo, que procedió con el registro de exclusión de socios, mediante acto administrativo contenido en oficio No. MDT-DRTSPQ-2024-11862-O de fecha 15 de mayo de 2024, exclusión ratificada por esta Cartera de Estado, a través de la Subsecretaría de Trabajo, que mediante resolución dictada dentro del expediente No. MDT-DMLRA-RA-2024-061 (7890), en lo principal resuelve negar el recurso de apelación propuesta en contra de este legal acto administrativo, en razón de que no se ha verificado la vulneración de preceptos constitucionales y legales.
6.- Es de su conocimiento que, en el ámbito administrativo y judicial han sido reiteradamente rechazadas y negadas peticiones con la pretensión ilegal que se reconozca y registre directivas de facto y que se desconozca a la Directiva en funciones legales y legítimas, por infundadas e improcedentes; detallo nuevamente las siguientes:
6.1. Sentencia dictada por la Jueza de la Unidad Civil, con sede en la parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, dentro de la acción constitucional de protección con medidas cautelares No. 17233-2022-07386, la cual se ejecutó bajo el seguimiento y supervisión de la Defensoría del Pueblo, conforme lo dispuesto por la Jueza competente.
6.2. Oficio No. MDT-DRTSPQ-2023-2589 de fecha 23 de febrero de 2023, suscrito por la Mgs. Silvia Virginia Lozada Vargas, Directora Regional de Trabajo y Servicio Público de Quito, en consideración a la sentencia constitucional de la causa 17233-2022-07386, en lo pertinente NIEGA la solicitud de registro de directiva del CLUB DE VOLUNTARIOS DE LA FUERZA TERRESTRE “CABO NICANOR QUIROZ SALAZAR”, dejando a salvo el derecho de los peticionarios a presentar un nuevo proceso y requerimiento con el que se cumpla lo establecido en la normativa aplicable para el caso.
6.3. Sentencia de fecha 08 de mayo de 2023, emitida por el señor Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Calderón del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, dentro de la causa constitucional de acción de protección con medidas cautelares No. 17986-2023-00392, seguida en contra del Ministerio de Trabajo que, en lo principal niega las medidas cautelares y resuelve desestimar la acción de protección, cuya pretensión indebida era impedir el desarrollo del proceso electoral y desconocer a las Autoridades legítimas del CVFT.
6.4. Oficio No. MDT-DRTSPQ-2023-7788-O de fecha 22 de junio de 2023, suscrito por el señor Director Regional de Trabajo y Servicio Público de Quito, que en lo principal NIEGA la solicitud de registro de directiva del CLUB DE VOLUNTARIOS DE LA FUERZA TERRESTRE “CABO NICANOR QUIROZ SALAZAR”, por cuanto el proceso que se siguió para la elección de la Directiva no se sustenta en lo dispuesto en la sentencia emitida por la Jueza Constitucional; ratificada mediante resolución dictada dentro del expediente MDT-SISPTE-DRSA-RA-2023-483 (17757) por la Subsecretaría de Trabajo, que en lo principal niega el recurso de apelación propuesto.
6.5. Oficio No. MDT-DRTSPQ-2023-11234-O de fecha 04 de septiembre de 2023, suscrito por el señor Director Regional de Trabajo y Servicio Público de Quito, donde se determina que los Organismos Ad litem, carecen de legitimidad ya que estas figuras jurídicas no se mencionan en el Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales ni en el Estatuto de la organización y principalmente porque no se da cumplimiento a lo ordenado en la resolución emitida dentro de la acción de protección con medida cautelar signada con el No. 17233-2022-07386.
6.6. Resolución No. CE-CVFT-011-2023 de fecha 18 de septiembre de 2023, suscrito por los señores miembros del Comité Electoral del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar”, que en lo pertinente resuelve aprobar, oficializar y proclamar los resultados definitivos del proceso electoral periodo 2023-2025, a través del cual se eligió a los Organismos de Directorio y Comité de Vigilancia del Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar”, cuyo sufragio de se efectuó el 02 de septiembre de 2023.
6.7. Acta de posesión del Directorio y Comité de Vigilancia de fecha 27 de septiembre de 2023, correspondiente al periodo 2023-2025.
6.8. Sentencia de fecha 04 de octubre de 2023, mediante la cual el señor Juez competente de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, dentro de la causa constitucional No. 17230-2023-19519, resuelve NEGAR la medida cautelar, cuya pretensión era impedir el registro de la Directiva legítima del CVFT.
6.9. Oficio No. MDT-DRTSPQ-2023-17423-O de fecha 06 de diciembre de 2023, suscrito por el señor Director Regional de Trabajo y Servicio Público de Quito, donde se comunica a los peticionarios que las resoluciones y acuerdos a los que se lleguen en la Asamblea General Extraordinaria de 02 de diciembre de 2023, tendrán que ser concordantes a lo dispuesto en la sentencia de 14 de febrero de 2023 y a la providencia del 16 de marzo de 2023, emitidos por la Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.
6.10 Sentencia dictada el 26 de diciembre de 2023, a las 17H33 por la señora Jueza Constitucional de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre, que conoció la acción de protección con medida cautelar signada con el No. 17203-2023-05451, en lo principal niega las medidas cautelares, cuya pretensión infundada fue que el Ministerio de Trabajo se abstenga de inscribir a la Directiva electa del periodo 2023-2025 y resuelve negar la acción de protección propuesta por el accionante Waldo Fernando Manrique Cáceres, en contra del señor Ángel Astudillo Ramírez, Presidente del Comité Electoral del CVFT, sentencia que fue ratificada por la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. 6.11. Sentencia de fecha 23 de febrero de 2024, mediante la cual la Sala Especializada de Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, en lo principal, resuelve rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por WALDO FERNANDO MANRIQUE CÁCERES y en los términos de esta sentencia se confirma la subida en grado. 7.- La Constitución de la República en su Art. 96 reconoce las formas de organización y por ende garantiza la democracia interna en las organizaciones colectivas, como es el Club de Voluntarios de la Fuerza Terrestre “Cabo Nicanor Quiroz Salazar”. 8.- Este accionar ilegal e irresponsable, violenta la normativa legal, estatutaria y reglamentaria, lo cual genera grave perjuicio al Club. Se han verificado afectaciones, no sólo en desmedro de la estabilidad, prestigio e imagen institucional, sino también en el plano operacional, administrativo, contable, tributario, financiero, laboral y de seguridad integral; que, por sus características, imposibilitan el desarrollo normal de las actividades, de manera particular, en Granilandia, que es la sede principal, lugar de operaciones, reuniones, asambleas. Respecto de lo señalado, se cuenta con el suficiente respaldo, a través de peticiones, informes, denuncias, demandas, partes policiales, resoluciones, sentencias, requerimientos administrativos y judiciales.
Petición:
En base a lo señalado, con énfasis en las últimas resoluciones del Ministerio de Trabajo, señaladas en el presente memorial y que son de su pleno conocimiento (ratificación del registro de Directorio, ratificación de registro de Gerente, ratificación de exclusión de socios, ratificación de la negativa de registro de Directiva de facto); nuevamente insisto a ustedes y a sus colaboradores que procedan con la entrega inmediata del Complejo Recreacional Granilandia, que es la sede principal, lugar de operaciones, reuniones y domicilio del Club, conforme lo determina el Art. 4 del Estatuto; al igual que procedan con la entrega inmediata del Hotel La Marimba, filial del Club, y todos los bienes, activos, recursos, equipos, materiales, vehículos, registros, archivos, documentación, que ilegítimamente se encuentran bajo su control, generan inseguridad y no permite desarrollar las actividades propias de la Organización. Por su accionar ilegal les hacemos directamente responsables por la vulneración de derechos y afectaciones ocasionadas a socios, trabajadores y autoridades legítimas del CVFT, al igual que por los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Organización como a sus socios. Para coordinar la entrega-recepción, señalo el correo electrónico institucional gerencia@cvft.com.ec que es de su conocimiento
Quito,23 de julio del 2024
Señor PRESIDENTE DEL CLUB
Presente:
De mis consideraciones:
Por medio de la presente, amparados en lo que dispone el capítulo II del directorio, artículos 28 y 29 de la Asamblea General, artículo 26 del estatuto, art 16 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General a la Ley de Deporte, Educación Física y Recreación. Se convoca a la Asamblea General de Elecciones de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL “ BILOXI “ , en la cual se elegirá al nuevo directorio de la Institución PARA EL PERIODO 2024-2028 el día 07 de Agosto del 2024 a las 19:00 pm en la sede ubicada en la Ciudadela Biloxi pasaje OE7 S15 – 44 Y Carapungo Parroquia la Mena, de la cuidad de Quito ,con el siguiente orden del día.
1. Recepcion de credenciales y constatación del Quorum;
2. Lectura de la convocatoria y aprobación del orden del día;
3. Elecciones de la nueva directiva, periodo 20242028
4. Posesión y juramento de la nueva directiva.
ATENTAMENTE
Sr. Nestor Moreno Sra. Jessica Arza Presidente Secretaria
CONVOCATORIA
Quito,23 de julio del 2024
Señor
PRESIDENTE DEL CLUB
Presente:
De mis consideraciones:
Por medio de la presente, amparados en lo que dispone el capítulo II del directorio, artículos 31 y 32 de la Asamblea General, artículo 23 y 24 del estatuto, art 16 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General a la Ley de Deporte, Educación Física y Recreación. Se convoca a la Asamblea General de Elecciones de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL “ LA ESPERANZA DE GUAMANI “ , en la cual se elegirá al nuevo directorio de la Institución PARA EL PERIODO 2024-2028 el día 09 de Agosto del 2024 a las 19:00 pm en la sede ubicada en la calle S55G SN OE 8B Barrio La Esperanza , de la cuidad de Quito ,con el siguiente orden del día.
1.-Recepcion de credenciales y constatación del Quorum;
2.- Lectura de la convocatoria y aprobación del orden del día;
3.- Elecciones de la nueva directiva, periodo 20242028
4.- Posesión y juramento de la nueva directiva. ATENTAMENTE
Sr. Jorge Cajamarca Sra. Myriam Simba Presidente Secretaria
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN CHILLANES
EXTRACTO
Al demandado: CAIZA BONILLA MIGUEL BOLÍVAR, se le hace saber del Juicio (DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA) No. 02335-2024-00051 que se sigue en este despacho:
JUICIO: Juicio No. 02335-2024-00051
ACTOR(es): CAIZA JAYA CARLOS ANDRÉS
DEMANDADO: CAIZA BONILLA MIGUEL BOLÍVAR
TRAMITE: DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA
JUEZ TITULAR: Ab. Joffre Ramírez Franco
AUTO DE CITACIÓN
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES. Chillanes, lunes 1 de abril del 2024, a las 10h33. VISTOS: Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, en mi calidad de Juez Permanente de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Chillanes de la provincia de Bolívar de acuerdo a la acción de personal No.0166-DNTH-2024-SA, avoco conocimiento de la presté causa; la demanda que antecede estimase de clara, precisa y completa propuesta por el señor CARLOS ANDRÉS CAIZA JAYA de estado civil casado, demanda que por reunir los requisitos legales generales y especiales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al trámite ordinario que le corresponde acorde al Art. 289 Ibídem, cítese a MIGUEL BOLIVAR CAIZA BONILLA a travéz de un diario de amplia circulación nacional de acuerdo a lo establecido en el Art. 56 No. del COGEP, para cuyo efecto se dispone además que el actor rinda declaración bajo juramento, de acuerdo a lo preceptuado en la disposición antes indicada en su inciso segundo, diligencia que podrá realizarse en cualquier hora hábil. Realizada las publicaciones correspondientes, luego de transcurridos veinte días posterior a la última publicación, comenzará a correr el término de treinta días dentro del cual deberá contestar deduciendo las excepciones de las que se crea asistida, y anuncie todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción de ser el caso, con apercibimiento a los demandados de la obligación que tiene de señalar correo electrónico para recibir las notificaciones que le correspondan en la presente causa, y en caso de no comparecer a juicio se procederá conforme a derecho corresponde. En atención a los principios de eficacia, celeridad, buena fe y lealtad procesal, que deben ser tutelados en toda actuación judicial, conforme lo previsto en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 18 del Código Orgánico de la Función Judicial, los accionantes brinden las facilidades para la práctica de la diligencia de citación. Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba que ofrece la accionante para acreditar los hechos, cuya admisibilidad será resuelta oportunamente en la audiencia preliminar correspondiente acorde al Art. 294 numeral 7 literal d) del COGEP. Agréguese al proceso los documentos adjuntos al libelo de demanda y escrito complementario. Téngase en cuenta la cuantía de la acción, los correos electrónicos señalados por la accionante para recibir notificaciones que le correspondan, así como la autorización que les concede a sus defensores técnicos. Actué como secretaria la Dra. Bethy Cobos Albán en calidad de Secretaria titular del despacho. CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, Juez
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES. Chillarles, jueves 9 de mayo del 2024, a las 11h25. VISTOS: Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, en mi calidad de Juez Permanente de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Chillanes de la provincia de Bolívar de acuerdo a la acción de personal No. 0166-DNTH-2024-SA, dentro de la presente causa, de la revisión oficiosa del expediente, el suscrito se ha percatado de que por un lapsus calami incurrido en la providencia del 1 de abril del 2024 a las 10h33, consta que “el señor CARLOS ANDRÉS CAIZA JAYA de estado civil casado, cuando lo correcto es el señor CARLOS ANDRÉS CAIZA JAYA de estado civil soltero. Se procede realizar la correspondiente convalidación conforme dispone el Art. 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial y Art. 100 del Código Orgánico General de Procesos, Actúe la Dra. Bethy Cobos Albán en calidad de Secretaria del despacho. NOTIFÍQUESE.f) Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, Juez
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES. Chillanes, martes 14 de mayo del 2024, a las 11h56. VISTOS: Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, en mi calidad de Juez Permanente de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Chillanes de la provincia de Bolívar de acuerdo a la acción de personal No.0166-DNTH-2024-SA, dentro de la presente causa y en lo principal se dispone: 1) Habiéndose dado cumplimiento en la providencia del 1 de abril del 2024 respecto a la declaración bajo juramento sobre el desconocimiento del domicilio del demandado, se dispone que por secretaría se confiera el correspondiente extracto del auto de calificación de la demanda al actor, a fin de se cumpla con la citación de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 56 del Código Orgánico General del Procesos. Actúe como secretaria titular del despacho la Dra. Bethy Cobos Alban. CUMPLACE Y NOTIFIQUESE. -f) Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, Juez
Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndolo de la obligación que tiene de señalar casillero judicial (electrónico) en ésta Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Chillanes para posteriores notificaciones.
Chillanes, 20 de junio del 2024.
JUICIO N.- 17204-2023-01886
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 25 de junio del 2024, a las 15h56.
CITACIÓN JUDICIAL
Causa N.- 17204-2023-01886 -DT
Dra. GYNA SOLIS VISCARRA, Jueza, dentro del juicio de DIVROCIO POR CAUSAL No.- 17204-2023-01886 se ha dictado lo siguiente:
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: Ramírez Tamayo Luis Eduardo
DEMANDADO/ A: Gloria Narcisa Pupiales Vásquez
CAUSA N.- 17204-2023-01886
OBJETO: Solicita que en sentencia se disuelva el vínculo matrimonial entre los señores Ramírez Tamayo Luis Eduardo y señora Gloria Narcisa Pupiales Vásquez, de conformidad Art. 110.9 de Código Civil publicado en el Registro Oficial Suplemento 46 de 24-jun.-2005 Última modificación: 19-jun.-2015
TRAMITE: SUMARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A: COMPAÑÍA I 2 E INGENIEROS ELÉCTRICOS ELECTRÓNICOS EINDOSE CIA. LTDA., REPRESENTADA POR WILFRIDO IVÁN OBANDO SEVILLA EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y COMO TAL REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA
Juicio Sumario No. 17371-2020-05432
Actor: PAZMIÑO ALBA PABLO SANTIAGO.
Demandados: COMPAÑÍA I 2 E INGENIEROS ELÉCTRICOS ELECTRÓNICOS EINDOSE CIA. LTDA., REPRESENTADA POR WILFRIDO IVÁN OBANDO SEVILLA EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y COMO TAL REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA COMO POR SUS PROPIOS Y PERSONALES DERECHOS
Cuantía: USD $ 13514.00
Inicio: 9 de marzo de 2022.
Defensor: OSCAR SANTIAGO BONILLA OQUENDO
CASILLERO ELECTRÓNICO JUDICIAL Nº: 1713436275
Jueza: DRA. MARÍA ALEXANDRA DOMINGUEZ
Secretario: DR. JORGE PRECIADO
PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 5 de abril del 2022, a las 14h52. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito virtual que antecede.- En lo principal, se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada y el escrito que la completa, y en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la califica de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Sumario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo III del Código citado, y en virtud de lo prescrito en el artículo 575 del Código del Trabajo en concordancia con el artículo 332 del COGEP.- SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, y el presente auto inicial a la parte demandada: LA COMPAÑÍA I 2 E INGENIEROS ELÉCTRICOS ELECTRÓNICOS EINDOSE CIA. LTDA., representada por WILFRIDO IVÁN OBANDO SEVILLA en calidad de gerente general y como tal representante legal de la compañía como por sus propios y personales derechos; en el lugar que se indica de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico.- TERCERO.- CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la parte demandada: LA COMPAÑÍA I 2 E INGENIEROS ELÉCTRICOS ELECTRÓNICOS EINDOSE CIA. LTDA., representada por WILFRIDO IVÁN OBANDO SEVILLA en calidad de gerente general y como tal representante legal de la compañía como por sus propios y personales derechos; el término de QUINCE (15) DÍAS una vez citado, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso.- CUARTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, la misma estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7, literal d) y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Única.- De conformidad Art. 159 ibídem, OFÍCIESE al SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, y SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS, a fin de que remita a esta Judicatura la documentación solicitada en el anuncio de prueba.- De conformidad Art. 159 ibídem, en audiencia la parte demanda exhiba la documentación solicitada en el numeral 6.3.1 del anuncio de prueba.- QUINTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial N º 1004 , y/o Correos electrónicos previamente señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensa técnica.- Para los fines pertinentes, de conformidad con el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico se indica a las partes procesales que las firmas electrónicas puestas en el presente auto tienen igual validez y generan los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita.- En consecuencia, no será necesario consignar las firmas 173376511-DFE manuscritas en la presente actuación judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de junio del 2024, a las 10h58. VISTOS: En lo principal, atenta a lo solicitado por la parte actora en el escrito que precede; y, al reconocimiento de firma y rúbrica que obra de autos a fojas 109; la parte actora ha reconocido firma y rúbrica en la que manifiesta bajo juramento que es imposible determinar la residencia de la parte demandada LA COMPAÑÍA I 2 E INGENIEROS ELÉCTRICOS ELECTRÓNICOS EINDOSE CIA. LTDA., representada por WILFRIDO IVÁN OBANDO SEVILLA en calidad de gerente general y como tal representante legal de la compañía; en virtud de lo expuesto, de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone: CÍTESE a la parte demandada LA COMPAÑÍA I 2 E INGENIEROS ELÉCTRICOS ELECTRÓNICOS EINDOSE CIA. LTDA., representada por WILFRIDO IVÁN OBANDO SEVILLA en calidad de gerente general y como tal representante legal de la compañía, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- Conforme lo establecido en el penúltimo inciso del Art. 56 del COGEP, fenecido el plazo estipulado en dicho artículo, para la parte demandada empezará a correr el término de 15 días contados a fin de que conteste a la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 156 de ser el caso.- La parte interesada acérquese a secretaria y solicite el extracto.- Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.- CITESE Y NOTIFIQUESE. f).- DOMINGUEZ ARCOS MARÍA ALEXANDRA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO.
Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico.-
Juicio No. 17204-2024-01253
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de junio del 2024, a las 15h02.
CITACIÓN JUDICIAL
Causa N.- 17204-2024-01253 -DT
Dra. GYNA SOLIS VISCARRA, Jueza, dentro del juicio de Privación de Patria Potestad No.- 17204-2024-01253 se ha dictado lo siguiente:
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: Paula Michelle Sanchez Cañas
DEMANDADO/ A: Quishpe Valencia Jairo David
CAUSA N.- 17204-2024-01253
OBJETO: Solicita se declare la Privación de Patria Potestad al progenitor Quishpe Valencia Jairo David con respecto del hijo Quishpe Sanchez Yeray Nicolas
TRAMITE: SUMARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
CASILLA ELECTRONICA: wil.pat.cham@gmail.com – Dr. Wilman Chamba
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de junio del 2024, a las 14h33.
VISTOS: Por sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, con sede en la parroquia de Iñaquito, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los artículos 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. De conformidad con el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, la demanda de Privación de Patria Potestad presentada por Paula Michelle Sanchez Cañas, portadora de la cédula de identidad No. 1721087078, en calidad madre y representante legal de Quishpe Sanchez Yeray Nicolas, es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta al procedimiento sumario, establecido en el numeral 3 del artículo 332 del Código Orgánico General de Procesos.- CÍTESE de conformidad al artículo 56 del COGEP reformados por la Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 517 de 26 de Junio del 2019, al señor Quishpe Valencia Jairo David portador de la cédula de identidad No. 1719654160 con un extracto de la demanda y este auto mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar del juicio. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda. La audiencia única tendrá lugar una vez citada la parte accionada en legal y debida forma, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad en la ciudad Quito, provincia de Pichincha, señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico de un profesional del Derecho y contestará la demanda y anunciará su prueba en el término de 10 días, acorde a lo determinado en los artículos 151, 152 y 333.3 de la norma Ibídem, caso contrario se desarrollará en rebeldía. Proveyendo el anuncio de prueba efectuado por la parte actora se dispone: 1) Téngase en cuenta lo documentación ingresada con la demanda.- 2) De conformidad con el artículo 177, 178, recéptese en la fecha, día y hora que se lleve a cabo la audiencia única la prueba testifical de Miryan Del Carmen Cañas Santander, Cristina Elizabeth Sánchez Freire, quienes declararán sobre los hechos de la demanda, para lo cual la parte actora se encargará de notificarlos a fin de que concurran a la audiencia única, en la fecha, día y hora que se señale. 3) De conformidad con el artículo 187, 188, recéptese en la fecha, día y hora que se lleve a cabo la audiencia única de la parte actora y demandada sobre los hechos de la demanda. 4) En la fecha, día y hora que se lleve a cabo la audiencia única, escúchese de manera reservada al niño de conformidad al artículo 60 del Código de la Niñez y Adolescencia. 5) Consígnese el casillero judicial como señala la actora para recibir las notificaciones, téngase en cuenta la autorización conferida al abogado defensor.- Actúe la Abogada Dorys Torres, en calidad de Secretaria.- NOTIFIQUESE y CITESE GYNA MARGARITA SOLIS VISCARRA JUEZA(PONENTE).-
EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL
PROCESO: 15301-2019-00935
A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS EXTINTOS BLANCA MARÍA VEGA MIRANDA, RICARDO EFREN CABRERA VERGARA y SILVANA NATACHA CABRERA VEGA.
SE LE HACE CONOCER: Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la parte actora ASOCIACIÓN DE DIRECTORES DE ESCUELA Y JARDINES DE INFANTES DE NAPO “ANDEJ” debidamente representada por el Presidente JOSE MARCIAL GARCÍA ALSCANO, quien comparece mediante procurador judicial otorgada en favor del DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES presentan demanda de cumplimiento de promesa de compraventa, mediante procedimiento ordinario, y proceden a reformar la demanda específicamente en los numerales 5.1 y numeral 9 de la demanda, referente a la Narración de los Hechos detallados y a la pretensión que se exige: a) Se demanda el cumplimiento del contrato de promesa de compraventa celebrado mediante escritura pública el 28 de diciembre del 2007; esto es el traspaso de dominio a favor de la persona jurídica accionante (…) b) Se demanda la indemnización monetaria del valor comercial actual del área de los 6 lotes de la manzana “ N” que ya no se encuentran disponibles por cuanto los prominentes vendedores han procedido a enajenarlos (…) c) Se ordene el pago de costas procesales y honorarios de la defensa. (…): AUTO DE SUSTANCIACIÓN REFORMA A LA DEMANDA: Tena, 17 de marzo del 2022, las 16h11; VISTOS: Agréguese al proceso el escrito de la parte actora de fecha martes 22 de febrero del 2022 las 15h36, el mismo que se proveen de la siguiente manera: PRIMERO: REFORMA A LA DEMANDA: 1.1 La reforma a la demanda que antecede ha sido presentada dentro del término previsto en el artículo 148 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del mismo cuerpo normativo, por lo que se califica y admite a trámite. Los actores ASOCIACIÓN DE DIRECTORES DE ESCUELA Y JARDINES DE INFANTES DE NAPO “ANDEJ” debidamente representada por el Presidente JOSE MARCIAL GARCÍA ALSCANO, quien comparece mediante procurador judicial otorgada en favor del DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES presentan demanda de ordinaria de cumplimiento de promesa de compraventa, y proceden a reformar la demanda específicamente en los numerales Art.142.5. que se refiere a los fundamentos de hecho y Art.42.9 en cuanto se refiere a la pretensión de la demanda (…) TERCERO: CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Conforme lo señala el artículo 291 inciso segundo , y el artículo 151 del COGEP, se concede el término de 30 días a la parte demandada, con el objeto de que conteste LA REFORMA de demanda en la forma que determinan las normas señaladas, y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem (…) AUTO DE SUSTENCIACION: Tena, viernes 17 de junio del 2022, las 15h44, En lo principal: Agréguese al proceso el escrito que presenta la parte actora, proveyendo el mismo: (…) En lo principal: Agréguese al proceso el escrito que presenta la parte actora, proveyendo el mismo: 1) De la revisión de la petición de reforma a la demanda presentada con fecha, 22 de febrero del 2022, y que obra a fs.438 y 439, el compareciente ha solicitado se cite a los herederos presuntos y desconocidos de los extintos señores BLANCA MARÍA VEGA MIRANDA, RICARDO EFREN CABRERA y SILVANA NATACHA CABRERA VEGA, petición que no ha sido atendida en auto de fecha, 17 de marzo del 2022, las 16h11; providencia en la cual se calificó la reforma a la demanda.- En virtud de lo expuesto y con el fin de que se cumplan las garantías constitucionales del Debido Proceso, Tutela Judicial y Derecho a la Defensa, dispuesta en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República, dispongo: 2) Cítese con la REFORMA A LA DEMANDA a los herederos presuntos y desconocidos de los extintos BLANCA MARÍA VEGA MIRANDA, RICARDO EFREN CABRERA y SILVANA NATACHA CABRERA VEGA, y para efecto de garantizar la seguridad jurídica; se lo hará de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, por medio de la prensa escrita que tenga cobertura a nivel Nacional; mediante tres publicaciones en fechas distintas, para efecto el actuario conferirá el respectivo extracto; 3) CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: Conforme lo señala el artículo 291 inciso segundo , y el artículo 151 del COGEP, se concede el término de 30 días a la parte demandada, una vez que haya sido citada, con el objeto de que conteste a la demanda en la forma que determinan las normas señaladas en el mismo cuerpo legal (…) AUTO DE NULIDAD: Tena, 21 de