Esmeraldas: Lunes 08 de Julio 2024

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SE REANUDAN LOS VUELOS EN ESMERALDAS

En un esfuerzo por revitalizar el turismo y mejorar la conectividad aérea, Aeroregional ha reanudado sus vuelos entre Quito y Cali, haciendo una escala en el aeropuerto Carlos Concha de Tachina, en Esmeraldas. 3

Esmeraldaslahora
Esmeraldas

MANUEL CASTRO M. manuelcastromurillo@hotmail.com

Lavado de cerebro político

Apesar de que el lavado de cerebro es generalmente catalogado como algo informal, propio de películas, es una realidad que la ciencia acepta. Es el control mental , la persuasión coercitiva y que en la política se da mediante el adoctrinamiento o reeducación, y que logran anular el sentido crítico y cambiar valores y creencias. Se aplica en algunas sociedades, cuando el Gobierno mantiene un control firme de los medios de comunicación y del sistema de educación, y usa este control global para lavar el cerebro a secciones grandes de la población. El término lavado de cerebro por cierto es nuevo y fue usado a partir de 1950 para analizar el Gobierno chino, la URSS de Stalin, la Alemania nazi. Cuba es el caso de un país adoctrinado para ser sometido a un líder, a un partido político, a pretexto de una revolución de hace sesenta años, mediante la propaganda. Impera un control férreo de la comunicación, exige la renuncia de libertades a cambio de la dignidad y soberanía. Con tal adoctrinamiento y educación dirigida, en lo cultural y hasta en el arte, cuatro generaciones no han conocido otros pensamientos y están sometidos -aún- a los valores y teorías del marxismo leninismo. Su pueblo vive carencia de alimentos, salud y ajeno a lo que sucede y cambia en el mundo.

Argentina ha vivido el mito de Perón. Los dueños del peronismo han lavado el cerebro de las multitudes con vacíos mensajes propagandísticos del supuesto peronismo, repetidos en cada oportunidad para captar el poder. Todavía se canta “¡Perón, Perón, qué grande sos!”. Y un país tan rico se encuentra sumido en la pobreza, corrupción, ajeno a una auténtica democracia, que ojalá pueda cambiar admitiendo nuevas ideas con amplios razonamientos y libertades. En Bolivia, Nicaragua, Venezuela, persiste el intento de lavar el cerebro a las masas. Sin mucho efecto, por ello el temor a unas elecciones libres y transparentes.

PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com

Espíritu de cuerpo

Varias

definiciones coinciden en definirlo como un sentimiento de honor, orgullo, ideales y logros de una organización, sea militar o de la sociedad civil. Implica valores compartidos y principios como la lealtad, obediencia,

EDITORIAL

En siete meses puede pasar cualquier cosa

Cuando se trata de candidatos y de elecciones , Ecuador es impredecible. Las dos últimas elecciones presidenciales estuvieron llenas de sorpresas y dejaron escenarios que invalidaban todo pronóstico. Desde entonces, las condiciones que derivaron en tanto estupor se han hecho aún más presentes. Por ello, llama la atención la excesiva certeza con la que se habla de la potencial reelección del presidente Daniel Noboa e, incluso, de su participación misma.

Aunque el calendario electoral obliga a definir candidatos dentro de pocas semanas, aún queda tiempo para la elección. La atomización de tendencias, la proliferación de candidatos, la persistencia de la indecisión y la característica oscilación ideológica del país abren la puerta a lo impredecible. Además, en un entorno tan tradicionalmente caótico y predispuesto a eventos extremos, inesperados, los próximos siete podrían traer sorpresas.

En este periodo corto y atípico, las prioridades políticas evidentemente

se dividen entre la campaña que arrancó en noviembre de 2023, precisamente cuando las autoridades recién electas se posesionaban en sus cargos y la gestión necesaria que el país requiere.

En cualquier otra circunstancia, la lógica obedecería a la necesidad y deseo de un gobernante por reelegirse y asegurar un segundo período que le permita consolidar algún tipo de proyecto político. Sin embargo, es evidente también que la fórmula de la muerte cruzada, invención de la constituyente de Montecristi, jamás contempló el vasto daño a la estabilidad económica y política que esto causaría.

Hoy Ecuador enfrenta una compleja paralización económica, producto no solamente de la crisis de seguridad y la subsiguiente reducción en el consumo, sino también de la incertidumbre que genera un periodo electoral que arrancó -en la práctica- hace al menos tres meses y que se extenderá hasta febrero o, quizá, hasta abril de 2025, en caso de darse una segunda vuelta electoral. El escenario es todo menos cierto y las consecuencias, hoy, todo menos alentadoras.

autodisciplina y cohesión, para afrontar retos complejos. Hay quienes plantean que puede ser utilizado también, con fines protervos, por redes de corrupción, mafias y organizaciones criminales, pero esa aseveración no tiene sentido, porque no puede haber honor, ni orgullo ni ideales, cuando las actividades de la organización son criminales . En este caso, el lazo que los une es la complicidad y el miedo a retaliaciones que pueden llegar, en casos extremos, al asesinato. Con estos antecedentes es

difícil catalogar la actuación de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea en la que se ha instalado un ambiente de opacidad e impunidad , como ha sido evidente en el archivo del juicio político en contra de Wilman Terán, expresidente del Consejo de la Judicatura, y de Ruth Barreno. Algo similar sucedió con el intento de permitir que el coideario de la presidenta de la Comisión, Ronny Aleaga , sea recibido en comisión general, en el momento en que estaba presente en la sala la Fiscal General del Estado.

FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net

Voz del desencanto

Silvio

Rodríguez , uno de los apasionados defensores de la revolución cubana, exdiputado de la Asamblea Nacional, combatiente en Angola por haber sido parte de las brigadas internacionalistas de su país, galardonado por esas células barriales de omnipresente vigencia denominadas Comités de Defensa de la Revolución, escuchado cantautor, poeta y político se convirtió en uno de los máximos exponentes de la nueva trova, paradigma de la canción protesta

A sus 77 años de edad, ha efectuado declaraciones a una agencia internacional de noticias, en La Habana, donde reside. Dado el reconocimiento de que goza y su vinculación con el partido único que domina a la isla caribeña desde el 1 de enero de 1959, sus expresiones se convierten en testimonios de fundamental importancia para el análisis de la realidad imperante.

Este personaje, textualmente ha manifestado: “La mayoría de la gente en todas partes lo que quiere es tener un vivir su vida tranquilamente, progresar un poco, tener algunas posibilidades. La situación actual en Cuba socava cualquier convicción ideal. La realidad es dura para la mayoría de nuestra gente, muy dura, es fuerte, muy fuerte, es terrible”.

Ha puesto especial énfasis al referirse a las personas que tienen la tercera edad: “La cantidad de viejos que dedicaron su vida a la revolución en cuerpo y alma y que ahora, con los retiros que tienen, no les alcanza ni para un cartón de huevos. Me identifico con lo que se ha dado en llamar la izquierda, pero no me gustan los absolutismos. Para mí, Cuba necesita revolucionar la revolución”.

Estas valientes expresiones, brotadas desde la sinceridad y larga experiencia de uno de los representativos ciudadanos caribeños, demuestran desencanto, son reveladoras al máximo, sintetizan lo que acontece a los pueblos que caen en las redes del totalitarismo: engaño, miseria, opresión, ausencia de libertad y democracia.

Pero, resulta menos comprensible y criticable, cuando este mal entendido espíritu de cuerpo se aplica en el ámbito internacional, como lo han hecho los expresidentes José Luis Rodríguez Zapatero de España, Alberto Fernández de Argentina, Evo Morales de Bolivia, Ernesto Samper de Colombia, Manuel Zelaya de Honduras, junto con Rafael Correa y 60 personalidades alineadas ideológicamente, al enviar un documento a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitando que ordene la libertad de Jorge

Glas y, de ese modo, “cumpla con su deber y contribuya a que se repare el grave daño cometido…”. ¿Ignoran, acaso, tan ilustres personalidades que el exvicepresidente cumple sentencia por delitos de asociación ilícita y cohecho agravado y enfrenta un juicio en el caso de la reconstrucción de Manabí ? La fiscal Salazar ya ha aclarado que: “su situación jurídica ha sido resuelta por los jueces con base en los elementos probatorios que la Fiscalía ha presentado en los tribunales”. Esa es la verdad.

Se reanudan los vuelos en Esmeraldas

En un esfuerzo por revitalizar el turismo y mejorar la conectividad aérea, Aeroregional ha reanudado sus vuelos entre Quito y Cali, haciendo una escala en el aeropuerto Carlos Concha de Tachina, en Esmeraldas.

Esta ruta, que había sido operada hace cuatro años, fue retomada con un vuelo chárter de prueba el pasado viernes, 5 de julio. La reactivación de esta frecuencia, que incluye el itinerario Quito-Esmeraldas-Cali-Esmeraldas-Quito, está inicialmente programada para los fines de semana. Los vuelos partirán a las 10:00 desde el aeropuerto de Tababela en Quito, con una breve escala en Esmeraldas a las 10:30, antes de continuar hacia Cali, Colombia. El retorno a Quito está previsto a las 15:00 tras el regreso desde Cali.

Ceremonia inaugural

El vuelo inaugural oficial

está programado para el próximo 16 de julio y contará con la presencia de autoridades locales, hoteleros, operadores de turismo, y representantes de agencias de viaje. Esta ceremonia marcará la reanudación formal de una ruta que Aeroregional había iniciado en 2020 con dos frecuencias semanales , además de una adicional entre Esmeraldas, Quito y Loja. Sin embargo, las operaciones fueron suspendidas debido a la pandemia del COVID-19 y otros factores.

La empresa Avioandes había asumido temporalmente estas operaciones, pero se retiró al poco tiempo, dejando un vacío en la conectivi-

dad aérea de la región. Anteriormente, la desaparecida empresa Tame cubría esta ruta, incluyendo conexiones con Guayaquil.

El gobernador de Esmeraldas, Javier Buitrón, destacó que la reapertura de esta ruta fue posible gracias a la colaboración entre las Cámaras de Turismo, la Asociación de Hoteleros, la Dirección de Aviación Civil y la ciudadanía, todos trabajando juntos por el desarrollo de Esmeraldas.

La reanudación de los vuelos ha sido bien recibida por viajeros y comerciantes que dependen de esta conexión para facilitar su movilidad entre Quito y Cali.

Impulso al turismo

Carlos Acosta, directivo de la Asociación de Hoteleros, enfatizó que los vuelos aéreos son cruciales para el desarrollo del turismo en la región, atrayendo visitantes tanto de Colombia como de la Sierra norte. Además, esta reactivación se produce en un momento clave, durante la temporada de vacaciones escolares en la Sierra, lo que se espera dinamice y mejore la economía en los balnearios de la provincia de Esmeraldas. La comunidad también ha insistido en la reapertura del puente binacional de Mata-

je, que facilitaría aún más el turismo y el comercio entre Esmeraldas y el sur de Colombia, potenciando el desarrollo económico de ambas regiones.

En resumen, la reanudación de los vuelos de Aeroregional entre Quito, Esmeraldas y Cali representa un paso significativo para Esmeraldas, impulsando el turismo y mejorando la conectividad aérea. Con el apoyo continuo de las autoridades y la comunidad, se espera que esta iniciativa tenga un impacto positivo duradero en la economía local y regional.(DLH)

Esta ruta fue posible gracias a la colaboración entre las Cámaras de Turismo, la Asociación de Hoteleros, la Dirección de Aviación Civil y la ciudadanía, todos trabajando juntos por el desarrollo de Esmeraldas.
TOME NOTA

Hoy habrá cierre temporal de la carretera Esmeraldas-Quinindé

Este lunes 8 de julio, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) ha anunciado el cierre temporal de un tramo de la carretera E-20 Esmeraldas-Quinindé para realizar trabajos de reparación.

La suspensión del tránsito vehicular se llevará a cabo desde las 08:00 hasta las 12:00, con el objetivo de abordar puntos críticos en el kilómetro 63, específicamente en el sector El Achiote. La carretera E-20, que conecta las ciudades de Esmeraldas y Quinindé, ha sido identificada con 31 puntos críticos a lo largo de sus 90,7 kilómetros debido a socavones y hundimientos del asfalto. Estos problemas han generado preocupaciones de seguridad entre los conductores y residentes locales. La responsabilidad de la reconstrucción de esta importante vía recae en el Cuerpo de Ingenieros del Ejército (CEE), quienes han comenzado a trabajar en la reparación de los tramos más afectados.

Ruta alterna y protestas locales

Para mitigar el impacto del cierre temporal, se ha establecido una ruta alterna que incluye la carretera Esmeraldas-Chamanga-La Concordia-Pedernales. Esta vía permitirá a los conductores movilizarse hacia Santo Domingo de los Tsáchilas, Manabí y Pichincha mientras se llevan a cabo las reparaciones en la E-20. Sin embargo, la situación no ha estado exenta de tensiones. Los moradores del recinto Chucaple, en la parroquia Cube, han advertido sobre la posibilidad de protestas debido a un socavón en el kilómetro 59 de la carretera. Esta preocupación se intensificó después de que, en junio pasado, se registraran dos accidentes de tránsito sin víc-

EL DATO

La suspensión del tránsito vehicular se llevará a cabo desde las 08:00 hasta las 12:00, en el kilómetro 63, específicamente en el sector El Achiote.

timas fatales: un automóvil con turistas y un camión de transporte de carga cayeron en la zona afectada.

Esfuerzos conjuntos y reclamos de seguridad La Federa ción de Transportistas de Esmeraldas ha colaborado activamente en la identificación de los problemas de la carretera, contribuyendo con es-

tudios de suelo y análisis geotécnicos. Estos estudios fueron entregados al alcalde de Quinindé, Ronal Moreno, y a Luis Sper, representante de la Zona 1 del MTOP, con el fin de acelerar las soluciones necesarias para garantizar la seguridad vial. René Gómez, representante de la Confederación de Transporte Pesado, y varios conductores de buses interprovinciales han expresado sus preocupaciones sobre los riesgos que enfrentan los vehículos al transitar por los tramos destruidos de la carretera. Uno de los principales reclamos es la insuficiente señalética de prevención en las zonas afectadas, lo que aumenta el peligro para los conductores.

Impacto en la comunidad y el comercio

El cierre temporal de la carretera y los problemas estructurales han tenido un impacto significativo en la comunidad y el comercio local. La interrupción del tránsito no solo afecta a los residentes y transportistas, sino también a la economía de la región, que depende en gran medida del transporte de mercancías y del flujo constante de turistas. A pesar de las molestias a corto plazo, las autoridades esperan que los trabajos de reparación mejoren la seguridad y la funcionalidad de la carretera a largo plazo. La prioridad es garantizar que estos trabajos se realicen de manera eficiente y que se implementen medidas de seguridad adecuadas para evitar futuros incidentes.(DLH)

La ‘Guacharaca’: un peculiar ave silvestre en Esmeraldas

Esta particular especie de ave habita en zonas boscosas de Esmeraldas y Manabí, es caracterizada por su peculiar canto y vive cerca de afluentes de agua.

Este ave se encuentra principalmente en las cadenas montañosas y zonas boscosas cercanas a afluentes de agua, como quebradas, en el noreste de Colombia, el norte de Venezuela y la isla de Tobago. Su capacidad de adaptarse a diversas condiciones ambientales la ha hecho común en áreas verdes urbanas, matorrales, bosques secos y bosques de galería. La guacharaca, también conocida como chachalaca culirroja o cocrico (Ortalis ruficauda), es una especie de ave galliforme perteneciente a la familia Cracidae.

Descripción física

Este ave mide entre 53 y 61 centímetros de largo y pesa entre 450 y 800 gramos, con las hembras promedian-

do 540 gramos y los machos 640 gramos. Su plumaje es distintivo: gris pizarra en la cabeza, torso y cuello; gris claro o blancuzco en el vientre; rojizo en la base de la cola y negro verduzco en la cola, que termina en una punta castaña o blanca. Es tas características permiten una fácil identificación de la guacharaca en su hábitat natural.

Símbolo nacional

La guacharaca ostenta el honor de ser una de las dos aves nacionales de Trinidad y Tobago, junto con el corocoro rojo. En el escudo de armas de Trinidad y Tobago, el cocrico representa la isla de Tobago, mientras que el corocoro rojo simboliza la isla de Trinidad, destacando así su importancia cultural y natu ral en la región.

voran las flores de plantas como el chaparro morado, la bauhinia, el jazmín trepador y la tabebuia rosa, entre otras. Una de las características más notables de esta ave es su comunicación sonora. El macho emite un llamado bajo “haha-rak-ka”, mientras que la hembra responde con un sonido alto “gua-cha-lak”.

Estos llamados son similares al sonido de la guacharaca, un instrumento representativo del vallenato. Las guacharacas utilizan estos sonidos bulliciosos, metálicos y repetitivos para comunicarse entre banda-

crías en el entorno natural. Subespecies

Existen dos subespecies reconocidas de la guacharaca: Ortalis ruficauda ruficrissa, que habita en el norte tropical de Colombia y el noroeste de Venezuela; y Ortalis ruficauda ruficauda, que se encuentra desde el noreste de Colombia hasta el norte de Venezuela, incluyendo las islas de Tobago e Isla Margarita. Estas subespecies presentan ligeras variaciones en su distribución geográfica, adaptándose a las condiciones específicas de cada región.(JNG)

Una noche marcada por asesinato y vandalismo

Esmeraldas, 6 de julio de 2024

La noche de este sábado 6 de julio de 2024. Luis Fernando Bolaños Lugo, conocido cariñosamente como ‘Don Bolo’, fue asesinado a tiros por sujetos no identificados que, tras cometer el acto violento, huyeron con rumbo desconocido.

El trágico suceso ocurrió en una de las calles del Valle San Rafael, en la zona sur de la ciudad. El cuerpo sin vida de Bolaños Lugo fue encontrado dentro de un automóvil rojo. La víctima era un respetado trabajador de la Autoridad

Portuaria de Esmeraldas, lo que ha generado una profunda conmoción en la comunidad.

Los familiares de la víctima, desolados, se enfrentaron a la cruda realidad al identificar el cuerpo de su ser querido. La Autoridad Portuaria de Esmeraldas emitió un comunicado lamentando profundamente el asesinato: “Nuestro más sentido pésame para la familia de nuestro compañero y amigo Luis Fernando Bolaños Lugo. Con profundo pesar nos unimos al dolor que embarga a su familia y nos solidarizamos en este difícil momento de duelo”.

Agentes de la Policía Na-

cional acudieron rápidamente a la escena del crimen para recabar indicios que permitan iniciar una investigación exhaustiva. La prioridad es identificar y capturar a los asesinos, poniendo fin a la impunidad y llevando justicia a la familia de Bolaños Lugo. Grupos tácticos de la Policía Nacional intensificaron los operativos en los barrios de la ribera del río Esmeraldas, realizando allanamientos en busca de los responsables de este atroz crimen y de aquellos que buscan sembrar el caos en la ciudad.

Vandalismo en el centro de Esmeraldas

Mientras el sur de la ciudad se teñía de sangre, el centro

de Esmeraldas no se quedó atrás en una noche marcada por el terror. Sujetos incendiaron dos motoci-

cletas estacionadas en la calle Mejía, entre Antonio José de Sucre y la avenida José Joaquín de Olmedo. Las llamas consumieron rápidamente los vehículos, causando pánico entre los vecinos. La Policía no descarta que estos actos vandálicos tuvieran la finalidad de distraer a los agentes que en ese momento realizaban operativos y allanamientos para dar con los asesinos de Luis Fernando Bolaños Lugo.

El Cuerpo de Bomberos de Esmeraldas acudió al lugar y logró controlar el fuego, pero el daño ya estaba hecho: las motocicletas quedaron totalmente destruidas. Los habitantes de la zona, consternados por el acto vandálico, exigen mayor seguridad y un accionar efectivo de las autoridades para frenar estos hechos que siembran miedo y desconfianza.

La ciudad, ahora en vilo, espera que las autoridades logren capturar a los responsables y restablezcan la paz y seguridad que sus ciudadanos merecen. La Policía Nacional ha prometido redoblar esfuerzos para garantizar que estos actos no queden impunes y que la justicia prevalezca en Esmeraldas.(DLH)

Nvidia, Microsoft y Meta advierten sobre los riesgos de invertir en IA

En los últimos informes de ganancias, los gigantes tecnológicos han puesto un gran énfasis en la inteligencia artificial (IA). Sin embargo, estos avances también traen consigo riesgos significativos.

Meta Platforms, por ejemplo, ha expresado su preocupación de que su tecnología de IA podría ser utilizada para crear desinformación durante las elecciones, lo cual podría provocar una reacción negativa de la población. Esta advertencia subraya la necesidad de considerar no solo los beneficios de la IA, sino también sus posibles repercusiones negativas. Microsoft también ha identificado riesgos asociados con la IA, específicamente en el ámbito de los derechos de autor. La compañía ha señalado que podría enfrentar demandas relacionadas con el entrenamiento de modelos de IA y el uso de resultados generados por IA.

Estos problemas legales podrían tener un impacto significativo en la operación y la reputación de la empresa. Las advertencias de Microsoft resaltan la

Evaluaciones de riesgo frente a la propaganda de la IA

Las empresas tecnológicas, como Alphabet , han sido claras en sus informes al detallar los riesgos que acompañan el uso de herramientas de IA. Alphabet, la empresa matriz de Google , ha destacado que la IA podría afectar negativamente a los derechos humanos, la privacidad, el empleo y otros temas sociales, lo que podría desencadenar demandas o pérdidas financieras. Estas advertencias contrastan con la narrativa más optimista que a menudo se presenta al público, proporcionando una visión más equilibrada de las implicaciones de la IA.

Riesgos tangibles y restricciones regulatorias

complejidad de navegar el marco legal mientras se avanza en el desarrollo de tecnologías de IA.

Adobe: la IA y el futuro del trabajo creativo

Adobe Inc. ha sido tradicionalmente una compañía que apoya a los profesionales creativos con herramientas como Photoshop.

No obstante, este año la empresa ha añadido una advertencia en su sección de Factores de Riesgo sobre el posible impacto negativo de la IA en la fuerza laboral de la industria creativa. Adobe ha reconocido que el aumento de la IA podría disminuir la demanda de su software, poniendo en riesgo su modelo de negocio tradicional.

Esta precaución refleja una tensión entre la innovación tecnológica y la estabilidad laboral en sectores específicos.

Nvidia ha sido una de las empresas que ha advertido sobre los riesgos asociados con el uso indebido de la IA desde principios de 2023. La compañía temía que esto pudiera llevar a restricciones en sus productos, lo cual se materializó cuando se prohibieron los suministros de sus aceleradores avanzados a China. Además, las restricciones de exportación de chips impuestas por la administración Biden han obligado a Nvidia a actualizar sus presentaciones para incluir la posibilidad de restricciones adicionales. Estas situaciones muestran cómo los riesgos identificados pueden tener consecuencias reales y tangibles. Estas advertencias son una evaluación clara de los riesgos inherentes al desarrollo y despliegue de tecnologías de IA. Empresas como Palo Alto Networks, Dell Technologies y Uber Technologies también han agregado nuevos factores de riesgo relacionados con la IA a sus informes este año. Estas advertencias están diseñadas para proteger a las empresas de futuras demandas de los accionistas, enfatizando que, aunque la IA ofrece oportunidades significativas, también conlleva riesgos que deben ser gestionados con cuidado. (JNG)

TECNOLOGÍA. Jen-Hsun Huang. CEO de NVIDIA

Canciller se alista para defenderse por sus actuaciones en el caso Glas

Los argumentos que respaldan la figura del exvicepresidente Jorge Glas serán el principal obstáculo para que la mayoría parlamentaria avale el proceso contra la Ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

La arremetida en la Asamblea Nacional contra el presidente de la República, Daniel Noboa, pasa a una nueva etapa, el correísmo que controla la Comisión de Fiscalización entra en una fase de ataques directos contra los principales ministros del Gobierno Nacional

La primera en la lista es la canciller de la República , Gabriela Sommerfeld, quien enfrentará un juicio político solicitado por la asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC), Jhajaira Urrestra , En dicho proceso se revisará el accionar de Sommerfeld en tres hechos puntuales, el rompimiento de las relaciones bilaterales entre México y Ecuador, por el asalto a la Embajada de México en Quito, el no otorgamiento del salvoconducto al exvicepresidente de la República, Jorge Glas, y el impasse con el Gobierno de Rusia por la entrega de material bélico ruso a Estados Unidos.

La bancada de la RC recolectó las firmas necesarias para iniciar el proceso solicitud de fiscalización y juicio político a la Canciller y ahora avanza en la argumentación para buscar los 92 votos necesarios para lograr su destitución.

Aunque la debilidad del oficialismo en el Parlamento es evidente, la salida de Sommerfeld se ve cuesta arriba, toda vez que el correísmo deberá convencer al Parlamento de votar argumentos que podrían interpretarse como apoyos Glas.

Los argumentos del juicio

El 7 de abril de 2024, la asambleísta Jhajaira Urrestra (RC) presentó la solicitud de juicio político en contra de Sommerfeld, cuestionando su actuación en el asalto a la Embajada de México en Quito , el otorgamiento de salvoconducto a Jorge Glas y el impasse diplomático entre los gobiernos de Rusia y Ecuador.

El segundo argumento

se convierte en el principal obstáculo, debido a que Urrestra busca mostrar el hecho como una responsabilidad de la Canciller al no proteger los intereses del Gobierno Nacional y las obligaciones del Estado de Ecuador en el cumplimiento de la Convención de Viena. La asambleísta argumenta que Sommerfeld violó las disposiciones de la Constitución , la Convención de Viena, la Carta de la Organización de Estados Americanos, la Ley Orgánica del Servicio Exterior y la Ley sobre Inmunidades, privilegios y franquicias diplomáticas y el Código Orgánico Integral Penal. Además, sostiene que la Canciller estaba en la obligación de otorgar el salvoconducto a Glas, tras este recibir el asilo político por parte del Gobierno del presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador. Urresta indica que el no otorgamiento del salvoconducto para Glas, violenta,

laciones internacionales del país, implicó un grave perjuicio económico al Ecuador ”, indicando que Rusia habría adoptado medidas para impedir la importación de banano y claveles, como consecuencia de la entrega de material bélico ruso ha calificado como chatarra a Estados Unidos

Sommerfeld rendirá cuentas ante la Asamblea Sommerfeld ha destacado que participará en el procedimiento de fiscalización que realiza la Asamblea e indicó que aclararán cada uno de los planteamientos presentados por el correísmo. “Vamos a defender lo actuado , reportar lo actuado, para que puedan estar seguros de que Cancillería cumple a cabalidad con las funciones asignadas”, señaló. Precisó que ante el Pleno del Parlamento hablará con transparencia sobre las actuaciones realizadas, en las que se ha tenido como objetivo proteger la soberanía del Estado ecuatoriano.

“una vez más, el bloque de constitucionalidad, artículos 41, 417 y 424 de la CRE, y la aplicación directa de los tratados internacionales”.

Según la asambleísta, la Canciller sería responsable por “la arbitraria irrupción y allanamiento de fuerzas policiales y militares ecuatorianas en la Embajada de México y la detención de Jorge Glas Espinel es un acto arbitrario , ilegal, inconstitucional y viola las normas de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954”.

Para Urresta, “Jorge Glas es un perseguido político bajo la protección del Estado mexicano, porque así lo determinan los principios y normas que regulan el asilo político”.

Sobre el impasse bilateral entre Rusia y Ecuador, la asambleísta responsabiliza a Sommerfeld por el “desatinado manejo de las relaciones internacionales”. Señalando que “el accionar del Gobierno Nacional y de la Ministra, rectora de las re-

Apuntó que, en el caso de la Embajada de México, el caso está siendo tramitado en la Corte Internacional de Justicia en La Haya, donde Ecuador ya tuvo un primer paso a favor, al negársele a México las medidas solicitadas por el Gobierno de López Obrador. “Fue negado por unanimidad de los jueces”, recordó.

Detalló que en la CIJ existen dos procedimientos sobre lo sucedido en la Embajada de México en Quito, que serán resueltos en los próximos meses o años.

Al explicar sus actuaciones en el tema de Rusia y Ecuador, la Canciller señaló que Ecuador mantiene una política “pragmática”. Desde este punto de vista señaló que Rusia es un socio comercial importante.

“Y como lo ha expresado el propio embajador de Rusia, “son dos temas diferentes, uno en materia comercial por los temas fitosanitarios, que iniciaron en enero del año 2023 y otro por el tema de un armamento que se identifica que iban a ser enviados a un tercer país y que el presidente, posteriormente toma las decisiones correctas”.. (ILS)

APOYO. La canciller Gabriela Sommerfeld ha recibido el respaldo del presidente de la República, Daniel Noboa. Foto: Cancillería

Cuenta regresiva en el Cpccs para designar al titular de la Judicatura

En el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social deben escoger al vocal principal del Consejo de la Judicatura entre los candidatos Telmo Molina, Dunia Martínez y Fabricio Godoy.

CANDIDATOS.

En el Consejo de Partici pación Ciudadana y Con trol Social cuenta regresiva para de signar al Consejo de la Judicatura (CJ), entre los postulantes Telmo Molina, Dunia Mar tínez y Mario Godoy

También se prevé un proceso de transición en el organismo de administra ción y control disciplinario de la Función Judicial está al mando de Román, como presidente encargado desde el 18 de diciembre de 2024, luego de la renuncia de Wilman Terán, quien es procesado como sospechoso en el caso Metástasis.

Andrés Fantoni

dente del Cpccs, convocó para las 10:30 de este 8 de julio de 2024 a una sesión del Pleno donde los tres candidatos propuestos por la Corte Nacional de Justicia (CNJ) expondrán los planes de trabajo que implementarán en caso de ser designados.

“Esperemos que los postulantes tengan proyectos positivos, lo cual será vigilado por los consejeros para tomar una decisión lo más pronto posible”, adelantó Fantoni.

Esto ocurrirá después de que el Pleno archivara las objeciones ciudadanas que se presentaron en contra de Molina y Godoy por la inasistencia de los im -

LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL CHUWITAYU "LIDEPACH” Acuerdo Ministerial Nº007-del 16 de enero del 2002 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº MD-CZ3-2016-RE-000041 DE 05 DE AGOSTO DE 2010 FILIAL A FEDELIBAP-FEDENALIGAS

Señores: PRESIDENTES DE LOS CLUBES BASICOS BARRIALES /PARROQUIALES

FILIALES A LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL CHUWITAYU. Presente.

pugnantes a una audiencia que se realizó el 1 de julio de 2024.

Tras escuchar a los candidatos, el Cpccs designará a la nueva autoridad valorando su hoja de vida; luego notificará de su decisión a la Asamblea Nacional, para su posesión.

La presentación de planes de trabajo es el último paso que deben cumplir los candidatos, en un proceso que el Cpccs inició desde el 29 de mayo de 2024, cuando recibió de la CNJ las listas de candidatos.

La transición

Telmo Molina, el primero de la terna, dijo que los procesos que se encuentran avanzados en el CJ no se pueden entorpecer, dejando entrever que el concurso para la designación de 10 jueces de la CNJ, que está en la etapa donde 117 candidatos deben rendir una prueba psicológica , podría seguir su marcha y concluir en octubre . Esto de acuerdo con el cronograma aprobado en la administración de Álvaro Román.

Dunia Martínez también marcó la línea de la que sería su actuación de llegar a ser electa. “La persona que llegue a la Judicatura debe conocer los procesos que lleva adelante este organismo de administración y disciplina. Mientras más objetiva, técnica, independiente sea la persona que llegue, se podrá garantizar un proceso positivo para el país”, dijo. El vocal del CJ que sea designado entrará para completar el periodo de seis años (2019-2025) para el que fueron electos los vocales de la Judicatura. En enero de 2025, las actuales autoridades ( Yolanda Yupangui, Solanda Goyes, Merck Benavides), incluido el vocal que sea designado en el Cpccs deberán dejar los cargos, y ser reemplazados en un nuevo proceso de designación en base a ternas de candidatos que deberán enviar las funciones Ejecutiva y Legislativa; además de la CNJ, la Fiscalía y la Defensoría Pública. (SC)

Los integrantes de la terna que evalúa el Cpccs

° Telmo Molina; primero de la terna. Abogado y juez penal, juez de Garantías Penales y Jurisdiccionales de Quito. Doctor en Jurisprudencia por la Universidad Central del Ecuador; especialista en Derecho Penal por la Universidad Andina Simón Bolívar. Tiene una maestría en Derecho con mención en Política Jurisdiccional por la Universidad Católica del Perú.

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELCCIONES DEL DIRECTORIO DE LA LIGA DEPORTIVA BARRIAL CHUWITAYU. Por medio del presente y de acuerdo al reglamento Sustitutivo General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación en base a los articulos 16, 17, 18, 71 y 72 y al articulo 24 literal a),25 y 26 del Estatuto de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL CHUWITAYU, se CONVOCA a los señores presidentes de cada uno de los clubes filiales que cumplan con la normativa vigente, a la Asamblea de Elección del nuevo Directorio, para el día jueves 25 de julio del 2024 a las 10H00 am, de manera presencial en la Oficina de la Liga Parroquial Chuwitayu, ubicado en el Estadio de LIDEPACH. Para tratar el siguiente Orden del Día:

1. Constatación del Quórum e instalación de la asamblea.

2. Verificación del Registro de Directorio vigente de los Clubes Filiales.

3. Elección de los miembros del Directorio de la LIGA DEPORTIVA BARRIAL CHUWITAYU para el periodo 2024-2028. Chuwitayu, 5 de julio del 2024 Atentamente

° Dunia Martínez; segunda de la terna. Doctora en Jurisprudencia y abogada por la Universidad del Azuay. Exintegrante de la Comisión Calificadora del concurso de jueces de la Corte Constitucional, concursó para jueza elegible en 2019. Docente en varias universidades del país. Tiene 16 publicaciones en libros y revistas especializadas.

° Mario Godoy; tercero de la terna. Es abogado y ha ocupado varios cargos en direcciones, coordinaciones y asesorías en instituciones públicas como la Unidad de Análisis Financiero del Ecuador, Fiscalía, Secretaría Anticorrupción, Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Asamblea Nacional.

Apesar de que Daniel Noboa tiene una aprobación del 52%, solo el 32% de los encuestados por Comunicaliza votarían por él en las próximas elecciones.

Su nivel de intención de voto directo está cayendo y todavía faltan varios meses para las elecciones. Una de las razones de fondo es el mal desempeño de la economía en aspectos tan importantes como el empleo.

“El Presidente candidato podría no llegar a la segunda vuelta. Es la conclusión lógica si vemos el declive de su intención de voto (32%) a más de seis meses de las elecciones”, puntualizó Gabriela Panchana, consultora en comunicación política.

Las empresas no venden y los ecuatorianos consumen menos. La economía nacional podría, en el mejor de los casos, crecer 0,1% este 2024.

A continuación, se detallan seis cifras que explican la crisis de la economía y por qué eso puede esfumar el sueño de reelección de Noboa:

1Empleo

“Con datos del INEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos), a mayo de 2024, el número de personas con empleo pleno no logra superar lo alcanzado en 2010, que contaba con dos millones de personas menos en la población económicamente activa. Los afiliados del sector privado apenas alcanzan los números prepandemia”, explicó el exministro de Economía, Fausto Ortiz En 2010, se registraban 2,88 millones de ecuatorianos con empleo adecuado (al menos el básico y ocho horas de labores al día). Esto representaba en ese momento el 44,7% de la Población Económicamente Activa (PEA).

Con corte a mayo de 2024, se registraron 2, 82 millones de ecuatorianos con empleo adecuado; lo que representa el 33,4% de la PEA.

En el caso de las afiliaciones al IESS, antes de la pandemia se registraban 2’206.000 en el sector privado. A mayo de 2024, se supera apenas esa cifra con 2’207.0000.

En el caso del sector público, antes de la pandemia, se registraban 663.000 afiliados;

6 cifras económicas pueden dejar sin piso la reelección de Noboa

El presidente y candidato a la reelección enfrenta una economía estancada, con consumo e inversión a la baja. Eso se siente en los bolsillos y la calidad de vida de las familias.

pero a mayo de 2024, la cifra cae a 645.000. Como ya ha publicado

LA HORA, al 78% de ecuatorianos que se queda sin un empleo fijo formal le toma al menos 2 años conseguir una nueva oportunidad laboral. El subempleo, con corte a mayo de 2024, alcanzó el nivel más alto de los últimos 3 años.

2Bajo crecimiento en los sectores económicos

Según el Banco Central del Ecuador (BCE), al primer trimestre de 2024, 13 de las 20 industrias o sectores económicos en el país crecieron menos del 5% y, en algunos casos como la producción de alimentos se registró una caída de -1,6%.

La minería, que en los últimos años ha sido un pilar de la inversión, apenas creció un 0,5%; mientras el comercio alcanzó un crecimiento del 4,4%, pero impulsado en gran medida por el aumento de las ventas previo a la subida del IVA del 12% al 15%.

Los inventarios de las empresas están creciendo de manera atípica, y esto es consecuencia de que no se vende. Sectores como el automotriz, que normalmente es un

pulso de la economía real, siguen vendiendo menos. Incluso las exportaciones, que durante la pandemia sostuvieron al Ecuador, cayeron -0,5% al inicio de 2024.

3Caída del consumo y de los ingresos

El consumo de los hogares cayó -1,1% en el primer trimestre de 2024, como consecuencia directa de un sector empresarial con menos liquidez (más impuestos y menos acceso al crédito) y que, por consiguiente, tienen menos capacidad para invertir y contratar.

Crece el uso de contratos laborales de corta duración y la inestabilidad y los bajos ingresos se profundizan en los hogares.

La informalidad y el desempleo han pasado del 60,2% al 63% de la PEA en el último año. Como resultado, en mayo de 2023, la mitad de los ecuatorianos con algún tipo de empleo ganaban menos $393,7. A mayo de 2024, esa media de ingresos bajó a $353,7

4Aumento de la morosidad y menos crédito

De la mano del aumento de la

la concesión de créditos y eso ahonda más el problema.

5Altos niveles de atrasos

El Gobierno de Noboa tuvo $2.267 millones de ingresos adicionales entre enero y mayo de 2024, pero no le alcanzó para resolver la crisis fiscal.

Se ha podido pagar en algo los atrasos que se arrastran desde 2023; pero se han sumado más pagos pendientes.

El primer semestre de 2024 cerró con atrasos adicionales de alrededor de $1.400 millones, afectando a proveedores, IESS, gobiernos locales, entre otros.

informalidad, la baja de ingresos y la menor capacidad de las empresas para contratar, ha aumentado de manera significativa la morosidad, sobre todo de los microcréditos.

Si se toman en cuentan, tanto bancos como cooperativas, la morosidad (porcentaje de la cartera con problemas de pago) ha aumentado del 6% en mayo de 2021 al 10,3% en mayo de 2024.

“Preocupa el incremento acelerado de la morosidad en el sistema financiero nacional, que parece inevitable, sino se toman políticas serias de reactivación económica en Ecuador”, dijo Santiago García, economista y docente de la Universidad Central.

Cada vez es más difícil emprender en el país. La Tasa de Actividad Emprendedora Temprana (TEA) ha caído del 36,2% al 32,2% de la población entre 18 y 64 años.

Solo el 13% ha superado 3 meses de funcionamiento debido a: falta de rentabilidad (37,40%), falta de financiamiento (21,38%), y problemas personales (19,31%).

El sistema financiero, cercado por más impuestos y contribuciones, ha reducido

El segundo semestre de 2024, según Jaime Carrera, miembro del Observatorio de la Política Fiscal, puede ser peor porque los ingresos serán menores, con un pequeño aporte adicional por el alza en el precio de las gasolinas. Los gastos aumentarán por el pago de intereses de la deuda pública, la cancelación de los décimos tercero y cuarto sueldos, mayores gastos por el 40 % de las pensiones y gastos para enfrentar los problemas eléctricos.

6Niveles mínimos de inversión pública La ejecución del Plan Anual de Inversiones (PAI), con corte a junio de 2024, va nueve puntos porcentuales por debajo de la ejecución del 2023 en el mismo periodo.

“Algunos de los ministerios más relevantes no llegan al 15% de ejecución. Usualmente, falta de ejecución del PAI no es falta de plata, sino de gestión”, explicó Freddy García, economista y consultor del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Se han subido impuestos al sector privado; pero como contraparte la ejecución de inversiones en, por ejemplo, el ministerio de educación es del 13,7% (hace un año era del 33,9%). En el caso del ministerio de salud, ha bajado del 23,95 al 13,8%. En energía y minas , en medio de la crisis eléctrica y petrolera, solo se ha invertido el 15% de lo presupuestado y en obras públicas se llega al 25%. Solo el ministerio del interior tiene una ejecución del 41%. (JS)

CRISIS. La economía es uno de los escollos más difíciles para el presidente-candidato, Daniel Noboa.

Conozca a un fotógrafo de modelos de OnlyFans y Telegram

Su nombre artístico es Cannabitha y se dedica a fotografiar a mujeres para plataformas como OnlyFans y Telegram. Desde hace cuatro años esta es su fuente de ingresos.

Es fotógrafo, su nombre artístico es Cannabitha y s realiza sesiones de fotos con contenido explícito o erótico, que sube a las plataformas OnlyFans y Telegram. Desde hace cuatro años esta es su principal fuente de ingresos.

Cannabitha explica cómo ha monetizado este contenido y también cómo ha logrado hacer sesiones con semidesnudos en lugares como el Metro de Quito.

“Esta idea empecé presentándola a una productora y tuvimos una primera temporada. Ahora, en esta segunda temporada, estamos solo mi asistente de producción y yo”, comenta el fotógrafo.

Además de las fotos, se escribe un pequeño perfil de las modelos a quienes, de acuerdo a sus gustos o pasatiempos, se les presenta una temática para la sesión de fotos. El principal objetivo, dice Cannabitha, es que las chicas se sientan cómodas en todo momento.

“Siempre se presenta la idea diciéndoles que vamos a hacer contenido explícito (desnudos)”, indica.

Las ganancias Los inicios de OnlyFans se remontan a 2016. De forma discreta, esta plataforma fue

creciendo y ahora cuenta con una comunidad de más de 3 millones de creadores y 240 millones de usuarios en todo el mundo

El auge de esta plataforma para adultos fue durante la pandemia de covid-19. Fue en ese contexto que Cannabitha decidió monetizar sus fotos a través de dicha red social.

El fotógrafo radicado en Quito menciona que la plataforma se queda con un porcentaje de entre el 10% al 20% de los ingresos. “Sacábamos una chica por mes y dividíamos las ganancias en 70-30. Es decir, 70% para nosotros como productora y 30% para las modelos”.

“Sí se gana bastante en OnlyFans. Es por medio de esto que yo me he mantenido estos cuatro años… En la pandemia empecé con una chica y vendíamos sus fotos. Ahora ya las sesiones se han hecho bastante conocidas”.

Los ingresos dependen del número de suscriptores, pero Cannabitha destaca que los pagos son buenos. Por ejemplo, una modelo puede ganar $300 por una sesión de fotos de dos horas.

“Si te dedicas a ‘full’ tiempo (OnlyFans) puedes llegar a ganar más hasta unos

$8.000 mensuales”, indica Cannabitha,

De OnlyFans a Telegram

Este 2024, Cannabitha decidió salir de OnlyFans e ir a Telegram. La razón es que la primera plataforma empezó a solicitar más información de las modelos y no muchas quieren exponer sus datos personales.

En Telegram no existe retención de las ganancias, dice Cannabitha, quien explica que en la plataforma se hacen canales y se paga un Telegram Plus, que les permite tener un canal abierto con contenido explícito y un canal privado cuya suscripción cuesta $15.

El tabú de las fotos explícitas

Si se gana bastante en OnlyFans. Es por medio de esto que yo me he mantenido viviendo estos cuatro años, desde la pandemia”

Pero esto no es solo de una chica que venga y se saca la ropa, queremos siempre que se sientan cómodas y adaptar la sesión de fotos a algo que las identifique”

Si igual si te dedicas a full tiempo (OnlyFans) puedes llegar a ganar más hasta unos $8.000 mensuales”

A veces se dice que es contenido pornográfico, pero yo no hago ese contenido, sino que es la percepción de quien lo consume”

CANNABITHA FOTÓGRAFO DE CONTENIDO PARA PLATAFORMAS COMO ONLYFANS Y TELEGRAM

Cannabitha dice que la sociedad ecuatoriana aún es muy cerrada a muchas cosas, entre esas, a los desnudos. Pero, en su caso, señala que “directamente no hemos tenido críticas”.

Otra traba tiene que ver con los permisos para las fotos en espacios públicos.

Por ejemplo, Cannabitha hizo una sesión en el Metro de Quito donde las fotos salieron bien, pero cuando los funcionarios se dieron cuenta le pidieron que se retire.

Sobre los lugares donde le gustaría tomar fotografías, dice que en las terrazas de Quito no hay mucha apertura para subir y hacer las sesiones, pero que le encantaría hacerlo.

Cannabitha no descarta la posibilidad de fotografíar hombres y también adentrarse al nicho de la comunidad gay.

“Por mucho tiempo yo hacía fotos a chicas que me parecían guapas y las subía gratis a Instagram”, dice el fotógrafo, quien detalla que si alguien quiere monetizar es necesario que se entere de cómo funcionan las plataformas que pagan por contenido, ya que hay todo un universo más allá de OnlyFans y Telegram. (AVV)

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REDES. Cannabitha durante una sesión de fotos.

La izquierda sorprendió en Francia y logró una mayoría simple

El Nuevo Frente Popular ontiene entre 160 y 215 diputados, mientras que el bloque macronista de 150 a 180, dejando relegada a la derecha.

PARIS. El Nuevo Frente Popular (NFP) de izquierda quedó en primer lugar en las elecciones legislativas francesas de este 7 de julio de 2024, con el mayor grupo parlamentario en la Asamblea Nacional, según varios institutos de sondeos.

El NFP obtiene entre 160 y 215 diputados, mientras que el bloque macronista logra de 150 a 180 y la derecha de Marine Le Pen queda relegada a la tercera posición, con 115-152 escaños, de acuerdo a los cuatro principales institutos demoscópicos.

Esas cifras suponen una sorpresa después de que la derecha ganó de forma holgada la primera vuelta, con

el 33,15 % de los votos, y seguía en cabeza en los sondeos y en las últimas proyecciones de escaños que se divulgaron hasta el viernes, último día de la campaña.

Pero al cierre de los centros de voto, el NFP aparece como el ganador, según la proyección de Ifop para los canales TF1 y LCI, con 180-215 diputados, además de otros 10 escaños para independientes de izquierda, netamente por delante del bloque macronista (150-180).

La derecha francesa queda relegada La derecha quedó en el tercer lugar, con un resultado de 120 a 150 escaños, siempre

Milei y Bolsonaro se reunieron a puertas cerradas

BALNEARIO CAMBORIÚ

(BRASIL) El presidente argentino, Javier Milei, se reunió este 7 de julio de 2024 a puertas cerradas con el exmandatario brasileño Jair Bolsonaro , en su primer acto en la visita privada que realiza a Brasil para participar en la quinta versión latinoamericana de la Conferencia de Política de Ac-

ción Conservadora.

Milei llegó al final de la noche del 6 de julio a Balneario Camboriú (sur de Brasil) y fue recibido con un abrazo por Bolsonaro antes de que ambos se juntaran para ver el partido Uruguay-Brasil en la Copa América. De acuerdo con fuentes del Gobierno argentino, en el encuentro fueron discutidas

según los sondeos. Las proyecciones de Ipsos para la radiotelevisión pública son similares, con 172-192 diputados para el NFP, frente a 150-170 para los macronistas y 132-152 para la derechista Agrupación Nacional (RN) de Marine Le Pen.

Las de Elabe para BFMTV dan a la izquierda 175-205 diputados, por 150-170 para el bloque macronista y 115-150 para el RN. Finalmente, el sondeo de Opinionway da al NFP de 160 a 210 escaños, con los macronistas también en segundo lugar (160-180), y la derecha en tercera con 130160. (EFE)

formas de facilitar el comercio entre los dos países, principalmente con el fronterizo estado de Santa Catarina , y los brasileños aprovecharon para manifestarle apoyo a Milei en las reformas liberales que impulsa. Pese a que nada más trascendió del contenido de la reunión entre Milei y Bolsonaro, ya que la prensa no tuvo acceso, algunos de los participantes publicaron videos del encuentro en sus redes sociales. (EFE)

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL: PRESUNTOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA RESPONDÍA A LOS NOMBRES DE LOPEZ TORRES JOSE VICENTE (+)

DOMICILIO DEL DEMANDADO: Se desconoce

ACTOR: Sr: WILIAN WILFRIDO LOPEZ TORRES

N° JUICIO: 22201-2021-00600

PROCEDIMIENTO: Voluntario

CUANTÍA: Indeterminada

JUEZA: Dra. Cumandá Cuaical Galárraga

DEMANDA: El señor JOSE VICENTE LOPEZ TORRES, fundamentado en el Art. 191 217 del Código Civil, en concordancia con el numeral 4, del Art. 334y 335 del Codigo Organico General de Procesosl, demanda a JESSIE

ASTRID MAGALY JARRIN ALOMIA, AUTO DE CALIFICACIÓN: VISTOS: Orellana, lunes 6 de diciembre del 2021, las 15h37, VISTOS: En atención a la demanda de inventarios propuesta por el señor Lopez Torres José Vicente, en contra de la señora Jarrín Alomía Jessie Astrid Magali, signada con el N° 22201-2021-00600. EN LO PRINCIPAL: Se tiene por agregado al expediente los dos escritos que presenta el peticionario por intermedio de su defensa técnica, en atención a los mismos.- Analizada la demanda propuesta por el antes enunciado actor, se califica la demanda de clara, completa, ya que reúne los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite mediante el Procedimiento Voluntario establecido en la Sección I, Capítulo IV, Libro IV del invocado cuerpo legal. En consecuencia, por cuanto de la inscripción de matrimonio que se adjunta a la propuesta, se desprende que se encuentra disuelto el vínculo matrimonial que en razón del matrimonio que han mantenido los cónyuges, antes enunciados, procédase a la formación de inventario, tasación y avalúo de los bienes pertenecientes a la extinta sociedad conyugal detallados en la demanda, con la concurrencia de los sujetos procesales, interesados, testigos y Peritos que en forma oportunamente se nombrarán, acorde a lo establecido en el Art. 191 del Código Civil, en concordancia con el Art. 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, CÍTESE a la demandada, señora Jarrín Alomía Jessie Astrid Magali, mediante boletas dejadas en su domicilio señalado por el peticionario o, en persona en el lugar en que se lo encuentre, debiendo entregársele copia certificada de la demanda; así como también, advirtiéndole sobre la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o dirección electrónica para que reciba posteriores notificaciones, pues de no hacerlo, se seguirá el trámite en rebeldía; así como también, informándole que puede presentar por escrito su oposición hasta antes de que se convoque a la respectiva Audiencia Única, tal como lo determina el Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. Para la diligencia de citación, se contará con el Señor Citador de esta Unidad Judicial, tal como lo prescriben los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se librará despacho en forma. Además, en virtud del bien que se va a inventariar, NOTIFÍQUESE al Señor Procurador Tributario de este cantón Francisco de Orellana; para lo cual se contará con el Señor Citador de esta Unidad Judicial, debiendo librarse despacho en forma. En conformidad a lo dispuesto en el Art. 335 del Código Orgánico General de Procesos. Notifíquese al señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Municipal del Cantón Fco. Orellana, por existir bienes en esta jurisdicción.- En atención a lo dispuesto Jarrín Alomía Jessie Astrid Magali Tómese en cuenta la cuantía determinada dentro de la presente causa. Atendiendo el anuncio de los medios de prueba que realiza la actora dispongo: a).- Agréguense al proceso los documentos que se acompañan a la demanda, cuyo contenido será considerado en el momento procesal oportuno, de ser procedente.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, se dispone notificar al señor Registrador de la Propiedad del cantón Fco Orellana, a fin de que Inscriba la presente demanda, para el objeto la parte actora brinde las facilidades del caso, para el que señor citador de esta dependencia Judicial cumpla con la diligencia de notificación.- Téngase en cuenta los correos electrónicos que señala la actora para recibir sus notificaciones, así como la autorización que confiere al Ab. José Luis Jiménez Yépez, para que le patrocine dentro de la presente causa. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

PROVIDENCIA.-VISTOS: Dentro del proceso de Inventario, signado con el Nro. 22201-2021-00600. EN LO PRINCIPAL: 1.- Agréguese a los autos el acta de DECLARACIÓN CON JURAMENTO ART. 58 COGEP, suscrita por el señor WILIAN WILFRIDO LOPEZ TORRES, en calidad de Procurador Común designado dentro del presente proceso, con cédula de identidad Nro. 1802180750, quien comparece con el objeto de llevar a efecto la diligencia de JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE LOS PRESUNTOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA RESPONDÍA A LOS NOMBRES DE LOPEZ TORRES JOSE VICENTE (+), dentro del proceso de Inventario, signado con el Nro. 22201-2021-00600. Para el efecto juramentado que fue en legal y debida forma y explicado de las penas del perjurio y de la gravedad del juramento, quien se compromete a decir la verdad con claridad y exactitud en todo lo que supiere y le fuere preguntado, dice: “Señora Jueza con el juramento que rindo declaro que me es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de las o los presuntos herederos de quien en vida se llamó LOPEZ TORRES JOSE VICENTE (+); y que he realizado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a los mismos, pero me ha sido imposible; por lo que solicito, que con la demanda, se cite por la prensa a los presuntos herederos de quien en vida se llamó LOPEZ TORRES JOSE VICENTE (+).”.- Leída que le fue la presente acta al compareciente, quien se afirma y ratifica en su íntegro contenido. Por consiguiente y una vez que se ha cumplido con lo dispuesto en el auto de sustanciación que antecede, y de conformidad con el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue LOPEZ TORRES JOSE VICENTE (+); mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en un periódico de amplia circulación de esta localidad, debiendo para el efecto, la señora Secretaria elaborar el correspondiente extracto judicial. 2.- De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico se les indica a los sujetos procesales que la firma electrónica puesta en la presente providencia tiene plena validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita, en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. Actúe la Ab. Carmen Sangurima, en su calidad de secretaria titular de esta Unidad Judicial. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE. Francisco de Orellana, 14 de junio de 2024.

Con Gabriela Vivanco

Meditación: entrena tu mente para vivir mejor

DEMOCRACIA. El presidente francés Emmanuel Macron (d) emite su voto flanqueado por la primera dama francesa Brigitte Macron (2d). EFE

FERIA DE CAMÉLIDOS DESPIERTA LA ALEGRÍA EN BOLIVIA

Con danzas y comida tradicional se lanzó en Bolivia en el Patio de Culturas en ministerio de Culturas en la ciudad de La Paz, el Festival de danza, música, vestimenta típica, gastronomía y la XVII Feria de camélidos en el país andino. EFE

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LUNES 08 DE JULIO DE 2024
Esmeraldas
Esmeraldaslahora
@ Esmeraldaslahora

REVISTA JUDICIAL

SILENCIO ADMINISTRATIVO

El Código Orgánico Administrativo, entre sus regulaciones, señala siete formas de terminación del procedimiento administrativo, que constan en el art. 201, siendo estos por: 1. acto administrativo; 2. silencio administrativo; 3. Desistimiento; 4. Abandono; 5. Caducidad del procedimiento; 6. Imposibilidad material de continuarlo por causas imprevistas y 7. Terminación convencional. Tratare -

mos sobre el silencio administrativo.

Conforme el art. 202 del COA, la administración resolverá el procedimiento, mediante acto administrativo, termina el procedimiento administrativo, que se debe emitir incluso en casos de que se venza los plazos, sin que la administración pueda abstenerse de resolver conforme la Constitución, por como falta u oscuridad de la ley ni por otra razón; siendo el plazo de resolución el máximo

de un mes, contabilizado a partir de terminado el plazo de la prueba; existiendo la posibilidad de que el plazo de resolver se extienda, casos del número de personas interesadas o complejidad del asunto hasta dos meses, sin que esta ampliación de plazo se pueda impugnar. A más de los procedimientos ordinarios, en situaciones de emergencia, catástrofes, peligro del orden interno o la defensa nacional, la administración puede emitir el acto ad-

ministrativo sin sujetarse a los requisitos y formalidades del procedimiento administrativo comunes; cuando el acto administrativo emergente afecte derechos individuales, la administración requiere autorización judicial. De acuerdo al art. 207 del COA, los reclamos o pedidos dirigidos a la autoridad pública deben ser resueltos en el término de treinta días, vencido el cual, sin que se haya notificado la respuesta o decisión,

CONSULTA PENAL

¿Desde que momento inicia el cumplimiento de la pena en el procedimiento abreviado?

RESPUESTA

Art. 624 del COIP: “Oportunidad para ejecutar la pena.- La pena se cumplirá una vez que esté ejecutoriada la sentencia.

En los casos de personas adultas mayores, las penas privativas de libertad se cumplirán en establecimientos especialmente adaptados para su condición. Ninguna mujer embarazada podrá ser privada de su libertad, ni será notificada con sentencia, sino noventa días después del parto. Durante este periodo, la o el juzgador ordenará que se le imponga o que continúe el arresto domiciliario y el uso del dispositivo de vigilancia electrónico para garantizar el cumplimiento de la pena.”

Toda pena se cumplirá una vez ejecutoriada la sentencia, evidentemente esta regla es aplicable al procedimiento abreviado.

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008
La Hora QUITO, ECUADOR
La Hora QUITO, ECUADOR
UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com
LUNES, 08 DE JULIO DE 2024

se entenderá que es positiva; esto siempre y cuando el acto administrativo presunto que surja de la petición, no incurra en ninguna de las causales de nulidad prescritas en el art. 105, del Código, esto es las ocho causales que constan son las siguientes, que el acto administrativo:

1. Sea contrario a la Constitución y a la ley; 2. Viole los fines para los que el ordenamiento jurídico ha otorgado la competencia al órgano o entidad que lo expide; 3. Se dictó sin competencia por razón de la materia, territorio o tiempo; 4. Se dictó fuera del tiempo para ejercer la competencia, siempre que el acto sea gravoso para el interesado; 5. Determine actuaciones imposibles; 6. Resulte contrario al acto administrativo presunto cuando se haya producido el silencio administrativo positivo, de conformidad con este Código, 7. Se origine en hechos que constituyan infracción penal declarada en sentencia judicial ejecutoriada;

8. Se origine de modo principal en un acto de simple administración.

Cabe mencionar que disposiciones trascendentales del art. 107 del COA, señalan que: a) el acto administrativo nulo no es convalidable; b) cualquier otra infracción al ordenamiento jurídico en que se incurra en un acto administrativo es subsanable; c) el acto administrativo expreso o presunto por el que se declare o constituyan derechos en violación del ordenamiento jurídico o en contravención de los requisitos materiales para su adquisición, es nulo. Disposiciones que será necesario desarrollarlas su estudio.

Acto Administrativo

Presunto

El acto administrativo presunto, se forma con una declaración juramentada, en la que manifestará que la petición que ha efectuado en determinada entidad, no le ha sido notificada su respuesta o decisión dentro del término previsto; a la declaración se adjunta el original de la petición con la fe de recepción; este documento es un título de ejecución para la vía judicial, según lo refiere el art. 207 del COA, es decir es un habilitante para adjuntar a la demanda de silencio administrativo que se presente ante la autoridad judicial. En el caso de que el silencio administrativo, incumplan con requisitos, formalidades, solemnidades, procedimientos previos, configuren o con-

tengan vicios inconvalidables, relacionados con causales de nulidad de los actos administrativos, previstas en el Código Orgánico Administrativo COA, el juzgador declarará la inejecutabilidad del acto presunto y ordenará el archivo de la solicitud, según lo ordena el inciso final del art. 207 del COA. En casos de procedimientos administrativos que se hayan iniciado por pedido de parte o de oficio, de los que pueda derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos individuales, los interesados que hayan comparecido en el procedimiento, deben entender aceptadas sus pretensiones, por silencio administrativo, según lo dispone .el Art. 208 del COA. Según el art. 209 del COA, en los procedimientos administrativos promovidos por la persona interesada, destinadas a obtener autorizaciones administrativas expresamente previstas en el ordenamiento jurídico, transcurrido el plazo determinado para concluir el procedimiento administrativo, sin que la administración resuelva, se entiende aprobada la solicitud de la persona interesada; el mismo artículo dispone que en el caso de que se interponga un recurso administrativo de apelación, contra la estimación (aceptación) por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo y no se emitiere la resolución del recurso dentro del plazo legal, se entenderá aprobado el recurso.

Cuando con el acto administrativo presunto, incurre en las causales de nulidad inconvalidables, el acto administrativo presunto puede ser extinguido conforme las reglas del COA.

Si configurado el silencio administrativo, la administración resuelve de manera posterior una resolución, esta exclusi-

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000020001295001

Cliente HERRERA LUIS MARINO

Cédula de Ciudadanía Nro. 1702365980 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-4617

vamente será confirmada la aceptación tácita por silencio administrativo, ver art. 210 del COA. La probabilidad de que la autoridad pública dicte su resolución de forma tardía existe siempre, si por el transcurso de tiempo, en el cual la administración omitió responder la petición, y por su silencio trajo como consecuencia el silencio administrativo, la resolución tardía de la autoridad pública no puede ser negativa, ya que su resolución seria nula y solo cabe una aceptación del acto presunto tal y como lo indica la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Ex Corte suprema de Justicia publicada en la Gaceta Judicial Año CX Serie XVIII, No 8. El título de ejecución configurado por silencio administrativo se puede hacer valer ante la administración o cualquier persona o la autoridad judicial.

Finalmente, los actos producidos por silencio administrativo generan efectos desde el día siguiente al vencimiento del plazo máximo para la conclusión del procedimiento administrativo, al no expedirse y notificarse el acto administrativo regular.

Oportunidad para presentar la demanda de silencio administrativo El silencio administrativo provoca un acto presunto, de aceptación tácita por la no contestación de la autoridad pública en el término de 30 días, en tal caso si la autoridad no contesta en el término estipulado da derecho para solicitar el silencio administrativo positivo, cuyos caso se regula en la Disposición Reformatoria Primera numeral 5 del COA, que modifica el COGEP, según el texto del código: “Reformase en el Código Orgánico General de Procesos,

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA

Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000100002221002

Cliente VILLACRES CHALEN

SUSANA ESMERALDA Cédula de Ciudadanía Nro. 1704625217 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

la siguiente:…5. A continuación del artículo 370 incorporase el siguiente artículo: “Artículo 370 A.- Ejecución por silencio administrativo. Si se trata de la ejecución de un acto administrativo presunto, la o el juzgador convocará a una audiencia en la que oirá a las partes. Corresponde a la o al accionante demostrar que se ha producido el vencimiento del término legal para que la administración resuelva su petición, mediante una declaración bajo juramento en la solicitud de ejecución de no haber sido notificado con resolución expresa dentro del término legal, además acompañará el original de la petición en la que aparezca la fe de recepción.”

Sin embargo, de acuerdo a la doctrina, resoluciones de la Corte Nacional de Justicia y el COA, el límite para la procedibilidad del silencio administrativo es que el acto sea nulo de manera absoluta, así en las sentencias relacionada con los juicios Nos.287-2011, 813-2011, 176-2012, se manifiesta:” (…)la jurisprudencia ha considerado al silencio administrativo positivo como un derecho autónomo; y para que opere, conforme

también lo ha señalado en forma reiterada la Sala, es menester que se cumplan al menos los siguientes requisitos:...c) que lo solicitado, de ser aceptado, no este afectado de nulidad absoluta o sea contrario a derecho... es necesario indicar que no toda petición puede ser reconocida como válida vía silencio administrativo, porque se incurriría en el extremo de simplemente solicitar lo que a bien tenga el peticionario, y esperar a que transcurra el tiempo previsto en la ley sin recibir atención, para obtener como reconocido tal “derecho”, sin opción a valorar su pertinencia y procedencia. Es obvio que la petición debe ser conforme a derecho y no contraria al ordenamiento jurídico(…)” (Corte Nacional de Justicia, Resolución N° 2872011)

Para Héctor Lozano Rojas (2017), al respecto, cabe preguntarse, si se podría obtener vía silencio administrativo, todo lo que se pida o solo lo que está en armonía con el ordenamiento jurídico; las posibles respuestas a esta pregunta de acuerdo a serían: a) conforme principio de seguridad jurídica, todo lo que se ha pedido en la petición

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la cual ha acarreado al silencio administrativo positivo, es procedente; b) acorde al principio de legalidad, si una ley origina el derecho administrativo positivo, no puede el derecho que se origina en consecuencia del mismo contravenir a la ley, ya que solo se puede realizar lo que está permitido por la ley; c) el límite del derecho derivado del silencio administrativo, es que el acto que dio inicio al mismo este viciado de nulidad absoluta; así es válido todo derecho que nazca del silencio administrativo y que no esté sustentado por la ley. El silencio administrativo, pretende proteger el derecho de petición y la contestación oportuna y motivada en el término legal. La Corte Nacional de Justicia, ha manifestado en precedentes jurisprudenciales: a) El silencio administrativo origina un acto administrativo presunto de contenido positivo; b) El acto presunto origina un derecho autónomo, independiente y en consecuencia una respuesta posterior, fuera de término no afecta el derecho que nació por el ministerio de la ley; c) Una respuesta extemporánea, negando el reclamo administrativo no causa efecto jurídico y no perjudica al derecho que se originó por el ministerio de la ley; d) El derecho que se origina como consecuencia del silencio administrativo, da lugar a una acción de ejecución, no de conocimiento, ya que no se solicita el reconocimiento de un derecho, que ya existe, que nació por el paso del tiempo, sino produce que se ejecute dicho derecho, es por esto que el COGEP lo sitúa con procedimiento sumario; e) Las sentencias judiciales con respecto a procedimientos sumarios con respecto al silencio administrativo no son susceptibles de casación por expresa disposición legal; f) El límite del derecho derivado del silencio administrativo es que dicho derecho sea nulo de pleno derecho, conforme lo señala Pablo Cordero,(Cordero, 2010).

Requisitos del Silencio Administrativo

Seguimos a los aportes de Andrés Moreta (2018), quien señala que en el COA se dispone que para que surta los efectos esperados, el acto administrativo presunto no debe incurrir en ninguna de las causales de nulidad previstas el art. 105Causales de nulidad, como son: 1. contrario a la Constitución y ley; 2. Viole los fines de la competencia de la autoridad; 3. in-

competencia por materia, territorio o tiempo; 4. se dicte fuera del tiempo oportuno, cuando sea perjudicial al interesado; 5. Ordene imposibles; 6. Resulte contrario al silencio administrativo positivo; 7. Se origine en infracción penal declarada en sentencia judicial ejecutoriada y 8.- Se base en un acto de simple administración. Cuando el silencio administrativo, produce derechos para los interesados, se podrá declarar su nulidad judicialmente mediante la acción de lesividad, conforme el artículo 115 del COA; en cuanto a la Ejecución, el art. 120 del COA dispone que el acto administrativo presunto, se puede “(…)hacer valer ante la Administración Pública o ante cualquier persona, y genera efectos desde el día siguiente al vencimiento del plazo máximo para la conclusión del procedimiento sin que se haya expedido y notificado un acto administrativo

expreso(…)”. El COA establece que el acto administrativo presunto constituye título de ejecución , la reforma al COGEP) señala que se deberá acompañar una solicitud que deberá cumplir los requisitos del artículo 142 del COGEP (demanda), incluyendo una declaración bajo juramento de no haber recibido resolución expresa dentro del término legal, y acompañar el original donde conste la fe de recepción, esta acción tiene procedimiento sumario conforme el artículo 127 del COGEP; finalmente, es conocido que el silencio administrativo no aplica en la Contratación Pública, como entre entidades públicas; sin embargo, siguiendo a Andres Moreta en la etapa precontractual en la que se expiden “actos administrativos” previo a la existencia del “contrato administrativo”; el art. 238 del COA , dispone que en caso de apelación de los actos adminis-

Juicio N.- 15123-2023-00220 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN QUIJOS. Quijos, miércoles 20 de marzo del 2024, a las 13h35.

CITACIÓN JUDICIAL

ACTOR:   COOPERATIVA DE AHORROS Y CRÉDITO SAN FRANCISCO LTDA.   DEMANDADOS:  HUGO ZAMORA ALONSO RUBEN C.C. 1500887003

JUICIO:    COBRO DE PAGARE A LA ORDEN NÚMERO 15123-2023-00220

VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez encargado de este despacho mediante Acción de Personal Nro.- 0338-UPTH-2018-MA, de fecha 15 de  mayo  del 2018, suscrita por la señora Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Napo, por lo que en lo principal dispongo:  PRIMERO.- La demanda presentada por la DRA. MARÍA PERCIDES DELIA SUAREZ JIMÉNEZ, en su calidad de Procuradora Judicial, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Francisco” Ltda, conforme el documento habilitante que adjunta; misma que lo considero clara  y completa por cumplir los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, pues se fundamenta en el Pagaré a la Orden Nro. 1035516, en tal virtud se ADMITE a trámite mediante procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP: SEGUNDO.- En virtud de aquello, CÍTESE con el contenido de la demanda, el presente auto de sustanciación y los documentos probatorios al demandado HUGO ZAMORA ALONSO RUBEN, HUGO ZAMORA RUTH IVANOVA y ACUÑA MEDINA RODRIGO JANONY, en el lugar señalado en la demanda, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y siguientes del COGEP, previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o electrónico para futuras notificaciones. TERCERO.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin que los  demandados cumplan con la obligación, formulen oposición, reconvengan o proponga excepciones conforme lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula el artículo 352 IBIDEM.-  CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el ordinal SÉPTIMO de la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP; sobre la admisibilidad y practica de prueba se resolverá en la respectiva Audiencia.  QUINTO.- Téngase la cuantía como determinada, la procuradora judicial y el correo electrónico señalado; incorpórese los documentos adjuntos. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.CÍTESE al demandado HUGO ZAMORA ALONSO RUBEN, por medio del diario LA HORA, uno de los periódicos de amplia circulación provincial o nacional, para ello el señor secretario redactara un extracto de la demanda y aceptación a trámite para que sea citado conforme. Notifíquese y cúmplase.- DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE BAEZA-NAPO.

trativos, las entidades contratantes, resolverán el recurso en el término de siete días, con los efectos del caso. Existen numerosas materias en el COA que deben ser analizadas y desarrolladas, para su mejor aplicación por las autoridades y el ejercicio de derechos de los ciudadanos.

Referencias:

1.- Aguilar Andrade Juan Pablo, Rodríguez Arana Jaime y otros; ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO-SILENCIO ADMINISTRATIVO, Ponencia presentada en: Seminario Los Nuevos Procedimientos Administrativos, USFQ, Quito, 10 al 13 de julio del 2017, paginas 1-81; 2.- Cordero Patricio, El Silencio administrativo, Quito, Editorial El Conejo, 2009; 3.- Defranc Zambrano Marcel, UEES , Implicaciones Procesales de la Ejecución del Silencio

Estimatorio en el Ecuador, Guayas, 2014; 4.- Dromi Roberto, Derecho Administrativo, Lozano Rojas, Héctor, El Silencio Administrativo como consecuencia de la vulneración del Derecho de Petición, en el ámbito de las Inspectorías de Trabajo de la provincia de Los Ríos; UCSG, Guayaquil, 2017, paginas 25-30; 5.- Ramírez Molina Diana Michelle, El Derecho de Petición de los taxistas informales y el Silencio Administrativo Positivo generado por las autoridades públicas de la Secretaria de Movilidad, en el Distrito Metropolitano de Quito, en el año 2015, UCE,2015; 6.- CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO

Andrés Moreta Neira, Silencio Administrativo en el COA, Quito, 2018, en: https://www. derechoecuador.com/silencioadministrativo-en-el-coa

Juicio N.- 15123-2023-00493 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÒN QUIJOS Quijos, miércoles 20 de marzo del 2024, a las 13h44

CITACIÓN JUDICIAL

ACTOR:   COOPERATIVA DE AHORROS Y CRÉDITO SAN FRANCISCO LTDA.   DEMANDADO/S:  CHAMBA VERDESOTO MERY ROSARIO C.C. 2100361183 JUICIO:    COBRO DE PAGARE A LA ORDEN NÚMERO 15123-2023-00493 VISTOS.- Avoco conocimiento  de la presente  acción, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOS-BAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo Mediante Acción de personal Nro.- 0169-DNTH2015-LG, de fecha 08 de  enero  del 2015, resolución del Consejo de la Judicatura número 300-2014 de fecha 21 de noviembre del 2014.-   PRIMERO.- La demanda presentada por la DRA. MARÍA PERCIDES DELIA SUAREZ JIMÉNEZ, en su calidad de Procuradora Judicial, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Francisco” Ltda, conforme el documento habilitante que adjunta; misma que lo considero clara  y completa por cumplir los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, pues se fundamenta en el Pagaré a la Orden Nro. 1072248, en tal virtud se ADMITE a trámite mediante procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP: SEGUNDO.- En virtud de aquello, CÍTESE con el contenido de la demanda, el presente auto de sustanciación y los documentos probatorios al demandado CHAMBA VERDESOTO MERY ROSARIO, en calidad de deudor principal, en el lugar señalado en la demanda, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y siguientes del COGEP, previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o electrónico para futuras notificaciones.  TERCERO.Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin que el demandado cumpla con la obligación, formule oposición, reconvenga o proponga excepciones conforme lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula el artículo 352 IBIDEM.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el ordinal SÉPTIMO de la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP; sobre la admisibilidad y practica de prueba se resolverá en la respectiva Audiencia.  QUINTO.- Téngase la cuantía como determinada, la procuradora judicial y el correo electrónico señalado; incorpórese los documentos adjuntos. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.CÍTESE al demandado CHAMBA VERDESOTO MERY ROSARIO, por medio del diario LA HORA, uno de los periódicos de amplia circulación provincial o nacional, para ello el señor secretario redactara un extracto de la demanda y aceptación a trámite para que sea citado conforme. Notifíquese y cúmplase.- DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE BAEZA-NAPO. Lo que comunico a usted para los fines de ley.

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